ANEXO
Áreas y temas prioritarios 1. Educación
1.1 Presencia de las mujeres y hombres en el sistema educativo y rendimiento escolar.
1.2 Aspiraciones y expectativas educativas y profesionales de las chi-cas y chicos en edad escolar.
1.3 Desarrollo curricular y material didáctico.
1.4 Estudio del profesorado: Situación de las mujeres docentes res-pecto de los hombres.
1.5 Expectativas del profesorado respecto de niñas y niños.
1.6 Clima escolar y del aula: Estudio de las relaciones sociales, análisis de las prácticas en las aulas y ritos escolares.
1.7 Transmisión de estereotipos sobre mujeres y hombres en los cen-tros docentes.
1.8 Procesos de redefinición de las pautas y objetos de conocimiento científico desde una óptica de género.
1.9 El sexismo en el lenguaje. 2. Salud
2.1 Relación entre desigualdad social, económica, política y cultural y salud.
2.2 Factores de riesgo en la vulnerabilidad del colectivo femenino en el consumo de drogas y políticas de prevención y protección.
2.3 Los tratamientos de infertilidad: Consecuencias físicas, psíquicas y sociales que producen en las mujeres.
2.4 Métodos controlados por las mujeres, para prevenir el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.
2.5 Trastornos en la alimentación de las mujeres: Condiciones y fac-tores que repercuten en su aparición.
2.6 Efecto del tabaco en la salud de las mujeres y factores que actúan de forma diferenciadora en el colectivo femenino.
3. Economía y empleo
3.1 El trabajo de las mujeres en la economía sumergida: Su contri-bución a la economía nacional, incluyendo el trabajo no remunerado y del hogar.
3.2 Análisis de los mecanismos e instrumentos utilizados en el acceso, contratación y acceso de las mujeres al mercado laboral.
3.3 Flexibilidad de horarios, tipos de jornada y permisos laborales. 3.4 Incidencia de las formas atípicas de contratación en el acceso de las mujeres a las prestaciones de la Seguridad Social.
3.5 Valoración, en términos económicos, del trabajo doméstico y su posible incidencia en la contabilidad del Producto Interior Bruto.
3.6 La problemática ocupacional de las empleadas de hogar.
3.7 Diferencias por razón de sexo en el tratamiento fiscal de las rentas. 4. Poder y toma de decisiones
4.1 Estudio de las barreras internas y externas que obstaculizan el acceso de las mujeres a los puestos de alta responsabilidad.
4.2 Estudio de las características diferenciales de los hombres y muje-res que ocupan puestos de alta muje-responsabilidad.
5. Imagen y medios de comunicación
5.1 Participación de las mujeres en los medios de comunicación a todos los niveles.
5.2 Transmisión de estereotipos sobre mujeres y hombres a través de la información y publicidad de los medios de comunicación.
6. Medio ambiente
6.1 El papel de la mujer en la defensa de la Naturaleza y los recursos naturales.
6.2 Consecuencias para las mujeres de la degradación del medio ambiente y de los recursos naturales.
7. Violencia contra las mujeres
7.1 La transmisión de actitudes violentas a través de la educación: Estereotipos y valores.
7.2 Violencia contra las mujeres: Formas, causas, naturaleza y con-secuencias.
7.3 Acoso sexual en el trabajo: Frecuencia, formas y consecuencias. 7.4 El tráfico de mujeres y niñas: Frecuencia, origen y consecuencias.
8. Mujeres en situación de exclusión social
8.1 Distribución de la pobreza entre mujeres y hombres y su acceso a los recursos.
8.2 Situación de las mujeres que sufren procesos de marginación: Inmigrantes, gitanas y prostitutas.
8.3 Impago de las pensiones decretadas por resolución judicial. 8.4 Situación de las familias monoparentales, en las que la persona responsable es una mujer.
