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BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE UN SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN

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Lunes, 02 de febrero de 2015 1

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE UN

SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA

EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN

PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS

1. Antecedentes 2. Objeto 3. Beneficiarios

4. Requisitos para la obtención del servicio 5. Plazo de presentación de solicitudes 6. Lugar de presentación de solicitudes

7. Servicios incluidos en el programa de asesoramiento gratuito 8. Instrucción de Expedientes

9. Procedimiento 10. Exclusiones 11. Compatibilidad

12. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios 13. Relación entre el emprendedor y la asesoría designada

Anexo 1: Declaración responsable de domicilio social y fiscal en Málaga capital

Anexo 2: Declaración de consentimiento expreso para comunicaciones entre Promálaga y asesoría responsable de asesoramiento gratuito

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1. ANTECEDENTES

La Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A. – PROMÁLAGA, se constituyó por el Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, como una empresa municipal con personalidad jurídica y funcionalidad de Sociedad Anónima.

Su objetivo fundamental es convertirse en uno más de los instrumentos de ayuda a los diferentes sectores económicos de Málaga y su entorno, que posibiliten afrontar en mejores condiciones económicas los nuevos retos planteados en el contexto de una economía abierta. Dentro de su amplio objeto social está la promoción, implantación, desarrollo y participación en todas aquellas actividades de índole económica y social, que puedan contribuir al desarrollo económico y social de la ciudad de Málaga y su entorno, actividades todas ellas orientadas a la potenciación de la generación de empleo, riqueza y bienestar social.

De esta forma, se encuentra recogido también dentro de su objeto social, el proporcionar a las empresas que lo soliciten, los medios y recursos necesarios para su más conveniente desarrollo, incluso gestionando de manera indirecta o directa, la obtención de medios de financiación, subvenciones y ayudas.

Con este ánimo, Promálaga creó el programa de asesoramiento gratuito, que tiene como esencia misma ofrecer un servicio de asesoramiento integral a las empresas de nueva creación malagueñas durante su primer año de actividad, y de forma completamente gratuita para ellas. Con la finalidad de establecer un procedimiento homogéneo de concesión de dicho asesoramiento para nuevas empresas, y garantizar la transparencia en el funcionamiento de la ayuda, es por lo que se elaboran las siguientes bases reguladoras, donde quedan establecidos los términos y las condiciones para la obtención del servicio.

Estas bases serán de aplicación a las solicitudes presentadas, para llevar a cabo actividades de asesoramiento empresarial en el desarrollo del XIX Programa de Creación de empresas, previsto en las bases de ejecución del presupuesto municipal para 2015 y demás disposiciones concordantes.

2. OBJETO

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de un servicio de asesoramiento. Este servicio consiste en un año de asesoramiento fiscal, laboral y contable, que será prestado de forma gratuita, y que va dirigido a todas las Sociedades Cooperativas de Trabajo, Sociedades Laborales, Sociedades Limitadas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa y Emprendedor de Responsabilidad limitada, que estén domiciliados en el término municipal de Málaga Capital, como forma de apoyar el inicio y puesta en marcha de la actividad empresarial.

3. BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de este servicio, siempre que se cumplan los requisitos previsto en el artículo 4 de estas bases:

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Lunes, 02 de febrero de 2015 3 • Sociedades Cooperativas de Trabajo

• Sociedades Laborales • Sociedades Limitadas • Sociedades Anónimas

• Sociedades Limitadas Nueva Empresa • Emprendedor de Responsabilidad limitada

4. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL SERVICIO

Para ser beneficiario del servicio de asesoramiento gratuito será necesario reunir los siguientes requisitos:

1. Que el domicilio social y fiscal de la empresa estén en Málaga capital.

2. Que sea una empresa de nueva creación. Se entenderá como tal, toda sociedad inscrita en los correspondientes registros, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud del servicio, siempre y cuando no haya estado nunca dada de alta en el IAE durante ese periodo.

3. Que se genere al menos un puesto de trabajo de carácter indefinido que proceda del desempleo. El empleo que se vaya a crear puede ser tanto de socios trabajadores como de contratos laborales por cuenta ajena.

4. Que el beneficiario no incurra en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38 /2003 General de Subvenciones.

5. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 02 de febrero de 2015 y terminará el 31 de diciembre de 2015, plazo en el que estarán en vigor las presentes bases.

6. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado, que a tal efecto se facilitará, acompañado de la documentación e información requeridas en Málaga Emprende sita en Promálaga I+D en calle La Gitanilla, nº 17, Polígono Industrial Santa Cruz, 29004, Málaga, para ver el plano de situación acceder a www.promalaga.es.

