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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS INMUEBLES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

ÍNDICE

1. CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

...

3

2. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES DESTINADOS A LA EJECUCIÓN

DEL CONTRATO

...

7

3. FORMACION DE LOS VIGILANTES QUE PRESTAN EL SERVICIO

...

9

4. CONDICIONES Y CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO

...

10

5. SUBROGACIÓN DE PERSONAL

...

11

6. CLÁUSULAS SOCIALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

...

11

ANEXO I. NECESIDADES DE PERSONAL Y HORARIOS

...

14

ANEXO II. DOTACIÓN DE MEDIOS MATERIALES

...

19

ANEXO III. PLANTILLA SUBROGABLES ACTUAL CON DESGLOSE DE

QUINQUENIOS Y TRIENIOS

...

20

ANEXO IV. PARTES

...

22

PARTE DE SERVICIO

...

22

PARTE DE AVERIAS

...

23

ANEXO V. FORMACIÓN OBLIGATORIA

...

24

ANEXO VI. PLAN DE SEGURIDAD

...

25

ANEXO VII. MANUAL DE ÓRDENES DE PUESTO

...

27

ANEXO VIII. FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS

...

28

(2)
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS INMUEBLES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

1. CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 1.1.- Condiciones Técnicas.

El servicio de seguridad se prestará por una empresa autorizada por el Ministerio del Interior, mediante vigilantes de seguridad sin arma, debidamente formados y documentados, sin implicar el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos, según lo dispuesto en el artículo 301 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; Ley 5/2014 de 6 de Abril, de Seguridad Privada, y el Reglamento de Seguridad Privada y la restante normativa de aplicación a la seguridad privada.

La empresa deberá hacerse cargo del mantenimiento de los sistemas de seguridad de la sede central de EMVS compuestos por: arco detector, RX, CC.TV, Centro de Control, Alarmas anti-intrusión y Control de Acceso (incluido licencia). Dicho mantenimiento consistirá en el desarrollo de todas las actividades necesarias, tanto de carácter preventivo como correctivo, al objeto de mantenerlos en perfecto estado operativo y de conservación.

La empresa contratista dispondrá de Central Receptora de Alarmas (CRA) homologada y habilitada por el Ministerio del Interior a la que se conectarán todos los sistemas de los edificios. Sufragará todos los gastos de conexión a la CRA de aquellos edificios que cuentan con dicha instalación, según se indica en el Anexo II a este pliego.

1.2.- Funciones generales de seguridad.

La empresa adjudicataria actuará siguiendo las indicaciones del responsable del contrato designado por EMVS. Las funciones que con carácter general constituirán la prestación del servicio de vigilancia serán las que se reseñan, a continuación:

1.2.1.- Colaboración con la Policía Local y con los restantes Cuerpos de Seguridad del Estado en los términos previstos en la legislación vigente. La persona que ostente la condición de responsable del contrato, supervisará las labores del personal de vigilancia o control coordinando su actuación.

1.2.2.- Vigilancia y control de las entradas y salidas de personas, en los accesos a los distintos inmuebles dependientes de EMVS, efectuando para ello controles de

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identidad sin retener la documentación aportada o requiriendo la asistencia de los cuerpos de fuerzas de seguridad a tal efecto.

1.2.3.- Realización de Rondas, como mínimo cuatro a lo largo del periodo establecido cada día (2 nocturnos y 2 diurnas en el caso de vigilancias de 24 horas y 2 rondas en los puestos en los que se establece un horario de 20 a 08 horas), inspeccionando todas las plantas del edificio de que se trate, o las viviendas cuya vigilancia se encuentren asignadas, asegurándose del cierre de puertas así como que las mismas no han sido ocupadas ni presentan signos o indicios de intento de ocupación. A tal efecto se instalarán, a cargo de la empresa adjudicataria, los controles tecnológicos de presencia, en los que quede constancia documental de la comparecencia (fecha y hora) en los inmuebles, confeccionando partes diarios de servicio o incidencias, conforme al modelo recogido en el Anexo IV.

1.2.4.- En los edificios de atención al público, y en especialen las distintas oficinas de EMVS cuando existan los medios técnicos necesarios para ello:

-

Controlar y manejar los medios técnicos que integran el sistema de seguridad (equipos de detección de bultos por Rx, arcos de seguridad, vigilancia con circuito cerrado de televisión, etc).

- Uso de los sistemas informatizados de control de Accesos, Anti intrusión y CCTV que posean las oficinas.

-

Vigilancia de las zonas de estacionamiento reservado, con los medios técnicos instalados (Circuito cerrado de televisión –CCTV-) en aras de evitar que los vehículos obstruyan las zonas de paso y salidas de emergencia.

-

Conocer en el edificio la ubicación de sus instalaciones (calefacción, aire acondicionado, alarmas, detección de incendios, suministros, etc.) y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de accidentes, siniestros o emergencias que pudieran producirse. A este efecto, entregarán al responsable del contrato o persona designada a este efecto, un parte de lo sucedido durante la jornada laboral, así como del funcionamiento de los sistemas de protección y seguridad del edificio según el Anexo IV.

- Responsabilizarse de la apertura y cierre de todas las puertas de acceso al edificio, de acuerdo con los horarios e instrucciones que se establezcan en el Plan de Seguridad del Edificio, ejerciendo el control y custodia de las llaves que en su caso se le encomienden, así como la

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desconexión de la luz eléctrica de las zonas designadas, cuando no haya personal en las instalaciones.

