G O B IE RNO D E L A C IUD AD D E B UE NO S AIRE S
CIRCULAR ACLARATORIA Nº 1 - CON CONSULTA
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2015.-
EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04037952/MGEYA/DGCONC/2013.-
MOTIVO: Licitación Pública para el otorgamiento de la Concesión de Uso y Explotación de carácter oneroso de un espacio de dominio publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a playa de estacionamiento vehicular, ubicado en el subsuelo de la Av. Corrientes Nº 436, denominada en adelante “E-12”;
RE-2015-35266859-DGCONC.-
Pregunta:
1. INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA FORMULACIÓN DE LA OFERTA.
El P.B.C.P. en su Art. 31 establece que la presentación de la oferta, importa de parte del oferente –entre otras cuestiones- la evaluación de todas las circunstancias, y de sus consecuencias, se entiende que vinculadas a la licitación en curso. Asimismo, el Art. 32 del P.B.C.G dispone que la presentación de la oferta significa, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación –entre otras- “de cualquier dato o circunstancia que pudiera influir en su costo, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor los errores en que pudiera haber incurrido al formular su oferta,…”.
A su vez, el Art. 16 de P.B.C.P. dice en su segundo párrafo que “El canon constituye el importe que mensualmente debe abonar el concesionario al concedente por el uso y explotación del espacio de acuerdo a las pautas que establece el presente Pliego ajustada a su oferta y de acuerdo con el resultado de la evaluación financiera que refleje a lo largo del período de concesión”.
En atención a las disposiciones precedentemente citadas, y de conformidad con las pautas técnicas a tomar en cuenta para formular una oferta seria en cuanto al canon correspondiente, acorde con las circunstancias de hecho propias del estacionamiento en cuestión, resulta necesario conocer todas las variables que tengan incidencia en la
determinación de los costos de explotación y mantenimiento del mismo. En tal sentido resulta ineludible contar con la información relativa a los ingresos de explotación (netos del Impuesto al valor agregado y a los Ingresos Brutos) que ha tenido el concesionario actual del estacionamiento en, al menos, los últimos 24 meses. Ello permitirá efectuar una adecuada evaluación financiera en la determinación de canon a ofrecer, tal y como lo exige el Pliego arriba citado.
Sin perjuicio de las razones expresadas, cabe señalar que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha brindado esa información en anteriores licitaciones, entre otras:
a) Licitación Pública para la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Av. Leandro N. Alem, y las calles Tte.
Gral. Juan Domingo Perón, Bouchard y Sarmiento, denominada “E-01”, Expediente Nº 39.285/2007. (Ver circular aclaratoria Nº 1 – sin consulta del 22/07/2009 en la que se incluyó el detalle de facturación mensual del permisionario de los meses enero 2009 a mayo 2009). Asimismo y por la misma vía se informó sobre la facturación pagada por el concesionario de los servicios de teléfono, aguas, y energía eléctrica.
Posteriormente se informó el importe del Impuesto territorial y la contribución por alumbrado, barrido y limpieza.
b) Licitación pública para la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Av. Roberto M. Ortiz y Quintana, denominada “E-16”. Expediente Nº 39.283/2007. (Ver circular aclaratoria Nº 1 – con consulta del 27/02/2009, en la que se informó el detalle de la facturación mensual del permisionario de los meses enero 2008 a diciembre 2008 y el monto de canon que pagaba el concesionario y circular aclaratoria Nº 2 – con consulta del 12/03/2009 se incluyó el detalle de facturación mensual del permisionario de los meses enero 2003 a diciembre 2007.) Asimismo se informó los costos derivados de iguales conceptos a los del caso anterior.
c) Licitación pública para la concesión de uso y explotación de la playa subterránea de estacionamiento ubicada en el subsuelo de la Plaza Libertad, con entrada por las
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calles Paraguay, Marcelo T de Alvear y Cerrito y salida por las calles Paraguay y Cerrito, de la C.A.B.A., denominada “E-19”. Expediente Nº 41.624/2003. (Ver circular aclaratoria Nº 2 en la que se informó el canon pagado por el concesionario y circular aclaratoria Nº 3, sin consulta, del 11/08/2008 donde se informó el detalle de facturación mensual del permisionario de los meses marzo 2008 a julio 2008.)También en este caso se informaron los costos correspondientes a servicios y contribuciones.
d) Licitación pública para la concesión de uso y explotación de las playas subterráneas de estacionamiento ubicadas en el subsuelo de la Av. 9 de Julio, una con entrada por las calles Carlos Pellegrini y Lavalle, y salida por las calles Cerrito y Lavalle, denominada “9 de Julio Norte” y la otra con entrada por las calles Cerrito y Sarmiento y salida por las calles Carlos Pellegrini y Sarmiento, denominada “9 de Julio Sur”.
Expediente Nº 94.590/2007. (Ver circular aclaratoria Nº 1, sin consulta adjunta al pliego de fecha 29/08/2008, donde se incluyó el detalle de facturación mensual del permisionario de los meses enero 2008 a julio 2008) Igualmente se informó sobre los mismos rubros referidos en los casos anteriormente citados.
En virtud de lo expuesto precedentemente, solicito se informe en el menor tiempo posible, los ingresos de explotación (netos del Impuesto al valor agregado y a los Ingresos Brutos) que ha tenido el concesionario actual del estacionamiento en, al menos, los últimos 24 meses.
Respuesta:
El art. 31 del PBCP establece que “La presentación de la oferta importa de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas …”.
A tal efecto, para determinar que quien se presenta como oferente está en condiciones de evaluar todas las circunstancias que hacen a la explotación del predio en la actividad específica para la cual se convoca la presente Licitación, se exige que cuente con experiencia o antecedentes en el tipo de explotación (Art. 27 Inc. 13 del PBCP, Art. 44 Inc. B del PBCP), que visite el predio (Art. 13, del PBCP y Art. 27 Inc.
18 del PBCP), lo que implica la posibilidad sin limitación alguna de que pueda constatar grado de ocupación de la playa de estacionamiento en diferentes días y horarios, y que presente un proyecto de mejoras y revalorización del inmueble cuya concesión se persigue (Art. 27 Inc. 24 del PBCP).
Asimismo, conforme los dispone el Art. 16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el oferente deberá formular su oferta económica mediante el ofrecimiento de un canon tomando el canon base establecido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el cual fue informado en el respectivo llamada a licitación. El canon constituye el importe que mensualmente debe abonar el concesionario al concedente por el uso y explotación del espacio de acuerdo a las pautas que establecen los Pliegos de Bases y Condiciones ajustada a su oferta y de acuerdo con el resultado de la evaluación financiera que refleje a lo largo del período de la concesión, teniendo relación el canon con la tarifa que fuera a cobrar el concesionario.-
Esta tarea es de incumbencia de cada uno de los oferentes, sin que pueda excusarse en la falta de información que esta Dirección General pudiera requerirle al actual concesionario.-
Cabe señalar, además que las ganancias o resultados económicos de los ejercicios se encuentran amparadas por el secreto fiscal establecido por la Ley Nº 11.683, Art. 101.
Por todo lo expuesto, no se considera suministrar la información solicitada.-
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Informe gráfico Número:
Buenos Aires,
Referencia: CIRCULAR ACLARATORIA CON CONSULTA Nº 1 PLAYA E-12
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Miércoles 18 de Noviembre de 2015 IF-2015-35770521- -DGCONC
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2015.11.18 14:03:59 -03'00'
Gabriel Astarloa Director General
D. G. CONCESIONES (MDEGC)