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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL

CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO “MANTENIMIENTO,

REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE OFICINAS DE EMPLEO, CENTROS DE FORMACIÓN Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS DE VÍA LUSITANA 21, C/ GAMONAL Nº 79 Y PRINCESA 5, DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, CULTURA Y TURISMO”.

1.-OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de este Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir para la contratación de un servicio de Mantenimiento, Reparación y Conservación de Oficinas de Empleo, Centros de Formación y dependencias administrativas de Vía Lusitana nº 21, C/ Gamonal nº 79 y C/ Princesa nº 5 de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. Se excluye de la obligatoriedad del programa el mantenimiento de las instalaciones de Climatización, Aparatos Elevadores (Ascensores, Montacargas, Plataformas Minusválidos y de Carga), Control de Legionelosis y Plagas, Protección Contra Incendios y Jardinería.

2.- PLAZO

El plazo de ejecución es de DOS AÑOS, desde el 01 diciembre de 2013 hasta el 30 de noviembre 2015, estableciéndose la posibilidad de prorrogar, por mutuo acuerdo de las partes, conforme a los límites señalados en el artículo 303 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico.

3.- TRABAJOS A DESARROLLAR

La ejecución del contrato se hará de conformidad con las especificaciones técnicas de los fabricantes de los distintos equipos instalados y de acuerdo con las indicaciones y bajo la dirección de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Cultura y Turismo. Se incluyen en este contrato los trabajos de mantenimiento, conservación, reparación y/o sustitución de la totalidad de elementos constructivos, que integran los Oficinas de Empleo, Centros de Formación y dependencias administrativas de Vía Lusitana nº 21, C/ Gamonal nº 79 y Princesa nº 5 de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura que se relacionan en ANEXO I.

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En todos los trabajos realizados se deberá ponderar la sustitución de los elementos agotados o estropeados por nuevos repuestos que optimicen el consumo energético, especialmente en la sustitución de luminarias. La empresa adjudicataria revisará periódicamente ventanas, elementos de cerrajería con el fin de poder detectar y, corregir en su caso, pérdidas térmicas que supongan incrementos en el consumo de electricidad, también deberá revisar grifería y elementos de fontanería para detectar y, en su caso, corregir fugas de agua.

Estos trabajos consistirán, a título meramente indicativo, en:

1º Sustitución de tubos fluorescentes de distintos voltajes y medidas, reactancias y cebadores en los tubos instalados; lámparas incandescentes, de mercurio, halógenas, etc.; así como llaves, conmutadores, fusibles, diferenciales, magnetotérmicos, temporizadores, contactores, etc.

2º Reparación o sustitución de todos los elementos de cerrajería de puertas y ventanas, tanto exteriores como interiores y de los cierres, tanto de tijerilla cincada como de los de tipo panal, manuales o eléctricos.

Relación meramente indicativa de elementos de cerrajería y de madera:

• Cierres de tijerilla cincada en ventanas.

• Puertas exteriores de acceso, y de cortavientos metálicas, de aluminio o de vidrio templado, con sus correspondientes cerraduras de seguridad, muelles de cierre, bisagras, tiradores. Todas ellas compuestas de 2 hojas. • Puertas resistentes al fuego con sus correspondientes mecanismos de puerta automática y muelles.

• Ventanas metálicas, de aluminio o de PVC, tanto correderas como batientes u oscilo-batientes, con sus correspondientes elementos de cierre, bisagras y los que impiden su apertura desde el exterior.

• Puertas interiores de madera, con sus correspondientes cerraduras, tiradores, bisagras, muelles de cierre, condenas,…etc.

• Mamparas de melanina colgadas del techo, deslizables y escamoteables. • Cierres eléctricos de acceso de puertas, con sus correspondientes motores, cerraduras de anclaje y cerraduras especiales de subida y bajada. • Cierres eléctricos de protección de ventanas, con sus correspondientes motores, cerraduras de anclaje, pulsadores interiores de subida y bajada. • Puertas metálicas de acceso a recintos o garajes, con sus correspondientes cremalleras, cadenas, células fotoeléctricas, llaves especiales, mandos a distancia, etc.

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3º Mantenimiento y conservación de todas las instalaciones y elementos higiénico-sanitarios, instalaciones de abastecimiento de agua sanitaria fría y caliente y de evacuación de agua residuales.