-

Colaborar, dentro del Plan de Emergencia y Evacuación del edificio, en las tareas que éste les asigne, siguiendo las instrucciones emitidas por los órganos competentes y la propia iniciativa, para asegurar la efectividad de la evacuación, o minimización del riesgo ante la emergencia producida.

-

Controlar la correspondencia y paquetería, efectuando los correspondientes chequeos con los medios asignados a tal fin.

1.2.5.- Evitar la comisión de toda clase de hechos delictivos que incidan en la seguridad de los inmuebles y, en su caso, ocupantes, y actuar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes cuando aquellos se hubieran producido. Se impedirán en los edificios e instalaciones las siguientes prácticas:

Actos de vandalismo.

Las ocupaciones ilegales.

Cualquier otro acto no autorizado.

1.2.6.- Adopción de medidas de seguridad ante situaciones de conflictividad, disuasorias y compulsivas.

1.2.7.- Apertura y cierre de inmuebles, permitiendo el acceso, únicamente, a las personas que dispongan autorización escrita de EMVS.

1.2.8.- Proteger a las personas, bienes e instalaciones de EMVS. Solicitar, en caso de resistencia, auxilio inmediato de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (en adelante FF.CC.S) para evitar la ocupación o, en su caso, provocar la detención y desalojo policial del inmueble. Por las características del servicio a realizar y la importancia que supone para la seguridad, ningún componente del servicio de Seguridad Privada, que se integre en el operativo de seguridad, podrá abandonar su puesto/cometido hasta no disponer del relevo adecuado.

1.2.9.- En los casos de intento de ocupación de los inmuebles, deberá darse cuenta inmediata a EMVS, procediendo de la siguiente forma:

El Vigilante deberá impedir la ocupación, en el caso de que se estuviera produciendo o fuera flagrante, y detener al presunto ocupante (Art 490 de Ley de Enjuiciamiento Criminal) comunicándoselo a las FF.CC.S, para el resto de diligencias.

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Si se hubiera consumado, proceder a su desalojo y si existiera oposición intentar el desalojo policial.

1.2.10.-Incorporación de sistemas o procedimientos de gestión que apoyen y faciliten el trabajo encomendado, así como una optimización de los recursos humanos y materiales.

1.2.11.-Aquellas otras determinadas por la Ley y el Reglamento de Seguridad Privada, y las relacionadas con las funciones de vigilancia y seguridad que pudiera designar EMVS, durante la ejecución del contrato.

1.3.- Plan de Seguridad del Edificio y Procedimientos de Actuación.

Las empresas licitadoras presentarán un Plan General de Seguridad para el conjunto de inmuebles objeto del contrato:

Oficinas.

 Promociones de viviendas con ocupantes ilegales.

Promociones de viviendas con ocupantes legales.

Promociones de viviendas terminadas y sin entregar.

El contenido mínimo de los Planes de Seguridad será el establecido en el Anexo VI del presente Pliego y en todo caso, estará acorde con lo recogido en los correspondientes Procedimientos de Actuación que igualmente presentarán los licitadores, conforme a lo reseñado en el Anexo VIII del presente pliego.

Los licitadores podrán visitar las dependencias y promociones objeto del contrato acompañados por el personal designado al efecto, siguiendo las normas que el responsable de EMVS establezca y siempre que no se interfiera en el normal funcionamiento de la instalación. Para ello, deberá dirigirse una solicitud en este sentido, con al menos 10 días de antelación a la fecha de presentación de las proposiciones, al correo electrónico indicado en el Anexo I del Pliego de Condiciones Particulares.

La información necesaria la recabarán del responsable de EMVS en el momento de realizar la visita reseñada en el párrafo anterior, si bien por razones de seguridad, no podrá entregarse documentación alguna.

1.4.- Manual de Órdenes.

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La empresa adjudicataria estará obligada a presentar en un plazo de veinte días, desde la formalización del contrato, el Manual de Órdenes de Puesto para cada inmueble objeto de la presente contratación. El contenido de este Manual se ajustará a lo reseñado en el Anexo VII. Del mismo modo, junto con el Manual, se entregará ajustándose al Anexo VIII Procedimiento de Actuación adaptado a cada edificio.

Tanto el Manual de Órdenes como el Procedimiento de Actuación, deberán ser aprobados por el responsable del contrato designado por EMVS.

2. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

2.1.-El servicio de seguridad se prestará, mediante vigilantes de seguridad sin arma debidamente documentados y uniformados, por empresa autorizada en el Ministerio del Interior, sin implicar el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos, y en lo establecido en la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, su Reglamento en vigor, y la restante normativa de aplicación a la seguridad privada.

EMVS designará un responsable del contrato y/o un responsable de seguridad. Las funciones del responsable del contrato serán, con carácter general, las derivadas de la dirección, comprobación, informe y vigilancia de la correcta realización de los trabajos. Las funciones del responsable de seguridad serán complementarias o subsidiarias del responsable del contrato.

2.2.-El número de puestos de vigilancia y sus horarios será el reseñado en el Anexo I. Durante la ejecución del contrato podrá modificarse la distribución de los efectivos entre los distintos inmuebles objeto del presente contrato, el horario de prestación del servicio, sin alterar en ningún caso el número total de horas, número de efectivos o precio del contrato, sin que ello suponga modificación del mismo.

