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REMATE EXTRAORDINARIO Por su cuenta, Orden y Nombre

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REMATE EXTRAORDINARIO

Por su cuenta, Orden y Nombre

BIENES INMUEBLES DE SU PROPIEDAD

Día 29 de Septiembre de 2011 Hora: 15:30

Salón Av. Colón Nº 657 – Córdoba

DEPARTAMENTOS, LOCALES COMERCIALES, CASAS,

CASA CON GALPON, LOTES DE TERRENOS

Ubicación: Córdoba Capital y Localidades del Interior de

la Provincia

Exhibición: Los interesados podrán visitar en forma previa los inmuebles según su estado de ocupación lo permita, solicitando autorización al teléfono 0351 - 4207553 Subgerencia de Administración de Bienes.

De Lunes a Viernes de 8.30 a 16 hs

Informes y Catálogos: Pignoraticios - Ventas y Remates Av. Colón Nº 657 – Córdoba – Tel./Fax 0351 4207684

E-ma

Información disponible en www.bancor.com.ar

LOS COMPRADORES PODRAN UTILIZAR EL SERVICIO BAJO SOBRE CERRADO

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CONDICIONES DE VENTA POR REMATE DE BIENES INMUEBLES PERTENECIENTES AL BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A., A REALIZARSE EL DIA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011, A LAS 15,30 HORAS, EN EL SALON DEL BANCO SITO EN AV. COLON Nº 657, DE LA CIUDAD DE CORDOBA.

PRIMERA: El Banco de la Provincia de Córdoba S.A. venderá mediante subasta pública, con base y al mejor postor, bienes inmuebles de su propiedad, en el estado fáctico y jurídico en que se encuentran y son exhibidos, con resultado de la subasta sujeto a la aprobación por parte del Directorio del Banco.

SEGUNDA: La subasta será realizada por el mismo Banco de la Provincia de Córdoba S.A., que actuará como rematador oficial de bienes de su propiedad. El acto público de la subasta se llevará a cabo en el Salón del BANCO, sito en Avenida Colón Nº 657 de la Ciudad de Córdoba, el día 29 de JSeptiembre de 2011, a la hora 15:30.

TERCERA: Los inmuebles serán puestos a subasta con las medidas, estado y condiciones fácticas y jurídicas en que se encuentran y que se detallan en Catálogo adjunto, no respondiendo el Banco vendedor por evicción y saneamiento. Para el caso de los inmuebles ocupados junto a la transferencia de dominio y/o en forma conjunta a la entrega de posesión se efectuara una escritura pública con la cesión de los derechos litigiosos de las acciones de desalojo. Los interesados podrán por su cuenta y cargo efectuar, antes de participar en la subasta, todas las averiguaciones necesarias ante las autoridades competentes y/o ante la Subgerencia de Administración de bienes del Banco, así como visitar los inmuebles. La visita a los inmuebles será coordinada por la Subgerencia de Administración de Bienes del Banco y estará sujeta a que el estado de ocupación de cada inmueble lo permita.

CUARTA: La formulación de una oferta en el remate importará para el oferente: a) El conocimiento y aceptación de todas las normas, reglas, condiciones, requisitos y documentación establecidas en estas Condiciones de Remate y Venta, sin que pueda invocarse lo contrario; b) El conocimiento y aceptación de la situación jurídica, fáctica, tributaria, y de las condiciones del estado general de ocupación, uso y conservación del inmueble, y de los títulos con los que se enajena, por lo que no se admitirá ningún reclamo que se funde en el desconocimiento de la situación del inmueble ofrecido, cualquiera que sea , ni en ninguna otra circunstancia relacionada con la situación fáctica y jurídica del mismo, cualquiera resulte, sea que exista al momento de publicitarse la venta, como que aparezca con posterioridad; c) La aceptación del derecho del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. de realizar interpretaciones a las Condiciones de Remate y Venta y/o posponer, suspender o cancelar la subasta; d) El conocimiento y aceptación de la obligación de proveer toda la información que el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. les requiera, y que sea necesaria para la realización de todos los actos jurídicos pertinentes; e) El conocimiento y aceptación de que la totalidad de los tributos, impuestos y tasas, nacionales, provinciales y municipales que graven el bien y la venta, serán a exclusivo cargo del comprador a partir de la notificación de la aprobación del remate; f) El conocimiento y aceptación de que el domicilio especial que fije el oferente en el acto de subasta, será considerado vigente, mientras no se constituya nuevo domicilio y el mismo sea debidamente notificado al Banco en forma fehaciente y por escrito. De modo tal que las notificaciones que el Banco cursare al domicilio constituido por el oferente, serán

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plenamente válidas y producirán todos sus efectos, aunque el oferente ya no se encuentre en el mismo, o no pudieran recibirse por cualquier motivo no imputable al Banco. En prueba de conformidad con lo expresado en esta cláusula y con los términos del “Catálogo y Condiciones de Remate y Venta” el oferente que resultare mejor postor suscribirá un ejemplar de este documento.

