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HOJA NÚMERO 1 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
E! INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, establecimiento público del orden Distrital, Identificado con NE 899.999.081-6, ubicado en al Calle 22 Nro. 6-27 de la ciudad de Bogotá, D.C., Teléfono 3 38 66 60, creado mediante el Acuerdo 19 de 1972 del Concejo de Bogotá y reestructurado mediante Acuerdo del Concejo Directivo No. 002 de febrero 3 de 2009. legalmente representado por LIBARDO ALFONSO CELIS YARURO. obrando en su condición de Subdirector General de Infraestructura. mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No 7 1.653.400, nombrado mediante la Resolución No. 3284 del 26 de noviembre de 2012 y posesionado según Acta No 188 del 26 de noviembre de 2012, debidamente facultado por la Resolución de Delegaaón N° 4286 del 14 de octubre de 2011. aclarada mediante la Resolución No. 511 del 22 de febrero de 2012 quien en adelante se denominará el IDU y el CONSORCIO ESTACIÓN SOSA 2013 dentrficado con S NIT. No 900.619.240-4 legalmente representado por FABIO ARTURO GÓMEZ SANABRIA, igualmente mayor de edad. vecino de ese Distrito, identficado con la cédula de ciudadanía No 13.839.294 de Bucaramanga, quien manifiesta bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento no sobrevenir a el ni al el Consorcio que representa causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad contenida en la Constitución Política, en el articulo 8 de la Ley 80 de 1993, la Ley 1474 de 2011 y demás normas que regulen la melena; y en caso de sobrevenir alguna lo informará inmediatamente al IDU para los fines a que haya lugar, y que en adelante se denominará el CONTRATISTA. acordamos con observancia de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007. el Decreto 734 de 2012 y demás normas concordantes y reglamentarias, celebrar el presente modificatorio al Contrato 895 de 2013, con fundamento en las siguientes
CONSIDERACIONES:
1) El dia 17 de junio de 2013 se suscribió entre el IDU y el CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013, en adelante el Contratista, el Contrato de Obra 895 de 2013, con el objeto de realizar los "ESTUDIOS. DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN BOSA PARA EL SISTEMA TRANSMILENIO Y LA ADECUACIÓN DE LOS PUENTES PEATONALES DE ACCESO, UBICADOS EN LA AUTOPISTA SUR ENTRE CALLES 63S Y 65CS, EN BOGOTÁ D.C. (...)", en adelante el Contrato de Obra.
2) De acuerdo a la cláusula 2 "VALOR" del Contrato de Obra, para todos los efectos legales el valor del mismo será hasta por la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($6.923.754.383,00), equivalentes a 11745,13 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2013.
3) De conformidad con lo pactado en la cláusula 9 "PLAZO" del Contrato de Obra, el plazo total estimado del contrato se acordó en SIETE (7) meses contados a partir de la fecha de suscripción del ACTA DE INICIO discriminados en TRES (3) meses para la fase de estudios y diseños y CUATRO (4) meses para la ejecución de la fase de construcción.
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HOJA NÚMERO 2 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
4) Ei día 1 de agosto de 2013 se suscribieron entre las partes contratantes las actas de inicio de los Contratos de Obra IDU 895 de 2013 y su correspondiente Interventoria. Contrato IDU 898 de 2013.
