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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Sede Bogotá

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Sede Bogotá

CONTRATO No. 034 DE 2010

SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y LA FUNDACiÓN ESCUELA DE MUSICA

y

AUDIO FERNANDO SOR

Entre los suscritos, por una parte, LUCY BARRERA ORTIZ, vecina y residente de Bogotá, identificada con cédula de ciudadanfa Número 41'666.267 de Bogotá, en calidad de Directora de Bienestar de LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, Sede Bogotá, ente universitario autónomo de orden nacional, identificado con el NIT No. 899999063-3 debidamente delegada para contratar de conformidad con la Resolución de Rectorfa No 1952 de 2008, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, de una parte y de otra, EDlLSON GÓMEZ LAGOS, identificado con cédula de ciudadanía 79.319.591 de Bogotá, en su calidad de Representante Legal de LA FUNDACiÓN ESCUELA DE MUSICA

y

AUDIO FERNANDO SOR, identificada con N.I.T No. 900051176, entidad sin ánimo de lucro y domiciliada en Bogotá, inscrita en Cámara de Comercio el 20 de octubre de 2005 bajo el número 00090910 del libro 1,quien en adelante se denominará EL ARRENDATARIO, teniendo en cuenta que mediante circular No. 026 de 21 de octubre de 2009, la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa de LA UNIVERSIDAD estableció que por virtud de la autonomía universitaria, y según concepto de la Oficina Jurfdica Nacional No. 059 de 28 de septiembre de 2009, se exceptúan de la restricción a la contratación pública por Ley de garanUas Electorales, los siguientes bienes o servicios por selección directa: "e. Cuando se trate de arrendamiento de inmuebles o de espacios flsicos.". hemos convenido celebrar el presente contrato de arrendamiento, atendiendo las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: LA UNIVERSIDAD entrega a titulo de arrendamiento los campos de fútbol, en las franjas de horario y días establecidos en la programación de la División de Recreación y Deportes (Cuadro de programación que se anexa y que hace parte integral del presente contrato). EL ARRENDATARIO recibe en la misma forma los siguientes Escenarios Deportivos: Campos de Futbol, los cuales se encuentran dentro del predio ubicado en la carrera 30 No 45-03 - del Campus de la Ciudad Universitaria de la Ciudad de Bogotá D.C. PARÁGRAFO PRIMERO- DESTINACiÓN ESPECíFICA: Los bienes inmuebles objeto de este contrato serán destinados única y exclusivamente para la realización de eventos deportivos asf: veintiocho (28) horarios en Campos de Futbol durante el periodo comprendido entre la fecha del acta de entrega y hasta el28 de mayo de 2010, según relación de programación, la cual forma parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO.- En el evento de cambio de la programación, la modificación se autorizara por el funcionario que realice la supervisión del contrato por parte de LA UNIVERSIDAD, mediante comunicación motivada que dirigirá al ARRENDATARIO. Cualquier modificación de programación deberá reportarla el ARRENDATARIO de manera escrita con cinco (5) días hábiles de antelación, de otra manera incurrirán en la sanciones y multas estipuladas por LA UNIVERSIDAD. SEGUNDA.- DURACiÓN y EJECUCiÓN: La duración del contrato comprenderá el plazo de ejecución más dos (2) meses. La ejecución del contrato comprenderá desde la suscripción del acta de entrega de los escenarios deportivos que de cuenta del inicio de la primera actividad a realizar por el ARRENDATARIO y máximo hasta el 28 de mayo de 2010. los eventos deportivos se llevarán a cabo de conformidad con la programación anexa, los días que se estipulen por el Supervisor y EL ARRENDATARIO. PARÁGRAFO - ENTREGA: La entrega de los bienes inmuebles objeto del presente Contrato se realizará semanalmente de conformidad con '~

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CONTRATO DEARRENDAMIENTO No. 034 DE 2010

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - LA FUNDACiÓN ESCUELA DE MUSICA yAUDIO FERNANDO SOR

programación acordada relacionada en las planillas de préstamo, copia de las cuales se enviarán a la División de Vigilancia de LA UNIVERSIDAD Y vía fax o correo electrónico al

