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El Mercado Asegurador Peruano en el Marco de la Ley Ley del Contrato de Seguros

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(1)

El Mercado Asegurador Peruano en el Marco de la Ley 29946 –

Ley del Contrato de Seguros

Carlos Izaguirre Castro

Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsional y de Seguros

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

XIX Encuentro Asegurador Internacional - 2013

(2)

Zona Geográfica Muestra

Arequipa 310

Junín 310

La Libertad 310

Lima Metropolitana y Callao 400

Piura 310

TOTAL 1,640

Tamaño Muestral

Distribución

Muestral

Encuesta dirigida a jefes de hogar entre 18 y 70 años.

Fecha de Campo: Del 10/11 al 11/12/2012.

Encuestadora: Datum

Estudio sobre el Grado de

Conocimiento y Percepción de Seguros

(3)

20%

15%

11%

11%

10%

9%

7%

5%

4%

3%

2%

Lluvias intensas Enfermedad grave Temblor o terremoto Muerte de un familiar Robo en su vivienda Accidente en el hogar o trabajo Accidente de tránsito Inundación Robo de su vehículo Vandalismo o terrorismo Aluvión, deslizamiento o huayco

Riesgos Expuestos

74%

66%

65%

64%

61%

60%

39%

38%

24%

19%

18%

Temblor o terremoto Robo en su vivienda Accidente en el hogar o trabajo Accidente de tránsito Enfermedad grave Muerte de un familiar Lluvias intensas Vandalismo o terrorismo Inundación Robo de su vehículo Aluvión, deslizamiento o huayco

Riesgos Temidos

Mayor Impacto Económico

22%

22%

19%

8%

8%

6%

5%

5%

1%

1%

1%

Enfermedad grave Muerte de un familiar Temblor o terremoto Robo en su vivienda Vandalismo o terrorismo Accidente en el hogar o trabajo Accidente de tránsito Lluvias intensas Robo de su vehículo Aluvión, deslizamiento o huayco

Inundación

Exposición a

Principales Riesgos

(4)

Concepto que viene a la mente

Total 18/24 25/34 35/44 45/54 55/70 Protección frente a pérdidas 17% 6% 8% 21% 21% 16%

Pago a víctimas de accidentes 13% 17% 19% 6% 15% 13%

SIS (Sistema Integral de

Salud) 13% 5% 15% 16% 14% 8%

Prevención de daños 13% 17% 12% 13% 10% 13%

EsSalud 12% 32% 9% 8% 9% 15%

Total A/B C D E

Protección frente a pérdidas 17% 23% 21% 9% 8%

Pago a víctimas de accidentes 13% 18% 15% 9% 5%

SIS (Sistema Integral de Salud) 13% 2% 7% 24% 26%

Prevención de daños 13% 17% 10% 9% 16%

EsSalud 12% 5% 13% 18% 10%

Nivel socioeconómico

Rangos de edad

Conocimiento de Seguros

(5)

¿Ha pagado por algún seguro para

usted o para otra persona? ¿Se encuentran vigentes?

- entre personas que han pagado por algún seguro propio o para otra persona -

¿Me podría decir de qué seguros(s) se trata?

- entre personas que han pagado por algún seguro propio o para otra persona -

Aproximadamente el 16% de jefes de hogar encuestados posee seguros de aseguradoras

privadas

Experiencia con Seguros

Base: 1,640 entrevistas Base: 830 entrevistas

Base: 886 entrevistas

(6)

57%

21%

12%

3%

7%

Contrato de seguro Documento entregado

por la aseguradora Certificado de seguro

Condicionado del seguro

No sabe/ no responde

- entre personas que han pagado por algún seguro propio o para otra persona -

Sí, todo 28%

Sí, una parte 58%

No 14%

En general, ¿ha leído el contenido de su(s) póliza(s) de seguro?

- entre personas que han recibido la póliza de seguro que contrató -

Póliza de Seguros

¿Recibió la póliza de los seguros que contrató?

Base: 400 entrevistas

Base: 400 entrevistas

(7)

Preferimos arreglárnosla por nuestra cuenta que tener que pagar un seguro Me resulta difícil entender las condiciones

de la póliza de seguro

La misma gente de atención al cliente no entiende cómo funciona el seguro

El seguro me puede ayudar a afrontar pérdidas económicas en caso de daños

Dígame si está de acuerdo o en desacuerdo con la frase …

Base: 1,640 entrevistas

(8)

Dígame, ¿ha tenido contacto con un corredor de seguros? ¿Me podría decir cuáles son las funciones del corredor de seguros?