5) Respecto del Contrato de Obra se han presentado las siguientes suspensiones y reinicio:
DESCRIeCiON PLAZO OBSERVACIONES Susoension N°' 30 diasI En atención a oue se encuentra una (Octubre 1 oe 2013. tubería be red matriz oe 24' en la zona de int:Lenes oe la construcción de la osíccidri Basa y se ioentifica el , acceso al Barrio Casayranca se suspende e! Contra:o de obra Ampliasen de ó Suspensión N - 45 olas 1 Se amplia la suspensión del contrato
:3 1 de Octubre de 2013: ¡ de Obra tenencia en cuenta oue persisten las motivaciones que ondearon la suspensión N°1
FECHA DE RtINICIC, No aplica
6 oe diciemore de 2013
6) Mediante comunicación de fecha 6 de diciembre de 2013, el Contratista radicó ante el interventor CONSORCIO INTERVENTORES IDU, en adelante la Interventoria, solicitud de adición y prórroga del Contrato de Obra, cuya justificación técnica se transcribe a continuación'
'(...) está fundamentada en el hecho que el único lugar existente para la ubicación de los vaoones de Transmilenio. cumpliendo con los requisitos técnicos de seguridad y operación a; sistema de buses de Transmilenio, es el tramos recta lugar donde se encuentra ubicada la Red Matriz de 24"de la EAAB, la cual debe ser removida.
Adicional e lo anterior se debe reubicar el giro existente sobre la calzada de Transmilenio y que permitirá la movilidad del transporte automotor hacia Ciudad Bolívar dentro del perímetro urbano del Distrito (
y
7) Mediante comunicación Estbosa 194-064-13, radicado IDU 2013526113647-2. del 8 de diciembre de 2013, la Interventoría da traslado al IDU de la solicitud de adición y prórroga presentada por el Contratista, frente a la cual presenta las siguientes consideraciones:
"( 1
• El único lugar existente para la ubicación de los vagones de Transmilenio, que cumple con los requisitos técnicos de seguridad y operación al Sistema de bases de Transmilenio, es el tramo recto en donde se encuentra ubicada la red matriz de 24' de la EAAB, la cual debe ser reubicada fuera del separador contemplado para la construcción de la estación
• La SDM solicitó elaborar un estudio de tránsito que permita reubicar el giro
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HOJA NÚMERO 3 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
77° con Autopista Sur que permitirá la movilidad del transporte automotor hacia
Ciudad Bolívar dentro del perímetro urbano del Distrito
El costo de la obra estimado se encuentra en los $2.182.160.231. de acuerdo al conocimiento que se cene del alcance de la misma, como se detalle en el cuadro anexo.
El oronoorama presentado por el Contratista (Anexo al presente documento) junto con le solicitud de prórroga, está acorde con los plazos estimados en el
acta No de rehuso del contrato ( ..,!".
8) Mediante memorando in) 20133460277603 del 17 de diciembre de 2013, radicada en la
Dirección de Gestión Contractual el 19 de diciembre de 2013, el Subdirector General de Infraestructura solicitó a esta última Dirección tramitar adición y prórroga del contrato, teniendo en cuenta, además de las consideraciones del Contratista de Obra y la interventor - la antes transcritas, las siguientes .
; De acuerdo con la información de los planos record del contrato IDU 242/2003 (insumo base para el contrato 895 de 2013), el contratista de obra identificó la existencia de una tubería de agua potable de 24" y 36" que estarían en el separador central (zona de construccion de los vagones y rampas de acceso a la estación), por lo que se solicito en comité de seguimiento al contrato que se debían realizar apiques manuales para localizar las tuberías que aparecen en los planos record del contrato 242 de 2003
Se realizaron apiques corroborando la existencia de la red matriz de 24" en el costado oriental. Esta tubería se encontró a 2.20 m de la rasante del separador central por lo que se determinó utilizar métodos de exploración alternativos como son geófonos de largo alcance o depredar, que ayudaran a la búsqueda de esta linea de manera más acelerada y poder identificar la interferencia que se tendría para la cimentación. tanto de la estación como de los accesos peatonales.
Además. se evidenció que en la carrera 77A se encuentra un giro a mano izquierda autorizado por la Secretaria Distrital de Movilidad, el cual con la construcción de la Estación y la entrada en servicio del Transmilenio Soacha, debe ser cerrado. La SDM solicito al IDU que dicho giro debla permanecer o en su defecto garantizarse el giro y acceso al Barrio en condiciones seguras.