9. Mujeres rurales
9.1 El perfil de la mujer rural española: Estudios, salud y actividades laborales.
9.2 La contribución invisible de las mujeres rurales a la economía: Estudio de las actividades no remuneradas.
9.3 Explotaciones familiares: Titularidad, tipo y superficie 10. Cooperación
10.1 Mujer y desarrollo: Situación de las mujeres en América Latina y en los países del Magreb.
10.2 Evaluación del nivel de cumplimiento en las políticas de igualdad de oportunidades en los distintos departamentos ministeriales.
10.3 Evaluación de las políticas de igualdad de ámbito nacional, regio-nal y local.
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RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protoco-lo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asun-tos Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 30 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta para la realización de proyectos del
Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14).
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Martes 24 abril 2001
BOE núm. 98
Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Justo Ostalé Blanco,Con-sejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados de la Ciudad Autó-noma de Ceuta, nombrado por Decreto de la Presidencia de la Ciudad de 28 de agosto de 1999, en nombre y representación de la Ciudad Autó-noma de Ceuta, por delegación de competencias por el Decreto de 1 de septiembre de 1999.
EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Ciudad Autónoma de Ceuta suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1999 Con-venio de Colaboración para la cofinaniación de Programas del Plan de Acción Integral para personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura básica y la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
Por otra parte en la Ley 54/1999 de 29 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para 2000 («Boletín Oficial del Estado» número 312, del 30), y el Acuerdo Plenario de 23 de marzo de 2000 («Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta» Extraordinario número 14, del 23), de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, establecen dotaciones pre-supuestarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de fecha 7 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 700.000.000 de pesetas (setecientos millones de pesetas) incluido en la aplica-ción 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
eco-nómicas de las partes correspondiente al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Ciudad Autónoma de Ceuta y aprobada, asimismo, a efectos de cofinanciación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Ciudad Autónoma de Ceuta incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre de 1999 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo median-te el anexo I.
La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1999, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455, del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 2.170.000 pesetas (dos millones ciento setenta mil pesetas).
La Ciudad Autónoma de Ceuta, las Corporaciones Locales y las Ins-tituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 2.170.000 pesetas (dos millones ciento setenta mil pesetas). La Ciudad Autónoma de Ceuta ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada por cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—El Consejero de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados, Justo Ostalé Blanco.
ANEXO I
Plan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO 2000-08-09
Total proyectos
CC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.
Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Illes Balears . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847
ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS 2000
Ciudad Autónoma de Ceuta
Cofinanciación
Programa Admón. Gral.
CC.AA. CC.LL. ONG,S Total
Total convocatoria
Centro ocupacional . . . 2.170.000 2.170.000 — — 2.170.000 4.340.000
7949
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protoco-lo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asun-tos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 26 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de proyectos
del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 22 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña, Con-sejero de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, nom-brado por delegación conferida por la Ley 6/1983, de 21 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Andalucía suscribieron, en fecha 26 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 59/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, y en la Ley 16/1998, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por Comunidades Autónomas y las previsiones pre-supuestarias que se establezcan
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de setecientos millones de pesetas (700.000.000 de pesetas) incluido en la aplica-ción 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Andalucía y apro-bada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 26 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Comunidad Autó-noma de Andalucía incorporan al Convenio de colaboración de fecha 26 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de (137.490.000 pesetas) ciento treinta y siete millones cuatrocientas noventa mil pesetas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía, las Corporaciones Locales y las instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la finan-ciación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 139.897.027 pesetas (ciento treinta y nueve millones ochocientas noven-ta y siete mil veintisiete pesenoven-tas). La Comunidad Autónoma de Andalucía ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—El Consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.
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Martes 24 abril 2001
BOE núm. 98
ANEXO IPlan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO 2000
Total proyectos
CC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.
Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Illes Balears . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847 ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS 2000
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Cofinanciación
Programa Admón. Gral.
