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En Arrecife, en fecha a la firma al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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(1)

(LAS PALMAS)

SEG.

DILIGENCIA PARA HACER CONSTAR:

Que en sesión extraordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, celebrado el día 12 de junio de 2019, se APROBÓ el Acta de la sesión ordinaria del Pleno celebrado el 26 de marzo de 2019, que se anexa a la presente.

En Arrecife, en fecha a la firma al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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ACT

A DEL PLENO

Númer o: 2019-0005 F echa: 29/07/2019

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SEG

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE

CON FECHA 26 DE MARZO DE 2019 SESIÓN NÚMERO: 3

SEÑORES ASISTENTES: ALCALDESA PRESIDENTA Dª. Eva de Anta de Benito GRUPO SOCIALISTA:

Dª. Victoria Eugenia Sande López D. Carmelo David Duarte Tavío Dª. María Inodelvia Torres Santacruz Dª. María Jimena Álvarez Quiroga GRUPO COALICIÓN CANARIA D. Samuel Martín Morera

D. Jacobo Lemes Duarte

Dª. Carmen Delia Delgado Sepúlveda D. Dipak Ramchand Dadlani Bhojwani D. Ubaldo Senén Fierro Barreto GRUPO POPULAR

Dª. Astrid María Pérez Batista

Dª. Dácil del Carmen Garcías Dévora D. Jacobo Medina González

D. Ángela Hernández Cabrera D. Roberto Vicente Herbón GRUPO SOMOS LANZAROTE D. Borja Rubio Francisco Dª. María Lidia Plá Torres GRUPO MIXTO

Ganemos Lanzarote

Dª. Laetitia Christelle Padilla D. Daniel Cabecera García Ciudadanos

Dª. Delia María Hernández Camacho D. Íñigo Inchausti Sangroniz

Grupo no adscrito

D. Andrés de la Cruz Medina Medina Dª. María Isabel Mesa Mesa

D. José Tomas Fajardo Fajardo Ausentes

D. Manuel Hernández Noda

Interventora Acctal.: D. Cristina Fernández

Fernández

Secretaria Acctal.: D. Asenet Padrón Niz

En Arrecife de Lanzarote a veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, siendo las nueve horas, se reúnen en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria en base al artículo 46 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local y el artículo 79 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en primera convocatoria bajo la Presidencia de la Sra.Alcaldesa-Presidenta, Doña Eva de Anta de Benito, con asistencia de los miembros al margen relacionados. La Sra.Alcaldesa-Presidenta, previa comprobación del Quórum de asistencia necesario de miembros de la Corporación para la válida constitución del Pleno, declaró abierta la Sesión, tras lo cual se procedió al despacho del asunto habido en el orden del día de la convocatoria que se relaciona a continuación AAXJY766L4FQ7 | V erificación: http://arrecife.sedelectronica.es/

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Númer o: 2019-0005 F echa: 29/07/2019

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ORDEN DEL DÍA I.- PARTE DECISORIA

PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES, CELEBRADAS LOS DÍAS 6 DE JUNIO DE 2018, 14 DE JUNIO DE 2018, 20 DE JUNIO DE 2018, 26 DE JULIO DE 2018, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 23 DE OCTUBRE DE 2018.

PUNTO SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL. EXPEDIENTE 3899/2019.

PUNTO TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, UTILIZANDO UNA PLURALIDAD DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN BASE A LA MEJOR RELACIÓN CALIDAD PRECIO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS “SERVICIOS DE CONSERJERÍA, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y CULTURALES DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, 2 LOTES”, CONVOCANDO SU LICITACIÓN. EXPEDIENTE 18579/2018. PUNTO CUARTO.- ASUNTOS DE URGENCIA.

1.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2017-2019, EN MATERIA DE DEPORTES. EXPEDIENTE 2487/2019.

2.- APROBACION, SI PROCEDE, DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO MARCO DE OPERACIONES FINANCIERAS (CMOF) DE FECHA 15 DE ABRIL DE 2004 QUE REGULA LAS OPERACIONES DE PERMUTAS FINANCIERAS DE TIPOS DE INTERÉS (SWAP) SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE Y EL BANCO SANTANDER S.A, ASÍ COMO DE LOS SUCESIVOS CONTRATOS DE CONFIRMACIÓN DE PERMUTA FINANCIERA DE TIPOS DE INTERÉS SUSCRITOS AL AMPARO DE DICHO CONTRATO MARCO.

II.- PARTE DECLARATIVA

PUNTO QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR CIUDADANOS SOBRE LA CREACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UNA CENTRAL ÚNICA DE COMUNICACIÓN Y DIRECCIÓN DE TODA LA FLOTA DE AUTO-TAXI DEL MUNICIPIO.

PUNTO SEXTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO COALICIÓN CANARIA - PNC SOBRE EL CASO GINORY.

PUNTO SÉPTIMO.- MOCIONES SIN DICTAMINAR.

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1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO COALICIÓN CANARIA – PNC SOBRE EL PALACIO DE LOS DEPORTES DE ARRECIFE.

2.- APROBACIÓN SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR CIUDADANOS PARA ELABORAR UN PLAN INTEGRAL DE RECUPERACIÓN DE LAS FUENTES DE LA CAPITAL.

3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR SOMOS LANZAROTE PARA QUE EL AYUNTAMIENTO PONGA EN MARCHA TODAS LAS PROPUESTAS QUE SE HAN APROBADO EN MATERIA DE VIVIENDA.

4.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR GANEMOS LANZAROTE SOBRE MEDIDAS ANTE LA URGENCIA HABITACIONAL, A PETICIÓN DE LA PLATAFORMA POR UNA VIVIENDA DIGNA DE LANZAROTE.

5.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR GANEMOS LANZAROTE SOBRE LA URGENCIA EN LA PERRERA MUNICIPAL A PETICIÓN DE LA PLATAFORMA ANIMALISTA Y VOLUNTARIADO DE LA PERRERA DE ARRECIFE.

PUNTO OCTAVO.- MOCIONES DE URGENCIA.

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR SOMOS LANZAROTE EN RELACIÓN AL PROYECTO DE UNIVERSIDAD POPULAR.

2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR, INCLUSIÓN DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL.

3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR SOMOS LANZAROTE, SOBRE EL SERVICIO DE ASISTENCIA DOMICILIARIA.

PUNTO NOVENO.- DACIÓN DE CUENTAS DE LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCALDÍA.

PUNTO DÉCIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

ORDEN DEL DÍA

Interviene la Sra Alcaldesa-Presidenta D. Eva de Anta de Benito que dice, bien,

buenos días comenzamos la Sesión plenaria, por parte de la Oposición no disculpo a nadie, por parte de Don Manuel Hernández Noda está con un tema de salud, se incorporará un poco más tarde al Pleno de hoy.