Desde el mes de agosto de 2013 la Secretaria Distrdal de Movilidad, la Interventoria, el Contratista y el IDU iniciaron mesas de trabajo para determinar la mejor alternativa en aras de garantizar el acceso al Barrio Casavianca de la Localidad de Ciudad Bolívar.
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HOJA NÚMERO 4 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
Se realizó comité con la EAB (SIC)-ESP en la cual el IDU expone el tema y la EAB(SICSESH manifiesta que no es prudente que la tubería de red matriz quede debajo de la estación Transmiiento toda vez que ante un eventual daño en la tubería no se tendría acceso inmediato a la misma además observa que dicha red abastece a un gran número de usuarios.
TRANSMILENIO S.A propone estudiar las siguientes alternativas:
• Desplazar uno de los vagones en la zona de curva del separador ubicado al costado occidental del mismo
• Disminuir el ancho del vagón a 4 50 mts .
• Ubicar la rampa de acceso del costado occidental en sentido oriente occidente. • Que el acceso al costado occidental no fuera en rampa sino, que se ubicara el acceso por intermedio de una escalera
• Transmilenio solicita implantar una nueva solución de cómo quedarla el vagón sur de esta estación , con un ancho de 4.50 mts
• Solicita sea modulada un implantación con un vagón de 4.75 m de ancho. corriéndolo lo máximo al norte. para verificar si es posible hacer el desarrollo de la rampa entre el puente y el vagón.
El IDU remite a Transmilenio S.A el oficio STEST No 20133461528177 del 5 de diciembre de 2013' (SIC), en el cual se presenta un cuadro de ventajas y desventajas de cada una de las alternativas. concluyendo que la opción que cumple con todos los parámetros técnicos de diseño de la cartilla de Estaciones sencillas de Transmilenio, con los estándares de calidad, seguridad y Transporte que deben cumplir este tipo de obras. es la opción inicialmente contratada razón por la cual se solicita aprobación para adicionar el contrato para trasladar la tubería existente y para realizar un estudio de tránsito detallado para garantizar el acceso de la comunidad al Barrio Casavianca .
En comité realizado el día 5 de diciembre de 2013, Transmilenio aprueba adicionar el contrato para el traslado de la tubería de red matriz de 24' y la elaboración del estudio de Tránsito para desarrollar la alternativa de solución de acceso para la comunidad del barrio Casavianca, por un valor de DOS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS M/CTE ($2.182.160.231).
Asi mismo aprobó la prórroga solicitada por un tiempo estimado de dos (2) meses en la etapa de Estudios y Diseños y dos (2) meses para la etapa de construcción, para los contratos de Obra e Inten:entoria.
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HOJA NÚMERO 5 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
SOLICITUD
De conformidad con el análisis realizado por la Subdirección General de infraestructura de la situación expuesta para el contrato IDU-895-2013 se solicita respetuosamente tramitar el documento de Prórroga por dos meses en la etapa de estudios y diseños para el traslado de la tuberia de red matriz de 24' que se encuentra ubicada en el separador central entre las calles 63 Sur y 65 C Sur y la elaboración del estudio de Tránsito encaminado a garantizar el acceso de los habitantes del Barrio Casa viance y dos meses en la etapa de construcción para e/ traslado de la tubería de red matriz de 24'. hasta por un valor de DOS MIL
CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y UN PESOS M/CTE (82 182.760 231)
El' valor a adicionar incluye: Costos directos e indirectos. AIU del 23.23% y todos los costos contemplados en el anexo denominado: COSTOS TRASLADO RED MATRIZ DE 24". ESTACION SOSA (Dicho cuadro incluye el costo del estudio de Transito para garantizar el acceso a los habitantes del Barrio Casavianca) (
9) A su vez, mediante el citado memorando del 17 de diciembre de 2013. la SGE indica a la
DTGC la forma de pago de la adición en los siguientes términos . '(.. ) FORMA DE PAGO del valor adicionado:
El valor del contrato se pagará por TRANSMILENIO S.A. al CONTRATISTA de la siguiente manera debiendo el CONTRATISTA para efectos del pago, presentar actas, la facturación y toda la documentación perteneciente a cada una de las actividades señaladas y que motivan la presente adición:
A) A precio global fijo con ajustes por cambio de vigencia. la ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS. DISEÑOS PARA EL TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ DE 24 - y ESTUDIO DE TRANSITO DETALLADO PARA ELIMINAR GIRO A MANO IZQUIERDA PARA GARANTIZAR ACCESO A LOS RESIDENTES DEL BARRIO CASA VIANCA.
