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La participación trabajadores en utilidades frente a los derechos de igualdad y equidad

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA: “LA PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES FRENTE A LOS DERECHOS DE IGUALDAD Y EQUIDAD”

AUTORA: MARÍA FERNANDA ZAMORA CASTILLO

ASESOR: AB. DAVID NARVAEZ

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APROBACIÓN DEL TUTOR

En calidad de Asesor de Tesis, designado por disposición de Dirección de Investigación de la UNIANDES, Certificó que la señorita María Fernanda Zamora Castillo, alumna de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, desarrolló su Trabajo de Graduación para la Obtención del Título de Abogada de los Tribunales de República el Tema: “LA PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES FRENTE A LOS DERECHOS DE IGUALDAD Y EQUIDAD”, quien ha cumplido con todos los requerimientos exigidos por la Universidad, por lo que se aprueba la misma.

La interesada puede hacer uso del presente para los efectos oportunos, así como también se autoriza la presentación para la evaluación por parte del jurado respectivo.

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DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE LA TESIS

María Fernanda Zamora Castillo, alumna de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, declaró en forma libre y voluntaria que la presente investigación y elaboración Graduación para la Obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República, con el Tema: “LA PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES FRENTE A LOS DERECHOS DE IGUALDAD Y EQUIDAD”, así como las expresiones vertidas en la misma son autoría de la compareciente, misma que ha sido realizada a base de recopilación bibliográfica de la legislación ecuatoriana e internacional, y consultas en Internet.

En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el cuidado respectivo al remitir a las fuentes bibliográficas respectivas para fundamentar el contenido expuesto.

Atentamente,

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DEDICATORIA

Solo somos pasajeros del tren de la vida, varias son las personas que en mi trayecto han ido marcando este sendero y formado el camino a lo que soy hoy, por lo que el presente trabajo va dedicada a cada una de las personas que de una u otra forma, se encuentran presentes en el libro de mi vida, a mi familia por caminar a mi lado impulsándome a seguir mis objetivos, a mis padres por ser el motor de cada día, y en especial a mi Dios, por ser quien controla mi camino, me permite alcanzar mis metas y disfrutar de la maravilla de la vida.

Atentamente,

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AGRADECIMIENTO

Agradezco a la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por recibirme en sus aulas, a mis amigos, maestros y compañeros que caminaron a mi lado en el transcurso de esta etapa de mi vida, de igual manera agradezco al Abogado David Narváez, quien con su sabiduría ha conducido de manera idónea este trabajo propuesto, y a todos mis Tutores que con su experiencia y conocimientos contribuyeron a mi formación profesional.

Atentamente,

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ÍNDICE GENERAL

APROBACIÓN DEL TUTOR

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE LA TESIS

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

ÍNDICE GENERAL

RESUMEN EJECUTIVO

EXECUTIVE SUMMARY

INTRODUCCIÓN ... 1

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ... 1

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ... 4

PROBLEMA CIENTÍFICO ... 4

DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA ... 4

OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN ... 4

OBJETIVOS ... 5

OBJETIVO GENERAL: ... 5

OBJETIVOS ESPECÍFICOS ... 5

JUSTIFICACIÓN DEL TEMA ...6

APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA...12

CAPITULO I MARCO TEÓRICO ...13

EPIGRAFE I: LOS TRABAJADORES………..13

CONCEPTO………13

HISTORIA DEL TRABAJADOR EN ECUADOR………14

EL MUNDO LABORAL Y LAS REVOLUCIONES MÁS INFLUYENTES………...15

LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL………15

(7)

REVOLUCIÓN MEXICANA……….19

REVOLUCIÓN JULIANA………..21

EPÍGRAFE II: DERECHOS DE LOS TRABAJADORES………...23

HISTORIA DE LOS DERECHOS………..23

ETAPAS DE LA HISTORIA DE LOS DERECHOS……….25

DOCUMENTOS QUE INFLUENCIARON EN LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES………26

CUERPO DE LIBERTADES DE MASSACHUSSETS……….26

DECLARACIÓN FRANCESA DE 1789………...26

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS………...28

DERECHOS LABORALES EN EL CÓDIGO DE TRABAJO DEL ECUADOR………....28

EPÍGRAFE III: PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN ECUADOR………..……….33

CONCEPTO………33

DERECHO A PERCIBIR UTILIDADES………..33

ORIGEN DE LAS UTILIDADES………..34

FORMA DE REPARTO……….35

REPARTO DE UTILIDADES COMO UNA SOLA EMPRESA………..36

PAGO DE UTILIDADES………...37

OTRA FORMA DE PAGO DE UTILIDADES……….37

ENTIDAD COMPETENTE PARA EL CONTROL DEL PAGO DE UTILIDADES…………..38

LAS UTILIDADES NO SE CONSIDERAN REMUNERACIÓN………38

EPÍGRAFE IV: PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN EL DERECHO COMPARADO….………..39

MÉXICO……….39

CHILE……….40

(8)

VENEZUELA………...42

EPÍGRAFE V: NECESIDAD DE LA PROPUESTA………..…43

DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO………..43

DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONÓMICO………44

DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL………..44

CONCLUSIÓN PARCIALES DEL CAPÍTULO………46

CAPÍTULO II MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. ...47

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN ...47

UNIVERSO DE LA INVESTIGACIÓN: ...47

POBLACIÓN Y MUESTRA: ...47

TIPOS DE INVESTIGACIÓN ...48

MÉTODOS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS...49

RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN ...50

PROPUESTA DEL INVESTIGADOR ...57

CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO... 57

CAPÍTULO III DESARROLLO DE LA PROPUESTA ...58

LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO DE TRABAJO………..………...58

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES ... 62

CONCLUSIONES: ... 62

RECOMENDACIONES ... 62

BIBLIOGRAFÍA

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RESUMEN EJECUTIVO

La realidad social por la que atraviesan los trabajadores al momento de recibir su pago por utilidades de las empresas, permite el desarrollo del presente trabajo de investigación, ya que varios han sido los casos en los que dicho reparto es totalmente desproporcional entre trabajadores, consecuencia del 5 % correspondiente a las cargas familiares, por lo que con la investigación, muestro la alternativa para que dicha distribución no sea excesiva ni vulnere derechos de aquellos trabajadores que no poseen cargas familiares.

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EXECUTIVE SUMMARY

The social reality being experienced by workers at the time of payment by utilities companies , allows the development of this research , as several have been cases in which such allocation is totally disproportionate among workers, due to the 5% shall meet family expenses , so research, I show the alternative to such distribution is not excessive or infringe the rights of workers who have no dependents.

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1 INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Antiguamente, las empresas y los empresarios cada día eran más ricos y los trabajadores no podían oponerse a ello porque no tenían fuerza colectiva, en la segunda presidencia de Leónidas Plaza Gutiérrez, es decir entre los años 1912 y 1925 gobernó el sector burgués, sobre todo el comercial y el bancario, convirtiéndose en un Liberalismo Burgués clasista que proveyendo fondos al gobierno, se convirtió en una oligarquía liberal bautizada como plutocrática, el Estado que se había independizado de la Iglesia se volvió dependiente de la Banca, por lo que con el pasar del tiempo los trabajadores debido a la crisis económica se vieron en la necesidad de agruparse y crear mecanismos para ser escuchados y hacer valer sus derechos como retribución al esfuerzo empleado en su trabajo, por lo que los primeros núcleos de clase obrera aparecen en Ecuador solo a fines del siglo XIX e inicios del XX.

