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SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE OPCION

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SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE OPCION

BOLETIN Nº 3 diciembre 2018 página 1

Editorial

Este número de nuestro Boletín aparece en un contexto convulsionado que vive nuestro país, producto de la represión que ejerce el Estado chileno en contra del pueblo mapuche, incluida la tortura y repre-sión de niñ@s y el asesinato de los hermanos mapuches; de la silenciosa negociación que llevan a cabo las direcciones sindicales de la CUT y la ANEF para tramitar el reajuste salarial y otros beneficios para l@s trabajador@s del sector público, que como sabemos también nos implica (a lo menos respecto de los aguinaldos y bonos que se perciben anualmente) y de la política llevada a cabo para favorecer a los grandes empresarios nacionales y transnacionales.

Es en el marco de esta situación que incluimos en este número, entre otros artículos: la declaración de FENTTAS respecto de la situación que hoy atraviesa el pueblo mapuche en la Araucanía; nuestra visión respecto del convenio entre l@s trabajador@s del sector público y el Estado; los derechos que asisten a l@s trabajador@s de OPCION, y en general de l@s trabajador@s de las OCAS, ante los procesos de licitación y su situación contractual; nuestras observaciones a la actualización del Reglamento Interno de OPCION entregada a fines de octubre.

Hacemos un llamado a nuestr@s soci@s a difundir nuestro Boletín y estar atent@s a las diversas ac-ciones que se convoquen para manifestar nuestra posición ante los hechos que se mencionan.

CONTENIDOS:

Editorial ………... pg. 1 Reajuste del Sector Público, Bonos y Aguinaldos ………. pg. 1 Cuando debe entenderse

que un beneficio tácito pasa a ser un derecho del

Trabajador………. pg. 2 Licitación de programas y

los derechos de l@s

trabajador@s………... pg. 2 Neoliberalismo y atropello a los derechos humanos………..pg. 3 Observaciones del Sindicato a la actualización del

Reglamento Interno ………. pg. 4 Comunicado Público de

FENTTAS ante el asesinato de Camilo Catrillanca………….. pg. 5 Encuentro de cierre de fin año SINAOP……….. pg. 6 Solidaridad con Proceso de Negociación Colectiva de

Sindicato Tierra y Esperanza...pg. 6

El reajuste del sector público

Como ya se sabe las organizaciones gremiales del Sector Público y la CUT alcanzaron “entre gallos y medianoche”, en absoluto secretismo, sólo hecho público dos o tres días antes de lograrlo y utilizando a las bases de trabajador@s para que presionaran por medio de la movilización.

El protocolo allí firmado, debe ahora cumplir con la formalidad del trámite parlamentario para convertirse en Ley. Difícil-mente los parlamentarios de todos los pelajes lo modificarán. Por tanto, l@s trabajador@s de las Instituciones colabora-doras del SENAME, financiadas en virtud de la Ley 20.032, y que estuvieran contratados al 30 de Noviembre de 2018, con independencia de si su contrato es a plazo o indefinido, tienen bonos y aguinaldos, “aún sin haberse movilizado”. Aguinaldo Navidad 2018: $ 56.297 para sueldos líquidos iguales o inferiores a $ 752.209 y $ 29.779 para sueldos líquidos superiores a $752.209 e inferiores a sueldo bruto de $ 2.490.923

Aguinaldo Fietssa Patrias 2019: $ 72.846 para sueldos líquidos iguales o inferiores a $ 752.209 y $ 50.318 para sueldos líquidos superiores a $ 752.209 e inferiores a sueldo bruto de $ 2.490.923

Bono de vacaciones (en enero): $ 119.000 para sueldos líquidos iguales o inferiores a $ 752.209 y $ 83.000 para sueldos líquidos superiores a $ 752.209 e inferiores a sueldo bruto de $ 2.490.923

Bono especial (en diciembre): $ 185.000 para sueldos líquidos iguales o inferiores a $ 683.100 y $ 91.500 para sueldos líquidos superiores a $ 683.100 e inferiores a sueldo bruto de $ 2.487.816

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ConozcamosnuestrosderecchosConozcamosnuestrosderechosConozcamosnuestrosderechosConoz

¿Cuándo debe

en-tenderse que un

be-neficio tácito pasa a

ser un derecho del

trabajador?

