de LABORATORIOS RED
de SANIDAD ANIMAL
de CASTILLA Y LEÓN
Edita: Junta de Castilla y León
Consejería de Agricultura y Ganadería Dirección General de Producción Agropecuaria Textos: José Manuel Sánchez Díez
Información estadística y de actuaciones: Laboratorio Regional de Sanidad Animal Fotografías: José Luis Mateos, Eduardo González Puras, Tragsa, Personal de la Red de Laboratorios de Sanidad Animal.
Depósito Legal: LE-655-2007 Diseña e imprime: G. Celarayn, S.A.
PRESENTACIÓN
La Sanidad Animal tiene una dimensión que va más allá de su im- portancia en la producción ganadera, constituye un factor muy impor- tante en los intercambios comerciales, siendo por tanto esencial en una Comunidad Autónoma como Castilla y León netamente exportadora de animales y productos ganaderos.
Por otra parte, la Sanidad Animal es la que garantiza la Salud Pública, no sólo en lo que se refi ere a la prevención de enfermedades transmisi- bles entre los animales y el hombre, sino en el objetivo fundamental de la producción primaria, que no es otro que el obtener alimentos sanos, seguros y de calidad para un consumidor con exigencias crecientes.
De ahí la importancia que siempre ha tenido la vigilancia epidemi- ológica veterinaria en nuestra Comunidad Autónoma, que ha sido pre- cursora en la implantación de herramientas que faciliten la toma de decisiones. La Ley de Sanidad Animal de 1994, el Sistema de Alerta Sanitaria Localizada y los Planes de Contingencia frente a las enferme- dades de gran difusibilidad, no son sino ejemplos de actuaciones en las que nuestra Comunidad Autónoma ha sido pionera.
La Red de Laboratorios es pieza básica en la Red de Alerta Sanitaria, y por tanto, del Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Sanidad Ani- mal.
Con esta publicación pretendemos dar a conocer nuestra Red, total- mente renovada con instalaciones modernas, adecuadas a las exigencias del sector, y refl ejar en breves pinceladas el trabajo diario de cada uno de los Laboratorios de Sanidad Animal de Castilla y León.
Valladolid,marzo de 2007
José Valín Alonso Consejero de Agricultura y Ganadería
ÍNDICE
Presentación ... 5
I La nueva Sanidad Animal ... 10
II Objetivos generales ... 11
III La Red de Vigilancia Epidemiológia de Castilla y León ... 15
IV La Red de Laboratorios de Sanidad Animal ... 18
- Breve consideración individual de los laboratorios integrados en la Red deVigilancia Epidemiológica ... 21
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Ávila ... 23
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Burgos ... 27
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Palencia ... 31
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Salamanca ... 35
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Segovia ... 39
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Soria ... 43
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Valladolid ... 47
- Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Zamora ... 51
- Laboratorio Regional de Sanidad Animal de Castilla y León ... 55
A- Departamento de Serología ... 60
B- Departamento de Microbiología-Parasitología-Química ... 62
C- Departamento de Serología Especial y Nuevas Tecnologías ...64
LA RED DE LABORATORIOS
DE SANIDAD ANIMAL
DE CASTILLA Y LEÓN
I. LA NUEVA SANIDAD ANIMAL
La Sanidad Animal tiene una dimensión que trasciende los criterios meramente económicos de protección de las producciones ganaderas como factor esencial, en cuanto que las medidas preventivas y correc- toras de la Sanidad Animal evitan o limitan el desfavorable impacto económico que las enfermedades de los animales pudieran producir en los resultados del proceso productivo correspondiente a su explotación.
Su vertiente más importante es la de ser garante de la salud pública, por una parte mediante el control y erradicación de las enfermedades comunes al hombre y los animales (zoonosis) y por otra parte procurando la producción de alimentos sanos y seguros.
Esta concepción clásica de la Sanidad Animal se amplía en la ac- tualidad, como consecuencia de los siguientes hechos y circunstancias acaecidos durante los últimos veinte años.
- La incorporación de España como miembro de la Unión Euro- pea.
- El establecimiento en abril de 1994, a través del Tratado de Marrakech, de la Organización Mundial del Comercio que va a constituir el referente para los intercambios comerciales en un mercado abierto y liberalizado.
- La integración de las medidas de carácter ambiental en las pro- gramaciones sectoriales de los estados integrantes de la Unión Europea.