- entre personas que han tenido contacto con un corredor de seguros - - entre personas que han pagado por algún

seguro propio o para otra persona -

CORREDOR DE SEGUROS

Base: 400 entrevistas

(9)

DECISIÓN DE COMPRA

98%

96%

95%

93%

94%

73%

71%

Las condiciones del seguro Los riesgos cubiertos El costo del seguro La facilidad de contratación El prestigio de la aseguradora El trato recibido del corredor de

seguros

Las recomendaciones de otras personas

Factores Importantes

29%

28%

15%

14%

6%

4%

4%

Los riesgos cubiertos

Las condiciones del seguro

El costo del seguro

El prestigio de la aseguradora

La facilidad de contratación El trato recibido del corredor de

seguros

Las recomendaciones de otras personas

Factor más importante

Base: 400 entrevistas

(10)

10

Dígame si está de acuerdo o en desacuerdo con la frase …

- entre personas que han pagado por algún seguro propio o para otra persona -

Considero que la aseguradora cumplirá con lo pactado en la póliza Los precios de las primas son elevados

para los beneficios que recibo

La información que recibí antes de contratar mi seguro, me pareció suficiente

Pienso que el seguro no cubre todo lo que dicen cuando lo ofrecen

Base: 400 entrevistas

(11)

LA REFORMA DEL SISTEMA

ASEGURADOR

(12)

Pilares estructurales de cambio

CONTRATO DE SEGUROS

NIIF - NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

ACCESO AL SEGURO PRINCIPIOS BASICOS DE SUPERVISIÓN EN SEGUROS REQUERIMIENTOS DE CAPITAL

BASADOS EN RIESGO

(13)

NECESIDAD DE LA LEY DEL CONTRATO DE SEGURO

Actividad de interés público

• Autorización SBS.

• Tratamiento específico que garantice el

cumplimiento de compromisos asumidos con los usuarios.

Contrato de adhesión

• Una de las partes lo redacta y la otra se adhiere a él.

• Requiere de la

protección especial de la parte débil.

Marco legal adecuado

• Equidad y

transparencia en la contratación e

interpretación de sus

condiciones.

(14)

Marco Legal Anterior

Código de Comercio (1902)

1. Nulidad del contrato:

Por mala fe probada de las partes.

Por inexacta declaración aun hecha de buena fe.

Por omisión u ocultación, por el asegurado de hechos relevantes.

2. Formalidad:

Por escrito en la póliza u otro documento público o privado suscrito por los contratantes.

Pueden incorporarse modificaciones en la póliza sin limitación.

3. Régimen normativo:

Contrato se rige por pactos lícitos en la póliza o documento del contrato.

(15)

En consecuencia…

Contrato de adhesión: “Póliza”

Fuente principal de derechos y obligaciones de las partes.

En ausencia de un marco legal adecuado:

Aplicación de normas desfasadas del Código de Comercio.

Además, el Código Civil y disposiciones de la SBS.

Ámbito regulatorio SBS:

Libertad en el establecimiento de condiciones de seguros.

Régimen de libre competencia en el mercado.

No tiene facultades para regular condiciones de contratos.

(16)

CON LA LEY…CAMBIOS…NATURALEZA JURÍDICA

Contrato consensual

Se celebra con el consentimiento de las partes.

Aunque no se haya emitido la póliza o pagado la prima.

El contrato de seguro debe probarse por escrito.

Tomador obligado al pago de la prima desde la celebración.

Puede pactarse el inicio de cobertura posterior a la fecha

de celebración del contrato.

(17)

Reglas de Interpretación

Cláusulas contrarias a la Ley son nulas y reemplazadas de pleno derecho.

Ambigüedades o dudas se interpretan a favor del asegurado.

Intermediación del corredor no afecta naturaleza del contrato de adhesión.

La cobertura, exclusiones, extensión del riesgo y derechos de los beneficiarios previstos en el contrato deben interpretarse literalmente.

Las restricciones a la libre actividad del asegurado, deben ser expresas e interpretadas literalmente.

Las cargas al contratante, asegurado o beneficiario deben ser razonables.

Son nulas estipulaciones contractuales que amplían derechos del asegurador o restringen los del asegurado en contravención a la Ley.

(18)

RENOVACIÓN DEL SEGURO

Renovación SI

Automática

45 días 30 días Vencimiento

del contrato Asegurado puede

manifestar su rechazo

FALTA DE RESPUESTA Propuesta se considera

aceptada

Renovación del Contrato

Mantiene Condiciones

Renovación con modificaciones

Cláusula específica

en el contrato

Aviso del

asegurador

(19)

RETICENCIA Y/O DECLARACIÓN

INEXACTA DOLOSA (declaración /circunstancias)

Asegurador tiene 30 días para invocar la nulidad, notificando su pronunciamiento por medio fehaciente.

