CUARTA ORDEN DE RESOLUCIÓN PARCIAL DE CONCESION DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA FINANCIAR LA OBTENCION DEL PERMISO DE CONDUCCION, CLASE B, A LA POBLACION JOVEN INSCRITA EN EL FICHERO ÚNICO DE DEMANDA DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTIA JUVENIL.
Vista la Orden de 2 de marzo de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para financiar la obtención del permiso de conducción, clase B, a la población joven de la Región de Murcia, inscrita en el fichero único de demanda de Sistema Nacional de Garantía Juvenil, así como que poseen un itinerario personalizado de inserción laboral, necesarios para solicitar esta ayudas, (BORM nº 56 de 8 de marzo 2018), en adelante orden de bases, modificada mediante Orden de 28 de marzo de 2018 (BORM núm. de 17 de abril) y por la subsanación de esta última, mediante Orden de 19 de abril de 2018, publicada en el BORM número 94, de 25 de abril).
El artículo 3 de la Orden de Bases define quienes ostentan la condición de beneficiarios, indicando en los artículos 4 y 5 los requisitos, así como la documentación a presentar, no exigiéndose la obligación de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias. Estando atribuida la competencia para la ordenación e instrucción a la Dirección General de Juventud según el artículo 7.2, y efectuadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse propuesta de resolución.
El artículo 5.2.de la Orden de Bases, establece en su apartado 1 que “el plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el BORM (25-05-2018)”, añadiendo en el segundo que “serán atendidas hasta agotar el presupuesto anual disponible”. Se han presentado un total de 493 solicitudes, habiéndose comprobado los datos para su inclusión como beneficiarios respecto de 113 solicitudes por orden de registro de entrada, por lo que en aplicación del artículo 7.5 se procedió formular propuesta de resolución parcial para una primera concesión, de 50 solicitudes para una segunda concesión, y de 130 solicitudes más para una tercera concesión, seguidamente son comprobados los datos respecto a 59 solicitudes y se formula la siguiente propuesta para una cuarta concesión de acuerdo con la Propuesta elaborada por el Director General de Juventud.
En virtud de la Orden de 15 de febrero de 2018 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se delegan competencias de la persona titular del departamento en quienes ostentan la titularidad de los Órganos Directivos de la Consejería (BORM 01/03/2018), y habiendo sido fiscalizado el gasto por la Intervención Delegada,
D I S P O N G O
PRIMERO.- RECONOCER la condición de beneficiarios y el derecho a percibir la subvención
a los jóvenes que se relacionan, al reunir las condiciones necesarias para acceder a la subvención, así como comprometer el gasto por importe total de Veinte mil trescientos
cincuenta y cinco euros (20.355,00 €) con la siguiente distribución por beneficiario:
Firmante:
MORENO REVENTÓS, MARÍA ESPERANZA
04/12/2018 09:27:36
Exp NIF/NIE NOMBRE Y APELLIDOS CUANTÍA
CONCEDIDA IBAN
1 07/2018
SEGUNDA 48831204L JAVIER YAGÜE MARCO 345,00 € ES1321004919482200108189 2 09/2018
SEGUNDA X6119160X
GINGER ELIZABETH TROYA
JARAMILLO 345,00 € ES4900811133670001119621 3 11/2018 23065728V ANTONIA FERNANDEZ MOÑINO 345,00 € ES3321004577490100510119 4 22/2018 24451939H CARLOS EGEA MARTINEZ 345,00 € ES5521003984090100760844 5 24/2018 48850424B IVAN MARTINEZ MARTINEZ 345,00 € ES0630580990202754151661 6 28/2018 49195609N MARIO DELGADO VIDAL 345,00 € ES9200490433082310173300 7 30/2018 X7415267K MOHAMED BOUKHRIS 345,00 € ES343005005159248586721B 8 44 /2018