Todo cambio de personal que pretenda hacer el adjudicatario deberá motivarse y ponerse inmediatamente en conocimiento del responsable del contrato para que dé su conformidad con dicho cambio sin la cual no podrá realizarse.

A iniciativa del responsable del contrato designado por EMVS se podrá solicitar a la empresa adjudicataria la sustitución de cualquiera de sus vigilantes cuando se estime que su actuación no es satisfactoria. El adjudicatario deberá proceder, en un plazo no superior a veinticuatro horas, a la sustitución requerida que en ningún caso implicará coste alguno para EMVS.

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2.3.-Los inmuebles objeto de la presente contratación, se sitúan en diferentes ámbitos geográficos, tal y como se detalla en el Anexo I del presente pliego (Necesidades de personal y horario).

Las zonas actuales a cubrir, según Anexo I.

Distintas oficinas de EMVS abiertas al público.

Almendra Central de Madrid (Zona centro y Área de influencia).

Distritos de Usera, Latina, Villaverde, Vallecas Villa, Vallecas Pueblo, Vicálvaro.  PAUS: Ensanche de Carabanchel, Ensanche Vallecas, Sanchinarro y las Tablas.

Edificios, Promociones o viviendas de gestión por la EMVS.

2.4.-La empresa adjudicataria, en el momento de la formalización del contrato, entregará al responsable del contrato un documento con las Fichas de su personal en cada inmueble y, en su caso, cuando se produzca la sustitución de cualquiera de ellos, con la siguiente información:

- Nombre y apellidos - DNI

- Cargo

- Tarjeta de vigilante de seguridad - Nº de la Seguridad Social - Categoría y tipo de contrato - Antigüedad

- Jornada laboral

2.5.-La empresa adjudicataria deberá prever el personal de sustitución necesario, instruido debidamente en los puestos de trabajo aquí interesados, para asegurar el normal cumplimiento de sus obligaciones contractuales en caso de enfermedad, permisos, vacaciones o cualesquiera otras razones que justifiquen la ausencia del vigilante asignado en su puesto de trabajo, de manera que el normal funcionamiento del servicio quede asegurado.

Las altas y bajas del personal por enfermedad, ausencias o vacaciones deberán comunicarse de inmediato al responsable del contrato en un plazo no superior a una hora desde que se inicie el turno de trabajo.

2.6.-La empresa adjudicataria designará, de entre su personal, a un Inspector quien se responsabilizará del correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales del personal a su cargo y de la implantación del Manual de órdenes de Puesto. Este inspector será el

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interlocutor directo de la adjudicataria con EMVS y deberá estar localizable durante las veinticuatro horas del día, los 365 días del año, sin excepción alguna.

El inspector deberá realizar las inspecciones que se indiquen en el Plan de Seguridad del Edificio o Zonas, dando cuenta de ellas al responsable del contrato.

2.7.-La empresa adjudicataria asignará al servicio, a su cargo, los elementos para los vigilantes y para las instalaciones, y asumirá los costes que se reseñan en el Anexo II como mínimos necesarios, además de los medios que hubiera ofertado en las mejoras, caso de haberse realizado y que se hubieran valorado como criterio de adjudicación según el Pliego de Condiciones Particulares. Dicha asignación se verificará en el mismo instante del inicio del servicio.

3. FORMACION DE LOS VIGILANTES QUE PRESTAN EL SERVICIO

3.1.-Previo a la formalización del contrato, la empresa adjudicataria entregará la documentación acreditativa de que el personal adscrito al mismo cumple los requisitos de formación permanente previstos en el Reglamento de Seguridad Privada.

En los supuestos de vigilantes que no hayan recibido esa formación permanente, el adjudicatario dispone de 15 días desde la formalización del contrato para que se imparta dicha formación.

Cuando se trata de nuevas incorporaciones de personal a lo largo de la ejecución del contrato, el adjudicatario tendrá que acreditar igualmente que ese personal ha recibido esa formación permanente. Dicha acreditación se realizará dentro de los primeros quince días de la nueva incorporación.

En cuanto a la formación obligatoria que se prevé en el Anexo V del presente Pliego, cuyo coste asume el adjudicatario, deberá impartirse en el plazo de 1 mes a contar desde el inicio del contrato, que deberá repetirse, asumiendo también su coste el adjudicatario, en el supuesto que la plantilla de vigilantes asignada al contrato se haya llegado a renovar en un 40% en relación con la plantilla originaria. En este supuesto, una vez verificada la renovación del 40%, la formación obligatoria se impartirá en el momento que el responsable del contrato, lo solicite. En el caso de haber ofertado el adjudicatario una formación relativa a los Procedimientos de Actuación previstos en el presente Pliego y, por tanto, valorada entre los criterios de adjudicación, se deberá impartir en el plazo de tres meses desde el inicio del contrato. Esta formación se impartirá fuera del horario laboral de los vigilantes para no interferir en el normal funcionamiento del servicio. Deberá acreditarse documentalmente ante el responsable del contrato, la efectiva realización de la formación antedicha.