Para que se verifique la existencia de una cláusula tácita en el contrato de trabajo es necesario que se den los siguientes elementos, a saber:

a) Reiteración en el tiempo de una deter-minada práctica de trabajo que otorgue, modifique o extinga algún beneficio, rega-lía o derecho de la relación laboral.

b) Voluntad de las partes, esto es, del comportamiento de las partes deben desprenderse inequívocamente que éstas tenían un conocimiento cabal de la modi-ficación del contrato que se estaba produ-ciendo, así como de haber prestado su consentimiento tácito a la modificación del mismo.

c) Esta modificación no puede referirse a materias de orden público ni tratarse de los casos en que el legislador ha exigido que las modificaciones al contrato se estipulen de manera expresa.

De esta manera, la calidad tácita de una cláusula contractual exige en derecho laboral, como requisito esencial, la exis-tencia de un consenso recíproco de las partes respecto de una determinada ma-teria o beneficio que, si bien no está es-criturado, ha tenido aplicación práctica en el tiempo. La reiteración de tal práctica en los términos señalados es lo que hace que el beneficio en cuestión se incorpore al contrato como un derecho del trabaja-dor.

Licitación de

pro-gramas y los

dere-chos de l@s

trabajador@s

En cada ocasión que los diversos progra-mas son licitados, cunde la incertidumbre respecto de que sucederá con la situa-ción laboral de l@s trabajador@s que forman parte de los diversos equipos de aquellos proyectos que son licitados. En esta ocasión nos parece justo indicar a lo menos algunas observaciones que l@s trabajador@s deben tener presente. En primer lugar, cuando OPCION presen-ta las propuespresen-tas a ser licipresen-tadas, incluye la nómina de l@s trabajador@s que eje-cutarán el trabajo por el que se licita el programa. Esta nómina está integrada por quienes se desempeñan en el progra-ma, es decir, son l@s mism@s a los que se les finiquita para luego ser, eventual-mente, nuevamente contratd@s. La pre-gunta que surge, obviamente, es la si-guiente, si la propuesta es efectivamente licitada incluyendo la nómina de traba-jadr@s con que se presenta ¿cuál es la razón de su desvinculación o que se les finiquite con la promesa de recontratación como trabajador@s que pierden sus

derechos por antigüedad?

El código establece que cuando se ha trabajado 12 meses para el mismo em-pleador, en un período de 15 meses con o sin lagunas, el contrato siempre debe tener carácter de indefinido, y por tanto es un derecho de l@s trabajador@s el que se le reconozca su antigüedad desde el primer día en que se incorpora a OP-CION, con independencia de los finiquitos que se le cursen.

La Circular 001 de sename, que es refor-mulada con posterioridad a las acciones y reuniones que FENTTAS, tuviera con la dirección de SENAME a fines del 2015 e inicios del 2016, establece que las OCAS (Organismos colaboradores del SENA-ME) tienen la obligación de mantener un ítem para aprovisionar los eventuales finiquitos y que tales montos se traspasan a los proyectos licitados respecto de l@s trabajador@s involucrad@s.

Este ha sido uno de los temas conversa-dos entre la Directiva del Sindicato y los encargados de asuntos sindicales de OPCION, sosteniendo la ilegalidad de cursar los finiquitos en estas circunstan-cias. Uno de los argumentos entregados por los encargados de asuntos sindicales de OPCION ha sido el que son l@s pro-pi@s trabajador@s que solicitan ser fini-quitad@s. Aún en tales circunstancias, lo que no puede ser ignorado es que el derecho a antigüedad y la obligación de respetar todos los derechos de l@s traba-jador@s consignados tanto el Código Laboral como en las disposiciones del Reglamento Interno deben ser respeta-dos.

Contáctanos en

teléfonos

Directiva Sindical:

Presidenta: Carmen Severino Ruiz: 984 99 01 84

Secretario: Alex Cornejo Valdivia: 994 04 50 39

Tesorero: Ramiro Orellana Riffo: 979 31 77 86

La doctrina de la cláusula tácita

significa, esencialmente, que

for-man parte integrante del contrato

todos los derechos y obligaciones a

que las partes se han obligado

mutuamente, en los hechos y en

forma estable en el tiempo, aunque

no estén expresamente

contempla-dos ni escrituracontempla-dos en la

materia-lidad del contrato individual o de

un instrumento colectivo. En la

página de la Dirección del

Tra-bajo queda de este modo

estipula-do.

Incluimos este artículo pensando

específicamente en que se tenga

presente, por ejemplo, al momento

de reclamar como derecho

tácita-mente adquirido, el de la hora de

colación que aparece modificado en

dos de las jornadas de trabajo

propuestas en la actualización del

Reglamento Interno.