CC.AA. CC.LL. ONG,S Total
Total convocatoria
Adaptación transporte colectivo . . . 15.150.000 15.150.000 — — 15.150.000 30.300.000 Integración lesionados medulares . . . 4.500.000 4.500.000 — — 4.500.000 9.000.000 Viviendas tuteladas grav. afectados . . . 32.150.000 32.150.000 — — 31.150.000 64.300.000 Total . . . 51.800.000 51.800.000 — — 51.800.000 103.600.000
7955
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Proto-colo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la realización de proyectos
del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, 22 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, la honorable señora Irene Rigau i Oliver, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, nombrada por Decreto 300/1999, de 29 de noviembre.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Cataluña suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Cataluña, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2000, («Boletín Oficial del Estado» número 312, del 30), y en la Ley 3/2000, de 19 de mayo, de Presupuestos de la Gene-ralidad de Cataluña para el año 2000, establecen dotaciones presupues-tarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 8 de febrero de 1999, el Gobierno por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de 700.000.000 de pesetas incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
eco-nómicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Cataluña y apro-bada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Comunidad Autó-noma de Cataluña incorporan al Convenio de colaboración de fecha 30 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 104.020.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Cataluña, las Corporaciones Locales y las instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la finan-ciación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 104.020.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Cataluña ha presentado el correspon-diente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación. Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—La Consejera de Bienestar Social, Irene Rigau i Oliver.
ANEXO I
Plan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO2000
Total proyectos
CC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.
Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Illes Balears . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847
14968
Martes 24 abril 2001
BOE núm. 98
ANEXO IIProgramas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS2000
Comunidad Autónoma de Cataluña
Cofinanciación Programa Administración General — Pesetas CC. AA. — Pesetas CC. LL. — Pesetas ONG,S — Pesetas Total — Pesetas Total convocatoria — Pesetas
Centro Atención Especializada . . . 35.128.000 35.128.000 35.128.000 70.256.000
Autonomía personal y comunicación . . . 68.892.000 68.892.000 68.892.000 137.784.000
Total . . . 104.020.000 104.020.000 104.020.000 208.040.000
7956
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Proto-colo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extre-madura, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de
pro-yectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, la ilustrísima señora doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 14/1999, de 20 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y con-venir, y
EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha 18 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura orgánica
básica, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 («Boletín Oficial del Estado» núme-ro 312, del 30), y en la Ley 3/1999, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2000 («Diario Oficial de Extremadura» del 31), se establecen dotaciones pre-supuestarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, el Gobierno por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núme-ro 57, de 7 de marzo, apnúme-robó los criterios de distribución entre Comu-nidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de 700.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar. Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Comunidad Autó-noma de Extremadura incorporan al Convenio de colaboración de fecha 18 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 23.070.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 23.070.000 pesetas. La Comunidad
ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS2000
Comunidad Autónoma de Cataluña
Cofinanciación Programa Administración General — Pesetas CC. AA. — Pesetas CC. LL. — Pesetas ONG,S — Pesetas Total — Pesetas Total convocatoria — Pesetas
Centro Atención Especializada . . . 35.128.000 35.128.000 35.128.000 70.256.000
Autonomía personal y comunicación . . . 68.892.000 68.892.000 68.892.000 137.784.000
Total . . . 104.020.000 104.020.000 104.020.000 208.040.000
7956
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Proto-colo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extre-madura, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de
pro-yectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, la ilustrísima señora doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 14/1999, de 20 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y con-venir, y
EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha 18 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura orgánica
básica, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 («Boletín Oficial del Estado» núme-ro 312, del 30), y en la Ley 3/1999, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2000 («Diario Oficial de Extremadura» del 31), se establecen dotaciones pre-supuestarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, el Gobierno por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núme-ro 57, de 7 de marzo, apnúme-robó los criterios de distribución entre Comu-nidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de 700.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar. Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 18 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Comunidad Autó-noma de Extremadura incorporan al Convenio de colaboración de fecha 18 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 23.070.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 23.070.000 pesetas. La Comunidad
BOE núm. 98
Martes 24 abril 2001
14969
Autónoma de Extremadura ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—La Consejera de Bienestar Social, Ana Garrido Chamorro.