7. SERVICIOS INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE ASESORAMIENTO

El Servicio de asesoramiento gratuito incluye la gestión laboral, mercantil, contable, fiscal, según se recoge en el Anexo 3 de estas bases, durante un año de forma gratuita a contar desde la primera visita al asesor asignado.

En el plazo máximo de 2 meses desde la concesión del servicio, la sociedad y los trabajadores procedentes del desempleo deberán causar alta en Hacienda y Seguridad social. En caso de que venza este plazo si que se haya causado alta, se entenderá desestimada la concesión del servicio.

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8. INSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES

Promalaga procederá a la instrucción de las solicitudes por su orden de entrada, realizando cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de la veracidad de los datos en virtud de los cuales deba resolverse el procedimiento.

9. PROCEDIMIENTO

1º paso: La empresa solicitante presentará la siguiente documentación para la concesión del asesoramiento gratuito.

- Impreso de solicitud debidamente relleno y firmado

- Declaración responsable de domicilio social y fiscal en Málaga Capital. Anexo 1

- Declaración de consentimiento de comunicación entre Promálaga y Asesoría responsable de prestar el asesoramiento gratuito. Anexo 2

- Plan de Empresa

- DNI de los socios y trabajadores

- Certificado del SAE de periodo de inscripción en el desempleo de las personas por las que se solicita el incentivo o documento que sustituya el Servicio Andaluz de Empleo.

- Informe de vida laboral de los puestos de trabajo a crear actualizado - Escritura de Constitución e Inscripción en los registros correspondientes - CIF

- Otros documentos que Promálaga estime conveniente para comprobar la veracidad de los hechos expuestos.

2º paso: Una vez estudiada y validada la documentación por parte del técnico de Promálaga, se procederá a la concesión de la ayuda y a la asignación de la asesoría.

3º paso: Se presentará el resto de documentación de puesta en funcionamiento de la empresa, siempre previa solicitud por parte de Promálaga.

- Alta en Hacienda, modelo 036 completo. - Alta en la Seguridad Social.

- Alta de trabajadores y autónomos.

- Certificados de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública, Hacienda Local y Seguridad Social.

- Otros documentos que Promálaga estime conveniente.

PROMALAGA, se reserva la facultad de resolver y dejar sin efecto el servicio concedido, si la empresa beneficiaria no crea y mantiene los puestos de trabajo previstos, o falsea datos, hechos o documentación aportada junto con la solicitud o no aporta cuanta documentación les sea requerida durante el año que dura el servicio de asesoramiento gratuito, siendo el plazo de subsanación y alegaciones de 15 días desde la recepción de la comunicación hecha por Promálaga.

10. EXCLUSIONES

Quedan excluidas las nuevas solicitudes donde se incluya algún socio que también lo sea de otra empresa beneficiaria de este servicio, salvo que haya transcurrido tres años desde la fecha de concesión del anterior incentivo y cumpla los requisitos del punto 4 de las presentes bases.

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11. COMPATIBILIDAD

Las ayudas reguladas en las presentes bases son compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas, siempre que no se trate del mismo objeto regulado en este servicio.

12. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS BENEFICIARIOS

- El beneficiario está obligado a cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión del servicio.

- El servicio de asesoramiento gratuito quedará sin efecto de manera inmediata desde el momento en que el beneficiario cause baja en Hacienda y Seguridad Social, no existiendo ninguna posibilidad de reanudación.

- Que el domicilio fiscal y social de la actividad incentivada se mantenga durante la vigencia del servicio de asesoramiento gratuito en el término municipal de Málaga Capital, quedando sin efecto de manera inmediata desde el momento en que el beneficiario cambiase alguno de los domicilios o ambos.

- Quedan fuera del servicio de asesoramiento gratuito todos aquellos gastos de consultoría y asesoría en los que incurra la empresa beneficiaria, debido a la apertura de filiales y centros de trabajo fuera del término municipal de la ciudad de Málaga.

- Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión del servicio, durante el periodo en que es beneficiario del servicio de asesoramiento gratuito.

- El sometimiento a las actuaciones de comprobación que se estimen precisas. A tal fin, los beneficiarios del servicio darán cumplimiento a la normativa vigente sobre supervisión y control de las mismas, pudiendo Promálaga recabar cuantos datos, informes o documentos estime necesario al efecto, estando facultado asimismo para realizar las inspecciones y comprobaciones que se consideren necesarias.

- Presentar la documentación requerida en las presentes bases, así como la que, en el ejercicio de las aludidas funciones de supervisión y control, les puedan ser solicitada.

- Comunicar a Promálaga cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión del servicio.