Efectos:

A cargo del asegurador

Puede valerse de todos los medios de prueba

Pagadas se quedan con el asegurador

Tiene derecho a cobrar primas del primer año

Asegurador queda liberado del pago de siniestros (solo cuando son

hechos relevantes)

Carga de la

Prueba Primas Siniestros

Nulidad del contrato Contratante

y/o asegurado

Culpa leve Culpa inexcusable Dolo

(20)

RETICENCIA Y/O DECLARACIÓN INEXACTA NO DOLOSA

No invalidan el contrato de seguro.

Asegurador debe proponer modificaciones (ajuste de prima y/o cobertura) en el plazo de 30 días desde la constatación.

Efectos:

Contratante tiene 10 días para

aceptar o rechazar La falta de

aceptación da

derecho a resolver el contrato

Ajuste aceptado se paga según lo convenido

Asegurador tiene derecho a las primas

devengadas

Indemnización se reduce en

proporción a la diferencia entre prima convenida y prima según real estado del riesgo

Modificación Primas Siniestros

(21)

PAGO DE LA PRIMA

Contratante

Tercero

Siniestro

Asegurado Beneficiario

Pago de Prima

Fraccionado Diferido

Asegurador

Tercero Autorizado

Lugar acordado

Domicilio del asegurador

Compensación

¿Quién está obligado?

¿En caso de siniestro?

Prima pendiente

Exigibilidad de la prima

¿A quién? ¿Dónde?

o o

Pólizas multianuales->solo periodo corriente!

(22)

SUSPENSIÓN DE LA COBERTURA POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO

Asegurador debe comunicar al

asegurado

Pago de prima vencido

Suspensión automática de

cobertura

¿Pago prima? de

Caso 1:

Rehabilitación

Caso 2:

Comunicación

de resolución Resolución

30 días

Asegurador:

Cobra de prima pendiente 90 días

30 días

no

Si el asegurador no reclama el pago, el contrato se extingue.

(23)

Aprobación de Condiciones Mínimas

SBS

De cláusulas o condiciones en las pólizas

Aprobará condiciones mínimas y/o

cláusulas de seguros

Protección de los Asegurados Personales Obligatorios Masivos

Mediante resolución

Fortalecimiento de bases técnicas y económicas del seguro

Aplicables a seguros:

Ordenará inclusión

(24)

Condiciones mínimas que

requieren autorización previa

Derecho y procedimiento de ser informado de modificaciones

Tratamiento de preexistencias

Obligación de pago de siniestro según Ley

Información a presentar para pago

Mecanismo de solución de controversias

Causal y Consecuencias de Resolución/Nulidad

Efectos del incumplimiento de pago de prima

Condición de reducción de

indemnización por aviso

extemporáneo

(25)

Cláusulas Abusivas

Estipulaciones no negociadas que causen un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

Definición

Redactada previamente.

Contratante no influye en contenido.

Aunque no hayan sido observadas por la SBS.

Cláusula no

negociada

(26)

Cláusulas abusivas /

estipulaciones prohibidas

Contravengan la ley

Renuncia de jurisdicción

Plazo de prescripción no regulado

Prohíban o restrinjan derecho a someter controversia a PJ

Cargas no consistentes ni proporcionales al siniestro

Limiten medios de prueba

Inviertan carga de la prueba

Caducidad por carga excesiva

……… !!!!

(27)

Prácticas Abusivas

Conductas que afectan el legítimo interés de los usuarios al aprovecharse de la situación de desventaja resultante de las circunstancias particulares de la relación de consumo, le impongan condiciones excesivamente onerosas o que no resulten previsibles al momento de contratar.

Definición

(28)

Práctica Abusiva

Imponga la celebración de un contrato

Impongan riesgos ajenos al contrato básico por parte de empresa distinta a aseguradora Predeterminen empresa de seguros

Desconozcan el derecho del asegurado a contar con

asesoramiento del corredor

Variación de información

originalmente proporcionada sin consentimiento expreso

Creen impresión de haber ganado premio

Engañosas por brindar información falsa

Prácticas que desorienten sobre identidad de la empresa o

afiliación del comercializador

……… !!!!

(29)

Principios de Transparencia

Quién?

Cómo?

Qué?

Cuándo?

Transparencia Acceso a Información

Decisión Informada

Empresa – Promotores – Comercializadores - Corredores

Clara – Suficiente – Concreta - Oportuna

Costos – Derechos – Obligaciones – Beneficios – Riesgos Condiciones de Mercado

Antes – Durante - Después

(30)

Gestión del Siniestro

Proceso de liquidación de siniestros

Aviso del siniestro fuera de plazo no libera al asegurador.

Plazo para el ajuste.

Designación del ajustador de común acuerdo.

Información debe estar señalada en la póliza.

Informes deben ponerse en

conocimiento de las partes.

(31)

Aviso de Siniestro

Seguros de daños patrimoniales:

Plazo no mayor de tres (3) días, desde que se toma conocimiento de la ocurrencia.

