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MIEMBROS PRESENTES. Anchía Azofeifa Gerardo MIEMBROS AUSENTES

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Academic year: 2021

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MIEMBROS PRESENTES

Anchía Azofeifa Gerardo Presidente

González Sánchez Ángelo Regidor propietario Lobo Cabezas Marianela Regidora propietaria Marín Delgado Lourdes Regidora suplente Sibaja Montero José Ramón Regidor propietario Solís Gómez Norma Regidora suplente Téllez Urbina Jean Carlos Regidor suplente Vargas Chavarría Luis Vice Presidente Zumbado Vargas Damaris Regidora suplente Artavia Mendoza Jenny Síndica suplente Castro Agüero Matilde Mayela Síndica suplente Castro Araya José Roberto Síndico propietario Chinchilla Ramírez Guido Síndico propietario Hernández Pérez Martha Eugenia Síndica suplente Rivera Chaves Carmen Mayela Síndica propietaria Ureña Marín Danny Ricardo Síndico propietario Valverde Guillén Marco Antonio Síndico propietario

MIEMBROS AUSENTES

Benavides Morales Greivin Regidor suplente Delgado Solís Karen Liliana Síndica suplente Jiménez Meza José Miguel Síndico propietario Preside: Sr. Gerardo Anchía Azofeifa.

Alcalde: Lic. Gerardo Oviedo Espinoza.

Secretario del Concejo: Lic. Jorge Fallas Moreno

Abogado de la Fracción del Sol: Lic. Carlos Mejías Arguedas.

Abogado de la Fracción de Liberación Nacional: Lic. Sergio Jiménez Guevara.

La Presidencia llama a la Síndica suplente Matilde Mayela Castro Agüero, para que en sustitución del Síndico propietario José Miguel Jiménez Meza, ocupe la curul de síndica propietaria.

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ORDEN DEL DÍA

1. Lectura y aprobación del acta de la Sesión Ordinaria N°289-2015 y acta de la Sesión Extraordinaria Nº132-2015.

2. Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia. 3. Correspondencia.

4. Iniciativa de los Síndicos.

5. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal. 6. Dictámenes de comisiones.

7. Iniciativas de los Regidores.

ARTÍCULO I. Lectura y aprobación del acta de la sesión Ordinaria N°289-2015 y acta de la Sesión Extraordinaria Nº132-2015.

Se procede a dar lectura del acta Ordinaria N°289-2015 y con la siguiente observación se aprueba por unanimidad.

Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría: Me inhibo de la votación de esta acta porque no estuve presente.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: La Presidencia llama a la regidora suplente Norma Solís Gómez, para que en sustitución del Regidor propietario Luis Vargas Chavarría, ocupe la curul de regidora propietaria.

ACUERDO N°1: APROBAR, POR UNANIMIDAD, EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA N°289-2015.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Norma Solís Gómez, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Se procede a dar lectura del acta Extraordinaria N°132-2015 y sin observaciones se aprueba por unanimidad.

Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría: Me inhibo de la votación de esta acta porque no estuve presente.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: La Presidencia llama a la regidora suplente Norma Solís Gómez, para que en sustitución del Regidor propietario Luis Vargas Chavarría, ocupe la curul de regidora propietaria.

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ACUERDO N°2: APROBAR, POR UNANIMIDAD, EL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA N°132-2015.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Norma Solís Gómez, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

ARTÍCULO II. Asuntos de trámite urgente a juicio de la Presidencia Primero

Ante el deceso del señor Manuel Brenes Camacho, quien fue presidente de este Concejo Municipal, solicito guardar un minuto de silencio. SE GUARDA EL MINUTO DE SILENCIO.

Segundo

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Veremos el memorial N°18 que viene en la Correspondencia:

Acta N°132 de Concejo de Distrito Centro, firmado por el Sr. Roberto Castro Araya y Luis Ángel Saborío Soto, Presidente y Secretario respectivamente, en el que aprueban la selección de las siguientes personas como miembros de la Junta de Educación del IEGB. Andrés Bello López.

NOMBRE CÉDULA

Sandra Pérez Clara 1-0978-0529 Mauricio Castro Vargas 0660-0524 Ana Berta Sandí Alpizar 1-0651-0654 Juan Carlos Fernández Vargas 1-0638-0467 Rosa Rodríguez Blanco 1-0704-0537 Someto a votación.

APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En discusión. Suficientemente discutido.

APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda:

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ACUERDO N°3: EN FIRME POR UNANIMIDAD: APROBAR EL NOMBRAMIENTO DE LAS SIGUIENTES PERSONAS COMO MIEMBROS DE LA JUNTA DE EDUCACIÓN DEL IEGB. ANDRÉS BELLO LÓPEZ.

NOMBRE CÉDULA

Sandra Pérez Clara 1-0978-0529 Mauricio Castro Vargas 0660-0524 Ana Berta Sandí Alpizar 1-0651-0654 Juan Carlos Fernández Vargas 1-0638-0467 Rosa Rodríguez Blanco 1-0704-0537

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, Norma Solís Gómez, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Procedo a la juramentación de los señores: Sandra Pérez Clara, Cédula N°1-0978-0529, Mauricio Castro Vargas, Cédula N° 0660-0524 y Rosa Rodríguez Blanco, Cédula N°1-0704-0537, como miembros de la Junta de Educación del I.E.G.B. Andrés

Los señores Pérez Clara, Castro Vargas y Rodríguez Blanco, aceptan el juramento y prometen cumplir fielmente los deberes de su cargo.

Debido que faltan dos miembros por juramentar, mociono para que el señor Secretario municipal los juramente en horas de oficina. Someto a votación.

APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En discusión. Suficientemente discutido.

APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda:

ACUERDO N°4: EN FIRME POR UNANIMIDAD: AUTORIZAR AL LICDO. JORGE FALLAS MORENO, SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL, JURAMENTAR A LOS SEÑORES ANA BERTA SANDÍ ALPIZAR, CÉDULA N°1-0651-0654 Y JUAN CARLOS FERNÁNDEZ VARGAS, CÉDULA N°1-0638-0467, EN HORAS DE OFICINA.

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Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Tercero

Atención Sra. Rosa Virginia Mora Villalobos de la Asociación de Artesanos.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Hace entrada el Regidor Luis Vargas Chavarría.

La audiencia es por haber nosotros dado el permiso para realizar la Feria Uniendo Culturas en el 2016 y la Feria de la Cebolla necesita que sea en esa misma fecha. Señora Rosa Mora Villalobos: El problema que nos causa trasladar la Feria de fecha, es que eso lleva muchos trámites que organizar y ya hay boletos comprados, los traigo para que los puedan ver; además, la fecha debe ser en pago de quincena. Ya la fecha la cambiamos una vez; a pesar del maltrato que recibimos por el representante del Centro Agrícola.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: La idea no es molestar a alguna organización, sino que hacer conceso para que todos puedan hacer sus actividades; pero eso nos ha causado de alguna manera, un desajuste.

Señor Regidor José Ramón Sibaja Montero: Cometimos un error como Concejo Municipal; pero sería importante que ustedes entienda que nosotros también estamos en una situación un poco complicada. Entiendo que cuando se compran tiquetes de avión y se cambia la fecha, se debe pagar una penalidad; pero debemos buscar una forma que nos permita a todos estar bien y que nadie salga perjudicado; entonces no sé si el señor Alcalde pueda informarnos si la Administración puede colaborarles económicamente, de manera que no tengan perdida monetaria.

Señor Alcalde Gerardo Oviedo Espinoza: Esta consulta específica que se me hace de poder hacer un aporte mayor hacia lo que ya está establecido en Presupuesto, vía modificación presupuestaria puede realizarse.

En cuanto al tema que nos expuso el Centro Agrícola Cantonal de estacionalidad en la siembra de cebolla, estamos con climas muy extraños, lo cual ha obligado que se adelante la siembra y considero que este punto es bastante válido de los agricultores; entonces, solicito de forma respetuosa que lleguemos a un conceso para no perjudicar ni una y otra organización.

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Señor Vice Presidente Luis Vargas Chavarría: Es el 25 de febrero al 06 de marzo y solo sería una quincena. Aquí no se trata que si alguien trajo la solicitud primero o segundo, es el momento oportuno para realizar la actividad; las cebollas tienen una estacionalidad y no se puede saber la fecha exacta. Si bien es cierto hay boletos, se puede pagar la multa para cambiar el tiempo, ya que aquí lo que se busca es que todos ganen. Señora Rosa Mora Villalobos: Por favor pedimos unos minutos para reunirnos afuera para tomar la decisión.