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de las primeras leyes laborales e incluso la introducción del impuesto a la renta, del que fueron excluidas las clases asalariadas. En 1938 se dictó el Código del Trabajo, considerado para entonces como uno de los mejores códigos, por reconocer los principios fundamentales de protección a los trabajadores y las garantías básicas de sus derechos, incorporándose en décadas posteriores nuevas instituciones y derechos para la protección a las clases trabajadoras del Ecuador.

El derecho de los trabajadores a participar de las utilidades de las empresas, además de contribuir a la redistribución de la riqueza de las empresas que no ha sido entregada voluntariamente y a la justicia social, se puede entender como un mecanismo que estimula la productividad y el empoderamiento del trabajador a la empresa, siendo este el principal motivo para su cabal cumplimiento.

La Constitución del Ecuador emitida el 20 de octubre del año 2008, bajo el registro Oficial 449, en su artículo 33, menciona que el Estado Garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas, en su artículo328, inciso sexto, claramente establece que las personas trabajadoras del sector privado tienen derecho a participar de las utilidades líquidas obtenidas por la empresa, de acuerdo con la ley. Al respecto el Código de Trabajo en su artículo 97, también se pronuncia sobre la participación de las utilidades a los trabajadores y los montos en los que estos deben ser distribuidos.

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garanticen el cumplimiento efectivo de las disposiciones legales sobre el pago de las utilidades a que están obligados los empleadores o empresa con respecto a sus trabajadores, resolver las dudas que se presenten en la aplicación de las disposiciones relativas al pago de utilidades, todo esto de conformidad con lo que establece la Constitución del Ecuador y el Código de Trabajo.

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4 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿La desproporcional distribución de participación trabajadores en utilidades de la empresa por cargas familiares, vulnera los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores?

PROBLEMA CIENTÍFICO

La inadecuada legislación sobre la distribución de participación trabajadores en utilidades de la empresa por cargas familiares, vulnera los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

OBJETO DE INVESTIGACIÓN

Derecho Laboral.

CAMPO DE ACCIÓN

Los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

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5 OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

 Diseñar un anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo a fin de

incorporar limitaciones para la distribución del 5% participación de trabajadores en las utilidades de la empresa por cargas familiares; para garantizar los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Fundamentar doctrinariamente las bases teóricas sobre la participación trabajadores

en utilidades de la empresa y sobre los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

 Determinarla existencia de vulneraciones de los derechos de igualdad y equidad de

los trabajadores con la distribución del 5% de las utilidades de las empresas por cargas familiares en la actualidad.

 Elaborar los lineamientos de un anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de

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6 JUSTIFICACIÓN DEL TEMA

La presente investigación es de vital importancia ya que permite conocer la realidad laboral de los trabajadores al momento de la distribución de utilidades de las empresas, en especial al distribuir el cinco por ciento participación trabajadores correspondiente a las cargas familiares debido a que varios han sido los casos en los que el porcentaje de trabajadores con cargas es inferior al de los que no las poseen, motivo por el cual las utilidades recibidas han sido desproporcionales.

La realización del anteproyecto de ley reformatoria al código de trabajo, es importante ya que beneficiara de manera directa a todos aquellos trabajadores que colaboran activamente con la empresa pero que no poseen cargas familiares, incorporando limitaciones a tomarse en cuenta por las empresas para la distribución del 5 % participación de trabajadores en las utilidades de la empresa atribuidas por las cargas familiares, no con ello se pretende vulnerar el interés superior del menor, idea bajo la cual fue creado este porcentaje, sino más bien regular y evitar distribuciones excesivas y desproporcionales que alteren el concepto de este cinco por ciento.

Es factible ya que cuento con todos los medios indispensables para poder realizar un anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo fin de incorporar limitaciones a tomarse en cuenta por las empresas para la distribución del 5 % participación de trabajadores en las utilidades de la empresa atribuidas por las cargas familiares.

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trabajadores debido a la desproporcional distribución de utilidades correspondiente a las cargas familiares.

Es oportuno ya que la realización de este anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo ayudará analizar la verdadera necesidad de limitar la distribución del cinco porciento de utilidades de la empresa correspondiente a las cargas familiares, en aquellas instituciones donde la mayoría de trabajadores no posean dichas cargas evitando el pago de montos excesivos a los demás trabajadores.

Es útil porque permite enfocarme en la realidad por la que atraviesan las empresas que cuentan con trabajadores sin cargas familiares a sus cargo, y los derechos que se vulneran al momento de cancelar montos excesivos por concepto de utilidades de trabajadores por cargas familiares, creando así un ambiente de trabajo poco amigable, por los derechos de igualdad y equidad vulnerados a los trabajadores.

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8 IDEA A DEFENDER

Con la elaboración de un anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo a fin de incorporar limitaciones a tomarse en cuenta por las empresas para la distribución del 5 % participación de trabajadores en las utilidades de la empresa atribuidas por las cargas familiares se garantizará los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

VARIABLE INDEPENDIENTE

Con la elaboración de un anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Trabajo a fin de incorporar limitaciones a tomarse en cuenta por las empresas para la distribución del 5 % participación de trabajadores en las utilidades de la empresa atribuidas por las cargas familiares.

VARIABLE DEPENDIENTE

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9 METODOLOGÍA A EMPLEAR

Siendo que es un trabajo de investigación jurídico-social se empleara para los siguientes métodos:

MÉTODO INDUCTIVO - DEDUCTIVO.-Por cuanto con este método se pudo realizar un análisis exhaustivo de lo que sucede al momento de distribuir la participación trabajadores en utilidades de las empresas por cargas familiares, tomando en cuenta lo establecido en la ley y como ésta distribución vulnera los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores, consagrados en la Constitución y en los distintos cuerpos internacionales.

MÉTODO ANALÍTICO - SINTÉTICO.- De tal forma que pude hacer una auténtica valoración del objeto de transformación sobre los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores, y cuyo incumplimiento perjudica en gran manera inclusive a otros derechos en el sistema laboral de nuestro país.

MÉTODO HISTÓRICO – LÓGICO.-Porque se puede analizar la relación causa-efecto de cada uno de los hechos analizados y comparar el pasado y el presente para encontrar una solución al problema planteado.

INVESTIGACIÓN

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INVESTIGACIÓN DE CAMPO.- Por cuanto el estudio se lo realiza en la provincia del Tungurahua aplicando encuestas.

INVESTIGACIÓN APLICADA.- Debido a que se orienta a resolver un problema práctico que se está presentando en el sector laboral de la provincia del Tungurahua.

TÉCNICAS

En cuanto a lo que tiene que ver con las técnicas que se utilizaran encontramos:

La Encuesta.- Se preparó cuestionarios dirigidos a los abogados de la ciudad de Ambato.

INSTRUMENTOS

El instrumento a emplear en el desarrollo de esta tesis es:

Cuestionarios.- A través de estos se pudo obtener conclusiones válidas para sustentar los resultados y propuesta de la investigación.

ESTRUCTURA DE TESIS: ESQUEMA DE CONTENIDOS

Se han utilizado cuatro epígrafes principales que contienen la siguiente temática:

EPÍGRAFE I

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11 EPÍGRAFE II

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.- en este epígrafe se abordará sobre cuáles son los derechos que tienen los trabajadores, la evolución histórica, y en especial sobre el derecho de igualdad y equidad de los trabajadores, para así poder determinar la afectación que se produce a los mismos.