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3.2.-La empresa adjudicataria deberá acreditar documentalmente en el plazo de los 15 días siguientes al inicio de la ejecución del contrato, que los vigilantes asignados al mismo están capacitados para el manejo de los sistemas de seguridad existentes, principalmente:

-

Subsistema de video vigilancia: (CC.TV.).

-

Subsistema anti intrusión: detección presencial.

-

Subsistema de Control de accesos: personas, vehículos y materiales. - Control de correspondencia y paquetería por RX.

-

Subsistema de gestión/centralización: Accesos, Alarmas.

-

Subsistema de detección, protección y extinción de incendios.

-

Participación en los Planes de Autoprotección y Emergencia de Edificios.

- Conexión y desconexión de determinadas instalaciones: iluminación, climatización, alarmas de seguridad y otras instalaciones de similar complejidad.

- Comprobación del funcionamiento de las instalaciones de seguridad, detección, extinción, et., existentes en los edificios.

-

Custodia de llaves.

- Prevención y técnicas de protección disuasorias.

Esta acreditación deberá ser supervisada por el responsable del contrato designado por EMVS. 4. CONDICIONES Y CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO

4.1.-La adjudicataria, en el momento de iniciar el servicio, deberá acreditar ante el responsable del contrato, que aporta toda la dotación de medios materiales para los vigilantes y para los edificios, tanto los mínimos necesarios que constan en el Anexo II como los que hayan sido valorados como mejoras entre los criterios de adjudicación. 4.2.-La empresa adjudicataria seguirá en todo momento las directrices marcadas por

EMVS.

4.3.-La empresa adjudicataria elaborará partes diarios escritos, conforme al Anexo IV del presente pliego, en los que se detallará pormenorizadamente la actividad realizada durante el servicio, haciendo hincapié en aquellas incidencias que por su naturaleza, afecten la seguridad del edificio, entregándose al responsable de EMVS, junto con los controles de las rondas efectuadas. Independientemente de la información que facilite el contratista, se mantendrá informado verbal y puntualmente al responsable de EMVS, quien determinará en cada momento las acciones a seguir.

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4.4.- En relación a la prestación de los servicios de control de acceso a instalaciones y/o dependencias de EMVS, el personal prestador seguirá las instrucciones, procedimientos y normas adoptados por EMVS en relación al tratamiento de datos de carácter personal. En este sentido, comunicarán a los responsables de EMVS, en el plazo temporal más breve, cualquier consulta, solicitud o petición que sea formulada por cualquier interesado o visitante en relación al tratamiento de datos de carácter personal.

Asimismo y en relación a la gestión, ubicación y definición del campo de captación de los sistemas de video vigilancia instalados por EMVS en sus Edificios e Instalaciones, el personal prestador del servicio procederá a evitar la captación innecesaria de parte de la vía pública aneja a las sedes y edificios de EMVS en cumplimiento de las últimas resoluciones sancionadoras adoptadas por la Agencia Española de Protección de Datos, adoptando asimismo las medidas de seguridad tendentes a garantizar la confidencialidad y el no acceso por personas no autorizadas a monitores de visualización de imágenes en tiempo real.

5. SUBROGACIÓN DE PERSONAL

En su caso y a los efectos previstos en el vigente Convenio Colectivo Estatal para las Empresas de Seguridad, relativo a la subrogación del personal, se incluye como Anexo III al presente pliego la relación de los trabajadores que en la actualidad se hallan prestando los servicios de seguridad en los inmuebles objeto del presente contrato.

6. CLÁUSULAS SOCIALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

En cumplimiento del Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la instrucción 1/2016, serán de obligado cumplimiento las siguientes cláusulas sociales, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223.f. del TRLCSP, tienen la consideración de obligaciones esenciales en lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social.

1) El adjudicatario del contrato estará obligado a que los bienes o servicios objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas socio-laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. A la firma del contrato el adjudicatario deberá aportar declaración responsable obligándose al cumplimiento de la presente cláusula durante la ejecución del contrato... 2) En el cumplimiento del presente contrato se tendrá en cuenta lo establecido en la

Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal como son definidos estos términos en el Texto

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Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. Los licitadores deberán aportar en el sobre B de su oferta declaración responsable obligándose al cumplimiento de lo establecido en la presente cláusula en caso de resultar adjudicatario.

3) Con el objetivo de garantizar la defensa de la estabilidad del empleo de las personas trabajadoras, se deberán cumplir las siguientes previsiones:

La aplicación de la Directiva 2001/23CE, de 12 de marzo de 2001, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en caso de trasmisiones de empresas y centros de actividad.

Dada la naturaleza de este contrato se prevé la subrogación contractual de las personas trabajadoras condicionada a su aceptación.

4) En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

El responsable del contrato velará por el cumplimiento de la presente cláusula, obligándose el adjudicatario a introducir las modificaciones en los soportes indicados que le sean ordenados por dicho responsable.

5) La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Así mismo, deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

- La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

- El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

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La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante declaraciones responsables que acrediten en su caso los extremos anteriormente indicados.

6) La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas que sean necesarias para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal de EMVS o a los usuarios y ciudadanos en general.

7) La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato.

Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación se exigirá a la empresa adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

8) Con carácter previo a la finalización del contrato la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le son exigibles en virtud de lo dispuesto en los pliegos de esta licitación.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS INMUEBLES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

ANEXO I. NECESIDADES DE PERSONAL Y HORARIOS

-

Designación del edificio: OFICINAS EMVS

-

Dirección: Palos de la Frontera nº 13 y Fray Luis de León 15 - Número de puestos: 3.