- La aparición, a nivel universal, de enfermedades emergentes de amplia difusibilidad, favorecida por el tránsito generalizado de personas y mercancías.
- La consideración prioritaria en las políticas agroalimentarias de la seguridad de los alimentos obtenidos en los procesos de pro- ducción, industrialización y comercialización agraria.
Las circunstancias expuestas van a propiciar la ampliación de los objetivos tradicionalmente considerados en el ámbito de la Sanidad Ani- mal, incluyendo otros que habían sido considerados hasta entonces en un nivel accesorio: la legitimación sanitaria de las producciones ganade- ras para el acceso a los mercados; el establecimiento de sistemas dirigi- dos a garantizar al consumidor la inocuidad de los alimentos de origen
animal; y la inclusión de medidas medioambientales en los procesos de producción ganadera, así como de medidas de Sanidad Animal en el aprovechamiento de los recursos naturales por la ganadería.
La complejidad con que aparece caracterizada la actividad de la Sa- nidad Animal y el interés público que se deriva de sus objetivos nos per- mite deducir fácilmente la necesidad de un alto grado de intervención administrativa en las actividades de los particulares relativas a la tenen- cia, cría y explotación de animales. En este sentido, en la actualidad coexisten en las actuaciones de la Consejería de Agricultura y Ganadería las tres formas clásicas de la actividad administrativa. En el marco de las funciones policiales el ordenamiento jurídico ha establecido un ré- gimen sancionador de carácter administrativo, junto con un sistema de autorizaciones en relación con las actividades de los ciudadanos. Así mismo, ha dispuesto diversos sistemas de ayudas para incentivar las actividades del sector privado en orden al correcto estado sanitario de los animales y sus producciones. Igualmente, en el ámbito de la presta- ción de servicios, la Consejería de Agricultura y Ganadería lleva a cabo la ejecución de programas de erradicación de enfermedades animales, incluyendo las labores de diagnóstico clínico y la asistencia en situacio- nes de alerta sanitaria.
Para la efectividad de las actuaciones, la Administración de la Comu- nidad de Castilla y León ha establecido un sistema de medidas del que forman parte las siguientes:
II. OBJETIVOS GENERALES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD Y MEDIDAS PARA SU CONSECUCIÓN REALIZADAS POR LA CON- SEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ACTUACIÓN
• Control de la actividad gana- dera.
MEDIDA
•Registro de explotaciones.
• Identifi cación de los animales.
• Autorización de los movimien- tos animales.
• Autorización y control de nú- cleos zoológicos y núcleos de concentración de animales
ACTUACIÓN
• Erradicación de enfermedades de los animales.
• Programas ambientales.
• Alimentación animal.
• Medicamentos.
• Higiene y bienestar de los ani- males y protección de anima- les de compañía.
• Creación y organización de un sistema de alerta sanitaria.
MEDIDA
• Ejecución de las campañas de saneamiento ganadero.
• Ejecución de programas sani- tarios específi cos derivados de situaciones de alerta sanitaria o de medidas obligatorias de ca- rácter sectorial.
• Control de la gestión de resi- duos ganaderos en las explota- ciones.
• Control de la gestión de cadá- veres de animales muertos en las explotaciones, incluyendo la autorización de medios de reco- gida, centros intermediarios e industrias de transformación.
• Control de elaboración, comer- cialización y tenencia de pien- sos.
• Control de la comercialización y tenencia de medicamentos y productos zoosanitarios.
• Control de las condiciones de alojamiento y transporte de ani- males.
• Supervisión de los registros mu- nicipales de animales de com- pañía.
• Conexión de los medios instru- mentales de carácter material y personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y su integración, junta- mente con otras entidades pú- blicas y privadas, en un único sistema operativo que posibilite la detección de problemas en el ámbito de la Sanidad Animal.
La amplitud de las actuaciones y medidas expresadas a llevar a cabo por la Administración en el ejercicio de la actividad de Sanidad Animal han dado lugar a la promulgación de un ordenamiento jurídico especí- fi co en el que han quedado integradas disposiciones de distinto rango y diversa procedencia. En este orden, es preciso destacar la existencia de dos textos legislativos de carácter básico, reguladores de la actividad en el territorio castellano y leonés: La Ley 6/1994, de 19 de marzo, de Sanidad Animal de Castilla y León, primera Ley de carácter general del período constitucional en la materia en el ámbito del Estado Español.
