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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Hoja de Aprobación

Código 0127-0004 Versión 02 Elaborado el: 15/11/2017

Por medio de la presente autorizo el siguiente documento:

“Normativa para el Acceso y Permanencia en las Instalaciones de HIDROCAPITAL”

________________________________________ MAY. EDDISON TORREALBA

PRESIDENTE DE HIDROCAPITAL

V. º B. º __________________________________ Gerencia de Prevención y Control de Perdidas

V. º B. º y Revisado por: _________________________________ Gerencia de Planificación y Desarrollo

La presente “Normativa para el Acceso y Permanencia en las Instalaciones de

HIDROCAPITAL” entrará en vigencia a partir de su aprobación, según Nota de Cuenta para la

Junta Directiva, de fecha: ____________________ Nro.: __________________ Ref.:

__________________, Presentada por el Mayor Eddison Torrealba, Presidente de

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Índice

Índice

I. Objetivo 3

II. Alcance 3

III. Base Legal 4

IV. Normas Generales 5

V. Normas Específicas 6

Del Acceso 6

Del Carnet 6

De los Trabajadores y las Trabajadoras 6

De los Visitantes 7

De los Representantes de los Entes del Estado 8

Del Presidente de la República 8

De los Vehículos 8

De la Permanencia en las Instalaciones 8

De los Trabajadores, las Trabajadoras y los Visitantes 8

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Objetivo - Alcance

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Código 0127-0004 Versión 02 Elaborado el: 15/11/2017

I. Objetivo

Establecer las normas que regulen el acceso y permanencia de los trabajadores, las

trabajadoras, así como de los visitantes en las Instalaciones de HIDROCAPITAL.

II. Alcance

Dirigido a los trabajadores, las trabajadoras y visitantes que acceden y permanecen en las

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Base Legal

III. Base Legal

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Con la Enmienda Nº 1

aprobada por el Pueblo Soberano, mediante Referendo Constitucional, a los quince días del mes de febrero de dos mil nueve. Año 198° de la Independencia, 149° de la Federación y 11° de la Revolución Bolivariana. Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 19 de febrero de 2009, Nº 5.908 Extraordinario.

Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial. Publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela, de fecha 19 de diciembre de 2011, Número 39.823 Extraordinario.

Resolución de Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Publicado en la Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 02 de marzo de 2011, N° 39.627, Nº 030, de la misma fecha.

Resolución de Porte de Armas de Fuego. Publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela, de fecha 23 de mayo de 2012, N° 39.627, según Resolución Conjunta de la misma fecha.

Comunicación Interna “Normas de la Recepción de la Sede Principal de

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Normas Generales

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Código 0127-0004 Versión 02 Elaborado el: 15/11/2017

IV. Normas Generales

1. Queda terminantemente prohibido cualquier acto de discriminación hacia algún trabajador, trabajadora o visitante.

2. El ingreso de los trabajadores, las trabajadoras y los visitantes a las Instalaciones de

HIDROCAPITAL, dependerá de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, a

través de un Control de Acceso, digital o manual.

3. Sólo tendrán acceso a las Instalaciones de HIDROCAPITAL, las personas que laboran

en ella, así como visitantes, previamente autorizados en Recepción.

4. El Personal de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, será responsable de velar por el orden y seguridad, así como del cumplimiento de esta normativa, en área que le sea asignada.

5. En caso de no contar con torniquetes y barrera vehicular, el acceso será controlado en

la entrada principal prevista para la Instalación de HIDROCAPITAL, mediante el

sistema de control vigente.

6. La prioridad de los puestos en el estacionamiento interno, es para los vehículos oficiales.

7. No se permitirá el ingreso a las Instalaciones de HIDROCAPITAL, a las personas que

utilicen prendas de vestir y accesorios tales como: Cascos.

Cholas.

Escotes Pronunciados. Gorras, viseras, y afines. Lentes oscuros.

Prendas con Transparencias.

8. No se permitirá el ingreso a las Instalaciones de HIDROCAPITAL cualquier tipo de

animal.

9. Está prohibido el paso peatonal, por la vía de acceso al estacionamiento interno, en

todas las sedes de HIDROCAPITAL.

