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BASES DE CONVOCATORIA Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule REGIÓN DE MAULE

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BASES DE CONVOCATORIA

Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule

REGIÓN DE MAULE

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BASES CAPITAL SEMILLA EMPRENDE 2015

“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

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INDICE

1. DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO ... 2

1.1 ¿Qué es? ... 3

1.2 ¿A quiénes está dirigido? ... 4

1.3 Focalización de la convocatoria ... 4

1.4 Requisitos del concurso ... 4

1.5 ¿Qué financia? ... 7

1.6 ¿Qué NO financia este instrumento? ... 12

2. POSTULACIÓN ... 14

2.1 Plazos de postulación ... 14

2.2 Pasos para postular... 14

3. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN ... 17

3.1 Admisibilidad por sistema ... 17

3.2 Evaluación de la Caracterización del Emprendimiento ... 17

3.3 Evaluación de Terreno ... 17

3.4 Comité de Evaluación Regional ... 18

3.4 Asignación de recursos ... 20

4. FASE DE ASESORÍA ... 21

4.1 Formalización Fase de Asesoría ... 21

4.2 Ejecución Fase de Asesoría ... 21

5. FASE DE DESARROLLO ... 23

5.1 Formalización Fase de Desarrollo ... 23

5.2 Ejecución Fase de Desarrollo ... 23

6. OTROS... 24 ANEXO 1 ... 27 ANEXO 2 ... 31 ANEXO 3 ... 32 ANEXO 4 ... 34 ANEXO 5 ... 35 ANEXO 6 ... 45 1. DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO

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BASES CAPITAL SEMILLA EMPRENDE 2015

“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

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1.1 ¿Qué es?

Es en un fondo concursable de convocatoria regional que promueve la creación de nuevos negocios con participación en el mercado, a través del apoyo a “Planes de Trabajo para implementar un Negocio” que se encuentren dentro de la focalización regional definida por cada Dirección Regional. Permite a los emprendedores/as seleccionados/as recibir la asesoría de un agente operador Sercotec1 para mejorar aspectos de su Plan de Trabajo, implementando Acciones de Gestión Empresarial, para desarrollar competencias y capacidades, y además realizar Inversiones que consisten en la adquisición de bienes para cumplir el objetivo del proyecto.

Sercotec cofinanciará las actividades identificadas en el Plan de Trabajo por un valor de hasta $3.500.000 netos2. El Plan de Trabajo debe contemplar obligatoriamente Acciones de Gestión Empresarial, a las que se puede destinar un monto máximo de $1.500.000, e Inversiones, por un máximo de $2.000.000. El aporte empresarial deberá ser como mínimo un 10% del valor del cofinanciamiento de Sercotec para las Acciones de Gestión Empresarial y un mínimo de 10% del valor del cofinanciamiento de Sercotec para las Inversiones.

Este instrumento de desarrolla en dos fases:

Fase de Asesoría: durante esta etapa el agente operador Sercotec asesora al emprendedor/a proponiendo posibles mejoras al Plan de Trabajo seleccionado.

Fase de Desarrollo: se realiza el conjunto de actividades necesarias para la implementación del Plan de Trabajo; es decir, las Inversiones identificadas y las Acciones de Gestión Empresarial que derivan de la primera fase.

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Agente operador Sercotec: personas jurídicas de derecho público o privado habilitadas para la ejecución de proyectos de fomento.

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“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

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1.2 ¿A quiénes está dirigido?

A emprendedores/as sin inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) que cuenten con un Plan de Trabajo que quieran desarrollar, coherente con el foco definido por cada Dirección Regional, y que requieran de financiamiento para poder concretarlo3.

1.3 Focalización de la convocatoria

La presente convocatoria está dirigida los(as) emprendedores(as) pertenecientes a los Pueblos Originarios de la Región del Maule, transversal a las 30 comunas.

1.4 Requisitos del concurso

Los/as interesados/as deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en las presentes bases de convocatoria, los que serán verificados por Sercotec en las distintas etapas del proceso, solicitando al emprendedor/a cuando corresponda, los documentos establecidos en el Anexo 1, los que permitirán acreditar su cumplimiento.

Los requisitos de la presente convocatoria son: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

a. Completar el Plan de Trabajo4 con los datos de usuario/a registrados en www.sercotec.cl, conforme a la convocatoria y región a la que postula.

b. Ser persona natural, mayor de edad5 y sin inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) en primera categoría6 a la fecha de inicio del concurso. c. El Plan de Trabajo debe contener acciones de gestión empresarial.

d. El Plan de Trabajo debe considerar como máximo un monto de $2.000.000 en cofinanciamiento Sercotec para inversiones y un aporte empresarial mínimo de un 10% del cofinanciamiento Sercotec para inversiones. Además, el Plan de Trabajo debe considerar como máximo un monto de $1.500.000 en cofinanciamiento Sercotec para acciones de gestión empresarial y un aporte empresarial mínimo de un 10% del cofinanciamiento.

3

Si la persona interesada ya tiene inicio de actividades en primera categoría ante el SII puede solicitar información sobre el instrumento Crece, Fondo de Desarrollo de Negocios, de Sercotec.

4

Plan de Trabajo: corresponde al formulario de presentación del proyecto empresarial para esta convocatoria, el que se completa y envía a través de la página www.sercotec.cl durante el proceso de postulación.

5

Información registrada por Servicio de Registro Civil e Identificación.

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5 e. Pertenecer a un pueblo originario7. Este requisito podrá ser validado a través de un certificado que acredite ascendencia indígena del postulante, validado por CONADI REQUISITOS DE EVALUACIÓN DE TERRENO

f. Solo se aceptará la postulación de un Plan de Trabajo por rut, para los programas Capital Semilla Emprende y Capital Abeja Emprende. En el caso de postular a ambos programas, se considerará para su evaluación solo el primer plan enviado. g. El Plan de Trabajo debe ser coherente con la focalización de la presente

convocatoria.

h. En caso de que el Plan de Trabajo contemple financiamiento para habilitación de infraestructura, el/la emprendedor/a deberá8 acreditar una de las siguientes condiciones: ser propietario/a, usufructuario/a, comodatario/a, arrendatario/a; o en general acreditar cualquier otro antecedente en que el titular del derecho de dominio o quien tenga facultad de realizarlo (por ejemplo, organismo público encargado de entregar la respectiva concesión) ceda el uso al/la emprendedor/a.

i. No tener deudas laborales y previsionales liquidadas morosas. j. No tener deudas tributarias liquidadas morosas.

k. No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años contados desde la fecha de inicio de la presente convocatoria.

l. No tener rendiciones pendientes con Sercotec.

m. No haber sido beneficiario/a de Sercotec en Capital Semilla o Abeja Emprendimiento en el año 2014, ni haber sido beneficiario/a en Capital Semilla o Abeja Emprende 2015.