La otra Ley de carácter general es la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal de carácter básico promulgada por la Cortes Generales de la Nación en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado en materias de comercio exterior, planifi cación de la economía, sanidad exterior y legislación básica del medio ambiente.
III. LA RED DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE CASTILLA Y LEÓN
El Reglamento General de Sanidad Animal, establece la Red de Vigi- lancia Epidemiológica de Castilla y León como un sistema en el que se integran el conjunto de actuaciones orientadas a la recogida y análisis de la información epidemiológica que posibilite la detección tempra- na de los problemas sanitarios de Sanidad Animal y la evaluación de riesgos, permitiendo la adopción de medidas de control y la toma de decisiones para su prevención y erradicación. Al sistema creado, bajo la dependencia del Servicio de Sanidad Animal, le han sido atribuidas las siguientes funciones:
• La recogida de información necesaria para la detección precoz de los problemas epidemiológicos sanitarios de las poblaciones y explota- ciones de animales, relativos a las enfermedades infectocontagiosas y parasitarias en poblaciones animales y transmisibles al hombre; el empleo de sustancias prohibidas en los animales; y la repercusión de las explotaciones ganaderas sobre el medio ambiente.
• La realización de pruebas dirigidas a la identifi cación y evolución de los problemas epidemiológicos expresados en el anterior apartado.
• La elaboración de estadísticas en el ámbito de la Sanidad Animal.
• El análisis y la interpretación de la información en orden a la toma de decisiones en materia de Sanidad Animal.
• Aquellas funciones que le encomiende el Servicio de Sanidad Animal.
En relación con la información, la Red de Vigilancia Epidemiológica incorpora operativamente a la Red de Laboratorios de Sanidad Animal, que será fuente principal de información microbiológica y serológica.
En este orden, la Red desempeña una función esencial en cuanto que posibilita:
a. Detectar la circulación en las poblaciones animales de los dife- rentes agentes etiológicos, sus características y patrones de pre- sentación.
b. Caracterizar focos epidémicos.
c. Identifi car nuevos agentes y patologías emergentes.
d. Incorporar nuevos elementos de vigilancia, tales como resistencias bacterianas, nuevas técnicas laboratoriales, creación y manteni- miento de bancos de suero y protocolos de actuación de campo.
Si bien la Red de Vigilancia Epidemiológica constituye la fundamen- tal unidad operativa de carácter preventivo en relación con la Sanidad Animal en Castilla y León, ha de contemplarse formando parte de otros sistemas operativos que pudieran quedar integrados en espacios geográ- fi cos más amplios que el territorio castellano y leonés. En este sentido, el Decreto 33/2002, de 28 de febrero, que regula el sistema de alerta sanitaria en materia de Sanidad Animal ha integrado en su estructura, entre los elementos internos pertenecientes a la Consejería de Agricul- tura y Ganadería, a la Red de Vigilancia Epidemiológica y a la Red de
Laboratorios de Sanidad Animal. El Decreto expresa en su preámbulo que resulta necesario crear un sistema de alerta sanitaria en materia de Sanidad Animal que integre todos los elementos y agentes internos de la Administración y los externos del sector ganadero y de sus sectores relacionados… La Red de Vigilancia Epidemiológica incorpora las bases de datos de las campañas de saneamiento ganadero y de movimientos de animales y la Red de Laboratorios de Sanidad Animal.
Por otra parte, el Reglamento General de Sanidad Animal ha dispues- to La Red de Vigilancia Epidemiológica de Castilla y León podrá conec- tarse con cualquier otro sistema que tengan establecido las Administra- ciones Públicas con la misma fi nalidad. Con el fi n de establecer el cauce idóneo para canalizar las actuaciones de las distintas Administraciones competentes en materia de Sanidad Animal, la Administración General del Estado, aprobó el Real Decreto 1440/2001, de 21 de diciembre, que establece el Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria con la fi nalidad de disponer de los instrumentos idóneos para combatir las epizootias y las zoonosis, con efi cacia y en el momento a su aparición, en el territorio nacional, creando el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria como Órgano Colegiado de Coordinación en el que se inte- gran un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y los Directores de los Laboratorios Nacionales de Referencia de las enferme- dades de los animales.