10. No está permitida la entrada de vendedores ambulantes.

11. Queda prohibido el ingreso de armas de fuego a las Instalaciones de HIDROCAPITAL,

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Normas Generales

Normas Específicas

12. Las comunicaciones externas (Cartas, Facturas, Notificaciones, etc.), sin excepción, deberá ser entregada en las sedes principales de cada Acueducto, así como en la Sede Central Maripérez, a través de las Oficinas de Atención y Recepción. No se podrá acceder a las instalaciones para hacer entrega de las comunicaciones, directamente a las unidades, ni deberán ser recibidas en cualquier otra instalación de

HIDROCAPITAL.

13. Todo maletín, bolso, paquetes, etc., debe ser inspeccionado por el Personal de

Seguridad, antes del ingreso y a la salida de las Instalaciones de HIDROCAPITAL.

14. Las Unidades que tengan planificadas reuniones, cursos, talleres, inducciones, etc., con personal ajeno a la hidrológica deberán consignar ante la Gerencia de Prevención

y Control de Pérdidas, en un lapso mínimo de veinticuatro (24) horas, el listado de los

participantes, según sea el caso, con los siguientes datos: Nombre y Apellido.

Número de Cédula de Identidad. Empresa o Institución.

V. Normas Específicas

Del Acceso Del Carnet

15. El Carnet será el único medio válido que tendrán los trabajadores y trabajadoras para

ingresar y permanecer en las instalaciones de HIDROCAPITAL.

16. El Carnet es intransferible y sólo permitirá el acceso y permanencia al trabajador o trabajadora al que le fue entregado. El incumplimiento de esta norma será considerado una falta grave que acarreará una medida disciplinaria.

17. En caso de olvido del Carnet, deberá solicitar en Recepción una tarjeta temporal, la cual devolverá al finalizar su jornada laboral.

18. En caso de pérdida o extravío del Carnet, el trabajador o la trabajadora deberá reportar la situación a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, en un período no

mayor a las siguientes veinticuatro (24) horas, para su emisión y reponer el valor del

mismo (50 U.T.), el cual será descontando por sistema nómina, previa autorización del

trabajador o trabajadora. De igual manera, se le entregará al trabajador o a la

trabajadora un carnet provisional, el cual tendrá una vigencia no mayor a quince (15)

días hábiles.

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Normas Específicas

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domingos y feriados) a las Instalaciones de HIDROCAPITAL, deberá ser autorizado

por el Supervisor Inmediato.

20. Los Gerentes Generales, Gerentes, Coordinadores o Supervisores serán los responsables de autorizar e informar mediante cualquier medio escrito, dirigido a la Gerencia de Prevención y Control de Perdidas, de la jornada especial de trabajo, a ser realizada durante el fin de semana o días feriados, con los siguientes datos:

Nombre y Apellido del Trabajador o Trabajadora. Número de Cédula de Identidad.

Unidad de Adscripción. Actividades a Realizar.

De los Visitantes

21. El horario de accesos para visitante será el siguiente: Desde 08:00 A.M. Hasta 12:00 M.

Desde 02:00 P.M. Hasta 04:30 P.M.

22. Deberán dirigirse a Recepción, para registrarse, respetando el orden de llegada para ser atendidos.

23. Deberán solicitar en Recepción, la autorización de entrada a la Unidad (Pase de Visitantes), para lo cual hará entrega de la cédula de identidad, a fin de registrar los datos en el Control de Visitantes, deberá igualmente indicar el nombre y apellido del Personal Solicitado y el motivo de la visita. La cédula de identidad, le será devuelta una vez haya culminado el proceso de registro de visita.

24. Deberán esperar la autorización del personal o unidad a la cual se dirige, una vez otorgada, el personal solicitado deberá acudir a la Recepción, a fin de realizar el acompañamiento del visitante dentro de las Instalaciones.

25. Es de carácter obligatorio portar el pase de visitante en un lugar visible, mientras

perdure su permanencia en las Instalaciones de HIDROCAPITAL y entregarlo al

momento de retirarse. El Personal de Seguridad debe ser garante de la devolución del pase de visitante.