ARRENDATARIO. Los escenarios deportivos serán devueltos por EL ARRENDATARIO inmediatamente a laterminación de cada uno de los horarios pactados en la programación anexa. TERCERA. - VALOR DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales el valor total del contrato se estima en la suma de TRES MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS PESOS ($ 3.124.800), el cual incluye 28 horarios de campos de futbol, cada uno a un valor de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS PESOS ($111.600). CUARTA. - FORMA DE PAGO: EL ARRENDATARIO se obliga a pagar a LA UNIVERSIDAD la suma anteriormente estipulada, en un único pago de acuerdo con los horarios utilizados, asf: el día

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de marzo de 2010, de conformidad con la cuenta de cobro que LA UNIVERSIDAD presente al ARRENDATARIO, los cuales deberán ser consignados en lacuenta de ahorros Banco Davivienda No 00770029221-7 referencia 1, 20051847 Y referencia 2 NIT institucional del contratista, y

presentar el original del desprendible de consignación a la División de Recreación y Deporte. QUINTA.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: Son obligaciones de la UNIVERSIDAD, 5.1) Permitir al ARRENDATARIO el uso del espacio durante el término de ejecución establecido en la cláusula segunda del presente contrato. 5.2) Suministrar al ARRENDATARIO la información

indispensable

y

oportuna que este requiera, siempre que la misma guarde relación con el objeto del presente contrato. 5.3) Informar oportunamente al ARRENDATARIO sobre las posibles anomalías que se estén presentando en el cumplimiento del contrato y que puedan ser atribuibles al ARRENDATARIO, para que ésta rinda las explicaciones del caso o efectúe los correctivos

necesarios. 5.4) Entregar el bien objeto del contrato en las oportunidades estipuladas y en el

estado en que se encuentre, según se hará constar en el acta de entrega, en la forma establecida en el parágrafo de la cláusula segunda .5.5) Asumir el mantenimiento de los espacios para que estos permanezcan en condiciones adecuadas. SEXT A.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: Son obligaciones del ARRENDATARIO: 6.1) Efectuar el pago conforme lo estipulado en la cláusula cuarta del presente contrato. 6.2) Tomar las medidas de seguridad

necesarias para la conservación del inmueble, debiendo en todo caso responder por los perjuicios ocasionados por la inobservancia de estas medidas. 6.3) Usar el bien objeto del contrato con

diligencia

y

cuidado,

y

restituirlo a las autoridades competentes de la UNIVERSIDAD dentro del

plazo estipulado en el presente contrato. Es entendido que los gastos que se ocasionen por reparaciones derivados de daños causados durante el tiempo en que el ARRENDATARIO tiene a su disposición losescenarios serán asumidos y pagados por éste, con la sola presentación de las respectivas facturas por parte de la UNIVERSIDAD. 6.4) En caso de requerirse, tramitar ante las autoridades competentes los permisos

y

autorizaciones requeridas para realizar los partidos

y

entregar copia de ello a la Dirección de Bienestar de Sede de la Universidad. En caso que no sean otorgados dichos permisos por culpa o negligencia del ARRENDATARIO, o cualquier otra causal

legal señalada por las autoridades competentes, LA UNIVERSIDAD queda liberada de sus obligaciones y exonerada de reconocimientos o indemnización alguna a favor de EL ARRENDATARIO. 6.5) Entregar el escenario deportivo en las mismas condiciones de aseo en que le fue entregado por LA UNIVERSIDAD, una vez culminados los partidos (o las prácticas

deportivas o los eventos para lo cual fueron entregados). 6.6) Conservar los bienes materia del contrato, salvo su deterioro natural por uso y goce legitimo del mismo. 6.7) Adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de todas las personas asistentes a los eventos, y al bien objeto del contrato. Igualmente tomará las medidas necesarias para prevenir accidentes

personales y daños a la propiedad de terceros, tanto dentro de los escenarios, como en las áreas de acceso a los mismos. 6.8) Establecer todas las medidas necesarias para: a) No ingresar al Campus nipermitir laentrada a los escenarios objeto del presente contrato de bebidas alcohólicas y narcóticas. b) No ingresar al Campus ni permitir el ingreso a los escenarios objeto del presente

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CONTRATO DEARRENDAMIENTO No. 034 DE 2010

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - LA FUNDACIÓN ESCUELA DE MUSICA yAUDIO FERNANDO SOR

ARRENDATARIO se hallan incursos en las causal es de inhabilidad, incompatibilidad ni

prohibiciones previstas en la ley, y serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que

se deriven de causales antecedentes o sobrevinientes. UNDECIMA.- GARANTíAS: EL

ARRENDATARIO se compromete a constituir a su costa y a favor de la UNIVERSIDAD en una

compañía de seguros legalmente establecida en Colombia cuyas pólizas matrices estén

aprobadas por la Superintendencia Financiera de Colombia de conformidad con las disposiciones

legales, Garantía única que ampare: 11.1} Cumplimiento de todas sus obligaciones contractuales y

legales inherentes alpresente contrato, en cuantfa equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por la duración del mismo y seis (6) meses más, contados a partir de lafecha de suscripción del contrato. 11.2} Salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: En

cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y por el término de su

duración prorrogable por tres años (3) contados a partir de la fecha de suscripción del mismo.