I.- PARTE DECISORIA

PUNTO PRIMERO.-

APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES, CELEBRADAS LOS DÍAS 6 DE JUNIO DE 2018, 14 DE JUNIO DE

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2018, 20 DE JUNIO DE 2018, 26 DE JULIO DE 2018, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 23 DE OCTUBRE DE 2018.

Seguidamente se da cuenta de las actas de las sesiones anteriores celebradas los días 06 de junio, 14 de junio y 20 de junio de 2018, 26 de julio de 2018, 28 de septiembre de 2018 y 23 de octubre de 2018, las cuales son aprobadas por unanimidad de los asistentes (24 votos a favor) (5 del grupo Socialista, 5 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo Popular, 2 del grupo Somos Lanzarote, 2 de Ganemos Lanzarote, 2 de Ciudadanos y 3 de los concejales No Adscritos don Andrés de la Cruz Medina Medina, don José Tomás Fajardo Fajardo y doña María Isabel Mesa Mesa).

Interviene la Sra Alcaldesa-Presidenta D. Eva de Anta de Benito que dice, el

primer punto del orden del día es aprobación si procede de las actas de las Sesiones anteriores celebradas el día 6 de junio de 2018, 14 de junio de 2018, 20 de junio de 2018, 26 de julio de 2018, 28 de septiembre y 23 de octubre, ¿alguna consideración o intervención?, bien, quedan aprobadas Sra Secretaria si no hay ninguna consideración.

La Sra. Alcaldesa proclama adoptado el acuerdo.

PUNTO SEGUNDO.-

APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL. EXPEDIENTE 3899/2019.

Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas del día 19 de marzo de 2019, que transcrito literalmente dice lo siguiente:

“PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2017/2019 EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL.

Visto el expediente tramitado al efecto, número 3899/2019.

Visto el informe emitido por la Educadora Social, Dª. Carmen Nuria Arráez Betancort, de fecha 27 de febrero de 2019, que se transcribe:

“Vista la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones a otorgar por el Excmo. Ayuntamiento de Arrecife aprobada definitivamente en sesión plenaria celebrada el día 7 de abril de 2014 y publicada en el BOP Nº54, de 25 de abril de 2014:

- “[…] Exposición de motivos: La concesión de subvenciones públicas a favor de terceros se ha convertido en una herramienta más con la que cuentas las administraciones para el desarrollo de competencias, de tal forma, que allá donde la acción de la administración resulta insuficiente, se promueve el desarrollo de proyectos y actividades competenciales mediante la ejecución de terceros, a cuyo cargo se impulsan los mismos siendo para ello apoyados financieramente por el sector público. […] "

- “[…] ARTÍCULO 2. ÁREAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. g) Servicios Sociales: Actividades destinadas a permitir a quienes carecen de medios de subsistencia, atender las necesidades básicas de la vida, facilitar la integración social y laboral de las personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los

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valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomento del voluntariado social. […]”

Vista su modificación por acuerdo plenario cuya publicación se inserta en el BOP Nº76 de 15 de junio de 2015, en la se disponen las bases reguladoras específicas de las subvenciones a conceder en materia de Acción Social.

- “[…] Objeto: Promover proyectos en materia de servicios sociales de competencia municipal, dirigidos a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables. […]”

Vistos los Objetivos estratégicos y Actuaciones previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2017-2019:

- “[…] Objetivos estratégicos: Atender las necesidades básicas de la vida, facilitar la integración social y laboral de las personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomentar el voluntariado social. Actuaciones: […] Promoción de proyectos dirigidos a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables. […]”.

Vistos los pormenorizados de las subvenciones contemplados en ese Plan Estratégico 2017-2019 en su capítulo III, artículo 9, subvenciones en Materia de Servicios Sociales, donde vienen definidos, a través de distintos procedimientos de concesión de subvenciones, planes de acción con el fin de llevar a cabo los objetivos estratégicos propuestos.

Vista que la línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Acción Social tiene como coste previsible y financiación la cantidad de 170.000 Euros y que su objetivo podría abarcar las actuaciones previstas en los distintos planes de acción financiados previsiblemente bajo procedimiento de subvenciones en régimen de concesión directa, según lo indica el Plan Estratégico vigente.

Vista que la suma de las cantidades a financiar para la ejecución de los distintos planes de acción previstas en el Plan Estratégico, tanto de concurrencia competitiva como de concesión directa, asciende a 407.000,00 €

Visto el artículo 22 en su punto 1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones de procedimientos de concesión:

“ […] El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva […]”.

Visto que en la actualidad no existe ninguna causa que dificulte la convocatoria pública de las subvenciones previstas.

Por medio del presente, y teniendo en cuenta que es necesario hacer efectiva en la mayor brevedad posible la convocatoria de subvenciones en materia de acción social 2019, con el fin de conseguir la promoción de proyectos en materia de Servicios Sociales; y siempre que la Intervención Municipal y la Secretaría lo fiscalicen de conformidad, la técnico que suscribe, en calidad responsable del área de Subvenciones de Servicios Sociales PROPONE:

Se considere la pertinencia de una modificación presupuestaria en la cual se vea aumentada la aplicación presupuestaria 231.480.04 con cargo al capítulo 4 del Presupuesto de este Ayuntamiento, y que ascienda al menos a 407.000,00 €, cantidad total prevista en el Plan Estratégico 2017-2019 para el desarrollo de distintos planes de acción en materia de Servicios Sociales.

En Arrecife en fecha a la firma al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.”

Visto el informe emitido por la Interventora Acctal., Dª. Cristina Fernández Fernández, de fecha 6 de marzo de 2019, que se transcribe:

“”Asunto: Modificación presupuestaria Nº 3/19 mediante transferencia de crédito.

Mediante propuesta de la Sra.Alcaldesa- Presidenta, de fecha 28 de febrero de 2019, se solicita tramitación de expediente de modificación del presupuesto por transferencia de crédito, al respecto se informa,

PRIMERO. La Legislación aplicable viene determinada por los siguientes artículos:

- Artículo 179 y 180 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos. AAXJY766L4FQ7 | V erificación: http://arrecife.sedelectronica.es/

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- Bases de ejecución del presupuesto.

SEGUNDO. En cuanto a la tramitación del expediente de transferencia de crédito, el artículo 40 del Real Decreto 500/1990 establece que su régimen se regulará en las bases de ejecución del presupuesto, estableciendo la base nº16 que el órgano competente para su aprobación será el Alcalde o Concejal Delegado de Hacienda, “cuando se trate de {…} transferencias de los créditos entre partidas pertenecientes al mismo grupo de función”. La modificación que se propone consiste en una transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de la misma área de gasto, por tanto su aprobación corresponde a la Sra.Alcaldesa, según decreto 2017-1253.

