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Ciano Laserna Pulti FUND AM E NT O S

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BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL

DEPARTAMENTO DE LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACION Año LXXXVNº 2233

Director Boletín Municipal : Frontini José Maria Fecha de Publicación: 24-10-2013.

Autoridades del Depto. Ejecutivo

INTENDENTE: PULTI GUSTAVO

SECRETARIOS:

Oficina para la Descentralización y mejora de la Administración

Garcia, Pablo

Secretaría de Economía y Hacienda Perez Daniel Hugo

Secretaría de Educación Rodríguez, Mónica Inés

Secretaría de Gobierno Artime ,Jorge Marcelo

Secretaría de Salud Ferro, Alejandro

Secretaría de Planeamiento Urbano Castorina, José Luis

Secretaría de Desarrollo Social Urdampilleta Alejandra

Secretaria de Cultura

Laserna Leandro Cruz Mariano

Secretaria de Desarrollo Productivo Perez Rojas, Mariano

Autoridades del H . C . D .

PRESIDENTE: CIANO , Ariel

VICEPRESIDENTE 1º MARAUDE, Fernando VICEPRESIDENTE 2° ABAD, Maximiliano SECRETARIA: DICANDILO Maria Eugenia

Bloque Acción Marplatense Ciano Ariel

Monti Diego (Presidente) Amenabar Marcela Isabel Aiello Martín Domingo Rodríguez Claudia Rosso Héctor A. Cirece Gerardo Aiello Carlos Palacios Ricardo

Marrero Debora Carla A. Lucchesi Mario Alfredo Palumbo Daniel Woollands Javier

Bloque U.C.R Baragiola Vilma Abad Maximiliano

Maiorano , Nicolás (Presidente) Abud Eduardo

Rodríguez Mario

Bloque Frente Para la Victoria

Berisiarte Verónica Jorgelina (Presidenta) Retamoza Pablo

Maraude Fernando

Bloque Atlántico

Arroyo Fernando (Presidente) Alcolea Hernan

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ORDENANZA 21405

Expte 11066-8-2013 Sancion ( 21-08-2013) Decreto de promulgación 1915- ( 03-09-2013)

Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el “Servicio de Medicina Deportiva Infantil y Juvenil”, el que tendrá por objeto el control y la revisación médica general, en forma periódica, de niños y adolescentes de hasta 18 años de edad que realicen todo tipo de práctica deportiva de manera regular en el marco de los clubes deportivos barriales, asociaciones y federaciones deportivas.

Artículo 2º.- El servicio contará con un equipo facultado para emitir un certificado anual de aptitud física deportiva. El mismo será presentado ante la autoridad o ente que lo requiera y su redacción será parte de la reglamentación de la presente.

Artículo 3º.- La Secretaría de Salud establecerá y supervisará los espacios físicos, designará a los médicos generalistas y médicos pediatras afectados al servicio y coordinará al equipo profesional. Asimismo, será la encargada de determinar los estudios médicos a realizar.

Artículo 4º.- El servicio creado se prestará en el ámbito del Ente Municipal de Deportes y Recreación y de la Secretaría de Salud. Dichas áreas serán las autoridades de control a fin de propiciar el correcto funcionamiento y garantizar la plena aplicación de la presente.

Artículo 5º.- Serán requisitos únicos para los niños o adolescentes que necesiten utilizar el servicio, presentarse en uno de los lugares dispuestos por la Secretaría de Salud con documento de identidad acompañados de padre, madre, tutor o encargado, quienes deberán constar la solicitud de acceso al servicio.

Artículo 6º.- El Ente Municipal de Deportes y Recreación difundirá entre los clubes, federaciones y asociaciones deportivas el servicio creado por la presente.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo

Ciano

Ferro

Taccone

Pulti

ORDENANZA 21414

Expte 7498-8-2002 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 1937 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Establécese, por el plazo de un (1) año contado a partir de la promulgación de la presente, la vigencia de la Ordenanza nº 20437 con las modificaciones introducidas por los artículos 2º y 3º de la Ordenanza nº 20951.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Castorina Pulti

ORDENANZA 21415

Expte 11885-3-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 1957 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 2014, el plazo establecido en el artículo 1º de la Ordenanza nº 18201, por el cual se autoriza a la “Asociación Pro Ayuda al Animal Abandonado” a hacer uso de un sector del espacio público comprendido por la Peatonal San Martín entre las calles San Luis y Mitre.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Artime Pulti

ORDENANZA 21417

Expte 11881-5-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 1963 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Otórgase el título de “Mérito Deportivo” a la atleta Noelina Madarieta, en reconocimiento a su desempeño en la disciplina Salto con Garrocha en el VIII Campeonato Mundial de Menores de Atletismo de Donetsk, Ucrania y en el Campeonato Panamericano Juvenil de Atletismo de Medellín, Colombia, que se desarrollaron en el transcurso de los meses de julio y agosto de 2013, respectivamente.

Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente a la Señorita Noelina Madarieta, en un acto a convocarse al efecto.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

Dicándilo Ciano

Taccone Pulti

FUNDAMENTOS

La atleta batanense Noelina Madarieta que ostenta el triple record nacional en salto con garrocha -menores, juveniles y sub 23- con 4,25 m, logrados en la 24º Copa Nacional de Clubes Juveniles desarrollada en Buenos Aires en el mes de junio, lo que le permitió llegar al VIII Campeonato Mundial de Menores en Donetsk – Ucrania, ubicada en el tercer puesto del ranking mundial.

(3)

Noelina Madarieta, pupila de Daniel Díaz, logró el quinto puesto de salto con garrocha en el Campeonato Mundial con una marca de 4,05 metros, siendo ello muy meritorio por consagrarse entre las mejores del Mundial.

La marplatense se transformó en la octava argentina en alcanzar una final en Mundiales de Menores luego de Germán Lauro (disco) y Jennifer Dahlgren (martillo) en Debrecen 2001; Germán Chiaraviglio (garrocha) y Rocío Comba (disco) en Sherbrooke 2003; Evangelina Thomas (1.500 metros) en Ostrava 2007; Braian Toledo (jabalina) y Florencia Borelli (2.000 metros con obstáculos) en Bressanone 2009.

También tuvo una destacada participación en el Campeonato Panamericano Juvenil de Atletismo que tuviera lugar en la ciudad de Medellín, Colombia donde logró una medalla de bronce al superar la marca de 4 metros.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título “Mérito Deportivo” a la atleta Noelina Madarieta, en reconocimiento a su desempeño en la disciplina Salto con Garrocha en el VIII Campeonato Mundial de Menores de Atletismo de Donetsk, Ucrania y en el Campeonato Panamericano Juvenil de Medellín, Colombia, que se desarrollaron en el transcurso de los meses de julio y agosto de 2013, respectivamente.

ORDENANZA 21418

Expte 11984-9-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2006 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a colocar una placa recordatoria del músico y poeta Luis Alberto Spinetta en una plaza céntrica de la ciudad de Mar del Plata.

Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Cultura, establecerá el espacio apropiado para el emplazamiento de la placa, diseñada en base a pautas estéticas y urbanísticas acordes al artista homenajeado y al lugar seleccionado.