4º Retirada y sustitución de los cristales y lunas deteriorados.

5º En general electricidad (Transformadores, Pararrayos, B.T. y A.T.), fontanería, albañilería, electromecánica, pintura, cerrajería, siempre que sea requerida la empresa adjudicataria mediante el correspondiente Parte de Avería.

6º Planificación y ejecución de las Revisiones e Inspecciones (a realizar por Organismo de Control Autorizado – OCA) Técnico Legales que marque la normativa vigente y aplicable. La contratación del Organismo de Control Autorizado - OCA se realizará por la empresa adjudicataria.

7º Programación y ejecución del mantenimiento preventivo de las instalaciones, realizando las necesarias puestas en marcha periódicas de aquellas instalaciones que sólo se utilicen en momentos singulares (grupos electrógenos, revisión anual de la puesta a tierra, etc..)

8º Se responsabilizará de las tareas de limpieza de máquinas, equipos e instalaciones con objeto de garantizar su mejor estado de presentación y conservación.

9º La Empresa Adjudicataria vendrá obligada a informar a la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de cualquier modificación que deba efectuar en sus instalaciones, como resultado de la aplicación de la normativa de carácter comunitario, nacional, autonómico o local, actualmente en vigor o que pueda aprobarse en el periodo de vigencia del presente contrato (NBE, REBT, ITIC, RITE, reglamentos de seguridad y salud laboral, etc.).

10º Así mismo, la Empresa Adjudicataria deberá comunicar a la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura cualquier defecto de las instalaciones o equipos que disminuya el rendimiento, produzca un mayor gasto energético o pueda ser motivo de una avería futura, o ponga en peligro la seguridad de las personas, debiendo presentar informe técnico y presupuesto para su corrección con la suficiente antelación.

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11º Las empresas licitadoras presentarán en el sobre 1, (sobre de documentación administrativa), el certificado de visita técnica a las instalaciones que se recogen en el ANEXO III del presente Pliego. En el caso de que la empresa licitante considere que para presentar su oferta no le es necesario realizar las visitas, aportará una declaración firmada por el representante de la misma, en la que renuncia al derecho a la visita y asume el estado de todas las instalaciones.

Las empresas licitadoras podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones técnicas en la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.

4.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE LOS TRABAJOS

La empresa adjudicataria realizará los trabajos correspondientes a la ejecución de éste contrato con sujeción a los criterios de calidad y los procedimientos establecidos en la norma UNE-EN-ISO 9001:2000.

1º El coste de la realización de los trabajos, tanto en instalaciones como en elementos constructivos de los edificios, se llevará a cabo íntegramente por la medición y valoración de las unidades de obra que se ejecuten, tomando como referencia las valoraciones contenidas en la Base de Datos de la Construcción de Madrid, que se puede consultar en la dirección www.madrid.org/BDCCM 2º En todos los casos, las operaciones de reparación tendrán como fin, restituir a sus condiciones originales, el elemento sobre el que se actúa, o modificación de aquellos que la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura estime oportuno para mejorar el funcionamiento de las instalaciones e infraestructuras.

3º La Consejería de Empleo, Turismo y Cultura se reserva el derecho de seleccionar y recuperar para su patrimonio, aquellos elementos constructivos o de las instalaciones, o los materiales que procedan de cualquiera de las sedes objeto del presente contrato, resultantes de operaciones de reparación o reforma, y que hayan de ser sustituidos por nuevas unidades de obra, sin que el ejercicio de este derecho, suponga indemnización alguna para el adjudicatario, que vendrá obligado a depositarlos sin posterior deterioro en el lugar que determine la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. El resto de los elementos o materiales retirados de los edificios y locales objeto de los trabajos, que no sean de interés para la Administración, serán retirados por el adjudicatario, cumpliendo la normativa vigente en materia de traslado, reciclaje

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y/o destrucción de residuos. Dichos costes serán siempre a cargo del adjudicatario.

4º En el caso de que a lo largo de la realización de algún trabajo de reparación, mantenimiento, etc., se observara la necesidad de su ampliación y encarecimiento del mismo una vez aprobado, será necesario presentar una relación detallada de los trabajos a acometer. Si por carecer de datos suficientemente contrastados, apareciese alguna partida alzada, se entenderá que ésta es con carácter orientativo en orden a la previsión, pero siempre será “a justificar” como consecuencia de su realización. Por lo tanto se liquidará de conformidad con las unidades realmente ejecutadas.