Las transferencias cuya aprobación corresponda al Alcalde o Concejal Delegado de Hacienda, requerirán informe previo de Intervención, entrando en vigor una vez se haya adoptado por el citado órgano el acuerdo aprobatorio correspondiente.

TERCERO. La baja o minoración de los créditos indicados no afecta a compromiso alguno de esta Corporación, según la propuesta realizada por la Sra.Concejal delegada de Servicios sociales de reestructurar las aplicaciones presupuestarias del área, estando por tanto disponibles para la financiación del expediente sin que, a juicio de quien suscribe, implique perturbación en la prestación del servicio público. CUARTO. Se cumplen los requisitos legalmente establecidos en los artículos 179 y 180 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 40 y 41 del R.D. 500/90, de 20 de abril.

En cuanto a los límites objetivos el artículo 41 del R.D. 500/90 establece:

“1. Las transferencias de crédito de cualquier clase estarán sujetas a las siguientes limitaciones: a) No afectan a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.

b) No minoran los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de presupuestos cerrados.

c) No incrementan créditos que, como consecuencia de otras transferencias, hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal.

2. Las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de crédito que se refieran a los programas imprevistos y funciones no clasificadas ni serán de aplicación cuando se trate de transferencias motivadas por reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno.”

Se adjunta asimismo el documento contable de retención de créditos para transferencias con número 2019-614.

QUINTO. De conformidad con lo establecido en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, la intervención local elaborará un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria que se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los documentos previstos en el artículo 177.2 del TRLRH, referido a las modificaciones presupuestarias.

De dicho precepto se deduce que las modificaciones presupuestarias para las que se debería realizarse el informe de estabilidad presupuestaria son los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, no obstante, será preciso en cualquier otra modificación presupuestaria si afecta a la situación de equilibrio presupuestario, no siendo necesario en este expediente puesto que la transferencia de crédito se produce entre aplicaciones presupuestarias del capítulo II y capítulo IV. Todo ello en virtud de los artículos 4.1, 15.1 y 21.1 del Real Decreto 1463/2007.

Por lo expuesto esta intervención informa favorablemente el expediente de modificación de créditos con la siguiente propuesta de acuerdo:

1.- APROBAR el expediente de modificación de créditos Nº 1/19, correspondiente a transferencia de crédito entre aplicaciones del presupuesto de gastos de la misma área de gasto, con el siguiente desglose:

Aplicación presupuestaria que aumenta:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 48004 Asistencia social primaria. Convenio O.N.G. 237.000,00€ Total Altas 237.000,00€

Aplicaciones presupuestarias que disminuyen:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 22699 Asistencia social primaria. Otros gastos diversos 69.000,00€ 231 2269904 Asistencia social primaria. Programa de Servicios Sociales 69.000,00€ 231 2269905 Asistencia social primaria. Programa de drogodependencias 99.000,00€ Total Bajas 237.000,00€ En Arrecife, en fecha a la firma al margen. Documento firmado electrónicamente.”

Vista la propuesta de la concejal Delegada de Servicios Sociales, Dª. Victoria Eugenia Sande López, de fecha 13 de marzo de 2019, que se transcribe:

―Expediente núm.: 3899/2019 AAXJY766L4FQ7 | V erificación: http://arrecife.sedelectronica.es/

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Propuesta Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones Concejalía de Servicios Sociales

En calidad de Concejal Delegada de Servicios Sociales (Decreto SEG 62/16 de 6 de junio de 2016), en relación a las líneas de subvención previstas por la Concejalía, y en interés de dar cumplimiento al objetivo de satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables,

EXPONGO:

PRIMERO.- El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 6 de junio de 2017,

acordó aprobar definitivamente el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2017,2018 y 2019.

A. Visto el CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN

SUBVENCIONES. ARTÍCULO 6. ÁREAS, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y ACTUACIONES

GENERALES VINCULADAS A LA SUBVENCIÓN. PUNTO 5: ‖ 5. Servicios Sociales:

Objetivos estratégicos:

personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomentar el voluntariado social.

Actuaciones:

Promoción de proyectos dirigidos a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables. […]‖

B. Visto el CAPÍTULO III. PORMENORIZADOS DE LAS SUBVENCIONES CONTEMPLADAS. ARTÍCULO 9. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES. PUNTO 6.

“6. SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MODALIDAD DE CONVOCATORIA ORDINARIA EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL.

Objetivos: Satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables.

Costes previsibles Y Financiación: 170.000 euros/año

La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, Aplicación presupuestaria 231.480.04 Asistencia social primaria. Convenios O.N.G.

Plan de acción: Promoción de proyectos en materia de Servicios Sociales de competencia municipal.”

C. Vistas en el CAPÍTULO III. PORMENORIZADOS DE LAS SUBVENCIONES CONTEMPLADAS. ARTÍCULO 9. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES otras líneas de

subvención previstas en modalidad de concesión directa, cuyos objetivos y planes de acción corresponden también con la promoción de proyectos dirigidos a satisfacer las

necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables:

―4. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS

ONCOHEMATOLÓGICAS DE LANZAROTE (AFOL)

Objetivos: Contribuir a mejorar la calidad de vida de los enfermos y enfermas de cáncer y su entorno familiar. Costes previsibles Y Financiación: 10.000 euros/año […] Plan de acción: Proyecto de intervención familiar desde el área educativa - pedagógica.‖

5. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA FUNDACIÓN CANARIA FLORA ACOGE.

Objetivos: Promover la mejora de la calidad de vida de las personas sin recursos económicos, por estar en situaciones de exclusión social o en riesgo de padecerlo. Costes previsibles Y Financiación: 60.000 euros/año […] Plan de acción: Protección de atención de necesidades básicas de las personas en exclusión social o en riesgo de padecerlo, bien sea a través de servicios de comedor, sanitarios, entre otros.‖

8. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA CRUZ ROJA ESPAÑOLA LANZAROTE.

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Objetivos: Ayudar a mejorar la calidad de vida de las personas sin hogar. Costes previsibles Y Financiación: 85.000 euros/año […] Plan de acción: Proyecto de atención a personas sin hogar.‖ 9. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN TINGUAFAYA.

Objetivos: Promover la mejora y atención de las personas con discapacidad. Costes previsibles Y Financiación: 17.000 euros/año […] Plan de acción: Proyecto de integración de personas con discapacidad en su tiempo libre y de ocio, y servicio de respiro familiar.‖

10. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA PARROQUIA DE SAN GINÉS.