PRIMERO 49275621F JAIME PEÑA RUIZ 345,00 € ES3400810210180002171325 9 60/2018 48831220N MARINA GARCIA SORIANO 345,00 € ES8921002752090100347308 10 81/2018 15484250Y ONAN MEROÑO GARCIA 345,00 € ES3630580228252820005416 11 84/2018 X8057536S HASNAE MANSOURI 345,00 € ES2000811198230001126518 12 85/2018 48836503M MILAGROS RUBIO SERRANO 345,00 € ES5501820153240201572954 13 90/2018 77720094N ROQUE MARTINEZ MARTINEZ 345,00 € ES1000811039110006169730 14 121/2018 48831264X JUANA MARIA EVANGELISTA
ABELLAN 345,00 € ES2000750069880704461583 15 135/2018 23334398R SERGIO TUDELA VIDAL 345,00 € ES7830580262462820007557 16 158/2018
PRIMERA 49173516E PAULA MENCHON VICENTE 345,00 € ES7904870005462007008324 17 159/2018 X7009412R AHMED BOUAICHAT 345,00 € ES2820383130813000029683 18 160/2018 23330707J ALVARO ARREDONDO DE HARO 345,00 € ES4420383037653000027554 19 175/2018
SEGUNDA 48756588S
FRANCISCO JAVIER CARRILLO
LUCAS 345,00 € ES0221001543950100848303
20 176/2018 48847711N MARIA MORENO NAVARRO 345,00 € ES2330580215142810085291 21 186/2018
SEGUNDA 23288907G DAVID GUERRERO DE GEA 345,00 € ES4820383019096000541729 22 201/2018 49437515G YADISA MONTERO MONTERO 345,00 € ES9821000117910104569830 23 220/2018 X6745711H KAWTHAR HAMMOU 345,00 € ES9220383130826000311135 24 225/2018 23951787R ANTONIA VERA PEREZ 345,00 € ES8230050049411567568918 25 235/2018 48831476S SUSANA LORENTE YAGO 345,00 € ES5020383022653000057490 26 242/2018 X3385300E SOKAINA DAOUDI 345,00 € ES6830580255092810080786 27 246/2018 48659106F FRANCISCO FERNANDEZ
VALBUENA 345,00 € ES9102390806770055390124 28 272/2018
SEGUNDA 48694467V
BRIAN SANTIAGO FARFAN
MUYULEMA 345,00 € ES0800811044470001463349 29 280/2018 Y0784592F ELIO ROBERT VILLCA AJHUACHO 345,00 € ES4400490917252410633371
Firmante:
MORENO REVENTÓS, MARÍA ESPERANZA
04/12/2018 09:27:36
30 282/2018 49791108H SHARAY MARTINEZ VERA 345,00 € ES9121004456100100098093 31 293/2018
SEGUNDA 48840439P ISABEL MATEO PEREZ 345,00 € ES3200811098910006047810 32 314/2018 49174737R PEDRO SANCHEZ GARCIA 345,00 € ES1930580990212754311913 33 326/2018 Y0540401F ALESSANDRO ARDAYA ORTIZ 345,00 € ES8730580990292753957411 34 329/2018 49273497E ANA ROSA ROCHEL JIMENEZ 345,00 € ES6320383250693000033535 35 334/2018
SEGUNDA 24425148E BOUCHRA BENALI CHIKRI 345,00 € ES6221004334400100251170 36 336/2018 23840512T MARIA JOSÉ SANTIAGO RUIZ 345,00 € ES6421002904020216642725 37 344/2018 48618051F INMACULADA GONZALEZ ALEGRIA 345,00 € ES1520383057043000015709 38 347/2018
53511888L
COVADONGA GONZALEZ
CORBALAN 345,00 € ES0230580990242754223658 39 352/2018 21060878P CARMEN FERNANDEZ CORTES 345,00 € ES0520383149643000003596 40 354/2018 77841653Q Mª DEL MAR HERNANDEZ ROBLES 345,00 € ES0720383025163000022588 41 355/2018 23953747Y MARIA TERESA ALCARAZ
FRUCTUOSO 345,00 € ES7604870045329007007699 42 366/2018 48703121T LAURA GOMEZ ORTEGA 345,00 € ES7400811180950006269641 43 369/2018 48854223S RAUL ABENZA CAÑETE 345,00 € ES6100811158300006110424 44 383/2018 48664009B ASUNCIÓN CORTÉS FERNÁNDEZ 345,00 € ES9330580256562810080990 45 384/2018 48844505A FRANCISCO SERRANO GÓMEZ 345,00 € ES2820383063113000004356 46 390/2018 23955393L LORENA MAÑUZ BERNABÉ 345,00 € ES5721001546290200249013 47 393/2018 23310675Z OSCAR LÓPEZ PADIN 345,00 € ES2030580990202753772139 48 398/2018 X4788729Z EL MAHDI AYNAOU 345,00 € ES3300811162310006528361 49 399/2018 49174588J ANA BELÉN MARTÍNEZ SERRANO 345,00 € ES2821003958720100040773 50 401/2018