- La aceptación de esta subvención por parte del emprendedor implica la aceptación de la inclusión de sus datos en la lista de beneficiarios que se publicará de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

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13. RELACIÓN ENTRE EL EMPRENDEDOR Y LA ASESORÍA DESIGNADA

Entre la asesoría y la empresa se suscribirá un contrato de servicios donde quedarán establecidos los términos y condiciones del mismo.

Todos las consultas y servicios que el emprendedor solicite a la asesoría que se encuentren fuera del servicio objeto de este programa (definido en el anexo 3), deberán ser concertados con la asesoría de forma independiente y podrán ser facturados por parte de la asesoría a la empresa, siempre y cuando ésta haya aceptado de forma previa los términos de precio que la asesoría les ofrezca.

La empresa deberá atender de forma responsable a las peticiones de documentación que la asesoría les solicite, siendo su responsabilidad en caso de demora o deficiencia en la documentación requerida por la asesoría.

Promálaga se exime de las responsabilidades derivadas de un funcionamiento anormal o deficiente por parte de la asesoría, debiendo quedar fijado en el contrato que suscriban los términos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento de alguna de las partes.

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Anexo 1: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DOMICILIO SOCIAL Y FISCAL EN MALAGA CAPITAL

D./Dña. __________________________________ con DNI/NIE: ______________ actuando en representación de la sociedad__________________________________________________con CIF:___________________y domicilio social en______________________________________ ______________________, con fecha_______________________________.

DECLARO

Que la actividad desarrollada por la empresa beneficiaria del Incentivo_______________________________________________ de Promálaga va a tener su domicilio fiscal y social en la ciudad de Málaga Capital, en caso de incumplir dicha condición, dejaría automáticamente de ser beneficiario de este servicio.

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Anexo 2: DECLARACIÓN DE CONSENTIMIENTO EXPRESO PARA COMUNICACIONES ENTRE PROMÁLAGA Y ASESORIA RESPONSABLE DE PRESTAR EL ASESORAMIENTO GRATUITO

Yo____________________________________________con DNI/NIE:__________________, actuando como________________de la sociedad__________________con CIF:_______________ y domicilio social en________________________, con fecha________________.

CONSIENTO Y ACEPTO

Que la asesoría responsable del Servicio de Asesoramiento Gratuito de Promálaga, en este caso ha sido adjudicada_________________________, puede enviar a Promálaga documentación que acredite la puesta en marcha de la actividad así como todos aquellos informes necesarios para conocer que la empresa sigue conservando los requisitos que la hicieron beneficiaria del servicio de Asesoramiento Gratuito y de cualquier otro programa de apoyo prestado por Promálaga.

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Anexo 3: SERVICIOS QUE INCLUYEN EL ASESORAMIENTO GRATUITOi

1. ASESORAMIENTO Y GESTION FISCAL

A) Tramitación del alta censal y en el alta en el Impuesto de Actividades Económicas. B) Estudio y asesoramiento sobre inclusión en los distintos regímenes fiscales. C) Cálculo de Impuestos de Sociedades

D) Cálculo de pagos fraccionados, retenciones e I.V.A. 2. ASESORAMIENTO Y GESTIÓN CONTABLE

A) Confección de la contabilidad ajustada al Código de Comercio y normas contables. B) Libro registro de compras y ventas (empresarios); ingresos y gastos (profesionales) C) Libro registro de bienes de inversión

D) Libro registro de provisión de fondos y suplidos (profesionales) E) Cuentas anuales de las empresas

F) Legalización de libros en el Registro Mercantil y en el Registro de Cooperativas 3. ASESORAMIENTO Y GESTION LABORAL

A) Afiliación, altas, bajas, variaciones de datos en el sistema de la Seguridad Social, inscripciones de empresas.

B) Redacción y confección de todo tipo de contratos laborales, presentación y registro en el Servicio Andaluz de Empleo.

C) Confección de nóminas y/o recibos de salarios, finiquitos, boletines de cotización

D) Redacción de cartas de sanciones, despidos, expedientes disciplinarios, certificados de empresas

E) Actuación ante la Inspección de Trabajo.

(Se incluye en la tramitación hecha a la sociedad únicamente el alta en la Seguridad Social de 6 trabajadores, acumulados durante toda la vigencia del año de asesoramiento gratuito, y en cualquier régimen de la seguridad social.)

4. INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN SOBRE INCENTIVOS

A) La asesoría designada deberá informar, orientar y apoyar a la empresa en la tramitación y gestión de los incentivos, cuyas solicitudes deberán ser realizadas directamente por ellas. Los incentivos objeto de asesoramiento deberán ser previamente validados por Promálaga.

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Los servicios mínimos podrán ser ampliados según cambios en la normativa legislativa aplicable al beneficiario

Referencias

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