Objetivos: Promover la mejora de la calidad de vida de las personas sin recursos económicos, por estar en situaciones de exclusión social o en riesgo de padecerlo. Costes previsibles Y Financiación: 30.000 euros/año […] Plan de acción: Proyecto de atención de las necesidades básicas tales como la alimentación, medicación, suministro de elementos básicos para la subsistencia como agua y luz, entre otros.‖

12. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL PARA LAS MUJERES MARARÍA.

Objetivos: Incrementar el empoderamiento de las mujeres con especiales dificultades y en situación de riesgo de exclusión social. Costes previsibles Y Financiación: 20.000 euros/año […] Plan de acción: Programa piso tutelado para la recuperación integral de mujeres víctimas de violencia de género y la discriminación.‖

13. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN GAMA-COLECTIVO DE LESBIANAS GAYS BISEXUALES TRANSEXUALES DE CANARIAS.

Objetivos: Garantizar el derecho de las personas que adoptan socialmente el sexo contrario al de su nacimiento y una atención adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas y jurídicas. Costes previsibles Y Financiación: 15.000 euros/año […] Plan de acción: Atención a las familias necesitadas directamente dese Arrecife, por lo menos una vez al mes y desarrollo de charlas y/o talleres de información a la población sobre la diversidad sexual.‖

SEGUNDO.- Visto el informe de la técnico de subvenciones del área:

―Vista la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones a otorgar por el Excmo.

Ayuntamiento de Arrecife aprobada definitivamente en sesión plenaria celebrada el día 7 de abril

de 2014 y publicada en el BOP Nº54, de 25 de abril de 2014:

-―[…] Exposición de motivos: La concesión de subvenciones públicas a favor de terceros se ha convertido en una herramienta más con la que cuentas las administraciones para el desarrollo de competencias, de tal forma, que allá donde la acción de la administración resulta insuficiente,

se promueve el desarrollo de proyectos y actividades competenciales mediante la ejecución

de terceros, a cuyo cargo se impulsan los mismos siendo para ello apoyados financieramente por el sector público. […] "

-―[…] ARTÍCULO 2. ÁREAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. g) Servicios Sociales: Actividades

destinadas a permitir a quienes carecen de medios de subsistencia, atender las necesidades básicas de la vida, facilitar la integración social y laboral de las personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomento del voluntariado social. […]‖

Vista su modificación por acuerdo plenario cuya publicación se inserta en el BOP Nº76 de 15 de junio de 2015, en la se disponen las bases reguladoras específicas de las

subvenciones a conceder en materia de Acción Social.

-―[…] Objeto: Promover proyectos en materia de servicios sociales de competencia municipal,

dirigidos a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales

más vulnerables. […]”

Vistos los Objetivos estratégicos y Actuaciones previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2017-2019:

-―[…] Objetivos estratégicos: Atender las necesidades básicas de la vida, facilitar la integración

social y laboral de las personas más necesitadas, promover y desarrollar actitudes y habilidades

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personales útiles para una convivencia gratificante, promover y apoyar los valores de libertad, participación, igualdad, tolerancia, solidaridad, vida saludable y fomentar el voluntariado social.

Actuaciones: […] Promoción de proyectos dirigidos a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de los colectivos sociales más vulnerables. […]”.

Vistos los pormenorizados de las subvenciones contemplados en ese Plan Estratégico 2017-2019 en su capítulo III, artículo 9, subvenciones en Materia de Servicios Sociales, donde vienen definidos, a través de distintos procedimientos de concesión de subvenciones, planes de

acción con el fin de llevar a cabo los objetivos estratégicos propuestos.

Vista que la línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia

de Acción Social tiene como coste previsible y financiación la cantidad de 170.000 Euros y que su objetivo podría abarcar las actuaciones previstas en los distintos planes de acción

financiados previsiblemente bajo procedimiento de subvenciones en régimen de concesión directa, según lo indica el Plan Estratégico vigente.

Vista que la suma de las cantidades a financiar para la ejecución de los distintos

planes de acción previstas en el Plan Estratégico, tanto de concurrencia competitiva como de

concesión directa, asciende a 407.000,00 €

Visto el artículo 22 en su punto 1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones de procedimientos de concesión:

― […] El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará

en régimen de concurrencia competitiva […]‖.

Visto que en la actualidad no existe ninguna causa que dificulte la convocatoria pública

de las subvenciones previstas.

Por medio del presente, y teniendo en cuenta que es necesario hacer efectiva en la

mayor brevedad posible la convocatoria de subvenciones en materia de acción social 2019, con el fin de conseguir la promoción de proyectos en materia de Servicios Sociales; y

siempre que la Intervención Municipal y la Secretaría lo fiscalicen de conformidad, la técnico que suscribe, en calidad responsable del área de Subvenciones de Servicios Sociales PROPONE:

Se considere la pertinencia de una modificación presupuestaria en la cual se vea aumentada la aplicación presupuestaria 231.480.04 con cargo al capítulo 4 del Presupuesto de

este Ayuntamiento, y que ascienda al menos a 407.000,00 €, cantidad total prevista en el Plan Estratégico

2017-2019 para el desarrollo de distintos planes de acción en materia de Servicios Sociales. En Arrecife a 27 de febrero. Carmen Nuria Arráez Betancor firmado.‖

TERCERO.- Una vez analizados los gastos al respecto de las aplicaciones presupuestarias y los planes de acción previstos para este ejercicio por la Concejalía, se solicitó modificación de

aplicaciones presupuestarias para aumentar la aplicación correspondiente a Subvenciones de

concurrencia competitiva en materia de acción social.

1.- Visto que con fecha 6 de Marzo del presente, la Intervención municipal informa favorablemente la modificación de aplicaciones:

― Exp. 3426/2019. INFORME INTERVENCIÓN Asunto: Modificación presupuestaria Nº 3/19

mediante transferencia de crédito.

Mediante propuesta de la Sra.Alcaldesa- Presidenta, de fecha 28 de febrero de 2019, se solicita tramitación de expediente de modificación del presupuesto por transferencia de crédito, al respecto se informa,

PRIMERO. La Legislación aplicable viene determinada por los siguientes artículos:

- Artículo 179 y 180 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos.

- Bases de ejecución del presupuesto.

SEGUNDO. En cuanto a la tramitación del expediente de transferencia de crédito, el artículo 40

del Real Decreto 500/1990 establece que su régimen se regulará en las bases de ejecución del presupuesto, estableciendo la base nº 16 que el órgano competente para su aprobación será el Alcalde o Concejal Delegado de Hacienda, ―cuando se trate de {…} transferencias de los créditos entre partidas pertenecientes al mismo grupo de función‖. La modificación que se propone

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consiste en una transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de la misma área de gasto, por tanto su aprobación corresponde a la Sra.Alcaldesa, según decreto 2017-1253.