(3)

ActualidadOpiniónActualidadOpiniónActualidadOpiniónActaulidadOpiniónActualidadOpiniónA

Correo: sindicatonacionalopcion@gmail.com

Face book: asambleasinaop

Visita nuestra pagina: www.sindicatonacionalopcion.wordpress.com

Neoliberalis-mo

y atropello

a los

derechos

humanos

El modelo extractivista

neolibe-ral se encuentra en una fase de

expansión abrumadora, esto

conllevará a la destrucción de los

ya frágiles ecosistemas en todo

el mundo, sin embargo la única

piedra en el zapato que sigue

oponiéndose a sus planes

mun-diales, son los activistas

ambien-talistas y los pueblos indígenas,

específicamente aquellos que

mantienen un modo de vida

to-talmente opuesto al capital, en

donde la sacralización de la

na-turaleza y el cuidado de ella es

vital en su proceso de

reproduc-ción social y cultural.

El movimiento de recuperación

de tierras llevadas a cabo por el

pueblo mapuche así como la

lu-cha contra las industrias

conta-minadoras, son fieles reflejos de

la resistencia al modelo

capita-lista y la búsqueda del buen

vi-vir, que sufren constantemente

del hostigamiento, la

persecu-ción y ataque de parte del estado

-capital en territorio chileno.

Casos emblemáticos como la

oscura muerte del dirigente

sin-dical Alejandro Castro en

octu-bre pasado, protagonista de las

movilizaciones contra las

empre-sas contaminadoras en Quintero

y Puchuncavi y la reciente

muerte del comunero Camilo

Catrillanca en Temucuicui, joven

activista de la causa mapuche

que lucha por la reivindicación

de sus tierras y la expulsión total

de la industria forestal de

Wall-mapu, demuestran que el estado

capital se encuentra en una

evi-dente guerra no declarada

con-tra los protectores de la tierra.

La lucha anticapitalista y por la

liberación del yugo de la

explota-ción será protagonizada en este

siglo XXI por la resistencia

de-sesperada a la aniquilación

in-minente del planeta. Nos

encon-tramos en una fase crítica de la

civilización, conociendo los

últi-mos informes de la ONU que

dan cuenta del desastre que se

avecina en 50 años o menos si es

que no terminamos con el

capi-talismo, el mundo conocido

co-lapsará abruptamente por el

cambio climático y la implosión

social que esto desencadenará.

Tomando en cuenta lo anterior,

me atreveré a refutar

superficial-mente, o más bien a intentar

complementar la teoría del

céle-bre filosofo Karl Marx, quien

vaticina que el colapso del

siste-ma capitalista será gracias al

empoderamiento de las clases

explotadas, que conociendo las

condiciones miserables de su

existencia y el rol productivo de

preponderancia que ocupan en

la sociedad, lograrán revertir la

situación como clase unida,

se-pultando para siempre a la

bur-guesía y al estado que la protege.

Pues bien para mí el final de la

historia, el final de la era

capita-lista comenzará solo cuando el

cambio climático genere las

con-diciones de desastre y caos

nece-sarias para el derrumbamiento

de las instituciones estatales y la

caída de los mercados a nivel

mundial. Será en esta fase crítica

mundial que como proletarios

del mundo tendremos la

posibi-lidad de acabar con los residuos

de la sociedad patriarcal,

jerár-quica y capitalista que nos ha

sometido durante siglos.

(4)

PropuestasdelSindicatoPropuestasdelSindicatoPropuestasdelSindicatoPropuestasdelSindicatoPr

Observaciones a la actualización del Reglamento Interno

Una vez entregado el Reglamento Interno de OPCION, a l@s trabajador@s a fines de octubre, que es entregado a la Directiva del Sindicato en nuestra reunión del 25 de Octubre con los encargados de asuntos sindicales de OPCION, merece desde nuestro punto de vista algunas observaciones.

En primer lugar, valoramos que en la actualización del Reglamento Interno de OPCION, se incorporen cuestiones que han sido parte de nuestras tres últimas reuniones sostenidas con los encargados de asuntos sindicales de OPCION. Por ejemplo, es significativo que se incorpore, en el artículo 85, el beneficio de 5 días adicionales de feriado para los meses de enero y febrero (entendemos que se entregará la correspondiente fe de errata respecto del error de transcripción que olvida apuntar que sigue vigente la semana de vacaciones en invierno). Según se nos informó, a la Directiva Sindical, este beneficio se otorga a cambio de las peticiones que hacíamos, en el documento que entregamos a OPCION en la reunión del 19 de julio, para ampliar a un día los beneficios del cumpleaños de l@s trabajador@s o de sus hij@s.

