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ESQUEMA CORTES GENERALES[1]

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ESQUEMA GENERAL DE

LAS CORTES GENERALES (66-96)

REGULACIÓN FUNCION (ARTÍCULO 66) DEBERES (ARTICULO 67) 1. Título III de la CE  tres capítulos 

♣ Las cámaras (66-80) ♣ Elaboración de las leyes (81-92)

♣ Tratados internacionales (93-96)

♣ Representan al pueblo español

♣ Ejercen la potestad legislativa del Estado ♣ Aprueban presupuestos

♣ Controlan el gobierno ♣ Son inviolables 2. Reglamento Congreso 10/feb/1982 // 3. Reglamento Senado 3/ Mayo/1991

ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DE LAS CCGG CONGRESO

Artículo 68

(“Cámara Baja”)

Principio que rige elección diputados Proporcional

Compuesto de 350 diputados (300-400)

La circunscripción electoral es la provincia.

Ceuta y Melilla  1 Diputado.

La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población  Sistema D’Hondt  artículo 161 LOREG  LEY 5/1985 REGIMEN ELECTORAL GENERAL

Duración  4 años  elecciones entre 30-60 días tras disolución  convocatoria nuevo congreso  25 días

SENADO Artículo 69

(“Cámara alta”)

Principio que rige elección senadores Proporcional Actualmente 259 Senadores

Cámara de representación territorial.

En cada provincia 4 Senadores (elegidos por mayoría  artículo 166 LOREG 

En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas:

-

3 a cada una de las islas mayores -Gran Canaria, Mallorca y Tenerife

-

1 a cada una de las siguientes islas: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas 2 Senadores.

Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio  designación Asamblea Legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma.

Duración  4 años  disolución conjunta o separada del Congreso  siempre conjunta en los art. 99-115.

INCOMPATIBILIDAD Y ESTATUS DE LOS DIPUTADOS Y SENADORES

INELEGIBILIDAD

Artículo 70

No se pueden elegir como diputados o senadores:

A los componentes del TC

A los altos cargos de la administración ( como excepción; los miembros del gobierno) Al defensor del pueblo

A magistrados, jueces y fiscales en activo A militares en activo

A miembros de juntas electorales

PRIVILEGIOS

Artículo 71

Status parlamentario

1.

Inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

2.

Inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

3.

Fuero especial: En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

4.

Remuneración: percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.

1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso. senador compatible con miembro de las AALL CCAA.

2. No estarán ligados por mandato imperativo. 3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios. Carácter de las cámaras 

representativo, deliberante, inviolable y continuo.

(2)

2

LEGISLATIVAS FINANCIERAS CONTROL DEL GOBIERNO OTRAS

FUNCIONES

REUNIONES DE LAS

CÁMARAS

ARTÍCULOS 73 Y 74C

1)

Art. 87. Iniciativa legislativa

2)

Art.88,89 y 90 Tramitación

proyectos y proposiciones legislativas********

3)

Capítulo II Aprueba, modifica o deroga las leyes.

4)

Art 82 Delega en el

Gobierno la posibilidad de dictar normas con rango de ley.

5)

Art 86 Convalidar/derogar

Decreto- Ley que propone el Gobierno.

6) __Control de la regularidad de la sanción, promulgación y publicación de las leyes

ORDINARIAS dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo de febrero a junio.

EXTRAORDINARIAS a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.

SESIONES CONJUNTAS

Para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los artículos 94,1, 145,2 y 158,2, se adoptarán por mayoría de

1)

Aprobar presupuestos del Estado.

2)

Planificación mediante Ley de la actividad económica general.

3)

Ejercicio de la iniciativa

pública en la act. Ecº.

4)

Potestad de establecer tributos

5)

Autoriza al Gobierno a emitir Deuda y contraer crédito.

6)

Control gestión

económica del Estado.

FUNCIONAMIENTO DE

LAS CÁMARAS

ART.75C

1)

Art. 66 y 134

Exigir información al Gobierno.

2)

Art 99 y 114

Da confianza al candidato a la Presidencia del Gobierno.

3)

Art 111

Someter a preguntas al Gobierno.