QUINTA: La subasta y, por tanto, la oferta del mejor postor recibida en el acto de remate quedarán sujetas a la aprobación del Banco, el que se expedirá en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se efectuó la subasta, debiendo el Banco notificar fehacientemente su resolución al oferente. Antes de la notificación de aprobación no se tendrá por perfeccionado contrato alguno entre el Banco y el oferente. El contrato se perfeccionará con la notificación al oferente de la aprobación del remate, quedando éste obligado a su cumplimiento desde ese momento. SEXTA: El oferente que hiciere la mejor oferta por el inmueble subastado deberá suscribir un ejemplar de este “Catálogo y Condiciones de Remate y Venta” y abonará en el acto de remate, con dinero en efectivo o cheque certificado, el treinta por ciento (30%) del monto de la oferta, en concepto de seña. En el caso de que el oferente desistiera de la oferta, perderá el importe abonado por el concepto apuntado precedentemente, el que quedará para el Banco vendedor.

SEPTIMA: El Banco podrá, a su solo criterio y sin necesidad de expresión de causa,

aprobar o no la subasta y/o la oferta de compra realizada en el acto de remate. En caso de que la subasta se dejare sin efecto y/o no se aceptara la oferta por cualquier causa sin culpa del comprador, se devolverá a éste únicamente la suma abonada en concepto de seña, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la resolución, sin derecho a actualización o indemnización alguna. El ejercicio de esta facultad no dará lugar a reclamo alguno por parte del oferente

OCTAVA: Aprobada la subasta por el Directorio del Banco, se deberá notificar fehacientemente al comprador haciéndole saber que dentro de los 180 días corridos subsiguientes contados desde la fecha de la notificación de aprobación de la subasta se suscribirá la Escritura Traslativa de Dominio por ante el Escribano que designe el Banco, quien deberá comunicar -dentro de dicho plazo- el lugar, día y hora de celebración de la misma. Previamente, el comprador deberá abonar el saldo de precio, o sea el setenta por ciento (70%) del precio de venta, sin actualización alguna, y los impuestos que correspondieren desde la fecha de aprobación de subasta; debiendo por su parte el vendedor entregar la posesión del inmueble en el estado de ocupación y uso en que se hubiera llevado a remate. En la escritura traslativa de dominio deberá dejarse expresa constancia de la liberación del Banco de toda responsabilidad por evicción y saneamiento y de la correlativa renuncia del adquirente a reclamar por tales conceptos. Todos y cada uno de los gastos vinculados con la escritura traslativa de dominio, estarán a cargo del comprador.

El conocimiento y aceptación de que los impuestos, tasas y contribuciones que gravan el inmueble, cualquiera sea su origen, son a cargo del BANCO hasta la aprobación de la subasta, siendo en adelante a cargo exclusivo del oferente aceptado.

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El conocimiento y aceptación de que los derechos emergentes a favor del oferente como consecuencia de la propuesta presentada, solo podrán ser cedidos a terceros, previo conocimiento y aceptación fehaciente y por escrito por parte del Banco de la Provincia de Córdoba S.A.

El conocimiento y aceptación de que el domicilio especial que fije el oferente, será considerado vigente, mientras no se constituya nuevo domicilio y el mismo sea debidamente notificado al Banco de la Provincia de Córdoba S.A. en forma fehaciente y por escrito. De modo tal que las notificaciones que el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. cursare al domicilio constituido por el oferente, serán plenamente válidas y producirán todos sus efectos, aunque el oferente ya no se encuentre en el mismo, o no pudieran recibirse por cualquier motivo no imputable al Banco de la Provincia de Córdoba S.A.. NOVENA: Una vez notificado de la aprobación, de resultar el oferente persona física, deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad, precisar ocupación, estado civil y acreditar su condición frente a la A.F.I.P. En caso de tratarse de personas jurídicas, sus representantes deberán acompañar copia juramentada sobre la subsistencia y validez de los instrumentos legales que acrediten la constitución de la sociedad, designación de autoridades y documentación que los habilite para presentar y obligar a la sociedad, debiendo también acreditar la condición de dicha entidad ante la A.F.I.P. En caso de compra en comisión el oferente deberá indicar en el mismo acto de remate el nombre y domicilio del comitente, quien dentro del término indicado precedentemente, deberá ratificar la compra y constituir domicilio caso contrario se tendrá al oferente como adjudicatario definitivo. Todo sin perjuicio de la obligación del comitente/tercero de acompañar, dentro de dicho término, la documentación precitada.