Las transferencias cuya aprobación corresponda al Alcalde o Concejal Delegado de Hacienda, requerirán informe previo de Intervención, entrando en vigor una vez se haya adoptado por el citado órgano el acuerdo aprobatorio correspondiente.

TERCERO. La baja o minoración de los créditos indicados no afecta a compromiso alguno de esta

Corporación, según la propuesta realizada por la Sra.Concejal delegada de Servicios sociales de reestructurar las aplicaciones presupuestarias del área, estando por tanto disponibles para la financiación del expediente sin que, a juicio de quien suscribe, implique perturbación en la prestación del servicio público.

CUARTO. Se cumplen los requisitos legalmente establecidos en los artículos 179 y 180 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 40 y 41 del R.D. 500/90, de 20 de abril.

En cuanto a los límites objetivos el artículo 41 del R.D. 500/90 establece:

―1. Las transferencias de crédito de cualquier clase estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

a) No afectan a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.

b) No minoran los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de presupuestos cerrados.

c) No incrementan créditos que, como consecuencia de otras transferencias, hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal.

2. Las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de crédito que se refieran a los programas imprevistos y funciones no clasificadas ni serán de aplicación cuando se trate de transferencias motivadas por reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno.‖

Se adjunta asimismo el documento contable de retención de créditos para transferencias con número 2019-614.

QUINTO. De conformidad con lo establecido en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2

de noviembre, la intervención local elaborará un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria que se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los documentos previstos en el artículo 177.2 del TRLRH, referido a las modificaciones presupuestarias.

De dicho precepto se deduce que las modificaciones presupuestarias para las que se debería realizarse el informe de estabilidad presupuestaria son los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, no obstante, será preciso en cualquier otra modificación presupuestaria si afecta a la situación de equilibrio presupuestario, no siendo necesario en este expediente puesto que la transferencia de crédito se produce entre aplicaciones presupuestarias del capítulo II y capítulo IV. Todo ello en virtud de los artículos 4.1, 15.1 y 21.1 del Real Decreto 1463/2007.

Por lo expuesto esta intervención informa favorablemente el expediente de modificación de créditos con la siguiente propuesta de acuerdo:

1.- APROBAR el expediente de modificación de créditos Nº 1/19, correspondiente a transferencia de crédito entre aplicaciones del presupuesto de gastos de la misma área de gasto, con el siguiente desglose:

Aplicación presupuestaria que aumenta:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 48004 Asistencia social primaria. Convenio O.N.G. 237.000,00€ Total Altas 237.000,00€

Aplicaciones presupuestarias que disminuyen:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 22699 Asistencia social primaria. Otros gastos diversos 69.000,00€ 231 2269904 Asistencia social primaria. Programa de Servicios Sociales 69.000,00€ 231 2269905 Asistencia social primaria. Programa de drogodependencias 99.000,00€ Total Bajas 237.000,00€

En Arrecife, a 6 de marzo de 2019. Cristina Fernández Fernández. Interventora accidental. Firmado.‖ AAXJY766L4FQ7 | V erificación: http://arrecife.sedelectronica.es/ 1 de 133

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2.- Visto que con fecha 7 de Marzo del presente la Sra.Alcaldesa emite Decreto 2019-1001 de aprobación de modificación presupuestaria:

―Exp. 3426/2019 Visto el Expediente Nº 3/19 instruido con el fin de modificar el Presupuesto Municipal en Vigor, mediante transferencia de crédito entre Aplicaciones presupuestarias de la misma área de gasto.

Vista la propuesta realizada por la Sra.Alcaldesa, de fecha 28 de febrero de 2019, Visto el documento de retención de crédito 2/2019-614,

Visto el informe de la Sra.Interventora, de fecha 6 de marzo de 2019, por el cual se informa favorablemente el expediente de transferencia de crédito,

y de conformidad con las atribuciones que la Legislación vigente me confiere, y en aplicación de lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, y el decreto 2017-1253.

RESUELVO:

• APROBAR el expediente de modificación de créditos nº 3/19, correspondiente a transferencia de crédito entre aplicaciones del presupuesto de gastos de la misma área de gasto, con el siguiente desglose:

Aplicación presupuestaria que aumenta:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 48004 Asistencia social primaria. Convenio O.N.G. 237.000,00€ Total Altas 237.000,00€

Aplicaciones presupuestarias que disminuyen:

Aplicación presup. Denominación Importe

231 22699 Asistencia social primaria. Otros gastos diversos 69.000,00€ 231 2269904 Asistencia social primaria. Programa de Servicios Sociales 69.000,00€ 231 2269905 Asistencia social primaria. Programa de drogodependencias 99.000,00€ Total Bajas 237.000,00€

Contra la presente resolución dictada por la Sra.Alcaldesa, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo contencioso administrativo. En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo manda y firma la Sra.Alcaldesa (Decreto 2017-1253), en Arrecife, en fecha 7 de marzo de 2019. Eva de Anta de Benito. Alcaldesa Presidenta firmado.‖

3.- Visto que con fecha 7 de marzo consta en el expediente los documentos acreditativos de la realización de la modificación presupuestaria pertinente. MCs: Modificación de Crédito.

Transferencias de crédito negativas por valor de 237.000,00 € y Modificación de Crédito. Transferencias de crédito positivas por valor de 237.000,00€, ambas con núm. de expediente

2/2019000000614.

Por medio del presente, se solicita elevar al Pleno de este Ayuntamiento la siguiente

PROPUESTA de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2017/2019:

Primero: Aumentar en 237.000,00 € el coste previsible y financiación de las

SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MODALIDAD DE CONVOCATORIA

ORDINARIA EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTO 6.

El total de financiación para la convocatoria de estas subvenciones en materia de acción social sería 407.000,00 €.

Segundo: Omitir las líneas de subvención previstas en modalidad de Concesión Directa recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTOS 4-5-8-9-10-12 y 13.

4. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS

ONCOHEMATOLÓGICAS DE LANZAROTE (AFOL)

5. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA FUNDACIÓN CANARIA FLORA ACOGE.

8. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA CRUZ ROJA ESPAÑOLA LANZAROTE.

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9. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN TINGUAFAYA.

10. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA PARROQUIA DE SAN GINÉS.

12. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL

PARA LAS MUJERES MARARÍA.

13. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN GAMA-COLECTIVO DE

LESBIANAS GAYS BISEXUALES TRANSEXUALES DE CANARIAS.