5.- ORGANIZACIÓN Y MEDIOS DEL ADJUDICATARIO

1º La empresa adjudicataria deberá disponer de todos los medios técnicos y humanos, en un régimen laboral de contratación normal o transitoria o en régimen de subcontratación con empresas, para una correcta ejecución de los trabajos y una organización adaptada a la naturaleza del presente contrato. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos la insuficiencia de plantilla a la que estas condiciones obligan, debiendo estar en disposición de puesta en servicio 24 horas al día, 365 días al año.

La empresa adjudicataria podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo y de los contratos basados en él, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 227 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la Empresa Adjudicataria asumirá la total responsabilidad de la ejecución de los contratos frente a la Administración. La Empresa Adjudicataria deberá comunicar al órgano de contratación la subcontratación de algún mantenimiento especializado, indicando las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, salvo si el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación.

Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento del subcontrato a celebrar, la Empresa Adjudicataria deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo

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60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista. La empresa adjudicataria podrá subcontratar el mantenimiento de las instalaciones que, por sus características técnicas requieran la realización de algún trabajo de mantenimiento con el servicio técnico oficial autorizado por los fabricantes, también se autoriza la subcontratación para aquellos trabajos que requieran una certificación especial de homologación, como en el caso de los Organismos de Certificación Autorizados (OCA). En ningún caso se podrá subcontratar el personal destinado a la ejecución del contrato.

2º La empresa adjudicataria designará a un responsable del servicio, que deberá tener titulación como mínimo de arquitecto técnico o ingeniero técnico, con experiencia probada de 3 años en un trabajo similar. Dicho responsable será el interlocutor con la Subdirección General Análisis, Organización y Desarrollo, por lo que en ningún caso la citada Subdirección General dará instrucciones al personal de la empresa adjudicataria sino que las dirigirá al responsable del servicio designado. Este responsable estará a disposición de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura con carácter de exclusividad como mínimo 7 horas al día, debiendo estar cubierto el horario de 8:00 a 15:00 h. En casos de emergencia, en los que la incidencia se tenga que resolver inmediatamente, se podrá exigir la presencia del técnico responsable y los operarios, aunque sea fuera del horario habitual de trabajo, por lo que dicho técnico deberá ser localizable 24 horas al día, 365 días al año y tendrá la capacidad y los medios para dar las instrucciones necesarias para la subsanación de la avería.

3º El personal que por su cuenta aporte o utilice el adjudicatario no tendrá vinculación alguna con la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura por lo que no tendrá derecho alguno respecto al mismo. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y por ende éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, a tenor de la legislación laboral y social, sin que en ningún caso pueda esgrimirse derecho alguno por dicho personal en relación con la Consejería, ni exigirse a ésta responsabilidad de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento o interpretación del contrato.

En ningún caso se producirá la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.

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7 SEGURIDAD Y SALUD DE LAS PERSONAS

En cumplimiento de la normativa de prevención de riesgo laborales y en concreto del RD 171/2004, de 30 de enero, o normativa que le sustituya. Se requerirá al empresario al inicio de la actividad la siguiente documentación:

- Certificación de haber realizado la evaluación de riegos y la planificación preventiva.

- Información acerca de riesgos inherentes a su actividad, así como de las medidas preventivas establecidas para los mismos.

- Certificación de haber formado a sus trabajadores en materia de los riesgos propios de su puesto de trabajo.

- Certificación de haber proporcionado a sus trabajadores la información acerca de los riesgos existentes en los centros objeto del contrato, una vez facilitada por la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.

- TC1 Y TC2 de los trabajadores que prestarán el servicio en las dependencias objeto de este contrato.

De igual manera, estará obligada a aplicar todas aquellas medidas que, en materia de Coordinación de Actividades Empresariales, sean establecidas durante la vigencia del contrato.

La empresa adjudicataria estará obligada a dotar al personal que utilice para la ejecución de los trabajos contratados de todos los medios de seguridad necesarios, protecciones colectivas y personales, en cumplimiento de la legislación vigente.