ANEXO I
Plan de cofinanciación para personas con discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO2000
Comunidades Autónomas Administración General MTAS — Pesetas Comunidades Autónomas — Pesetas Total proyectos — Pesetas Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Comunidades Autónomas Administración General MTAS — Pesetas Comunidades Autónomas — Pesetas Total proyectos — Pesetas Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Baleares . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847 ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS2000
Comunidad Autónoma de Extremadura
Cofinanciación Programa Administración General — Pesetas CC. AA. — Pesetas CC. LL. — Pesetas ONGs — Pesetas Total — Pesetas Total convocatoria — Pesetas
Atención domiciliaria FEAPS . . . 7.000.000 7.000.000 7.000.000 14.000.000 Respiro familiar S. Down . . . 2.500.000 2.500.000 2.500.000 5.000.000 Respiro ocio y t. libre APNABA . . . 2.520.000 2.520.000 2.520.000 5.040.000 Respiro familiar Mapache . . . 1.800.000 1.800.000 1.800.000 3.600.000 Respiro familiar Aspaceba . . . 3.750.000 3.750.000 3.750.000 7.500.000 Respiro familiar Aspace . . . 5.000.000 5.000.000 5.000.000 10.000.000 Taller ocupacional . . . 500.000 500.000 500.000 1.000.000 Total . . . 23.070.000 23.070.000 23.070.000 46.140.000
7957
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protoco-lo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de pro-yectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, a 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos
del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el ilustrísimo señor don José M. Hernández Cochón, Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por Decreto 48/1998, de 5 de febrero, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Autónoma de Extremadura ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—La Consejera de Bienestar Social, Ana Garrido Chamorro.
ANEXO I
Plan de cofinanciación para personas con discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO2000
Comunidades Autónomas Administración General MTAS — Pesetas Comunidades Autónomas — Pesetas Total proyectos — Pesetas Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Comunidades Autónomas Administración General MTAS — Pesetas Comunidades Autónomas — Pesetas Total proyectos — Pesetas Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Baleares . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847 ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS2000
Comunidad Autónoma de Extremadura
Cofinanciación Programa Administración General — Pesetas CC. AA. — Pesetas CC. LL. — Pesetas ONGs — Pesetas Total — Pesetas Total convocatoria — Pesetas
Atención domiciliaria FEAPS . . . 7.000.000 7.000.000 7.000.000 14.000.000 Respiro familiar S. Down . . . 2.500.000 2.500.000 2.500.000 5.000.000 Respiro ocio y t. libre APNABA . . . 2.520.000 2.520.000 2.520.000 5.040.000 Respiro familiar Mapache . . . 1.800.000 1.800.000 1.800.000 3.600.000 Respiro familiar Aspaceba . . . 3.750.000 3.750.000 3.750.000 7.500.000 Respiro familiar Aspace . . . 5.000.000 5.000.000 5.000.000 10.000.000 Taller ocupacional . . . 500.000 500.000 500.000 1.000.000 Total . . . 23.070.000 23.070.000 23.070.000 46.140.000
7957
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protoco-lo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de pro-yectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, a 12 de febrero de 2001.—El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos
del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el ilustrísimo señor don José M. Hernández Cochón, Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrado por Decreto 48/1998, de 5 de febrero, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia.
14970
Martes 24 abril 2001
BOE núm. 98
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse ycon-venir, y
EXPONEN
Primero.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comu-nidad Autónoma de Galicia suscribieron, en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo esta-blecido en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2000, y en la Ley 7/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2000, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.—Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Con-venio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de setecientos millones de pesetas (700.000.000 de pesetas) incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Galicia y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.—La Administración General del Estado y la Comunidad Autó-noma de Galicia incorporan al Convenio de colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su eje-cución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda.—Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 56.690.000 pesetas (cincuenta y seis millones seiscientas noventa mil pesetas).
La Comunidad Autónoma de Galicia, las Corporaciones Locales y las instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 56.690.000 de pesetas (cincuenta y seis millones seiscientas noventa mil pesetas). La Comunidad Autónoma de Galicia ha presentado el corres-pondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su par-ticipación.