IV. LA RED DE LABORATORIOS DE SANIDAD ANIMAL
La Ley 6/1994 de Sanidad Animal de Castilla y León ordenó la inte- gración de los laboratorios pecuarios provinciales de la Comunidad Autó- noma en una Red de Laboratorios de Sanidad Animal, bajo la coordina- ción del Laboratorio Pecuario Regional. A estos efectos se ordenó dotar a la Red de los correspondientes medios materiales y humanos para servir de ayuda y apoyo técnico a las explotaciones ganaderas. El Reglamento General de Sanidad Animal, aprobado por Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, y dictado para el desarrollo y ejecución de la Ley 6/1994, de 19 de marzo, al crear la Red de Laboratorios estableció las funciones a realizar, tanto por el Laboratorio Regional de Sanidad Animal, como por los distintos Laboratorios Provinciales de Sanidad Animal, que con dichas denominaciones se integraron en la Red creada.
Al examinar las disposiciones expresadas ponemos de manifi esto la naturaleza de los laboratorios integrados. Así, el Título V de la Ley 6/1994, de 19 de marzo, ha caracterizado a estas unidades por sus funciones de apoyo técnico a las explotaciones ganaderas. Por su parte, el Reglamento General de Sanidad Animal ha denominado al Título VII
“De la Red de Laboratorios Ofi ciales, Investigación y Red de Vigilancia Epidemiológica”. Así pues, destacamos ambas características: apoyo técnico y carácter ofi cial en el ejercicio de las funciones de los labora- torios de Sanidad Animal y en la realización de las actuaciones que de dichas funciones se derivan. Por otra parte, junto a las características funcionales expresadas, han de destacarse dos premisas en la realiza- ción de las actuaciones de los laboratorios de la Red: el rigor científi co y la agilidad en los análisis realizados, si tenemos en cuenta que, tanto la certeza en los diagnósticos como la prontitud en su disposición, son factores esenciales en el control de las epizootías.
Funciones:
1. El Reglamento General de Sanidad Animal atribuye al Laboratorio Regional de Sanidad Animal las siguientes funciones:
a. Coordinación técnica de los laboratorios provinciales de sani- dad animal y apoyo operativo de los mismos.
b. Centro Regional de Referencia en las Acciones Sanitarias Ge- nerales y Especiales y en la Red de Vigilancia Epidemiológica.
c. Puesta a punto y divulgación de métodos y técnicas de diag- nóstico, así como la realización de los ensayos que le sean encomendados por el Servicio de Sanidad Animal.
d. Realización de las actividades de experimentación que en ma- teria de Sanidad Animal le sean encomendadas por el Servicio de Sanidad Animal.
e. Las correspondientes a los Laboratorios Provinciales de Sani- dad Animal en la provincia de León.
2. Por su parte, los Laboratorios Provinciales de Sanidad Animal han asumido las funciones que se expresan a continuación, en el ám- bito de sus respectivas provincias:
a. Realización de las técnicas de diagnóstico que les sean enco- mendadas en las Acciones Sanitarias Generales y Especiales y en las relacionadas con los Programas Sanitarios Comunes de las ADS.
b. Colaboración con el Laboratorio Regional de Sanidad Animal en la puesta a punto de nuevo métodos y técnicas diagnósticas.
c. Realización de las pruebas laboratoriales de diagnóstico habi- tuales de enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias.
d. Aquellas otras que se ordenen por el Servicio de Sanidad Ani- mal y la Sección Provincial.
Las competencias expresadas unidas a los nuevos retos de la Sani- dad Animal, han llevado en los últimos años a un notable aumento y diversifi cación de las técnicas analíticas aplicadas y, en consecuencia,
a la necesidad de disponer de un personal cualifi cado y una moderniza- ción de las instalaciones laboratoriales necesarias para satisfacer las ne- cesidades de una Región eminentemente ganadera. En este sentido, el Reglamento General de Sanidad Animal establece que la Red de Labo- ratorios de Sanidad Animal dispondrá de las instalaciones, equipamien- tos, material y medios humanos necesarios para garantizar su adecuado funcionamiento y servir de ayuda y apoyo técnico a las explotaciones ga- naderas. En las páginas posteriores de esta publicación mostraremos las características individuales de cada uno de los laboratorios integrados en la Red, haciendo abstracción de su estructura física y funcional, así como la situación evolutiva en relación con las determinaciones analí- ticas anualmente realizadas correspondientes a los distintos programas sanitarios durante los años transcurridos desde el inicio del siglo XXI.