La empresa adjudicataria deberá informar, en el mismo día que suceda, sobre cualquier accidente o incidente ocurrido al personal de la empresa adjudicataria en la realización de trabajo y servicios de objeto de este contrato.

6.- MODO DE LLEVAR A CABO EL SERVICIO

1º Se atenderán exclusivamente los avisos dados por la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería. Salvo autorización expresa no atenderán llamadas o reclamaciones que provengan de otras dependencias del mismo.

2º Los trabajos se realizarán, con carácter general, dentro de las 24 horas siguientes a la comunicación del aviso de avería. A estos efectos, la empresa adjudicataria deberá comunicar a la Subdirección General de Análisis,

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Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura una dirección de correo electrónico destinada, exclusivamente, a la recepción de tales comunicaciones.

3º En todos los casos, en los que, por sus características, la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo, estime que es necesaria la actuación de la contrata fuera del horario normal de apertura de las sedes, incluso en días festivos, vendrá obligada la empresa adjudicataria a la realización de los mismos, en el horario y días que le sean indicados.

4º La empresa adjudicataria podrá, durante el periodo de vigencia del contrato, acceder a todas las instalaciones e infraestructuras cuyo mantenimiento es objeto de esta contratación, a los edificios y locales que las albergan y a aquellos otros donde deba desarrollar el mantenimiento contratado, debiendo informar de todo el personal adscrito a este contrato para su control de acceso. Además todo el personal deberá ir debidamente identificado tanto en vestimenta como con carnet de la Empresa a la que pertenece.

5º Siempre que sea posible la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura proporcionará a la empresa adjudicataria energía eléctrica, agua, etc.. Cuando ello no sea posible, la empresa adjudicataria deberá proveerse de los necesarios medios (grupo electrógeno, depósitos, …etc.).

6º Para efectuar las revisiones periódicas programadas la empresa adjudicataria deberá avisar a la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo del personal, el día y hora en que van a realizarse.

7º La empresa adjudicataria deberá aportar los manuales de usuario de funcionamiento de los sistemas necesarios para que se puedan llevar a cabo acciones sobre el referido sistema. Del mismo modo deberá dar la formación suficiente y necesaria para el funcionamiento y control de las instalaciones, al menos, para dos personas de la Subdirección General de Empleo, Turismo y Cultura.

8º La empresa adjudicataria deberá abrir un libro de mantenimiento por instalación, en el que deberán figurar todas las actuaciones que se realicen, tanto de mantenimiento preventivo como correctivo, u otras modificaciones, así como todas las observaciones necesarias para el buen uso de la instalación. Este libro deberá ser entregado debidamente actualizado a la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura 15 días antes de la finalización del contrato, sin perjuicio de que le sea requerida una copia del mismo cuando se considere necesario.

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9º Será por cuenta de la empresa adjudicataria todo el pequeño material: tacos de nylon y polietileno, regletas, arandelas, tuercas, tornillos, juntas, bridas y en general todo el pequeño material.

10º Será causa de resolución del contrato el incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el contrato.

7.- CONTROL DE EJECUCIÓN Y CALIDAD DE LOS TRABAJOS

1º Al objeto de establecer un control conjunto y un seguimiento estadístico de todas las actuaciones ejecutadas, la empresa adjudicataria entregará una relación detallada por edificios y locales de las mismas y su valoración en el mes anterior.

2º La ejecución de los trabajos objeto de este Pliego, estará sujeta al control de calidad que marque la ley y su costo se considerará incluido en el precio de la oferta.

Los trabajos además deberán ajustarse a la normativa de obligado cumplimiento de carácter comunitario, nacional, autonómico y local, actualmente en vigor o que pueda aprobarse durante el periodo de vigencia del contrato,

3º Los trabajos deficientemente ejecutados deberán ser rehechos por cuenta de la empresa adjudicataria, quien será, en todo caso, responsable ante terceros de los daños que pudieran producirse por tales deficiencias, sin perjuicio de las sanciones económicas que pudieran corresponderla.