Al ser las diecinueve horas con cincuenta y cuatro minutos se declara un receso. Al ser las veinte horas con diez minutos se reinicia la Sesión.

Señora Rosa Mora Villalobos: Lo que vamos a hacer es por ustedes, ya que se merecen el respeto y nuestra ayuda en este sentido; decidimos que la Feria se cambie para realizarse del 13 al 24 de abril del 2016, o sea, totalmente después, no nos sirve antes por la compra de útiles, y que nos ayuden económicamente.

Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Mociono: 1. revocar el acuerdo N°6 de la Sesión Ordinaria Nº285, celebrada el 20 de octubre del 2015. 2. Que la fecha de realización del XIV Finarte Uniendo Culturas, sea del 13 al 24 de abril de 2016. 3. Autorizar a la Administración Municipal, incluir en el Presupuesto, una ayuda económica a la a la Asociación Nacional de Artesanos Costa Rica Creativa Santa Ana, a modo de indemnización por el cambio de fecha. 4. Aprobar la Feria de la Cebolla del 2 al 20 de marzo de 2016.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Someto a votación.

APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En discusión. Suficientemente discutido. APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda:

ACUERDO N°5: EN FIRME POR UNANIMIDAD: 1. REVOCAR PARCIALMENTE EL ACUERDO N°6 DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº285, CELEBRADA EL 20 DE OCTUBRE DEL 2015, EN LOS QUE RESPECTA A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS FERIAS DE LA CEBOLLA Y EL XIV FINARTE UNIENDO CULTURAS. 2. QUE LA FECHA DE REALIZACIÓN DEL XIV FINARTE UNIENDO CULTURAS, SEA DEL 13 AL 24 DE ABRIL DE 2016. 3. AUTORIZAR A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, INCLUIR EN EL PRESUPUESTO, UNA AYUDA ECONÓMICA A LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ARTESANOS COSTA RICA CREATIVA SANTA ANA, A MODO DE INDEMNIZACIÓN POR EL CAMBIO DE FECHA. 4. APROBAR LA FERIA DE LA CEBOLLA DEL 02 AL 20 DE MARZO DE 2016.

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Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Cuarto

Proyecto de respuesta preparado por el Secretario del Concejo, Jorge A. Fallas Moreno, en relación con el Incidente de Nulidad y Recurso de Revocatoria presentado por el señor Juan Sebastian Marín Mejía, representante de la Sociedad ARBOREA FLATS, contra acuerdo N°7, punto c, de la Sesión Ordinaria número 286 del 27 de octubre de 2015.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Esto debido al acuerdo que se tomó respecto al acuerdo por la Comisión de Obras, en cuanto a que los permisos de construcción cuando se han iniciado sin permiso, deben cancelar la multa en su totalidad. 2.5. CONOCE ESTE CONCEJO MUNICIPAL: INCIDENTE DE NULIDAD, RECURSO DE REVOCATORIA CONTRA EL ACUERDO TOMADO POR CONCEJO MUNICIPAL EN LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 286 DE 27 DE OCTUBRE DE 2015. INFORME LEGAL PREPARADO POR EL LIC. JORGE A. FALLA MORENO, SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL.

I.- RESULTANDO: I.- Memorial MSA-Alc-GOT-05-343-2015, del Ing. Jeffrey Zumbado Vargas, Director, Gestión de Ordenamiento Territorial, Municipalidad de Santa Ana. Asunto: Presentó informe acerca del futuro Condominio Residencial Arbórea Flats, según acuerdo municipal N°2 de la Sesión Ordinaria N°281, realizada el 22 de setiembre de 2015. II.- Informa el Ing. Zumbado que el Concejo Municipal otorgó mediante el acuerdo Nº3de la Sesión Ordinaria Nº247, celebrada el 27 de enero del 2015, el permiso de construcción Nº 53-2015 para un futuro condominio residencial, el cual se encuentra clausurado porque se realizaron obras adicionales a las establecidas en dicho permiso.

III.- El Concejo Municipal en la sesión ordinaria número 286 de 27 de octubre de 2015, Acuerdo No. 7, artículo V, aprobó el dictamen de la comisión de obras número 70, y resolvió que, con base en la clausura en el Acta de Clausura Nº MSA-DOT-PPU-UCU-MIO-05-395-2015, realizada el 16 de septiembre de 2015, mediante la cual se constató la realización de obras que exceden lo autorizado en el permiso de construcción Nº 53-2015, imponer una multa al proyecto denominado ARBOREA

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FLATS, equivalente al monto de que deba cancelar por concepto de impuesto de construcción del futuro edificio de apartamentos.

IV.- Inconforme con lo resuelto, el recurrente presenta Incidente de Nulidad y Recurso de revocatoria contra un acuerdo de la sesión ordinaria No. 286, el cual no especifica, reconociendo la violación a la normativa constructiva al haber realizado obras que exceden lo autorizado en el permiso de construcción; alega, entre otras cosas, desproporcionada la medida; falto de proporcionalidad; nulidad de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 128 y 132 de la Ley General de la Administración Pública; que el acuerdo es posterior al otorgamiento del permiso de construcción; alegan que el acto está carente de motivación con vista en el artículo 132 de la Ley General de la Administración Pública y violatorio a los principios de legalidad y seguridad jurídica.

II.- RECURSO POR LA FORMA: Con vista en el artículo 156 del Código Municipal, según reforma contenida en la Ley 8773, publicada en La Gaceta No. 195 de 7 de Octubre de 2009, los recursos de revocatoria y apelación que se planteen ante el Concejo, deberán interponerse, en memorial razonado, dentro del quinto día. Revisados los antecedentes, se tiene presentado el recurso en forma y en tiempo.

En el mismo orden de cosas, se tiene que el recurrente renunció al recurso de apelación para ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Ello a la luz de la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, significa que “la no utilización de la apelación cuando procede, implica una renuncia a esa posibilidad y por tanto la conformidad del administrado con lo que, en virtud del recurso de revocatoria promovido, resuelva el órgano competente para conocerlo”(Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Resolución No. 79 de las 14:00 horas de 26 de Agosto de 1994).

Por otra parte, si bien el accionante no especifica el acuerdo que recurre, con vista en el principio de informalidad del procedimiento administrativo, se infiere que el acuerdo recurrido es el número siete, artículo VII, de la sesión ordinaria número 286 de 27 de octubre de 2015.

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III.- CONSIDERANDO: A.- SOBRE LA NULIDAD INVOCADA: No lleva razón la recurrente, toda vez que siguiendo el razonamiento del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Resolución No. 33-2011 de las catorce horas, treinta y cinco minutos del tres de febrero del dos mil once, en lo que se refiere al quantum de la sanción, en un caso similar al caso de marras, no se ha incurrido en una aplicación desproporcionada del ius puniendi, pues consideramos que el acto recurrido se ajusta a la legislación aplicable.

Como dice el Tribunal referido, el artículo 90 de la Ley de Construcciones establece que la sanción no puede sobrepasar la lesión económica que implique para la Municipalidad la falta de percepción del derecho de la licencia, el cual asciende al uno por ciento del costo total de las obras. Prosigue el Tribunal indicado diciendo:

Ese porcentaje no es el máximo a imponer, sino la sanción propiamente dicha. La norma, no prevé la posibilidad de graduar esa sanción, y lo único que hace es señalar que no se puede sobrepasar ese porcentaje.- Los principios de legalidad y tipicidad de las sanciones, por lo demás, impedirían que la entidad local disponga en cada caso, según su criterio, qué multa imponer.- La Municipalidad de Garabito, en todo caso, no impuso discrecionalmente el monto, sino que se limitó a aplicar el porcentaje legal indicado, que en este caso ascendió a sesenta y cuatro millones trescientos ochenta y siete mil ochocientos ochenta y un colones -¢64.387.881,00-, dada la magnitud y el alto costo de las obras, que es superior a los seis mil quinientos millones de colones…” (El

subrayado es nuestro).

Así las cosas, el porcentaje establecido en el artículo 90 de la Ley de Construcciones, no es el máximo por imponer, sino la sanción propiamente dicha. La norma no prevé la posibilidad de graduar esa sanción, y lo único que hace es señalar que no se puede sobrepasar ese porcentaje. Con base en lo anterior, basta con que se inicien las obras, sin el permiso municipal correspondiente, para que surja el hecho ilícito. Es un asunto de mera verificación.

Por tanto: El acto recurrido no es desproporcionado, no es nulo como lo alega el recurrente, ni carente de motivación, ni violatorio de los principios de legalidad ni seguridad jurídica. Nótese que las obras realizadas, fuera de lo autorizado, fueron hechas posteriormente al otorgamiento del permiso original.