EPÍGRAFE III

PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES DE LA EMPRESA EN ECUADOR.- este epígrafe nos mostrará desde el concepto básico de utilidad, los porcentajes en los que estos son distribuidos tanto de forma teórica como práctica y la legislación que los rige, para de esta manera poder demostrar la forma de calculo que se lleva a cabo y las diferentes situaciones a presentarse al momento de ser repartidos dichos valores, en las que se vulnera los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores.

EPÍGRAFE IV

PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN EL DERECHO COMPARADO.- En este epígrafe, se analizará los sistemas de participación de los trabajadores en las utilidades o resultados de las empresas de países como México, Chile, Perú, y Venezuela.

EPIGRAFE V

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APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA

El aporte teórico en el presente proyecto de tesis consiste en una análisis primeramente de forma general del cálculo del 15% participación trabajadores en utilidad de las empresas y su distribución a cada uno de sus trabajadores en especial la distribución del 5% de las utilidades a causa de las cargas familiares de cada trabajador, los derechos que se fortalecen con estas retribuciones y los que se vulneran por la inequidad y desigualdad de su distribución en el caso de que la mayoría de los trabajadores no posean cargas familiares, se mencionara las leyes que contemplan dicho calculo y que no contemplan las excepciones que se pretende insertar e la propuesta, además se aportará con conceptos sobre las utilidades, quienes son los sujetos activos, pasivos y la entidad competente para velar por el cumplimiento de estos derechos.

La significación práctica por otro lado, halla cabida en el hecho de que todos los trabajadores se van a beneficiar de manera equitativa e igualitaria del derecho a la participación trabajadores en utilidades de la empresa, y en el caso de que la misma cuente con un porcentaje minoritario de trabajadores con cargas familiares, el porcentaje de distribución sea regulado evitando el enriquecimiento de unos y no el derecho de todos.

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13 CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO EPÍGRAFE I

LOS TRABAJADORES

CONCEPTO:

Se llama Trabajador aquella persona natural que posee la edad legal suficiente para prestar sus servicios lícitos y personales a un empleador.

Según el Código de Trabajo, Artículo 9, establece el concepto de trabajador, mencionando que es la persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero.

Mientras que la Ley de Seguridad Social, Artículo. 9, considera para los efectos de la protección del Seguro General Obligatorio:

Trabajador En Relación De Dependencia: el empleado, obrero, servidor

público, y toda persona que presta un servicio o ejecuta una obra, mediante un contrato de trabajo o un poder especial o en virtud de un nombramiento extendido legalmente, y percibe un sueldo o salario, cualquiera sea la naturaleza del servicio o la obra, el lugar de trabajo, la duración de la jornada laboral y el plazo del contrato o poder especial o nombramiento;

Trabajador Autónomo: persona que ejerce un oficio o ejecuta una obra o realiza

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ingreso en forma de honorarios, comisiones, participaciones, beneficios u otra retribución distinta al sueldo o salario;

HISTORIA DEL TRABAJADOR EN ECUADOR.

Desde el inicio de los tiempos las personas desarrollaban alguna actividad económica como medio de sustento personal y de su familia, empezando por la esclavitud predominante por la diferencia de las clases sociales.

En nuestro país desde el inicio del Ecuador como República, siempre hubo el grupo dominante y los dominados, con el pasar del tiempo las empresas y los empresarios cada día eran más ricos y los trabajadores no podían oponerse a ello porque no tenían fuerza colectiva, en la segunda presidencia de Leónidas Plaza Gutiérrez, es decir entre los años 1912 y 1925 gobernó el sector burgués, sobre todo el comercial y el bancario, convirtiéndose en un Liberalismo Burgués clasista que proveyendo fondos al gobierno, se convirtió en una oligarquía liberal bautizada como plutocrática, el Estado que se había independizado de la Iglesia se volvió dependiente de la Banca, por lo que con el pasar del tiempo los trabajadores debido a la crisis económica se vieron en la necesidad de agruparse y crear mecanismos para ser escuchados y hacer valer sus derechos como retribución al esfuerzo empleado en su trabajo, por lo que los primeros núcleos de clase obrera aparecen en Ecuador solo a fines del siglo XIX e inicios del XX.

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huelga, el 15 de noviembre de 1922, tomando como base la revolución Mexicana y Rusa, la clase obrera ecuatoriana salió a las calles a exigir sus derechos, dando como resultado una fuerte lucha con ríos de sangre por la brutal represión de la Policía y el Ejercito a la manifestación causando millares de víctimas, de ahí la obra “Las Cruces sobre el Agua” que

detalla el enfrentamiento entre clases sociales causando una inequidad y opresión de derechos, esta lucha dio paso a la muy recordada Revolución Juliana que además de modernizar al Estado, institucionalizó la atención a las clases trabajadoras mediante la creación del Ministerio de Previsión Social y Trabajo, la Caja de Pensiones, la expedición de las primeras leyes laborales e incluso la introducción del impuesto a la renta, del que fueron excluidas las clases asalariadas.

En 1938 se dictó el Código del Trabajo, considerado para entonces como uno de los mejores códigos, por reconocer los principios fundamentales de protección a los trabajadores y las garantías básicas de sus derechos, incorporándose en décadas posteriores nuevas instituciones y derechos para la protección a las clases trabajadoras del Ecuador.

EL MUNDO LABORAL Y LAS REVOLUCIONES MÁS INFLUYENTES

LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL.

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legislativo, ejecutivo y judicial, mandando sobre el ejército y todas las instituciones del estado, recalcando que todos sus habitantes eran propiedad del rey.

La sociedad se caracterizaba por la desigualdad entre grupos sociales, existiendo el grupo de los privilegiados, constituidos por la nobleza y el alto clero, quienes poseían riquezas significativas provenientes de las rentas que cobraban por las tierras, el trato a ellos era privilegiado y diferente al del resto del pueblo, gozaban de leyes exclusivas, ocupaban cargos importantes como los del ejército, la iglesia y el estado, la explotación laboral en aquella época era notoria, mientras no existía la moneda, estos tenían que pagar mediante trabajos en donde se viera involucrado lo físico, antecedente que dio origen al proletariado, término utilizado para designar a la clase social más baja de la época de la edad moderna que en el modo de producción capitalista, se ve obligada a vender su fuerza de trabajo a la burguesía.

La economía tiene una base agraria, tres cuartos de la población se ocupaban de esas tareas. En los siglos XV y XVI con mayor circulación de la moneda, muchos campesinos cambiaron sus obligaciones por pagos en dinero, el sistema económico era capitalista, El gremio fijaba de una forma rígida horarios, precios, salarios, herramientas, número de trabajadores, e impedían cualquier avance técnico que pudiera dar ventaja a unos talleres sobre otros.

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obrera y sus movimientos de protestas o el movimiento obrero, se da el crecimiento de los conocimientos científicos y técnicos.

Se llamó revolución industrial al cambio fundamental que se produce en la sociedad cuando su economía deja de basarse en la agricultura y pasa a depender de la industria, con la aparición de nuevas máquinas que reducían el tiempo de producción y abarataban los costes, sin embargo la maquinización provoco protestas ya que los obreros pensaban que las maquinas en algún momento podrían llegar a sustituirles, esta industria conllevo el surgimiento de dos grupos sociales, la burguesía industrial y el proletariado, relaciones que desde entonces fueron conflictivas.