Categoría

profesional PuestosNº Días de la semana Horario

V.S. 1 Completa 24 horas

V.S. 1 L-V Laborables

Re 07 a 19 horas.

V.S. 1 L-V Laborables 08 a 18 horas.

Tipo de horas Nº de horas anuales

Horas diurnas laborables (06:00 – 22:00) 9.310.-Horas diurnas festivas (06:00 – 22:00) 1.920.-Horas nocturnas laborables (22:00 – 06:00) 1.960.-Horas nocturnas festivas (22:00 – 06:00) 960.-

TOTAL

Jornadas Laborales Diurnas: 245.- (16 horas) Jornadas Festivas Diurnas: 120.- (16 horas) Jornadas Nocturnas Laborales: 245.- (8 horas) Jornadas Nocturnas Festivas: 120.- (8 horas)

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-

Designación del edificio/s: ZONA CENTRO Y ÁREA DE INFLUENCIA - Dirección: Diferentes Promociones

- Número de puestos: 2

Categoría

profesional Puestos Nº Días de la semana Horario

Coordinador V.S 1 L-V (laborables) 07 a 19 horas V.S./ Patrulla Con Vehículo (1 Motocicleta) 1 Completa 24 horas

TIPO DE HORAS Nº de horas anuales

Horas diurnas laborables (06:00 – 22:00) 6.860.-Horas diurnas festivas (06:00 – 22:00) 1.920.-Horas nocturnas laborables (22:00 – 06:00) 1.960.-Horas nocturnas festivas (22:00 – 06:00)

960.-TOTAL

11.700.-Jornadas Laborales Diurnas: 245.- (16 horas) Jornadas Festivas Diurnas: 120.- (16 horas) Jornadas Nocturnas Laborales: 245.- (8 horas) Jornadas Nocturnas Festivas: 120.- (8 horas)

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-

Designación del edificio/s: CARABANCHEL XXI y RESTO DEL PAU DE CARABANCHEL, SAN FERMIN, MARCONI, LAS PERLAS, VILLAVERDE, USERA Y CIUDAD DE LOS ANGELES.

- Dirección: Diferentes Promociones - Número de puestos: 7 Categoría profesional Puestos Días de la semana Horario Coordinador V.S. 1 L-V (laborables) 07 a 19 horas V.S./Patrulla

con vehículo 1 Completa 24 horas

V.S. 1 Completa 07 a 19 horas

V.S. 1 Completa 19 a 07 horas

V.S. 1 Completa 07 a 19 horas

V.S. 1 Completa 19 a 07 horas

V.S. 1 Completa 24 horas

TIPO DE HORAS Nº de horas anuales

Horas diurnas laborables (06:00 – 22:00) 18.620.-Horas diurnas festivas (06:00 – 22:00) 7.680.-Horas nocturnas laborables (22:00 – 06:00) 7.840.- Horas nocturnas festivas (22:00 – 06:00)

3.840.-TOTAL

37.980.-Jornadas Laborales Diurnas: 245.- (16 horas) Jornadas Festivas Diurnas: 120.- (16 horas) Jornadas Nocturnas Laborales: 245.- (8 horas) Jornadas Nocturnas Festivas: 120.- (8 horas)

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-

Designación del edificio/s: ZONA VALLECAS ENSANCHE, PUENTE VALLECAS, SAN FRANCISCO JAVIER VICALVARO Y VALLECAS VILLA.

- Dirección: Diferentes Promociones - Número de puestos: 8 Categoría profesional Nº Puestos Días de la semana Horario Coordinador V.S. 1 L-V (laborables) 07 a 19 horas V.S./Patrulla

con vehículo 1 Completa 24 horas

V.S. 1 Completa 07 a 19 horas V.S. 1 Completa 19 a 07 horas V.S. 1 Completa 24 horas V.S. 1 Completa 24 horas V.S. 1 Completa 24 horas V.S. 1 Completa 24 horas

TIPO DE HORAS Nº de horas

anuales

Horas diurnas laborables (06:00 – 22:00) 26.460.-Horas diurnas festivas (06:00 – 22:00) 11.520.- Horas nocturnas laborables (22:00 – 06:00) 11.760.-Horas nocturnas festivas (22:00 – 06:00)

5.760.-TOTAL

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-

Designación del edificio/s: OTROS EDIFICIOS SINGULARES.

-

Dirección: BARAJAS I,II.III,IV,V, SANCHINARRO Y RESTO VIVIENDAS Y DISTRITOS. - Número de puestos: 4 Categoría profesional Puestos Días de la semana Horario Patrulla/V.S.

con vehículo 2 Completa 24 horas

V.S. 1 Completa 07 a 19 horas

V.S. 1 Completa 19 a 07 horas

TIPO DE HORAS Nº de horas anuales

Horas diurnas laborables (06:00 – 22:00) 11.760.-Horas diurnas festivas (06:00 – 22:00) 5.760.-Horas nocturnas laborables (22:00 – 06:00) 5.880.-Horas nocturnas festivas (22:00 – 06:00)

2.880.-TOTAL

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS INMUEBLES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

ANEXO II. DOTACIÓN DE MEDIOS MATERIALES

La empresa adjudicataria asume la obligación de costear y aportar a su cargo, desde el momento del inicio del contrato, los siguientes medios materiales como mínimos necesarios para los edificios a proteger y para toda la plantilla de vigilantes de seguridad asignada al servicio:

Medios Materiales para los

Vigilantes Cantidad

5 Vehículos turismos, rotulados,

consumos incluidos Tres rotulados y dos sin rotular 1 Motocicleta, consumos

incluidos Tipo escúter o similar, con matrícula

Teléfono móvil abierto con GPS 1 para cada servicio Emisoras como número de vigilantes, con sus cargadores y En los servicio de más de un componente, tantos

una pila de repuesto.