Artículo 3º.- Comuníquese,

etc.-Dicándilo Ciano

Laserna Pulti

ORDENANZA 21419

Expte 11880-8-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2007 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Adhiérese la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon a la Ley Nacional nº 26858, que garantiza y reconoce el derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Urdampilleta Pulti

ORDENANZA 21420

Expte 11882-2-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2008 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Otórgase el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Sr. Hugo Kogan, por su destacada trayectoria actoral, su interpretación en la obra “Potestad” y su invalorable aporte al teatro independiente.

Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con su fundamentos, al actor Hugo Kogan en un acto a llevarse a cabo al efecto en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Laserna Pulti

FUND AM E NT O S

El presente reconocimiento tiene por objeto destacar la trayectoria del actor y director Hugo Kogan, con la que ha beneficiado la cultura de Mar del Plata a partir de sus cualidades artísticas y capacidades interpretativas.

Hugo Kogan nació en la ciudad de Mendoza el 22 de abril de 1951, donde se formó en los primeros años de su recorrido actoral, para luego arribar a Mar del Plata, donde reside desde el año 1978, desarrollando un gran número de obras con destreza y todo tipo de registros dramáticos.

Una de sus destacadas obras, “Potestad” trata sobre los secuestros de niños durante la última dictadura militar, planteado desde la óptica de un represor, invita a la reflexión, revaloriza la democracia e implica un compromiso con la historia, la identidad, la memoria, la justicia y el futuro.

En el marco del V Festival Internacional de Teatro de Mont Laurier, realizado en Québec - Canadá, Hugo Kogan recibió el premio al Mejor Actor Protagónico masculino por su unipersonal “Potestad”, Mención Especial del Jurado y del Público.

A lo largo de su vida ha realizado diferentes giras por todo el país y en el extranjero.

En el año 2011, por séptima vez consecutiva, fue el embajador teatral de nuestro país en los Temporales Teatrales del sur de Chile, donde realizó funciones en Puerto Montt, Valdivia, Castro, Concepción, Frutillar y Llanquihue.

También fue nominado al Premio Estrella de Mar 2011, con el unipersonal- dramático “Potestad”. Ha participado del VI Encuentro Provincial de Teatro por la Memoria.

En el año 2012, fue invitado a participar en el Ciclo de Teatro “Etnoescena, Festival Internacional de Teatro”, en Barcelona.

Desde el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se reconoció por su interés cultural, la realización de actuaciones en Francia e Italia, a la compañía Teatral “La Granada” con la Obra “Potestad”, dirigida e interpretada por Hugo Kogan.

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Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General le otorga el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Sr. Hugo Kogan, por su destacada trayectoria actoral, su interpretación en la obra “Potestad” y su invalorable aporte al teatro independiente.

ORDENANZA 21421

Expte 11883-9-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2009 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Otórgase el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Locutor Alberto Solari, por su trayectoria gremial y su experiencia e idoneidad en la profesión de los medios orales, escritos y televisivos.

Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, al Sr. Alberto Solari, en un acto a convocarse al efecto en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Laserna Pulti

FUND AM E NT O S

El presente reconocimiento tiene por objeto destacar el desempeño del señor Alberto Solari, que el 23 de agosto cumpliera 41 años como Secretario General de la Sociedad Argentina de Locutores.

Este profesional durante 55 años le dio a esta particular profesión el privilegio de generar en el oyente la atención de su claro mensaje y el análisis imparcial y profundo en las distintas disciplinas que le tocó desempeñarse.

En el año 1959 ya compartía “Radio Rivadavia” con periodistas de la talla de Andrés Rouco, Isidro González Longhi y Cacho González Rouco en la audición “Carburando”, nº 1 en la radiofonía del automovilismo deportivo. También fue durante años, integrante del equipo periodístico de José María Muñoz en la transmisión de los encuentros de fútbol.

Se ha desempeñado como locutor en radios de la jerarquía de “Belgrano”, “Mitre”, “Splendid” y “Argentina”. En el año 1970 es contratado por LU9 Radio Mar del Plata, con estudios en la “Casa del Puente” y Canal 10, que era de la misma empresa. Un año después se incorpora en LU6 Radio Atlántica y a Canal 8.

En l972 es elegido Secretario General de la Sociedad Argentina de Locutores Seccional Mar del Plata, hasta la actualidad, con 41 años de trayectoria ininterrumpida, habiendo sido reelegido en 19 oportunidades. En 1973 integra la Comisión Directiva Nacional, para participar, en 1975, de la confección de los convenios colectivos de trabajo de locutores de radio y televisión que aún sigue en vigencia.

Se ha hecho merecedor de premios y distinciones, entre los que podemos mencionar: “La Cruz de San Andrés” entregada por el Padre Hugo Segovia y la estatuilla de “Santa Clara de Asís”; la parroquia San Carlos Borromeo le entrega la distinción “Día de las Comunicaciones Sociales”. A nivel gremial “Al maestro con cariño”, otorgado por el Instituto “Deportea”. En Capital Federal se le entrega una plaqueta por sus 40 años de trayectoria gremial.

Lo enunciado, refleja una muestra de la ingente trayectoria profesional y gremial que a lo largo de su vida ha desarrollado Alberto Solari.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon le otorga el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Locutor Alberto Solari, por su trayectoria gremial y su experiencia e idoneidad en la profesión de los medios orales, escritos y televisivos.

ORDENANZA 21422

Expte 11884-6-2013 ( 05-09-2013)

Decreto de promulgación 2010 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase “Visitante Notable” de la ciudad de Mar del Plata al Ingeniero Agrónomo Ph.D. Raúl Edgardo Macchiavelli, en ocasión de asistir al IV Encuentro Iberoamericano de Biometría - XVIII Reunión Científica del Grupo Argentino de Biometría, entre los días 25 y 27 de septiembre de 2013.

Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, al Ing. Agr. Raúl Edgardo Macchiavelli, en un acto a llevarse a cabo en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Ferro Pulti

FUND AM E NT O S

El presente reconocimiento se realiza en oportunidad de visitar la ciudad de Mar del Plata el Ingeniero Agrónomo Ph.D. Raúl Edgardo Macchiavelli, en ocasión de asistir al IV Encuentro Iberoamericano de Biometría – XVIII Reunión Científica del Grupo Argentino de Biometría los días 25, 26 y 27 de septiembre de 2013.

Este IV Encuentro Iberoamericano de Biometría tendrá, en el Ing. Agr. Raúl Macchiavelli, la presencia de un científico de vasta trayectoria profesional, reconocida a nivel nacional e internacional por su compromiso docente y por su calidad humana.

El Ingeniero Macchiavelli, es graduado en la Universidad Nacional de Córdoba, cursó estudios de post-grado obteniendo el título de Magíster Scientiae Biometría en la Universidad de Buenos Aires y luego, el título Ph.D. Statistics en The Pennsylvania State University de los Estados Unidos, en 1992.

Desde el año 2001 cumple funciones como Profesor del Departamento de Cultivos y Ciencias Agroambientales de la Universidad de Puerto Rico. Especialista en Biometría, realiza aplicaciones estadísticas en Agricultura, Entomología, Ecología, Biología, Ciencias Ambientales, Fitopatología, Medicina y Educación.