En Arrecife en fecha a la firma al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.‖ Tras las intervenciones, en aplicación del voto ponderado, por ocho votos a favor (6 del Grupo P.S.O.E. y 2 de los concejales no adscritos, doña María Isabel Mesa Mesa y don Andrés de la Cruz Medina Medina) y dieciséis abstenciones (5 del Grupo Coalición Canaria – PNC, 5 del Grupo Popular, 2 del Grupo Somos Lanzarote, 2 de Ganemos Lanzarote y 2 de Ciudadanos),

Se propone al Pleno,

ACUERDE

► Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2017/2019 en materia de Acción Social: Primero: Aumentar en 237.000,00 € el coste previsible y financiación de las

SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MODALIDAD DE

CONVOCATORIA ORDINARIA EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTO 6.

El total de financiación para la convocatoria de estas subvenciones en materia de acción social sería 407.000,00 €.

Segundo: Omitir las líneas de subvención previstas en modalidad de Concesión

Directa recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTOS 4-5-8-9-10-12 y 13.

4. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS ONCOHEMATOLÓGICAS DE LANZAROTE (AFOL)

5. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA FUNDACIÓN CANARIA FLORA ACOGE.

8. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA CRUZ ROJA ESPAÑOLA LANZAROTE.

9. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN TINGUAFAYA.

10. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA PARROQUIA DE SAN GINÉS.

12. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL PARA LAS MUJERES MARARÍA.

13. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN GAMA-COLECTIVO DE LESBIANAS GAYS BISEXUALES TRANSEXUALES DE CANARIAS.‖

Abierto el turno de intervenciones (…)

Interviene la Sra Alcaldesa-Presidenta D. Eva de Anta de Benito que dice, segundo

punto del orden del día, aprobación si procede la modificación del Plan estratégico de subvenciones en materia de acción social expediente 3899/2019.

Interviene la Sra Secretaria D. Asenet Padrón Niz, que explica el expediente.

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Interviene la Sra Alcaldesa-Presidenta D. Eva de Anta de Benito que dice, ahora lo

explicará la Concejala de Servicios Sociales, todo eso sumado a las de concurrencia que eran 170.000 hacen los 407.000 para sacar lo antes posible la convocatoria de acción social y por tanto lo que explicamos en la Comisión que cada colectivo aumentaba la posibilidad de tener más Presupuesto en sus subvenciones, algunos de los colectivos tenían en la nominada mucho menos y ahora pasarían a tener el máximo dentro de concurrencia.

Interviene la Sra Concejal de Servicios Sociales del grupo PSOE Doña Victoria Eugenia Sande López, que explica la moción y dice que esta decisión la han tomado

porque han visto que estos últimos años la dificultad para sacar las nominadas así como que muchas Asociaciones no han podido tener acceso a ellas, entonces hablándolo entre el grupo de gobierno, los técnicos del departamento la posibilidad de aumentar la partida presupuestaria de las subvenciones de concurrencia competitiva abriríamos el abanico a que muchísimas Asociaciones pudiesen aportar sus proyectos e incluso la misma Asociación presentar varios proyectos que trabajan por y para el municipio de Arrecife, si bien es cierto que esperemos que esa partida presupuestaria se siga aumentando progresivamente año tras año para que todas las nuevas Asociaciones que están emergiendo en la actualidad puedan acceder a las mismas.

Interviene la Sra Concejal de Ciudadanos Doña Delia Hernández Camacho que dice,

que por un lado entiende que hay Asociaciones nuevas que no se podían que acoger a una subvención nominada y se meten por concurrencia, cuyo objetivo es que den alguna aportación diferente a la sociedad, yo no sé si todas las que están nominadas son todas Asociaciones conocidas, no sé exactamente a qué Asociaciones nuevas puede referirse, eso por un lado y en segundo lugar a ver si me puede explicar, yo no he entendido bien por qué las Asociaciones como Mararía o colectivo Gamá lesbianas y demás las subvenciones a las que se acoge sean para libros de texto y material escolar, tengo entendido si no me equivoco que eso corresponde a Servicios Sociales y a Educación.

Interviene el Sr Concejal de Ganemos Lanzarote D. Daniel Cabecera García que dice,

nosotros tenemos varias consideraciones, la primera es alegrarnos de que hayan tenido a bien esa propuesta que le hicimos en 2017 que es cuando aprobamos este Presupuesto de que se dieran más subvenciones por concurrencia competitiva y no tantas de manera nominal, en su momento votaron en contra pero ahora lo han reconsiderado y viendo la necesidad de que no haya otra manera de sacar los Presupuestos adelante pues hagan modificaciones puntuales para que al menos puedan salir estas subvenciones tan importantes y tan necesarias.

La verdad que nosotros proponíamos una medida paulatina que se hiciera poquito a poco y no que de un borrón y cuenta nueva se pasara de subvención nominal a subvención de concurrencia competitiva, de esa manera hubiéramos conseguido que todas las Asociaciones de cualquier índole se hubieran puesto al día, ahora lo que

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vamos a conseguir es que se reparta menos dinero, que podamos dar menos solución al proyecto y lo que hacen estas Asociaciones es ayudar a las personas más necesitadas del municipio, están hasta cierto punto a favor del proceso pero no de las formas en que se están llevando.

Interviene el Sr Concejal de Coalición Canaria-PNC, D. Samuel Martín Morera, que dice que está de acuerdo con que se modifiquen las bases de que vayamos a subvenciones de libre concurrencia en vez de subvenciones nominadas, pero sí es verdad que hay una cuestión que nos preocupa y es que hoy estemos aquí debatiendo modificaciones presupuestarias, porque realmente el problema es que ni se han debatido ni aprobado los Presupuestos, que son los prorrogados desde el ejercicio 2017.

Le preocupa por qué se ha dejado de invertir en acción social casi 1,5 millones de euros por año e incluso todos los estudios que nos hablan de Servicios Sociales de Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes como es Arrecife nos sitúan a la cola de España, también nos preocupa las partidas que no hemos tratado en este Pleno, aquellas que hoy van a disminuir para poder aumentar las subvenciones de concurrencia competitiva en materia de acción social, partidas que la sociedad las necesita como los 29.000 euros que van a desaparecer en las partidas de Servicios Sociales en asistencia social para los programas de drogodependencia, los programas de Servicios Sociales también disminuyen en 69.000 euros y otros gastos diversos de la Concejalía de Servicios sociales que disminuyen, es verdad que aumentamos las partidas en acción social pero tenemos que destacar que esas partidas no es que se generen nuevas sino son partidas que se detraen del propio área de Servicios Sociales y partidas que no se utilizaban otros años como es la de drogodependencia, tenemos que recordar esas partidas en atención benéficas asistenciales de 350.000 euros que se dejaron de invertir en el año 2017/2018, 300.000 euros en la construcción de un albergue municipal o pisos tutelados y de eso todavía no sabemos nada, aún así es verdad que nos alegramos del aumento en estas partidas, pero también tenemos que hacer una reflexión de por qué sacamos para aumentar partidas sociales desde otras áreas dentro del propio área de Servicios Sociales.

