• No se han encontrado resultados

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA: COCA-COLA FEST

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA: COCA-COLA FEST"

Copied!
7
0
0

Texto completo

(1)

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA: COCA-COLA FEST

DEFINICIONES

 Consumidor/Participante: Toda persona física que, como destinatario final, adquiere, disfruta o utiliza los productos participantes.

 Descuento: Porcentaje aplicado al valor del boleto normal de la categoría que será descontado y que le facilitará la obtención de un boleto a valor de oferta.

 Ganador: Participante que resulta favorecido con alguno de los beneficios objeto de la.  Patrocinador: Coca Cola Femsa de Costa Rica, S.A., con la cédula jurídica: tres-ciento

uno-cinco mil doscientos doce, con domicilio en San José, Goicoechea de la Guardia Rural de Calle Blancos, ciento cincuenta metros al este.

 Beneficio: Corresponde al descuento que se describe más adelante y pueden ser obtenidos con las taparroscas de color verde / chapas contra marcadas con la palabra FEST o 8 pack de minilatas adquiridas en AMPM de los productos participantes, de conformidad con la mecánica que abajo se describe.

 Productos Participantes: Son los productos que el patrocinador ha destinado a la presente promoción obtenidos con las taparroscas de color verde / chapas contra marcadas con la palabra FEST o 8 pack de minilatas adquiridas en AMPM. Los productos participantes se describen en el punto 1.3 de este Reglamento.

 Reglamento: Conjunto de reglas y/o directrices que regulan la promoción denominada “COCA COLA FEST” contenidos en el presente documento.

 Centro de canje: Puntos de servicio de SPECIAL TICKET SALE BV S.A, empresa procesadora de la venta de boletos para esta actividad y conocida como Special Ticket en los Supermercados AM PM debidamente identificados con la promoción.

I. Consideraciones de Aplicación General

El Patrocinador de la promoción es la compañía COCA COLA FEMSA COSTA RICA S.A., con la cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco mil doscientos doce, con domicilio en San José, Goicoechea de la Guardia Rural de Calle Blancos, ciento cincuenta metros al este.

(2)

1.1 Finalidad: Promover, incrementar y motivar al consumidor en la compra de productos participantes de la promoción.

1.2 Participante: Podrán participar en la promoción todas las personas que compren los productos participantes en las presentaciones que adelante se indican, siempre y cuando cumplan con el presente Reglamento - en adelante serán denominadas participantes de la promoción-. En este sentido, se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan voluntariamente las condiciones, obligaciones y responsabilidades que trae consigo la misma y el presente Reglamento con el solo hecho de participar o solicitar el producto promocional según el procedimiento que aquí se indica, obligándose a cumplirlo.

1.3 Producto y Marcas Participantes: El patrocinador ha establecido como productos participantes las marcas de bebidas “Coca-Cola” que se indican abajo, siempre y cuando estos productos sean producidos y/o comercializados por Coca Cola Femsa de Costa Rica S.A. y posean las taparroscas de color verde / chapas contra marcadas con la palabra FEST o 8 pack de minilatas adquiridas en AMPM Se detallan a continuación los productos y presentaciones participantes:

Empaque Sabor

COCA-COLA12 OZ PET NRPet COLA

COCA-COLA600 ML PET NRPet COLA

COCA-COLA LIGHT600 ML PET NRPet COLA

COCA-COLA ZERO600 ML PET NRPet COLA

FANTA12 OZ PET NRPet FRESA

FANTA12 OZ PET NRPet NARANJA

FANTA12 OZ PET NRPet UVA

FANTA600 ML PET NRPet FRESA

FANTA600 ML PET NRPet NARANJA

FANTA600 ML PET NRPet UVA

COCA-COLA ZERO12 OZ PET NRPet COLA

COCA-COLA12 OZ VIDRIO RVidrio COLA

COCA-COLA6.5 OZ VIDRIO RVidrio COLA

COCA-COLA LIGHT12 OZ VIDRIO RVidrio COLA

COCA-COLA ZERO12 OZ VIDRIO RVidrio COLA

FANTA12 OZ VIDRIO RVidrio FRESA

FANTA12 OZ VIDRIO RVidrio NARANJA

(3)

