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CONDICIONADO PARA CUBRIR DE FORMA TEMPORAL ADMINISTRATIVO LA PLAZA DE SECRETARIA E INTERVENCION DE LA MANCOMUNIDAD DE AYUNTAMIENTOS PARA SERVIRSE DE PERSONAL COMUN DE ABERIN, ARELLANO Y MORENTIN.

Base 1ª. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal mediante el sistema de oposición de la plaza de Secretaría-Interventor de la Mancomunidad para servirse de personal común de los Ayuntamientos de Aberin, Arellano y Morentin (Mancomunidad) en orden al desarrollo en dicho municipio de las funciones públicas necesarias de Secretaría y las de Intervención, al no existir el puesto de trabajo de interventor.

Se creará una bolsa de empleo compuesta por los aspirantes que habiendo superado este proceso selectivo, no hayan obtenido la plaza vacante y por los que, al menos, hayan superado una de las pruebas del mismo, ordenada por riguroso orden de puntuación, que tendrá una vigencia de cinco años o hasta una nueva convocatoria, a efectos de cubrir las posibles vacantes y bajas que puedan darse en dicho puesto.

1.2. Las pruebas de selección que se realizarán son las establecidas en la base 6ª.

1.3. El contrato tendrá carácter temporal y finalizará en el momento en que pueda proveerse la plaza con carácter permanente o con ocasión de la constitución formal de alguna agrupación con otros Ayuntamientos, para el sostenimiento en común del puesto objeto de la contratación.

Asimismo, será motivo de extinción del contrato cualquiera de las causas a que hace referencia el artículo 8 del Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo de las Administraciones Públicas de Navarra.

Se establece un periodo de prueba de dos meses, durante el cual la Administración contratante podrá resolver con discrecionalidad la contratación que sea formalizada con el personal seleccionado en este proceso.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado de una remuneración básica correspondiente al nivel A, y de los complementos establecidos en la

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Plantilla Orgánica de la Mancomunidad que esté en vigor en el momento de la contratación. 1.5. El horario de trabajo en cada municipio será el establecido por la Mancomunidad adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio, pudiendo

ser modificado por la misma.

Base 2ª. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

A) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

B) Tener la nacionalidad española.

C) Estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones académicas, o los títulos de grado correspondientes o los que resultaren equivalentes, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes:

- Licenciatura en Derecho.

- Licenciatura en Ciencias Políticas y de la Administración o Licenciatura en Sociología o Licenciatura en Ciencias Políticas y Sociología.

Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a las titulaciones

indicadas anteriormente, habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

D) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio del cargo. E) No hallarse inhabilitado(a) ni suspendido(a) para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado(a) del servicio de una administración Pública.

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3.1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, los procedimientos de selección del personal temporal deberán posibilitar la máxima agilidad en la contratación.

Considerando que este es un caso de urgencia, al ser las funciones del puesto de secretaría señaladas en los artículos 239 y 249 la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, de 2 de Julio, las de dar fe pública de todos los actos y acuerdos de los órganos y

asesoramiento legal a los órganos de las entidades Locales, así como las de control y

fiscalización interna y el asesoramiento y gestión económico financiera y presupuestaria y de contabilidad y con la finalidad de no paralizar la vida y gestión municipal, en defensa del interés general y de la prestación del servicio a los y las vecinas, se procederá a

tramitar una oferta de empleo ante la Oficina del Servicio Navarro de Empleo de ESTELLA, dirigida a personas demandantes de empleo (incluida mejora de empleo), que reúnan los requisitos y condiciones a que se refiere la base 2ª de la convocatoria con la

posibilidad de participar en las correspondientes pruebas selectivas quienes se incluyan en dicha relación.

3.2. Asimismo, podrán ser admitidos al proceso de selección todos aquellos aspirantes que, reuniendo dichos requisitos, y aunque no hayan sido llamados por la Oficina de Empleo de Estella del Servicio Navarro de Empleo, se hallen en situación de demandantes de empleo o mejora de empleo de cualquier Oficina de Empleo y lo acrediten junto con la instancia.

3.3. Los aspirantes deberán presentar la correspondiente instancia según modelo que figura en la convocatoria en el Registro General de los

Ayuntamientos, hasta el día 3 de abril de 2018, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en:

-Arellano: Lunes y Jueves, sito en Plaza del Parral núm. 4. -Morentin: Miércoles, sito en calle Los Fueros núm. 7.

-Aberin: Martés y Viernes, sito en calle Mayor núm. 35 en Muniáin de la Solana o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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En el caso de que se presente la instancia por cualquiera de estos medios del artículo 16.4 deberá remitirse un correo electrónico al Ayuntamiento de Aberin a la siguiente dirección ayuntamiento@aberin.es Indicando dicha circunstancia. El plazo de presentación de instancias finalizará a las 14 h. del día 3 de abril de 2018.

3.4. Junto con la instancia los aspirantes deberán aportar fotocopia

compulsada del DNI, de la titulación exigida (o documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes) en la Base 2. C).

3.5. Los aspirantes deberán señalar una dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones.

3.6. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia, la

acreditación de la condición de minusvalía, expedida por órgano competente y acompañada de certificado médico acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el normal desempeño del puesto de trabajo.

Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios que sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas

Base 4ª. Tribunal calificador.

4.1. El Tribunal estará compuesto por las siguientes personas:

Presidenta: Mª Pilar Barbarin López. Presidenta de la Mancomunidad de Ayuntamientos de Aberin, Arellano y Morentin.

Suplente: Iñaki Urriza Arrastia. Alcalde del Ayuntamiento de Arellano Vocal: Asunción Gil Barno. Secretaria del Ayuntamiento de Viana.