En su extenso currículum se destaca la publicación de trabajos de investigación de su autoría en prestigiosas revistas científicas, libros y publicaciones como así también; su participación en congresos científicos internacionales, en el desarrollo de reportes técnicos y la realización de trabajos de consultoría estadística.

El Ing. Macchiavelli también cumple tareas en el comité editorial de varias revistas científicas, dicta cursos y seminarios y brinda disertaciones en instituciones científico-educativas.

Su destacado desarrollo científico y profesional lo ha hecho merecedor de diversos premios, entre los que se destacan su mención como Profesor Distinguido (Gamma Sigma Delta, The Honor Society of Agricultura, 2004 y Southwestern Educational Society, 2009).

Actualmente es miembro representante del Consejo de la Sociedad Internacional de Biometría (IBS) y miembro de Gamma Sigma Delta, The Honor Society of Agricultura.

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trayectoria académica, en ocasión de asistir al IV Encuentro Iberoamericano de Biometría - XVIII Reunión Científica del Grupo Argentino de Biometría, entre los días 25 y 27 de septiembre de 2013

ORDENANZA 21424

Expte 11980-1-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2012 ( 11-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase “Visitante Notable” del Partido de General Pueyrredon al historiador y periodista Cubano Dr. Pedro Pablo Rodríguez López, en ocasión de su presencia en la ciudad de Mar del Plata para exponer sobre la vida y obra de José Martí al conmemorarse el 160º aniversario de su natalicio que, organizada por la Universidad Nacional de Mar del Plata, se llevará a cabo el día 10 de septiembre de 2013 en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con su fundamentos, al Dr. Pedro Pablo Rodríguez López, en ocasión de la disertación que tendrá lugar el día mencionado en el artículo anterior.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Laserna Pulti

FUNDAMENTOS

El presente reconocimiento tiene por objeto distinguir la presencia en la ciudad de Mar del Plata del historiador y periodista cubano Dr. Pedro Pablo Rodríguez López, en ocasión de ofrecer una disertación sobre la vida y obra de José Martí, organizada por la Cátedra Abierta José Martí, dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

El Dr. Pedro Pablo Rodríguez López nació en La Habana, el 29 de junio de 1946. En sus antecedentes curriculares merece destacarse los siguientes títulos y cargos que desempeña:

 Historiador y periodista.

 Doctor en Ciencias Históricas, Director general, en el Centro de Estudios Martianos, de las Obras Completas, edición crítica de José Martí.

 Miembro efectivo de la Academia de Ciencias de Cuba de 2000 a 2006 y académico de mérito electo en 2006.  Miembro de número y secretario de la Academia de la Historia de Cuba desde 2010.

 Investigador titular del Centro de Estudios Martianos.  Profesor auxiliar de la Universidad de La Habana.

 Profesor titular adjunto del Instituto Superior Pedagógico Enrique José Varona de La Habana.  Miembro del Tribunal Nacional de categorías científicas.

 Miembro del Tribunal Nacional de grados científicos (Historia).

Ha investigado y publicado acerca de diversos temas de historia y pensamiento cubano, en particular acerca del movimiento patriótico durante el siglo XIX, la vida y la obra de José Martí, la vida de Máximo Gómez, el pensamiento económico cubano y las relaciones Cuba-Estados Unidos.

Ha publicado numerosos artículos y ensayos en publicaciones periódicas cubanas y extranjeras como: Pensamiento Crítico, Anuario Martiano y Anuario del Centro de Estudios Martianos, Casa de las Américas, Temas, Debates Americanos, Contracorriente, Anales del Caribe, Universidad de La Habana, Economía y Desarrollo, Revista de la Biblioteca Nacional José Martí, Cuadernos de Nuestra América, Revista Cubana de Ciencias Sociales, Revolución y Cultura, Islas, Santiago, Honda, Caminos, Index, Sic, Áncora, Revista del Vigía, Antena, Contracorriente, Antenas, América Nuestra, Cuba Socialista, Cuadernos Americanos (México), Chac Mool (México), Tareas (Panamá), Revista Cultural Lotería (Panamá), Actual (Venezuela), Concordia (Alemania), Nuevo Humanismo (Costa Rica), América Libre (Argentina), La Torre, Hómines y Exégesis (Puerto Rico), Nuestra América. Revista di analisi socio-politica e culturale sull’America Latina (Italia), Cuban Studies (Estados Unidos), Cultura de Guatemala, La Nueva Revista Venezolana, A plena voz. Revista cultural de Venezuela, Ko’eyú Latinoamericano. Revista de análisis político-cultural (Venezuela), Tierra firme y La Nueva Revista Venezolana (Venezuela) y Anuario de la Cátedra Juan Bosch de la Universidad de La Habana.

Ha publicado, entre otros, los siguientes libros: Antología del Pensamiento Revolucionario Cubano (1970, coautor), La primera invasión (1987), El despliegue de un conflicto. La política norteamericana hacia Cuba: 1959 – 1961. (1996, coautor), dos capítulos dentro del tomo 2 de la obra colectiva Historia de Cuba, a cargo del Instituto de Historia de Cuba (1997), Enrique José Varona. Política y sociedad (1999, coautor), De lasdos Américas (Premio de la crítica a las mejores obras científico-técnicos publicados durante el año 2002), El periodismo como misión (compilación de estudios acerca del periodismo de José Martí, 2003, 2ª. Edición ampliada, 2012). Dirige la edición crítica de las Obras Completas de José Martí y ha publicado varios textos de Martí en edición crítica, el último de ellos en los Estados Unidos y José Martí. En los Estados Unidos. Periodismo de 1881 a 1892, Nanterre, Francia, 2003. Coordinador de esta edición crítica de las “Escenas norteamericanas” junto con Roberto Fernández Retamar, impresa por la Colección Archivos de la UNESCO.

En este año 2013 han aparecido otros títulos suyos: Al sol voy. Atisbos a la política martiana; De todas partes. Perfiles de José Martí; Un caudillo útil. San Martín en José Martí; Pensar, prever, servir. El ideario de José Martí; Ensayos de mi mundo; y Nación e independencia económica.

El Dr. Rodríguez López ha participado en numerosos encuentros científicos en Cuba y en el extranjero y ha impartido cursos de pregrado, diplomado, maestría y doctorado sobre Filosofía, Pensamiento Cubano, Historia de Cuba, Pensamiento Económico Cubano y diversos cursos monográficos acerca de la vida y la obra de José Martí en universidades cubanas y de Estados Unidos, Francia, España, Alemania, Suecia, México, Venezuela, Guatemala, Honduras, Panamá, Colombia, Ecuador, Canadá, Chile, Uruguay, Argentina, Paraguay y República Dominicana.

Ha participado como ponente en más de 150 disertaciones, jornadas y congresos nacionales e internacionales. Su labor, lo ha hecho merecedor de las siguientes distinciones:

* Medalla de la alfabetización. (22 de diciembre de 1986). * Premio Abril de la Unión de Jóvenes Comunistas, 1994. * Distinción Por la Cultura Nacional (21 de marzo de 1996).