8.- VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS

La valoración de los trabajos estará sujeta a las siguientes condiciones:

a) Mantenimiento preventivo: En el bloque A del ANEXO II se encuentran recogidas las operaciones de inspección y mantenimiento y los precios de facturación de las mismas, que incluirán los desplazamientos y la mano de obra necesaria para su ejecución así como el material necesario para el mantenimiento preventivo y, en general, todo el pequeño material, excluyéndose las piezas o recambio necesario para el mantenimiento correctivo

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b) Mantenimiento correctivo: Para realizar el cálculo de cada trabajo realizado, se utilizarán los precios recogidos en la base de precios de la construcción de la Comunidad de Madrid 2007,

Para los componentes no contemplados en esta base de datos, la empresa adjudicataria presentará un presupuesto por unidades. La Consejería de Empleo, Turismo y Cultura se reserva el derecho de aceptar este presupuesto o solicitar otros. En caso de que la Consejería obtenga de un proveedor o fabricante un precio más bajo que el ofertado por la empresa adjudicataria, ésta vendrá obligada a suministrarlo a la Consejería por dicho precio, facturándose después conforme a lo establecido en los apartados siguientes.

En el caso en los que un trabajo quede interrumpido temporalmente, por alguna causa justificada, en espera de algún material o de una solución adecuada, y previa autorización de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo, se establecerá un nuevo periodo para la reanudación del mismo. A los precios obtenidos conforme a lo dispuesto anteriormente se le sumará el precio por desplazamiento recogido en el bloque B del ANEXO II del presente pliego, obteniendo así el presupuesto de ejecución material, al que se aplicará el porcentaje que ofertase la empresa adjudicataria en la licitación.

Al precio así obtenido se le aplicará el IVA vigente en el momento de la facturación.

9.- MEDICIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS

El abono del trabajo ejecutado se efectuará mediante la expedición de certificación mensual. La empresa adjudicataria deberá presentar a la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo, antes del quinto día laborable de cada mes, la relación valorada de los trabajos realizados durante el mes anterior, independizando cada trabajo y edificios y locales en los que se han efectuado, según los avisos que se hayan producido.

La fecha de presentación de dicha relación valorada deberá quedar convenientemente registrada, y en caso de presentarse fuera del plazo anterior, se cursará como ejecutada en el mes siguiente. Cada trabajo irá acompañado del correspondiente Parte de Avería debidamente cumplimentado en todos sus apartados. Así mismo, obligatoriamente irá firmado por el Subdirector General de Análisis, Organización y Desarrollo o persona en quien este delegue, autorizando la ejecución del trabajo y posteriormente aprobando

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la ejecución del mismo y por el operario de la empresa adjudicataria que lo realizó.

La certificación de los trabajos ejecutados, se realizará según las siguientes normas:

Si la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo encuentra conforme la relación valorada y la factura, emitirá la certificación correspondiente, en el plazo reglamentariamente establecido, por el importe obtenido de aplicar a la medición de las obras, los precios correspondientes, tal y como establece el apartado 8 de este Pliego de Condiciones Técnicas.

El importe mensual de las cantidades parciales certificadas se entenderá en su caso provisional y sujeto a la liquidación total de los trabajos, que se realizará a la finalización de los mismos mediante medición conjunta de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura y de la Empresa Adjudicataria.

10.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Los posibles daños de carácter físico o material, así como las indemnizaciones que pudieran producirse a terceros en el ejercicio de las tareas recogidas en el presente Pliego de Prescripciones, deberán encontrarse cubiertos por la Empresa Adjudicataria mediante la correspondiente póliza de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 2.500.000 €, deberá aportarse a la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura copia de la póliza a la formalización del contrato.

Madrid, 5 de marzo de 2013

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ANÁLISIS, ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO

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12 ANEXO I

Oficinas de Empleo de Madrid municipios O.E. Águeda Díez – Plaza Águeda Díez, 4 - 28019 Madrid

O.E. Aluche - Calle Illescas, 189-191 – 28047 Madrid

O.E. Alcalá I A (Área de prestaciones) – Avenida de Guadalajara, 2 – 28805 Alcalá de Henares O.E. Alcalá I B (Área de empleo) – Avenida de Guadalajara, 4 – 28805 Alcalá de Henares O.E. Alcalá II - Plaza de Navarra, s/n - 28804 Alcalá de Henares

O.E. Alcobendas - Calle Valportillo Primera, 22 - 28108 Alcobendas O.E. Alcorcón I - Calle Cáceres, 20 - 28921 Alcorcón