Interviene la Sra Concejal de Servicios Sociales Doña Victoria Sande López que dice,

con respecto a Gamá y Mararía el convenio que se ha firmado era para algo en concreto, cuando se nomina o se hace un convenio a veces las propias Asociaciones quieren cambiarlo, entonces pasarlo a concurrencia puede suponer presentar varios proyectos a lo largo de los años y eso es lo más interesante para todas las Asociaciones. Afirma también que Gamá quiere renunciar a la subvención nominada, nos lo ha comunicado y lo quiere presentar por escrito porque ellos prefieren preparar algo puntual que no preparar varios proyectos. Esta fórmula de llevarlo a concurrencia no es nueva fórmula todas las Asociaciones están acostumbradas, si bien es cierto que se habló con cada una de ellas, por ejemplo la Cruz Roja en los últimos 2 años no ha presentado ninguna nominada, Cáritas Diocesanas tampoco presentaba los objetivos que necesitábamos el municipio de Arrecife, esos importes llevan a nuevas Asociaciones, como Apsal es una

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nueva de sordos, han vuelto abrir Asociaciones otras como Adila y pueden ir a concurrencia competitiva.

Yo estoy totalmente de acuerdo con Daniel, estamos hablando que todas las Asociaciones puedan llegar a concurrencia competitiva porque se ha valorado su proyecto por técnicos especializados en la materia y no por cualquier otra persona, así garantizamos que si hay o no hay Presupuesto estas subvenciones puedan ser concedidas año tras año y si se aprueba las sacaremos en breve las de concurrencia competitiva para que el año 2019 las Asociaciones puedan cobrar cuanto antes.

Interviene la Sra. Alcaldesa-Presidenta Doña Eva de Anta de Benito que explica y dice, de hecho hay algunas Asociaciones de las que eran nominadas que también

concurrían y concurren de hecho a las de concurrencia de acción social.

Contestando al portavoz de Coalición, precisamente porque en varios ejercicios donde hemos estado nosotros en minoría luego en coalición hay un porcentaje de Servicios Sociales que no se ha ejecutado y hemos detraido también qué partidas dentro del área social podíamos podíamos tocar o poner para aumentar ese Presupuesto de Acción social y hablo también de la partida del programa de drogodependencia o de servicios sociales o de gastos diversos porque año tras año y hay que decirlo no las hemos ejecutado, incluso cuando estábamos gobernado Don Samuel y en la pasada legislatura también cuando Doña Ascensión era Concejala de Servicios Sociales por un tema práctico, si al final no tenemos recursos humanos para sacar adelante determinadas partidas llega el 31 de diciembre y usted sabe que nos queda al final un remanente que no ejecutamos bien, valorado con la técnica del área que es la que trae el informe y con las circunstancias hemos detraido de esas tres partidas para mejorar las de Acción Social, ese ha sido el fin y por eso se detallan justo esas tres y lo que ha dicho antes la Concejala de Servicios Sociales hay Asociaciones por ejemplo en el caso del colectivo Gama que en un principio estábamos trabajando con propuestas de gastos y para ellos es mucho más práctico, se les contrata por algún curso o algún tipo de acción (dos que yo recuerde en el Archivo municipal y en el Centro Cívico) que tramitar la subvención, en función también de la demanda tienen margen para presentarse y también de lo que han pedido vía telefónica no solo conmigo sino también con la Concejala de Servicios Sociales.

Interviene el Sr Concejal no adscrito D. Andrés de la Cruz Medina Medina que dice,

¿por qué motivo Cruz Roja no está presentando lo que ya ha comentado?, si no está presentando es que algún problema tiene que tener porque yo no creo que Cruz Roja con los servicios que presta a la ciudad a todos los vecinos deje de presentar un proyecto en el Ayuntamiento para que se le atienda.

Además pregunta, si cada vez que se monta o se hace una Asociación un colectivo o lo que sea el Ayuntamiento va a tener que seguir dándole subvenciones entonces lo que hacemos es ponemos una campaña de que se hagan Asociaciones, colectivos también de hombres, porque hay personas que están necesitadas y el Ayuntamiento el trabajo que tiene que hacer Servicios Sociales se lo damos a esas Asociaciones porque viendo que se está desviando 200.000 euros y pico de una serie de partidas que no se

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están haciendo para qué tenemos entonces Servicios Sociales, estas empresas o estas Asociaciones o los colectivos que hagan el trabajo y así nos evitamos tener un montón de problemas que estamos teniendo con los vecinos.

Interviene la Sra. Alcaldesa-Presidenta Doña Eva de Anta de Benito que dice, Don

Andrés perdone que le conteste, es que en la de concurrencia de acción social se pueden presentar los colectivos que quieran con interés social en el ámbito municipal y lo que acaba usted de decir del colectivo de hombres, mire, que usted ponga en cuestión todos los años y muchísimos años que han sufrido yo creo que se refiere más al tema del colectivo Mararía de mujeres, que puede ser Mararía o cualquier otro colectivo que hacen un trabajo magnífico que creo que nadie cuestiona porque usted quiera liderar, pues haga usted un colectivo de hombres y preséntese, pero que haga ese comentario que creo está fuera de lugar cuestionando el trabajo de las Asociaciones que representan a mujeres durante mucho tiempo, sí Don Andrés, sí, va por ahí el comentario.

Interviene el Sr Concejal no adscrito D. Andrés de la Cruz Medina Medina, que dice,

no, no, no.

Interviene la Sra. Alcaldesa-Presidenta Doña Eva de Anta de Benito, que dice, no,

reflexione, reflexione, cualquier colectivo que quiera se puede presentar a las de acción social y si es el colectivo Adila de diabéticos, mañana sale un colectivo de acción social o de interés general para el municipio se puede presentar, las bases reflejan además los criterios, pero que usted ponga en cuestión que es que se reparte el dinero de manera alegremente, no, hay unos criterios y además con un estudio técnico, eso no es un capricho de la Concejala o mío y creo que el comentario va por ahí y está fuera de lugar Don Andrés, sí, está fuera de lugar.

Interviene el Sr Concejal no adscrito D. Andrés de la Cruz Medina Medina que dice,

es su criterio.