3. Para complementar la panorámica funcional de los Laboratorios de Sanidad Animal en un sistema de integración, tanto compe- tencial como territorial, es preciso manifestar que la Ley 8/2003 de Sanidad Animal establece que la Administración General del Estado designará los Laboratorios Estatales de Referencia que, entre otras funciones tienen:
a. Coordinar las actuaciones necesarias con los laboratorios de todas las Admones. Públicas o privadas homologados.
b. Transferir a los Laboratorios Ofi ciales de las Comunidades Autó- nomas la información y las nuevas técnicas que se desarrollen por los Laboratorios de Referencia de la Unión Europea y de la Ofi cina Internacional de Epizootias.
c. Homologar los métodos de diagnóstico de los Laboratorios Ofi - ciales de las Comunidades Autónomas en relación a los Progra- mas Nacionales de prevención, control, lucha y erradicación de las enfermedades animales.
d. Organizar pruebas comparativas y ensayos colaborativos con los laboratorios ofi ciales de las Comunidades Autónomas.
e. Confi rmar el diagnóstico del Laboratorio de la Comunidad Au- tónoma en casos de sospecha de enfermedad o de diagnóstico positivo, cuando se trate de enfermedades de declaración obli- gatoria.
BREVE CONSIDERACIÓN INDIVIDUAL DE LOS LABORATORIOS INTEGRADOS EN LA RED DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
Previamente a exponer las peculiaridades de los laboratorios integra- dos en la Red de Vigilancia Epidemiológica es conveniente precisar una serie de características comunes a todos ellos, relativas a la disposición de medios materiales y personales para la realización de la actividad de diagnóstico de enfermedades de los animales:
1. En todos los casos, a partir de la publicación del Reglamento Ge- neral de Sanidad Animal, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha llevado a cabo la edifi cación de un laboratorio en cada una de las provincias de la Comunidad con objeto de albergar la actividad de diagnóstico, adaptando la planifi cación de las instalaciones a las exigencias de las nuevas tecnologías en la realización de dicha actividad. Por otra parte, la Consejería ha planifi cado la ubicación de las nuevas edifi caciones en función de las disponibilidades patrimoniales de la Comunidad de Castilla y León, o bien en el exterior de los núcleos urbanos (generalmente en polígonos in- dustriales que incluyan o permitan entre sus usos urbanísticos la localización de la actividad de análisis de material biológico), o bien en fi ncas rústicas o explotaciones agrícolas adscritas a la Consejería de Agricultura y Ganadería.
2. La vinculación funcional del laboratorio en cuanto a los programas sanitarios a desarrollar, obedece generalmente a la estructura ga- nadera de la provincia en la que se ubica.
3. El dimensionamiento, en relación con los medios personales (Re- laciones de Puestos de Trabajo de personal funcionario y laboral), así como la disposición de áreas operativas, se encuentra en rela- ción directa a los censos ganaderos, tipología y número de explo- taciones y diversidad de especies.
4. La ejecución de servicios comunes al conjunto de Laboratorios de la Red, como pueden ser la gestión común de los residuos sanita- rios derivados del material biológico procesado y del instrumental y utensilios utilizados.
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE ÁVILA
Dirección Postal. -Ctra. de Burgohondo, s/n
05002 ÁVILA
Tfno. - 920 21 18 89
Estructura física (edifi caciones).
-Año de fi nalización: 2002 -Superfi cie construida: 642 m2 -Superfi cie útil: 517 m2 Estructura funcional.
-Área de Serología -Área de Bacterología
-Área de Parasitología/Entomología
- Área administrativa (Dirección, Secretaría, Sala de reuniones, Re- cepción de muestras).
-Sala de necropsias
- Servicios comunes: vestíbulo, recepción, aseos, almacén, sala de calderas, vestuarios, cámaras frigorífi cas, patio central.
Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Programa de detección y control de lengua azul.
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Campaña de Saneamiento Ganadero
Bovino sueros 162.055 161.734 163.820 210.606 210.000 300.517 291.223 Ovino sueros 382.007 370.193 340.450 322.281 322.000 327.791 356.247 Lengua Azul
determinaciones 26.217 4.760 5.269
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE BURGOS
Dirección Postal. -C/La Lora, 2
09007 BURGOS
Tfno. - 947 48 20 47
Estructura física (edifi caciones).