REQUISITOS DE LA FASE DE ASESORÍA

n. El beneficiario/a no podrá tener parentesco en primer y/o segundo grado por consanguineidad o afinidad con el personal directivo de Sercotec, con el personal del agente operador Sercotec a cargo de la convocatoria o con aquellos que intervienen en el proceso evaluación y selección de los proyectos beneficiados, ni con quienes participan en la asignación de recursos correspondientes a la presente convocatoria.

7

Este requisito se verificará a través de correo electrónico enviado a maule.emprende@sercotec.cl.

8 No será necesario acreditar dichas condiciones si la inversión estuviese asociada a un “Nuevo Arriendo”;

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“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

6 REQUISITOS DE LA FASE DE DESARROLLO

o. Previo a la firma de contrato, el beneficiario/a deberá enterar al agente operador Sercotec el aporte empresarial en efectivo definido en el Plan de Trabajo postulado y aprobado.

p. Previo a la firma de contrato el beneficiario/a deberá contar con inicio de actividades ante el SII, en primera categoría. Este inicio de actividades debe tener fecha posterior al inicio de la convocatoria, puede ser realizado con el rut del beneficiario o con una nueva personalidad jurídica donde el beneficiario/a debe ser el representante legal y contar con al menos el 51% del capital social. Finalmente, el inicio de actividades debe contar con al menos una actividad económica coherente con el rubro del Plan de Negocio postulado y aprobado.

q. Los gastos ejecutados para inversiones y acciones de gestión empresarial no pueden corresponder a la remuneración del seleccionado/a, ni de los socios/a, ni de representantes legales, ni de su respectivo cónyuge, hijos y parientes por consanguineidad hasta el segundo grado inclusive (hijos, padres, abuelos y hermanos).

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1.5 ¿Qué financia?

Los Planes de Trabajo podrán contener uno o más de los ítems de financiamiento agrupados en acciones de gestión empresarial e inversiones. Estos ítems u otros de similar naturaleza que sean consistentes con el objetivo del negocio a financiar serán evaluados en su pertinencia conforme a la naturaleza del proyecto contenido en el Plan de Trabajo.

CATEGORÍA: ACCIONES DE GESTIÓN EMPRESARIAL

ÍTEM SUBÍTEM / DESCRIPCIÓN

I. Asistencia

técnica y

asesoría en

gestión

Asistencia técnica y asesoría en gestión: Comprende el gasto para la

contratación de servicios de consultoría orientadas a entregar conocimientos, información y/o herramientas técnicas que tengan un impacto directo en la gestión de los beneficiarios/as, ya sea en el ámbito productivo, comercial, financiero u otro pertinente. Por ejemplo: contratación de arquitecto, asesor financiero contable, asesor en marketing y ventas, asesor legal, desarrollo tecnológico, asesoría conducente al cumplimiento de estándares y requisitos para certificaciones pertinentes al rubro (calidad, ambiental, social, comercio justo, seguridad, denominación de origen, u otras similares), diseñador, informático, desarrollo de software, consultorías en desarrollo de nuevas tecnologías de información.

Se excluyen de este ítem:

-La contratación de servicios de diseño, producción gráfica, audiovisual y publicitaria.

-Los gastos de movilización, pasajes, alimentación y alojamiento en que incurran los consultores durante la prestación del servicio.

-Los gastos de este subítem presentados con boletas del beneficiario/a, socios, representantes legales, y sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

II. Capacitación Capacitación: Comprende el gasto en consultoría(s) dirigidas a los

beneficiarios/as para el desarrollo de actividades de transferencia de conocimientos que “enseñen a hacer”; es decir, adquirir habilidades (capacidad para poner en práctica conocimientos) o actividades destinadas a informar respecto de temas de interés empresarial, como por ejemplo, cursos, seminarios, charlas, talleres temáticos, encuentros empresariales u otras similares. Incluye el total del gasto que implica la organización e implementación de estas actividades.

Se excluyen de este ítem los gastos de este subítem presentados con boletas del beneficiario/a, socios, representantes legales, y sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

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8 CATEGORÍA: ACCIONES DE GESTIÓN EMPRESARIAL

ÍTEM SUBÍTEM / DESCRIPCIÓN

III. Acciones de marketing

1. Ferias, exposiciones, eventos: comprende el gasto por concepto de

participación, de organización y desarrollo de ferias, exposiciones o eventos con el propósito de presentar y/o comercializar productos o servicios.

En el caso de apoyar a participantes en una feria organizada por terceros, se podrá realizar transferencia directa de recursos a los beneficiarios/as previo a la realización del evento, sujetos a rendición posterior, considerando los siguientes ítems de financiamiento: arriendo de stand, materiales de implementación de stand, cuota de acceso al servicio, traslados, alimentación y alojamiento de los beneficiarios/as participantes del proyecto, pago por flete o sobrecargo aéreo o terrestre, en caso de transporte de muestras u otros bienes necesarios para la participación de la actividad.

2. Promoción, publicidad y difusión: comprende el gasto en

contratación de servicios publicitarios, de promoción y difusión de los proyectos de fomento productivo. Por ejemplo: difusión y promoción comercial (avisos publicitarios en radio, televisión, sitios o plataformas

web, letreros camineros); servicio de imprenta para folletería; artículos promocionales como papelería corporativa, merchandising (elementos y/o actividades orientadas al propio establecimiento o al personal que harán que el producto o servicio resulte más atractivo para los consumidores potenciales: ropa corporativa, promotores/as, lápices, llaveros, gorros, tazones, etc.); envases, empaques y embalajes, acciones para el desarrollo de canales de venta y comercialización, desarrollo de páginas web.

Se incluye en este ítem la contratación del servicio de diseño, producción gráfica, audiovisual y publicitaria.

3. Misiones comerciales y/o tecnológicas, visitas y pasantías:

comprende el gasto por concepto de organización y desarrollo de viajes y visitas para trasferencias comerciales o tecnológicas de los beneficiarios/as de un proyecto. Incluye pago a consultor(es) a cargo de organizar la agenda de actividades y desarrollar un informe de resultados; pago directo a proveedores por servicios de traslado, alimentación, alojamiento y estadías de los beneficiarios/as/as participantes del proyecto. Incluye pagos por flete o sobrecargo en caso de transporte de muestras u otros bienes que tienen directa relación con el giro del negocio, necesarios para la participación en la actividad.

Se excluyen los gastos por flete señalado en este subítem, presentados con boletas del beneficiario/a, socios, representantes legales, y sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

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BASES CAPITAL SEMILLA EMPRENDE 2015

“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

9 CATEGORÍA: ACCIONES DE GESTIÓN EMPRESARIAL

ÍTEM SUBÍTEM / DESCRIPCIÓN

IV. Gastos de

formalización (constitución de empresas)

Gastos de constitución de empresas: Comprende el gasto por

concepto de formalización de empresarios/as, asociación o grupos de empresarios, tales como constitución legal de persona jurídica, transformación de la persona jurídica, redacción de escritura de constitución, extracto, inscripción en el Registro de Comercio, publicación en el Diario Oficial y la respectiva protocolización.