Tercera.—La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comu-nidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—El Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José M. Hernández Cochón.
ANEXO I
Plan de Cofinanciación para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN PROYECTOS AÑO2000-08-09
Total proyectos
CC.AA. Admón. Gral. MTAS CC.AA.
Andalucía . . . 137.490.000 139.897.027 277.387.027 Aragón . . . 23.740.000 35.610.000 59.350.000 Asturias . . . 21.570.000 21.570.000 43.140.000 Illes Balears . . . 13.730.000 31.278.697 45.008.697 Canarias . . . 30.480.000 31.364.340 61.844.340 Cantabria . . . 10.570.000 11.570.000 22.140.000 Castilla y León . . . 51.800.000 51.800.000 103.600.000 Castilla-La Mancha . . . 35.590.000 35.590.000 71.180.000 Cataluña . . . 104.020.000 104.020.000 208.040.000 Extremadura . . . 23.070.000 23.070.000 46.140.000 Galicia . . . 56.690.000 56.690.000 113.380.000 Madrid . . . 84.520.000 87.369.052 171.889.052 Murcia . . . 20.660.000 27.580.500 48.240.500 La Rioja . . . 10.500.000 10.500.000 21.000.000 Valencia . . . 71.370.000 76.721.231 148.091.231 Ceuta . . . 2.170.000 2.170.000 4.340.000 Melilla . . . 2.030.000 2.030.000 4.060.000 Totales . . . 700.000.000 748.830.847 1.448.830.847
ANEXO II
Programas del Plan de Acción para Personas con Discapacidad COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS2000
Comunidad Autónoma de Galicia
Cofinanciación
Programa Admón. Gral.
CC.AA. CC.LL. ONG,S Total
Total convocatoria
Acción concertada COGAMI . . . 12.250.000 12.250.000 — — 12.250.000 24.500.000
Acción concertada Asoc. Sordos Intérpretes . . . 11.698.131 11.698.131 — — 11.698.131 23.396.262
Acción concertada Asoc. Sordos Atención . . . 7.740.000 7.740.000 — — 7.740.000 15.480.000
Convenio Centros Residenciales «S. Rosendo» . . . 6.081.394 6.081.394 — — 6.081.394 12.162.788
Convenio «ANDE» Ocio y Tiempo Libre . . . 2.028.000 2.028.000 — — 2.028.000 4.056.000
Convenio F. M. Físicos A Coruña-Ocio . . . 600.000 600.000 — — 600.000 1.200.000
Convenio A. P. Niños Servicio Fisioterapia . . . 1.870.995 1.870.995 — — 1.870.995 3.741.990
Convenio Aspaber Centro Ocupacional . . . 14.421.480 14.421.480 — — 14.421.480 28.842.960
Total . . . 56.690.000 56.690.000 — — 56.690.000 113.380.000
7958
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protoco-lo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asun-tos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Murcia, para la realización de pro-yectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad
En Madrid, a 19 de diciembre de 2000. REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decre-to 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28) en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14).
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Antonio Gómez Fayrén, Consejero de Trabajo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado por Decreto número 22/1999, de 13 de julio en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Ambas partes se reconocen capacidad para obligarse y convenir, y EXPONEN
Primero.—Que el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1997, Convenio de Colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Segundo.—Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura básica y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
Por otra parte en la Ley 54/1999 de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2000 («Boletín Oficial del Estado» número 312 del 30), y en la Ley 10/1999 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Tercero.—Que el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatoria sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.—Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresada en la cláusula segunda del citado Con-venio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presu-puestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.—Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de fecha 7 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 700.000.000 de pesetas (setecientos millones de pesetas), incluido en la aplica-ción 10.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Sexto.—Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones eco-nómicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumen-tarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adi-cional», el cual se regirá por las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
AÑO CCCXLI
K
MARTES 24 DE ABRIL DE 2001
K
NÚMERO 98
FASCÍCULO SEGUNDO
7959
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protoco-lo 2000 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asun-tos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración fir-mado el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2001.—El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.