POR TANTO: Lo procedente es rechazar el incidente de nulidad interpuesto por el aquí recurrente.

B.- RECURSO POR EL FONDO: El recurrente reconoce el hecho ilícito, esto es, haber realizado obras que no estaban contempladas en el permiso de construcción. Esto

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hace que la Municipalidad deba aplicar una sanción. En un caso similar ocurrido en Garabito, la SECCIÓN TERCERA del TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. En la resolución No. 33-2011 de las catorce horas treinta y cinco minutos del tres de febrero del dos mil once, en el considerando VII resolvió:

“En lo referente al quantum de la sanción, no estima este Despacho que se haya

incurrido en una aplicación desproporcionada del ius puniendi, pues la Municipalidad se ajustó plenamente a lo establecido en la legislación aplicable. El artículo 90 de la Ley de Construcciones, claramente establece que la sanción no puede sobrepasar la lesión económica que implique para la Municipalidad, la falta de percepción del derecho de la licencia, el cual asciende al uno por ciento (1%) del costo total de las obras.- Ese porcentaje no es el máximo a imponer, sino la sanción propiamente dicha. La norma, no prevé la posibilidad de graduar esa sanción, y lo único que hace es señalar que no se puede sobrepasar ese porcentaje.- Los principios de legalidad y tipicidad de las sanciones, por lo demás, impedirían que la entidad local disponga en cada caso, según su criterio, qué multa imponer.- La Municipalidad de Garabito, en todo caso, no impuso discrecionalmente el monto, sino que se limitó a aplicar el porcentaje legal indicado, que en este caso ascendió a sesenta y cuatro millones trescientos ochenta y siete mil ochocientos ochenta y un colones -¢64.387.881,00-, dada la magnitud y el alto costo de las obras, que es superior a los seis mil quinientos millones de colones…” (El subrayado es nuestro)

ACUERDO N°6: EN FIRME POR UNANIMIDAD: 1.- RECHAZAR EL INCIDENTE DE NULIDAD INTERPUESTO POR JUAN SEBASTIÁN MARÍN MEJÍA, EN CALIDAD DE PRESIDENTE, CON FACULTADES DE APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA DE LA SOCIEDAD DENOMINADA ARBOREA FLATS S.A.2.- RECHAZAR RECURSO DE REVOCATORIA INTERPUESTO POR JUAN SEBASTIÁN MARÍN MEJÍA, EN CALIDAD DE PRESIDENTE, CON FACULTADES DE APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA DE LA SOCIEDAD DENOMINADA ARBOREA FLATS S.A.3.- DECLARAR PRECLUIDA LA ETAPA, TODA VEZ QUE EL RECURRENTE RENUNCIÓ AL RECURSO DE APELACIÓN. 4.- DECLARAR LA FIRMEZA DEL ACTO Y ORDENAR SU EJECUCIÓN. ES TODO NOTIFÍQUESE.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Quinto

OFICIO MSA-AUI-05-114-2015 de 16 de Noviembre de 2015, suscrito por la Licenciada Paola Céspedes de la Auditoría Interna de esta Municipalidad, el cual

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contiene la Relación de Hechos RH-001-2015: Aparentes irregularidades en una actividad patrocinada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santa Ana, con el propósito de que se nombre un órgano director de procedimiento, a fin de que investigue los hechos denunciados, e identifique eventuales incumplimientos normativos, y finalmente brinde un informe final al Concejo Municipal en su condición de órgano decisor.

OFICIO MSA-AUI-05-115-2015 de 16 de Noviembre de 2015, suscrito por la Licenciada Paola Céspedes de la Auditoría Interna. Informe de Investigación Preliminar (Relación de Hechos), auditoría interna, Aparentes irregularidades en contrataciones directas realizadas por el Comité Cantonal de Deportes, a fin de que se nombre un órgano director del procedimiento, que investigue los hechos denunciados, e identifique eventuales incumplimientos normativos, y finalmente brinde un informe final al Concejo Municipal (Órgano decisor).

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Les solicito a los regidores que nos traslademos al salón adjunto para analizar estas relaciones de hecho.

Al ser las veinte horas con treinta y cuatro minutos se declara un receso. Al ser las veintiún horas con diez minutos se reinicia la Sesión.

ACUERDO N°7: EN FIRME POR MAYORÍA CALIFICADA: 1.- INICIAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO DE CONFORMIDAD CON LA RELACIÓN DE HECHOS RH-001-2015 Y RH-002-2015 RESPECTIVAMENTE, AMBAS CON FECHA DE 16 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, DE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, CONTRA LOS EVENTUALES RESPONSABLES SEÑALADOS EN LAS RELACIONES DE HECHOS INDICADAS.

2.-NOMBRAR AL LIC. JORGE A. FALLAS MORENO, SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL, PARA QUE ACTÚE COMO ÓRGANO DIRECTOR DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 211, SIGUIENTES Y CONCORDANTES DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

3.- JURAMENTAR AL LIC. JORGE A. FALLAS MORENO. SECRETARIO DE CONCEJO MUNICIPAL, COMO ÓRGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO AQUÍ SEÑALADO.

4.- EL LIC. JORGE A. FALLAS MORENO ACEPTA EL JURAMENTO Y PROMETE CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE SU CARGO.

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Votos a favor de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Ángelo González Sánchez. Votos en contra de la señora regidora Marianela Lobo Cabezas.

Sexto

Solicitud de vacaciones del Lic. Mario Chan Jiménez, Auditor municipal, para el día Lunes 30 de noviembre de 2015.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Debe sustituir su puesto la Licda. Ana Cecilia Díaz Ruiz por ser la más idónea en su profesión. Someto a votación.

APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En discusión. Suficientemente discutido.

APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda:

ACUERDO N°8: EN FIRME POR UNANIMIDAD: AUTORIZAR VACACIONES AL LIC. MARIO CHAN JIMÉNEZ, AUDITOR INTERNO DE ESTA MUNICIPALIDAD, PARA EL DÍA LUNES TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE. EN SU DEFECTO, DURANTE ESE DÍA DE VACACIONES DEL SEÑOR AUDITOR, QUEDARÁ A CARGO DE LA OFICINA DE LA AUDITORÍA INTERNA, LA LICENCIADA ANA CECILIA DÍAZ RUÍZ.

Votos a favor de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, Marianela Lobo Cabezas, José Ramón Sibaja Montero, Ángelo González Sánchez.

Sétimo

Recurso de Revisión Extraordinaria interpuesto por la CORPORACIÓN BL VEINTIUNO DE SANTA ANA S.A. (Caso Terrazas) los siguientes acuerdos del Concejo Municipal: Artículo III de la Sesión Ordinaria No. 181 de 8 de Diciembre de 2009; Artículo XI de la Sesión Ordinaria número 233 de 21 de octubre de 2014; artículo XII de la sesión ordinaria No. 235 de 4 de Noviembre de 2014; los actos MSA-DOT-D-03-607-2009 de 15 de 2009, MSA-Alc-04-99-10 de 9 de febrero de 2010, todos los usos de suelo y permisos de construcción otorgados después del 9 de febrero del año 2010, sobre la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de

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San José, finca madre número 3832-M-000, cuyo antecedente es la finca del Partido de San José inscrita bajo el sistema de folio real 464397-000 y cuyo plano de catastro es el SJ-361033-96, y de sus derivados. SE TRASLADA A LOS SEÑORES Y SEÑORA REGIDORES PARA SER VOTADO EL PRÓXIMO MARTES PRIMERO DE DICIEMBRE

ARTÍCULO III. Correspondencia.

1. Memorial de fecha 16 de octubre de 2015, remitido por la Sra. Guerrero Aguilar, vecina de Santa Ana Centro, en el que solicita ayuda para construir un cuarto más en su casa de habitación. COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES.

2. Memorial de fecha 13 de noviembre de 2015, remitido por el Licdo. Pablo Monge, Promotor Social del Área de Salud Santa Ana, COOPESANA R.L, en el que invita al Taller de ASIS 2015, con el fin de brindar informe acerca de los programas de salud y proyectos efectuados en el periodo 2015 y resultados de la encuesta comunal en los meses de marzo a mayo; a realizarse el 26 de noviembre de 2015, de 6:00 p.m. a 8:00 p.m. en la sala de sesiones dela Clínica Central. QUEDAN INVITADOS.

3. Memorial de fecha 16 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Karen Porras, Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, en el que se refieren a la consulta que realizaron al Tribunal Supremo de Elecciones, en cuanto a la veda publicitaria y las elecciones municipales, en el cual establecen que el artículo 142 del Código Electoral no contempla que en las elecciones municipales exista alguna prohibición para las instituciones públicas de resaltar sus logros, tal y como sí existe en las elecciones presidenciales. TOMAR NOTA.