11.3) DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Que ampare a la UNIVERSIDAD

frente a los daños ylesiones que se causen a bienes, a terceros

y

las demás indemnizaciones que

se pueden causar con objeto de la ejecución del contrato, con valor asegurado de UN MILLÓN

QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($1.562.400) la cual deberá

contener como mínimo los siguientes amparos: A} Básico (predios, labores y operaciones), B) Amparo de responsabilidad civil patronal y C} Gastos médicos yhospitalarios, éstos últimos deben

tener un sublímite de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 781.200)

por persona. Dicho amparo deberá operar sin deducible. Los demás amparos deberán operar con

un deducible máximo del diez por ciento (10%) del valor del siniestro, mínimo 2 SMLMV. La

vigencia de esta póliza deberá ser por el término de duración del contrato y seis (6) meses más.

PARÁGRAFO.- Las garantías se repondrán o modificarán cuando fuere necesario, a juicio de LA

UNIVERSIDAD, o por cualquier causa que implique modificación del valor o del término de

ejecución del contrato. DUODÉCIMA.- CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD, podrá declarar la

caducidad del presente contrato por el incumplimiento de las obligaciones de EL

ARRENDATARIO. Una vez en firme la correspondiente resolución, se liquidará el presente contrato y se harán efectivas por la vía ejecutiva, las garantías y la cláusula penal pecuniaria.

DECIMOTERCERA.- CESiÓN: Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no

podrán cederse a ningún titulo sin la autorización previa yescrita de la UNIVERSIDAD, pudiendo ésta

reservarse losmotivos que tenga para negar su autorización. DECIMOCUARTA.- SANCIONES

PECUNIARIAS: 14.1} MULTAS: Las partes acuerdan que en caso de mora o retardo en el

cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato a cargo del

ARRENDATARIO y como apremio

y

para que las atienda oportunamente, el ARRENDATARIO

pagará a favor de la UNIVERSIDAD, multas equivalentes al cero punto cero uno por ciento

(0.01%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, sin

que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el veinte por ciento (20%) del valor total del

mismo. Esta suma podrá ser descontada de los valores que por cualquier concepto LA

UNIVERSIDAD le adeude al CONTRATISTA o tomada de la garantía constituida a favor de la

UNIVERSIDAD; si esto no fuera posible se cobrará por jurisdicción coactiva sin perjuicio de las

demás sanciones a que hubiere lugar. No habrá lugar a la imposición de multas cuando la mora o

el incumplimiento se deban a caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y aceptadas por la UNIVERSIDAD. 14.2)PENAL PECUNIARIA: Si EL ARRENDATARIO no diera cumplimiento

en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, pagará a la

UNIVERSIDAD hasta elveinte por ciento (20%) del valor del contrato, como estimación anticipada

de perjuicios sin que lo anterior sea óbice para que la UNIVERSIDAD haga exigibles las multas a

las que haya lugar y/o declare la caducidad del contrato. Suma que podrá ser descontada de los

valores que por cualquier concepto LA UNIVERSIDAD le adeude al ARRENDATARIO o tomada

de la garantía consti~uida a favor de la UNIVERSIDAD, si esto no fuere posible se cobrará por la

t.,

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 034 DE 2010

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pueda ser utilizado para causar daño o perturbaciones. 6.9) Restituir los escenarios deportivos

inmediatamente a la finalización de los horarios programados. 6.10) Designar al Coordinador que

servirá de enlace con LA UNIVERSIDAD. 6.11)En cumplimiento de los dispuesto en el parágrafo

del artículo 10 de la Ley 828 de 2003, EL ARRENDATARIO deberá efectuar el pago oportuno de

sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de

Compensación Familiar, Sena e ICBF). El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la

imposición de multas sucesivas, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada

conforme a los estipulado en la cláusula de Multas. La persistencia en el incumplimiento de esta

obligación por parte del ARRENDATARIO, dará lugar a LA UNIVERSIDAD para aplicar la cláusula

de caducidad Administrativa. 6.12) EL ARRENDATARIO declara no ser responsable fiscal en

virtud de lo dispuesto en la Ley 610 de 2000. PARÁGRAFO PRIMERO PROHIBICIONES AL

ARRENDATARIO: se abstendrá de las siguientes acciones: 1) Realizar perforaciones en la

gramilla o a la superficie del escenario deportivo, zonas verdes o duras aledañas al mismo, o

cualquier alteración ala planta flsica propia del escenario 2) Utilizar los escenarios deportivos para

fines diferentes a los previstos en el presente contrato, 3) En ningún caso y por ninguna

circunstancia podrá EL ARRENDATARIO subarrendar los escenarios deportivos o parte alguna

de los mismos. 4) Autorizar, permitir o tolerar que se guarden sustancias explosivas o perjudiciales

para la conservación salubridad e higiene del los escenarios deportivos. 5) Las demás contenidas

en la Resolución de Rectoría No. 766 de 2004. PARÁGRAFO SEGUNDO.- RESPONSABILIDAD

DEL ARRENDATARIO: EL ARRENDATARIO responderá civilmente de conformidad con las

prohibiciones y responsabilidades adquiridas contractual mente y sus representantes responderán

penalmente por sus acciones y omisiones en los términos de ley. PARÁGRAFO

TERCERO.-RESPONSABILIDAD DE LOS BIENES: EL ARRENDATARIO será responsable de la pérdida o

deterioro de los bienes que conforman el espacio arrendado, salvo el deterioro por uso normal, la

pérdida o daño por caso fortuito o fuerza mayor. SÉPTIMA. - ACCESO AL (LOS) ESCENARIO(S)

DEPORTIVOS: Los usuarios de los escenarios deportivos, ingresarán, por las entradas del

Campus Universitario, ubicadas en la carrera 45, calle 26, calle 53, Cra. 50.

OCTAVA.-RESERVA DE DERECHOS: LA UNIVERSIDAD se reserva en forma exclusiva la facultad de

utilizar los espacios exteriores e interiores del bien que considere conveniente para actividades o

eventos propios de la División de Recreación y Deportes. NOVENA. - SUPERVISION

y

COORDINACiÓN: Durante la ejecución del presente contrato la supervisión del mismo se

encontrará en cabeza del Jefe de la División de Recreación y Deportes oquien éste delegue, por

la UNIVERSIDAD. Por su parte de EL ARRENDATARIO designara un coordinador quien será el

responsable, ante LA UNIVERSIDAD de velar por el desarrollo, ejecución, y terminación del

contrato. PARÁGRAFO PRIMERO.- Corresponde al supervisor, además de las funciones que se

deriven de la naturaleza y esencia propias del presente contrato, supervisar, fiscalizar, revisar

y

verificar el planeamiento y ejecución del mismo, para lo cual desempeñará las siguientes

funciones principales: 9.1) Verificar que el ARRENDATARIO cumpla con el objeto del contrato

dentro del término estipulado para tal fin. 9.2) Emitir concepto sobre: a) adiciones; b)

reclamaciones; c) suspensiones. d) prórrogas, e) modificaciones, f) garantías constituidas. 9.3)

Realizar todas las actividades que considere necesarias, tendientes a asegurar que el

ARRENDATARIO cumpla con las obligaciones pactadas. 9.4) Elaborar y suscribir las actas de

inicio, de entrega,

y

recibo a satisfacción del espacio arrendado

y

de sus inventarias. 9.5) Elaborar

y dar visto bueno al acta de liquidación final del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO.- El hecho de

cambio de supervisor no requerirá modificación del contrato y éste se asumirá mediante

comunicación al nuevo supervisor designado por parte de la Dirección de Bienestar de la Sede,

previa recomendación que haga la Dirección de la División de Recreación y Deportes.

