33
34
La magnitud de la cobertura de la seguridad social en cualquier país está determinada por un
cierto número de factores diferentes,
incluyendo el tipo de sistema o de régimen, el
grado de madurez
del mismo y el
grado de desarrollo
del país. Un régimen o programa de
seguro puede cubrir a todos los residentes de un país, o a una parte específica de la fuerza
laboral del mismo.
En general, en los países menos desarrollados la
solidaridad familiar
cuenta por buena parte en el suministro de los medios de
vida de los ancianos. En esos países, como en los países
desarrollados, la mayoría de los regímenes de pensiones son
contributivos, de cobertura obligatoria o voluntaria, aunque
existen regímenes de pensiones no contributivos para los
sectores condicionados a la carencia de recursos, y de mayor o
menor alcance en función del esfuerzo económico del Estado.
La cobertura en pensiones en América Latina
Debido a las proporciones del
sector
informal
en los países de la región, la
mayoría de los trabajadores
no se
encuentran
cubiertos
por
los
regímenes de pensiones, ya sea porque
la actividad laboral que ejercen no está
cubierta por la ley o por que aún
cubiertos legalmente, se evade el pago
de las cotizaciones.
35
Todos los trabajadores asalariados se encuentran cubiertos en
dos tercios de los países de
la región. Los trabajadores independientes están cubiertos obligatoriamente en 11 países,
mientras que solamente en dos (Argentina y Uruguay) los sistemas de cotizaciones definidas
los incluyen obligatoriamente. La cobertura para los independientes es voluntaria en 11
países.
Regímenes especiales se crearon y subsisten para grupos específicos de la población activa:
empleados públicos, maestros, trabajadores de la industria petrolera, electricidad, bancarios,
et. Del mismo modo, un buen número de legislaciones excluyen de la cobertura a grupos
específicos de la población activa, contemplando su futura integración gradual o creando
programas especiales para ellos.
Los
porcentajes
de la fuerza de trabajo cubierta por los regímenes nacionales varían de acuerdo
al
nivel de desarrollo económico
y
según la época
en que los seguros sociales fueron
introducidos.
A continuación se sintetiza la información relativa a la cobertura legal (
de jure),
de los
regímenes de pensiones nacionales en América Latina
4.
4 Fuente: Entre otras, la fuente principal de información para este rubro sobre cobertura se ha tomado de: “Regímenes de Seguridad Social en las
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Cuadro 4
Cobertura legal (
de jure)
PAIS COBERTURA
Argentina Sistema mixto: asalariados y trabajadores independientes, excluido el personal militar de las fuerzas armadas y de
seguridad pública, la policía (regímenes especiales).
Bolivia Régimen de seguro privado: obligatorio para todos los trabajadores ; afiliación voluntaria para los trabajadores
independientes
Brasil Régimen general: asalariados de la industria y comercio, agricultura, personal doméstico y trabajadores
independientes. Afiliación voluntaria para estudiantes, amas de casa, desempleados y otras categorías. Regímenes
especiales para empleados públicos y militares.
Chile Régimen general de fondos privados de pensión (AFP): cubre obligatoriamente a los obreros y empleados; a los
independientes de manera voluntaria. Regímenes especiales para empleados ferroviarios, marinos y trabajadores portuarios; fuerzas armadas, empleados públicos y más de otras 35 ocupaciones. (Subsiste el régimen antiguo de seguro social, que agrupa a los regímenes anteriores a 1981)
Colombia Régimen general: todos los trabajadores dependientes, excepto los trabajadores agrícolas de ciertas regiones;
afiliación voluntaria para los trabajadores independientes.
Regímenes especiales para los antiguos trabajadores de la empresa estatal de petróleo ECOPETROL (hasta enero
de 2003), personal docente, militares y policía nacional.
Costa Rica Regímenes obligatorios general de seguro social y complementario de capitalización individual: Asalariados del
sector público y privado. Afiliación voluntaria para los independientes. Régimen especial para los maestros.
Cuba Régimen general: todos los trabajadores asalariados.
Regímenes especiales para los trabajadores independientes, las fuerzas armadas, Ministerio del Interior, cooperativas agropecuarias y artistas.
República Dominicana
Régimen contributivo, de cuentas individuales: trabajadores asalariados públicos y privados
Régimen contributivo subsidiado, de cuentas individuales (entrada en vigor prevista para agosto de 2006): trabajadores independientes.
Régimen de asistencia social: cubre a los independientes de bajo ingreso, a los desocupados, discapacitados e indigentes.
Ecuador Régimen general: asalariados de la industria, comercio y agricultura, empleados públicos e independientes.
Régimen especial para los campesinos.
El Salvador Régimen de seguro privado obligatorio: Obligatorio para todos los empleados del sector público y privado.
Guatemala Régimen general: asalariados , incluyendo algunos empleados públicos y los trabajadores agrícolas
Régimen especial para otros empleados públicos.
Honduras Trabajadores asalariados de empresas privadas y públicas en regiones específicas.
México Régimen obligatorio de seguro privado: todos los trabajadores en relación de dependencia de un empleador.
Afiliación voluntaria para las personas no cubiertas. Regímenes especiales para los trabajadores petroleros, los empleados públicos y el personal militar.
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Nicaragua Régimen general: todas las personas que reciben remuneración por trabajo o servicios prestados. Afiliación
voluntaria para las personas no cubiertas (independientes, clero, empresas familiares).
Regímenes especiales para las fuerzas armadas, los mineros, los indigentes, los veteranos de guerra.
Panamá Régimen general: asalariados y personal doméstico. Afiliación voluntaria para los trabajadores independientes.
Los empleados públicos están cubiertos por el régimen general y regímenes especiales.
Paraguay Régimen general: trabajadores asalariados.
Regímenes especiales: empleados públicos, trabajadores ferroviarios, bancarios, parlamentarios.
Perú Regímenes generales (paralelos): Seguro social (SNP) :
trabajadores asalariados de los sectores público y privado, empleados de cooperativas, personal docente, trabajadores domésticos, artistas, chóferes independientes trabajadores dependientes e independientes de la agricultura. Fondos de pensiones privadas (SPP) :
Trabajadores asalariados e independientes.
Regímenes especiales: pescadores, estibadores y los que no estén incluidos en el SNP.
Uruguay Regímenes generales (sistema mixto de régimen de base y complementario): Seguro Social: asalariados y
trabajadores independientes.
Régimen de capitalización individual :
Asalariados y trabajadores independientes con ingresos superiores a un nivel fijo (11 188 pesos uruguayos mensuales).
Regímenes especiales: trabajadores bancarios, notarios graduados universitarios, fuerzas armadas ypolicía.
Venezuela Asalariados del sector público y privado.