FANTA6.5 OZ VIDRIO RVidrio FRESA FANTA6.5 OZ VIDRIO RVidrio

8 PACK MINILATA 237ML 8 PACK MINILATA 237ML 8 PACK MINILATA 237ML

NARANJA COCA COLA CLASICA

COCA COLA ZERO FANTA NARANJA

Total

13 millones de contra marcas

RVidrio; Retornable Vidrio NRPet: Plástico no retornable

II. Beneficios

Los beneficios que el patrocinador ha destinado para la presente promoción son los que se detallan a continuación, lo anterior no obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la entrega de las cantidades indicadas, sino que únicamente serán entregadas las cantidades que derive de los canjes válidamente solicitados, hasta el número máximo indicado a continuación:

DESCRIPCIÓN DEL TIPO DE LOCALIDAD CANTIDAD DE BOLETOS POR TIPO DE LOCALIDAD PRECIO UNITARIO REGULAR AL PÚBLICO DE CADA BOLETO DESCUENTO DEL 50% POR LA APLICACIÓN DE LA PROMOCIÓN DE COCA COLA SOBRE EL PRECIO UNITARIO REGULAR AL PÚBLICO CARGO POR SERVICIO DE PARTE DE LA TIQUETERA SPECIAL TICKET PRECIO UNITARIO ESPECIAL CON DESCUENTO AL PÚBLICO DE CADA BOLETO CON CARGO DE SERVICIO INCLUIDO SOMBRA 6.651 ₡26.000,00 ₡13.000,00 ₡2.000,00 ₡15.000,00 PLATEA 4.490 ₡40.000,00 ₡20.000,00 ₡2.000,00 ₡22.000,00 BALCONES ESTE 1.859 ₡54.000,00 ₡27.000,00 ₡2.000,00 ₡29.000,00 GRAMILLA (SKAPIT) 6.000 ₡60.000,00 ₡30.000,00 ₡2.000,00 ₡32.000,00 VIP (ROCKZONE) 6.000 ₡80.000,00 ₡40.000,00 ₡2.000,00 ₡42.000,00 TOTALES 25.000

La cantidad total de beneficios que se han destinada a la presente promoción es de 25.000 (veinticinco mil) boletos de entradas al COCA COLA FEST, con opción de ser adquiridos por los participantes hasta agotar existencias a precios especiales con un descuento del 50% más los cargos por servicio. El Coca Cola Fest se celebrará el sábado 27 de agosto del 2016, en El Estadio Nacional, ubicado en La Sabana, Mata Redonda, San José.

Las cinco categorías o tipos de localidad se denominan: 1. Sombra

(4)

2. Platea 3. Balcones Este 4. Gramilla 5. VIP

El objeto de la presente promoción consiste en que el destinatario de la misma que decida participar, podrá adquirir, dentro del plazo de vigencia indicado para la presente promoción UNA ENTRADA, al entregar en los centros de canje debidamente identificados con esta promoción, cinco taparroscas o cinco chapas contramarcadas o 8 pack de minilatas adquiridos en AMPMde los productos participantes indicados en el presente reglamento, con lo que obtiene un descuento del cincuenta por ciento sobre el valor regular del boleto de entrada (no incluye el costo por cargo de servicio de la boletería u otros en los que se deba incurrir para el disfrute del beneficio).

No se tendrá como incumplimiento del patrocinador, ni dará lugar a responsabilidad alguna de éste, el hecho en que en la boletería no se encuentre a disposición las entradas para el canje.

Se entenderá por taparrosca/chapa, válida, aquella que sea aprobada por COCA COLA FEMSA DE COSTA RICA S.A. y que no presente ningún tipo de alteración y/o modificaciones. Si la taparrosca/chapa presenta alteraciones y/o modificaciones no podrá ser objeto de canje.

También se considerarán objeto de canje para esta promoción los ocho pack de minilatas de las marcas de Coca Cola participantes en esta promoción.