O.E. Alcorcón II - Calle Porto Lagos, 13 - 28924 Alcorcón

O.E. Aranjuez - Calle Infantas, 81 esquina calle Foso - 28300 Aranjuez O.E. Arganda del Rey - Calle Valdearganda, 6 - 28500 Arganda del Rey O.E. Colmenar Viejo - Avenida Padre Claret, 17 - 28770 Colmenar Viejo

O.E. Collado Villalba A (Área de empleo) - Calle Piedrahita, 42 - 28400 Villalba

O.E. Collado Villalba B (Área de prestaciones) – Avda. Juan Carlos I nº 35 - 28400 Villalba O.E. Coslada - Calle Doctor García Ortiz nº 1 – 28850 Coslada

O.E. Fuenlabrada - Avenida de las Provincias, s/n - 28941 Fuenlabrada

O.E. Getafe I - Calle San José de Calasanz nº44 esquina c/ Carabanchel, 15 - 28901 Getafe O.E. Getafe-CEFAT - Avenida Arcas del Agua, s/n - 28905 Getafe

O.E. Leganés I – C/ Jesús Miguel Haddad Blanco, 18 - 28914 Leganés

O.E. Leganés II - Calle Rey Pastor, 48 (P.I. Ntra Sra. de Butarque) 28914 Leganés O.E. Majadahonda - Ronda El Carralero, 21 - 28220 Majadahonda

O.E. Móstoles I A (Área de empleo) - Calle Pintor Velázquez, 57- 28935 Móstoles O.E. Móstoles I B (Área de prestaciones) - Calle Pintor Velázquez, 61 - 28935 Móstoles O.E. Móstoles II – Calle Daoiz 17 esquina calle Sevilla - 28931 Móstoles

O.E. Parla - Calle San Blas, 31 - 28980 Parla

O.E. Pinto - Callejón de San Pedro nº 6 - 28320 Pinto

O.E. S. Sebastián de los Reyes - Calle Isla del Hierro, 7 – 28703 S. Sebastián de los Reyes O.E. Torrejón - Calle Juan XXIII nº 6, 8 y 10 - 28850 Torrejón de Ardoz

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Oficinas de Empleo Madrid capital

O.E. Águeda Díez – Plaza Águeda Díez, 4 - 28019 Madrid O.E. Aluche - Calle Illescas, 189-191 – 28047 Madrid

O.E. Argüelles – Calle Evaristo San Miguel, 8 - 28008 Madrid O.E. Atocha – Calle Méndez Álvaro, 7 - 28045 Madrid

O.E. Barrio de la Concepción - Calle Virgen del Puig, 5 - 28027 Madrid

O.E. Barrio del Pilar - Calle Camino de Ganapanes, nº 33 Posterior -28035 Madrid O.E. Ciudad Lineal - Calle Miguel Yuste, 21 - 28037 Madrid

O.E. Estrecho-Azca - Plaza Pablo Ruiz Picasso, s/n - 28020 Madrid O.E. Goya - Calle General Pardiñas, 5 - 28001 Madrid

O.E. Legazpi – Paseo de las Acacias, 23 - 28005 Madrid

O.E. Moratalaz - Calle Hacienda de Pavones, s/n - 28030 Madrid O.E. Nueva Numancia - Calle Pico de Almanzor, 6 - 28038 Madrid O.E. Prosperidad - Calle Canillas, 104 - 28002 Madrid

O.E. Puerta del Ángel - Glorieta del Puente de Segovia, 3 - 28011 Madrid

O.E. Sanchinarro A (Área de empleo) - Calle Alcalde Conde de Mayalde, 27 - 28050 Madrid O.E. Sanchinarro B (Área de prestaciones) - Calle Alcalde Conde de Mayalde, 23 - 28050 Madrid O.E. San Isidro – Calle Tejares, 2-4 – 28019 Madrid

O.E. Usera - Calle San Antonio de Padua, 15 28026 Madrid

O.E. Vallecas-Santa Eugenia – Avenida Santa Eugenia, 14 28031 Madrid O.E. Villaverde A (Área de empleo) – Calle Salsipuedes, 7 – 28021 Madrid

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Centros de Formación para el Empleo

