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Política de Conflicto de Intereses

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Academic year: 2021

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Contenido

1.

Objetivo, alcance y responsabilidades

... 2

1.1.

Objetivo

... 2

1.2.

Alcance

... 2

1.3.

Responsabilidades

... 2

2.

Conflicto de Intereses

... 2

3.

Lineamientos Generales

... 2

4.

Lineamientos específicos

... 3

4.1.

Parentesco

... 3

4.2.

Matrimonio / concubinato entre trabajadores

... 3

4.3.

Inversiones

... 3

4.4.

Deber de no concurrencia

... 3

4.5.

Operaciones con terceros (clientes, proveedores y competidores)

... 3

4.6.

Participación en otras actividades laborales

... 4

4.7.

Participación en organizaciones no lucrativas

... 4

5.

Mecanismo de reporte de irregularidades

... 5

6.

Anexo

... 7

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Página 2

1. Objetivo, alcance y responsabilidades

1.1. Objetivo

La presente Política tiene como objetivo establecer un marco de referencia y los procedimientos que deben seguir los trabajadores de Minera IRL con relación a situaciones que pudieran llevar a un Conflicto de Intereses de un trabajador respecto a la empresa.

1.2. Alcance

La presente Política es de cumplimiento obligatorio para todo los trabajadores de Minera IRL, incluyendo Directores, que por la naturaleza de sus funciones, se encuentran expuestos a potenciales situaciones de conflicto de intereses.

1.3. Responsabilidades

El Directorio es responsable de la aprobación de la presente política y el Gerente Departamento de Recursos Humanos es responsable de su implementación efectiva. Las excepciones en alguno de los puntos de la presente política deberán ser autorizadas por el Gerente General y por el Gerente Departamento de Recursos Humanos.

2. Conflicto de Intereses

Considerando que las decisiones de negocio de nuestros trabajadores no deben estar influenciadas por situaciones personales, familiares, financieras o de cualquier otro tipo, Minera IRL exige a su personal y sus ejecutivos, que eviten cualquier conflicto entre sus intereses personales y los intereses de la Empresa al tratar con proveedores, clientes y cualquier organización o persona que procure o tenga relación comercial, contractual o busque satisfacer un interés particular con Minera IRL.

3. Lineamientos Generales

Queda prohibida cualquier actividad o situación que pudiese generar algún tipo de conflicto de interés, incluyendo pero no limitándose a los siguientes casos:

• Sacar provecho de oportunidades de negocio para beneficio personal, que

surjan o se presentan como consecuencia de nuestra actividad laboral en Minera IRL.

• Aprovechar nuestra posición en Minera IRL y el conocimiento obtenido de

nuestro trabajo para utilizarlos en beneficios personales o a terceros.

• Usar los activos así como la información confidencial y estratégica de Minera

IRL para beneficio personal.

• Usar información privilegiada con fines distintos a los corporativos o para

beneficio personal o de terceros

• Competir directa o indirectamente con Minera IRL.

• Ser proveedores directa o indirectamente de empresas que mantengan algún

tipo de relación de negocios con Minera IRL.

• Influenciar en terceros o ser influenciado por terceros en perjuicio de los

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4. Lineamientos específicos

4.1. Parentesco

Para reducir la posibilidad de un potencial conflicto de interés debe evitarse la

contratación de familiaresconsanguíneos hasta una relación de segundo grado y

la aprobación de cualquier contratación de un familiar debe ser aprobado por escrito por el Jefe inmediato o el Directorio de la casa matriz.

Lo anterior también aplica para la familia política hasta una relación de segundo

grado de los trabajadores con los cuales existiría una relación de supervisión directa.

4.2. Matrimonio / concubinato entre trabajadores

En el caso en el que dos trabajadores decidan contraer matrimonio o iniciar un concubinato, las gerencias involucradas en coordinación con la Gerencia de Departamento de Recursos Humanos definirán la manera más conveniente de cambio a uno de los dos trabajadores a un área diferente sin cambiar sus condiciones laborales vigentes, siempre y cuando:

• Exista una relación de supervisión directa entre los trabajadores.

• Los dos trabajadores laboren en la misma área.

• Por el alcance de las responsabilidades de uno de los puestos involucrados, el

vínculo matrimonial pueda generar conflicto de intereses.

4.3. Inversiones

No está permitido que un colaborador o sus familiares cercanos realicen inversiones en Empresas de la competencia, proveedores o clientes si éstas pudieran perjudicar la capacidad del empleado para tomar decisiones objetivas en nombre de su Empresa, por lo tanto no está permitido:

• Que los colaboradores tengan o realicen inversiones en la competencia.

• Que los colaboradores realicen inversiones en proveedores con los que el

empleado negocia o a los que supervisa en el ejercicio de sus funciones.

