"Año del Centenario de Machupicchu pera el Mundo"
"Año Regional de Machupicchu para el Mundo"
CONVENIO 'IN°
17a
-2011-GR CUSCO/PRCONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OROPESA Y LA COMUNIDAD CAMPESINA DE HUASA() SECTOR QUEHUAR PARA LA
CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO POR ASPERSIÓN EN EL SECTOR QUEHUAR DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE HUASAO, DISTRITO DE OROPESA,
PROVINCIA DE QUISPICANCHI.
Conste por el presente documento, el CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL, que celebran de una parte el Gobierno Regional Cusco con RUC
N° 20527147612, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta S/N, del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, representado por su Presidente Regional
Arq°. JORGE ISAACS ACURIO TITO, identificado con DNI N° 23899091, con credencial
emitida por el Jurado de Elecciones N° 551 de fecha 20 de Diciembre 2010, que en
adelante se denominará "GOBIERNO REGIONAL CUSCO" de otra parte la Municipalidad
Distrital de Oropesa, Provincia de Quispicanchi, con RUC N° 20201000361, representado
por su Alcalde Lic. GUILLERMO OJEDA HERRERA, Identificado con DNI N° 25209403,
con domicilio legal, en la Plaza de Armas S/N, Distrito de Oropesa, Provincia de
Quispicanchi, que en adelante se denominará "MUNICIPALIDAD DISTRITAL", y los
B neficiarios de la Comunidad Campesina de Huasao Sector Quehuar, representada por su
fesidente, Sr. SANTIAGO BERMUDEZ SERRANO, identificado con DNI N° 252009305,
Sn domicilio en la misma Comunidad Campesina, que en adelante se denominará "LA
/COMUNIDAD CAMPESINA", bajo los términos y condiciones siguientes:
f , BASE LEGAL
/ Las partes expresan su voluntad de convenir en las siguientes bases legales:
• Constitución Política del Estado,
• Ley N° 27293, Ley Del Sistema Nacional de Inversión Pública, Modificado por Ley
N° 28802 del 21 de Julio del 2006,
• Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
• Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV sobre
Descentralización,
• Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización,
• Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República,
• Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N°
27902
• Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
• Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus
modificatorias,
• Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
• D.S. N° 083 — 2004-PCM; Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y su Reglamento aprobado por D.S N° 084 — 2004 — PCM.
• Resolución Ejecutiva Regional N° 1082-2011-GR CUSCO/PR
"Año del Centenario de Machupicchu para el Mundo"
"Año Regional de Machupicchu para el Mundo" El GOBIERNO REGIONAL CUSCO
Como persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdicción en el Departamento del Cusco, tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo socio económico regional, integral, armónico y sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de las oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
Es el organismo que representa al Gobierno Local del Distrito de OROPESA, está facultado para desarrollar acciones y trabajos multisectoriales, relacionados con la mejora de la calidad de vida de la población, promoviendo el desarrollo integral y armónico de su jurisdicción
Con la aprobación de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las competencias son compartidas entre el Gobierno Regional y Sectores en la promoción, gestión y regularización, de actividades económicas y productivas en el ámbito y nivel correspondientes, así como con los gobiernos locales e instituciones de base, en la atención de emergencias y contingencias en zonas de extrema pobreza.
En Asamblea Extraordinaria, realizada el 30 de Julio de 2009, en el sector Quehuar de la Comunidad Campesina de Huasao, mediante ACTA DE COMPROMISO se asumió el
/F
ompromiso de construir, un Sistema de Riego por Aspersión, en el Sector de Quehuar de a Comunidad Campesina de Huasao Distrito de Oropesa el mismo qué motivó la formulación del Expediente Técnico y Programación para la ejecución de obra, que forma , parte del presente Convenio Específico.
Que mediante ACUERDO DE CONSEJO MUNICIPAL N° 079-2009-MDO/Q el 24 de Noviembre de 2009, la Municipalidad Distrital de Oropesa, se compromete a aportar la suma de Setenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro con 40/100 Nuevos Soles (S/. 78.544.40), para adquirir agregados, materiales de construcción y garante solidario del cumplimiento de las faenas comunales valorizadas.
LA COMUNIDAD CAMPESINA
Es el organismo que representa al Sector Quehuar de la comunidad Campesina de Huasao; stá facultado para desarrollar acciones y trabajos relacionados con la mejora de la calidad e vida de la población.
CLAUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO
El objeto del presente Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional es la Construcción de un Sistema de Riego por Aspersión, en el Sector Quehuar en la Comunidad Campesina de Huasao, Distrito de Oropesa, Provincia de Quispicanchi, con la participación del Gobierno Regional Cusco, Municipalidad Distrital de Oropesa y los Beneficiarios, e incorporar 14 hectáreas efectivas, a un Sistema de Producción Agrícola intensivo, modificando la cédula de cultivo, proponiendo obtener dos campañas al año, beneficiando a 45 familias (225 personas).
O
AUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
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EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.
1. A través del Programa de Riego Tecnificado "Mejoramiento de Sistemas Productivos Sostenibles Bajo Riego Tecnificado en Zonas Altoandinas e Interandinas de la Región del Cusco", de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, asume las siguientes obligaciones:
• Elaborar el Expediente Técnico y asumir la Ejecución Física de la Obra.
• Aportar la suma de Ciento sesenta y ocho mil trescientos ochenta y siete con 73/100 Nuevos Soles (S/.168,387.73), para la Ejecución de la Obra, materia del presente Convenio Específico, que serán destinados para la adquisición de materiales, accesorios, insumos y gastos generales, de acuerdo al Expediente Técnico de Obra.
