reservación y cancelación;
b) En tiempo normal las cabañas serán asignadas de acuerdo al orden de miembro;
revalidar el día cancelando su valor, si no estuviere asignada a otro
miembro en la obligación de desocuparla al vencimiento de ese período o ocuparla de 2:00 p.-m. a las 2:00 p.m. del siguiente día, quedando el
a) La tarifa diaria de alquiler de una cabaña dará derecho al miembro de Regirán para el alquiler de cabañas las normas siguientes:
ambos casos el pago será por anticipado.
Tunco, de acuerdo a disponibilidad y conforme a los horarios de servicio. En sábado por la tarde y domingo, se hará con el encargado del Balneario El p.m. y el sábado de 8 a.m. a 12 m. en las oficinas centrales del Club; el Art. 2 La reservación de cabañas se hará de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 ALQUILER DE CABAÑAS
del personal del Club.
solamente durante los horarios arriba descritos por su propia seguridad y la e) Los miembros e invitados deberán ingresar y egresar de las instalaciones
día sábado de 8 a.m. a 7 p.m; y el domingo de 7 a.m. a 7 p.m.;
El servicio de restaurante estará abierto el día viernes, de 8 a.m. a 5 p.m.; el d)
semana, de 7 a.m. a 7 p.m.;
los días festivos, habrá servicio de bar y restaurante todos los días de la durante c) En las temporadas de Semana Santa, Fiestas de Agosto, Navidad y
día sábado de 8 a.m. a 7 p.m. y los domingos, de 7 a.m. a 7 p.m.;
b) El servicio de bar estará abierto de 9 a.m. a 4 p.m. de martes a jueves; el a.m. hasta las 5 p.m.;
a) El Balneario El Tunco abrirá sus instalaciones de martes a domingo de 8 servicio a los miembros y sus invitados, conforme al siguiente horario:
prestará Art. 1 En las instalaciones del Club Tecleño en el Balneario El Tunco, se
HORARIOS DE SERVICIO
anfitrión y éste será responsable de la conducta que observen las personas Art. 6. Los invitados deberán entrar y salir del balneario con el miembro autorización de la Junta Directiva.
tratare de eventos, fiestas, reuniones e invitaciones especiales con
Art. 5. El cobro establecido en el artículo anterior no tendrá efecto cuando se miembro, el cónyuge, sus hijos y sus padres.
Para los fines de la presente disposición se entenderá como grupo familiar del Junta Directiva establezca en la tarifa correspondiente.
personal, pagará por cada uno en exceso de dicha cantidad, el valor que la incluyendo su grupo familiar, personal de servicio y agentes de seguridad Art.4. Cuando el miembro sea acompañado de más de diez personas, identificación con edad y foto.
Tecleño, cuando fuere requerido. Todos los invitados deberán presentar menores de 25 años, están obligados a identificarse con el carnet del Club Art. 3 Todo miembro y sus familiares, cónyuge, hijas solteras, e hijos solteros
y el valor de éstos, le será cargado a su cuenta.
fecto o faltante, inventario. El miembro será responsable de cualquier desper
g) Todas las cabañas serán entregadas y recibidas por medio de un f) Cada cabaña está equipada, de acuerdo a inventario; y,
miembro o su cónyuge en el Balneario:
llave de la cabaña correspondiente. Esta llave será entregada solamente al para que se le entregue la su cónyuge al encargado del Balneario El Tunco,
se le extenderá un recibo, el cual deberá ser presentado por el miembro o e) Al efectuar el pago de las reservaciones en las oficinas centrales del Club,
reservaciones;
siempre que exista otro miembro como suplente en el sorteo de
notificarlo a la administración para que le devuelvan el valor cancelado, en que esté interesado. No podrá cedérsela a otra persona y deberá
hecho con la debida anticipación la reservación y cancelación de la cabaña miembro deberá estar solvente con el pago de sus cuotas y vales, y haber d) Para tener derecho a participar en el sorteo o alquiler de una cabaña, el
miembro tendrá derecho a reservar una sola cabaña;
Directiva efectuará por lo menos con quince días de anticipación, y el Navidad, serán asignadas por el período, mediante sorteo que la Junta c) Durante las temporadas de Semana Santa, Fiestas de Agosto y de
designadas para este fin;
c) Desvestirse en los vehículos o en cualquier otra zona que no sean las debidamente autorizado e identificado;
excepto en el caso de guardaespaldas y personal de seguridad, b) La portación de armas de fuego en las instalaciones del balneario,
una multa del 20% de la cuota social por unidad;
a) Introducir gaseosas o cervezas. El irrespeto a esto será sancionado con Art.12. Queda terminantemente prohibido:
Prohibiciones.
establecerá periódicamente la tarifa que deba pagarse en ese concepto. El descorche de licor o vino está permitido. La Junta Directiva del Club Art. 11 Descorche de licor.