4. Memorial DE-1809-11-2015, de fecha 16 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Karen Porras, Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, en el que adjuntan modelo de Reglamento de Aceras, elaborado por el Licdo. Randall Marín Orozco, Asesor Legal, con el objetivo de que las municipalidades valoren su aplicación de acuerdo con sus necesidades. COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.

5. Memorial MSA-GFT-PLM-05-00447-2015, de fecha 19 de noviembre de 2015, remitido por la Licda. Dinorah Arley Mata, Encargada del Departamento de Licencias y Patentes Municipales, en el que traslada solicitud del Sr. William Alpizar Hidalgo, para permiso ocasional de demostración y venta de vehículos dentro del área común del centro comercial Santa Ana 2000, comprendido del 27 de noviembre al domingo 6 de diciembre del 2015. PARA SU ATENCIÓN, TRASLÁDESE A LA

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ADMINISTRACIÓN Y SE LES SOLICITA UN CRITERIO LEGAL ACERCA DE A QUIEN LE CORRESPONDE OTORGAR ESTE TIPO DE PERMISOS EN PROPIEDAD PRIVADA.

6. Memorial de fecha 17 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Sandí Sandí, vecina de Salitral, en el que solicita ayuda social para realizar mejoras a su vivienda.

PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES. 7. Memorial MSA-GAD-PRV-05-246-15, de fecha 18 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Sra. Karla Guerrero, funcionaria del Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Santa Ana, en el que aclara el faltante de acta de apertura en el expediente administrativo de la Licitación Abreviada 2015LA-000017-01 “Adquisición, instalación, configuración y funcionamiento de equipos de comunicación para el centro de datos”, conocida por la Comisión de Gobierno y Administración el pasado 17 de noviembre de 2015. TOMAR ACUERDO RELACIONADO CON EL DICTAMEN Nº 94 DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.

8. Memorial de fecha 18 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Cordero Arias, vecina de Santa Ana Centro, en el que solicita ayuda social para su padre quien padece delicados problemas de salud. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES.

9. Informe legal N°0019-2015-SA, remitido por el E.MSc. Carlos Mejías Arguedas, Asesor Legal, Concejo Municipal, en el que da criterio solicitado por el Concejo Municipal, en cuanto al expediente de la Asamblea Legislativa 19.699 “Modificación de la Ley N°833, Ley de construcciones y sus reformas”

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Someto a votación la aprobación de este informe para ser enviado directamente a la Asamblea Legislativa.

APROBADO POR UNANIMIDAD.

En discusión. Suficientemente discutido.

APROBADO POR UNANIMIDAD. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD.

En consecuencia, el Concejo Municipal tomó el siguiente acuerdo:

ACUERDO N°9: EN FIRME POR UNANIMIDAD: ACOGER Y ORDENAR SU ENVÍO A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA: INFORME LEGAL N°0019-2015-SA, REMITIDO

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POR EL E.MSC. CARLOS MEJÍAS ARGUEDAS, ASESOR LEGAL, CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE DA CRITERIO SOLICITADO POR EL CONCEJO MUNICIPAL, EN CUANTO AL EXPEDIENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA 19.699 “MODIFICACIÓN DE LA LEY N°833, LEY DE CONSTRUCCIONES Y SUS REFORMAS”.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

10. Memorial 0650-11-15D18, de fecha 19 de noviembre de 2015, remitido por el Msc. Jacqueline Soto Rivel, Sub Intendente de Policía y Sub Jefe de Delegación de Santa Ana, en el que informa acerca de las necesidades que tiene la Policía de Proximidad para realizar un nuevo Convenio de Cooperación: Ministerio de Seguridad Pública – Municipalidad de Santa Ana. COMISIÓN DE SEGURIDAD

CIUDADANA.

11. Copia de memorial N°226-11-18B, de fecha 20 de noviembre de 2015, remitido por la Msc. Jacqueline Soto Rivel, Sub Intendente de Policía y Sub Jefe de Delegación de Santa Ana, al Sr. José Domingo López, Comisionado de Policía y Director Regional de San José, informando acerca de la situación de la Delegación Policial de Santa Ana, que cuenta con 3 órdenes sanitarias, emitidas e incumplidas, así como su preocupación por la posible ejecución de clausura de la delegación, justificado por las condiciones de ruinosidad, peligrosidad e insalubridad de la misma.

PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA.

PARA SU ATENCIÓN, TRASLÁDESE A LA ADMNISTRACIÓN.

12. Copia de memorial N°225-11-18B, de fecha 19 de noviembre de 2015, remitido por la Msc. Jacqueline Soto Rivel, Sub Intendente de Policía y Sub Jefe de Delegación de Santa Ana, a la Arq. Irene Soto Urbina, Jefe del Departamento de Obras Civiles del Ministerio de Seguridad Pública, informando acerca de la situación sanitaria de la Delegación Policial de Santa Ana, así como solicitando criterio técnico referente a la extensión territorial mínima y otros requerimientos para la construcción de una nueva unidad policial según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Seguridad Pública. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE

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13. Memorial de fecha 23 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Cinthia Sáenz Sancho, Presidenta de la Asociación Escultórica Valle del Sol, en el que invita al Primer Encuentro de Escultores, que estará presente en las Fiestas Patronales de la Parroquia Inmaculada Concepción de Pozos, del 04 al 13 de diciembre. QUEDAN

INVITADOS.

14. Invitación recibida en la Secretaría del Concejo Municipal el 23 de noviembre de 2015, remitido por la Policía Municipal de Santa Ana, a la graduación y entrega de certificados del programa “Mi Barrio Seguro”, a realizarse el miércoles 02 de diciembre a las 7:00 p.m. en el Auditorio del tercer piso de la Casa Municipal de la Cultura. QUEDAN INVITADOS.

15. Memorial de fecha 23 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. María Eugenia Vargas Solera, vecina del Residencial Valle del Sol en Santa Ana, en el que adjunta documentos que respaldan los derechos adquiridos por Soleras, S.A. acerca de los cambios solicitados por la sociedad civil al proyecto del Plan Regulador y aprobados por el Concejo Municipal, en la Sesión Ordinaria Nº 41, celebrada el 13 de febrero del 2007. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE

ORDENAMIENTO URBANO Y PLAN REGULADOR.

16. Memorial N°819, de fecha 23 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Cinthia JimÉNEZ Mora, Secretaria del Alcalde Municipal de Santa Ana, en el que traslada oficio MSA-UVS-05-134, de fecha 09 de noviembre de 2015, remitido por la Licda. Cristina Monge Acuña, Vice Alcaldesa. De Santa Ana, en el que presenta valoración social de la Andrea Sra. Mora Méndez, realizada por la Licda. Lydia Lacayo Mena. PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES. 17. Memorial CCDR SANTA ANA 252-2015, de fecha 17 de noviembre de 2015, remitido por la Sra. Mayela Méndez Benamburg, Secretaria del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santa Ana, en el que transcribe acuerdo de la Sesión Ordinaria N°27-014-2015, realizada el 02 de noviembre de 2015 por el CCDRSA, donde se delega a la Sra. Karla Barboza, gestionar el permiso con la Municipalidad para el cierre de la calle norte de la cancha del centro para utilizarlo en la realización de los Juegos Comunales. SE LE DELEGA A LA SECRETARÍA MUNICIPAL, SOLICITAR ACLARACIÓN ALCOMITÉ CANTONAL DE DEPORTES ACERCA DE ESTE TEMA.

18. Acta N°132 de Concejo de Distrito Centro, firmado por el Sr. Roberto Castro Araya y Luis Ángel Saborío Soto, Presidente y Secretario respectivamente, en el que aprueban la selección de las siguientes personas como miembros de la Junta de Educación del I.E.G.B. Andrés Bello López.

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NOMBRE CÉDULA Sandra Pérez Clara 1-0978-0529 Mauricio Castro Vargas 0660-0524 Ana Berta Sandí Alpizar 1-0651-0654 Juan Carlos Fernández Vargas 1-0638-0467 Rosa Rodríguez Blanco 1-0704-0537

19. Invitación remitida por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación Santa Ana, a la inauguración de los Juegos Comunales Santa Ana 2015, el domingo 29 de noviembre de 2015, a las 9:00 a.m. en la cancha grande de Piedades. QUEDAN INVITADOS.