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10 CATEGORÍA: INVERSIONES

ITEM SUBÍTEM / DESCRIPCIÓN

I. Activos 1. Activos fijos: corresponde a la adquisición de bienes (activos físicos)

necesarios para el proyecto que se utilizan directamente o indirectamente en el proceso de producción del bien o servicio ofrecido, tales como máquinas, equipos, herramientas, mobiliario de producción o soporte (por ejemplo, mesones, repisas, tableros, contenedores de recolección de basura y caballete); implementación de elementos tecnológicos (equipos computacionales, balanzas digitales, pesas u otros similares); climatización de oficinas, incluye estructuras móviles o desmontables, tales como, toldos, stands y otros similares. Se incluyen, además, animales para fines reproductivos o de trabajo permanente en el proceso productivo o de servicio. Para otros activos biológicos, se determinará su pertinencia de acuerdo a la naturaleza del proyecto en las distintas instancias de evaluación establecidas en los instrumentos. Se excluyen bienes raíces.

Dentro de este ítem se incluyen los gastos asociados a la instalación y puesta en marcha de los activos, tales como: fletes, servicios de instalación, capacitación respecto al uso del bien, preparación de las instalaciones donde se ubicarán y otros de similar índole.

Cabe destacar que los bienes que no son estrictamente necesarios para el funcionamiento del proyecto NO PUEDEN ser cargados en este ítem, tales como: gastos generales de administración, consumos básicos y vajilla, materiales de escritorio, materiales de oficina y, en general, los materiales fungibles; es decir, aquellos que se consumen con el uso. Se aceptará el pago de la cuota inicial o pie de leasing financieros suscritos con bancos o instituciones financieras para el financiamiento de máquinas y/o equipos. Este financiamiento solo se podrá imputar como aporte empresarial

2. Activos intangibles: corresponde a la adquisición de bienes intangibles,

tales como software, registro de marca, entre otros que sean estrictamente necesarios para el funcionamiento del proyecto.

Se excluye la adquisición de bienes propios de alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos).

II. Habilitación

de

infraestructura

Habilitación de Infraestructura: Comprende el gasto necesario para

dejar apto el espacio físico (taller, oficina, vehículo de trabajo u otro) para el funcionamiento del proyecto, como por ejemplo: reparación de pisos, techumbres y paredes, radier, tabiques; ampliaciones/obras menores9;

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Se entenderá como obra menor, aquellas ampliaciones con una superficie máxima hasta 100 m2 que se ejecuten por una sola vez o en forma sucesiva en el tiempo.

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“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

11 CATEGORÍA: INVERSIONES

pintura del local; instalación de servicios sanitarios, electricidad, agua y gas para la propiedad que se tenga para el funcionamiento del proyecto; sistema de refrigeración para transporte de alimentos fríos en vehículo de trabajo, y otros similares. Incluye invernaderos, contenedores (containers)

y otros similares.

Solo se podrá financiar este ítem si el bien inmueble o vehículo es de propiedad del/la beneficiario/a o se encuentre en calidad de comodatario o usufructuario10. Si el reglamento y/o manual del instrumento lo permiten, en el caso de arrendatarios y en general cualquier otro antecedente en que el titular del derecho de dominio autorice o ceda el uso al beneficiario, podrá considerarse la habilitación de infraestructura en bienes inmuebles, considerando las restricciones que contemplen los reglamentos y/o manuales de los instrumentos.

III. Compra de vehículos de trabajo

Compra de vehículos: Comprende la adquisición de vehículos

motorizados, para pasajeros o carga adicional que, en función de la naturaleza del proyecto postulado, se requieran de manera justificada en los ámbitos productivos o comerciales de la empresa y que requieran contar con patente para su circulación. Se excluyen automóviles, familiares (station wagons) o similares, que de acuerdo a lo establecido por SII y la normativa vigente no son considerados tributariamente como vehículos de trabajo, a menos que la naturaleza del proyecto justifique fundadamente su adquisición.

Se aceptará el pago de la cuota inicial o pie de leasing financieros o créditos automotrices suscritos con bancos o instituciones financieras, para el financiamiento de vehículos de trabajo.

Este ítem de gastos solo se podrá imputar como aporte empresarial.

IV. Capital de trabajo11

1. Nuevas contrataciones: comprende el gasto en remuneraciones u

honorarios de nuevos trabajadores asociados al proyecto, contratados con posterioridad a la firma de contrato con el agente operador Sercotec. Incluye bonos por alimentación y transporte, si los hubiere, con las restricciones establecidas en los reglamentos y/o manuales del instrumento.

Se excluyen: al beneficiario/a, socios, representantes legales, y sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Se excluye todo el personal administrativo, tales como secretarias, contadores, junior

10

Tratándose de beneficiarios/as (grupo de empresas) personas naturales, que se encuentran casados en régimen de sociedad conyugal, se considerará dentro de la categoría de propietarios si el dominio del inmueble pertenece a cualquiera de los cónyuges y consta la declaración jurada notarial del cónyuge propietario autorizando su utilización, siempre que no sea adquirido como patrimonio reservado de la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal, el que será considerado de su exclusividad.

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12 CATEGORÍA: INVERSIONES

u otros. Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

2. Nuevos arriendos: comprende el gasto en arriendos de bienes raíces

(industriales, comerciales o agrícolas), y/o maquinarias necesarias para el desarrollo del proyecto, contratados con posterioridad a la firma de contrato con el agente operador Sercotec.

Se excluye el arrendamiento de bienes propios, de alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

3. Materias primas y materiales: comprende el gasto en aquellos bienes

directos de la naturaleza o semielaborados que resultan indispensables para el proceso productivo y que son transformados o agregados a otros, para la obtención de un producto final; por ejemplo: harina para la elaboración de pan, madera o barniz para la elaboración de muebles. Para otros insumos, se determinará su pertinencia de acuerdo a la naturaleza del proyecto en las distintas instancias de evaluación establecidas en los instrumentos.

Dentro de este subítem se incluye el gasto asociado al servicio de flete para traslado de los bienes desde el proveedor al lugar donde serán ubicados para la ejecución del proyecto. Se excluye el pago de servicio de flete a alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

4. Mercadería: comprende el gasto en aquellos bienes elaborados que

serán objeto de venta directa o comercialización; por ejemplo se compran y se venden pantalones.

Dentro de este subítem se incluye el gasto asociado al servicio de flete para traslado de los bienes desde el proveedor hasta el lugar donde serán ubicados para la ejecución del proyecto. Se excluye el pago de servicio de flete a alguno de los socios/as, representantes legales o de sus respectivos cónyuges, familiares por consanguineidad y afinidad hasta segundo grado inclusive (hijos, padre, madre y hermanos). Ver Anexo 3: Declaración Jurada de No Consanguineidad.

1.6 ¿Qué NO financia este instrumento?