En la industria el trabajo era duro y largo, la jornada en las fábricas y talleres era con frecuencia de 14 horas, el tiempo de trabajo fue reduciéndose en las siguientes décadas hasta llegar a las 11 horas en verano y en invierno a principios del siglo 20, el salario era mínimo, sin embargo los obreros seguían desempleados, y los niños a partir de los 7 años eran obligados a trabajar con salarios ínfimos.

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como las manifestaciones, la huelga, la ocupación de fábricas y el sabotaje, que precedieron a la formación de organizaciones de trabajadores, también llamados sindicatos, que luchaban por los derechos de los trabajadores.

REVOLUCIÓN RUSA

En el siglo XIX, el imperio Ruso era gobernado autocráticamente por los zares, quienes abarcaban todos los poderes, decretaban las leyes, designan ministros y tenían autoridad de Zar, sin limitaciones parlamentarias o constitucionales, pero siempre gobernando con la ayuda de la policía a quienes también controlaban.

Durante esta época, más del 80% de la población rusa era campesina, siendo los dueños de estas tierras la gran nobleza, por lo que en nivel de vida de los campesinos era miserable, este frustrado en sus aspiraciones de poseer la tierra que trabajaba, constituía una clase social con grandes problemas, a punto de revelarse.

La industrialización en Rusia impulso la debilidad de la burguesía, por la participación de capitalistas extranjeros en la implantación de las maquinas, a finales del siglo XIX se crearon las grandes concentraciones fabriles, momentos en que el proletariado ruso era víctima de una explotación inhumana, con salarios miserables, con jornadas laborales de 14, 15 e incluso 18 horas, a pesar de que se hubiera fijado la jornada máxima de 11,30 horas en 1897, y posteriormente en 10 horas en 1906.

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campesinos, obreros y soldados, causando el derrumbe de la dinastía despótica de los Zares, con Nicolás II, su ultimo soberano, lo que significó la abolición del sistema absolutista imperante en aquella época, dando paso al establecimiento de un gobierno comunista, dirigido por un grupo de Bolcheviques, quienes eran en su mayoría partidistas de la doctrina de Karl Marx, representado por Lenin, revolucionario energético político.

Los ideales de la Revolución rusa trascendieron a nivel mundial, enmarcaron temas laborales, reconocieron derechos del hombre encaminados a conquistar formas de vida acordes a su dignidad, enseñaba que los procesos de producción así como los de las máquinas y materias primas, debían depender y estar al servicio de la colectividad y perder el carácter de bienes susceptibles de propiedad particular, el concepto de empresas como comunidad laboral y la afirmación del derecho como seguridad económica y social.

El estado, organizado bajo la forma de República Socialista Federal, dirigida por comités de obreros Soviets, perteneciente a la clase trabajadora, asumió la dirección del gobierno de Rusia, transformándose de un estado feudal a una de las naciones más grandes de la tierra.

REVOLUCIÓN MEXICANA

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económicos y sociales que cubrían los estados menos favorecidos de México y la oposición política del Régimen de Díaz, los ciudadanos en todo este tiempo no pudieron elegir gobernantes, debido a que un pequeño grupo acapararon el poder, motivo por el cual la desigualdad social se hizo evidente, el rico cada vez era más rico, viviendo en palacetes al estilo Europeo, mientras los pobres seguían siendo más pobres, intentando poder sobrevivir, pero también se creó una nueva clase social como es la clase media, gracias a esta los empresarios sumaban sus riquezas.

El conflicto armado tuvo lugar en el norte de México y posteriormente se expandió a otras partes del territorio, bajo la dirección de Francisco Madero, Pancho Villa, Emiliano Zapata y Venustio Carranza, guerra civil que duro más de 10 años contra el latifundio y la prolongada dictadura de Díaz, se levantaron las armas al grito de “sufragio efectivo, no reelección”, exigiendo la Dimisión y que ya no se vuelva a postular como presidente Porfirio Díaz.

Antes de este levantamiento la nación ya demandaba derechos civiles, políticos, principios democráticos y sociales como la igualdad, la equidad y la libertad, por lo que la Revolución Mexicana sentó esas bases para la construcción de una sociedad democrática.

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La Revolución de 1910, marco una serie de anhelos y demandas populares que constituyeron sus principios fundamentales llegando a establecer en la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expandida por el Congreso Constituyente en 1917.

En la constitución se incluyeron propuestas económicas, sociales y políticas como:

 Derechos en materia de estabilidad en el empleo, salario mínimo, aguinaldo y

condiciones laborales generales.  Jornada máxima de ocho horas

 Prohibición para que los niños y las mujeres trabajaran en condiciones insalubres y

peligrosas

 Establecimiento de un día de descanso por cada seis días de trabajo  Otorgamiento a los trabajadores de seguridad social, escuela y enfermería

 Responsabilidad de los trabajadores en los accidentes de trabajo y las enfermedades

profesionales

 Reconocimiento de las huelgas v paros como derecho de los trabajadores

 Creación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para resolver conflictos entre

Patrones y Trabajadores

REVOLUCIÓN JULIANA

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obras públicas, en 1924, las deudas que el Estado había adquirido con la banca costeña y en especial con el Banco Comercial y Agrícola, eran impagables.

El 9 de julio de 1925 estallo en Guayaquil una sublevación de militares jóvenes, quienes bajo la jefatura de Mendoza Vera, apresaron a las autoridades y constituyeron una Junta Militar de Gobierno, el pueblo se lanzo a las calles apoyar las ideas de la Junta. En Quito el golpe fue dirigido por Francisco Gómez de la Torre, pero a tras de esos movimientos se encontraba Luis Napoleón Dillon, hombre resentido con la banca Guayaquileña por prohibírsele emitir billetes falsos.

La Revolución Juliana inicio una nueva etapa de modernización del Estado, cuyo objetivo principal era la protección de la naciente industria nacional y el rechazo a los gobiernos plutocráticos. En 1928 se elaboró una constitución de avanzada influencia por los ideales con que se llevó a cabo la Revolución Juliana, y se nombró presidente a Isidro Ayora, quien busco ampliar el control al Estado, vigilar a la empresa privada y atender las necesidades sociales.

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23 EPÍGRAFE II

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Para poder entender este epígrafe, es necesario partir desde su origen, por lo que comenzare explicando las bases históricas que dieron paso al reconocimiento del trabajador como tal y por ende de sus derechos, ya que estos no siempre han estado ahí, en toda la historia de la humanidad, más bien tienen una edad, son productos de su tiempo y de las necesidades concretas de las sociedades y sus individuos.

HISTORIA DE LOS DERECHOS

La historia de los derechos es nacional y global, cada una de las declaraciones de derechos, ya sean locales o internacionales, parten de un tronco común, por lo que los textos que recogen conceptos de derechos, se tornan muchas veces parecidos en la forma en que se enuncia sus conceptos, cada declaración responde a una mezcla de grandes corrientes de pensamiento y una serie compartida de problemas locales de intereses concretos.