Linternas 1 por cada servicio

Chalecos reflectantes 1 para cada vigilante

Medios Materiales para los

Edificios Cantidad

Sistema electrónico de Control de

Rondas En los edificios con servicio fijo de vigilancia

Detectores manuales Tres, para la sede central

Cajetín para llaves En los edificios donde se tenga custodia de las mismas o de las puertas de seguridad Casetas de Seguridad con baños

químicos

Bases de los puestos fijos en promociones para las patrullas Conexión a CRA 68 conexiones, en diferentes viviendas y Promociones

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS INMUEBLES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A.

ANEXO III. PLANTILLA SUBROGABLES ACTUAL CON DESGLOSE DE QUINQUENIOS Y TRIENIOS

CATEGORIA TIP ANTIGÜEDAD QUINQUENIOS TRIENIOS 1 VIGILANTE SEGURIDAD 134277 13/05/2007 1 2 VIGILANTE SEGURIDAD 100972 23/12/2003 2 3 COORDINADOR SERV 188142 18/10/2008 1 4 VIGILANTE SEGURIDAD 169976 18/10/2008 1 5 VIGILANTE SEGURIDAD 194728 01/07/2011 1 6 VIGILANTE SEGURIDAD 94174 07/07/2007 1 7 VIGILANTE SEGURIDAD 64072 18/02/1997 3 8 VIGILANTE SEGURIDAD 158896 13/02/2008 1 9 VIGILANTE SEGURIDAD 187620 01/11/2011 1 10 VIGILANTE SEGURIDAD 31564 02/12/2011 1 11 VIGILANTE SEGURIDAD 81587 05/11/2003 2 12 VIGILANTE SEGURIDAD 146721 02/01/2007 1 13 VIGILANTE SEGURIDAD 34622 22/07/1992 4 1 14 VIGILANTE SEGURIDAD 178150 29/07/2010 1 15 VIGILANTE SEGURIDAD 174777 01/12/2010 1 16 VIGILANTE SEGURIDAD 198857 23/12/2011 1 17 VIGILANTE SEGURIDAD 70486 01/07/1999 3 18 VIGILANTE SEGURIDAD 12367 17/08/2011 1 19 VIGILANTE SEGURIDAD 128315 15/04/2007 1 20 VIGILANTE SEGURIDAD 64690 01/07/1998 3 21 VIGILANTE SEGURIDAD 31177 10/02/2009 1 22 VIGILANTE SEGURIDAD 124393 03/03/2006 2 23 VIGILANTE SEGURIDAD 154550 21/11/2009 1 24 VIGILANTE SEGURIDAD 102655 18/01/2012 25 VIGILANTE SEGURIDAD 224584 01/07/2014 26 VIGILANTE SEGURIDAD 8206 17/06/2008 1 27 COORDINADOR SERV 01/06/2013 28 VIGILANTE SEGURIDAD 179986 01/07/2010 1 29 VIGILANTE SEGURIDAD 115361 12/04/2005 2 30 VIGILANTE SEGURIDAD 181976 01/12/2014 31 VIGILANTE SEGURIDAD 72501 27/07/1999 3 32 VIGILANTE SEGURIDAD 80768 02/04/2004 2

(21)

CATEGORIA TIP ANTIGÜEDAD QUINQUENIOS TRIENIOS 33 VIGILANTE SEGURIDAD 122297 17/09/2009 1 34 VIGILANTE SEGURIDAD 193364 30/12/2001 2 35 VIGILANTE SEGURIDAD 31778 20/03/2014 36 VIGILANTE SEGURIDAD 139496 05/03/2007 1 37 VIGILANTE SEGURIDAD 137627 01/08/2009 1 38 VIGILANTE SEGURIDAD 165949 02/02/2009 1 39 VIGILANTE SEGURIDAD 66356 07/10/2008 1 40 VIGILANTE SEGURIDAD 217580 01/07/2014 41 VIGILANTE SEGURIDAD 138455 08/07/2005 2 42 VIGILANTE SEGURIDAD 51142 20/01/2009 1 43 VIGILANTE SEGURIDAD 228449 28/06/2014 44 VIGILANTE SEGURIDAD 192987 06/05/2011 1 45 VIGILANTE SEGURIDAD 101600 01/09/2010 1 46 VIGILANTE SEGURIDAD 32995 06/02/1997 3 47 VIGILANTE SEGURIDAD 136040 20/05/2007 1 48 VIGILANTE SEGURIDAD 230932 06/10/2014 49 VIGILANTE SEGURIDAD 230820 06/10/2014 50 VIGILANTE SEGURIDAD 33143 01/02/1992 4 1 51 VIGILANTE SEGURIDAD 21294 01/10/2001 3 52 VIGILANTE SEGURIDAD 57075 06/02/1997 3 53 VIGILANTE SEGURIDAD 113327 01/07/2010 1 54 VIGILANTE SEGURIDAD 208426 02/08/2012 55 VIGILANTE SEGURIDAD 146932 19/07/2010 1 56 COORDINADOR SERV 17/02/2000 3 57 VIGILANTE SEGURIDAD 106852 27/11/2008 1 58 VIGILANTE SEGURIDAD 138349 04/03/2005 2 59 VIGILANTE SEGURIDAD 139492 01/05/2007 1 60 VIGILANTE SEGURIDAD 151066 01/07/2014 61 VIGILANTE SEGURIDAD 133955 09/11/2006 1 62 VIGILANTE SEGURIDAD 113482 01/07/2008 1 63 INSPECTOR 11621 01/11/2014