26. Esta terminante prohibido, el acceso a las Instalaciones de HIDROCAPITAL personas

que presenten síntomas de embriaguez y/o bajos efectos de alguna sustancia psicotrópica.

De las Personas con Discapacidad

27. Todo visitante que presente algún tipo de discapacidad, deberá estar acompañado por

el Personal de Seguridad de HIDROCAPITAL, que garantice el traslado del mismo

dentro de las Instalaciones, así mismo se le otorgará un puesto de estacionamiento externo de uso temporal.

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Normas Específicas

De los Representantes de los Entes del Estado

28. El Dispositivo de Seguridad responsable del Representante, coordinará con la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas la visita Institucional.

29. Se debe definir previamente los puestos de estacionamiento a utilizar, así como el

recorrido a realizarse dentro de las Instalaciones de HIDROCAPITAL.

30. La Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, prestará apoyo al Dispositivo de Seguridad responsable del Representante, hasta que se retire de las Instalaciones de

HIDROCAPITAL.

Del Presidente de la República

31. En caso de visita de la máxima autoridad del Estado, la Gerencia de Prevención y Control de Perdidas queda relevada de sus actividades de resguardo y custodia, por el Personal de Seguridad Presidencial hasta tanto dure la visita.

De los Vehículos

32. Solo ingresaran a las Instalaciones de HIDROCAPITAL, los vehículos de trabajadores

y trabajadoras, en caso de requerir el ingreso vehicular de visitantes, proveedores, entes públicos y personas con discapacidad, estos deberán ser debidamente autorizados por la Gerencia de Prevención de Control y Pérdidas, previa notificación del trabajador o trabajadora.

33. En las instalaciones de HIDROCAPITAL, que posean estacionamientos internos, los

vehículos no podrán ingresar ni retirarse con acompañantes, estos últimos deberán ingresar por la entrada principal peatonal de la instalación.

34. El trabajador o trabajadora que se desplace en motocicleta deberán ingresar y salir del estacionamiento haciendo uso del casco de seguridad.

35. La velocidad máxima de circulación dentro de las Instalaciones de HIDROCAPITAL es

de cinco (05) km/h.

36. Se realizará la revisión de vehículos, al entrar y salir del estacionamiento.

37. El Personal de Seguridad debe mantener el control de entradas y salidas de vehículos oficiales, usando un Libro de Novedades.

De la Permanencia en las Instalaciones

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Gerencia de

Prevención y Control de Pérdidas Normas Específicas

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39. No está permitido el consumo de: Bebidas alcohólicas.

Cigarrillos.

Sustancias estupefacientes.

40. No se permite juegos que impliquen contacto físico, envite y azar (solo las actividades programadas por las dependencias), así como el uso de palabras obscenas.

41. Evitar correr dentro de las instalaciones.

De los Vehículos

42. Toda persona que estacione su vehículo dentro de las Instalaciones, está obligado a dejar la llave del mismo.

43. No permitir que ningún vehículo estacionado dentro del estacionamiento, permanezca con el motor encendido.

44. Está prohibida la reparación de vehículos no oficiales dentro del estacionamiento sin previa autorización de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.

45. Reportar a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas todo vehículo oficial o particular que siendo usuario del estacionamiento produzca emanaciones de humo o derrame de fluidos.

46. No se permitirá que sean sustraídos repuestos a los vehículos oficiales inoperativos estacionados, sin autorización de la Unidad asignada y la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.

47. La Unidad responsable de algún vehículo que se encuentre inoperativo, deberá pasar revista del mismo en compañía de las Unidades correspondiente (Gerencia de Bienes y Servicios, Gerencia de Bienes Nacionales, Unidad de Auditoría Interna y la Gerencia de Prevención y Control de Perdidas) de manera quincenal, a fin de detectar novedades en piezas o repuestos a tiempo, a través del Formulario de Revisión de Vehículos Oficiales, el cual deberá ser entregado a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, de manera inmediata.

48. Sera responsabilidad de la Gerencia de Prevención y Control de Perdidas, chequear la permanencia de vehículos no oficiales fuera del horario de la jornada laboral. En caso de detectar la permanencia de algún vehículo no oficial, deberá indagar el motivo de tal hecho.

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