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deberes y no de derechos, recalcando que estos son términos correlativos ya que no puede existir el deber sin derecho.1

Con el tiempo se cambió de concepción y se otorgó a los derechos del individuo mayor valor con respecto a los deberes, fundamentándose en la concepción Cristiana, comenzando a formar doctrinas del derecho natural, incorporar una visión individualista de la vida humana por lo que primero se le considera al individuo y luego al estado.

Los derechos son un referente de la época moderna, sus inicios se puede fechar desde la última parte del siglo XVIII, la historicidad de los derechos, significa que estos tienen una edad, van surgiendo al mismo paso que lo permite las condiciones sociales e ideológicas, corresponden a valores y necesidades vitales históricas y culturalmente determinadas.

Ferrajoli, al respecto menciona que todos los derechos fundamentales han sido sancionados, en las diversas cartas constitucionales, como resultado de luchas o revoluciones que, en diferentes momentos, han rasgado el velo de la normalidad y naturalidad que ocultaba una opresión o discriminación precedente: desde la libertad de conciencia a las otras libertades fundamentales, desde los derechos políticos a los derechos de los trabajadores, desde los derechos de las mujeres a los derechos sociales.2

Estos derechos han sido conquistados como forma de tutela en defensa de sujetos más débiles, contra la ley del más fuerte – iglesias, soberanos, mayorías, apartados policiales o judiciales, empleadores, potestades paternas o materiales – que regía en su ausencia.

1

Carbonell Miguel, (2013), Derechos humanos: origen y desarrollo, Quito, Librería Cevallos, p 23

2

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ETAPAS DE LA HISTORIA DE LOS DERECHOS

Miguel Carbonell en su libro derechos humanos, origen y desarrollo, menciona que la historia de los derechos depende de cuatro etapas

Constitucionalización: depende del derecho positivo, significa pasar del pensamiento a lo realizable por medio de una constitución.

Expansión: de igual parte del derecho positivo, significa ir sumando prerrogativas a un listado inicial que estuvo durante décadas determinado por una creencia del momento, supone un cambio en la forma del Estado. Del Estado liberal que solo reconoce los derechos de libertad, se pasó al reconocimiento de los derechos políticos en el Estado democrático, con la concesión del sufragio, de este se pasó al reconocimiento de los derechos sociales, que convierten al Estado liberal y Democrático, en estado Social de derecho, culminando hoy en día en un Estado Constitucional de derechos, que reconoce al ser humano como principio y fin primordial de un estado, en donde no predomina la legalidad sino el derecho de las personas aun cuando este no se encuentre estipulado en alguna ley.

Universalidad: el alcance de los derechos, pretende ir mas allá de las fronteras, por lo que poseen una universalidad textual por como se redacta sus preceptos, y universalidad funcional ya que expresa ideas que pretenden alcanzar una validez universal e intentar recoger los principios que deben servir para estructurar a cualquier sociedad.

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DOCUMENTOS QUE INFLUENCIARON EN LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

CUERPO DE LIBERTADES DE MASSACHUSSETS

Texto expedido en 1641, en donde se enuncio principios básicos de la organización moderna del Estado, como el principio de legalidad, el de ni discriminación, la libertad de trabajo, la necesidad de indemnizar en caso de expropiación, el derecho a ser defendido por un abogado en una causa penal, el principio ne bis in ídem, entre otros.

El artículo 2, establecía el principio de igualdad entre habitantes y extranjeros, específicamente señalaba “Toda persona dentro de esta jurisdicción, sea habitante o extranjero, disfrutará de la misma justicia y de la misma ley, que es general para la planificación, y que constituye y aplica uno hacia otro, sin parcialidad ni dilación”

El artículo 5, establecía la libertad de trabajo, al prohibir la realización de trabajos no voluntarios.

El artículo 8, hacía referencia a la necesidad de compensar con un precio y salario razonable de acuerdo con lo establecía las tarifas del país.

DECLARACIÓN FRANCESA DE 1789

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Dicha declaración, no contiene solamente derechos en sentido estricto, sino q también hace referencia a principios de organización política como consecuencia de su función legitimadora del movimiento revolucionario, no busca delimitar la esfera de derechos del individuo, sino concentrar alguno de los mensajes emitidos por la Revolución.

El Artículo 1, sobre la igualdad y libertad, establece “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común”, por lo que el principio de igualdad se convertirá en un concepto clave para el entendimiento de los derechos en su conjunto, ya que la igualdad y la libertad que tanto se protege, pertenecen a los hombres desde el momento mismo de su existencia, por lo que no se debería tratar de derechos que sean adquiridos o para cuyo goce o disfrute se tenga que acreditar algún requisito, sino más bien se tiene por el hecho de ser persona, son derechos iniciales que permanecen con el sujeto desde su existencia.

El Artículo 13, menciona sobre los principios fiscales, entre estos la igualdad y proporcionalidad de los tributos, vinculados a las posibilidades de cada ciudadano.

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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Declaración adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, entre otras cosas, pretende reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas.

El Artículo 1 define “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…”, el Artículo 2 establece “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta declaración”, del Artículo 3 al 14, se proclama los derechos inherentes a la persona como el derecho a la vida, la seguridad y la libertad, del Artículo 15 al 17, proclama el estatuto privado de las personas como el derecho a tener una nacionalidad, contraer matrimonio y formar familia, derecho a la propiedad individual y colectiva, del Artículo 18 al 21 se establece sobre las libertades públicas y políticas, mientras que en el artículo 22 hasta el 27 se establecen los derechos que competen para el presente trabajo, derechos económicos y sociales, comenzando con el derecho a la seguridad social, siguiendo con el derecho al trabajo, a la remuneración equitativa, a formar sindicatos, al descanso y a las vacaciones remuneradas, a la salud y el bienestar, a la asistencia a la maternidad y a la infancia, a la educación, la enseñanza y la cultura. El artículo 28 afirma el derecho de todos a que se establezcan un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la declaración, se hagan plenamente efectivos.

DERECHOS LABORALES EN EL CÓDIGO DE TRABAJO DEL ECUADOR

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entonces como uno de los mejores códigos laborales por velar y precautelar los derechos de los trabajadores, hasta la actualidad, se han realizado varias codificaciones a fin de poder adaptar a las necesidades de la sociedad.

Entre los derechos de los trabajadores que contempla este código se encuentran:

Jornada de Trabajo.- En nuestro país, de acuerdo al Código de Trabajo, la jornada máxima de trabajo es de ocho horas diarias durante la semana, por lo que la jornada máxima semanal será de cuarenta horas, excepto si la ley estableciere lo contrario, considerándose a los días sábados y domingos como días de descanso obligatorio, la jornada ordinaria, podrá ser dividida en dos partes con un reposo de hasta dos horas.

Si la empresa tiene laborando adolescentes, su jornada de trabajo no podrá exceder de seis horas diarias durante un periodo máximo de cinco días a la semana.

Para aquellas empresas en donde no se puede interrumpir la producción entonces se laboraran los días sábados y/o domingos, previo acuerdo entre empleador y trabajador, pero se debe designar otro día igual para que pueda descansar, comprendiendo un mínimo de cuarenta y ocho horas consecutivas.

En caso de que la jornada de trabajo se la desarrolle en la noche, está comprendida entre las 19h00 a las 6h00.

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Las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día ni de doce a la semana. Las horas extraordinarias, corresponden al trabajo que se realice los días sábados o domingos y en días de descanso obligatorio.