* Premio Ramiro Guerra otorgado por la Unión de Historiadores de Cuba a la mejor obra de tema histórico publicada en el año por Historia de Cuba, tomo II, Las luchas por la independencia nacional y las transformaciones estructurales: 1868-1898 (coautor). La Habana, 1996.

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* Orden Carlos J. Finlay. (11 de enero de 2005).

* Premio martiano de la crítica Emilio Roig de Leuchsenring por el artículo “Nuestra América de José Martí, hacia el futuro”, 2007.

* Premio Félix Varela de la Sociedad Económica de Amigos del País por la obra en las ciencias sociales. La Habana, enero de 2009.

* Premio Nacional de Ciencias Sociales y Humanísticas, 2009.

* Distinción La utilidad de la virtud, otorgada por la Sociedad Cultural José Martí, 2010. * Distinción Pensar es servir, otorgada por el Centro de Estudios Martianos, 2010. * Premio Nacional de Historia, 2010.

* Premio de la Academia de Ciencias de Cuba por los resultados obtenidos con la edición crítica de las Obras completas de José Martí, 2010.

* Premio Especial del Ministerio de Ciencias, Tecnología y Medio Ambiente al resultado de mayor relevancia por su impacto social, 2010.

* Distinción Juan Marinello Vidaurreta, entregada por la Universidad de Ciencias Pedagógicas Juan Marinello, de Matanzas, 2012.

* Reconocimiento La Gitana Tropical, de la Dirección provincial de Cultura de La Habana, 2012. * Premio a la dignidad, otorgado por la Unión de Periodistas de Cuba (UPEC).

* Se le dedicó la Feria Internacional del Libro de Cuba, 2013.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon hace propicia la ocasión de la presencia del historiador y periodista cubano Dr. Pedro Pablo Rodríguez López, en ocasión de disertar sobre la vida y obra de José Martí, para declararlo “Visitante Notable” de la ciudad de Mar del Plata.

ORDENANZA 21425

Expte 11985-6-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2040 ( 18-09-2013)

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, por vía de excepción a la Ordenanza nº 20.760 y por única vez, a llamar a Concurso Interno de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de “profesor” en el Instituto Superior de Formación Docente “Almafuerte”.

Artículo 2º.- Podrán inscribirse para concursar los docentes que reúnan las condiciones establecidas en el Reglamento que se elabore a tal efecto y que se encuentren al momento de la convocatoria pertinente, desempeñándose con carácter interino en el Instituto Superior de Formación Docente “Almafuerte” y sean los responsables del dictado de asignaturas que forman parte del Plan de Estudios Oficial - Resolución Provincial nº 4154/07.

Artículo 3º.- Los docentes habilitados a concursar deberán haber accedido a las horas cátedra que desempeñan a través de la Presentación de Proyectos, convocada oportunamente por la Secretaría de Educación.

Artículo 4º.- Exceptúase del requisito de edad máxima a aquellos docentes que lo cumplían al momento de su ingreso al Sistema Educativo Municipal.

Artículo 5º.- Admítase concursar a aquellos aspirantes, que al momento de su designación al actual desempeño, poseyeran título habilitante, según nomenclador oficial.

Artículo 6º.- Cada docente concursará la asignatura y la carga horaria que posea con carácter interino al momento de la convocatoria, y no podrá acceder por el mismo concurso a otras horas cátedra. El concurso vencerá en el mismo momento en que el docente sea confirmado como “titular” de la asignatura concursada.

Artículo 7º.- La convocatoria deberá realizarse dentro de los 30 días de promulgada la presente Ordenanza.

Artículo 8º.- El Departamento Ejecutivo deberá convocar al jurado respectivo según lo establece el artículo 27º de la Ordenanza nº 20.760 por la que se regirán asimismo las demás cuestiones.

Artículo 9º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Rodríguez Mónica Pulti

ORDENANZA 21426

Expte 11986-3-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2045 ( 18-09-2013)

Artículo 1º.- Impónese el nombre “Intendente Ángel Roig” al Mercado Comunitario Central, ubicado en la intersección de las calles Rodríguez Peña y Tres Arroyos de la ciudad de Mar del Plata.

Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo procederá a realizar la señalización del espacio que refiere el artículo precedente y a incluir este registro toponímico en la nomenclatura urbana.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Artime Pulti

ORDENANZA 21429

Expte 11982-5-2013 Sancion ( 05-09-2013) Decreto de Promulgación 2108 ( 24-09-2013)

Artículo 1º.- Decláranse “Visitantes Notables” de la ciudad de Mar del Plata a las señoras Piedad Esneda Córdoba Ruíz, Isabel Allende de Bussi y Erieka Bennett, en ocasión de asistir al “Foro Internacional sobre los Derechos de las Mujeres: Compartiendo avances para nuevos desafíos”, que se desarrollará los días 12 y 13 de septiembre 2013, por su destacado trabajo y compromiso en el reconocimiento y respeto de los derechos humanos.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Urdampilleta Pulti

FUNDAMENTOS

El presente reconocimiento tiene por objeto resaltar la presencia de las señoras Piedad Esneda Córdoba Ruíz, Isabel Allende de Bussi y Erieka Bennett, en ocasión de asistir al “Foro Internacional sobre los Derechos de las Mujeres: Compartiendo avances para nuevos desafíos”, que se desarrollará los días 12 y 13 de septiembre en la ciudad de Mar del Plata, Argentina.

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En el desarrollo de los ejes a tratar - que serán violencia de género, trata y democratización de las familias - participarán Piedad Esneda Córdoba Ruíz (Colombia), Isabel Allende de Bussi (Chile) y Erieka Bennett (Ghana), entre otras personalidades de destacada trayectoria a nivel nacional e internacional.

La señora Piedad Esneda Córdoba Ruíz de nacionalidad colombiana, es una abogada y dirigente política de renombre. Se ha desempeñado como Senadora en el periodo 1994 – 2010. En este ámbito trabajó principalmente por los derechos de la mujer, las minorías étnicas y sexuales y los derechos humanos, promoviendo leyes orientadas a:

 La prevención de la violencia intrafamiliar.

 La protección de la vivienda familiar como patrimonial inembargable.

 La creación de la Dirección Nacional de Equidad para las Mujeres, entre otras.

A fines de 2007 Piedad Córdoba Ruíz fue nombrada por su gobierno para mediar por la liberación de secuestrados por la guerrilla de las FARC. A partir de allí, la Senadora Córdoba desempeñó un papel central en los esfuerzos para llegar a un acuerdo humanitario. En el año 2008, junto con el Presidente de Venezuela Hugo Chávez, logró la libertad de un grupo de políticos. En el 2009 consiguió, junto al grupo Colombianos por la Paz, la liberación de 6 rehenes más.

La señora Isabel Allende Bussi es una política socialista chilena, Diputada en el periodo comprendido entre los años 1994 y 2010 y actual Senadora por la Región de Atacama. A los 17 años ingresa a la carrera de Sociología, dando comienzo a una intensa y extendida militancia política.