DECIMA: Si el comprador no se presentare a suscribir la Escritura en la fecha de citación referida en las cláusulas precedentes, se lo tendrá por incurso en mora de pleno derecho, quedará resuelto el contrato de pleno derecho sin necesidad de interpelación ni trámite alguno, judicial o extrajudicial, y el comprador perderá el importe abonado en concepto de seña, que quedará en beneficio del Banco como pena por el incumplimiento, sin derecho a reclamo alguno por parte del comprador. Sin perjuicio de ello el Banco podrá optar por exigir el cumplimiento, en cuyo caso el comprador incurrirá en una multa equivalente a la Tasa de Interés Activa que cobra el Banco para descuento de documentos a treinta días, como pena por el retardo, la que se devengará automáticamente a su favor por el solo transcurso del tiempo, de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, sea judicial y/o extrajudicial.

DECIMO PRIMERA: La posesión será dada al comprador en el momento de suscribirse el instrumento jurídico correspondiente (escritura traslativa de dominio), en el estado en que se encuentre el inmueble enajenado, con las restricciones y limitaciones que pudieren surgir de su estado de ocupación, uso, conservación y de los títulos de su adquisición, si fuere el caso. Todo sin derecho a reclamo alguno por el comprador. Para el supuesto de que vencido el término de 180 días precedentemente establecido, no hubieran concluido los trámites pendientes a los efectos del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, el oferente deberá a esa fecha cancelar íntegramente el precio total de venta y una vez cumplida esta condición, el Banco procederá a entregar la posesión del inmueble y en forma conjunta y si correspondiere se cederán mediante escritura publica los derechos litigiosos de las acciones de desalojo relacionadas a su estado de ocupación, estando a cargo del comprador todos los gastos que la misma demande, posteriormente el plazo de escrituración se prorrogará por el término de 90 días o el mayor que fuera necesario

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para cumplimentar dichos tramites. Para el caso de que la parte compradora solicite antes del termino establecido para el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, el adelantamiento de entrega de posesión y/o de cesión de los derechos litigiosos de las causas judiciales de desalojo, deberá en forma previa cancelar el total del precio de venta aceptado, suscribiéndose para este caso un boleto de compra venta.

DECIMO SEGUNDA: Realizado el remate, quedará absolutamente prohibido al comprador la cesión o transferencia del inmueble, así como gravar, enajenar, dar en uso, usufructo o locación en forma total o parcial, hasta la escrituración del mismo o a la firma del respectivo boleto de compra venta si en forma previa se hubiere optado y conjuntamente la escritura de cesión de derechos litigiosos si correspondiere a su estado de ocupación. En caso de ser adjudicado el inmueble a quien actuare por cuenta o mandato de tercero, deberá dejar constancia de ello en el momento de la subasta, presentando en ese acto el poder legal que lo habilite para tal gestión, todo en función de las normas en vigor. La trasgresión de tales normas, faculta al vendedor a tener por desistida la oferta sin más. DECIMO TERCERA: Desde el momento en que se anuncia la subasta y hasta el día anterior a la misma, se admitirán Ofertas Bajo Sobre, exigiéndose un depósito, en dinero en efectivo o cheque a satisfacción del Banco, en concepto de seña, equivalente al treinta por ciento (30%) del precio de venta, por el mismo concepto de la cláusula QUINTA. Para su aplicación se utilizará el sistema de Oferta Bajo Sobre, que tiene implementado EL BANCO para todas las subastas que realiza. Por consultas dirigirse a Av. Colón Nº 657-

Córdoba - Capital, TEL/fax: 0351- 4207684, e-ma

DECIMO CUARTA: El Banco podrá disponer, en cualquier momento y a su solo criterio, la postergación, suspensión o cancelación de la subasta, sin que su decisión al respecto pueda dar lugar a reclamo alguno de parte de los que se presentaren como interesados. DECIMO QUINTA: La subasta y la relación contractual consiguiente se regirán por las normas establecidas en las presentes condiciones, por las leyes civiles de la República Argentina, y todo diferendo entre las partes se someterá a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia con competencia en materia civil y comercial de la Provincia de Córdoba, con sede en la ciudad de Córdoba, con exclusión y renuncia de cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder por cualquier motivo o causa.