Descanso Obligatorio.- durante el desarrollo de las actividades, de acuerdo a la normativa legal vigente, se consideran como días de descanso obligatorio además de los sábados y domingos, el 1ro de enero, viernes santo, 1 y 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre y 25 de diciembre, de igual manera se considera aquellos días que de acuerdo a la circunscripción territorial, se la declare como feriado.

Vacaciones.- todos los trabajadores a partir del año de labores, tienen derecho de gozar de un periodo ininterrumpido de quince días de descanso, a esto se le incluye los días no laborados, dichas vacaciones anuales, constituyen un derecho irrenunciable del trabajador, este no puede ser compensado tan solo con su valor en dinero.

Aquellos trabajadores que hubieren laborado por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho de gozar adicionalmente de un día más de vacaciones por cada año, contados a partir del quinto año o recibirán el pago en dinero de los días excedentes, estos días no podrán exceder de quince, salvo convenio de las partes, recalcando que la elección entre los días adicionales por antigüedad o el pago en dinero, corresponderá a cada empleador.

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El trabajador podrá acumular sus vacaciones hasta por tres años para gozarlas en el cuarto año, si esa es su decisión, pero si el empleador negare las vacaciones por tratarse de labores técnicas o de confianza las que realiza el trabajador, estas solo pueden ser acumuladas por un año.

Para el pago de las vacaciones, se tomará en cuenta todo lo percibido en el año de trabajo, como las horas suplementarias, extraordinarias y cualquier otra retribución y se dividirá para veinticuatro.

Remuneración.- “A trabajo de igual valor corresponde igual remuneración”, este es uno de los principios que consagra nuestra Constitución y también el Código de Trabajo, por lo que no se podrá discriminar de ninguna manera a ningún trabajador para el pago de sus labores, sea sueldo o salario.

Se llama salario al pago que se realiza al obrero en virtud de su contrato de trabajo, por jornadas de labor, unidades de obra o tarea, mientras el Sueldo es el pago mensual que se realiza al empleado, sin suprimir los días no laborables.

Es necesario entender que el Salario Básico es la retribución mínima que debe recibir una persona a cambio de su trabajo, pero esta no incluye el pago de horas suplementarias, extraordinarias, o cualquier otra retribución que se reciba por razón del trabajo.

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En la Jornada nocturna, se pagara igual remuneración que la diurna más un recargo del veinticinco por ciento, las horas suplementarias, se cancelarán con un recargo del cincuenta por ciento si se las realiza durante el día o hasta las 24h00, y con un recargo del cien por ciento si de desarrolla entre las 24h00 hasta las 6h00 y las horas extraordinarias, se cancelarán con un recargo del cien por ciento.

Décima Tercera Remuneración.- llamado también bono navideño, es el derecho que tienen los trabajadores a recibir el veinticuatro de diciembre de cada año una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiere percibido durante el año calendario, pero esta no se considerará como parte de la remuneración, para efectos de aportes al Instituto de Seguridad Social, ni para determinación de fondos de reserva ni jubilación.

Décima Cuarta Remuneración.- Llamado también bono escolar, es el derecho que tienen los trabajadores a recibir una bonificación adicional anual equivalente a un Salario Básico unificado, que se pagaran hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa y hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazonía, excepto para aprendices y operaros de artesano, pero hoy en día en estudio de acuerdo al nuevo Código Laboral.

Utilidades.- Derecho que tienen los trabajadores en relación de dependencia, consagrado en la constitución y el Código de Trabajo, que consiste en recibir un porcentaje de las utilidades obtenidas durante cada año de producción de las empresas.

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33 EPÍGRAFE III

PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN ECUADOR.

CONCEPTO: Derecho constitucional y social otorgado por las empresas con el fin de redistribuir una parte de los rendimientos obtenidos en el proceso productivo durante un periodo fiscal, aquellos trabajadores que han intervenido en la producción.

DERECHO A PERCIBIR UTILIDADES:

La Constitución de la República del Ecuador y el Código de Trabajo, establecen que tienen derecho a percibir estas utilidades las personas trabajadoras del sector privado, de acuerdo con la ley, en el caso de las empresas dedicadas a la explotación de recursos no renovables, la ley fijará los límites de esa participación, mientras que en las empresas en las cuales el Estado tenga participación mayoritaria, no habrá pago de utilidades, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Servicio Público.

Quienes no hubieren trabajado durante el año completo, recibirán por tales participaciones la parte proporcional al tiempo de servicios, pero quienes percibieren sobresueldos o gratificaciones cuyo monto fuere igual o excediere al porcentaje que se fija, no tendrán derecho a participar en el reparto individual de las utilidades, en el caso de que el monto fuere menor, tendrán derecho a la diferencia.

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incluyendo a aquellos que desempeñen labores discontinuas, participarán en las utilidades de la persona natural o jurídica para quien se realice la obra o se preste el servicio, pero si la participación individual en las utilidades del obligado directo son superiores, el trabajador solo percibirá éstas; si fueren inferiores, se unificarán directamente, tanto las del obligado directo como las del beneficiario del servicio, sumando unas y otras, repartiéndoselas entre todos los trabajadores que las generaron.

La disposición señalada anteriormente, no se aplicará cuando se trate de contratistas o intermediarios no vinculados de ninguna manera con el beneficiario del servicio, es decir aquellos que tengan su propia infraestructura física, administrativa y financiera, totalmente independiente de quien en cuyo provecho se realice la obra o se preste el servicio, y que por tal razón proporcionen el servicio de intermediación a varias personas, naturales o jurídicas no relacionados entre sí por ningún medio.

ORIGEN DE LAS UTILIDADES

Para el cálculo del quince por ciento participación trabajadores en utilidades anuales de las empresas, se tomarán como base las declaraciones o liquidaciones que se hagan para el efecto del pago del impuesto a la renta.

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35 FORMA DE REPARTO

En nuestro país, de acuerdo a la legislación vigente, el empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas obtenidas durante el año fiscal, porcentaje que se distribuirá de la siguiente manera:

El diez por ciento (10%): Se dividirá para los trabajadores de la empresa, sin consideración a las remuneraciones recibidas por cada uno de ellos durante el año correspondiente al reparto y será entregado directamente al trabajador.

Para el cálculo del 10% se considerará el tiempo de trabajo, sin diferenciar con el tipo de ocupación del trabajador. La cantidad que debe percibir cada trabajador se obtiene multiplicando el valor del 10% de utilidades, por el tiempo en días que éste ha trabajado, dividido para la suma total de días trabajado de todos los trabajadores.

El cinco por ciento (5%): Será entregado directamente a los trabajadores de la empresa, en proporción a sus cargas familiares, entendiéndose por éstas al cónyuge o conviviente en unión de hecho, los hijos menores de dieciocho años y los hijos minusválidos de cualquier edad. Para el cálculo de este porcentaje, se tomará en cuenta dos factores:

Factor A = Número de Días laborados del Trabajador x Número de Cargas del Trabajador

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La cantidad que le corresponde percibir a cada trabajador se obtiene multiplicando el valor del 5% de utilidades a trabajadores, por el factor A, y éste dividido para el Factor B.

Si en la misma empresa trabajaran los cónyuges o convivientes en unión de hecho legalmente reconocida, éstos deberán ser considerados de manera individual para el pago de participación de utilidades, pero si en la empresa no existieren cargas de ningún trabajador, el 5% de participación de utilidades será repartido entre todos sus trabajadores de manera equitativa considerando la proporcionalidad de tiempo trabajado.

