Seguridad Social
SIDEIMSS
Introducción
El artículo 16 de la Ley del Seguro Social (LSS) establece como obligación para los patrones que tengan un promedio anual de 300 trabajadores o más en el ejercicio inmediato anterior, así como para los patrones que no rebasen ese límite de trabajadores y quieran dictaminarse en forma voluntaria, que pueden optar por la presentación del dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones ante el Seguro Social por contador público autorizado (CPA).
Una de las ventajas que la LSS otorga a los patrones que realicen la presentación del dictamen mencionado en el párrafo anterior es que éstos no serán sujetos de visita domiciliaria, a excepción de que al revisar la autoridad el dictamen encuentre en su formulación irregularidades que obliguen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a ejercer sus facultades de comprobación.
El 13 de julio de 2017, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el IMSS dio a conocer el Acuerdo.SA2.HCT.280617/149.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, donde se emiten las cédulas para la formulación del dictamen por CPA y las Reglas del Sistema de Dictamen Electrónico del Instituto Mexicano del Seguro Social (SIDEIMSS), respectivamente.
Firma Electrónica
En esta plataforma del sistema de dictamen se utiliza la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a través del escritorio virtual se enlaza con la Clave Única de Registro de Población (CURP) del CPA y del representante legal del patrón.
La plataforma cuenta con dos módulos que son: el módulo del dictamen electrónico y el módulo de CPA. Cabe hacer hincapié en que el acceso a estos módulos es con la firma electrónica del CPA y del representante legal, de acuerdo con las responsabilidades de cumplimiento que le
Módulo del contador público autorizado
Está diseñado por seis carpetas:1. Solicitud de registro de contador público. 2. Activación de registro de contador público. 3. Reactivación de registro de contador público. 4. Presentación de acreditación y membresía. 5. Modificación de datos.
6. Solicitud de baja.
1. Solicitud de registro de contador público
El contador público que desee tramitar su registro debe realizarlo a través de esta carpeta electrónica, con la documentación solicitada en formato PDF y revisión de que sus datos sean correctos, la autorización se obtiene con un formato emitido con una cadena electrónica de validación y el número asignado por el Instituto.
2. Activación de registro de contador público
Los contadores que ya están registrados en el IMSS e iniciaran con el trámite electrónico del dictamen deben registrar la activación de su firma a través de la carpeta que contiene sus datos generales registrados ante dicho Instituto.
3. Reactivación de registro de contador público
4. Presentación de acreditación y membresía
Mediante este portal el contador debe llevar a cabo la presentación del cumplimiento de la norma de desarrollo profesional continuo de la Organización de Contadores de la que forme parte.
5. Modificación de datos
La base de datos del IMSS está sincronizada con la del SAT. Sin embargo, en caso de alguna modificación de información del contador público, primero debe realizarse con los datos fiscales de las autoridades hacendarias para que tengan efecto con las del IMSS.
6. Solicitud de baja
Aplicación mediante la cual el contador público puede realizar la baja de su registro, según sea su caso.
Módulo Dictamen Electrónico
El dictamen tiene una estructura sencilla de analizar que está conformada como sigue:
1. Datos del patrón
Se vincula directamente de los datos del SAT y, en caso de requerir alguna corrección, se debe hacer primero con esta dependencia y posteriormente verificar con los del IMSS.
2. Registro patronal
El CPA realizará la carga de un archivo que contenga los registros patronales a dictaminar, previa verificación con el patrón o sujeto obligado de que dichos registros patronales estuvieron vigentes en el ejercicio dictaminado.
Los beneficios del dictamen contenidos en el artículo 173 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), aplicarán únicamente a los registros patronales que se carguen.
3. Información patronal y cédulas del dictamen
El dictamen electrónico, a comparación del dictamen en papel, no tiene una prueba muestra, un amarre de nóminas o una integración sobre las actividades de las personas físicas. Sin embargo, el estudio y evaluación del control interno, el análisis de percepciones pagadas a los trabajadores en nómina, el análisis de pagos a personas físicas, entre otros aspectos, deben ser rígidos debido a que la revisión por parte de la autoridad será mediante comparecencias y lo que se haya afirmado en los cuestionarios de atestiguamiento deberá estar soportado en los papeles de trabajo que sustenten la opinión emitida.
Esta parte está compuesta por una serie de cédulas nombradas:
a) Remuneraciones pagadas. b) Prestaciones otorgadas. c) Cuotas pagadas al IMSS. d) Pagos a personas físicas.
e) Prestación de servicios de personal. f) Subcontratación de servicios de personal. g) Clasificación de empresas.
h) Balanza de comprobación.
i) Cédulas de obras de construcción. j) Otros aspectos a considerarse.
4. Atestiguamientos
Para el llenado de los atestiguamientos el CPA deberá contestar una serie de cuestionarios respecto del cumplimiento de las obligaciones del patrón o sujeto obligado.
La pregunta general que abarcan los cuestionarios de
atestiguamiento es: ¿Obtuvo la evidencia
comprobatoria suficiente para realizar el examen y atestiguamiento de…?
Conforme al llenado de cada una de las cédulas del dictamen, se habilitarán los cuestionarios de atestiguamientos que sean aplicables, de acuerdo con lo que corresponda a cada patrón, con respuestas en forma afirmativa (Sí), negativa (No) o la opción No Aplica, respectivamente.
En el caso de respuestas negativas, se tendrán que realizar las aclaraciones y observaciones necesarias de conformidad y al criterio que cada CPA estime conveniente.