(22)

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ANEXO IV. PARTES

EMPRESA FECHA TURNO

PARTE DE SERVICIO

NOMBRE Y APELLIDOS NIF TIP HORARIO

HORA INCIDENCIAS

(23)

EMPRESA FECHA TURNO

PARTE DE AVERIAS

NOMBRE Y APELLIDOS NIF TIP

SUBSISTEMA AVERIA

(24)

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ANEXO V. FORMACIÓN OBLIGATORIA

El personal adscrito a la ejecución del contrato, con cargo al adjudicatario, recibirá durante el primer mes de ejecución del contrato un total de 15 horas de formación con el siguiente contenido:

- Primeros Auxilios

-

Subsistema Anti-intrusión: Centrales de Alarmas y detección - Subsistema de Control de accesos: personas, vehículos y materiales

-

Subsistema de detección, protección y extinción de incendios.

- Participación en los Planes de Autoprotección y Emergencia de Edificios

Además todo el personal adscrito a la ejecución del contrato, en las oficinas dependientes de EMVS y con atención al público, titular y sustituta, en su caso, recibirá la siguiente formación que se realizará con cargo al adjudicatario, con un mínimo de 5 horas:

Sistemas de seguridad del edificio:

 Instalación contra incendios y otras: impartido por personal de mantenimiento del edificio y/o empresa mantenedora/instaladora.

Control de accesos: impartido por el personal que designe la Dirección de Servicios Sociales y Patrimonio de la EMVS.

 Plan de Seguridad del Edificio. Se efectuara para el personal destinado en oficinas

La duración y contenido reseñados constituyen mínimos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en el presente Pliego. Los contenidos podrán ser ampliados por los licitadores, lo que se tendrá en cuenta en la valoración de la oferta tal y como se establece en los criterios de valoración señalados en elAnexo I del Pliego de Condiciones Particulares.

(25)

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ANEXO VI. PLAN DE SEGURIDAD

Las empresas licitadoras presentarán un Plan General de Seguridad para los inmuebles objeto del contrato agrupándolos en los siguientes cuatro bloques:

 Oficinas.

 Promociones de viviendas con ocupantes ilegales.  Promociones de viviendas con ocupantes legales.  Promociones de viviendas terminadas y sin entregar.

El contenido mínimo de los Planes de Seguridad será el establecido en este Anexo y se adaptará a las anteriores tipologías de inmuebles a proteger. En todo caso, el Plan de Seguridad estará acorde con lo recogido en los correspondientes Procedimientos de Actuación que igualmente presentarán los licitadores.

Para su valoración, en primera página deberá ir el resumen con los medios técnicos que aportarán a cargo del adjudicatario para llevar a efecto dicho Plan General de Seguridad. Si proponen instalación de medios a cargo de la EMVS, deberán aportar el costo de las mismas en un escandallo.

1.- ANÁLISIS DE RIESGOS.

Se realizará basándose en el método MOSSLER o en el CUANTITATIVO MIXTO y su contenido se estructurará en los siguientes apartados:

1.1.- ESTUDIO DE LAS INSTALACIONES.

1.1.1.- Situación, emplazamiento y entorno. 1.1.2.- Accesos, Vías Públicas y Accesibilidad.

1.1.3.- Características Constructivas y Condiciones Generales de Diseño Arquitectónico.

1.2.- DETERMINACIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS. 1.2.1.- Definición de Riesgos

1.2.2.- Análisis de Riesgos

1.2.3.- Evaluación y cálculo del nivel de riesgo.

(26)

2.- ORGANIZACIÓN DE RRHH DE SEGURIDAD. 2.1.- ESTRUCTURACIÓN DEL SERVICIO. 2.2.- PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN.

2.3.- PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Y SUPERVISIÓN 2.4.- INDICADORES DE PRODUCTIVIDAD.

3.- SISTEMA DE SEGURIDAD

3.1.- SUBSISTEMA DE CCTV Y VIDEOGRABACIÓN. 3.2.- SUBSISTEMA ANTI-INTRUSIÓN.

3.3.- SUBSISTEMA DE CONTROL DE ACCESOS. 3.4.- CENTRALIZACIÓN DE SISTEMAS.

3.5.- PROPUESTAS DE MEJORAS A CARGO DEL ADJUDICATARIO SOBRE LO INSTALADO

4.- SEGURIDAD FISICA DE LA INFORMACIÓN. 4.1.- IDENTIFICACIÓN Y CONTROL DE ACTIVOS.