Interviene la Sra Concejal del grupo PSOE Doña Victoria Sande López que dice,

vamos a ver Don Andrés, hay Asociaciones que complementan o hacen un servicio o prestan un servicio a los vecinos y vecinas del municipio de Arrecife que necesitan apoyo económico y para eso están las Administraciones públicas, las pueden presentar vía Ayuntamiento de Arrecife, vía Cabildo Insular de Lanzarote, da igual el tipo de Asociación, si usted quiere quiere hacer una Asociación de hombres y da un buen servicio de apoyo sicológico me parece estupendo, yo ahí no voy a valorarlo yo, lo van a valorar los técnicos, como es novedoso tendrá más puntuación.

En referencia a la Cruz Roja, nos hemos sentado en reiteradas ocasiones proponiéndole desde el Ayuntamiento las necesidades que tienen nuestros vecinos y vecinas del municipio y hemos obtenido siempre no, el no es con la anterior Presidenta, porque la nominada anteriormente se estaba abonando de una manera que por parte de esta Concejala y la técnico que lleva las subvenciones no era la más adecuada, está dentro de la legalidad pero no eran cuestiones que repercutían directamente en el

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municipio de Arrecife, por lo tanto nos sentamos en reiteradas ocasiones y le propusimos que la teleasistencia lo metiesen por la subvención que tiene la Cruz Roja y nos dijeron que no, por lo tanto hubieron propuestas por parte del área de Servicios Sociales, de la Concejala y de la técnico y hubo el no por respuesta, por lo tanto los proyectos que nosotros le hemos pedido tendrán que hacer y valorar y presentar los técnicos si son acordes a lo que necesitan nuestros vecinos y vecinas, la Cruz Roja recibe subvenciones del Gobierno de Canarias para prestar esos servicios y muchas veces son incompatibles con las del municipio, ese es el motivo.

Interviene el Sr Concejal no adscrito Don Andrés de la Cruz Medina Medina que dice, Sra Alcaldesa usted no ponga en mi boca las palabras que yo he dicho, si usted lo

dice y tiene en su mente eso es problema suyo, yo lo que he dicho es que si hay un colectivo de hombres que quieran presentar documentación o quieran pedir las subvenciones, yo no he pedido que he dicho que Mararía no preste los servicios y haga un servicio especial a la comunidad y a los ciudadanos de Arrecife, eso lo ha dicho usted en su boca, así que no mezcle una cosa con la otra, yo sé que usted tiene una bandera muy grande y le queda poco a la bandera, le quedan 2 meses y pico de Alcaldía Sra Alcaldesa, así que no ponga en mi boca cosas que no son.

Y lo que me refiero a Cruz Roja es que si anteriormente como está diciendo la Sra Concejal que no lo sabemos las conversaciones que ha tenido con la anterior Presidenta o responsable de Cruz Roja que nos diga, era solamente eso que me extrañaba que no hubiera partida referente a lo otro en Cruz Roja, así que Sra Alcaldesa mida las palabras.

Interviene la Sra. Alcaldesa-Presidenta Doña Eva de Anta de Benito que invita a la

reflexión a todos por responsabilidad.

La Sra. Alcaldesa eleva al Pleno el expediente presentado, El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los presentes,

 Veinticuatro votos a favor:

 Dª. Eva de Anta de Benito (Alcaldesa- Presidenta) (del Grupo Socialista)  Dª. Victoria Eugenia Sande López (Concejal del Grupo PSOE)

 D. Carmelo David Duarte Tavío (Concejal del Grupo PSOE)  Dª. María Inodelvia Torres Santacruz(Concejal del Grupo PSOE)  Dª. María Jimena Álvarez Quiroga (Concejal del Grupo PSOE) D. Samuel Martín Morera (Concejal del Grupo Coalición Canaria)  D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del Grupo Coalición Canaria)

 Dª. Carmen Delia Delgado Sepúlveda (Concejal del Grupo Coalición Canaria)  D. Dipak Dadlani Bhojwani Ramchand (Concejal del Grupo Coalición Canaria)  D. Ubaldo Senén Fierro Barreto (Concejal del Grupo Coalición Canaria)  D. Astrid María Pérez Batista (Concejal del Grupo Popular)

 D. Jacobo Medina González (Concejal del Grupo Popular)

 Dª. Dácil del Carmen Garcías Dévora (Concejal del Grupo Popular)  Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del Grupo Popular)  D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del Grupo Popular)

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D. Borja Rubio Francisco (Concejal del Grupo Somos Lanzarote)  Dª. María Lidia Plá Torres (Concejal del Grupo Somos Lanzarote)  Dª. Laetitia Christelle Padilla (Concejal del Grupo Mixto) (GL)  D. Daniel Cabecera García (Concejal del Grupo Mixto (GL)

 Dª. Delia María Hernández Camacho (Concejal del Grupo Mixto) (C´s)  D. Íñigo Inchausti Sangroniz (Concejal del Grupo Mixto) (C´s)

 Dª. María Isabel Mesa Mesa (Concejal No Adscrito)

 D. Andrés de la Cruz Medina Medina (Concejal No Adscrito)  D. José Tomas Fajardo Fajardo (Concejal No Adscrito)

ACUERDA

PUNTO ÚNICO.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2017/2019 en materia de

Acción Social:

Primero: Aumentar en 237.000,00 € el coste previsible y financiación de las SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MODALIDAD DE CONVOCATORIA ORDINARIA EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTO 6.

El total de financiación para la convocatoria de estas subvenciones en materia de acción social sería 407.000,00 €.

Segundo: Omitir las líneas de subvención previstas en modalidad de Concesión Directa recogidas en el CAPÍTULO III. ARTÍCULO 9. PUNTOS 4-5-8-9-10-12 y13.

 4. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN DE FAMILIAS ONCOHEMATOLÓGICAS DE LANZAROTE (AFOL)

 5. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA FUNDACIÓN CANARIA FLORA ACOGE.

 8. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA CRUZ ROJA ESPAÑOLA LANZAROTE.

 9. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN TINGUAFAYA.

 10. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA PARROQUIA DE SAN GINÉS.

 12. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL PARA LAS MUJERES MARARÍA.

 13. SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA ASOCIACIÓN GAMA-COLECTIVO DE LESBIANAS GAYS BISEXUALES TRANSEXUALES DE CANARIAS.

La Sra. Alcaldesa proclama adoptado el acuerdo.

PUNTO TERCERO.-

APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, UTILIZANDO UNA PLURALIDAD DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN BASE A LA MEJOR RELACIÓN CALIDAD PRECIO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS “SERVICIOS DE CONSERJERÍA, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y CULTURALES DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, 2 LOTES”, CONVOCANDO SU LICITACIÓN. EXPEDIENTE 18579/2018.

Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas del día 19 de marzo de 2019, que transcrito literalmente dice lo siguiente:

AAXJY766L4FQ7 | V erificación: http://arrecife.sedelectronica.es/

ACT

A DEL PLENO

Númer o: 2019-0005 F echa: 29/07/2019

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