En vehículos y transportes: en el más breve plazo.

Seguros personales (vida, accidentes, salud):

Dentro de los siete (7) días siguientes, desde que se

toma conocimiento de la ocurrencia o del beneficio

(vida).

(32)

Designación del ajustador

Designación: En los 3 días siguientes al aviso.

Empresa propone terna al asegurado.

Conformidad del asegurado: 2 días antes del vencimiento.

Falta de pronunciamiento: empresa designará un

ajustador de la terna propuesta.

(33)

Proceso de liquidación

Con ajustador:

Informe: 20 días desde que se completa información.

Consentimiento: 10 días desde convenio de ajuste firmado.

Nuevo ajuste: Antes del consentimiento, empresa puede pedir nuevo informe. Plazo total 30 días para consentir o rechazar.

Falta informe: Consentimiento en 30 días desde que se completo información.

Solicitud de prórroga (ajustador).

Sin ajustador:

Consentimiento: 30 días desde que se completó información.

Solicitud de prórroga (empresa).

(34)

PRONUNCIAMIENTO DEL ASEGURADOR (1)

Consentimiento de siniestro

30 días

Pago de la indemnización

Consentimiento de siniestro

Aprobado por asegurador Plazo para pagar indemnización

C.A. notificado al asegurador

10 días

Asegurador no lo rechaza

Cuando existe convenio de ajuste (C.A.):

Asegurador puede solicitar

nuevo ajuste

30 días

- Consentir - Rechazar - Nuevo monto

- Proponer arbitraje o vía judicial

A

Siniestro consentido

Siniestro consentido

(35)

PRONUNCIAMIENTO DEL ASEGURADOR (2)

Consentimiento de siniestro

Cuando no existe convenio de ajuste (C.A.):

A

Asegurado completa documentación

exigida en la póliza

30 días

Ajustador no concluye informe y/o asegurador

no se pronuncia sobre monto reclamado

Informe: 20 días desde que se completa información.

Prórroga: Ajustador puede solicitar (una vez) ampliación del plazo. SBS debe pronunciarse (de manera motivada) en 30 días.

Siniestro

consentido

(36)

Tratamiento de solución de controversias

Base legal:

Inciso c) del artículo 40º y artículo 46º de la Ley.

Se puede pactar después del siniestro:

Contratante, asegurado y/o beneficiario.

Arbitraje u otro mecanismo de solución de controversias.

Pérdidas sean iguales o superiores a 20 UIT.

(37)

Póliza electrónica

37

Contacto

con el cliente

Envío contratante /asegurado/

corredor

Confirmación de recepción

-Medios y procedimientos - Ventajas y Riesgos

- Medidas de seguridad -Formas de acreditar autenticidad e integridad Declaración

conformidad de de envío

Auditables

Obligaciones

de la empresa

a. Controles de seguridad (envío/acceso)

b. Firma electrónica (validez y eficacia jurídica)

c. Informe de evaluación de riesgos (nuevo producto) d. Sistema de almacenamiento

(38)

PRESCRIPCIÓN

Plazo de prescripción desde que ocurrió el siniestro

Plazo de prescripción para el beneficiario

Seguros de fallecimiento:

10 años

10 años

Contados desde que beneficiario conoce

existencia de beneficio

(39)

CONTRIBUCIÓN DE LA LEY DEL CONTRATO DE SEGURO

Establecer marco legal

• Acorde con las necesidades del mercado.

• Para ofertantes y demandantes.

Seguridad jurídica para usuarios

• Claridad en derechos y obligaciones.

• Evitar desequilibrios contractuales

(cláusulas o prácticas abusivas).

(40)

Qué podemos esperar…

Productos más sencillos.

Mejore el entendimiento e interpretación de las condiciones de seguros.

Aumente la confianza en el sistema asegurador.

Se promuevan estudios sobre la ley y el seguro.

Otras normas en revisión:

Reglamento del registro de pólizas de seguros.

Reglamento de comercialización de seguros.

Reglamento de microseguros.

Reglamento de Dinero Electrónico (pre publicada).

(41)

Reflexión final

La implementación de la Ley del Contrato de Seguros,

supone un cambio estructural (INNOVACIÓN) en el

mercado, que con el esfuerzo y dedicación de los

agentes involucrados (RESPONSABILIDAD,

INVERSIÓN Y TECNOLOGÍA), permitirá hacer de la

INSTITUCIÓN del SEGURO, un activo financiero

considerado en la agenda familiar/empresarial, con los

beneficios económicos que representa al estabilizar los

ciclos económicos de las familias y empresas.

(42)

El Mercado Asegurador Peruano en el Marco de la Ley 29946 –

Ley del Contrato de Seguros

Carlos Izaguirre Castro

Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsional y de Seguros

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

XIX Encuentro Asegurador Internacional - 2013

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