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Fracci6n Parlamentaria

Movimiento Ciudadano

MOVIMIENTO

CIUDADANO

"2014 CorunemoraciOn dell SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

ASUNTO: INICIAT\VA DE DECRETO PARA

REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS

DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL Y DE LA LEY DE FOMENTO ECONOMICO, EN MATERIA DE ENERGiA Y DE TRANSFERENCIA TECNOLOGICA.

Villahermosa, Tabasco., a 18 de Noviembre de 2014

C. DIP. PATRICIO BOSCH HERNANDEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA

DEL H. CONGRESO DEL EST ADO DE TABASCO.

PRESENTE.

El suscrito Diputado, Gaspar Cordoba Hernandez, coordinador de Ia Fracci6n Parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano, de Ia LXI Legislatura, al Honorable Congreso del Estado de Ta,basco, con fundamento en las atribuciones que me confieren los articulos 33 fracci6n II de Ia Constituci6n Politica del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 71 y 72 fracci6n II de Ia Ley Organica del Poder Legislative del Estado de Tabasco; y 74 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado de Tabasco, me permito presentar ante esta Soberania Ia presente I niciativa de Decreta, bajo los siguientes:

Considerando:

1. Que T a basco es el segundo productor nacional de gas natural y de petr61eo, al tener el crude mas ligero y mas barato para los procesos de refinaci6n, lo que obliga a actualizarnos a las exigencias de Ia globalizaci6n.

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LECISLATURA

H CONGRESO DEl ESTADO

TABASCO

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Movimiento Ciudadano

MOVIMIENTO

CIUDADANO

"2014 Conmemoracion dell SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

2. Que actualmente las lnstituciones de Educaci6n Publicas y Privadas en el estado, han aperturado carreras afines a Ia industria petrolera, entre elias destacan Ia Universidad Juarez Aut6noma de Tabasco, las Politecnicas; del Golfo y Centro, asi como; Ia Universidad Olmeca, las cuales garantizan que los egresados de las mismas, cuenten con Ia formaci6n tecnica y necesaria para tener acceso a las oportunidades laborales y al desarrollo tecnol6gico.

3. Que durante las ultimas decadas este sector energetico en el estado, se ha mantenido bajo Ia politica nacional de permitir que las empresas

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contratistas determinen a libre albedrio Ia adquisici6n de Ia mano de obra, Ia cual se importa de otros estados y el extranjero, provocando el crecimiento de una plantilla laboral de profesionistas V~nezolanos,

Colombianos y de otras nacionalidades, dedicados a las actividades de perforaci6n, geos-ciencias, estudios exploratorios y de desarrollo de campos, argumentando Ia falta de experiencia de los egresados de las U niversidades T abasquenas.

4. Que basado en lo anterior, podemos afirmar que estamos ante una

"discriminaci6n laboral", que contraviene lo estipulado en el Articulo 123 de nuestra Carta Magna que dice -cito textual-:" ... Toda persona tiene derecho a/ trabajo digno y socialmente uti/; a/ efecto, se promoveran Ia creaci6n de empleos y Ia organizaci6n social de trabajo, conforme a Ia ley ... "-find~ Ia cita-.

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LECISLATURA

H. CONGRESO DEL ESTADO

TABASCO

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Movimiento Ciudadano

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M OV I ~1ENTO CIUDADANO

"2014 Conmemoracion del 150 Aniversario de Ia Gesta Heroica del 27 de Febrero de 1864"

A Ia par, de Ia misma manera se vulnera el Articulo 7° de Ia Ley Federal del Trabajo, que a Ia letra dice:"

...

En toda empresa o establecimiento, el patron debera emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos, por lo menos. En las categorias de tecnicos y profesionales, los trabajadores deberan ser mexicanos, salvo que no los haya en una especialidad determinada, en cuyo caso el patron podra emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, en una proporcion que no exceda del diez por ciento de los de Ia especialidad.

El patron y los trabajadores extranjeros tendran Ia obligacion solidaria de capacitar a trabajadores mexicanos en Ia especialidad de que se trate. Los medicos

a/

seNicio de las empresas deberan ser mexicanos.

3

No es aplicable lo dispuesto en este articulo a

lo~

directores, administradores y gerentes generales ...

"

5. Que los Constituyentes de Tabasco tenemos Ia imperiosa obligaci6n de vislumbrar el futuro del Estado, en materia de Energia, demandando un trato justa, justificados en los yacimientos ubicados en aguas profundas de nuestros litorales, los cuales resultan estrategicos para el sector petrolero nacional

.