-Año de fi nalización: 2002
-Superfi cie construida: 604,50 m2 -Superfi cie útil: 534,62 m2 Estructura funcional.
-Área de Serología -Área de Bacterología
-Área de Parasitología/Entomología
-Laboratorio de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles -Área administrativa
-Servicios generales
Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Programa de Control Encefalopatías Espongiformes. Programa de Seguimiento Sanitario Porcino.
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Campañas de Saneamiento Ganadero
Bovinos Sueros 71.176 70.971 73.488 68.873 127.116 115.517 106.085 Ovinos Sueros 425.734 410.567 389.435 393.822 408.165 373.083 320.665 Porcino
6.748 89.348 88.905
EET Bovinos 0 0 9.589 25.368 29.541 28.887 26.507
Ovinos 0 0 4.683 12.257 3.018 1.859 7.010
Caprinos 0 0 310 429 160 1.145 2.015
Total 0 0 14.582 38.054 32.719 31.891 35.532
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE PALENCIA
Dirección Postal. -Finca Viñalta Ctra. Ampudia, s/n
34004 PALENCIA
Tfno. - 979 16 59 90
Estructura física (edifi caciones).
-Año de fi nalización: 2004
-Superfi cie construida: 719,56 m2 -Superfi cie útil: 640,35 m2 Estructura funcional.
-Área de Serología -Área de Parasitología -Área de Bacterología -Área administrativa -Servicios generales
Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina).
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.
2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 Campaña de
Saneamiento Ganadero
Bovino sueros 53.106 56.279 71.479 56.903 90.925 86.520 87.456 Ovino sueros 326.059 318.224 305.770 321.590 348.304 349.774 324.366
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE SALAMANCA
Dirección Postal. -Escuela Capacitación Agraria Ctra. Carbajosa, s/n
37008 SALAMANCA
Tfno. - 923 28 19 63
Estructura física (edifi caciones).
-Año de fi nalización: 2004 -Superfi cie construida: 1017,90 -Superfi cie útil: 907,97
Estructura funcional.
-Área de Serología -Área de Microbiología -Área de Parasitología
-Área de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles -Área Administrativa
-Área Servicios generales -Sala de Necropsias
Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Encefalopatías Espongiformes Trans- misibles.
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años. -
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Campañas de Saneamiento Ganadero
Bovinos Sueros 306.175 321.272 351.705 523.899 677.809 744.752 754.208 Ovinos Sueros 561.567 583.662 604.883 661.626 608.752 632.465 586.747 EET
Bovinos 0 25.026 46.372 50.784 52.373 60.886 50.807
Ovinos 0 240 1.423 4.170 454 374 977
Caprino 0 0 0 415 142 1.500 2.129
Total 0 25.266 47.795 55.369 52.969 62.760 53.913
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE SEGOVIA
Dirección Postal.- Ctra. de Arévalo, 52
40006 SEGOVIA
Tfno.- 921 42 01 31
Estructura física (edifi caciones).-
- Año de fi nalización: 2000
- Superfi cie construida: 500,25 m2 - Superfi cie útil: 449,46 m2 Estructura funcional.-
- Área de Serología
- Área de Parasitología/Entomología - Área de Bacteriología
- Sala de necropsias - Área administrativa - Servicios generales
Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Programas de Seguimiento Sanitario Porcino. Lengua Azul.
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.-
2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 Campaña de
Saneamiento Ganadero
Bovino sueros 57.296 57.488 57.717 77.434 133.540 130.283 125.064 Ovino sueros 341.982 344.796 343.917 382.275 403.208 354.108 355.578
Porcino
determinaciones 92.698 168.215 194.225 197.463 215.839 237 .746 Lengua Azul
determinaciones 8.108
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE SORIA
Dirección Postal.- Polígono Industrial Las Casas Calle A. Parcela 5.1.
42005 SORIA
Tfno.- 975 23 39 06
Estructura física (edifi caciones).-
- Año de fi nalización: 1999
- Superfi cie construida: 317,75 m2 - Superfi cie útil: 270,00 m2 Estructura funcional.-
- Área de Serología - Área de Bacteriología - Área de Parasitología - Área administrativa - Servicios generales - Sala de necropsias
Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Programa de Seguimiento Sanitario Porcino.