Cuando se dejen de contestar preguntas del cuestionario de atestiguamiento, éste se considerará incompleto y puede ser sujeto a revisión, de acuerdo con lo establecido en el RACERF.
Los atestiguamientos se integran por las siguientes secciones:
a) Remuneraciones pagadas a los trabajadores, en total son 25 preguntas y se conforman por: (2) Aspectos generales, (4) Fondo de ahorro, (2) Participación de utilidades, (2) Despensa, (3) Premio de asistencia, (3) Premio de puntualidad, (3) Tiempo extraordinario, (2) Indemnización legal, (1) Prima de antigüedad pagada por finiquito, (1) Otros pagos por separación, (1) Otros ingresos por salarios (1) Registro de otros conceptos excluidos.
b) Prestaciones otorgadas a los trabajadores, en total son 19 preguntas y se conforman por: (1) Aspectos generales, (1) Instrumentos de trabajo, (2) Cantidades aportadas para
fines sociales, (4) Alimentación,
(4) Habitación, (1) Aportaciones adicionales al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, (1) Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), (4) Fondos de pensiones, (1) Otras prestaciones. c) Cuotas pagadas al Instituto, en total son 3
preguntas de Aspectos generales.
d) Pagos a personas físicas, en total son 2 preguntas de Aspectos generales.
e) Prestación de servicios de personal, en total son 12 preguntas y se conforman por: (1) Aspectos generales, (9) Análisis de la prestación de servicios de personal, (1) Registro patronal por clase de riesgo, (1) Opinión de cumplimiento ante el Instituto. f) Subcontratación de personal, en total son 13
preguntas y se conforman por: (1) Aspectos Generales, (11) Análisis de la subcontratación
g) Clasificación de empresas, en total son 13 preguntas y se conforman por: (2) Aspectos generales, (6) Bienes, maquinaria, equipo, personal y actividades complementarias, (3) Información declarada por el patrón ante el Instituto, (1) Recursos interpuestos contra la rectificación de la clasificación y (1) Seguro de gastos médicos mayores.
h) Balanza de comprobación, en total son 3 preguntas de Aspectos generales.
i) Obras de construcción, en total son 10 preguntas de Aspectos generales.
j) Otros aspectos, en total son 7 preguntas y se conforman por: (1) Días de descanso pagados, (5) Movimientos afiliatorios de los trabajadores y (1) Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).
5. Pagos y movimientos afiliatorios
En cuanto a la obligación del pago y la presentación de los avisos afiliatorios producto del dictamen, es obligación de los patrones realizar los pagos de cuotas, así como la presentación de los avisos de afiliación (altas, bajas y modificación salarial de los trabajadores). Mediante el portal, los patrones deberán solicitar las líneas de captura para el pago de las diferencias determinadas por el CPA y la presentación de los movimientos afiliatorios de alta, baja y modificaciones de salario, a través del programa DISPMAG, el representante legal tendrá que suscribir con su Firma Electrónica Avanzada.
Es importante hacer mención de que, en caso de que el dictamen se encuentre presentado, el sistema cerrará la aplicación de la generación y presentación de los avisos correspondientes.
6. Modelo de opinión y formulación del dictamen
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 del RACERF del IMSS, el CPA emitirá su opinión una vez que haya concluido con la captura de la información solicitada en las cédulas de dictamen y contestado los cuestionarios de atestiguamientos.
Los tipos de opinión son: ● Limpia y sin salvedades; ● Con salvedades; ● Con opinión negativa, y ● Con abstención de opinión.
7. Consulta y presentación del Dictamen
El sistema muestra el listado de sus dictámenes y su estatus, que es en proceso formulado o presentado. Previo a la presentación o firma del dictamen: “El Dictaminador y el Patrón podrán consultar la información contenida en las cédulas, cuestionarios de atestiguamiento y opinión del dictamen para su revisión previo a su firma”.
Posterior a la revisión del dictamen, el CPA y el patrón deberán realizar la presentación de este documento a través del uso de su FIEL y se enviará por correo electrónico el acuse de recibo por el ejercicio dictaminado, de esta forma se tendrá por presentado.
Conclusiones
Es un hecho que el Dictamen Electrónico del IMSS viene a adecuarse a los tiempos modernos donde el uso de la tecnología es esencial para que este tipo de trabajos sea más ágil y eficiente, trayendo ahorro de tiempos importantes en actividades como la preparación y presentación de los avisos afiliatorios derivados del dictamen y la presentación misma de éste, evitando de tal forma que el CPA y el patrón tengan acción presencial en las Subdelegaciones y, sobre todo, que se enfrenten a criterios diferentes en cada Subdelegación, mismos que son más complicados en la medida que el dictamen se presente a una fecha cercana a su vencimiento. Sin embargo, esto también trae trabajo adicional al que regularmente venía realizando el CPA en sus papeles de trabajo, tal como cerciorarse de información que en principio es responsabilidad del patrón, como el adecuado timbrado de los CFDI de nómina, el que no haya realizado transacciones comerciales con proveedores y/o clientes que efectúen operaciones inexistentes, o bien, el que no tenga un registro patronal, entre otros. El ejercicio 2017 será el primero en que es obligatorio para el CPA y el patrón utilizar esta plataforma electrónica, lo importante es empezar a hacerlo y así conocer las bondades y las complicaciones que se vayan presentando con el uso del día a día.
C.P.C. Ariel Morales García Integrante de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México