GUÍA PARA EL
TUTOR/A DE
PRÁCTICAS EN
LA EMPRESA
Módulo de
formación en centros de trabajo.
¿Qué es la
FCT
?.
La Formación en Centros de Trabajo (FCT) constituye uno de los ejes fundamentales de la Formación Profesional dentro del Sistema Educativo.
Tiene como característica principal, que se desarrolla en el ámbito productivo real, en “la empresa”, diferenciándolo del resto de Módulos Profesionales.
Es un Módulo obligatorio que se concreta en la realización de prácticas reales de acuerdo con el perfil profesional de cada ciclo formativo, por tanto los alumnos que cursen Formación Profesional deben realizarlo para obtener el título.
Los contenidos del Módulo de Formación en Centros de Trabajo, están organizados alrededor de actividades productivas propias del perfil profesional.
Los alumnos/as están orientados y asesorados por dos personas clave en su proceso formativo: - El profesor/a-tutor/a (del centro educativo).
- El tutor/a, monitor o instructor (de la empresa o entidad colaboradora).
Objetivos.
El objetivo primero y fundamental de la Formación en Centros de Trabajo consiste en que el alumno tenga la
oportunidad real de aplicar lo aprendido en los centros educativos, así como de evidenciar las competencias adquiridas en procesos productivos concretos y en situaciones laborales reales. De ahí que a las tareas que debe realizar el alumno en el centro de trabajo se las denomine oficialmente “formativo-productivas”.
El segundo objetivo es, que el alumno conozca y comprenda lo que es realmente la organización socio-laboral de un centro de trabajo o empresa, y en particular:
- Qué tipo de puestos de trabajo existen en un determinado sector.
- Qué relaciones funcionales y orgánicas se dan entre los diferentes trabajadores de la empresa. - Cómo están relacionadas unas tareas o actividades con otras.
- Cómo se organizan y distribuyen las responsabilidades. - La importancia del trabajo en equipo.
- Qué técnicas o procedimientos de control de calidad hay realmente en una empresa. - Qué es un horario y turno laboral real, etc.
- Prevención de riesgos laborales.
Agentes
que intervienen.
El proceso de formación del alumnado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, al igual que en los otros módulos profesionales que contiene cada ciclo formativo, es un proceso que tiene unas intenciones y que debe ser
planificado, ejecutado, controlado y evaluado.
Son diferentes agentes los implicados en el desarrollo del módulo de Formación en Centros de Trabajo:
Administraciones educativas, centros educativos, empresas y organizaciones. Hay dos personas claves: una del centro educativo (el tutor/a docente) y otra de la empresa colaboradora (el tutor/a de la empresa), agente fundamental en la transmisión de conocimientos hacia el alumnado.
Conviene tener presente que el tutor/a docente del módulo de FCT, junto con tutor/a de empresa, deben organizar y secuenciar este proceso, plantear un método para su realización y unos procedimientos para su evaluación.
Esta función de planificación, ejecución y seguimiento, que se realiza habitualmente y con normalidad por el profesorado en los centros educativos, entraña cierta dificultad al desarrollarse en un entorno diferente, en la empresa, y con unos agentes externos al sistema educativo.
¿Cuál es la
estructura
del módulo de
Formación en
Centros de Trabajo
?
En el módulo de Formación en Centros de Trabajo se definen una serie de capacidades terminales/resultados de aprendizaje que el alumno deberá haber conseguido cuando finalice el proceso de aprendizaje en la empresa. Con el fin de determinar la consecución o no de estas capacidades/resultados, se formulan una serie de criterios de evaluación, que el tutor/a de la empresa va observando a lo largo del periodo de prácticas.
Los contenidos de este módulo parten de una propuesta abierta de actividades, para que cada centro y cada empresa puedan integrarlas en el proceso formativo del alumno/a y adaptarlas a sus características, elaborándose así un programa formativo, del que nos ocuparemos más adelante.
¿Y el soporte
legal
?
El marco institucional que permite la planificación, puesta en marcha y evaluación de módulo de FCT, está integrado por: - Leyes educativas y formativas, la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como otras normas de desarrollo, algunas de ellas específicas de Castilla y León.
ORDEN EDU/1205/2010, de 25 de agosto, por la que se regula el desarrollo de los módulos profesionales de «Proyecto» y de «Formación en centros de trabajo» de los ciclos formativos de formación profesional inicial, en la Comunidad de Castilla y León.
RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional, sobre determinados aspectos relativos al desarrollo del módulo profesional de «Formación en Centros de Trabajo» en la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN EDU/1435/2011, de 15 de noviembre, por la que se modifican disposiciones administrativas de carácter general en lo referente a la intervención de la Inspección Educativa.
ORDEN EDU/579/2012, de 13 de julio, por la que se modifica la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, por la que se regula el desarrollo de los módulos profesionales de «Proyecto» y de «Formación en centros de trabajo» de los ciclos formativos de formación profesional inicial, en la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN EDU/898/2012, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden EDU/1205/2010, de 25 de agosto, por la que se regula el desarrollo de los módulos profesionales de «Proyecto» y de «Formación en centros de trabajo» de los ciclos formativos de formación profesional inicial, en la Comunidad de Castilla y León.
- Convenios con entidades colaboradoras, entre los que destaca el “Documento de Formalización” entre el centro educativo y la empresa.
El “Documento de Formalización Centro Educativo-Centro de Trabajo es un acuerdo formal entre el centro educativo, donde se imparten enseñanzas de Formación Profesional, y la empresa o institución que ofrece puestos para realizar las prácticas. Las claúsulas más relevantes de este convenio son:
- Puede amparar a uno o varios alumnos del mismo centro/ a uno varios estudios impartidos en el centro.
- Puede ser rescindido a petición de cualquiera de las partes.
- No implica relación laboral entre la empresa y el alumno.
- Los alumnos están cubiertos de riesgos de accidentes (seguro escolar) y de responsabilidad civil frente a daños a terceros (póliza de seguro adicional).
Las Cámaras de Castilla y León actúan de agentes intermediarios entre los centros educativos y las empresas.
¿
Cuándo
se hace el módulo de Formación en Centros
de Trabajo?
Normalmente, las prácticas se realizan en período lectivo (sólo excepcionalmente se realizan prácticas en otros períodos). El período concreto de realización depende de cada ciclo, siendo los habituales:
- Entre septiembre y diciembre, cuando se trata de ciclos cortos, que son los que tienen una duración total de 4 trimestres, de las que 300/400 horas corresponden a las prácticas en la empresa.
- Entre enero y junio, cuando se trata de ciclos largos, cuya duración total alcanza las 1.800/2.000 horas. Tienen 700 horas de prácticas.
- Entre Abril y junio, cuando se trata de ciclos largos, con periodos más reducidos de prácticas 300/400 horas.
Cualquier modificación de fechas que precise el alumno/a, centro o la empresa se gestiona con el profesor/a-tutor/a del centro educativo y el tutor/a de la empresa.
¿
Quiénes
hacen el módulo de Formación en Centros
de Trabajo?
El módulo de FCT es obligatorio. Por tanto, todos los alumnos/as que cursan un ciclo formativo tienen que hacer y superar las prácticas para la obtención de título de FP correspondiente.
La empresa debe saber que:
- Como norma general, para poder realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo es necesario haber superado todos los módulos del ciclo impartidos en el centro educativo
- El número de horas del módulo viene determinado en el programa oficial (currículo) de cada ciclo formativo. - La duración de la jornada del alumno en el centro de trabajo debe ser igual o cercana al horario laboral de la
empresa.
- En el alumnado pueden concurrir circunstancias que le condicionen una realización del periodo de prácticas distinto, más prolongado en el tiempo – al realizar menos horas al día (alumno/a trabajador, obligaciones de tipo personal o familiar, que curse otros estudios...)
Las empresas
deben saber que...
El Documento de Formalización lo firman el Director/a del centro educativo y la Empresa (representante del centro de trabajo).
La empresa no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo de plantilla con alumnos en prácticas.
Las prácticas no tendrán en ningún caso naturaleza laboral y el alumno/a aceptará las normas de funcionamiento de la empresa.
La estancia del alumno/a en la empresa podrá ser interrumpida en cualquier momento sin ningún tipo de responsabilidad para cada una de las partes.
En los siguientes casos:
La incorporación del alumno/a a la empresa se realiza coincidiendo con la jornada laboral de la empresa.
Además del seguro escolar, existe otro complementario de responsabilidad civil que, suscrito por la autoridad educativa.
Las empresas deberán disponer de un tutor/a o instructor/a que, con una aptitud didáctica adecuada, facilite la transmisión de conocimientos o técnicas a los alumnos, valorando su capacidad de aprendizaje, para que éstos puedan superar el módulo de Formación en Centros de Trabajo.