• Capacitar y Organizar el Comité de Regantes, para la sostenibilidad del Proyecto
2. Supervisar la ejecución de la Obra, mediante la Oficina de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión.
3. Las instancias pertinentes, para la ejecución del presente Convenio Específico, previamente deberán cumplir las formalidades y requisitos de acuerdo y conforme a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
4. La modalidad de Ejecución de la Obra, será realizada por Administración Directa.
El aporte del GOBIERNO REGIONAL CUSCO, se afectará al presupuesto de Inversión ública del Proyecto 2143583 " Construcción de un Sistema de Riego por Aspersión, en el ector Quehuar de la Comunidad Campesina de Huasao, Distrito de Oropesa, Provincia de Quispicanchi en S/. 121, 247.14, de acuerdo a la siguiente Cadena Funcional:
Pliego : 446 Gobierno Regional del Departamento del Cusco
Unidad Ejecutora : 001Sede Cusco
Función : 10 Agropecuaria
Programa : 025 Riego
Sub Programa : 0051 Riego Tecnificado
: 2143583 "Construcción del Sistema de Riego por Aspersión en el Sector de Quehuar de la C.C. Huasao distrito de Oropesa provincia
Proyecto de Quispicanchi
Componente : 3000696 Gestión del Medio Ambiente Rural
: 299 Construcción del Sistema de Riego por Aspersión en la C. C.
Meta Husao distrito de Oropesa provincia de Quispicanchi.
Fte. Fto. : 05 Recursos determinados
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
1. Aportar la suma de Setenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro con 40/100 Nuevos Soles (S/. 78.544.40), para la Ejecución de la Obra, en materiales de construcción accesorios y pagos de la Mano de Obra calificada.
2. Garantizar en forma solidaria las faenas comunales, por parte de los Beneficiarios. 3. El pago a los Maestros de la Obra, será de acuerdo al avance físico de la obra, bajo
la supervisión, autorización e informe técnico valorizado del Residente de Obra. 4. Coordinar en forma permanente con el Programa de Riego Tecnificado
"Alto del Centenario de Mechupkehu pan el Mundo"
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"Mejoramiento de Sistemas Productivos Sostenibles Bajo Riego Tecnificado en Zonas Altoandinas e Interandinas de la Región del Cusco" DEL GOBIERNO
REGIONAL CUSCO, hasta la conclusión de la Obra. LA COMUNIDAD CAMPESINA
1. Garantizar en forma solidaria, las faenas comunales, por parte de los Beneficiarios, para cubrir la Mano de Obra no calificada, de acuerdo al Expediente Técnico de Obra, valorizado en Catorce mil ochocientos ochenta y dos con 52/100 Nuevos Soles (S/. 14.882.52)
2. Garantizar en forma solidaria, el traslado de materiales (agregados) de la zona a la Obra, como Aporte Comunal Valorizado
3. Coordinar en forma permanente con el Programa de Riego Tecnificado "Mejoramiento de Sistemas Productivos Sostenibles Bajo Riego Tecnificado en Zonas Altoandinas e Interandinas de la Región del Cusco" del GOBIERNO REGIONAL CUSCO, hasta la conclusión de la obra.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PRESUPUESTO
El presupuesto total de la Obra, es de Doscientos Noventa y seis mil ochenta y ocho con 92/100 Nuevos Soles (S/. 296,088.92), que se desagrega en la siguiente forma:
1.- Gobierno Regional Cusco S/. 168.387.73
2.- Municipalidad Distrital S/. 78.544.40
3.- Aporte Comunal Valorizado S/. 14.882.52
TOTAL S/. 261.814.65
CLAUSULA QUINTA: DE LA VIGENCIA
El presente Convenio Específico, entrará en vigencia, a partir de su suscripción, hasta la conclusión de los trabajos programados durante el presente Ejercicio Presupuestal 2011.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO ESPECÍFICO
Serán causales para la Resolución del presente Convenio Específico:
1. El incumplimiento de las partes, a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Convenio Específico.
2. Por mutuo acuerdo,
3. En caso fortuito o fuerza mayor, que torne imposible el cumplimiento de las obligaciones precedentes, que indique el motivo de la Resolución
Para la Resolución del Convenio Específico, bastara una Carta Notarial, sustentada con cinco días de anticipación, que indique la motivación correspondiente.
CLÁUSULA SEPTIMA: DE LAS ADENDAS
Los aspectos no considerados en el presente Convenio Específico, serán resueltos mediante Adendas y por Acuerdo de Partes.
Lic. r uil mo Oje. herrera
Alcalde de la Municipalidad Distrital de Oropesa "Año del Centenario de Maehupicchu para el Mundo"
"Año Regional de Machupicchu para el Mundo"
CLAUSULA OCTAVA: DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS
En caso de surgir conflictos, controversias o discrepancias que se generen de la interpretación o ejecución del presente Convenio Especifico, las partes acuerdan interponer sus mejores oficios para resolverlos en forma amistosa mediante negociación directas, de ersistir en los mismos, las partes someten su resolución a los juzgados y tribunales de la iudad Cusco
CLAUSULA NOVENA: DEL DOMICILIO
oda comunicación o notificación realizada a los domicilios indicados en la introducción de ste Convenio Especifico se entenderán válidamente efectuadas, cualquier modificación de stos deberá ser notificada a la otra parte por escrito con una anticipación de 5 días hábiles
CLAUSULA DECIMA: DE LA RATIFICACION
Las partes intervinientes declaran su plena conformidad con las cláusulas contenidas en el presente Convenio Marco, suscribiéndolo en tres originales, en la ciudad de cusco a los
2 7 DIC 2011
Arq .rge Isaacs Acudo Tito
Presidente Regional del Gobierno Regional Cusco
Sr. Santiago B . "A-- no
Presidente de la Comunidad Campesina Quehuar