B) A precios unitarios y a monto agotable sin ajustes: los ENSAYOS DE LABORATORIO PARA LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS,
C) A precios unitarios con ajustes' TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ DE 24"
PARÁGRAFO: Los precios Unitarios aplicables estarán sujetos a la aprobación de la Interventoria y visto bueno del IDU, previa suscripción del acta de pago correspondiente
No obstante lo anterior, fue necesario que la coordinación del Contrato precisara el alcance de
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HOJA NÚMERO 6 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
dichas actividades y los pagos según los productos a entregar quedando todo ello precisado como se indicará más adelante en el clausulado del presente modificatorio.
10) La posibilidad ae modificar y por enae adicionar y prorrogar el Contrato Estatal se encuentra prevista en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, según el cual:
-Las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomia
de
la voluntad y requieran el cumplimiento de los fines estatales.
En los contratos que celebren las entidades estatales podrán incluirse las modalidades, condiciones v, en general. las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes. siempre que no sean contrarias a la Constitución. la ley, el orden público y a los principios y finalidades de esta Ley y a los de la buena administración
Parágrafo.- )
Los contratos no podrán adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial expresado éste en salarios mínimos legales mensuales' (Subrayado. negrilla y cursiva fuera de texto).
11) De conformidad con lo anterior, las partes del Contrato de Obra acordaron en la cláusula 10 "PRORROGA", lo siguiente: "( ..) Si por circunstancias previamente revisadas y aprobadas por el Interventor y el Área Coordinadora del IDU (supervisión). se requiere modificar el plazo del Contrato, las partes celebrarán una prórroga al plazo de acuerdo con las disposiciones legales (. .
12) Ahora bien. analizada jurídicamente la justificación de la adición y prórroga revisada y aprobada por la Interventoría y el IDU a través de los radicados precedentes, se concluye que la
misma cumple con los supuestos legales antes transcritos, pues según la justificación técnica
dada por la Coordinación del Contrato se pretende que el contratista cuente con los recursos y plazo para diseñar y ejecutar obras necesarias para cumplir con el objeto final del Contrato de Obra. A su vez, la suma del valor de los diseños y obra objeto del presente modificatorio no superan el 50% del valor inicial del Contrato de Obra.
13) Por todo lo anterior, se encuentra procedente técnica y jurídicamente suscribir la adición No. 1, prórroga No 1 y modificación No. 1 al plazo del Contrato de Obra el cual se encuentra vigente, de acuerdo con las siguientes:
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HOJA NÚMERO 7 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.-PRÓRROGA: Prorrogar el plazo del Contrato de Obra IDU 895 de 2013 por el termino de cuatro (4) mes más distribuidos asi: dos (2) meses para la fase de Estudios y Diseños y dos (2) meses para la fase de construcción, los cuales serán ejecutados de acuerdo a la parte considerativa ael presente modificatono y al cronograma de obra aprobado por la interventoría.
CLÁUSULA SEGUNDA.-ADICIÓN: Adicionar el valor del Contrato de Obra IDU 895 de 2013 en hasta la suma de DOS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN PESOS M/CTE ($2.182.160.231), discriminados así
A. VALOR TOTAL PARA LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS: Es la suma de TRESCIENTOS OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE ($380.968.872), discriminados así:
1. VALOR PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS, DISEÑOS PARA EL TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ DE 24" A PRECIO GLOBAL FIJO: Es la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MICTE ($139.200.000), discriminados así:
Valor Básico para los Estudios y Diseños: Es la suma de CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($120.000.000).
