1. DESCENTRALIZACIÓN Y SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS
2. Contenidos
Marco Jurídico y Política Pública
Descentralización y Sistema Nacional de Competencias Competencias Transferidas
3. Marco Jurídico y Política Pública.
Constitución del Ecuador (2008)
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización, COOTAD (2010)
Código Planificación y Finanzas Públicas (2010) Plan Nacional del Buen Vivir (2013-2 017)
Plan Nacional de Descentralización (2012-2015)
4. Marco Jurídico:
Art.
1-Constitución.-El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.
Art. 5-COOTAD.-
pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional.
La autonomía política es la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la circunscripción territorial. Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad; las facultades que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de emitir políticas públicas territoriales; la elección directa que los ciudadanos hacen de sus autoridades mediante sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana.
La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de sus talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la ley.
La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir de manera directa, predecible, oportuna, automática y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar y administrar sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley.
5. Plan Nacional del Buen Vivir (2013-2017)
Objetivo no. 1:
Consolidar el estado democrático y la construcción del poder popular.
Políticas y lineamientos estratégicos:
Fortalecer la articulación entre los procesos de desconcentración y descentralización del estado, en el marco de la corresponsabilidad entre el estado central, los GAD y la ciudadanía.
Meta 1.3:
Alcanzar el 50% de GAD que cumplan al menos un programa de fortalecimiento institucional 1. Política Pública
6. Plan Nacional de Descentralización (2012-2015)
Objetivos Estratégicos:
1) garantizar que el proceso de descentralización promueva la equidad social, territorial y fiscal en el país.
2) impulsar la integralidad y excelencia de la gestión pública a través del proceso de descentralización.
3) garantizar que el proceso de descentralización sea transparente, participativo y responda a las realidades y necesidades territoriales 1. Política Pública
7. ¿Qué es Descentralización?
8. Descentralización Gobierno Central
GAD REGIONAL GAD PROVINCIAL GAD MUNICIPAL
GAD PARROQUIAL RURAL
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS POR NIVEL DE GOBIERNO
9. GAD COMPETENCIAS AMBITO DE RESPONSABILIDAD
Art. 108 COOTAD.- SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS
Conjunto de instituciones, planes, políticas, programas, y actividades relacionados con el ejercicio de las competencias.
COMPETENCIAS POR NIVEL DE GOBIERNO
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS: Art. 114 COOTAD Un Titular
• GOBIERNO CENTRAL: La defensa nacional
• GAD REGIONAL: Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas.
• GAD PROVINCIAL: Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS: Un Titular
• GAD MUNICIPAL: Prestar los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento ambiental.
• GAD PARROQUIAL RURAL: Vigilar la ejecución de obras y localidad de los servicios públicos.
• GAD REGIONAL: • GAD PROVINCIAL: • GAD MUNICIPAL:
• GAD PARROQUIAL RURAL: Gestión de la Cooperación Internacional
10. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS Art.279 COOTAD.
Como una modalidad de gestión, el titular de una competencia puede delegarla a otro nivel de gobierno a través de un convenio. El GAD no pierde la titularidad, se requiere de un acto normativo (legislativo) y puede ser revertida.
11.Consejo Nacional de Competencias
Organismo Técnico Representante de GAD Provinciales Delegado del Presidente República Representante de GAD Municipales, Representante GAD. Regionales y DM Secretaría Ejecutiva (COOTAD Art 122) Representantes de GAD Parroquiales Rurales CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
Organismo técnico del sistema nacional de competencias, conformado por un representante de cada nivel de gobierno, cuyas atribuciones constitucionales y legales principales son: CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS Organizar e implementar el proceso de descentralización Asignar competencias a los GAD y regular su transferencia Monitorear y evaluar la gestión de las competencias transferidas Definir políticas, impulsar y coordinar procesos de fortalecimiento institucional
21 Informes habilitantes •Informe del estado de ejecución •Informe de recursos existentes
•Informe de capacidad operativa Informe de costeo de competencia
•Informe de recursos correspondientes para la ejecución de la competencia Resolución
• Resolución motivada para la transferencia de competencias y recursos a los GAD correspondientes Rector, MF, CNC/ASOGAD Comisión de Costeo -Senplades - MF - Rector - 3 GAD Consejo Nacional de Competencias PROCEDIMIENTO Consejo Nacional de
Competencias-TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS
12. TRANSFERENCIA DE RECURSOS A GAD
Transferencias Ingresos permanentes (21%) y no permanentes (10%) Modelo de Equidad Territorial (A + B) PGE Nuevas competencias Recursos históricos del Gobierno Central Compensación por generación, explotación o industrialización de recursos no renovables.
Ley 010 Ley 047 Recursos establecidos en las leyes sectoriales existentes o por crearse Fuente: COOTAD Elaboración: Subsecretaría de Descentralización – Dirección de Descentralización Fiscal
27% GAD Provinciales 67% GAD Metropolitanos y Municipales 6% GAD Parroquiales Rurales Excedente entre el 21% de ingresos permanentes y 10% de ingresos no permanentes, restado el Monto A 21% Ingresos Permanentes 10% Ingresos No Permanentes Monto Total a Transferir Fuente: COOTAD Elaboración: Subsecretaría de Descentralización – Dirección de Descentralización Fiscal
MODELO DE EQUIDAD.