Con recursos del cofinanciamiento de Sercotec, los beneficiarios/as de los instrumentos NO PUEDEN financiar:

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“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

13 a. El pago de ningún tipo de impuesto reembolsable o que genere un crédito a favor del contribuyente tales como Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuesto territorial, impuesto a la renta u otros similares, ni cofinanciar intereses, mora ni ningún tipo de deuda vencida. El pago de los impuestos reembolsables de todo el proyecto es de cargo de los beneficiarios/as y no se considera aporte empresarial. Sólo se podrá aceptar como aporte empresarial cuando:

1. El pago de IVA asociado a las compras del proyecto, en aquellos casos de beneficiarios/as que no hagan uso del crédito fiscal, lo que deberá ser acreditado mediante declaración jurada simple contenida en los anexos de los reglamentos y/o manuales del instrumento, libro de compraventa, formulario 29 y factura. En el caso del libro de compraventa y del formulario 29 deberá tratarse de la documentación del mes respectivo y de los dos meses posteriores. Excepcionalmente si no llevaran libro de compra venta, porque solo tienen RUT ante SII sin inicio de actividades, deberán presentar una declaración jurada simple donde se acredite que no se recuperará el IVA.

b. La compra de bienes raíces, valores e instrumentos financieros (ahorros a plazo, depósitos en fondos mutuos, entre otros).

c. Las transacciones del beneficiario/a consigo mismo, ni de sus respectivos cónyuges, hijos/as ni auto contrataciones12. En el caso de personas jurídicas, se excluye a la totalidad de los socios/as que la conforman y a sus respectivos/as cónyuges y/o hijos/as.

d. Garantías en obligaciones financieras13, prenda, endoso ni transferencias a terceros, el pago de deudas (ejemplo deudas de casas comerciales), intereses o dividendos.

e. Pago a consultores (terceros) por asistencia en la etapa de postulación al instrumento.

f. Pago de consumos básicos como agua, energía eléctrica, gas, teléfono, gastos comunes de propiedad arrendada o propia, y otros de similar índole.

g. Adicionalmente, los reglamentos y manuales del instrumento podrán establecer restricciones adicionales de financiamiento sobre el cofinanciamiento de Sercotec y/o aporte empresarial.

12

Se entenderá como auto contratación, el acto jurídico que una persona celebra consigo misma actuando, a la vez, como parte directa y como representante de otra o como representante de ambos.

13

En caso de resultar ¿seleccionado/a? podrá ser considerado como cofinanciamiento el gasto en que se incurra por la emisión de la/s garantía/s requerida/s para la formalización.

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2. POSTULACIÓN

2.1 Plazos de postulación14

Las personas interesadas podrán comenzar su postulación completando y enviando el

Plan de Trabajo a contar de las 12:00 hrs. del día 16 de septiembre de 2015 hasta las

16:00hrs. del día 16 de octubre de 2015.

Los plazos anteriormente señalados podrían ser modificados por Sercotec, lo que será oportunamente informado.

2.2 Pasos para postular

Paso 1. Registro de usuario/a Sercotec

Registrarse como usuario/a en www.sercotec.cl o bien, actualizar sus antecedentes de registro. La información ingresada en este registro es con la que el emprendedor/a realiza la postulación y es utilizada por Sercotec durante todo el proceso.

IMPORTANTE

Las postulaciones deben ser individuales y, por lo tanto, Sercotec aceptará como máximo una postulación por persona natural.

Una misma persona no podrá, bajo ninguna circunstancia, resultar beneficiada más de una vez en el presente instrumento durante el año 2015 a nivel nacional, el cual incluye a los programas Capital Semilla Emprende y Capital Abeja Emprende.

Paso 2. Plan de Trabajo

El Plan de Trabajo para Implementar un Negocio es un instrumento elaborado por Sercotec, cuyo objetivo es describir el negocio que desea llevar a cabo el emprendedor/a interesado/a. Este instrumento se compone de los siguientes segmentos:

Caracterización del Emprendimiento

La Caracterización del Emprendimiento es una herramienta cuyo fin es determinar, preliminarmente, la presencia de factores de éxito para la ejecución de un proyecto empresarial. Con él se evalúan tres ámbitos, que se indican en la siguiente tabla junto a su respectiva ponderación:

N° ÁMBITO PONDERACIÓN

1 Capacidad del/a emprendedor/a o equipo

emprendedor 52%

14

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2 Nivel de desarrollo del emprendimiento 25%

3 Potencial del negocio 23%

TOTAL 100%

Modelo de Negocio

El Modelo de Negocio contiene la descripción del negocio que el/la emprendedor/a presenta para esta convocatoria. El Modelo de Negocio contiene los siguientes ámbitos:

ÁMBITO

1 Oportunidad de mercado

2 Producto o servicio 3 Clientes

4 Operaciones del negocio 5 Logística del emprendimiento 6 Proyecciones del negocio

7 Recursos no monetarios asociados

8 Resultados esperados

9 Permisos adicionales 10 Fuentes de ingresos 11 Estructura de costos

Estructura de Financiamiento

La Estructura de Financiamiento contiene las actividades de Acciones de Gestión Empresarial e Inversión para la implementación del negocio.

El emprendedor/a deberá completar y enviar el Plan de Trabajo en la forma y plazos establecidos para este concurso. El Plan de Trabajo estará disponible en el sitio web www.sercotec.cl y se podrá acceder con el RUT y clave de usuario/a, durante el periodo de postulación definido para la convocatoria.

IMPORTANTE

Cada Dirección Regional de Sercotec puede disponer más de una convocatoria del presente instrumento, por lo que los/as postulantes deberán seleccionar el Plan de Trabajo correspondiente a la convocatoria a la cual está postulando. Cada emprendedor/a podrá enviar sólo un Plan de Trabajo. La selección y el envío del

Plan de Trabajo son de exclusiva responsabilidad del postulante.

Una vez completado, deberá apretar el botón “Enviar”. El sistema remitirá un correo electrónico a la casilla del/la postulante, indicando la recepción exitosa del Plan de Trabajo. UNA VEZ ENVIADO EL PLAN DE TRABAJO, NO PODRÁ SER MODIFICADO O REENVIADO. Además, se evaluará que el Plan de Trabajo enviado cumpla con los requisitos de financiamiento establecidos en los puntos 1.1 y 1.4 de las presentes bases.

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BASES CAPITAL SEMILLA EMPRENDE 2015

“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

16 Si la persona natural postulante resulta seleccionada, deberá realizar iniciación de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), ya que el objetivo de este instrumento es la creación de negocios. Además, el/la seleccionado/a podrá constituirse como persona jurídica con giro comercial en primera categoría coherente con el rubro del Plan de Trabajo con al menos el 51% del capital social, antes de la firma del contrato con el agente operador Sercotec. Dicha persona natural deberá ser la representante legal de la nueva persona jurídica que se constituya. De esta manera, podrá suscribir el contrato y rendir los recursos asignados a nombre de la persona jurídica con giro comercial constituida. En este caso, los gastos en que se incurra para la formalización se podrán rendir con documentos emitidos con fecha anterior a la firma del contrato y posterior a la fecha de postulación al concurso. Los documentos mencionados podrán, además, estar emitidos a nombre de la persona natural o jurídica que postuló. Considerar que este gasto deberá estar incorporado dentro del plan de trabajo.