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.-
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Campañas de Saneamiento Ganadero
Bovinos Sueros 15.657 15.787 18.761 25.880 40.164 37.713 32.464 Ovinos Sueros 422.479 499.204 526.686 481.963 617.508 432.492 362.022 Porcino
Determinaciones 13.596 30.232 60.985
Piscicultura
Determinaciones 1.118 3.712 1.234 604
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE VALLADOLID.
Dirección Postal.- Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería C/ Santuario nº 14
VALLADOLID
Tfno.- 983 41 47 24/23
Estructura física (edifi caciones).-
El Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Valladolid se ubica en las dependencias administrativas del Servicio Territorial de Agricul- tura y Ganadería de Valladolid.
Se ha procedido a la redacción de un anteproyecto para la ejecución de las obras destinado a Laboratorio Provincial de Sanidad Animal en una ubicación independiente.
Estructura funcional.-
Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina).
Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años.-
2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 Campaña de
Saneamiento Ganadero
Bovino sueros 21.671 22.664 23.326 22.906 42.729 40.801 37.262 Ovino sueros 513.405 504.047 470.123 477.137 517.870 496.939 455.922
LABORATORIO PROVINCIAL
DE SANIDAD ANIMAL DE ZAMORA
Dirección Postal.- Granja Florencia
Ctra. Peleagonzalo-Villalazan
49800 Toro (ZAMORA)
Tfno.- 980 69 94 47/59
Estructura física (edifi caciones).-
- Año de fi nalización: 2004
- Superfi cie construida: 1.153,48 m2 - Superfi cie útil: 1.026,69 m2 Estructura funcional.-
- Área de Serología - Área de Parasitología - Área de Bacteriología - Área de administración - Área de Servicios generales - Sala de necropsias
Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y peri- neumonía contagiosa bovina). Programa de Seguimiento Sanitario Porcino.
Situación evolutiva de análisis en los tres últimos años.-
2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 Campaña de
Saneamiento Ganadero
Bovino sueros 63.379 66.621 60.856 62.870 123.519 116.509 108.662 Ovino sueros 876.429 870.211 879.429 843.351 902.032 848.335 812.779
Porcino
determinaciones 16.811
LABORATORIO REGIONAL
DE SANIDAD ANIMAL DE CASTILLA Y LEÓN
Dirección Postal.- C/ Molino s/n
24193 LEÓN
Tfno.- 987 680 507
Estructura física (edifi caciones).-
- Año de fi nalización: 2007 - Superfi cie construida: 9.791 m2 - Superfi cie útil: 9.299 m2
- Superfi cie exterior urbanizada: 14.661 m2 Estructura funcional.-
- Dirección/Coordinación de Red de Laboratorio de Sanidad Animal.
- Departamento de Recepción de muestras.
- Departamento de Serología General.
- Departamento de Microbiología, Parasitología, Química.
- Departamento de Serología Especial y Nuevas Tecnologías.
Situación evolutiva de los análisis realizados en los siete últimos años.
Programas sanitarios más signifi cativos. Además de la Coordinación Téc- nica de la Red de Laboratorios de Sanidad Animal, en la ejecución y aplicación de técnicas de diagnóstico, el Laboratorio Regional lleva a cabo la dirección y ejecución de los diversos programas sanitarios tanto de implantación nacional, como los diseñados por el servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de Producción Agropecuaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
Se reseñan los más importantes:
• Campañas de Saneamiento Ganadero.
• Control de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles.
• Programa de Vigilancia Serológica y Entomológica de Lengua Azul.