REPARTO DE UTILIDADES COMO UNA SOLA EMPRESA

De acuerdo a nuestra legislación, si una ovarias empresas se dedicaran a la producción y otras, primordialmente, al reparto y venta de los artículos producidos por las primeras, el Ministro de Relaciones Laborales podrá considerarlas como una sola empresa para el reparto de participación de utilidades, previo conocimiento y autorización del mismo mediante un acuerdo ministerial, este se mantendrá en vigencia, a menos que las empresas participantes soliciten su modificación o la extinción dicho acuerdo. Aquella que haga cabeza del grupo será la responsable del procedimiento y la presentación de la documentación ante el Ministerio de Relaciones Laborales, sin embargo, para efecto de multas será aplicada a la o las empresas que paguen las utilidades en el grupo.

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37 PAGO DE UTILIDADES

Una vez calculada la parte que corresponde individualmente a los trabajadores por utilidades, la empresa pagará dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades, es decir deberá hacerse hasta el 31 de marzo de cada año, para comprobar dicho pago se deberá realizar el trámite establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales, justificando así el cumplimiento de tal obligación, caso contrario, el empleador será sancionado con una multa impuesta en el artículo 628 de este Código de Trabajo, según la capacidad de la empresa, a juicio del Director Regional del Trabajo.

Si hubiere saldo por concepto de utilidades no cobradas por los trabajadores, el empleador lo depositará en el Banco Central del Ecuador a órdenes del Director Regional del Trabajo, de su respectiva jurisdicción, hasta treinta días siguientes a la fecha en que debió efectuarse el pago, a fin de cancelar dicho saldo a los titulares. Si transcurrido un año del depósito, el trabajador o trabajadores no hubieren efectuado el cobro, el saldo existente incrementará automáticamente los fondos del Ministerio de Relaciones Laborales.

OTRA FORMA DE PAGO DE UTILIDADES:

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ENTIDAD COMPETENTE PARA EL CONTROL DEL PAGO DE UTILIDADES

El Ministerio de Relaciones Laborales, es el ente competente para resolver las dudas que se presentaren en la aplicación de las disposiciones relativas al pago de utilidades.

Cuando las empresas hayan presentado información falsa sobre las utilidades, el Ministro sancionará con multa de diez a veinte salarios mínimos vitales, según la capacidad económica, a la empresa en la que se comprobare, previa fiscalización del Servicio de Rentas Internas, la falsedad imputable a dolo en los datos respecto a utilidades, o el empleo de procedimientos irregulares para eludir la entrega del porcentaje o para disminuir la cuantía del mismo.

LAS UTILIDADES NO SE CONSIDERAN REMUNERACIÓN.

En nuestro país de acuerdo al Código de Trabajo, las utilidades no son consideradas como parte de la remuneración, así lo establece el Artículo 102, que dice.- La participación en las utilidades líquidas de la empresa, a la cual tienen derecho los trabajadores, no forman parte de la remuneración, para efectos del pago de aportes al IESS, ni para la determinación del fondo de reserva y jubilación.

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39 EPÍGRAFE IV

PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN EL DERECHO COMPARADO

En este epígrafe, se analizará los sistemas de participación de los trabajadores en las utilidades o resultados de las empresas de países como México, Chile, Perú, y Venezuela.

Después de grandes luchas históricas, se ha llegado a considerador a los derechos de los trabajadores, esenciales para el desarrollo de las personas y sus familias, varios países de Latinoamérica con legislación relativa a la participación financiera de los trabajadores en las empresas, cuentan con sistemas de participación en utilidades, llamados en algunos beneficios, ganancias, lucros, gratificaciones, todos estos sistemas, consisten en el pago adicional realizado a los trabajadores en función del logro de un cierto beneficio, durante el periodo fiscal de las empresas, pero cada país cuenta con legislación y aplica su propio sistema de reparto de utilidades, por lo que los efectos en cada uno de ellos es diferente.

MÉXICO

En este país, el sistema de participación en las utilidades de las empresas, usa como base la renta gravable de conformidad a lo establecido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta, en un porcentaje de 10% que al final del periodo fiscal, debe ser pagado por las empresas a sus trabajadores, sin deducir perdidas que hayan tenido en años anteriores.

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salario más alto, y la otra mitad se distribuye en montos iguales a todos los trabajadores, siendo el objetivo en este caso, redistribuir ingresos y beneficiar a los trabajadores con menor salario.

Las empresas nuevas durante su primer año de funcionamiento, se encuentran excentas de dar esta participación a los trabajadores, de igual manera, las instituciones sin fines de lucro y las empresas que facturen menos de 6 millones de pesos en el año.

CHILE

En este país a la participación trabajadores, se la llama gratificación, esta se encuentra regulada por la normativa Chilena, que clasifica a dicho beneficio en dos grupos:

Gratificación Legal.- Regulada por el Código de Trabajo

Gratificación Convencional.- se estipula en el contrato individual o en los instrumentos colectivos de trabajo este pago, sus montos y condiciones son acordados voluntariamente trabajador y empleador pero no puede ser inferior a la gratificación legal, puede ser:

Gratificación convencional garantizada.- resulta exigible aun cuando la empresa no haya obtenido utilidades liquidas, requiere siempre de acuerdo expreso entre trabajador y empleador.

Gratificación convencional no garantizada.- sujeta al resultado del ejercicio económico de la empresa.

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las empresas, esta utilidad resulta de deducir de la utilidad del ejercicio es decir del monto declarado para el impuesto a la renta, el 10% de remuneración al capital propio invertido en la empresa, sin deducir las pérdidas del ejercicio anterior.

Sobre la base de la utilidad liquida, se calcula el 30% con objeto de obtener el monto que deberá ser repartido entre los trabajadores a prorrata de sus remuneraciones, dicho reparto se lleva a cabo con la suma del total de las remuneraciones de los trabajadores de la empresa, para obtener la totalidad de lo devengado por ellos, incluyendo todos los trabajadores, tengan o no derecho a la gratificación.

Para obtener el factor sobre el que se calcula el monto de gratificación de cada trabajador, se divide el 30% de la utilidad líquida por el monto total de las remuneraciones devengadas, y luego se multiplica por la remuneración anual, sin embargo, pese a fijar en 30% el porcentaje por distribuir, el Código de Trabajo Chileno establece una alternativa que libera a la empresa de la obligación anterior, la de pagar a los trabajadores una proporción del salario anual correspondiente al 25%, con un límite máximo de 4.75 salarios mínimos por trabajador. Dicha alternativa conlleva a que las empresas con altas utilidades, y así restinga lo distribuido a los trabajadores con un límite máximo que también resulta bajo, siendo este tipo de pago el más predominante. El pago de la participación de trabajadores, solo se aplica para aquellas empresas que son obligadas a llevar contabilidad.

PERÚ

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compensadas, establece diferentes niveles porcentuales de participación, según la actividad de la empresa, así:

8% => En las empresas mineras, comerciales y en los restaurantes 10% => pesqueras, industriales y telecomunicaciones

5 % => en el resto

El tope en el pago de utilidades en este país es de hasta 18 salarios mensuales, están excentas de pago las cooperativas, las instituciones sin fines de lucro y empresas con 20 trabajadores o menos.