4)

Art 113 y 114

Exige la responsabilidad política del gobierno moción de censura.

5)

Art.112

Cuestión de confianza.

6)

Art 94 Autoriza

los tratados internacionales.

7)

Art 116

Declaración del estado de sitio y de excepción. 8) Comisiones de investigación ART.76 PLENO COMISIONES Permanentes legislativas Permanentes no legislativas Diputación permanente ART.77

1)

Proponer 4 pers. para el TC.

2)

Proponer 8 pers. para el

CGPJ.

3)

Competencias relacionadas con la Corona .

4)

Designar defensor del pueblo.

5)

Autorizar referéndum consultivo.

6)

Autorizar declaración guerra y paz

7) PETICIONES ART.77

REGÍMEN GENERAL DE FUNCIONAMIENTO

ART.79 Y 80 C

QUORUM MAY. MIEMBROS ACUERDOS MAY. SIMPLE

VOTO PERSONAL E INDELEGABLE SESIONES PÚBLICAS

(3)

SESIONES Y REGIMEN DE ACTUACIÓN DE LAS CAMARAS

REGLAMENTO, PPTO Y PERSONAL SESIONES SESIONES CONJUNTAS**** ACUERDOS

Artículo 72

1. Las Cámaras establecen: - sus propios Reglamentos por MA - aprueban sus presupuestos

- el Estatuto del Personal de las CCGG Generales.

2. Las Cámaras eligen sus - Presidentes y los demás miembros de sus Mesas.

Las sesiones conjuntas**** serán presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta de cada Cámara.

Artículo 73

1. Reunión anual en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo de febrero a junio.

2. Sesiones extraordinarias - A petición:

1. Gobierno,

2. Diputación Permanente 3. Mayoría absoluta C/S - Convocarse sobre un orden del día determinado.

Artículo 74

1. Se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.

2. Comisión mixta Congreso-Senado (cuando no se apruebe x mayoría de las 2 cámaras), determ. cuestiones:

1. Autorizar T.Int. --( Inicia Congreso)

2. Autorizar acuerdos cooperación entre CCAA.-- (Iniciativa senado)

3. Fondo de Compensación interterritorial.-- (Iniciativa senado)

Artículo 79

1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. 2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio...

ORGANOS DE LAS

CAMARAS PLENO Y COMISIONES COMISIONES DE INVESTIGACIÓN DIPUTACIÓN PERMANENTE(Art. 78) GRUPOS PARLAMENTARIOS(Reúne miembros afines)

PETICIONES

Artículo 77

1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas. 2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.

Artículo 80

Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo a

l

Reglamento.

Artículo 75

1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.

2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.

3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior

- la reforma constitucional, - las cuestiones internacionales, - las leyes orgánicas y de bases y - los Presupuestos Generales del

Estado.

Artículo 76

1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas. 2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.

1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por min. 21 miembros (representarán a los grupos parlamentarios).

2. Diputación Congreso. Se reunirá a petición de

---3. Diputación Senado Se reunirá a petición del gobierno, el día antes de la Junta preparatoria o cuando lo pida 1/4 parte de sus miembros. 4. Presididas presidente de cada cámara.

DEL CONGRESO:

- Mínimo 15 diputados, o si el nº escaños no es – del 5% y al menos tiene el 15% votos de la circunscripción o 5% nacional.

- Constitución en los 5 días hábiles ss. a la sesión constitutiva del Congreso. grupo mixto.

DEL SENADO:

- Mínimo 10 senadores.

-

Constitución en los 5 días hábiles ss. a la sesión constitutiva de la cámara. - GRUPOS TERRITORIALES  3 senadores.

JUNTA DE PORTAVOCES:

o

Formada por los portavoces de los grupos parlamentarios. o Se reunen bajo la presidencia del

presid. C/S, q los convocara a petición de....

o Voto ponderado.

o

Informar al Gobierno de las reuniones, y si estima oportuno envía un representante.

Asistencia 1 vicep.+ 1

secretario + Sec. gral. +

3

La Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.

(4)

asistencia de miembros de GP, pero sin voto.