6. No solo eso, tambien debemos tamar ventaja de los nuevas hallazgos

de este recurso en Paraiso y Centla, a fin de planear estrategicamente

nuestro crecimiento y desarrollo sustentable, partiendo de nuestra

amarga experiencia, visionando un crecimiento equilibrado y

armomoso.

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Movimiento Ciudadano

MOV,MIENTO

CIUDADANO

"2014 Conmemoracion dell SO Aniversario de la Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

7. Que por todo lo anterior, en mi calidad de integrante de esta legislatura, presento esta lniciativa, cuya finalidad es provocar que las empresas productivas del estado mexicano (PEMEX y CFE), asi como las contratistas nacionales y extranjeras, suscriban Acuerdos de Coordinacion de Beneficios Compartidos; priorizando Ia vinculacion de los tecnicos y profesionistas egresados de las Universidades asentadas en el estado, para que se integren y participen en esa actividad laboral, en los niveles nacional, regional y local, de Ia industria energetica.

Entendiendo que estamos a tiempo de vitalizar el crecimiento y el

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desarrollo estatal, edificando las fortalezas que permitan Ia inclusion de los egresados de las lnstituciones de Educacion Superior al mercado Ia bora I energetico, reconociendo que des de ah i emerge mana de obra calificada, con excelente grado de profesionalismo y cbnocimiento, igual o sobresaliente a cualquier tecnico de otro pais.

En ese interes, ademas de lo anterior, con ella se busca impulsar que nuestros tecnicos sean considerados en las futuras promociones de escalafon dentro de esas empresas contratistas, las cuales deberan integrarlos a las aulas de capacitacion, garantizando a Ia vez que Ia experiencia adquirida en anos por cada uno de ellos, no se desaproveche.

En Ia propuesta hemos incluido el tema de Ia transferencia tecnol6gica, considerado universalmente como un mecanisme de propagacion de capacidades, objetos tecni~os y artefactos, asi como de conocimientos e informacion, entre paises con diferente nivel de desarrollo.

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"2014 Conmemoracion del I SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del 27 de F ebrero de 1864"

El objetivo entonces, es impulsar el desarrollo y crecimiento de los diversos sectores de Ia sociedad, mediante el acceso al conocimiento y experiencia de los grupos de investigaci6n, innovaci6n y desarrollo tecnol6gico.

Dicha transferencia se preve documentarla y requisitarla, a traves de Convenios de Colaboraci6n y Acuerdos de Coordinaci6n de Beneficios Compartidos, entre las empresas contratistas, Universidades u ONG's, en Ia que el Gobierno estatal funge como testigo de honor en unos y, en otros como aval, con las instituciones pertinentes.

Cabe precisar que todos y cada uno de estos mecanismos propuestos, serian Coordinados por los titulares de cada cabeza de sector de Ia

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Administraci6n Publica Estatal, en sus respectivos ambitos, atribuciones y competencia.

Por ultimo, comentarles que las propuestas de Reformas· y Adiciones que en forma integral proponemos, fortalecen el sistema juridico local, coadyuvan con Ia compatibilidad de los ordenamientos federales, fortalecen diversos ordenamientos juridicos en materia de competencia de las dependencias e instituciones adscritas al Ejecutivo Estatal, como lo es Ia Ley de Fomento Econ6mico del Estado de Tabasco y, por consiguiente se adecuan a los nuevas conceptos contenidos en las reformas hechas recientemente a nuestra Carta Magna, en mater•a energetica.

Por lo antes expuesto y con fundamento en los articulos 28 y 36 fracci6n I de Ia Constituci6n Politica del Estado Libre y Soberano de T a basco, me permito someter a Ia cons!deraci6n de esta soberania Ia siguiente lniciativa de Decreta.

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.. 2014 COfDiemoracioo dell SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del 27 de Febrero de 1864"

Sin embargo, respetando el tiempo de todos ustedes, a sabiendas que en su momenta Ia Presidencia de este Congreso le hara llegar a los integrantes de Ia Comisi6n Legislativa correspondiente, copia de Ia misma, solo les dire que con Ia propuesta se pretende reformar Ia fracci6n XI del Articulo 51 del Capitulo II, relativa a las Facultades y Obligaciones del Gobernador, contempladas en Ia Constituci6n Pol itica del Estado Libre y Soberano de Tabasco

Asi como adicionar diversos articulos de Ia Ley de Fomento Econ6mico del estado.

Es cuanto.