Para que las personas interesadas realicen consultas, Sercotec dispondrá de los siguientes agentes operadores:

Fundación CRATE, ubicada en 3 Oriente 1235, en la ciudad de Talca; Teléfono 71-2215840.

Además, puede recurrir a los Puntos Mipe presencialmente en las oficinas regionales de Sercotec, por teléfono, o bien, en forma virtual ingresando a www.sercotec.cl.

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BASES CAPITAL SEMILLA EMPRENDE 2015

“Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule”

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3. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN 3.1 Admisibilidad por sistema

Una vez enviado el Plan de Trabajo, los/as postulantes son evaluados/as con respecto al cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el punto 1.4 letras a), b), c), d) y e) de estas bases, los que se describen y precisan en el Anexo 1. El resto de los criterios se evaluarán en las siguientes etapas. El no cumplimiento de alguno de ellos, según verificación correspondiente, dará lugar a la eliminación del/la postulante del proceso, en cuyo caso Sercotec le comunicará dicha situación vía correo electrónico15.

3.2 Evaluación de la Caracterización del Emprendimiento

Como resultado de la Caracterización del Emprendimiento completada en el Plan de Trabajo, se establece un ranking de postulantes por convocatoria según su puntaje, sobre el cual Sercotec, en función de su disponibilidad presupuestaria, definirá un puntaje de corte y realizará la selección de aquellos/as postulantes que aprueban esta fase para continuar el proceso.

El puntaje de corte corresponde al que obtuvo el/la último/a postulante que admite el número de subsidios regionales disponibles.

3.3 Evaluación de Terreno

Esta evaluación es realizada por un agente operador Sercotec designado por la Dirección Regional, con el objetivo de verificar: el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de convocatoria, la información contenida en el Plan de Trabajo y las condiciones del/la emprendedor/a para capturar la oportunidad de negocio presentada en el proyecto. Los criterios de cada evaluación se encuentran en el Anexo 6.

El resultado de cada etapa de evaluación considerará una nota de hasta dos decimales. Por lo tanto, en caso de que una nota contenga más de dos decimales, se aproximará a la centésima superior si el tercer decimal es igual o superior a 5 y se mantendrá la centésima si el tercer decimal es inferior a 5. Por ejemplo; en el caso de obtener una nota igual a 5,546 la nota será aproximada a 5,55; y en caso de ser nota 6,154 la nota será aproximada a 6,15.

15

La ausencia de la comunicación no obsta a la validez o eficacia de la declaración de inadmisibilidad y eliminación del proceso.

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18 En esta etapa se evalúan los siguientes aspectos:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE TERRENO PONDERACIÓN

i) Admisibilidad de terreno: cumplimiento de los requisitos del punto 1.3 de las Bases exceptuando fase de asesoría y fase de

desarrollo16.

No tiene ponderación, es de admisibilidad ii) Evaluación del “Plan de Trabajo para implementar un Negocio”.

En particular, la factibilidad, la coherencia y la pertinencia del Plan. 25% iii) Entrevista al emprendedor/a para evaluar las capacidades

emprendedoras. 25%

iv)Criterios Regionales:

C.R.1: Porcentaje invertido en Activo Fijo, en el Plan de cofinanciamiento de Sercotec.

C.R.2: Monto de cofinanciamiento Sercotec solicitado en Acciones de Gestión Empresarial.

C.R.3: Postulante de género femenino.

C.R.4: Iniciativa concordante con ejes regionales de fomento productivo. 15% 15% 10% 10% TOTAL 100% IMPORTANTE

Se entenderá que renuncian a la convocatoria quienes NO participen de la evaluación de terreno en la forma y fecha informada por el agente operador Sercotec. El/la entrevistado/a debe ser necesariamente la persona natural que postula a la convocatoria. En esta etapa siempre podrán ser requeridos por Sercotec antecedentes que permitan acreditar cualquiera de los requisitos señalados en las presentes bases.

Como resultado de esta etapa, el agente operador entregará a Sercotec un Informe de Resultado de la Evaluación de Terreno que contenga el ranking de notas obtenido por los/as postulantes evaluados/as en relación al cumplimiento de los requisitos definidos en estas bases de la convocatoria y otros que pudieran ser relevantes para la evaluación del Comité de Evaluación Regional.

3.4 Comité de Evaluación Regional

El Comité de Evaluación Regional es la instancia colegiada de cada Dirección Regional de Sercotec en la cual se realiza la evaluación técnica y financiera de los proyectos que serán presentados al Comité de Asignación Macrozonal para su aprobación y asignación de recursos. El Comité de Evaluación Regional está integrado por el director/a regional de Sercotec o a éste/a designe, un secretario/a, el coordinador/a de Planificación, un ejecutivo/a de Fomento y un ejecutivo/a de Finanzas. El/la director/a regional tendrá la

16

Estos requisitos serán acreditados mediante documentación proporcionada a el/los encargado/os de esta etapa de evaluación, la que orientará al postulante y será la encargada de recopilar dicha información para ser entregada y validada ante Sercotec.

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19 facultad de invitar a otros integrantes al Comité cuya función sea pertinente con el objetivo de la convocatoria.

Este Comité de Evaluación Regional se establecerá salvaguardando la integridad, probidad, ecuanimidad y transparencia del proceso, incorporando en el Acta de Evaluación correspondiente una declaración de los miembros que lo componen donde se señale que han cumplido con estos principios para la realización de su función.

La evaluación del Comité de Evaluación Regional se realizará sobre la base de los siguientes criterios:

CRITERIOS EVALUACIÓN DE COMITÉ EVALUACIÓN

REGIONAL PONDERACIÓN

1. Fortaleza del Plan de Trabajo, tomando en consideración la capacidad del/la emprendedor/a, el nivel de desarrollo

del emprendimiento y el potencial del negocio. 60%

2. Pertinencia del Plan de Trabajo, tomando en consideración la justificación del proyecto en relación al objetivo de la

convocatoria y/o a la focalización determinada en la presente convocatoria.

40%

TOTAL 100%

Son atribuciones del Comité de Evaluación Regional (CER):

1. Dar fe de la transparencia y legitimidad del proceso de evaluación previo.

2. Evaluar la totalidad de Planes de Trabajo que han llegado a la etapa de CER.

3. Ajustar montos de cofinanciamiento Sercotec y de aporte empresarial cuando la disponibilidad presupuestaria no permita la entrega del subsidio solicitado por el último postulante en el listado de seleccionados/as. En dicho caso, aplicará el procedimiento de “Orden de Prelación”17. Es rol del Comité de Evaluación Regional resguardar que estos ajustes, en ningún momento, contravengan las bases del concurso, y contar con la aprobación del/la postulante.