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
MICROBIOLOGÍA Muestras 2.003 2.746 2.239 3.392 4.289 7.686 11.612 Determinaciones 4.799 6.579 6.495 8.329 10.656 14.924 17.713
PARASITOLOGÍA Muestras 1.186 1.745 2.110 3.376 3.907 4.729 3.961 Determinaciones 3.132 4.608 5.882 9.617 10.856 10.624 9.380
QUÍMICA Muestras 367 355 344 207 155 83 193
Determinaciones 765 1.655 1.894 1.220 948 384 748
EET Bovino 54.718 56.019 41.302 47.749 56.849 47.472
Ovino 2.024 15.297 20.635 7.072 8.097 15.839
Caprino 0 372 1.111 374 7.638 9.804
Total 56.742 71.688 63.048 55.195 72.584 73.115
SEROLOGÍA Bovino 310.363 178.878 169.474 188.840 292.319 290.035 276.902 Ovino 670.198 622.516 589.791 681.281 696.699 656.052 626.682 Caprino 36.157 33.992 27.684 30.353 32.028 61.000 37.005 Porcino 571.610 747.092 808.538 709.651 811.916 731.015 696.998 Otras spp domésticas 820 1.399 344 22.633 2.244 4.675 11.982
Fauna silvestre 2.204 2.580 4.975 11.122 10.907
Total 1.589.148 1.583.877 1.598.035 1.635.338 1.840.181 1.753.899 1.660.476
• Programa Sanitario Caprino.
• Programa Sanitario para el control de la Hipodermosis bovina.
• Programa de control/erradicación de Maedi-Visna.
• Plan Sanitario Porcino.
• Plan de Vigilancia Epidemiológica de Fauna Silvestre.
• Plan Sanitario Avícola.
• Programa de diagnóstico de enfermedades de los peces.
• Programa Sanitario Apícola.
• Programa de Salmonela en aves, porcino y piensos.
• Programa Sanitario Cunícola.
A. DEPARTAMENTO DE SEROLOGÍA.
Funciones:
- Desarrollo de técnicas analíticas ofi ciales establecidas para el diag- nóstico de campañas de control y erradicación de enfermedades de rumiantes (Campañas de Saneamiento Ganadero)
- Seguimiento de Programas Sanitarios Especiales.
- Programas de control y erradicación establecidos por el Servicio de Sanidad Animal (Actualmente Maedi Visna, Artritis Encefalitis Caprina, Control de Tularemia, Plan Sanitario Avícola, Programa de Infl uenza Aviar, Hipodermosis, Toxoplasmosis, etc.)
- Análisis Serológicos para la detección de antígenos o anticuerpos de otras enfermedades (Paratuberculosis, Clamidiosis, Enfermedad de Border, IBR, Salmonelosis, Fiebre Q, etc.), aplicando métodos de diagnóstico que han ido modifi cándose, incorporando técnicas cada vez más sensibles.
B. DEPARTAMENTO DE MICROBIOLOGÍA-PARASITOLOGÍA-QUÍMICA.
Se compone de las tres áreas especializadas que otorgan la denomi- nación al Departamento.
Área de Microbiología.- Lleva a cabo las funciones de diagnóstico de enfermedades mediante cultivo, aislamiento e identifi cación de micro- organismos patógenos. Actualmente desarrolla su actividad en una serie de programas sanitarios entre los que destacamos:
• Área de Microbiología.
• Control de mamitis.
• Control de brucelosis y tuberculosis, con seguimiento de las explo- taciones con resultados positivos.
• Control de salmonela, tanto en piensos para realizar el programa ofi cial, como en heces, con objeto de posibilitar el comercio intra- comunitario.
• Diagnósticos microbiológicos de enfermedades de animales silves- tres.
• Diagnóstico etiológico de abortos.
• Seguimiento de perros mordedores para el diagnóstico de rabia.
• Seguimientos de focos (Tularemia).
• Programas específi cos de ADS.
Área de Parasitología.- Realiza fundamentalmente análisis coprológi- cos para determinar la carga parasitaria de rebaños integrados en ADS, así como la identifi cación de endoparásitos y ectoparásitos de animales domésticos y silvestres.
Área de Química.- Realiza análisis y determinaciones de tóxicos en función a las necesidades de cada momento.
C. DEPARTAMENTO DE SEROLOGÍA ESPECIAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS.
Área de Serología Especial.- Se realiza la analítica serológica de los animales de la especie porcina establecida en los programas del MAPA, necesaria para el control de enfermedades, intercambios comerciales y obtención de califi caciones. Así mismo, se aplican métodos de diagnos- tico en otras especies animales (lengua azul, vigilancia sanitaria de la fauna silvestre...), así como el seguimiento sanitario de enfermedades incluidas en los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria.
Área de Nuevas Tecnologías.- Incluye la puesta a punto de nuevas técnicas de diagnóstico de distintas enfermedades bajo la coordina- ción de los Laboratorio Centrales de Veterinaria de Algete y Santa Fe (Granada).