****************************************************************************************************** IMPORTANTE: EL DETALLE DE LOS LOTES DEL PRESENTE CATALOGO ES MERAMENTE INFORMATIVO, LOS INTERESADOS DE COMPRA DEBERAN PRESTAR LA DEBIDA ATENCION A LA LECTURA QUE SE EFECTUARA EN EL MOMENTO DEL REMATE. LA BOLETA DE VENTA SERA EL UNICO COMPROBANTE VALIDO PARA CUALQUIER RECLAMO.

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REMATE POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE: BANCO DE CORDOBA DIA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011

LOTE DESCRIPCION BASE $ 1- Departamento Carlos Paz, Complejo El Hostal del Sol - Ubicación: San Martin 1991- PH 2 Planta Baja Villa Carlos Paz - Sup. Cubierta 440 m2 Aprox.- Estado de ocupación: Ocupado Valor Base: $ 338.116 2- Departamentos Villa Dolores - 50% de derechos y acciones Ubicación: Sargento Cabral esquina Cenobio Soto, Villa Dolores – Sup. de Terreno 761 m2 Aprox. Sup. Cubierta 644 m2 Aprox.- Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 89.691 3- Vivienda / Galpón Unquillo - Ubicación: Spilimbergo 64 Unquillo - Sup. Terreno 1210 m2 Aprox. - Sup. Cubierta 880m2 Aprox.- - Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 102.605 4- Dos Locales Comerciales Con un Departamento Zona Céntrica Ubicación: San Jerónimo 457, sup. de terreno 306 m2 aprox. sup. Cubierta 440 m2 aprox. –

Estado de ocupación: Ocupado..-

Valor Base: $ 600.000 5- Vivienda – Villa Las Rosas – San Javier Ubicación: Ruta Pcial N°15 S/N - Lote 13 Mza. 3. Localidad: Villa Las Rosas Dpto. San Javier Sup. Terreno 1099 m2 Aprox. Sup. Cubierta 140 m2 Aprox.– Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 80.000 6- Vivienda con Galpón - Ex Hornos de Cal – Casa Grande Punilla Ubicación: Ruta Nacional Nº 38 Pueblo Casa Grande Dpto. Punilla - Sup. Terreno 13400 m2 Aprox. Sup. Cubierta 446 m2 Aprox.– Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 170.000 7- Lote Baldío, 50% de Derechos y Acciones – Ubicación: Adrián Douglas S/N B° Quintas de Arguello, Lote 11 Mza. 13, Sup. Terreno 643 m2 Aprox., Estado de ocupación Libre.

Valor Base: $ 67.500 8- Departamento Carlos Paz, Complejo El Oasis del Lago - 50% de derechos y acciones Ubicación: Brown 148 - PH 14 Planta Baja Villa Carlos Paz - Sup. Cubierta 28 m2 Aprox.- Estado de ocupación: Libre

Valor Base: $ 25.103 9- Vivienda – Cno. Villa Posee Ubicación: Santa Bárbara Km. 3 ½ - Córdoba Capital – Sup. Terreno 27.037 m2 Aprox.- Sup. Cubierta 200 m2 Aprox.– Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 280.000 10- Lote con Mejoras – Laspiur Ubicación: Salta S/N – Lote N Mza 54 – Saturnino M. Laspiur Sup. Terreno 625 m2 Aprox. Sup. Cubierta 90 m2 Aprox. – Estado de ocupación: Libre

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11- Vivienda – Santa Rosa de Río Primero Ubicación: Moisés Quinteros 1155- Sup. Terreno 491 m2 Aprox. – Sup. Cubierta 84 m2 Aprox.– Estado de ocupación: Ocupado

Valor Base: $ 55.000 12- Lote Baldío – Alta Gracia Ubicación: San Juan Bosco S/N esq. Lima, B° San Juan Bosco Lote D Mza. 84 – Alta Gracia Dpto. Santa Maria - Sup. Terreno 1.269 m2 Aprox.

– Estado de ocupación: Libre

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