DECRETOS 2706 Y 2784 DE 2012
Daniel Sarmiento Pavas
Miembro CTCP
INTRODUCCIÓN
En octubre de 2012, el CTCP presentó a los
reguladores dos documentos:
• La propuesta de Norma de Información Financiera
para Microempresas
• La propuesta de aplicación de las NIIF para el Grupo
1
Estos documentos se prepararon después
de cumplir el debido proceso que establece
la Ley 1314
DECRETO 2706 DE 2012
No hay mayores diferencias con la propuesta del
CTCP.
La norma es más sencilla que el Decreto 2649
/93.
Es aplicable tanto a microempresas en proceso
de formalización, como a las ya formalizadas y a
entidades sin ánimo de lucro no pertenecientes a
los Grupos 2 y 3
CRONOGRAMA DE APLICACIÓN PARA EL
GRUPO 3
1/1/2013
1/1/2014
31/12/2014
1/1/2015
31/12/2015
Período
obligatorio de
preparación
Evaluación semestral Fecha de reporte EF según Norma MicrosPeriodo de
transición
Periodo de
Aplicación
Fecha de transición Balance de apertura Fecha de aplicación Primeros EF NIIF no comparativos
12/2012
Fecha de Emisión de decreto 27064
D A N I E L S A R M I E N T O P . D E C R E T O S 2 7 0 6 Y 2 7 8 4 D E 2 0 1 2GRUPO 3- MICROEMPRESAS
Concepto
Condiciones
Microempresa
10 empleados o menos o hasta 500 SMLMV de activosRégimen simplificado
1. Haber obtenido en el año anterior ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a cuatro mil (4.000) UVT ($104.196.000 en 2012).2. Tener máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio para ejercer su actividad.
3. No desarrollar en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
4. No ser usuarios aduaneros.
5. No haber celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso
contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.300 UVT ($85.961.700 en 2012).
6. No haber efectuado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año por más de 4.500 UVT
(117.220.500).
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE
LA NIF PARA MICROEMPRESAS
El estándar se basa en la Guía para el Nivel 3 emitida por ISAR y
en la NIIF para las PYMES.
Algunos temas han sido
altamente simplificados, en
consideración de los
usuarios principales (los
dueños, generalmente) y en
la relación costo-beneficio.
Entre otros, los siguientes:
Base de medición, costo histórico
Sólo 34 páginas
No se exige contabilidad de costos
No se exigen valores razonables
No se exigen sino dos estados financieros
No hay contabilidad de valor presente
A pesar de lo anterior, es posible aplicar bases de medición más
complejas de manera voluntaria
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PRINCIPALES RECOMENDACIONES
SOBRE GRUPO 1
Ajustar la regulación y la estructura de los órganos
profesionales relacionados con la normatividad contable y
de auditoría.
Permitir la aplicación
voluntaria anticipada. Deben modernizarse los planes de estudio.
Las comisiones de regulación deben evaluar
el efecto en tarifas.
Utilizar el periodo de preparación para reducir
diferencias.
No permitir la distribución de dividendos sobre efectos de conversión.
Modificar causales de
PRINCIPALES RECOMENDACIONES
SOBRE GRUPO 1-CONTINUACIÓN
Permitir legalmenteajustes retroactivos
Considerar el efecto de cambios en políticas
para fines fiscales.
Modificar el concepto de
moneda funcional. Aplicar NIIF 4 al sector asegurador.
Llevar la diferencia entre provisiones
prudenciales y el deterioro bajo NIIF a una
reserva no distribuible. No incrementar las contribuciones a superintendencias por la aplicación de NIIF. Revisar la regulación sobre leasing.
Dar instrucciones a los vigilados por Superfinanciera para el
tratamiento de los costos de transacción.
Aclarar la posición de la DIAN frente a las NIIF para efectos tributarios.
Desarrollar un régimen de transición regulatorio
para el sector solidario.
DECRETO 2784 DE 2012
Aplica para el Grupo 1
Emisores de valores
Entidades con títulosinscritos en el RNVE
Entidades de
interés público
Grandes con
requisitos especiales
Entidades que captan, manejan o administran
recursos del público
Más de 200 empleados Más de 30.000 SMLMV de activos
i. ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF; ii. ser subordinada o matriz de una
compañía nacional que deba aplicar NIIF; iii. realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas,
respectivamente, del año gravable inmediatamente anterior al ejercicio sobre el que se informa, o
iv. ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF.