IV. HORARIOS Y CENTROS DE CANJES:

Centros de canje autorizados AMPM (Identificados con la promoción), aplica para 8 pack de minilata, taparroscas y chapas y Special Ticket únicamente para canje de chapas y taparroscas. Cada centro de canje estará debidamente identificado con material publicitario alusivo a esta promoción. Los mismos podrán variar a total discrecionalidad del patrocinador, en cualquier momento. Únicamente se realizará el canje de los productos promocionales que se tengan disponibles en el centro de canje ante el cual el destinatario de la promoción se dirija, sin responsabilidad para el patrocinador

V. PERIODO DE DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN:

5.1.- La promoción es por tiempo limitado, iniciando el 27 de junio de 2016 y termina el 27 de agosto de 2016 a las 16:00 horas o hasta que se agoten la existencia de entradas indicadas

(5)

anteriormente, lo que suceda primero. Finalizado el plazo caducará el derecho al canje, por lo que el patrocinador no tendrá obligación alguna con ningún destinatario del beneficio.

Tal como arriba se indica, se entenderá finalizada esta promoción si el total de tapas, chapas, 8 pack minilata previstos para canje se han utilizado para efectos del canje antes de la fecha de vencimiento del plazo promocional.

5.2.- El patrocinador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el plazo de vigencia de la promoción, así como el plazo para el canje, con el sólo hecho de comunicarlo mediante una publicación en los mismo medios que fue publicado inicialmente.

V. CONDICIONES Y LIMITACIONES Condiciones y Limitaciones Generales

5.1.1.- Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento y en los documentos a que éste hace referencia.

5.1.2.- Una vez vencido o finalizado el plazo para realizar el canje, caducará la posibilidad de canje del participante;

5.1.3.- El destinatario de la promoción que decida participar en ella tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico costarricense; sin embargo, el patrocinador se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en cualquier momento y resolver a su entera discreción cualquier situación que se presente durante su vigencia y que no se contemple en el mismo.

5.1.4.- Bajo ninguna forma las taparroscas, chapas contramarcadas o 8 pack de minilata son negociables y no pueden ser reclamados por dinero u otros objetos que no sean los beneficios especificados por el patrocinador en este reglamento.

5.1.5- Ni el patrocinador de esta promoción ni The Coca-Cola Company, sus filiales, agencias, distribuidores y/o representantes, asumen responsabilidad alguna por la negativa a cambiar taparroscas contramarcadas que contravengan lo establecido en este Reglamento o bien cuando se solicite el canje posterior al vencimiento del plazo promocional.

5.1.6. - El patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un destinatario de la promoción para participar y/o realizar el canje.

5.1.7.- El patrocinador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente reglamento total o parcialmente y en general tendrá también la facultad unilateral de dar por

(6)

terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla, con la única obligación de notificar por medio de una publicación en un medio de comunicación masivo, las modificaciones del presente reglamento total o parcialmente siempre y cuando con ello no atente contra los derechos adquiridos por los participantes de la promoción; y en general tendrá también la facultad de informar la finalización anticipada o incluso la suspensión si detecta defraudaciones o situaciones que imposibiliten llevar a buen término la presente promoción. Adicionalmente, se dará un aviso a través del mismo lugar donde se publicó dicho reglamento.

5.1.8.- El presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones.

5.1.9.- En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican Restricciones”, lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento.

5.1.10.- La responsabilidad del Patrocinador concluye al momento de realizar el canje de los beneficios siempre que el destinatario de la promoción haya solicitado el canje de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.

5.1.11.- La Promoción es por tiempo limitado.

5.1.12.- Los destinatarios de la promoción que deseen participar y realizar el canje, lo hacen conociendo y aceptando que dicho canje y su obligatoriedad se encuentra sujeto a la existencia y disponibilidad de producto participante tanto a nivel general como en el centro de canje específico al que se dirija.

5.1.13. Si una persona no acepta el beneficio el derecho a canje se considera renunciado y extinguido en relación con el participante y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.

5.1.14 El Patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción.

(7)

5.1.15 El Patrocinador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas, oportunidad, cualquier otro evento fuera del control razonable de éste o si se llegaren a detectar defraudaciones. En este caso, también se comunicará públicamente las causas por las cuales la promoción ha sido suspendida.

5.1.16 El organizador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las condiciones, así como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento.

5.1.17 Con su participación en la promoción, el participante autoriza al Patrocinador a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los beneficios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción.

VI. Información Adicional

Para mayor información o consultas pueden llamar al Centro de Información y Servicio al Cliente al siguiente número de teléfono: 800 –SIEMPRE ó (506) 800-743 6773, dentro del siguiente horario de atención: De lunes a viernes de 08:00 horas hasta las 17 :00 horas.

Referencias

Documento similar