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H CONGRESO uEl ESTAOO

TABASCO

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MOVIMIENTO

CIUDADANO

"2014 Conmemoncion dell SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

INICIATIVA DE DECRETO

ARTiCULO PRIMERO. Se reforma Ia fracci6n XI del Articulo 51 del Capitulo II de las F acultades y Obligaciones del Gobernador, de Ia Constituci6n Politica del Estado Libre y Soberano de Tabasco, para quedar como sigue:

CONSTITUCION POLiTICA DEL EST ADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO

CAPiTULO II

FACULTADES Y OSLICACIONES DEL GOBERNADOR Articulo 51 ...

I

a

X ...

XI. Celebrar contratos, convenios, acuerdos de coordinaci6n, otorgar permisos, concesiones y autorizaciones de acuerdo con Ia ley.,

XII a XXI ....

ARTiCULO SEGUNDO. Se adicionan las fracciones I y XII y se reforma Ia fracci6n X del Articulo I Sis y se recorre Ia numeraci6n de las fracciones subsiguientes; se adiciona el Articulo 1 Sis-A; se reforma Ia fracci6n VIII del Articulo 3; de Ia misma forma Ia fracci6n m) del Apartado Ill del Articulo 3 Sis, todas elias del Capitulo I Generalidades; asi tambien Ia fracci6n d) del Apartado II del Articulo 4 del Capitulo II De las Actividades sujetas de fomento; y el Articulo 21 Capitulo V Del Comite Dictaminador,

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H CONGRESO '"-ESTADO

TABASCO

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"2014 Conmemoracion dell 50 Aniversario de Ia Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

todos ellos de Ia Ley de Fomento Econ6mico del Estado de Tabasco, para quedar como sigue:

LEY DE FOMENTO ECONOMICO DEL EST ADO DE TABASCO CAPiTULO I

GENERALIDADES Articulo 1 Bis ... .

I. Acuerdos de Coordinaci6n de Beneficios Compartidos: Es el mecanismo que suscribiran las empresas locales, nacionales y extranjeras que son contratadas por el sector energetico con el

Ejecutivo del Estado, que avalaran los compromisos contraidos para

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detonar el crecimiento y desarrollo de Ia entidad en diversos rubros de Ia economia; asi como Ia colaboraci6n estrecha para apoyos tecnicos y de entrenamiento; e incentivar el contenido local.

II. Calidad Productiva: El proceso por el cual se disminuyen los costas de los bienes o servicios como consecuencia de Ia reducci6n de los fallos, de los reprocesos y de los desechos;

Ill. Ciudad Industrial: El nucleo urbana delimitado fisicamente en el que se asientan o se establecen un conjunto de empresas o unidades econ6micas de naturaleza diversa o uniforme, dotado de infraestructura fisica e instalaciones industriales registrado como tal ante Ia Secretaria; • IV. Competitividad: La capacidad de las empresas de producir bienes y servicios en forma eficiente, hacienda que sus productos sean atractivos, tanto dentro como fuera del pais;

V. Desarrollo Econ6mico: El cambia favorable en las condiciones cualitativas y cuantitativas de! sistema econ6mico estatal, que propicie el mejoramiento en Ia calidad de vida de Ia poblaci6n;

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MOVIMIENTO

CIUDADANO

"2014 Conmemoracioo dell SO Aniversario de Ia Gesta 1-leroica del27 de Febrero de 1864"

VI. Ley: Ley de Fomento Econ6mico del Estado de T a basco;

VII. Microparque: La superficie de terreno de propiedad publica o privada destinada al establecimiento de microempresas, dividida en lotes de entre 250 y 1 ,000 metros cuadrados, con infraestructura fisica, tales como calles, alumbrado publico, energia electrica, telefono, agua y drenaje, que se encuentre registrada en Ia Secretaria;

VIII. Parque Industrial: La superficie de terreno de propiedad publica o privada destinada al establecimiento de industrias, dividida en lotes para su venta, con servicios de infraestructura fisica, tales como calles, alumbrado publico, energia electrica, telefono, agua y drenaje, que se encuentre registrada en Ia Secretaria;

IX. Secretaria: La Secretaria de Desarrollo Econ6mico del Poder Ejecutivo del Estado;

X. Sujeto de apoyo: Las personas fisicas o juridicas colectivas con

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actividad empresarial o del sector educative, establecidas o par establecerse en el estado y cuyos proyectos de inversion sean detonantes para el desarrollo o que generen empleos directos;

XI. Tecnologia limpia: La tecnologia que al ser aplicada ·no produce efectos secundarios o trasformaciones al equilibria ambiental o a los sistemas naturales ( ecosistemas ); y

XII. Transferencia Tecnol6gica. Es un mecanismo de propagaci6n de capacidades, normalmente entre paises con diferente nivel de desarrollo. La transferencia puede ser de objetos tecnicos y artefactos, tanto como de conocimientos e informacion, que se puede aplicar mediante acuerdos de coordinacion de beneficios compartidos, suscritos por el Ejecutivo y coordinados por Ia cabeza de sector en el ambito de competencia de cada uno de ellos, en su caso titular del Ejecutivo Estatal fungira como testigo de honor, cuando los mismos se suscriban con el sector empresarial y el sector educative publico y privado, asentado en nuestra entidad.