Con el golpe militar de Augusto Pinochet (1973), debió exiliarse en México junto a su familia. A su regreso en 1989 Isabel retoma su actividad política siendo elegida Diputada, llegando a presidir la Cámara entre 2003-2004, convirtiéndose en la segunda mujer en ocupar ese lugar. Este periodo es considerado el de mayor actividad legislativa y su presidencia es reconocida como una de las mejores por su capacidad de generar acuerdos, su ecuanimidad y la alta aprobación de leyes.

Isabel Allende Bussi es una de las autoras de la Ley de Divorcio y de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar, además de fehaciente luchadora del proyecto que otorga el ejercicio del derecho al sufragio a los chilenos residentes en el exterior y principal promotora para lograr una Ley de Cuotas que promueva la participación de las mujeres en la política.

La señora Erieka Bennett es Jefa de la División Foro de la Diáspora Africana y Vicepresidente de la Agencia Africana de Comunicación. Su fuerte amor por su tierra ha quedado plasmado con la creación de la Mujer Africana 2004, impulsada por ella. Esto produjo los Acuerdos de Abuya, que es un documento histórico en las aspiraciones de género que se realizó en la primera conferencia de la Mujer Africana celebrada en 2004.

La Dra. Bennett se desempeña actualmente en el Consejo Asesor del Presidente de Ghana; desde este ámbito ha contribuido para el desarrollo progresivo de su país. En igual sentido, ha trabajado junto al presidente de Nigeria. También se ha desempeñado en el ámbito educativo en la Fundación “The Bridge Inc.” como encargada de promover vínculos entre África y América.

Erieka Bennett es reconocida mundialmente por su enorme contribución a las causas vinculadas con la protección de la niñez.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara “Visitantes Notables” de la ciudad de Mar del Plata a las señoras Piedad Esneda Córdoba Ruíz, Isabel Allende de Bussi y Erieka Bennett, en ocasión de asistir al “Foro Internacional sobre los Derechos de las Mujeres: Compartiendo avances para nuevos desafíos”, que se desarrollará los días 12 y 13 de septiembre 2013, por su destacado trabajo y compromiso en el reconocimiento y respeto de los derechos humanos.

ORDENANZA 21431

Expte 12017-1-2013 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2126 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 233 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, el 20 de septiembre de 2013, que consta de 15 artículos, por medio del cual se autorizó el uso del espacio de dominio público y corte de tránsito vehicular con motivo de la realización de “La Etapa Argentina By Le Tour de France 2013”, desde el 27 y hasta el 29 de septiembre de 2013.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc..-

Dicándilo Ciano

Artime Pulti

ORDENANZA 21432

Expte 8553-4-2012 alc 01 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2127 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídanse los Decretos 205/13, 570/13 y 742/13 del Departamento Ejecutivo, que constan de siete, diez y cuatro artículos respectivamente, por medio de los cuales se reconoce de legítimo abono y se autoriza el pago de servicios prestados por integrantes del cuerpo municipal de guardavidas durante el ejercicio fiscal 2012.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Artime Pulti

ORDENANZA 21433

Expte 2910-5-2007 Alc 01 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de promulgación 2128 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídanse los Convenios de Colaboración suscriptos entre la Municipalidad de General Pueyrredon y Favacard S.A., mediante los cuales ambas partes se comprometen a la realización de obras de infraestructura para la refacción, conservación y embellecimiento del Museo Municipal de Arte “Juan Carlos Castagnino”, cuyos textos forman parte de la presente como Anexos I y II.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Laserna Pulti

(8)

ORDENANZA 21434

Expte 12334-8-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2129 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídanse los Decretos n° 2771/12 y 323/13 dictados por el Departamento Ejecutivo, por los cuales se contrata a la Asociación Mutual de Guardavidas y Afines, para la prestación del servicio de seguridad en playas mediante el aporte de setenta y un (71) guardavidas, por el período comprendido entre el 03 de noviembre de 2012 y el 03 de abril de 2013 y por la suma de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOS CIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 8.752.266,05).

Artículo 2º.- Amplíase el contrato suscripto en virtud del acto administrativo indicado en el artículo precedente por la suma de PESOS TRES CIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA Y OCHO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 332.378,31), quedando en consecuencia el monto definitivo en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL SEIS CIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 9.084.644,36 ).

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Artime Pulti

ORDENANZA 21435

Expte 7969-5-2013 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2131 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Convenio de Cooperación celebrado con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el 30 de abril de 2013, para la promoción del desarrollo económico y la inclusión social con generación de nuevos puestos de trabajo genuino, por medio del Programa de Ingreso Social con Trabajo – “Argentina Trabaja”, cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Urdampilleta Pulti

El anexo correspondiente no se encuentra digitalizado, el mismo puede ser consultado en su soporte papel en el Departamento de Legislación y Documentación .

ORDENANZA 21437

Expte 5082-6-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2133 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Convenio de Trabajo celebrado con el Ministerio de Salud de la Nación, el 23 de abril de 2013, para el desarrollo y ejecución en el territorio provincial del Programa de Sanidad Escolar, cuyo texto obra a fs.101/153, registrado bajo el nº 910/13, del expediente nº 5082-6-2012 – Cpo. 1 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1626-D-2013 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Ferro Pulti

ORDENANZA 21438

Expte 3137-2-2004 Alc 01 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2134 (30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 316/13 del Departamento Ejecutivo, que consta de seis artículos, mediante el cual se autorizó el pago a las Asociaciones Cooperadoras de establecimientos educativos municipales, en concepto de subsidio para ser destinado a mantenimiento y refacciones menores, correspondientes al Ciclo lectivo 2013.

Artículo 2º.- Convalídanse los Convenios suscriptos entre el Señor Intendente Municipal y las Asociaciones Cooperadoras Escolares, autorizados por Decreto nº 316/13, a los establecimientos que a continuación se detallan:

(9)

- Jardín de Infantes Municipal nº 33 - Escuela Primaria nº 1

- Escuela Primaria nº 2 - Escuela Primaria nº 3 - Escuela Primaria nº 4 - Escuela Primaria nº 5 - Escuela Primaria nº 6 - Escuela Primaria nº 8 - Escuela Primaria nº 9 - Escuela Primaria nº 10 - Escuela Primaria nº 11 - Escuela Primaria nº 12 - Escuela Primaria nº 14 - Escuela Primaria nº 15 - Escuela Primaria nº 16 - Escuela Primaria nº 17 - E.S.M.E.T nº 1 - E.S.B nº 112

- Escuela Municipal de Formación Profesional nº 2 - Escuela Municipal de Formación Profesional nº 3 - Escuela Municipal de Formación Profesional nº 5 - Escuela Municipal de Formación Profesional nº 7 - Escuela Municipal de Formación Profesional nº 9 - Instituto Superior de Formación Docente “Almafuerte” - Escuela Municipal de Danzas.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Rodríguez Mónica Pulti

ORDENANZA 21440

Expte 15322-8-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2136 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Convenio nº 0859/13 suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Obispado de Mar del Plata en fecha 19 de febrero de 2013, cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I para que, en instalaciones del CEDIER (Centro Diocesano de Estudio y Reflexión), sito en el Pasaje Catedral nº 1750, funcione la sede de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10; y el de las cuatro (4) subsedes de la misma, que funcionarán en los Barrios: 2 de Abril, en Belgrano y Márquez; Las Dalias en Anchorena y Las Maravillas; Punta Mogotes, en Luis Piedrabuena nº 1950 y Villa Primera en Chacabuco nº 4850, durante ciclo lectivo 2013.