4. El Comité de Evaluación Regional se reserva el derecho de rechazar proyectos, en caso que se detecte alguna vulneración a los requisitos descritos en las presentes bases.

Las notas finales de los/as postulantes que fueron evaluados por el Comité de Evaluación Regional se ponderarán de la siguiente forma:

ETAPA PONDERACIÓN

Evaluación de terreno 40%

Evaluación CER 60%

NOTA FINAL 100%

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Orden de Prelación: procedimiento bajo el cual se selecciona al/la postulante que sigue en orden de puntaje al último previamente seleccionado en el ranking y que no puede acceder al subsidio.

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20 Luego, como resultado de la ponderación de notas de cada uno de los proyectos, se obtendrá un Ranking Final. El Comité de Evaluación Regional, sobre la base de este ranking y el presupuesto disponible, sancionará la Lista Final de Postulantes Seleccionados/as y la Lista de Espera correspondiente.

3.4 Asignación de recursos

El Comité de Asignación Macrozonal (CAM) de Sercotec es la instancia interregional de coordinación entre las Direcciones Regionales que lo conforman para el análisis y evaluación de los proyectos presentados, y de asignación de recursos a los proyectos que resulten ser aprobados, en función de los reglamentos, de la planificación y su presupuesto.

Una vez concluida la evaluación del Comité de Evaluación Regional, la Lista Final de Postulantes Seleccionados/as será presentada al Comité de Asignación Macrozonal, el cual decidirá acerca de su aprobación o rechazo, pudiendo establecer condiciones de adjudicación y/o de formalización de los proyectos aprobados.

Además, el Comité de Asignación Macrozonal podrá aprobar los proyectos con las modificaciones que considere pertinentes, siempre que no se altere la naturaleza y el objetivo general de estos, pudiendo exigir modificaciones técnicas y/o presupuestarias. Se hará aplicará el procedimiento de “Orden de Prelación” en aquellos casos en que un/a seleccionado/a renuncie al cofinanciamiento, incumpla algún requisito establecido en las bases de convocatoria o se encuentre en otra situación calificada por Sercotec que no permita materializar la entrega del cofinanciamiento, o bien, cuando la Dirección Regional disponga de mayores recursos para asignar a la convocatoria.

En caso de que a el/la postulante seleccionado/a no acepte las condiciones para formalizar, se procederá de igual manera con el/la postulante que le sigue en orden de puntaje, y así sucesivamente.

En caso de que exista igualdad de asignación de puntajes entre seleccionados/as, o en su defecto en la lista de espera, al momento de aprobar el proyecto se escogerá a los postulantes personas naturales de sexo femenino. En el caso de que no sea posible dirimir de acuerdo al criterio anterior, se escogerá a aquellos/as postulantes que fueron calificados/as con mayor nota en los criterios regionales establecidos en la evaluación de terreno.

Es importante recordar que el resultado de postulación se informará a los/as postulantes vía correo electrónico, según su registro de usuario/a en www.sercotec.cl y señalado en el Plan de Trabajo18 postulado.

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4. FASE DE ASESORÍA

Los/las postulantes que resulten seleccionados/as deberán formalizar su relación con Sercotec para la Fase de Asesoría, a través de la firma de un contrato entre el agente operador Sercotec y el beneficiario/a, en el cual se estipulen los derechos y obligaciones de las partes. La Dirección Regional informará oportunamente el procedimiento y condiciones para su materialización.

4.1 Formalización Fase de Asesoría

Previo a la firma del contrato de la Fase de Asesoría, los empresarios/as deberán acompañar verificadores de los requisitos de formalización descritos en el punto 1.4 de las presentes bases de convocatoria, que se detallan en el Anexo 1, que corresponden a:

 Declaración Jurada de probidad (Anexo 2).

Todo lo anterior, en un plazo máximo de 10 días hábiles administrativos19, contados desde la notificación que efectúe la Dirección Regional. Excepcionalmente, el/la Director/a Regional podrá autorizar la extensión de este plazo en 10 días hábiles administrativos adicionales a quienes soliciten la ampliación justificando las razones de esta solicitud. Frente a cualquier información o situación entregada que falte a la verdad, se dejará sin efecto la adjudicación realizada, ante lo cual Sercotec podrá iniciar las acciones legales correspondientes.

4.2 Ejecución Fase de Asesoría

Durante esta etapa el agente operador Sercotec asesora a los/as beneficiarios/as seleccionados/as proponiendo mejoras al Plan de Trabajo seleccionado, de acuerdo a los lineamientos generales entregados por la Gerencia de Programas de Sercotec y definidos para este instrumento.

Esta fase es obligatoria, por lo tanto se aplica a todos los planes de trabajo aprobados por el CAM, y tiene una duración de un mes.

El producto resultante de esta fase, es una propuesta de mejora al Plan de Trabajo, que permita al beneficiario cumplir de mejor manera los objetivos del instrumento Capital Semilla Emprende, es decir desarrollar acciones de gestión empresarial que le permitan desarrollar competencias y capacidades y ejecutar un plan de inversiones que le posibilite la creación de un nuevo negocio con participación en el mercado.

El Plan de Trabajo se puede ajustar, entre otros, en los siguientes aspectos:

 Modelo de negocio (exceptuando el/los objetivo/s declarado/s en el mismo).

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Días hábiles administrativos corresponden a los comprendidos entre el día lunes y viernes que no sean feriados.

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22  Estructura de financiamiento.

Cualquier ajuste que se quiera implementar, producto de la asesoría realizada por el Agente Operador Intermediario de Sercotec al Plan de Trabajo, debe ser aprobado por el emprendedor/a y no debe alterar el/los objetivo/s declarado/s por el/la emprendedor/a en el Plan de Trabajo original. En el caso de que el emprendedor/a no apruebe el producto de la asesoría realizada por el Agente Operador Intermediario de Sercotec, se procederá a ejecutar la última versión aprobada por el Comité de Asignación Macrozonal del Plan de Trabajo. Si el ajuste aprobado por el beneficiario/a no implica un aumento o disminución del cofinanciamiento Sercotec, el Plan de Trabajo será aprobado por la Dirección Regional.

En el caso de que el ajuste aprobado por el emprendedor/a implique un aumento o disminución del cofinanciamiento Sercotec para inversiones o para acciones de gestión empresarial, el proyecto volverá a ser evaluado por el Comité de Asignación Macrozonal, quien determinará su aprobación, rechazo o modificación. En el caso de que el Comité de Asignación Macrozonal rechace el producto de la asesoría realizada por el Agente Operador Intermediario de Sercotec, se procederá a ejecutar la última versión aprobada por el Comité de Asignación Macrozonal del Plan de Trabajo.