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"2014 Conmemoracion dell SO Aniversario de Ia Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

XIII. Unidad Econ6mica: A los establecimientos, personas o entidades dedicados a Ia manufactura, producci6n o comercializaci6n de bienes o

servtCIOS.

Articulo 1 Bis-A. La transferencia tecnologica que se implementara en Ia entidad, tiene los siguientes objetivos especificos:

• Transferir conocimiento y habilidades a los sectores educativo, publico y privado.

• lmpulsar el desarrollo, formacion y capacitacion de excelencia de los integrantes de las diversas organizaciones e instituciones.

• lncrementar el interes por las actividades de investigacion

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y formacion academica en el sector productivo de Ia region.

• Generar productos y actividades explotables desde el punto de vista comercial, derivados de Ia innovacion tecnologica.

• Generar nuevos espacios de inversion para el sector privado en las areas de innovacion tecnologica, basados en activos de propiedad industrial tales como patentes.

• Crear espacios de colaboracion y licencia tecnologica entre los diferentes sectores involucrados

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"2014 C01m1emoraci6n dd 150 Aniversario deb Gesta Heroica del27 de Febrero de 1864"

Articulo 3 ... . I a VII ....

VIII. Propiciar el establecimiento de nuevas actividades manufactureras, consolidar las existentes y concertar los acuerdos de coordinacion de beneficios compartidos vinculados con las empresas productivas del estado tanto del sector publico como privado, en materia de energia IX a XVII ....

Articulo 3 Bis ... . I .... .

11 .... ..

Ill .... ..

a)al) ...

m).Promover y articular Ia vinculacion de Ia educaci6n media y

11

superiorcon los perfiles de formaci6n tecnica y profesional que requiere el sector productive local, asi como el energetico.

CAPiTULO II

DE LAS ACTIVIDADES SUJETAS DE FOMENTO Articulo 4 ... .

1 .... ..

11 ... .

a) a c) ...

d). lndustrias de fabricaci6n o ensambles de productos y/o empresas particulares, dedicadas a Ia educaci6n, consultoria y de servicios, vinculadas con las empresas productivas del sector energetico nacional.

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H. CONGRESO DEL ESTADO

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"2014 Conmemoracion del 150 Aniversario de Ia Gesta Heroica del 27 de Febrero de 1864"

CAPiTULO V

DEL COMITE DICTAMINADOR

Articulo 21. Ademas de las facultades que se le atribuyen en

los

articulos precedentes, el Comite Dictaminador tendra a su cargo

Ia

supervision del cumplimiento de los acuerdos tornados, asi como el impulso y seguimiento de Ia estrategia de desarrollo econ6mico en el Estado. A este efecto, queda facultado para apoyar en todo momenta el desarrollo econ6mico del Estado, de conformidad con las prioridades establecidas

en esta Ley, propiciando el consumo de materias primas y productos 12

elaborados en el Estado, Ia utilizaci6n de Ia mano de obra local en todos

sus niveles de tecnicos y profesionistas egresados de Ia escuelas de

ensenanza media y superior asentadas en Ia entidad en todos los

sectores, productivos y los que deriven de Ia apertura energetica; el

fortalecimiento de Ia planta comercial, de Ia industria, el sector de Ia

construcci6n, Ia vivienda y las vinculadas con el sector energetico; asi

como Ia investigaci6n tecnol6gica y de mercados que impulsen

integralmente el desarrollo de Ia economia estatal; y por otra parte, que

Ia entidad se incorpore a los mecanismos de transferen

e

ia

tecnol6gica, con las empresas extranjeras que se asentaran en Ia

entidad para fortalecer el desarrollo y crecimiento sustentable.

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H. CONGRESO DEL ESTADO

TABASCO

Fracci6n Parlamentaria

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MOVIMIENTO

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"2014 Conmemoracion del 150 Aniversario de Ia Gesta Heroica del 27 de Febrero de 1864"

TRANS ITO RIO

ARTiCULO UNICO. El presente decreto entrara en vigor a los 3 dias siguientes, contados a partir de su publicaci6n en el peri6dico Oficial del Estado.

Atentamente

Dip.lng. Gaspar CordOba Hernandez

Coordinador

Referencias

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