Artículo 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir futuros convenios con el Obispado de Mar del Plata, en los términos legales del Anexo II de la presente, para el uso de las instalaciones del CEDIER (Centro Diocesano de Estudio y Reflexión) para el funcionamiento de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10 y de sus cuatro (4) subsedes, recibiendo como contraprestación una suma anual de hasta PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-).

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Rodríguez Mónica Pulti

El anexo I correspondiente no se encuentra digitalizado el mismo puede ser consultado en su soporte papel en el Departamento de Legislación y Documentación.

ANEXO II CONVENIO

Entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, representada en este acto por el señor Intendente Municipal………, DNI nº ………y el Obispado de Mar del Plata, representada en este acto por Mons……….. DNI nº ………., se conviene en suscribir el presente convenio para el funcionamiento de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10.

Artículo 1º.- En instalaciones del CEDIER (Centro Diocesano de Estudio y Reflexión), propiedad del Obispado de Mar del Plata, sito en el Pasaje Catedral nº 1750 de la ciudad de Mar del Plata, funcionará la sede de la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10, con Subsedes en Barrio 2 de Abril sita en Belgrano y Márquez, Barrio Las Dalias sita en Anchorena y Las Maravillas, Barrio Punta Mogotes sita en Luis Piedrabuena nº 1950 el Barrio Villa Primera sita en Chacabuco nº 4850, siendo competencia del Obispado facilitar las aulas e instalaciones necesarias para el desarrollo de los cursos que se dicten en el horario de ………...

Artículo 2º.- A los cursos que se dicten en la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10 podrán concurrir en calidad de alumnos todas las personas que cubran las exigencias de admisión establecidas por el Reglamento Municipal correspondiente, sin distinción de raza o religión, siempre que observen una conducta respetuosa al carácter cristiano de la casa.

Artículo 3º.- Será facultad del organismo municipal correspondiente todo lo concerniente a: condiciones de admisión del alumno, especialidades, planes y programas de estudio de los cursos que se dicten, organización, planta funcional e inspección correspondiente al funcionamiento de la escuela.

Artículo 4º.- Todo el personal que desempeñe funciones en la Escuela Municipal de Formación Profesional nº 10 será presentado y avalado por el organismo municipal, por la JUREC (Junta Regional de Educación Católica del Obispado de Mar del Plata).

Artículo 5º.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 4º la designación del personal allí citado será facultad exclusiva del municipio, el que deberá observar todas las condiciones y exigencias emergentes de la normativa imperante en el ámbito municipal en lo inherente a título, habilidades, condiciones psicofísicas y todo otro recaudo que a tales fines resulte exigible.

(10)

tipo de reclamación laboral. Asimismo será a cargo de la Municipalidad la provisión de material didáctico y demás bienes de consumo que demande el funcionamiento de los cursos.

Artículo 7º En concepto de contraprestación, por los gastos generados al Obispado por el presente convenio, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon se compromete a abonar la suma de PESOS ………...($ ……….).

Artículo 8º.- Se confeccionará por separado y se suscribirá por ambas partes, un inventario detallado de bienes el que indicará a quién corresponde la titularidad de dominio y el estado en que se encuentran los mismos.

Artículo 9º.-La Municipalidad se compromete a mantener indemne a El Obispado de todo el daño o perjuicio que pudiere derivar de la actividad desarrollada en el ámbito de la Escuela de Formación Profesional de referencia. Asimismo se hace cargo de la contratación del seguro escolar que brinde cobertura a los alumnos, en concordancia con la normativa en vigencia.

Artículo 10º.- El presente podrá ser rescindido en forma anticipada por cualquiera de las partes, siempre y cuando comunique en forma fehaciente y con una anticipación no menor a seis (6) meses tal circunstancia y cuente con la anuencia de la otra parte. Sin perjuicio de ello la Municipalidad se reserva el derecho de interrumpir o suspender temporaria o definitivamente el servicio, sin necesidad de requerir el consentimiento de la otra parte.

Artículo 11º.- Por el carácter cristiano de la casa la enseñanza deberá desarrollarse dentro de un concepto de formación integral conforme a los principios de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana que, con sentido universal, promueve el desarrollo del hombre en unidad y paz. Cualquier disposición que desvirtúe la letra o el espíritu de este artículo es causa aceptada de hecho, por ambas partes, con valor para la anulación automática del presente convenio, en su totalidad, sin necesidad de sometimiento del caso a tribunal alguno.

Artículo 12º.- A los fines de resguardar la acción de promoción humana y cristiana integral de los jóvenes que aporta el Obispado, según los principios de la Iglesia Católica Apostólica Romana, el organismo municipal aprobará la inclusión, en horario escolar, de un tiempo expresamente dedicado a la formación humana cristiana de los alumnos.

Artículo 13º.- Este convenio tendrá vigencia a partir del ………..………. hasta el ………, pudiendo ser renovado de mutuo acuerdo.

A los efectos del presente contrato las partes se someten a la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles y constituyen domicilio, la Municipalidad en calle Hipólito Yrigoyen nº 1627 y el Obispado en el Pasaje Catedral nº 1750 de esta ciudad. En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mar del Plata, a los ……… días del mes de ……… de 20……

ORDENANZA 21441

Expte 3669-3-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de promulgación 2137 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Condónase la deuda que en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública/Tasa por Servicios Urbanos registra el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 67 S, Parcela 0017, cuenta municipal nº 084.492/7, propiedad del señor Carlos Santiago Maina.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Pérez Daniel Pulti

ORDENANZA 21442

Expte 6889-4-2005 Alc 3 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2138 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase el Convenio celebrado el día 13 de febrero de 2013, entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial, cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I, con el fin de brindar pasajes en tren a la ciudad de Buenos Aires para ser utilizados por personas de escasos recursos bajo atención de esta comuna.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc..-

Dicándilo Ciano

Urdampilleta Pulti

ORDENANZA 21443

Expte 11858-8-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2139 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente: Circunscripción IV - Sección L - Manzana 34 - Parcela 1, ubicada en la calle Labarden nº 3206, barrio “Parque Palermo” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor de los señores Zarza Carlos Adrián y Cardenas Patricia Alejandra, expediente 11858-8-12, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1659-D-2013 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial nº 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial nº 10928 y la Ordenanza nº 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21444

Expte 10987-0-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2140 ( 30-09-2013)

(11)

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial nº 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial nº 10928 y la Ordenanza nº 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21445

Expte 11859-5-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2141 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente como: Circunscripción IV - Sección L - Manzana 41 e - Parcela 21, ubicada en la calle Lobería nº 3964, barrio “Parque Palermo” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor de la señora Susana Mabel Juárez, Expte. nº 11859-5-12, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1661-D-2013 del H.C.D.)