13. COMPETENCIAS TRANSFERIDAS TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL RIEGO Y DRENAJE GESTIÓN DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS
Constitución Art. 263 y COOTAD en Art: 42 literal e) y Art. 133: Los gobiernos autónomos provinciales tendrán dentro de sus competencias exclusivas la de planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
RESOLUCIONES CNC • No. 008-CNC-2011.- Transferir la competencia de planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego y drenaje a favor de los GAD provinciales. • No. 012-CNC-2011.- Se transfiere a los GAD provinciales la tecnificación del riego parcelario. • No. 010-CNC-2012.-Definición del proceso para acceder a recursos de inversión a través de la presentación de proyectos.
14. SISTEMAS DE RIEGO
Sistemas de riego al interior de la provincia Interprovinciales Binacionales y Multipropósito Se transfiere la competencia a GADP Mancomunidad Gobierno Central
FACULTADES TRANSFERIDAS A GAD PROVINCIALES EN LOS SISTEMAS DE RIEGO
Avances en RIEGO Y DRENAJE Transferencia efectiva de 13 sistemas públicos de riego uniprovinciales. Emisión de lineamientos para la elaboración de planes provinciales de Riego y Drenaje por parte de MAGAP. Para el año 2013 se han realizado transferencias para administración, operación y mantenimiento por un monto de USD 13,64 millones de dólares y para gasto corriente USD 10,03 millones de dólares. En 2012 se aprobaron 95 proyectos de inversión por un monto de 34 millones de USD. En 2013, se han presentado 74 proyectos de inversión, por un monto de USD 37.924.656,00 de los cuales 58 ya cuentan con el informe concordancia de SENAGUA. Azuay y Santa Elena cuentan con plan provincial de riego. De los 21 GAD restantes, 9 se encuentran en fase de diagnóstico, 10 en fase final y 2 en una fase inicial.
Constitución Art. 264 y COOTAD en Art: 55 literal f): Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal.
RESOLUCIÓN CNC No. 006-CNC-2012. Planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los GAD metropolitanos y municipales del país, de manera progresiva y obligatoria. CNC revisará por lo menos cada dos años la asignación de modelos de gestión.
15.CRITERIOS
1. ÍNDICE DE NECESIDAD TERRITORIO Caracterizar a los cantones en función de la necesidad de productos y servicios en TTTSV.
2. EXPERIENCIA GAD Identificar GAD que hayan tenido intervención previa en TTTSV (Capacidad Operativa o Convenio)
3. REQUISITO MÍNIMO DE SOSTENIBILIDAD Determinar el requisito mínimo para la sostenibilidad en la prestación del servicio de TTTSV Fuente: Resolución N° 006-CNC-2012, R.O. 712 del 29 de mayo de 2012 MODELO DE GESTIÓN.
4. 35 MODELO DE GESTIÓN ÍNDICE DE NECESIDAD REQUISITOS MÍNIMOS 15.000 vehículos EXPERIENCIA NÚMERO DE CANTONES A Alta 7 (Quito, Cuenca, Guayaquil, Ibarra, Loja, Ambato, Manta) B Media /Baja 10 (Latacunga, Riobamba, Machala, Milagro, Babahoyo, Quevedo, Portoviejo, Santo Domingo, Mejía, Rumiñahui) C Alta/media/ baja 204 ó ó RESULTADOS APLICACIÓN DE CRITERIOS Fuente: Resolución N° 006-CNC-2012, R.O. 712 del 29 de mayo del 2012
competencia vence en mayo de 2014 Guayaquil no ha asumido la competencia.
MODELO A (Incluye control operativo y matriculación) Avances en TTTSV MODELO B (No incluye control operativo, sí matriculación) Rumiñahui asumió el 100% de la competencia. Santo Domingo asumió el 100% de la competencia. Mejía asumió una parte de la competencia (matriculación y revisión vehicular) su plazo vence en mayo de 2015. Se encuentran pendientes por asumir 7 GAD. Plazo máximo hasta mayo 2015 Santa Isabel, Puyango, Cayambe, Rocafuerte asumieron la competencia El resto de los GAD del Modelo C tienen plazo de asunción hasta mayo de 2015 Se han conformado mancomunidades en las provincias de Tungurahua y Pastaza
MODELO C (No incluye control operativo ni matriculación) Mancomunidades Avances en TTTSV
16. Transferencia de Gestión de la Cooperación Internacional MARCO LEGAL
Constitución Arts. 262, 253, 264, y 267.
COOTAD en Arts.: 32, i); 42, g); 55, n); y 65, g): Los gobiernos autónomos descentralizados tendrán entre sus funciones la Gestión de la Cooperación Internacional.
RESOLUCIÓN CNC NO. 0009 CNC- 2011. Transferir e implementar la competencia de gestión de la cooperación internacional para la obtención de recursos no reembolsables y asistencia técnica, a los GAD provinciales, municipales y parroquiales rurales para el cumplimiento de sus competencias, en el marco del sistema ecuatoriano de cooperación internacional.