VENEZUELA

En este país el reparto de participación trabajadores tiene un mínimo y un máximo, el mínimo, equivale a 15 días de salario es decir 4.16% del salario anual, este pago es aplicable a todas las empresas, incluso a las instituciones sin fines de lucro y las exentas a dar participación en los beneficios.

En cuanto al máximo, depende del número de trabajadores de las empresas: 50 trabajadores o más => cuatro meses de salario => 33% Salario anual 50 trabajadores o menos => dos meses de salario=> 16.7% Salario anual

Es decir que dicho pago para Venezuela, se transformó en un costo fijo dependiendo el valor de la participación del sector en que se desempeña en la empresa.

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43 EPÍGRAFE V

NECESIDAD DE LA PROPUESTA

El estudio sobre la forma de repartir el quince por ciento trabajadores en utilidades de la empresa, y en especial enfocarme en el cinco por ciento correspondiente a las cargas familiares, es el objetivo del presente trabajo, ya que varios han sido los casos en que los trabajadores han recibido cantidades excesivas por este concepto, mientras a los demás trabajadores de la misma empresa han recibido valores totalmente inferiores y desproporcionales, afectando así su derecho de igualdad y equidad, ya que tanto quienes tienen cargas laborales como quienes no, trabajan activamente para el crecimiento empresarial, por lo que con este trabajo se pretende mostrar una alternativa no para quitar dichos valores, sino tan solo para redistribuir del cinco por ciento correspondiente a las cargas familiares, limitando pago de valores excesivos a unos e insignificantes para otros.

DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO

La Constitución y nuestro Código de Trabajo, consagran el derecho que tienen las personas trabajadoras en el sector privado, de recibir un porcentaje de las utilidades que ha obtenido la empresa durante su ejercicio fiscal, por lo que el cumplimiento de este derecho adquirido por las luchas vividas por los trabajadores, es de cumplimiento obligatorio.

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44 DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONÓMICO

El quince por ciento participación trabajadores, no debe ser considerada como remuneración, pero si es un ingreso extra que recibe el trabajador por haber aportado con sus laborados al crecimiento de la empresa, por lo que con el cumplimiento de esta obligación por parte de los empleadores, inciden el crecimiento económico y familiar de cada uno de los trabajadores, brindándoles la oportunidad de mejorar de una u otra forma parte de su estilo de vida, con la obtención de ciertos bienes q normalmente no puede ser alcanzados por estas personas.

El crecimiento económico familiar o personal del trabajador, no solo le beneficia a este como tal, sino que también ayuda a mejorar la economía del país por la circulación del capital, incrementando la demanda, por ende la producción y la inversión.

DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL

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Si bien es cierto que las necesidades del trabajador con cargas familiares es superior a las del que no las posee, no con ello quiere decir q este último no tenga necesidades, ya que hoy en día por la misma realidad en la que vive el país, los jóvenes nos vemos obligados a trabajar y estudiar, tanto por la necesidad económica como también por la necesidad competitiva a la que nos enfrentamos al terminar una carrera y querer ingresar al mundo laboral.

El objetivo del cinco por ciento, es aportar a las familiar y velar por el interés de los niños, pero este objetivo se ve distorsionado cuando el valor que el trabajador recibe por este concepto es excesivo, ya que tan solo un porcentaje lo utilizará en su familia, mientras el resto será para satisfacer sus propias necesidades, más aun en hogares en donde marido y mujer trabajan en empresas en donde las utilidades son buenas y el personal con cargas familiares es escaso, se crearía una desigualdad no solo entre trabajadores sino también social ya que mientras unos pueden obtener y satisfacer en gran medida sus necesidades, otros trabajadores no pueden darse esos lujos, aun cuando han trabajado de igual manera en la empresa.

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46 CONCLUSIÓN PARCIALES DEL CAPÍTULO

Una serie de factores nacionales e internacionales tuvieron que pasar para que en nuestro país se positivase y se reconozca el derecho de los trabajadores, influenciando en el desarrollo del derecho laboral ecuatoriano, consecuencia de investigaciones de varios teóricos y recogidos por Marx en el siglo XIX, sobre los grandes grupos sociales y la lucha de clases, sobre el trabajo como relación activa y fundamental del hombre con la naturaleza, sobre la división del trabajo social, el intercambio de productos de trabajo, entre otros, dando como resultado varias normas que protejan a los trabajadores, entre ellas, que se graven con impuestos justos a las utilidades de las grandes empresas.

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47 CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación

La base de la presente investigación es la bibliográfica y la documental, ya que la fuente de la investigación son libros relacionados al tema, obteniendo información significativa para poder reforzar los objetivos propuestos.

Por lo que esta investigación pretende ser descriptiva, porque busca describir un problema que requiere ser resuelto por la sociedad; igualmente será cuali-cuantitativa ya que por medio de la investigación de campo se buscarán datos cuantificables que serán valorados para lograr una aproximación más precisa acerca dela inadecuada distribución del 5% participación trabajadores en utilidades de la empresa, correspondiente por cargas familiares en virtud a la vulneración de los derechos de los trabajadores a la igualdad y equidad.

Universo de la Investigación:

El universo de la presente investigación está compuesto por los abogados el libre ejercicio profesional de la ciudad de Ambato.

Población y Muestra:

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ESTRACTO POBLACIÓN MUESTRA

Abogados en libre ejercicio profesional 1300 93

TOTAL 1300 93

Tomaremos una muestra de los Abogados en libre ejercicio de la ciudad de Ambato utilizando la siguiente fórmula, la misma que permite obtener el tamaño de la muestra considerando una población finita.

N = Tamaño de la población E = Margen de error 0.1 % n = Tamaño de la muestra

1300

n= ————————————— (0.1)2 (1300-1) + 1

1300

n= —————————————— 0.01 (1299) + 1

n= 92,92 = Muestra (n) = 93

TIPOS DE INVESTIGACIÓN

INVESTIGACIÓN BIBLIOGRÁFICA.- Por cuanto la investigación requiere del contenido teórico y documental sobre temas laborales y de derechos, tomando como referencia los libros y documentos de varios estudiosos y tratadistas del tema.

INVESTIGACIÓN DE CAMPO.- Por cuanto el estudio se lo realiza en la provincia del Tungurahua aplicando encuestas.

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METODOLOGÍA, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS A EMPLEAR

MÉTODO INDUCTIVO - DEDUCTIVO.-Por cuanto con este método se pudo realizar un análisis exhaustivo de lo que sucede al momento de distribuir la participación trabajadores en utilidades de las empresas por cargas familiares, tomando en cuenta lo establecido en la ley y como ésta distribución vulnera los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores, consagrados en la Constitución y en los distintos cuerpos internacionales.

MÉTODO ANALÍTICO - SINTÉTICO.- De tal forma que pude hacer una auténtica valoración del objeto de transformación sobre los derechos de igualdad y equidad de los trabajadores, y cuyo incumplimiento perjudica en gran manera inclusive a otros derechos en el sistema laboral de nuestro país.

MÉTODO HISTÓRICO – LÓGICO.-Porque se puede analizar la relación causa-efecto de cada uno de los hechos analizados y comparar el pasado y el presente para encontrar una solución al problema planteado.

TECNICAS

La Encuesta.- Se preparó cuestionarios dirigidos a los abogados de la ciudad de Ambato.

INSTRUMENTOS

Referencias

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