IVA sobre el valor Básico: Es la suma de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($19.200.000).
2. VALOR ESTUDIO DE TRANSITO DETALLADO PARA ELIMINAR GIRO A MANO IZQUIERDA PARA GARANTIZAR ACCESO A LOS RESIDENTES DEL BARRIO CASAVIANCA, A PRECIO GLOBAL FIJO: Es la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($190.459.497), discriminados asi.
Valor Básico para los Estudios: Es la suma de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($161.344.394).
IVA sobre el valor Básico: Es la suma de VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CIENTO TRES PESOS M/CTE ($25.815.103).
Costo de Software: Es la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($3.300.000) Exento de IVA.
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HOJA NÚMERO 8 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN SOSA 2013.
3. VALOR TOTAL PARA LOS ITEMS A PAGAR POR PRECIOS UNITARIOS PARA LOS ENSAYOS DE LABORATORIO: Es la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE (534.800.000), discriminados así:
Valor Básico para los items a pagar por precios unitarios para los ensayos de laboratorio: Es la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000). IVA sobre el valor Básico: Es la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($4.800.000).
4. VALOR TOTAL DE AJUSTES DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS POR CAMBIO DE
VIGENCIA: Es la suma de DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($16.509.375)
- Valor Básico: Es la suma de CATORCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE ($14.232.220).
IVA sobre el valor Básico: Es la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($2.277.155).
B. VALOR TOTAL ESTIMADO PARA EL TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ DE
24": Es hasta la suma de MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($1.731.914.768),
discriminados asi'
1. TRASLADO DE LA TUBERÍA, INCLUYE A.I.U: Es hasta la suma de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS UN PESOS M/CTE ($1.596.285.801), discriminados así:
- COSTO DIRECTO TOTAL PARA OBRAS CIVILES Y REDES: Es la suma de MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS M/CTE ($1.295.376.351)
VALOR A.I.U. PARA OBRAS CIVILES Y REDES: Es la suma de TRESCIENTOS MILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($300.909.450).
2. VALOR GLOBAL PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL: Es la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($76.399.928).
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HOJA NÚMERO 9 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
3. VALOR GLOBAL PARA LA GESTIÓN SOCIAL: Es la suma de DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATRO PESOS M/CTE ($19.868.004).
4. VALOR GLOBAL PARA PLAN DE MANEJO DE TRÁFICO, SEÑALIZACIÓN Y DESVIOS: TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL TREINTA Y CINCO
PESOS M/CTE ($39.361.035).
C. PRESUPUESTO PARA EL FONDO DE AJUSTES PARA ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION POR CAMBIO DE VIGENCIA: Es la suma de SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($69.276.591).
CLÁUSULA TERCERA.-FORMA DE PAGO DE LA ADICIÓN:
El valor de la adición al contrato se pagará por TRANSMILENIO S.A. al CONTRATISTA de la siguiente manera. debiendo el CONTRATISTA para efectos del pago. presentar
actas. la facturación y toda la documentación perteneciente a cada una de las
actividades señaladas y que motivan la presente adición:
A) A precio global fijo con ajustes por cambio de vigencia, la ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA EL TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ DE 24" y EL ESTUDIO DE TRÁNSITO DETALLADO PARA ELIMINAR GIRO A MANO IZQUIERDA PARA GARANTIZAR ACCESO A LOS RESIDENTES DEL BARRIO CASAVIANCA.
8) A precios unitarios y a monto agotable sin ajustes: los ENSAYOS DE LABORATORIO PARA LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS,
C) A precios unitarios con ajustes: TRASLADO DE LA TUBERÍA DE RED MATRIZ
DE 24'
I. FASE ESTUDIOS Y DISEÑOS:
A) Valor para la elaboración de los Estudios, Diseños y Aprobaciones.