Bar.
áreas que no sean las siguientes: Cabañas, Ranchos, Piscinas, Restaurante y sus armas de fuego en forma visible, y se permitirá su presencia solamente en agentes de seguridad personal, se hará responsable de que éstos no porten Art. 10. El miembro que visite el Balneario El Tunco acompañado de sus física y por el comportamiento que observen dentro de las instalaciones.
personas que acompañan a sus hijos y se responsabilizarán por su seguridad permiso firmado por sus padres en el cual se mencionarán los nombres de las establecen y que visitan el balneario con invitados, deberán de llevar un
Art. 9. Los hijos del miembro dentro de la edad que los Estatutos del Club Junta Directiva el ingreso a las instalaciones del Club.
sus derechos de miembros o aquellas a quienes les ha sido prohibido por la expulsadas como miembros del Club, ni las que estuvieren suspendidas en Art.8. En ningún caso podrán visitar el balneario las personas que hayan sido Directiva del Club.
tenga canje y / o alianzas, previo permiso escrito y autorizado por la Junta visitas turísticas, o se trate de miembros de instituciones con las que el club asociadas cuando se trate de competencias deportivas, actos culturales, Art. 7. La Administración podrá permitir el ingreso al balneario a personas no instalaciones durante la estadía de sus invitados.
de los miembros o invitados dentro de sus instalaciones, que sean originados por e por daños físicos, personales o materiales Art.15. El Club no se hace responsabl
conveniente.
facultades que le confieren los Estatutos, aplique las sanciones que considere sometidas a conocimiento de la Junta Directiva para que de acuerdo con las Art.14. Las infracciones a las disposiciones del presente Reglamento, serán ser acatadas por todas las personas que se encuentren en el balneario.
Art.13. Las disposiciones de seguridad establecidas por el guardavida deberán Disposiciones Generales.
q) Colocar tablas de surf sobre las mesas o bancas. piscinas;
p) El uso de todo tipo de vidrio o material frágil en la orilla o dentro de las piscinas;
de las o) Ingerir bebidas alcohólicas, refrescos o comida dentro o en la orilla
n) Visitar las instalaciones del balneario fuera del horario establecido; se ofrezcan en el malecón del balneario;
m) Comprar ostras, camarones, conchas y otros artículos comestibles, que club, el personal doméstico y de servicio de los miembros;
los salvavidas, debidamente autorizados, pero no así los empleados del y miembros. De esta prohibición se exceptúan los invitados de miembros l) El uso de las piscinas, duchas y desvestideros a personas que no sean
sean playeros;
k) Introducir a las piscinas tablas de surf y todo tipo de artículos que no tipo de ropa no adecuada;
j) Introducirse a las piscinas con camisetas, pantalones recortados, y todo i) Introducirse en las piscinas sin antes haberse duchado;
instalaciones del balneario;
h) La circulación de motocicletas, bicicletas, patinetas, dentro de las g) Introducir animales a las instalaciones del balneario;
instalaciones del balneario;
f) Reventar cohetes o cualquier clase de pólvora dentro de las en las cocinas de las cabañas;
e) Encender fuego en la cocción de alimentos, excepto en las barbacoas o d) Encender fogatas dentro de las instalaciones del balneario;
dos mil diez.
Aprobado por la Junta Directiva del Club en Santa Tecla, el seis de octubre de definitiva.
su resolución y presentar sus recomendaciones a la Junta Directiva del Club para
Reglamento, será la Comisión del Balneario El Tunco la encargada de estudiarla . Cualquier situación especial que no estuviere contemplada en el presente Art. 17
principal y en el horario establecido.
Art. 16 El acceso a las instalaciones del Club deberá efectuarse por la entrada removidos de las instalaciones fuera de los horarios de servicio.
mientras se está visitando lugares aledaños. Todos los artículos deberán ser tampoco se responsabiliza del cuido o seguridad de ningún artículo dejado causas de fuerza mayor, actos de la naturaleza o casos fortuitos, así como