20. Invitación a la inauguración y bendición del Portal Navideño, a realizarse el viernes 04 de diciembre a las 3:30 p.m., en el parqueo del edificio principal de la Municipalidad de Santa Ana. QUEDAN INVITADOS.

ARTÍCULO IV. Iniciativa de los Síndicos. NO SE PRESENTARON. ARTÍCULO V. Informe e Iniciativas del señor Alcalde Municipal.

Primero

Mediante memorial MSA-ALC-05-685-2015, de fecha 24 de noviembre de 2015, en el cual se solicita finalizar los convenios suscritos con EUCOR y Gigantografías por incumplimientos. PARA SU ATENCIÓN, TRASLÁDESE A LA AUDITORÍA INTERNA.

Segundo

Mediante memorial MSA-ALC-ASL-05-391-2015, de fecha 24 de noviembre de 2015, la Licda. Andrea Robles Álvarez, Asesora Legal de la Municipalidad de Santa Ana, solicita autorización para la firma del Convenio de cooperación con el Hogar de Ancianos de Piedades, debido que la Contraloría General de la República así lo requiere, para poderles transferir el dinero con el ejecutarán la obra de ingreso a su Hogar.

CONVENIO DE COOPERACION ECONOMICA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA Y LA FUNDACIÓN HOGAR DE ANCIANOS DE PIEDADES DE SANTA ANA

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Entre nosotros, la MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, con cédula jurídica número: tres - cero uno cuatro – cero cuatro dos cero cinco nueve, representada en este acto por el señor GERARDO OVIEDO ESPINOZA, mayor, casado, portador de la cédula de identidad número: uno – quinientos noventa – cuatrocientos setenta y cinco, en su condición de ALCALDE MUNICIPAL, con la representación judicial y extrajudicial según consta en la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, número diecinueve- E once- dos mil once, de las nueve horas con treinta minutos del tres de enero del dos mil once, Publicada en el Diario Oficial La Gaceta número diez del día catorce de enero del dos mil once, electo popularmente para el periodo 2011-2016, autorizado para este acto, mediante acuerdo adoptado por el Consejo Municipal, en la Sesión Ordinaria No. ___ celebrada el __ de noviembre de 2015, en adelante denominada la MUNICIPALIDAD y la FUNDACIÓN HOGAR DE ANCIANOS DE PIEDADES DE SANTA ANA, inscrita en el Registro Público, en el Registro de Personas Jurídicas, bajo el número de cédula jurídica número: tres-cero cero seis- cero siete uno cero nueve seis, representada por su PRESIDENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma JUAN DIONISIO SIBAJA PORRAS, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, cédula de identidad número: uno-cero trescientos sesenta-uno-cero ciento ochenta y ocho, en adelante denominada la FUNDACIÓN, hemos convenido en celebrar el presente convenio, que se regirá por la legislación vigente y las siguientes convenciones:

CONSIDERANDO

PRIMERA: La misión de la Fundación es brindar servicios asilo permanente y atención constante a personas adultas mayores.

SEGUNDA: Que el trabajo que realiza la Fundación consiste en dar atención especializada, institucionalizada e interna, de rehabilitación física, mental y social para las personas adultas mayores residentes; el cual es un servicio social.

TERCERA: Que el CÓDIGO MUNICIPAL Ley Número 7794, autoriza a las Municipalidades a subvencionar centros de educación pública, beneficencia o servicio social que presten servicios al cantón respectivo.

CUARTA: Que la LEY INTEGRAL PARA LA PERSONA ADULTA MAYOR Número 7935, autoriza a las instituciones estatales para que efectúen donaciones en beneficio de los asilos, los hogares y las instituciones dedicadas a la atención de los ancianos, en el artículo 56.

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PRIMERA: Que la Municipalidad brindará a la Fundación, apoyo técnico y financiero para ampliar a dos carriles de uso vehicular y uno de uso peatonal, el camino interno en la finca que sirve de acceso a la edificación donde funciona el Hogar. SEGUNDA: Que la Municipalidad por medio de un funcionario profesional en topografía realizará el levantamiento de niveles, detalles y curvas del suelo para establecer el diseño planimétrico de la obra.

TERCERA: Que la Municipalidad con cargo a su presupuesto, aportará a la Fundación la suma de QUINCE MILLONES DE COLONES (₡ 15.000.000,00), cuyo destino es la construcción de la obra descrita en la cláusula PRIMERA.

CUARTA: Que la Fundación se compromete a que los fondos que la Municipalidad de Santa Ana le transferirá, son única y exclusivamente para el destino dicho, para lo cual previo al giro los recursos aportará un presupuesto con el valor estimado de la obra.

QUINTA: Se estima el presente convenio en la suma de QUINCE MILLONES DE COLONES (₡ 15.000.000,00).

SEXTA: La Fundación recibirá sus notificaciones en sus instalaciones ubicadas en San José, Santa Ana, Piedades contiguo a la Escuela. La Municipalidad señala como lugar para notificaciones la oficina del señor Alcalde, ubicada en el Palacio Municipal, ubicado 50 metros norte de la Iglesia Católica de Santa Ana centro, frente a Importadora Monge.

SETIMA: En caso de incumplimiento de este convenio por parte de la Fundación, la Municipalidad podrá recuperar el valor de lo donado.

Leído lo anterior, resulta conforme y se firma a las trece horas del ___ de noviembre del año dos mil quince.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Acojo como moción la solicitud de la Alcaldía.

APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En discusión. Suficientemente discutido.

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Por lo anterior se acuerda:

ACUERDO N°10: EN FIRME POR UNANIMIDAD: APROBAR EL CONVENIO DE COOPERACION ECONÓMICA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA Y LA FUNDACIÓN HOGAR DE ANCIANOS DE PIEDADES DE SANTA ANA. AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL, LIC. GERARDO OVIEDO ESPINOZA, PARA QUE SUSCRIBE EL CONVENIO REFERIDO.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez.

Tercero

Mediante memorial MSA-GAD-PRV-05-256-15, de fecha 24 de noviembre de 2015, la Proveeduría Municipal solicita autorización para que la Administración adjudique los siguientes procesos de Contratación Administrativa:

1. Licitación Abreviada No. 2015LA-000032-01 “suministro de materiales y mano de obra para canalización de aguas pluviales y construcción de estructura de pavimento flexible en Calle Chinchilla, Pozos”. Se recomienda adjudicar a SG Construcciones SRL, por un monto de ₡56,525,020.07 (cincuenta y seis millones quinientos veinticinco mil veinte con 07/100).

2. Licitación Abreviada No. 2015LA-000033-01 “suministro de materiales y mano de obra para construcción de paso vehicular sobre la Quebrada Tapezco, distrito Salitral de Santa Ana”. Se recomienda adjudicar a Grupo Orosi, S.A., por un monto de ₡26,263,000.00 (veintiséis millones doscientos sesenta y tres mil colones exactos).

3. Construcción de cordón y caño, colocación de tubería y obras adicionales para manejo de aguas pluviales en el cantón. Se recomienda adjudicar a Grupo Orosi, S.A. por un monto de ₡29,905,042.34 (veintinueve millones novecientos cinco mil cuarenta y dos con 34/100).

Asfaltos de Grecia, S.A: Por un monto de ₡39,989,332.00 (Treinta y nueve millones novecientos ochenta y nueve mil trescientos treinta y dos colones exactos).

4. Licitación Abreviada no. 2015LA-000037-01 “suministro de materiales y mano de obra para construcción estructura de pavimento flexible calle la Caraña, Piedades”. Se recomienda adjudicar a Asfaltos de Grecia, S.A. , por un

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monto de ₡29,001,812.00 (veintinueve millones un mil ochocientos doce colones exactos).

5. Licitación Abreviada No. 2015LA-000031-01 “Polideportivo La Promesa, Piedades de Santa Ana”. Se recomienda adjudicar a la Compañía Constructora Hernández y Martins, S.A., por un monto de ₡36,200,000.00 (treinta y seis millones doscientos mil colones exactos).

PARA SU DICTÁMEN, TRASLÁDESE A LA COMISIÓN DE PÚBLICAS. Tercero

Memorial MSA-GAD-PRV-05-242-15, de fecha 23 noviembre de 2015, remitido por la Proveeduría Municipal, en el que solicita autorización para que la Administración declare infructuoso el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada No. 2015LA-000038-01 “diagnóstico de vulnerabilidad y riesgo social del Cantón de Santa Ana”. Al no existir ofertas que valorar se declara infructuoso el procedimiento.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Acojo como moción la solicitud del señor Alcalde. APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN.

En discusión. Suficientemente discutido.

APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior se acuerda:

ACUERDO N°11: EN FIRME POR UNANIMIDAD: DECLARAR INFRUCTUOSO EL SIGUIENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA: LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2015LA-000038-01: DIAGNÓSTICO DE VULNERABILIDAD Y RIESGO SOCIAL DEL CANTÓN DE SANTA ANA.

Votos de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, José Ramón Sibaja Montero, Marianela Lobo Cabezas, y Ángelo González Sánchez. ARTÍCULO VI. Dictámenes de comisiones.

MSA-SCM-SEC-05-279-2015

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COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN Martes 17 de noviembre de 2015

Hora: 11:00 a.m. Asistentes:

• Licda. Marianela Lobo Cabezas - Coordinadora • Norma Solís Gómez

Agenda:

1. Memorial MSA-GAD-PRV-05-238-15 de la Sra. Karla Guerrero Mora, Proveeduría Municipal.

2. Memorial del Sr. Tyrone Cherry, Director de la Fundación Earthcorp de Costa Rica.

3. Memorial de la Sra. Beth Jo Berkowitz, Fundadora de la Fundación Costarricense de Dislexia.

4. Memorial de la Sra. María Nancy Ramírez Castro, Secretaria de la Fundación Grupo de Adultos con Discapacidad GAD.

Dictamen No.94

1. Memorial MSA-GAD-PRV-05-238-15 de la Sra. Karla Guerrero Mora, Proveeduría Municipal. Asunto: Solicitud de autorización para que la Administración adjudique el siguiente proceso de Contratación Administrativa: Licitación Abreviada No. 2015LA-000017-01 “Adquisición, instalación, configuración y funcionamiento de equipos de comunicación para el centro de datos”.

Considerando que el expediente no cuenta con copia del acta de apertura, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal no aprobar la Licitación Abreviada No. 2015LA-000017-01, por cuanto el acta es un requisito formal y legal indispensable para tener certeza de la documentación presentada por el oferente.

Dictamen No.95

2. Memorial del Sr. Tyrone Cherry, Director de la Fundación Earthcorp de Costa Rica. Asunto: Solicitud de nombramiento del Sr. Omar John Ahmadzai, como representante municipal para la Fundación Earthcorp de Costa Rica.

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Luego de Analizar la solicitud, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, aprobar el nombramiento del Sr. Omar John Ahmadzai, pasaporte 476048222, como representante municipal ante la Fundación Earthcorp de Costa Rica.

Dictamen No.96

3. Memorial de la Sra. Beth Jo Berkowitz, Fundadora de la Fundación Costarricense de Dislexia. Asunto: Solicita que se nombre al Sr. Jaime Messalles, como representante de la Municipalidad de Santa Ana ante la Fundación Costarricense de Dislexia.

Luego de Analizar la solicitud, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, aprobar el nombramiento del Ing. Jaime Mesalles Vargas, cédula 1-0584-0045, como representante municipal ante la Fundación Costarricense de Dislexia.

Dictamen No.97

4. Memorial de la Sra. María Nancy Ramírez Castro, Secretaria de la Fundación Grupo de Adultos con Discapacidad GAD. Asunto: Solicitud para nombrar como representante municipal en la Fundación GAD, a la Sra. Vilma Arias Fallas.

Luego de analizar la solicitud, la Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal, aprobar el nombramiento de la Sra. Vilma Arias Fallas, cédula 1-0391-1109, como representante municipal ante la Fundación GAD. Licda. Marianela Lobo Cabezas Nathalia Mora Delgado Coordinadora Secretaria de Comisiones

Señora Regidora Marianela Lobo Cabezas: Mociono: que el dictamen N°94 sea modificado de la siguiente manera: que se declare desierta la Licitación Abreviada No. 2015LA-000017-01 “Adquisición, instalación, configuración y funcionamiento de equipos de comunicación para el centro de datos”. Lo anterior por razones de protección al interés público, por no haberse observado el procedimiento correspondiente, según lo normado en el artículo 86 del Reglamento de Contratación Administrativa. Autorizar al señor Alcalde para que reinicie el procedimiento.

Señor Presidente Gerardo Anchía Azofeifa: Someto a votación la moción presentada.

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APROBADO POR UNANIMIDAD. EN FIRME POR UNANIMIDAD. En consecuencia se toma el siguiente acuerdo:

ACUERDO N°12 EN FIRME POR UNANIMIDAD: A. SE APRUEBA EL DICTAMEN N°94 DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MSA-SCM-SEC-05-279-2015 DE LA SIGUIENTE MANERA: DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN ABREVIADA NO. 2015LA-000017-01 “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN PARA EL CENTRO DE DATOS”. LO ANTERIOR POR RAZONES DE PROTECCIÓN AL INTERÉS PÚBLICO, POR NO HABERSE OBSERVADO EL PROCEDIMIENTO CORRESPONDIENTE, SEGÚN LO NORMADO EN EL ARTÍCULO 86 DEL REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE PARA QUE REINICIE EL PROCEDIMIENTO. SE APRUEBA EN TODOS SUS TÉRMINOS.

Votos a favor de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, Marianela Lobo Cabezas, José Ramón Sibaja Montero, Ángelo González Sánchez.

En discusión los dictámenes N°95, 96 y 97. Suficientemente discutido. APROBADO POR UNANIMIDAD.

Los regidores que estén de acuerdo en aprobar en firme la votación antes realizada, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. En consecuencia se toma el siguiente acuerdo: ACUERDO N°13 EN FIRME POR UNANIMIDAD:

A. APROBAR EN TODOS SUS TÉRMINOS, LOS DICTÁMENES N°95, 96 Y 97 DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MSA-SCM-SEC-05-279-2015.

B. APROBAR EL NOMBRAMIENTO DEL SR. OMAR JOHN AHMADZAI, PASAPORTE 476048222, COMO REPRESENTANTE MUNICIPAL ANTE LA FUNDACIÓN EARTHCORP DE COSTA RICA.

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C. APROBAR EL NOMBRAMIENTO DEL ING. JAIME MESALLES VARGAS, CÉDULA 1-0584-0045, COMO REPRESENTANTE MUNICIPAL ANTE LA FUNDACIÓN COSTARRICENSE DE DISLEXIA.

D. APROBAR EL NOMBRAMIENTO DE LA SRA. VILMA ARIAS FALLAS, CÉDULA 1-0391-1109, COMO REPRESENTANTE MUNICIPAL ANTE LA FUNDACIÓN G.A.D. Votos a favor de los regidores: Gerardo Anchía Azofeifa, Luis Ángel Vargas Chavarría, Marianela Lobo Cabezas, José Ramón Sibaja Montero, Ángelo González Sánchez.

MSA-SCM-SEC-05-284-2015 COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

Miércoles 18 de noviembre de 2015 Hora: 5:00 p.m.

Asistentes:

Gerardo Anchía Azofeifa – Coordinador Norma Solís Gómez

Ing. Andrea Ávalos Bastos Ing. Jeffrey Zumbado Vargas Jean Carlo Téllez Urbina Agenda:

1. Memorial MSA-GOT-Alc-05-371-2015 del Ing. Jeffrey Zumbado Vargas, Director, Ordenamiento Territorial.

2. Memorial MSA-Alc-GOT-05-370-2015 del Ing. Jeffrey Zumbado Vargas, Director, Ordenamiento Territorial.

3. Memorial MSA-GAD-PRV-05-241-15 de la Sra. Karla Guerrero Mora, Proveeduría Municipal.

4. Memorial remitido por los vecinos de Calle el Pastel, Matinilla, Salitral, Santa Ana.

5. Memorial del Ing. Derk Van Wilpe del Condominio Parque Montaña del Sol y el Ing. Manuel Antonio Arley Mata, de New Coast Investments S.A.

6. Memorial del Sr. Manuel Antonio Arley Mata, Condominio Parque Montaña del Sol.

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7. Memorial del Sr. Javier Angulo Zamora, Representante Legal, Sociedad Vistana Real S.A.

8. Memorial MSA-GFT-VAL-05-459-2015 del Ing. Guillermo Hernández Picado, Encargado, Proceso de Valoración, Municipalidad de Santa Ana.

9. Memorial del Sr. Hernán Raúl Martínez, Representante Legal, Cuestamoras Urbanismo.

Dictamen No.74

1. Memorial MSA-GOT-Alc-05-371-2015 del Ing. Jeffrey Zumbado Vargas, Director, Ordenamiento Territorial. Asunto: Presenta solicitud de permiso de construcción del proyecto: Condominio Residencial Bosques de Humza, APC 698714, para análisis del Concejo Municipal.

Nombre del Proyecto: CONDOMINIO RESIDENCIAL BOSQUES DE HUMZA. Plano catastrado: SJ-661625-2000.