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial nº 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial nº 10928 y la Ordenanza nº 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21446

Expte 11268-9-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2142 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente como: Circunscripción IV - Sección Y- Manzana 56 - Parcela 7, ubicada en la calle Guernica Nº 502, barrio “Faro Norte” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor de la señora Paulina Mercedes Maciel, Expediente nº 11268-9-12, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1662-D-2013 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial 10928 y la Ordenanza 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21447

Expte 7895-2-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2143 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente: Circunscripción II - Sección V - Manzana 50 - Parcela 9, ubicada en la Avda. Colón nº 11.701, barrio “Hipódromo” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor de la señorita Cintia Gisela Díaz, expediente nº 7895-2-12, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1663-D-2013 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial 10928 y la Ordenanza 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21448

Expte 10987-0-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2144 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente: Circunscripción II - Sección H - Manzana 40 - Parcela 9, ubicada en la calle Los Cerezos nº 5479, barrio “Parque Peña” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor de los señores Fabiana Alejandra Llull y José María Ceschini, expediente nº 10987-0-12, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1664-D-2013 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.

Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial 10928 y la Ordenanza 11358.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

García Pulti

(12)

ORDENANZA 21449

Expte 7657-4-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2145 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Autorízase al Señor Intendente Municipal, como titular del Departamento Ejecutivo, a suscribir con el Estado Nacional el convenio de reconocimiento y pago de la deuda fiscal reclamada a las empresas “Resero S.A” y “Termas de Villavicencio S.A.”, intervenidas por Leyes nros. 22.229 y 22.334, como así también a suscribir sus complementos concurrentes en los términos y condiciones de la Ley nº 23.982 y sus normas complementarias aplicables en vigor.

Artículo 2º.- Autorízase, asimismo al Señor Intendente Municipal a ceder al Estado Nacional Argentino el crédito de que se trata y a renunciar a todo reclamo judicial y/o extrajudicial contra el denominado ex Grupo Greco y/o el Estado Nacional Argentino, para que éste adquiera legitimación y facultamiento para realizar cualquier reclamación en sede judicial y/o extrajudicial en carácter de acreedor subrogado, ocupando el mismo lugar y grado de prelación que el cedente y si así procediere, para otorgar avenimientos y cartas de pago por dichos créditos, certificada por Escribano Público -en original- y legalizada por el Colegio Notarial jurisdiccional (en original).

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Pérez Daniel Pulti

ORDENANZA 21450

Expte 22385-6-1993 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2146 ( 30-09-2013)

Artículo 1°.- Autorízase, con carácter precario y por un período de prueba de 24 meses, al señor Jorge Pagani a afectar con el uso “Venta de leña - Forrajería” el local ubicado en la avenida Mario Bravo n° 4037, sito en el predio identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección H, Manzana 85R, Parcela 9 de la ciudad de Mar del Plata.

Artículo 2°.- Lo autorizado en el artículo 1° se condiciona a:

2.1.- materializar el acceso en forma independiente a las unidades de vivienda existentes. 2.2.- no realizar corte ni fraccionamiento de leña.

2.3.- realizar las tareas de carga y descarga en forma interna a la parcela. 2.4.- realizar el control de plagas por empresa inscripta en la Municipalidad.

2.5.- ante cualquier denuncia de vecinos, verificada en su grado de molestia, se dejará sin efecto la presente autorización.

Artículo 3º.- La presente autorización se otorga condicionada a que el requirente cumpla con la normativa que rige la publicidad urbana en el Partido de General Pueyrredon - Código de Publicidad y su reglamentación.

Artículo 4°.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n° 9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza n° 14576, con carácter previo a la habilitación.

Artículo 5°.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n° 818/96, modificado por Decreto n° 2269/99.

Artículo 6°.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.

Artículo 7°.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Pérez Daniel Pulti

ORDENANZA 21451

Expte 10317-8-2013 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2147 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Condónase la deuda que el inmueble ubicado en la calle Catamarca nº 2124, sede de la Confederación General del Trabajo (CGT), identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 77 Parcela 27, posee con Obras Sanitarias Mar del Plata S.E.; Cuenta nº 1497/000, por la prestación del servicio sanitario de los períodos 6 de 1999 a 7 de 2013.

Artículo 2º.- Factúrese el servicio sanitario de dicho inmueble por el sistema de consumo medido, categoría C.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

Dicándilo Ciano

Dell ´Olio Pulti

ORDENANZA 21452

Expte 10265-2-2004 Alc 4 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2148 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago a la Universidad Nacional de Mar del Plata, por la capacitación llevada a cabo en el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias, entre el 11 de junio y el 27 de julio de 2012, por un monto total de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000), conforme a factura C-0007-00019281, obrante a fs. 16 del Expte. 10265-2-2004 Alcance 4 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1701-D-13 del H.C.D.).

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21454

Expte 7560-1-2012 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2150 ( 30-09-2013)

(13)

Artículo 2º.- La presente donación se hace con cargo a que dicho inmueble sea destinado, por el Donatario, a residencia permanente de él mismo y de su grupo familiar.

Artículo 3º.- Declárase de Interés social la escrituración de la parcela identificada en el artículo 1º, de acuerdo con las actuaciones obrantes en el expediente 7560-1-12, Cpo. 1 del Departamento Ejecutivo (Expte. 1716-D-2013 del H.C.D.)

Artículo 4º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en Artículos 2º y 4º, inc. d) de la Ley Provincial nº 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la Ley exige.

Artículo 5º.- Otórgase al Sr. Ramón Oscar Espíndola el beneficio establecido en la Ordenanza nº 10527, exceptuándolo del pago de la Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción.

Artículo 6º.- Abrógase la Ordenanza nº 20969.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21455

Expte 18563-5-2000 Alc 01 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2151 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Autorízase con carácter precario al señor Daniel Alberto Larraburu a afectar con el uso “Venta de Instrumentos Musicales, Artículos de Electrónica y Servicio de Instrumentos Musicales” el inmueble ubicado en la calle Garay n° 1251, sito en el predio identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 101B, Parcela 15C, Polígono 00-02 de la Ciudad de Mar del Plata.

Artículo 2º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n° 9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme la Ordenanza n° 14576, con carácter previo a la habilitación.

Artículo 3º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n° 818/96, modificado por el Decreto n° 2269/99.

Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.

Artículo 5º.- La presente autorización se otorga condicionada a que el requirente cumpla con la normativa que rige la publicidad urbana en el Partido de General Pueyrredon - Código de Publicidad y su reglamentación.

Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

García Pulti

ORDENANZA 21456

Expte 16659-6-2010 Alc 16 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2152 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Convalídase la Resolución nº 2082 del Departamento Ejecutivo, que consta de dos artículos, dictada el 17 de octubre de 2012, mediante la cual se prorroga la Licitación Privada nº 65/10 para la “Contratación del servicio de Monitoreo de alarmas con destino a varias dependencias municipales”, conforme las previsiones del Artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 2º.- Convalídase la Resolución nº 2327 del Departamento Ejecutivo, que consta de dos artículos, dictada el día 8 de noviembre de 2012, por la cual se amplían los montos contratados en la Licitación Privada mencionada en el articulo anterior, conforme las previsiones del Artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

Pérez Daniel Pulti

ORDENANZA 21457

Expte 298-V-1950 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2153 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Autorízase, con carácter precario a la señora Isabel Diana Junco, a afectar con el uso “Estudio de Danzas, Yoga y Pilates” la planta 1º piso del edificio ubicado en la calle C. Pellegrini nº 4210 esquina Avda. Juan José Paso, en el predio designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección D, Manzana 353E, Parcela 1a de la ciudad de Mar del Plata.

Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo anterior se condiciona a presentar plano de obra aprobado o regularizado por la Dirección General de Obras Privadas.

Artículo 3º.- La presente autorización se otorga condicionada a que el requirente cumpla con la normativa que rige la publicidad urbana en el Partido de General Pueyrredon - Código de Publicidad y su reglamentación.

Artículo 4º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.

Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.

Artículo 6º .- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por el Decreto nº 2269/99.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Ciano

(14)

ORDENANZA 21458

Expte 7514-3-2013 Sancion ( 26-09-2013) Decreto de Promulgación 2154 ( 30-09-2013)

Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 164.450,37) a favor de los agentes y por los importes que se detallan en el ANEXO I de la presente, la que no se encuentra sujeta a retenciones personales.

Artículo 2º.- Reconócese de legítimo abono la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL DIECISEIS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 2.912.016,77) a favor de los agentes y por los importes que se detallan en el ANEXO I de la presente, la que se encuentra sujeta a las retenciones personales que correspondan.

Artículo 3º.- Reconócese de legítimo abono la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TRECE CON CINCUENTA CENTAVOS ($587.513,50) a las entidades que a continuación se detallan, en concepto de aportes patronales por los importes que en cada caso se indican:

Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Bs. As. $ 351.649,97

Varias prestadoras de Obra Social $ 175.824,98

Provincia A.R.T. $ 60.038,55

Artículo 4º.- Autorízase el pago de la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($126.736,85) a favor de los agentes y por los importes que se detallan en el ANEXO I según los números de orden 702 al 717, 719 al 721 y 1107 al 1122, y autorízase el pago de la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO TREINTA CON DOCE CENTAVOS ($25.130,12) a las entidades que a continuación se detallan, en concepto de aportes patronales por los importes que en cada caso se indican:

Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Bs. As. $ 15.112,18

Varias prestadoras de Obra Social $ 7.556,09

Provincia A.R.T. $ 2.461,85

Artículo 5º.- Convalídase el pago de la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($2.949.730,29) a favor de los agentes y por los importes que se detallan en el ANEXO I de la presente según los números de orden 1 al 701, 718, 722 al 1106 y 1123 y convalídase el pago de la suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 562.383,38) a las entidades que a continuación se detallan, en concepto de aportes patronales por los importes que en cada caso se indican:

Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Bs. As. $ 336.537,79

Varias prestadoras de Obra Social $ 168.268,89

Provincia A.R.T. $ 57.576,70

Artículo 6º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar en la contabilidad municipal con débito a la cuenta “Resultado de Ejercicios Anteriores – Cuenta 312100000” y crédito a las cuentas “Sueldos y salarios a pagar – Cuenta 211310000” y “Contribuciones Patronales a pagar – Cuenta 211320000” los importes de las deudas que se reconocen por los artículos 1 a 3. El egreso deberá imputarse a Jurisdicción 1110105000 SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA; Categoría Programática 94.00.00 DEUDA FLOTANTE; Fuente de Financiamiento 110 TESORO MUNICIPAL; Objeto del Gasto 7621 DISMINUCIÓN DE SUELDOS A PAGAR A CORTO PLAZO.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.

Dicándilo Ciano

(15)

ANEXO I

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE NRO 7514-3-2013 Cuerpo 1 Alc. 0

I.P.S. OBRA SOCIAL A.R.T. Nº DE

ORDEN EXPTE LEGAJO AGENTE

REMUNERACIÓN SIN APORTES

REMUNERACION

CON APORTES PATRONAL PATRONAL PATRONAL

1 al 701 11648/5/2007 C 1 Alc. 4 DETALLE AGENTES EN ANEXO Nº I - DECRETO 573/2013 $ 142.769,21

702 2649/5/2011 C 1 29.857/50 ABRUZZESE, ANA LAURA $ 1.729,06 $ 61,42 $ 207,49 $ 103,74 $ 30,25

703 2649/5/2011 C 1 29.856/50 ACOSTA, NATALIA ROMINA $ 100,91 $ 3,67 $ 12,11 $ 6,05 $ 2,33

704 2649/5/2011 C 1 27.818/53 CACERES, KARINA ANDREA $ 1.271,04 $ 57,20 $ 152,52 $ 76,26 $ 22,40

705 2649/5/2011 C 1 28.767/57 COTTA, MARÍA AGUSTINA $ 3.686,44 $ 145,20 $ 442,37 $ 221,19 $ 63,82

706 2649/5/2011 C 1 28.767/58 COTTA, MARÍA AGUSTINA $ 543,63 $ 24,20 $ 65,24 $ 32,62 $ 9,32

707 2649/5/2011 C 1 16.358/1 CHIAPPA, ADRIANA SILVIA $ 925,63 $ 111,08 $ 55,54 $ 16,47

708 2649/5/2011 C 1 28.955/50 GRAY, MARÍA SOLEDAD $ 277,34 $ 11,00 $ 33,28 $ 16,64 $ 5,36

709 2649/5/2011 C 1 29.854/50 HASSAN, NÉSTOR LEANDRO $ 216,97 $ 8,80 $ 26,04 $ 13,02 $ 4,32

710 2649/5/2011 C 1 29.854/51 HASSAN, NÉSTOR LEANDRO $ 960,18 $ 44,00 $ 115,22 $ 57,61 $ 17,07

711 2649/5/2011 C 1 29.859/50 HOLWEGER, MELISA ELISABET $ 3.278,67 $ 139,33 $ 393,44 $ 196,72 $ 56,83

712 2649/5/2011 C 1 29.863/50 MONTUORI, MARÍA LOURDES $ 118,34 $ 5,13 $ 14,20 $ 7,10 $ 2,63

713 2649/5/2011 C 1 29.862/50 MOYANO, GISELA CAROLINA $ 191,51 $ 7,33 $ 22,98 $ 11,49 $ 3,88

714 2649/5/2011 C 1 29.858/50 TABARROZZI, EMILCE ANDREA $ 5.166,45 $ 228,80 $ 619,97 $ 309,98 $ 89,20

715 2649/5/2011 C 1 29.860/1 UBALDI, SANDRA VIVIANA $ 721,77 $ 86,61 $ 43,31 $ 12,98

716 2649/5/2011 C 1 26.842/53 VALDEZ, VALERIA AGUSTINA $ 1.660,62 $ 66,00 $ 199,27 $ 99,64 $ 29,08

717 2649/5/2011 C 1 29.861/1 ZUBIRI, MARÍA LORENA $ 379,66 $ 45,56 $ 22,78 $ 7,11

718 11458/7/2011 C 1 23.056/1 FERNÁNDEZ, SAUL ÁLVARO $ 2.480,00

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