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5. FASE DE DESARROLLO

5.1 Formalización Fase de Desarrollo

Previo a la firma del contrato de desarrollo, los/as beneficiarios/as deberán acompañar verificadores de los requisitos de formalización descritos en el punto 1.4 de las presentes bases de convocatoria, que se detallan en el Anexo 1:

 Aporte empresarial exigido para la fase de desarrollo, de acuerdo al 1.1 de las presentes bases de convocatoria.

 Documentación que acredite iniciación de actividades ante el SII, en primera categoría. Este inicio de actividades debe tener fecha posterior al inicio de la convocatoria, puede ser realizado con el rut del beneficiario o con una nueva personalidad jurídica donde el beneficiario/a debe ser el representante legal y contar con al menos el 51% del capital social. Finalmente, el inicio de actividades debe contar con al menos una actividad económica coherente con el rubro del Plan de Trabajo postulado y aprobado.

 Declaración Jurada de no consanguineidad (Anexo 3).

Todo lo anterior, en un plazo máximo de 10 días hábiles administrativos20, contados desde la notificación que efectúe la Dirección Regional. Excepcionalmente, el/la Director/a Regional, podrá autorizar la extensión de este plazo en 10 días hábiles administrativos adicionales a quienes soliciten la ampliación justificando las razones de esta solicitud. Frente a cualquier información o situación entregada que falte a la verdad, se dejará sin efecto la adjudicación realizada, ante lo cual Sercotec podrá iniciar las acciones legales correspondientes.

5.2 Ejecución Fase de Desarrollo

Los/as beneficiarios/as de la presente convocatoria deberán ejecutar el Plan de Trabajo aprobado en la Fase de Asesoría, conforme a las condiciones comprometidas en el contrato suscrito con el agente operador Sercotec, respetando el Plan de Trabajo y los tiempos contemplados para la realización de los gastos asociados. Las compras deberán realizarse con posterioridad a la fecha de suscripción del contrato.

Los/as beneficiarios/as deberán rendir cuenta de los gastos efectuados con los recursos del instrumento (cofinanciamiento Sercotec y aporte empresarial) al agente operador, para lo cual Sercotec informará el procedimiento de rendición correspondiente. El Plan de Trabajo no podrá contemplar para su ejecución, y su respectiva rendición, un plazo superior a 3 meses, contados a partir de la fecha de firma del contrato, salvo autorización expresa de la Dirección Regional de Sercotec, previa solicitud formal por escrito de parte del/la beneficiario/a.

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24 En el caso que el/la emprendedor/a requiera modificar o reasignar alguna de las actividades del Plan de Trabajo de manera parcial -por cambio de precios, maquinaria o servicio de mejor calidad u otra circunstancia justificada-, o incorporar nuevas actividades y/o ítems vinculados al objetivo del proyecto si existieran excedentes de recursos21, esto deberá ser solicitado por el/la beneficiario/a de manera escrita al agente operador Sercotec y antes de la compra del bien o servicio modificado o reasignado. El ejecutivo/a contraparte de Sercotec tendrá la facultad de aceptar o rechazar tal petición, informando por escrito, bajo la premisa del cumplimiento del objetivo del Plan de Trabajo, considerando un movimiento máximo del 25% del monto total del proyecto. Esta modificación en ningún caso podrá vulnerar alguna de las restricciones máximas de financiamiento establecidas en las bases de convocatoria.

Durante la ejecución del Plan de Trabajo, y como parte del instrumento, el beneficiaria/o recibirá un servicio de acompañamiento orientado a lograr la correcta puesta en marcha e implementación exitosa de su proyecto y asistencia al proceso de rendición de recursos, el que será prestado por el agente operador Sercotec.

6. OTROS

Los/as beneficiarios/as autorizan desde ya a Sercotec para la difusión de su proyecto a través de los medios de comunicación.

La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y aceptación de las características del instrumento.

Con su participación, el/la postulante acepta entregar, a solicitud de Sercotec, a sus funcionarios/as o terceros que actúen en su representación, toda la información necesaria para evaluar el Plan de Trabajo y su impacto en el tiempo, desde su inicio y hasta después de tres años, contados desde la fecha de inicio de ejecución del contrato. Los indicadores a evaluar podrán ser, entre otros:

 Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).  Generación de ventas.

 Generación de empleos.

 Acceso a canales de comercialización.  Implementación de servicios o productos.

 Adquisición de activos tecnológicos, para el aumento de la productividad y/o competitividad.

Sercotec se reserva el derecho de descalificar de la convocatoria, en cualquier etapa del proceso, al/la postulante que proporcione información falsa, y con ello atente contra la transparencia del proceso, igualdad de condiciones y los objetivos del instrumento, incluso luego de formalizado el/la beneficiario/a, reservándose Sercotec la facultad de iniciar las

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Se generan excedentes de recursos si luego de ejecutar completamente la estructura de financiamiento aprobada, quedan saldos de presupuesto.

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25 acciones legales que estime pertinentes. Además, Sercotec tiene el derecho verificar todos los requisitos en cualquier etapa del proceso y el/la postulante podría ser eliminado/a de la convocatoria, si corresponde.

Los/as postulantes, al momento de completar el Plan de Trabajo, autorizan expresamente a Sercotec para incorporar sus antecedentes personales a una base de datos para su uso y tratamiento en acciones de apoyo, con organismos públicos o privados, así como también para la confirmación de antecedentes con fuentes oficiales, tales como el SII, Registro Civil, Dirección del Trabajo, Ministerio de Desarrollo Social, Tesorería General de la República, entre otros.

IMPORTANTE

Sercotec podrá interpretar, aclarar o modificar las presentes bases, siempre que con ello no se altere lo sustantivo de éstas ni se afecte el principio de igualdad de los/as postulantes. Dichas interpretaciones, aclaraciones o modificaciones serán oportunamente informadas. El cumplimiento de los requisitos debe mantenerse desde el inicio de la presente convocatoria hasta la completa ejecución del proyecto, para lo cual Sercotec se reserva el derecho a volver a solicitar los medios de verificación respectivos.

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ANEXOS

CAPITAL SEMILLA EMPRENDE

Transferencia de Apoyo a Emprendedores de Pueblos Originarios de la Región de Maule

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ANEXO 1

MEDIOS DE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA

ADMISIBILIDAD

Requisito Medio de verificación

a. Completar el Plan de Trabajo con los datos de usuario/a registrados en www.sercotec.cl

conforme a la convocatoria y región a la que postula.

El envío del Plan de Trabajo se valida automáticamente en la respectiva plataforma informática y registros de usuarios/as Sercotec.

b. Persona natural, mayor de edad y sin inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) en primera categoría, a la fecha de inicio del concurso.

Requisito validado por Sercotec a través de la información provista por el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación y el Servicio de Impuestos Internos.

c. El Plan de Trabajo debe contener acciones de gestión empresarial.