Ubicación: Urbanización Bosques de Santa Ana Lote 14H, Santa Ana. Nombre del propietario: 3-101-543662 S.A.

Ubicación según Plan Regulador: Zona Residencial de Alta Densidad. Área total del proyecto: 332 m²(4 viviendas y obras de infraestructura). Primera Revisión:

DOCUMENTOS APORTADOS

Personerías jurídicas: Se adjunta en el expediente.

Cedula del representante legal o propietario: No se adjunta en el expediente.

Plano catastrado: Se adjunta en el expediente.

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Desfogue pluvial: Se adjunta en el expediente oficio MSA-ALC-GIO-05-319-2015.

Viabilidad Ambiental: No se requiere. Retiros de Ríos o Quebradas: No aplica.

Alineamiento Vial: Se adjunta en el expediente oficio MSA-GOT-GEM-05-438-2015-AL-1489.

Permiso de autorización de ruptura de vía para colocación de tubería potable, sanitaria o pluvial: No aplica.

Contrato del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos: Se adjunta en el expediente.

Disponibilidad de agua Potable: Se adjunta en el expediente OFICIO UND-GAM-2938-2015-11035.

ANALISIS DE REQUISITOS SEGÚN PLAN REGULADOR DEL CANTON DE SANTA ANA Y OTRA NORMATIVA EN PLANIFICACION URBANA.

Certificado del Uso del suelo: Cuentan con el certificado del uso del suelo conforme para construcción de Condominio Residencial mediante el oficio MSA-GOT-GEM-05-1849-2015.

Densidad:

El proyecto presenta un total de 4 fincas filiales la cual se distribuye de la siguiente manera:

Las 4 fincas filiales serán de dos niveles cada una donde en el primer nivel se pueden apreciar aposentos destinados para cocina, comedir y sala.

En el segundo nivel se puede apreciar que cada apartamento tiene un dormitorio cada uno para un total de 4 dormitorios.

Total Dormitorios: 4 Dormitorios.

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Por lo tanto cumple con la densidad máxima permitida de la Zona Residencial de Alta Densidad

Total habitantes permitidos según Plan Regulador Zona Residencial de Alta Densidad: Área del Lote * DENSIDAD / 10.000)= 310.43*250 / 10.000 = 8 habitantes.

Altura de los edificios: según los planos aportados se muestran 2 niveles con una altura de 6.85 m hasta la parte más alta de la misma.

Por lo tanto cumple con la altura máxima y cantidad de pisos establecidos en el Plan Regulador según la Zona Residencial de Alta Densidad.

Cobertura: El proyecto muestra una cobertura según áreas construidas de 228 m² lo que corresponde a un 74% de cobertura.

Por lo tanto cumple con la cobertura permitida la cual para la Zona Residencial de Alta Densidad la cual es del 75%.

Retiros según Plan Regulador:

Línea de construcción (2m): En planos se muestra una línea de construcción de 2m del centro de la vía. Por lo tanto cumple con la línea de construcción la cual contempla el retiro frontal de 2 m.

Retiro lateral (puede construir en la colindancia sin presencia de ventanas o aberturas): En planos aportados se contemplan las viviendas sobre las colindancias sin la presencia de ventanas o aberturas. Por lo tanto cumple con el retiro lateral.

Retiro Posterior (3m): Al ser un lote esquinero no se contempla el retiro posterior.

Por lo tanto cumple con los retiros establecidos para la Zona Residencial de Alta Densidad.

Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales: El proyecto indica que el sistema de tratamiento será mediante la red de alcantarillado sanitario ya que la urbanización Bosques es de Santa Ana cuenta con red sanitaria y planta de tratamiento.

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Observaciones documentales y técnicas de la Dirección de Ordenamiento Territorial: Sin observaciones.

La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal aprobar la solicitud de permiso al Proyecto Condominio Residencial Bosques de Humza, APC 698714, por cumplir con la normativa atinente.

Favor notificar al interesado: Teléfono: 8339 6669 / Correo Electrónico: pabloplotica@hotmail.com

Dictamen No.75

2. Memorial MSA-Alc-GOT-05-370-2015 del Ing. Jeffrey Zumbado Vargas, Director, Ordenamiento Territorial. Asunto: Presenta solicitud de permiso de construcción del proyecto: II Etapa Obras de Infraestructura y Planta de Tratamiento Condominio Residencial Río Plata, APC 679915, para análisis del Concejo Municipal.

Nombre del Proyecto: II ETAPA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y PLANTA DE TRATAMIENTO CONDOMINIO RESIDENCIAL RIO PLATA.

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Ubicación: De la intersección de Calle Cebadilla con la Ruta 121, 350 m al suroeste sobre la Calle Cebadilla, Piedades

Personerías jurídicas: Se adjunta en el expediente

Cedula del representante legal o propietario: Se adjunta en el expediente Plano catastrado: Se adjunta en el expediente

Certificación Registral de la propiedad: Se adjunta en el expediente Desfogue pluvial: Se adjunta en el expediente MSA-ALC-GIO-05-085-2015.

Viabilidad Ambiental: Se adjunta en el expediente mediante resolución de SETENA 2214-2015-SETENA

Retiros de Ríos o Quebradas: Se contempla un retiro de 10 m sobre la Rio Oro según alineamiento emitido por el INVU 39969.

Alineamiento Vial: Se adjunta en el expediente

Permiso de autorización de ruptura de vía para colocación de tubería potable, sanitaria o pluvial: Le corresponde a Dirección de Obras realizar la Garantía de Cumplimiento por las obras a realizar en vía pública.

Contrato del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos: Se aporta.

Disponibilidad de agua Potable: Se adjunta oficio AyA UND-GAM-CCH-4180-2013-1352(2012)

Ruta de Botado: No aplica ya que material Nombre del propietario: Potrero Cuatro RUP S.A

Ubicación según Plan Regulador: Zona Residencial de Media Densidad.

Área total del proyecto: 3114 ml (obras de infraestructura condominio de lotes) DOCUMENTOS APORTADOS

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ANALISIS DE REQUISITOS SEGÚN PLAN REGULADOR DEL CANTON DE SANTA ANA Y OTRA NORMATIVA EN PLANIFICACION URBANA.

Certificado del Uso del suelo: Cuenta con el certificado del uso del suelo conforme para construcción de tapias y caseta de seguridad mediante el oficio MSA-GEM-SGE-04-1224-2014

Descripción del proyecto.

Corresponde a la etapa final con la construcción de las obras de infraestructura como accesos, áreas de juegos infantiles y áreas sociales del condominio de lotes. El proyecto consta de un condominio de lotes con un total de 60 lotes con un promedio de 169m².

Área y frente mínimo de lote:

El proyecto presenta un total de 60 lotes en el sector de Calle Cebadilla Piedades, Santa Ana los cuales tienen áreas superiores a los 150 m² y frentes superiores a los 8 m por lo que cumple con el área mínima y frente mínimo ya que el Artículo 6 Inciso 2.1 establece que en caso de tener el desarrollo un alcantarillado sanitario (Planta de tratamiento de aguas residuales) podrá tener áreas mínimas de 150 m2 y frente mínimo de 8 m.

Por lo tanto cumple con el área mínima y frente mínimo de lote según lo indicado en el Plan Regulador para la Zona Residencial de Media Densidad Artículo 6 Inciso 2.1.

Cobertura: El proyecto muestra una cobertura según áreas construidas de 4625 m² lo que corresponde a un 25% de cobertura.

Por lo tanto cumple con la cobertura permitida de la Zona Residencial de Media Densidad.

Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales: El Condominio tratará las aguas Residuales mediante una planta de tratamiento la cual se adjunta como parte de la solicitud del permiso de construcción con número de contrato OC-671603

Observaciones documentales y técnicas de la Dirección de Ordenamiento Territorial: Sin observaciones por parte de la Dirección.

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La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal aprobar la solicitud de permiso al Proyecto II Etapa Obras de Infraestructura y Planta de Tratamiento Condominio Residencial Río Plata, APC 679915, por cumplir con la normativa atinente.

Favor notificar al interesado: Teléfono: 2234 0065 / Correo Electrónico: abarrientos@desarrollostec.com

Dictamen No.76

3. Memorial MSA-GAD-PRV-05-241-15 de la Sra. Karla Guerrero Mora, Proveeduría Municipal. Asunto: Solicitud de autorización para que la Administración adjudique los siguientes procesos de Contratación Administrativa: 1. Licitación Abreviada No. 2015LA-000029-01 “Suministro de materiales y mano de obra para canalización de aguas pluviales y construcción de pavimento en Calle de las Cabañas a las Aldeas SOS, San Rafael, Santa Ana”. 2. Licitación Abreviada No. 2015LA-000030-01 “Suministro de materiales y mano de obra para canalización de aguas pluviales y construcción de estructura de pavimento flexible en los Zamora, Santa Ana, I etapa”.