Suplente: Saturnino Mauleón Hita. Secretario del Ayuntamiento de Amescoa Baja. Vocal: Alejandro Elso Fabregas. Secretario del Ayuntamiento del Valle de Yerri. Suplente: Miguel Vela Desojo. Secretario del Ayuntamiento de Villatuerta.

Vocal: Concepción López Azanza. Secretaria de los Ayuntamientos de Abarzuza y Lezaun. Suplente: Sara Lana Cambra. Secretaria de los Ayuntamiento de Eulate, Aranarache y

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Larraona.

Vocal-secretario: Javier Pérez de Ciriza Gainza. Secretario Mancomunidad Ayuntamientos Aberin, Arellano y Morentin.

Suplente: Naiara Garcia Mir. Secretaria del Ayuntamiento de Allo.

4.2. Para la constitución y actuación válida del tribunal será necesaria la presencia de mayoría absoluta de sus miembros.

4.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, en caso de empate la presidencia podrá hacer uso de su voto de calidad.

Base 5ª. Listas

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la página web del Ayuntamiento de Aberin www.Aberin-Muniain.org/

y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Aberin, Arellano y Morentin. Base 6ª. Pruebas.

6.1. Prueba teórica: consistirá en un ejercicio escrito en el que habrá de responder a una serie de preguntas cortas , que versarán

fundamentalmente:

La Constitución Española de 1978.

Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades Locales.

Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento y régimen Jurídico de las entidades locales.

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Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

Decreto Foral 1/2017 , de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental y normativa de desarrollo.

Ley Foral 12/2006 del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra y su normativa de desarrollo.

Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del personal al servicio de la Administración Pública de Navarra y su normativa de desarrollo. Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y su normativa de desarrollo.

El plazo máximo de esta prueba será la que determine el Tribunal y tendrá una puntuación de 70 puntos. Quedará eliminado el aspirante que no obtenga, al menos, 35 puntos.

6.2. Prueba práctica: Consistirá en resolver un caso mediante la redacción de un informe de carácter jurídico sobre los aspectos y durante el plazo que determine el tribunal en relación con las materias anteriores, y tendrá una puntuación máxima de 70 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, 35 puntos.

6.3. En el supuesto de que ninguna de las personas aspirantes haya

superado todas las pruebas o habiéndolo acreditado decline ser contratada por la Administración convocante, ésta podrá formalizar la pretendida contratación con quien, siguiendo el riguroso orden de la puntuación final obtenida en el proceso de selección, haya superado alguna de las pruebas realizadas. 6.4. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que la persona aspirante deberá acudir provista del Documento nacional de Identidad u otro documento de identificación que el tribunal considere suficiente, quedando excluidas de la oposición las personas que no

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comparezcan.

6.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para la persona con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

6.6. Los ejercicios comenzarán en el mes de abril de 2018, el día y lugar les será

comunicado a los participantes por correo electrónico, a la dirección que hayan

indicado en sus instancias, y en la pagina Web del Ayuntamiento de Aberin

www.Aberin-Muniain.org

, a las 9,30 horas de la mañana, y se desarrollará en

una o dos sesiones, en el Edificio del Servicio Navarro de Empleo en Estella,

Calle de la Gallarda 2 -2ª planta, en los que se seguirá el sistema de plica

cerrada, pudiendo emplear para el práctico, textos legales no comentados.

Base 7ª Propuesta del tribunal.

7.1. Concluida la celebración de la última prueba, el Tribunal formulará a la Administración convocante la propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntuación.

7.2. Los resultados podrán consultarse en la página web del Ayuntamiento de Aberin www.Aberin-Muniain.org

7.3. La propuesta será vinculante para la Administración convocante. 7.4. La persona seleccionada deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo máximo de 7 días contados a partir de la fecha de su aceptación de la propuesta de contratación de la Administración convocante. En caso de que no se produzca la incorporación, salvo casos suficientemente justificados o una vez producida aquella se quede de nuevo vacante, el órgano competente de aquella podrá contratar a las personas aspirantes que, en orden de la mejor puntuación obtenida en el proceso de selección, manifiesten su conformidad con la contratación ofrecida.

Base 8ª Recursos.

8.1. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o

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publicación.

B) Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo

Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o

publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

D) Contra los actos emanados del Tribunal Calificador se podrá

interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Morentin, a 14 de marzo de 2018 LA PRESIDENTA MANCOMUNIDAD

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ANEXO I MODELO INSTANCIA

Don/Doña ………., provisto/a del Documento Nacional de Identidad número ……….., nacido/a el día …………..de ……….de……….., natural de………(………..) y con domicilio en……… (……….) calle………número……, piso……..., código postal…….. teléfono fijo………...teléfono móvíl………..………, e-mail……….. Comparece y como mejor proceda:

EXPONE:

-Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-Que no esta incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido/a disciplinariamente, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública.

-Que esta en posesión de la titulación exigida en la convocatoria o en condiciones de obtenerla a la fecha de presentación de la instancia.

-Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

-Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificaran las adaptaciones solicitadas y los motivos de petición).

-Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía, expedida por organismo competente.

-Que acompaña a la instancia fotocopia compulsada de: ❑ Documento Nacional de Identidad.

❑ Titulación académica requerida.

Por lo expuesto SOLICITA ser admitido/a a la convocatoria para la plaza de SECRETARIO-INTERVENTOR DE LA MANCOMUNIDAD DE AYUNTAMIENTOS PARA SERVIRSE DE PERSONAL COMUN DE ABERIN, ARELLANO Y MORENTIN.

En ………,a ……de …….. de 2018. (Firma)

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