1) Un cuarenta por ciento (40%) del valor de los estudios y diseños y aprobaciones,
correspondiente a los costos fijos, distribuidos en DOS (2) pagos mensuales. Los pagos
serán causados mes vencido y se cancelarán bajo la condición de haberse cumplido la
programación de actividades y metas de gestión acordadas entre las partes, aplicable al mes respectivo y la aprobación del informe mensual del Contratista.
Ae
FORMA DE PAGO ETAPA DE ESTUDIOS Y DISENOS
SUBPRODUCTO la Y UNICA ENTREGA AL IDU
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Uni cincuenta y cinco Dor ciento (55%) del valor de los estudios y diseños y aprobaciones, cuyo pago se aplicará contra entrega de productos que reciban aprobación de la interventora. de acuerdo con la proporción indicada para cada uno de ellos en la tabla siguiente En el caso de productos que requieran la aprobación de alguna Entidao Distrital o ESP, se cancelará la mitad una vez se radique el producto en la entidad respectiva, previo concepto de aprobación de la interventoña y el 50% restante contra la aprobación del producto de la entidad respectiva.
RELACION DEL PRODUCTO
SOBRE EL PORCENTAJE DEL VALOR DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y APROBACIONES
A PAGAR
CONTRA - ENTREGA DE
PRODUCTOS
4%
4% Levantamiento topográfico (carteras físicas y/o
digitales, planos)
Metodolo ia Estudio de Tránsito.
Aforos conteos y trabajo de campo únicamente. Procesamiento de la información y elaboración de informe con el medio magnético.
Estudio de tránsito y transporte definitivo, con informe escrito, incluye medio magnético, debidamente soportado con la información analizada (puentes peatonales, corredor).
Plan de manejo de tránsito.
Informe ejecutivo, suelos y fundaciones, planos ubicación apiques.
Caracterización geotécnica suelos y construcciones.
Definición de parámetros de diseño geotecnico suelos y fundaciones.
Alternativas de cimentación - suelos y
23% TOP OG RAFIA
ESTUDIO DE TRÁNSITO
SUELOS GEOTECNIA Y
PAVIMENTOS
No.
2
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HOJA NÚMERO 11 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO v EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
FORMA DE PAGO ETAPA DE ESTUDIOS Y DISENOS
No. PRODUCTO la Y UNICA ENTREGA AL IDU SUBPRODUCTO
RELACION DEL PRODUCTO . , • SOBRE EL .
PORCENTAJE DEL VALOR DE. LOS ESTUDIOS
Y DISEÑOS Y APROBACIONES
.APAGAR ' . ''.. CONTRA '
ENTREGA DE r •: PRODUCTOS' .
fundaciones.
Diseño de pavimento flexibles y rígidos.
Modulación de losas del sector a intervenir y área de influencia.
1„
ESTUDIOS AMBIENTALES Y
SISO
Cronograma SISO Ambiental.
10% Programa de Implementación del Plan de Manejo
Ambiental (PIPMA).
Programa de Salud Ocupacional.
Informe mensual del componente SISOMA.
8
ESTUDIOS SOCIALES (ESTUDIOS Y
DISEÑOS)
Gestión social obras propuesta metodológica
9% Gestión social obra documento área de influencia
y directorio institucional.
Gestión social obra documento de identificación y evaluación de impactos
Gestión social obra documento de manejo de los impactos identificados, análisis y evaluación, plan de gestión social.
Gestión social informes mensuales. Gestión social obra informe final.