• Que los colaboradores realicen inversiones en Empresas cuyos dueños sean

clientes de la Empresa y que se encuentren en posición de tomar decisiones respecto a este vínculo comercial (precio, cantidades u otras condiciones).

4.4. Deber de no concurrencia

Los trabajadores no podrán operar, administrar, formar parte, controlar, prestar servicios o estar en relación de dependencia, en calidad de empleados, asesores, directores, funcionarios, socios, agentes, asociados o comitentes, respecto de cualquier entidad o actividad comercial que se dedique a cualquiera de las actividades comerciales en las que participa Minera IRL, incluidas las compañías que vendan productos similares o sustitutivos de los que comercialice Minera IRL.

4.5. Operaciones con terceros (clientes, proveedores y competidores)

El personal de la empresa que le corresponda recomendar o aprobar en instancia intermedia o final una adquisición o venta de bienes, una contratación o prestación de servicios, un otorgamiento de crédito y/o descuentos especiales a clientes, o cualquier tipo transacción con clientes, proveedores o competidores, tiene prohibido

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tomar decisiones o realizar dichas transacciones con la intención de generar algún beneficio personal, directo o indirecto, en remplazo de lo que es lo mejor para Minera IRL . Por ello, deberá cumplir con la siguiente disposición:

Si entre el trabajador de la empresa y la contraparte tercera, existiera alguna persona con vinculación conyugal (esposa o esposo) o de concubinato y/o de parentesco en primer, segundo o tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos), o se tenga intereses propietarios de cierta significación en el negocio tercero y/o capacidad de decisión en el mismo, se deberá informar a la jefatura inmediata y el trabajador se inhibirá de tomar alguna decisión. La decisión deberá ser tomada por una jefatura de nivel superior.

4.6. Participación en otras actividades laborales

La empresa exige que sus trabajadores dediquen su tiempo completo y esfuerzo a la empresa durante su jornada laboral. Es por ello que todo el personal de Minera IRL deberá de considerar las siguientes disposiciones:

• Queda prohibida cualquier actividad o negocio personal en las instalaciones

de la Empresa dentro o fuera del horario de trabajo.

• No se podrá desempeñar actividades que interfieran o entren en conflicto

directa o indirectamente con sus actividades en Minera IRL, las cuales podrían incluir ser propietario, socios, directores, consultores, asesores o desempeñarnos en cualquier otra actividad en beneficio de otras empresas.

• En caso que la actividad no interfiera o entre en conflicto directa o

indirectamente con nuestras actividades en Minera IRL, se deberá de obtener la aprobación del Gerente Departamento de Recursos Humanos. Asimismo, el trabajador deberá de firmar anualmente la declaración de conocimiento de la Política de Conflicto de Intereses. Además, deberá de proporcionar por separado, a la Gerencia de Recursos Humanos, por los canales establecidos la siguiente información:

o Nombre de la empresa u organización.

o Fecha de nombramiento o de inicio de actividades.

o Naturaleza del negocio o actividad.

o Remuneración que percibiría.

o Información que demuestre que no existe ni puede existir algún

conflicto de interés.

• La enseñanza o el dictado de conferencias está permitida siempre que se

informe al jefe inmediato, el mismo que deberá aprobar la información de la compañía que pudiera ser expuesta por parte del trabajador.

4.7. Participación en organizaciones no lucrativas

Es política de Minera IRL estimular la participación activa y constructiva de su personal en organizaciones no lucrativas, de carácter profesional, gremial o cívico, cuyas actividades tengan relación con el desenvolvimiento o desarrollo de la Empresa

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y el desarrollo y bienestar de las comunidades en donde opera. Está permitida la participación en organizaciones no lucrativas cuando:

a) La empresa proporcione ayuda financiera a instituciones no lucrativas y nomine a uno de sus funcionarios como contacto con la institución a la cual brinda su aporte. Dicho contacto debe de mantener un vínculo estrecho con la institución a fin de incrementar la efectividad de la contribución y estar en la posición de determinar la conveniencia de continuar con la misma.

b) El trabajador brinde cooperación a asociaciones industriales, cámara de comercio y otras organizaciones similares relacionadas en alguna forma con la vida institucional de la Empresa. Considerando que la participación de un funcionario de Minera IRL en dichas organizaciones pudiera ser interpretada como respaldo institucional que nuestra Empresa ofrece a dichas instituciones, el trabajador en tales circunstancias debe de informar previamente al Gerente Departamento de Recursos Humanos, acompañando una copia de la comunicación que hará a la institución o asociación haciendo saber que su participación es un acto individual no relacionado con Minera IRL.

c) El trabajador participe en cualquier otra actividad de organizaciones no lucrativas y cumpla con las siguientes disposiciones:

o Las actividades deberán de ser realizadas en sus horas libres o con un

mínimo de interferencia con su trabajo en la Empresa.

o En los casos que las actividades demanden un tiempo significativo de

las horas de trabajo, se deberá de obtener la aprobación de la Gerencia de la Departamento a la cual pertenece el trabajador, o de la Gerencia General en los casos que se trate de algún Gerente de Departamento o de Estructura Básica.

o En los casos que la participación de altos ejecutivos de la Empresa

pudiera derivar en solicitudes de ayuda financiera, la participación de éstos debe ser aprobada previamente por la Gerencia General.