DÉCIMA.-INHABILlDADES, INCOMPATIBILIDADES

y

PROHIBICIONES. El Representante Legal del

ARRENDATARIO declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma

de este contrato, que éste ni él, ni los demás miembros de la Junta Directiva de EL

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 034 DE 2010

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establecido en el Manual de Convenios y Contratos de LA UNIVERSIDAD. DÉCIMA QUIN

TA.-DECLARACIONES: EL ARRENDATARIO declara conocer perfectamente la naturaleza jurldica

del presente contrato, su contenido, las normas legales que leson aplicables, los riesgos y costos

que implica la utilización de los bienes objeto del presente contrato, las normas de higiene,

seguridad, vigilancia, etc., propias e inherentes que se exigen para la ejecución del presente

contrato. DECIMOSEXT A.- SUSPENSiÓN TEMPORAL: Las circunstancias de fuerza mayor o caso

fortuito que sobrevengan a las partes contratantes, darán derecho a la ampliación del plazo

contractual por un tiempo igual al que hayan durado tales circunstancias, siempre y cuando se

manifiesten por escrito y en forma oportuna a la otra parte los hechos y/o circunstancias que los

constituyen. En caso de que sean considerados jurldicamente como tales, se realizará un acta de

suspensión del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO.-EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD: Cuando

por eventos de fuerza mayor o caso fortuito en donde sea necesario el cierre parcial o total de la

UNIVERSIDAD; por razones de seguridad, ésta se reservará el arrendamiento de los escenarios deportivos yse eximirá de toda responsabilidad, hasta cuando el infortunio cese, de común acuerdo

entre las partes los horarios no utilizados bajo estas circunstancias serán reprogramados por el Jefe

de Grupo de la División de Recreación y Deportes. DECIMOSEPTIMA.- INTERPRETACiÓN,

MODIFICACiÓN, TERMINACiÓN Y LIQUIDACiÓN UNILATERALES. Cuando surjan motivos que

hicieren necesaria laInterpretación, Modificación, Terminación o Liquidación Unilaterales del presente contrato, LA UNIVERSIDAD dispondrá de las facultades excepcionales al derecho común y dará aplicación a lo previsto en sus normas internas y en la ley. DECIMO OCTAVA.- IMPUESTOS GASTOS Y LICENCIAS: Los impuestos, gastos y licencias que se causen con ocasión de la celebración del contrato, su desarrollo y terminación estarán a cargo de EL ARRENDATARIO.

DECIMONOVENA.-LlQUIDACIÓN: El presente contrato deberá liquidarse a más tardar dentro de los

cuatro (4) meses siguientes a su vencimiento y en todo caso en los plazos previstos en el Manual de Convenios y Contratos. VIGESIMA.- EXCLUSiÓN DE RELACiÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales por parte de la UNIVERSIDAD, respecto del personal que EL ARRENDATARIO vincule para la ejecución del mismo. VIGÉSIMA PRIMERA. -SOLUCiÓN DE CONTROVERSIAS. La UNIVERSIDAD y EL ARRENDATARIO, buscarán solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias que surjan de laactividad contractual y para el efecto, acudirán al empleo de mecanismos de conciliación, amigable composición y transacción o cualquier forma extrajudicial. VIGÉSIMA SEGUNDA.- PERFECCIONAMIENTO

y

EJECUCiÓN: El presente contrato se perfecciona con lafirma de las partes ypara su ejecución se

requerirá: 22.1) Constitución y aprobación de las garantlas estipuladas en la cláusula undécima

del presente contrato. 22.2) Suscripción del acta de entrega de los escenarios deportivos, que de cuenta del inicio de la primera actividad a realizar por ELARRENDATARIO. Una vez cumplidos los requisitos de legalización, deberá ser publicado en la página Web de LA UNIVERSIDAD, obligación a cargo de la Sección de Contratación de la Sede, conforme a las previsiones del Manual de Convenios y Contratos adoptado por la Resolución de Rectorla No. 1952 de 2008. VIGÉSIMA TERCERA.- DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato 23.1) Resolución de Rectorla No. 766 de 2004. 23.2) La Garantfa única a la que hace referencia la cláusula undécima del contrato. 23.3) La programación de franja de horarios para el préstamo de

escenarios deportivos. VIGÉSIMA CUART A.- DOMICILIO: para todos los efectos legales y

fiscales se fija como domicilio la ciudad de Bogotá D.C. Para constancia de lo anterior se firma por

las partes alos ~

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~ LUCY BARRERA ORTIZ

~ Directora de Bienestar -Sede Bogotá Universidad Nacional de Colombia.

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EDILSON GÓMEZ LAGOS

Representante Legal

Fundación Escuela de Música y Audio Fernando Sor

Referencias

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