Valoramos, también positivamente el que se expliciten en los artículos 52 y 53 la entrega del bono compensatorio y el período de alimentación de l@s hij@s res-pectivamente. Ambos aspectos están concebidos como derechos irrenunciables, para las trabajadoras en el actual Código del Trabajo. Particularmente, en lo referido al derecho que las trabajadoras tienen para alimentar a sus hij@as hasta que cumplan dos años de edad, lo que en principio se estaba haciendo por la vía de un anexo del contrato, que resulta una práctica ilegal tal cual la directiva lo hizo notar a los encargados de asuntos sindicales de OPCION. En la actualización del Reglamento Interno, se recoge la propuesta que hace la Directiva Sindical que, en el caso que SENAME solicite un documento para verificar la ausencia de una trabajadora en los horarios que le corresponde alimentar a su hij@, establece que tal ausencia basta que se certifique por la vía de un formulario, firmado por la trabajadora, respecto del cual hicimos llegar una propuesta a OPCION.

En segundo lugar, y constatando que en el artículo 6 del Reglamento Interno, se reconoce que las disposiciones del Código del Trabajo “primarán sobre las nor-mas de este Reglamento”, hacemos las siguientes observaciones:

a) El artículo 21 establece las jornadas de trabajo. En dos de estas jornadas se establece que el horario de colación es de media hora. Debiera incluirse que quienes se desempeñen actualmente en estos horarios de trabajo (jornada 1 de la letra a) y jornada 2 de la letra b), tienen en función del dere-cho tácito una hora de colación que no puede ser modificada unilateralmente.

b) El artículo 29 establece ambiguamente que existirán 60 minutos de tolerancia de atraso en el mes, en que no se procederá al descuento, siempre y cuando “el trabajador o trabajadora, recuperó su atraso”. Si l@s trabajador@s recuperan su atraso no cabe descuento. Entonces ¿cuál es la tolerancia concedida, para no proceder al descuento?

c) El artículo 31 impone criterios para reconocer lo que se concibe como hora extraordinaria que de acuerdo a nuestras prácticas laborales en ocasiones resultan imposibles de practicar. Por ejemplo, si un o una trabajador/a en función de las exigencias de su trabajo debe extender su jornada producto de una situación que se sucede (crisis de sujeto de atención en visita domiciliaria; necesidad de realizar gestiones que exceden la jornada laboral; etc), con independencia de su voluntad, y que no alcanza a firmar y avisar previamente a su jefatura.

d) El artículo 66 en la letra b) establece condiciones limitantes al uso del beneficio de optar a la liberación de la jornada de trabajo para realizar un diplomado, magister o doctorado, particularmente referido al requisito de los dos años de contratación de carácter indefinido, lo que en la práctica se transforma en tres años, de permanencia en la Corporación. Creemos que tal beneficio debiera consagrarse para l@s trabajador@s desde que sean contratados en forma indefinida.

e) El artículo 92 reconoce el derecho a los reajustes de 1% de los trabajadores que se desempeñan en la corporación cuando han sido contratados bajo la modalidad del DFL 1.385. Habría que incluir que del mismo modo quienes estaban contratados bajo la modalidad de apoyo a programas (quienes se desempeñaban en los programas CEPIJ o CODA por ejemplo) sumarán un día de vacaciones por cada quinquenio que cumplan.

f) El artículo 103, letra t) establece una prohibición que debe especificarse. Hay información pública que dice relación con las OCAS y que puede difundirse. Tal cual queda redactado el artículo mencionado podría sancionar esta acción, particularmente coartando la libertad de expresión que el Sindicato o cualquier trabajador/a tiene, por ejemplo, de difundirla.

g) El artículo 105 hace mención de la evaluación anual de que son objeto l@s trabajador@s de OPCION. Tradicionalmente, y nuevamente debe recono-cerse como derecho adquirido de l@s trabajador@s, esta evaluación tiene sólo un carácter formativo, y por tanto no puede ser una referencia para adoptar decisiones que impliquen el finiquito u otras acciones que limiten los derechos de l@s trabajador@s. Esto no queda explicitado en la redac-ción del artículo indicado.