5. Mecanismo de reporte de irregularidades

Si usted tiene conocimiento de un posible incumplimiento a esta Política, deberá reportarlo al área de Recursos Humanos, a su Gerente, a su Jefatura inmediata o través de la Línea Ética de Minera IRL.

Los procedimientos están establecidos para asegurar que estos reportes sean investigados y que las acciones tomadas sean las apropiadas. Minera IRL tiene una política de “no represalias” contra ningún denunciante por reportar algún incumplimiento posible o real de esta Política.

Los asuntos que pueden ser reportados a través de estos medios incluyen:

• Conflictos de intereses

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• Fuga de información confidencial

• Mal uso o abuso de los recursos de la Compañía

• Discriminación, intimidación, acoso u hostigamiento

• Destrucción o alteración de documentos o reportes de la Compañía

• Incumplimiento de leyes o regulaciones

• Incumplimiento de políticas o procedimientos

• Otras actividades ilegales o no éticas

Todos los reportes serán tratados de manera confidencial y se concederá el anonimato al denunciante si es que éste lo solicita, con el fin de no sufrir represalias o perjuicios producto de la presentación del reporte.

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6. Anexo

6.1. Catálogo de Conflictos de Interés

Los conflictos de interés podrían incluir, pero no se limitan, a los siguientes casos:

Tipo Descripción

Por parentesco • Que se participe en la contratación de trabajadores que sean familiares consanguíneos o políticos hasta segundo grado.

• Que se supervisen, como parte de sus funciones,

directamente a trabajadores que sean familiares consanguíneos o políticos hasta segundo grado.

• Que se participe en la evaluación, promoción o

despido de trabajadores que sean familiares consanguíneos o políticos hasta segundo grado.

Por matrimonio / concubinato

• Que 2 trabajadores contraigan matrimonio, o decidan

iniciar un concubinato, existiendo una relación supervisión directa entre ellos, laboren en la misma área, o el vínculo pueda generar algún conflicto de intereses.

Por inversiones • Que un trabajador posea una relación de negocios, a través de participación accionarial, que le permita tener poder de dirección o de decisión sobre una empresa de la competencia de Minera IRL, o

• Que un trabajador posea una relación de negocios a

través de participación accionarial con una empresa que venda productos similares o sustitutos de los que comercialice Minera IRL.

• Que un trabajador mantenga intereses personales

que entren en conflicto con los intereses de Minera IRL o que sean contrarios a los intereses de Minera IRL.

• Que un trabajador tenga una propiedad adyacente a

la propiedad de Minera IRL, cuyo valor podría verse afectado por las actividades de Minera IRL.

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Tipo Descripción

Por operaciones con terceros (clientes, proveedores y competidores)

• Que un trabajador genere beneficios personales al

tomar decisiones sobre adquisiciones, venta de bienes, contrataciones, prestaciones de servicios, otorgamiento de créditos y/o descuentos especiales a clientes, o cualquier tipo transacciones con clientes, proveedores o competidores.

• Que un trabajador participe en transacciones

personales que involucren de manera significativa a Minera IRL, a través de la representación de sus intereses, parientes o terceros con los que tenga vínculo.

• Que un trabajador propicie o haga propiciar negocios

de Minera IRL con parientes o participar en la toma de decisiones por parte de Minera IRL en beneficio de los parientes.

• Que un trabajador acepte dinero, regalos, descuentos

o préstamos de proveedores, clientes o competidores de Minera IRL.

Por participación en otras actividades laborales

• Que un trabajador realice actividades o negocios

personales en las instalaciones de Minera IRL, dentro o fuera del horario de trabajo, o

• Que un trabajador desempeñe actividades que

interfieran o entren en conflicto con sus actividades en Minera IRL, las cuales podrían incluir ser propietario, socio, director, consultor, asesor o desempeñarse en cualquier otra actividad en beneficio de otras empresas.

• Que un trabajador desempeñe actividades como

propietario, socio, director, consultor, asesor en empresas que compitan en algún aspecto en Minera IRL.

• Que un trabajador desempeñe actividades como

director, consultor o asesor en empresas

administradoras de fondos de inversión (v.g. AFP’s, Fondos Mutuos), que invierten o podrían invertir en Minera IRL.

Por participación en organizaciones no lucrativas

• Que un trabajador participe en organizaciones no

lucrativas durante el horario de trabajo, interfiriendo con sus labores en Minera IRL, o que no promuevan el desenvolvimiento, desarrollo o bienestar de las comunidades en donde opera la Empresa.

Referencias

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