Bancos, CF, CFC, CF, OCGS, aseguradoras SC, SCB, SAFPC, SF, BV, SADCV y otros
NIIF EFS y EFC
Otros Títulos RNVE EFC NIIF EFS Normas en convergencia con NIIF
NIIF EFS y EFC
EF Normas en convergencia con
CRONOGRAMA DE APLICACIÓN DE
NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
D A N I E L S A R M I E N T O P . D E C R E T O S 2 7 0 6 Y 2 7 8 4 D E 2 0 1 2 Grupo Periodo de preparación obligatoria Fecha de transición Estado de situación financiera de apertura Periodo de transición Fecha de aplicación Últimos estados financieros según normatividad actual Primer Periodo de aplicación Fecha de reporte 1 1° enero 2013 a 31 diciembre 2013 1° enero 2014 1° enero 2014 1° enero 2014 a 31 diciembre 2014 1° enero 2015 31 diciembre 2014 1° enero 2015 a 31 diciembre 2015 31 diciembre 2015 2 1° enero 2014 a 31 diciembre 2014 1° enero 2015 1° enero 2015 1° enero 2015 a 31 diciembre 2015 1° enero 2016 31 diciembre 2015 1° enero 2016 a 31 diciembre 2016 31 diciembre 2016 3 1° enero 2013 a 31 diciembre 2013 1° enero 2014 1° enero 2014 1° enero 2014 a 31 diciembre 2014 1° enero 2015 31 diciembre 2014 1° enero 2015 a 31 diciembre 2015 31 diciembre 201510
ALGUNOS COMENTARIOS SOBRE EL
DECRETO 2784 DE 2012
No se indicó la medición de ingresos y costos para ser parte del Grupo
1 en entidades de servicios.
La expresión
“segundo año inmediatamente anterior al ejercicio sobre
el que se
informa” para medir los parámetros de empleados, activos,
compras y ventas es inaplicable.
Se usa el término “ente económico separado” que no está definido, a
cambio de estados financieros separados, que es el correcto (Art.1°).
Se confunde el término “estados financieros individuales” con “estados
financieros separados” (Art. 2°).
Si la entidad financiera es emisora, debe usar NIIF en consolidados
pero no en separados. Esto puede generar asimetría.
Los inconvenientes legales que pueden implicar la aplicación de las
NIIF llevaron al MCIT a crear la Mesa Regulatoria.
MESA DE REGULACIÓN DEL MCIT
Mesa General Sub-mesa Grupos Económicos Sub-mesa Revisoría Fiscal Sub-Mesa Concesiones Sub-mesa Estados Financieros Sub-mesa Sector Solidario Sub-mesa Fiducias D A N I E L S A R M I E N T O P . D E C R E T O S 2 7 0 6 Y 2 7 8 4 D E 2 0 1 212
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La función general de las sub-mesas es definir las modificaciones normativas
necesarias para permitir la aplicación de las NIIF
¿Y EL ASEGURAMIENTO?
No se puede hablar de la aplicación de estándares internacionales de
información financiera, sin considerar los estándares internacionales de
evaluación de esa información.
El CTCP, luego del respectivo análisis, concluyó que los estándares que
cumplen los requisitos exigidos por la Ley 1314 /09, son los emitidos por
el IAASB, organismo perteneciente a IFAC.
La aplicación de estos estándares puede tener impactos significativos; por
ello, el CTCP creó un comité de expertos en el tema, que se transformó en
Comité Técnico.
El Comité produjo un informe preliminar para la aplicación de los
estándares de aseguramiento en el país.
La aplicación de estos estándares debe ser coincidente con la de los de
Estructura de pronunciamientos emitidos por el Consejo de Normas
Internacionales de Auditoría y Aseguramiento
Código de ética de IFAC para contadores profesionales
Servicios cubiertos por pronunciamientos del IAASB
Normas Internacionales de Control de Calidad ISQC 1-99
Marco de referencia internacional para trabajos de aseguramiento
Auditorías y revisiones de
Información financiera histórica
NIAs 100-999 Normas Internacionales de Auditoría
Contratos de aseguramiento
distintos de auditorías e información histórica
ISAEs 3000-3699 Normas Internacionales de Contratos de Aseguramiento
IAPNs 1000-1999 Notas sobre
Práctica Internacional de Auditoría Servicios relacionados
ISRSs 4000-4699 Normas Internacionales de Servicios Relacionados
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ISREs 2000-2699 Normas Internacionales de Trabajos de Revisión