9 DISEÑO DE RED MATRIZ
Planos, Presupuesto, especificaciones, Análisis de precios Unitarios, Permisos con la ESP y entidades Distritales, Diseño de obras complementarias. Informes mensuales de estudios y diseños, entrega de planos record, se debe entregar en el software que indique el IDU. (Red Matriz)
21%
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HOJA NÚMERO 12 DE LA PRORROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE
DESARROLLO UMbAhNl/ 1 CL L.L.Proovrm.o.• i_ci o-•-.•..•• ---. •
FORMA DE PAGO ETAPA DE ESTUDIOS Y DISENOS
No. PRODUCTO
SUBPRODUCTO 1a Y UNICA ENTREGA AL IDU
RELACION DEL PRODUCTO
SOBRE EL PORCENTAJE DEL VALOR DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y APROBACIONES,
A PAGAR AR ., CONTRA ENTREGA DE
PRODUCTOS DISEÑOS
ESTRUCTURALES
Dia gnostico de las estructuras existentes
Diseño de las estructuras de anclajes para redes .
12
PRESUPUESTO ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS DE CONSTRUCCION
Cantidades de obra y presupuesto .
9% Análisis de Precios Unitarios con sus Soportes
(Detalles Constructivos cuando apliquen y Cotizaciones)
Especificaciones construccion . PROGRAMACIÓN
DE OBRA Programación de obra .
3) El cinco por ciento (5%) restante del valor de los estudios y diseños y aprobaciones, se pagará previa aprobación de la interventoria del informe final. la entrega de la totalidad de los productos y/o diseños debidamente aprobados por la autoridad competente tanto en fisico como en medio magnético y recibo de los archivos en el formato Scad Gis.
Los demás conceptos de pago de esta fase, a saber: B) Valor para los Ítems a ejecutar por precios unitarios para LOS ENSAYOS DE LABORATORIO se pagarán bajo las mismas condiciones pactadas en la cláusula 3. "FORMA DE PAGO" del Contrato de Obra.
ILFASE DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Instituto
DESARROLLO URBANO
HOJA NÚMERO 13 DE LA PRÓRROGA No. 1, ADICIÓN No. 1 Y MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE OBRA NÚMERO 895 DE 2013 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO Y EL CONSORCIO ESTACIÓN BOSA 2013.
CLÁUSULA CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: La adición No. 1 al Contrato de
Obra IDU 895 de 2013. cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal
2013122153 del 10 de diciembre de 2013, expedido por TRANSMILENIO S.A.
CLÁUSULA QUINTA: Hacen parte de esta modificación cada uno de los documentos
relacionados en los considerandos del presente documento .
CLÁUSULA SEXTA: El Contratista se compromete a constituir los correspondientes
certificados de modificación a la garantía única de cumplimiento y la póliza de responsabilidad civil extracontractual dentro de los diez (10) días siguientes a la firma de este documento.
PARÁGRAFO: En caso de incumplimiento de las obligaciones consagradas en esta
estipulación, el Contratista se hará acreedor a las sanciones contractuales pactadas en el contrato principal.
CLÁUSULA SÉPTIMA: Las demás Cláusulas del Contrato principal y su adición No 1, prórroga
No 1 y modificación No. 1, no modificadas continúan vigentes y surten los efectos legales que ellas fijan.
CLÁUSULA OCTAVA: Este documento se perfecciona con la suscripción de las partes.
Para constancia de lo anterior se firma la presente adición No. 1. prórroga No. 1 y modificación No.1, por las partes intervinientes en la ciudad de Bogotá D C., a los q
DI 2013
LIBARDO ALFONSO CELIS YARURO FABIO ARTURO GÓMEZ SANABRIA
Subdirector General de Infraestructura Representante Legal
IDU CONTRATISTA
Aprobó contenido Juridico' Claudia Patricia cifuentes Alyira-Dreclora Técnica cleGesbon Catar:fuel.
-51 Aprobo contenido tecnico Carolina Jackeline Barbanti Mansilla - Directora Técnica de Const dcolones
Aprobó contenido técnico. Diana Lopez Jimenez - Subdirectora Ten; de Ejecución del Subsistema de Transport
Revisó GO rnponerle técnico Luis Eduardo Garzón Chanco- Coordrnador
Proyectó aspectosjuidicos Leyla E Rivera Perez - Abogada DT~ Consolido Lep E Rivera Pérez - Abogada DTGC°702