ORGANOS 1.PLENO 2. PRESIDENTE

Órganos administrativos - El Presidente - La Mesa - El Pleno - Las Comisiones Órganos políticos - La Junta de Portavoces - Los Grupos Parlamentarios Órgano permanente

1.- Convocado por el Presidente: • Iniciativa propia.

• Petición de 2 grupos parlamentario • Petición 1/5 miembros

2.- Sesiones plenarias serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.

3.- Pero sólo tendrán acceso al salón de sesiones, además de las personas indicadas, los funcionarios de las Cortes en el ejercicio de su cargo y quienes estén expresamente autorizados por el Presidente.

4. Las sesiones del Pleno tienen carácter solemne, y los trabajos técnicos se realizan en las comisiones de la Cámara.

1. Funciones

Ostenta la representación de la Cámara asegura la buena marcha de los trabajos,

dirige los debates, mantiene el orden de los mismos y

ordena los pagos , sin perjuicio de las delegaciones que pueda conferir.

5. Corresponde asimismo, al Presidente, cumplir y hacer cumplir el Reglamento, interpretándolo en los casos de duda y supliéndolo en los de omisión.

6. ejercen en nombre de las cámaras todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes. 2. Elección

- El Presidente del Congreso de los Diputados y el Presidente del Senado, se eligen por mayoría absoluta en primera votación.

- De no conseguirse, resultará elegido en segunda votación aquél más votado de entre los dos que más votos hubiera obtenido en la primera votación.

3. MESA COMISIONES

1. Concepto  es el órgano rector de la Cámara y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a que asista.

2. Composición:

1. Presidente de la Cámara dirige y coordina la acción de la mesa

2. 4 vicepresidentes congreso 2 Vicepresidentes  Senado 3. 4 secretarios

3. Convocatoria  La Mesa se reunirá a

convocatoria del Presidente y estará asesorada por el Letrado Secretario General.

4. Los Vicepresidentes

- Los Vicepresidentes, por su orden, sustituyen al Presidente.

- Desempeñan, además, cualesquiera otras funciones que les encomiende el Presidente o la Mesa.

5. Los Secretarios

- Supervisan y autorizan, con el visto bueno del Presidente, las Actas de las sesiones plenarias, de la Mesa y de la Junta de Portavoces, así como las certificaciones que hayan de expedirse.

- Asisten al Presidente en las sesiones para asegurar el orden en los debates y la corrección en las votaciones;

6. Funciones de la Mesa

Corresponden a la Mesa las siguientes funciones:

• Adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara.

• Elaborar el proyecto de Presupuesto de la cámara, dirigir y controlar su ejecución y presentar ante el Pleno de la Cámara, al final de cada ejercicio, un informe acerca de su cumplimiento.

• Calificar y decidir la tramitación de, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como declarar la admisibilidad o inadmisibilidad de los mismos.

• Programar las líneas generales de actuación de la Cámara, fijar el calendario de actividades del Pleno y de las Comisiones para cada período de sesiones y coordinar los trabajos de sus distintos órganos, todo ello previa audiencia de la Junta de Portavoces.

• Cualesquiera otras que le encomiende el Reglamento y las que no estén atribuidas a un órgano específico

1. Composición  Están compuestas en función de los Grupos Parlamentarios, en proporción a su importancia numérica, pero todos los Grupos están representados en las mismas, al menos con un miembro.

2. Convocada por su presidente de acuerdo con el pres. del Congreso: • Iniciativa propia.

• Petición de 2 grupos parlamentario • Petición 1/5 miembros

3. Clases:

1) Comisiones permanentes legislativas (75.2.) 2) Comisiones permanentes no legislativas 3) Comisiones mixtas (74.2)

4) Comisiones de investigación o especiales (76)  no vinculantes

4. Las cámaras podrán delegar la aprobación de proyectos /proposiciones de Ley, excepto en materia de:

1. Reforma constitucional. 2. Cuestiones internacionales. 3. Ley orgánica y ley de bases. 4. Presupuestos grales. del Estado.

(5)

- Colaboran al normal desarrollo de los trabajos de la Cámara según las disposiciones del Presidente;

- C ualesquiera otras funciones que les encomiende el Presidente o la Mesa.

Referencias

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