4.1.1.- Clasificación de los Activos de la Información. 4.1.2.- Tratamiento de la Información Clasificada:

Protección. Comunicación. Transporte. Protección Física. Destrucción. 5.- SEGURIDAD LABORAL.

5.1.- ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES. 5.2.- MEDIDAS PREVENTIVAS PROPUESTAS.

6.- ORDENES DE PUESTO DESCRIBIENDO SEGÚN LOS BLOQUES DE REFERENCIA

(27)

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ANEXO VII. MANUAL DE ÓRDENES DE PUESTO

El adjudicatario elaborará en el plazo máximo de un mes después de la adjudicación un Manual de Ordenes de Puesto por cada edificio designado a proteger y su contenido se ajustará al siguiente índice:

 Objeto y alcance.

Datos de la instalación.  Descripción de cada puesto:

- horario.

- medios asignados.

- funciones específicas ante situaciones habituales. - funciones específicas ante situaciones de emergencia.  Partes de servicio.

 Redacción de informes.  Comunicación de incidencias.  Control de llavería.

 Código deontológico del personal de seguridad.  Uniformidad.

 Listado de teléfonos de emergencia.

(28)

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ANEXO VIII. FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS

1. FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS EN EDIFICIOS DE OFICINAS DE EMVS

Las funciones a desempeñar por los Vigilantes de Seguridad son las que a continuación se especifican:

- En Control de Accesos, para revisión de Correspondencia y Paquetería por RX y Arco detector.

-

Vigilancia Interior del edificio.

- Vigilancia en el Centro de Control (CCTV, alarmas, comunicaciones).

-

Control de presencia en la Sede.

- Cobertura de incidencias y realización de rondas cuando el edificio esté cerrado.

-

Colaboración con Policía Municipal y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

-

Confección de Partes diarios de Servicio e Incidencias según formatos establecidos en el Anexo IV y dirigidos al responsable de seguridad del edificio.

-

Uso de los sistemas informatizados de Control de Accesos, Anti Intrusión y CCTV que posea la Sede.

-

Conocer en el edificio la ubicación de sus instalaciones (calefacción, aire acondicionado, alarmas, detección de metales, etc.) para poder apoyar al servicio de mantenimiento en las posibles situaciones de accidentes, siniestros o emergencias que pudieran producirse. A este efecto, entregarán al responsable de seguridad del edificio un parte de lo sucedido durante la jornada laboral, así como del funcionamiento de los sistemas de protección y seguridad del edificio.

(29)

-

Cumplimiento de los Procedimientos de Actuación implantados en los edificios dependientes de EMVS en lo relativo a:

SITUACIONES HABITUALES

o Control de Accesos de Personas o Atención al Público

o Sistemas de detección de metales o Control de Correspondencia y Paquetería o Recepción de Llamadas Telefónicas o Centro de Control

o Control del Aparcamiento o Custodia de Llaves

SITUACIONES DE EMERGENCIA

o Recepción y registro de Amenaza de Bomba.

o Procedimiento de Accesos incontrolados . o Procedimiento de Intrusión

o Procedimiento de Incendio . o Procedimiento de Inundación

o Procedimiento de recepción de envío sospechoso de contener sustancias explosivas o peligrosas.

o Procedimiento en la Evacuación de edificios.

(30)

2. FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS EN EL RESTO DE EDIFICIOS.

Las funciones a desempeñar por los Vigilantes de Seguridad son las que a continuación se especifican:

-

El Control de Accesos, según lo establecido por la Comunidad o Administrador de la Promoción, de acuerdo con EMVS

-

Vigilancia Interior del edificio, con especial atención en la viviendas cerradas y dependientes de EMVS

-

Vigilancia y control con los elementos instalados (CCTV, alarmas, comunicaciones).

-

Cobertura de incidencias y realización de rondas, según el plan establecido para esa promoción.

- Colaboración con Policía Municipal y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

-

Confección de Partes diarios de Servicio e Incidencias según formatos establecidos en el Anexo IV y dirigidos al responsable de EMVS.

- Uso de los sistemas informatizados de Control de Accesos, Anti Intrusión y CCTV que posea la Sede.

-

Conocer en el edificio la ubicación de sus instalaciones (calefacción, aire acondicionado, alarmas, detección de metales, etc.) para poder apoyar al servicio de mantenimiento en las posibles situaciones de accidentes, siniestros o emergencias que pudieran producirse. A este efecto, entregarán al responsable de EMVS un parte de lo sucedido durante la jornada laboral, así como del funcionamiento de los sistemas de protección y seguridad del edificio.

-

Cumplimiento de los Procedimientos de Actuación implantados en los edificios dependientes de EMVS en lo relativo a:

SITUACIONES HABITUALES

(31)

o Control de Accesos de Personas o Atención al Público

o Sistemas de detección de metales o Control de Correspondencia y Paquetería o Recepción de Llamadas Telefónicas o Centro de Control

o Control del Aparcamiento

o

Custodia de Llaves

SITUACIONES DE EMERGENCIA

o Recepción y registro de Amenaza de Bomba.

o Procedimiento de Accesos incontrolados . o Procedimiento de Intrusión

o Procedimiento de Incendio . o Procedimiento de Inundación

o Procedimiento de recepción de envío sospechoso de contener sustancias explosivas o peligrosas.

o Procedimiento en la Evacuación de edificios.

Referencias

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