El envío del Plan de Trabajo se valida automáticamente en la respectiva plataforma informática y registros de usuarios/as Sercotec. d. El Plan de Trabajo debe considerar como

máximo un monto de $2.000.000 en cofinanciamiento Sercotec para inversiones y un aporte empresarial mínimo de un 10% del cofinanciamiento Sercotec para inversiones. Además, el Plan de Trabajo debe considerar como máximo un monto de $1.500.000 en cofinanciamiento Sercotec para acciones de gestión empresarial y un aporte empresarial mínimo de un 10% del cofinanciamiento.

Plan de Trabajo postulado y enviado.

d. Pertenecer a un pueblo originario. Este requisito podrá ser validado a través de un certificado que acredite ascendencia indígena del postulante, validado por CONADI

EVALUACION DE TERRENO

Requisito Medio de verificación

e. Solo seaceptará la postulación de un Plan de trabajo por rut, para los programas Capital Semilla Emprendimiento y Capital Abeja Emprendimiento. En el caso de postular a ambos programas, se considerará para su evaluación solo el primer plan enviado.

Este requisito será verificado con la información interna de Sercotec asociado al Rut del postulante.

e. En caso que el Proyecto de Negocio considere financiamiento para infraestructura, se deberá* acreditar alguna de las siguientes condiciones para el uso de la propiedad:

a) Dominio

b) Usufructo

En caso de ser propietaria: Certificado de

Dominio Vigente emitido por el

Conservador de Bienes Raíces respectivo. La fecha de emisión de este certificado no podrá ser superior a 90 días de antigüedad, al momento de la postulación.

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c) Comodato

d) Arriendo

e) Usuaria Autorizada por el

propietario/a o por quien tenga facultad de realizarlo (por ejemplo organismo

público encargado de entregar la

respectiva concesión).

*No será necesario acreditar dichas condiciones si la inversión estuviese asociada a un “Nuevo Arriendo”; que corresponde a un sub ítem de Capital de Trabajo.

En caso de ser usufructuaria: Certificado

de Hipotecas y Gravámenes emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. La fecha de emisión de este certificado no podrá ser superior a 90 días de antigüedad, al momento de la postulación.

En caso de ser comodataria: Copia

Contrato de Comodato que acredite su actual condición de comodataria.

En caso de ser arrendataria: Copia

Contrato de arriendo que acredite su actual condición de arrendataria.

En caso de ser usuaria autorizada de la

propiedad: Documento en donde conste la

autorización del uso por el propietario, (por

ejemplo, autorización notarial del

propietario del inmueble) o por quien tenga la facultad de realizarlo por ejemplo autorización notarial del propietario del inmueble, decreto de concesión, entre otros.

e. Tener domicilio en el territorio focalizado en la convocatoria. Postulante vive en alguna de las comunas focalizadas de la Región.*

Este requisito podrá ser validado a través de alguno de los siguientes medios de verificación:

- Boleta o factura de un servicio contratado en la región a nombre del/la postulante.

- Para el caso de localidades

rurales, declaración de domicilio emitida por un tercero que haga de Ministro de Fe (tales como representante de comunidad indígena, presidente del Comité de Agua Potable Rural de la localidad

correspondiente).

- Iniciación de actividades registrada en el SII.

- Otros medios pertinentes

autorizados por SERCOTEC. f. No tener deudas laborales, tributarias y

previsionales, así como tampoco haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.

- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (Certificado F-30 y F-31 cuando corresponda).

- Certificado de Deudas Tributarias emitido por Tesorería General de la República. g. No tener rendiciones pendientes con Sercotec

al 1 de Septiembre de 2015.

Este requisito será validado con

información interna de Sercotec asociada al RUT de la persona natural y podrá ser evaluado hasta la etapa de formalización. h. No haber sido beneficio/a de Sercotec en

Capital Semilla y Abeja Emprendimiento en el año

Este requisito será verificado con

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2014; ni haber sido beneficiario/a en Capital Semilla y Abeja Emprende 2015

asociada a la persona natural que postula.

f. No tener rendiciones pendientes con Sercotec.

Este requisito será verificado con la información interna de Sercotec asociado al Rut del postulante.

g. No haber sido beneficiario/a de Sercotec en Capital Semilla o Abeja Emprendimiento en el año 2014, ni haber sido beneficiario/a en Capital Semilla o Abeja Emprende 2015

Este requisito será verificado con información interna de SERCOTEC asociada a la persona natural que postula.

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30 ETAPA FASE DE ASESORÍA

Requisito Medio de verificación

h. El beneficiario/a no podrá tener parentesco en primer y/o segundo grado por consanguineidad o afinidad con el personal directivo de SERCOTEC o con aquellos que intervienen en el proceso evaluación y selección de los proyectos ganadores, ni con quienes participan en la asignación de recursos correspondientes a la presente convocatoria.

Declaración Jurada simple según formato de Anexo 2.

ETAPA FASE DE DESARROLLO

Requisito Medio de verificación

i. Previo a la firma de contrato, el beneficiario/a deberá enterar al agente operador Sercotec el aporte empresarial en efectivo definido en el Plan de Trabajo postulado y aprobado.

Comprobante de ingreso, depósito o de transferencia electrónica correspondiente al aporte empresarial comprometido en el Plan de Trabajo postulado y aprobado.

j. Previo a la firma de contrato el beneficiario/a deberá contar con inicio de actividades ante el SII, en primera categoría. Este inicio de actividades debe tener fecha posterior al inicio de la convocatoria, puede ser realizado con el rut del beneficiario o con una nueva personalidad jurídica donde el beneficiario/a debe ser el representante legal y contar con al menos el 51% del capital social. Finalmente, el inicio de actividades debe contar con al menos una actividad económica coherente con el rubro del Plan de Trabajo postulado y aprobado.

Inscripción al rol único tributario y/o declaración jurada de inicio de actividades (F4415) o documento que corresponda. La coherencia entre el Plan de Trabajo con la/s actividad/es económica/s de la iniciación de actividades será evaluada por la Dirección Regional caso a caso.

k. Los gastos ejecutados para inversiones y acciones de gestión empresarial no pueden corresponder a la remuneración del seleccionado/a, ni de los socios/a, ni de representantes legales, ni de su respectivo cónyuge, hijos y parientes por consanguineidad hasta el segundo grado inclusive (hijos, padres, abuelos y hermanos).

Declaración de no consanguinidad en el reembolso o compra de los gastos según formato Anexo 3.

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ANEXO 2

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PROBIDAD

….. de ……….….. de 2015. Don/ña………., cédula nacional de identidad número………, domiciliado/a

en……….., declara bajo juramento, para efectos del concurso “Capital Semilla Emprende FNDR Pueblos Originarios , Región de Maule”, que:

No tiene parentesco en primer y/o segundo grado por consanguineidad o afinidad con el personal directivo de SERCOTEC, el agente operador Sercotec encargado de operar la presente convocatoria o con aquellos que intervienen en el proceso de evaluación, selección y asignación de recursos de los proyectos seleccionados.

Firma Nombre RUT

Referencias

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