(33)

La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal autorizar a la Administración adjudicar los procesos de contratación administrativa:

Licitación Abreviada No. 2015LA-000029-01 “Suministro de materiales y mano de obra para canalización de aguas pluviales y construcción de pavimento en Calle de las Cabañas a las Aldeas SOS, San Rafael, Santa Ana”, a la empresa: Asfalto CBZ, S.A.: Por un monto de ¢29,923,917.00 (Veintinueve millones novecientos diecisiete colones exactos).

Licitación Abreviada No. 2015LA-000030-01 “Suministro de materiales y mano de obra para canalización de aguas pluviales y construcción de estructura de pavimento flexible en los Zamora, Santa Ana, I etapa”, a la empresa:

Constructora Presbere, S.A.: Por un monto de ¢35,919,450.00 (Treinta y cinco millones novecientos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta colones exactos).

Dichas ofertas cumplen con lo establecido en los pliegos de acuerdo a los principios de igualdad de trato, eficiencia y transparencia del acto.

Dictamen No.77

4. Memorial remitido por los vecinos de Calle el Pastel, Matinilla, Salitral, Santa Ana. Asunto: Externan su malestar en cuanto al pésimo acceso a sus fincas, ubicadas 200 metros sur y 200 oeste de la Escuela de Matinilla.

La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal, trasladar el asunto a la Administración para que la Unidad Técnica de Gestión Vial lo incluya en los proyectos del 2016 y así darle a los vecinos una solución integral.

Dictamen No.78

5. Memorial del Ing. Derk Van Wilpe del Condominio Parque Montaña del Sol y el Ing. Manuel Antonio Arley Mata, de New Coast Investments S.A. Asunto: Presentan inicio de proceso indicado en la Ley #8892, Regulación de Mecanismos de Vigilancia de Acceso a Barrios Residenciales, para instalar una caseta de seguridad 300 m antes de la entrada principal del Condominio Parque Montaña del Sol.

6. Memorial del Sr. Manuel Antonio Arley Mata, Condominio Parque Montaña del Sol. Asunto: Adjunta certificación donde el Ing. Derk Van Wilpe tiene el poder

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general como Administrador del Condominio Parque Montaña del Sol, para agregar a los documentos entregados para el trámite de uso de caseta de seguridad.

Considerando que el mecanismo de acceso incumple con los siguientes criterios del Reglamento a la Ley Nº 8892, Regulación de Mecanismos de Vigilancia del Acceso a Barrios Residenciales con el Fin de Garantizar el Derecho Fundamental a la Libertad de Tránsito:

• Artículo 2º: La aguja se encuentra ubicada en medio de una calle pública y no como lo establece el reglamento, en el ingreso. NO ES SUBSANABLE EN LA UBICACIÓN ACTUAL.

Artículo 2º—Autorización municipal. El Concejo Municipal de Santa Ana podrá autorizar la instalación de casetas de seguridad en cualquier lugar del cantón y de dispositivos de acceso, solamente en los ingresos de las Urbanizaciones o Fraccionamientos que sean un circuito cerrado o calle sin salida.

• Artículo 3º, 4º y 5º: La solicitud la hace una persona en nombre de un condominio. El comité o la organización de vecinos debe constituirse de acuerdo al artículo 4 del Reglamento y con los formalismos del artículo 5.

• Artículo 6º: No existen aceras ni espacios que cumplan con la Ley 7600.

• Artículo 7º: No se pudo comprobar que la caseta tenga los servicios indicados en este artículo. No se pudo observar que existan medios que garanticen la comunicación entre la caseta y la policía y los representantes de los vecinos.

• Artículo 8º: Los mecanismos de vigilancia no están pintados adecuadamente. El servicio de vigilancia debe ser las 24 horas del día y los 365 días del año, o aportar especificaciones contractuales y técnicas de los mecanismos con los horarios.

• Artículo 10.a.: La empresa de seguridad ejerce un control que impide el libre tránsito (pruebas de actas de observación la policía municipal), violentando el derecho constitucional para transitar libremente por las calles públicas.

• Artículo 11º: La solicitud no presenta las formalidades que establece el reglamento en este artículo.

(35)

• Artículo 13: Este artículo menciona las causales de suspensión de una autorización, sin embargo no existe autorización vigente de estas casetas, ya que el Transitorio Único del Reglamento establece los plazos para que los Comités y Organizaciones se pusieran a derecho. Por lo tanto, aunque existen motivos y pruebas para suspender una autorización, esta no existe como tal y la solicitud sujeta a estudio debe ser considerada como nueva, a su vez, todos los dispositivos de seguridad existentes deben ser considerados como obstrucciones a la vía pública.

• Transitorio único: Todas las organizaciones y comités vecinales tenían tiempo hasta el 19 de diciembre del 2011 para poner a derecho las casetas y los mecanismos de seguridad, hasta la fecha este mecanismo de seguridad no ha realizado el trámite por lo que está incumpliendo con el Reglamento a la Ley Nº 8892 y en clara desobediencia del mismo, por lo que las estructuras existentes en la calle pública deben ser consideradas como invasiones a la vía pública. La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal rechazar la solicitud del Ing. Derk Van Wilpe, hasta que las observaciones anteriores no hayan sido subsanadas y se cumpla lo indicado en el Reglamento a la Ley Nº 8892, Regulación de Mecanismos de Vigilancia del Acceso a Barrios Residenciales con el Fin de Garantizar el Derecho Fundamental a la Libertad de Tránsito.

Dictamen No.79

7. Memorial del Sr. Javier Angulo Zamora, Representante Legal, Sociedad Vistana Real S.A. Asunto: Con el fin de continuar con el trámite de visado de planos y cumplir con la ley de planificación urbana (ley 4240) y el reglamento para el control nacional de fraccionamientos y urbanizaciones, ofrecen un lote de 272 m2, en la Urbanización Vistas del Cañón en Brasil de Santa Ana, para que la Municipalidad de Santa Ana disponga de su uso como se establece.

8. Memorial MSA-GFT-VAL-05-459-2015 del Ing. Guillermo Hernández Picado, Encargado, Proceso de Valoración, Municipalidad de Santa Ana. Asunto: Respuesta al acuerdo N°7 de la Sesión Ordinaria N°274 (15-07-15), en cuanto a la valoración técnica y económica del departamento de Valoración de la Municipalidad, acerca del lote propuesto para ceder en Vistas del Cañón, por parte del Sr. Javier Angulo Zamora, representante legal de la Sociedad Vistana Real S.A.; para verificar si está dentro del promedio de los lotes que se desean segregar.

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La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal:

• Solicitar al Sr. Javier Angulo Zamora, Representante Legal, Sociedad Vistana Real S.A., acondicionar el lote en mención con las siguientes disposiciones: muro de retención en la propiedad, superficie conformada y malla perimetral; las anteriores son condiciones mínimas para que en el lote se puedan desarrollar proyectos de bienestar para la comunidad.

• Una vez que las condiciones anteriores se realicen, se recomienda recibir el lote de 272 m2, en la Urbanización Vistas del Cañón en Brasil de Santa Ana, propuesto por el Sr. Javier Angulo Zamora, Representante Legal, Sociedad Vistana Real S.A.

Dictamen No.80

9. Memorial del Sr. Hernán Raúl Martínez, Representante Legal, Cuestamoras Urbanismo. Asunto: Solicitud de autorización para realizar mejoras al parque municipal ubicado contiguo a Forum II.

La Comisión de Obras Públicas recomienda al Concejo Municipal:

• Autorizar a la empresa Cuestamoras Urbanismo realizar mejoras al parque municipal ubicado contiguo a Forum II.

• Recordar al desarrollador que el parque no se puede cercar o restringir el acceso de cualquier forma.

• Solicitar al desarrollador que dentro de su diseño incluya la colocación de iluminación y rótulos de PROHIBIDO FUMAR.

• Solicitar al desarrollador que una vez que las mejoras al parque hayan concluido, se entregue a la Municipalidad de Santa Ana, un inventario de todas las obras realizadas al parque.

• Trasladar el caso a la Administración para que cuando el proyecto esté concluido, se reciba el inventario anteriormente mencionado.

Gerardo Anchía Azofeifa Nathalia Mora Delgado Coordinador Secretaria de Comisiones En discusión. Suficientemente discutido.

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