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JUEVES 5 DE MAYO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 106 Pág. 51

BOCM-20220505-12

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOCM

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía

12 EXTRACTO de la Orden 725/2022, de 4 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establece la convocatoria 2022 de las ayudas para la realización de Doctorados Industriales en la Comunidad de Madrid.

BDNS (ID.): 619948

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocato- ria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencio- nes ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.madrid.org ).

Primero Beneficiarios

1. Entorno académico:

— Universidades públicas o privadas con sede en la Comunidad de Madrid.

— Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia y fundaciones dedicadas a la in- vestigación de la Comunidad de Madrid.

2. Entorno empresarial:

— Empresas públicas o privadas que deseen contratar investigadores predoctorales para la realización de un proyecto de investigación industrial que les sirva como trabajo de tesis doctoral y sea de interés a las empresas.

Segundo Objeto

Las presentes ayudas tienen por objeto el desarrollo de proyectos de doctorado indus- trial en cualquier ámbito de conocimiento y en cualquier sector empresarial, ofreciendo a los investigadores de la Comunidad de Madrid la oportunidad de desarrollarse profesional- mente en el entorno laboral de I+D+i trabajando en un entorno mixto en el que se conecta- rán el ámbito académico y el ámbito empresarial.

El proyecto de investigación se desarrollará en la empresa y al mismo tiempo en un grupo de investigación de una universidad, un organismo público de investigación, un hos- pital o una fundación hospitalaria donde el doctorando llevará a cabo su formación investi- gadora que debe dar lugar a una tesis doctoral.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 3109/2017, de 29 de agosto, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, corregida por la Orden 3658/2017, de 5 de octubre, de la Consejería de Educación e In- vestigación.

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JUEVES 5 DE MAYO DE 2022

Pág. 52 B.O.C.M. Núm. 106

BOCM-20220505-12

http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOCM

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 7.500.000 euros durante tres años. La Comunidad de Madrid aportará las siguientes cantidades:

— Año 2022: 2.500.000 euros.

— Año 2023: 2.500.000 euros.

— Año 2024: 2.500.000 euros.

El importe máximo a financiar al entorno académico es de: 30.000 euros/año.

El importe a financiar al entorno empresarial es de:

— Pequeñas empresas: 20.000 euros/año.

— Medianas empresas: 17.500 euros /año.

— Grandes empresas: 15.000 euros /año.

Quinto

Criterios de evaluación

Los criterios que se tendrán en cuenta para la evaluación y selección de las ayudas para los puestos doctorados industriales propuestos serán los siguientes:

— Calidad y viabilidad científico-tecnológica del proyecto de I+D propuesto (50 puntos).

— Currículum vitae del candidato y adecuación del mismo a las tareas a realizar en función de la experiencia profesional y formación (25 puntos).

— Impacto de la ayuda en la actividad de I+D+I de las entidades solicitantes (15 puntos).

— Se valorará que el director académico haya obtenido alguna ayuda dentro de los programas Ramón y Cajal, Torres Quevedo, Juan de la Cierva o Miguel Servet;

haya obtenido una ayuda de la convocatoria de atracción de Talento de la Comu- nidad de Madrid o que haya obtenido financiación del Consejo Europeo de Inves- tigación (ERC) (10 puntos).

Todas las puntuaciones indicadas en cada criterio son puntuaciones máximas.

Solo serán propuestas para financiación las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 60 puntos.

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍNOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 4 de abril de 2022.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno,

ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/8.507/22)

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