Reproducimos el texto enviado por la Directiva del Sindicato haciendo algunas observaciones sobre la actualización del Reglamento Interno entregado por OPCION, hacia fines de octubre. Observaciones que esperamos puedan contribuir en el mejoramiento de algunos de los artículos contenidos y que acordamos en la reunión sostenida el 25 de Octubre que se debatirían en la reunión programada para el 5 de diciembre entre la Directiva Sindical y los encargados de asuntos sindicales de la Corporación OPCION Osvaldo Vásquez y Alejandro Astorga.

(5)

Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Área Social FENTTAS

Chile, noviembre 2018.

Comunicado público.

De acuerdo a lo sucedido el 14 de Noviembre con el asesinato policial de Camilo

Catrillanca, como trabajadoras y trabajadores del área social manifestamos.

1.- Damos nuestro sentir y solidarizamos con la familia y comunidad de Camilo Catrillanca. Por lo que

pedimos que se establezca la verdad de lo sucedido. Con ello las responsabilidades policiales y

políti-cas que al gobierno le corresponde.

2.- Creemos que la militarización sistemática en la región, ha provocado solo violencia estatal, lo cual

ha sido un instrumento y una forma de contrarrestar las demandas justas del pueblo Mapuche. Por lo

tanto consideramos que debe salir todo tipo de fuerza policial de la región del Bio Bio, la Araucanía y

Los Ríos, con ello también la desaparición inmediata del comando de “junga”.

3.-Pedimos al Estado y principalmente el ministerio de desarrollo social y el Sename, que se manifieste

frente a la vulneración de las niñas y niños mapuche, quienes son espectadores y víctimas constantes

de allanamientos, detenciones de sus padres, controles de identidad sistemáticos, y así una infinidad

de situaciones que no generan en nada un entorno tranquilo para el desarrollo de su niñez,

resguar-dando y garantizando el derecho a la protección que les confiere los derechos del niño. Repudiamos la

detención ilegal y torturas sufridas al joven de 15 años que fue testigo del asesinato y víctima de

homi-cidio frustrado en su contra.

4.- Por ultimo como trabajadores(as)

conside-ramos que tenemos una responsabilidad

in-mediata de sumarnos las demandas del

pue-blo Mapuche y todos los puepue-blos

preexisten-tes, considerando que nuestro horizonte de

lucha es el mismo, acabar con el sistema

ca-pitalista que vulnera los derechos de los

tra-bajadores y explota sistemáticamente los

re-cursos naturales para mantener los grandes

ingresos que anualmente se generan para las

grandes transnacionales.

El pueblo mapuche nos ha entregado un ejemplo de coherencia y resistencia con sus demandas, las

cuales debemos considerar y replicar en todo el país.

Precarios nos quieren, rebeldes y solidarios nos verán

Wewaiñ!!

(6)

ENCUENTRO DE

CIERRE DE FIN DE

AÑO SINAOP

Con motivo del término de año y las fiestas, nuestro sindicato ha acordado realizar un espacio de encuentro, acerca-miento y distención entre quienes forma-mos parte de esta agrupación, que lucha por los derechos laborales de l@s traba-jadores de la Corporación Opción. La actividad central, se realizará el día vier-nes 14 de diciembre, desde las 19 horas, en la sede de FENTTAS, ubicada en calle Huérfanos 1933, (entre metro santa Ana y metro Cumming). Se compone de un pequeño coctail para l@s asistentes, se hará entrega de una gift card con un monto en dinero para l@s soci@s del sindicato nacional de corporación Op-ción, que se encuentren al día con el pago de sus cuotas sindicales, junto con ello, además se les obsequiará un regalo sorpresa, que deseamos sea de todo su agrado.

Esperamos contar con la asistencia de tod@s para esta velada, la cual ha sido organizada con mucho cariño, por parte de nuestra directiva recientemente elec-ta. La idea es tener un espacio de cono-cimiento para compartir, que nos permita generar un plan de trabajo para el año 2019, con las tareas pendientes, reflexio-nar sobre los logros alcanzados este año 2018, basado en las necesidades y pro-blemáticas de cada soci@ y del colecti-vo, para seguir avanzando con mejoras para nuestras condiciones laborales. A nombre de tod@s quienes hacemos el Boletín SINAOP, queremos agradecer el compromiso sindical de nuestr@s so-ci@s, su permanencia y destacar la va-lentía de quienes, han decidido sindicali-zarse en el último semestre del año 2018. Les enviamos, los mejores deseos para este término de año y para el próximo que se acerca.

Referencias

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