¿Cuál es el
compromiso
de la empresa?
La empresa colaboradora en las prácticas adquiere en el documento de formalización referido anteriormente una serie de compromisos, entre los que cabe resaltar los siguientes:
- Nombrar un tutor/a que se responsabilice del buen desarrollo de las prácticas.
- Cumplir el programa formativo consensuado, facilitando al alumno la realización de las actividades programadas, su seguimiento y valoración .
- Facilitar al profesor/a-tutor/a del centro educativo el acceso a la empresa, para realizar el seguimiento, valoración y supervisión del alumno.
¿Cuál son las
funciones
del tutor/a de empresa?
El tutor/a de empresa es la pieza fundamental de las prácticas.
Se responsabiliza de organizar el puesto formativo con los medios técnicos disponibles y con los fines propuestos en el programa formativo. Se encarga asimismo del seguimiento de las actividades del alumno. Todo esto implica que debe asumir una serie de funciones, tales como:
- Dirigir las actividades formativas .
- Orientar a los alumnos .
- Valorar el progreso de los alumnos.
Además comparte otra serie de funciones con el tutor del centro educativo:
- Programar actividades formativas.
- Determinar el número de alumnos que pueden ser atendidos simultáneamente.
- Resolverproblemas técnicos o personales.
- Cumplimentar los formularios de seguimiento y evaluación.
Beneficios
recíprocos de la cooperación
educación/empresa
.
beneficios para la empresa
beneficios para el sistema educativo
Favorece la motivación y el desarrollo personal de la plantilla.
- Enriquece el trabajo y la formación informal de algunos trabajadores. - Desarrolla nuevas habilidades, incluyendo las pedagógicas y las formativas. - La responsabilidad social de la empresa repercute positivamente en la plantilla.
Favorece la motivación de profesores y Estudiantes. - Enriquece el trabajo y la formación informal de los profesores. - Desarrollo de nuevas habilidades.
- Las estancias y los puestos formativos actúan como incentivos en los medios académicos.
Crea oportunidades de comprensión, influencia y aprendizaje.
- Mejora la información de los directivos.
- Facilita influir en los planes de estudio y la transmisión de mensajes al sistema educativo.
- Oportunidad de escuchar los problemas de los profesores y de los jóvenes.
Crea oportunidades de comprensión, influencia y aprendizaje.
- Contrasta los planes de estudios con la realidad.
- Facilita la comprensión del mundo del trabajo a profesores y estudiantes. - Facilita al mundo educativo conocer la repercusión en la empresa de temas nuevos, como la contaminación, la igualdad de oportunidades y la prevención de riesgos laborales.
Mejora el marco de referencia para la contratación de nuevos trabajadores a corto y largo plazo.
- Se amplía el mercado de trabajo y aumentan las garantías a la hora de elegir. - Difunde información positiva de la empresa.
- Mejora la oferta de disciplinas claves para la empresa.
Ayuda a los estudiantes a estar mejor informados sobre las perspectivas de las distintas carreras.
- Acceso a mayor información y a fuentes directas de asesoramiento y de modelos de actuación.
- Oportunidad de conocer el ambiente de trabajo y de desarrollar trabajo real. - Posibilidad de inserción en la empresa.
Mejora la imagen de la empresa.
- Incrementa la reputación de la compañía y su capacidad operativa en la sociedad.
- Responde a las expectativas del gobierno y de los "creadores de opinión". - Imagen positiva en los medios de comunicación.
Mejora de la imagen de los centros educativos. - Se hacen aliados empresariales que pueden influir en la educación. - Responde a las expectativas de las instituciones eduactivas y de los padres. - Imagen positiva en los medios de comunicación.
Da acceso a nuevos recursos.
- Los puestos formativos aportan voluntariedad y nuevos puntos de vista. - Los centros educativos se convierten en "sedes" de la empresa. - Pueden abordarse proyectos conjuntos de I+D. Centro Educativo-Empresa. - Utilización de los centros como lugares de aprendizaje.
- Utilización de la experiencia del profesorado y acceso a materiales de los centros educativos.
Da acceso a nuevos recursos.
- Facilita apoyo financiero para proyectos y acontecimientos especiales. - Utilización de las empresas como lugares de aprendizaje.
- Utilización de la experiencia científica y tecnológica de los empleados de la empresa.
- Acceso a equipos y materiales de las empresas, así como de los casos analizados en las mismas.