1. C.F. Fuencarral El Pardo

Ctra. De Colmenar Viejo Km. 13,800 - 28049 – Madrid 2. C.F. Getafe

Avda. Arcas del Agua, s/n (Sector 3) - 28905 – Getafe 3. C.F. Leganés

Paseo de la Ermita, nº 17 - 28914 - Leganés 4. C.F. Paracuellos del Jarama

Finca Tirabuey, s/n. 28860 Paracuellos del Jarama 5. C.F. Moratalaz

Hacienda de Pavones, nº 350 - 28030-Madrid

Sedes administrativas

1. Sede ubicada en calle Princesa nº 5 28008 Madrid 2. Sede ubicada en Vía Lusitana nº 21 28025 Madrid

3. Almacén calle Gamonal nº 79, locales 8, 9, 11, 12, 13 y 14 28031 Madrid

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15 ANEXO II

CONCEPTO € Sin IVA

BLOQUE A

Revisión de centro de transformación con corte de energía según RD 3275/1982, incluyendo cuando corresponda acompañamiento con la OCA para la inspección del centro

748,80 €

Revisión de cuadro general de baja tensión en los centros de Formación ocupacional y dependencias administrativas de Vía lusitana nº 21.

197,60 €

Termografía de cuadros eléctricos 174,72 € Revisión de cuadros secundarios de los CFO que

designe la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura y cuadros generales de baja tensión o distribución de las oficinas de empleo así como de otras dependencias menores (por cuadro)

72,80 €

Revisión de cuadros secundarios de OE que designe la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura así como de otras dependencias menores (por cuadro)

52 €

Revisión mensual de grupo electrógeno en las

condiciones que manda fabricante incluyendo arranques mensuales cambios de filtros, aceite cuando

corresponda incluyendo cuando corresponda de acuerdo a normativa, revisión y verificación de la instalación fija de depósito de gasóleo de 1500 l con cubeto

72,80 €

Acompañamiento a Oca para la elaboración de dictamen por inspección correspondiente (Centro de Formación o dependencias administrativas de Vía lusitana nº 21)

197,60 €

Acompañamiento a Oca para la elaboración de dictamen por inspección correspondiente (Oficina de Empleo y otros locales)

104 €

Revisión de batería de condensadores incluyendo medición y calculo de rendimiento y optimización de la misma

98,80 €

Engrase de 1 a 4 unidades de puertas automáticas, peatonales o de vehículos y cierres eléctricos, por centro.

36,40 €

BLOQUE B

Desplazamiento i/v de equipo de 2 operarios con

furgoneta a cualquier edificio o local de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

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16 ANEXO III

CERTIFICADO DE VISITA TÉCNICA

(Cláusula 3ª del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares).

D. Paio Ucieda Tena, Jefe de Área de Patrimonio y Gestión Económica de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid,

CERTIFICA que la empresa

ha realizado las visitas técnicas en las sedes de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, recogidas en el control de visitas adjunto, para el objeto DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE OFICINAS DE EMPLEO, CENTROS DE FORMACIÓN Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS DE VÍA LUSITANA 21, C/ GAMONAL Nº 79 Y PRINCESA 5, DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, CULTURA Y TURISMO.

Y para que conste, a los efectos de participar en la licitación convocada al efecto, se expide el presente en Madrid, a

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CONTRATO

SERVICIO DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE OFICINAS DE EMPLEO, CENTROS DE FORMACIÓN Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS DE VÍA LUSITANA 21, C/ GAMONAL Nº 79 Y PRINCESA 5, DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, CULTURA Y TURISMO

EMPRESA QUE VISITA LAS INSTALACIONES:

________________________________________________________________________________________

Para concertar la visita a las dependencias objeto de contrato, los interesados podrán contactar con la persona responsable de la Subdirección General de Análisis, Organización y Desarrollo, en el nº de teléfono: 91 720 84 69

CF GETAFE

Sello y/o firma de la Dirección del Centro de Formación

O.E. GETAFE II

Sello y/o firma de la Dirección de la Oficina de Empleo

O.E. Bº DEL PILAR

Sello y/o firma de la Dirección de la Oficina de Empleo

CF MORATALAZ

Sello y/o firma de la Dirección del Centro de Formación

VÍA LUSITANA, 21

Sello y/o firma del Jefe del Área de Patrimonio y Gestión Económica

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