SEGUNDA 23959504J ALVARO CALDERÓN PEREZ 345,00 € ES3220383130846000003075 51 407/2018 48851022B LAURA SÁNCHEZ GONZÁLEZ 345,00 € ES3000811180940006081914 52 408/2018
SEGUNDA 49335614Q TALIA FERNANDEZ SANTIAGO 345,00 € ES7821002391010100380401 53 409/2018
CUARTA 23062173G DAVID SANCHEZ PAGAN 345,00 € ES7100811088110006383753 54 409/2018
QUINTA 58452722Q ALICIA VICENTE GARCIA 345,00 € ES0801823208890201533683 55 411/2018 23314316K MARIA ANGELES ESCUDERO
LOPEZ 345,00 € ES3501820124550201673640
56 413/2018 X3190654W FOUZIA BAHADI 345,00 € ES1921004678240100216516 57 414/2018 23954266L JOSE MANUEL ESCUDERO VIDAL 345,00 € ES2901825121010200888151 58 415/2018 48697324E MARIA DEL CARMEN MORENO
ZAPATA 345,00 € ES5621003854510100664097 59 416/2018 58487157C YOUSSEF EL FARH EL FARH 345,00 € ES0600811162390006238134
El gasto se imputará a la partida presupuestaria 15.06.00.323A.48441, proyecto
45.665, de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la
Firmante:
MORENO REVENTÓS, MARÍA ESPERANZA
04/12/2018 09:27:36
Región de Murcia para el ejercicio de 2018, por un importe de Veinte mil trescientos cincuenta y cinco euros (20.355,00 €) de los cuales el 91,89% está cofinanciado por el
FSE.. El importe del gasto elegible es de 20.355,00 €.
El crédito autorizado para atender la convocatoria de subvenciones de las ayudas destinadas a los jóvenes beneficiarios asciende a un total de 150.075,00 €, de modo que para la siguiente propuesta de resolución parcial de concesión el crédito disponible será de
28.635,00€.
SEGUNDO.- Para proceder al pago de la subvención se deberá acreditar mediante
certificado emitido por la Autoescuela elegida por el beneficiario que se ha superado la parte teórica para la obtención del permiso de conducir.
TERCERO.- De conformidad con de la Orden de Bases de 2 marzo de 2018 (BORM nº
56 de 8 de marzo 2018), modificada mediante Orden de 28 de marzo de 2018 (BORM núm. de 17 de abril) y por la subsanación de esta última, mediante Orden de 19 de abril de 2018, publicada en el BORM número 94, de 25 de abril), las obligaciones serán las siguientes:
“El beneficiario quedará sujeto, en todo caso, a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a las impuestas por el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, excepto la de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y, en concreto:
o Abonar a la autoescuela de su elección, el importe correspondiente a los gastos de matrícula y tasas de examen.
o Haber superado la práctica del permiso de conducción, clase B, en el plazo que se determine en la convocatoria.
o Destinar el importe de la subvención a la finalidad establecida
Además deberá cumplir con las obligaciones que se asumen como beneficiario de una ayuda del Fondo Social Europeo (FSE), y en concreto, las siguientes:
Acreditar ante la Autoridad de Gestión o, en su caso, el Organismo Intermedio la realización de la actividad y facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto o acción objeto de la ayuda, aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de verificación.
Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
Firmante:
MORENO REVENTÓS, MARÍA ESPERANZA
04/12/2018 09:27:36
Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios según lo previsto en el artículo 115.2 y el Anexo XII 1. del Reglamento (UE) 1303/2013.
Conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica; justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013. A suministrar cuanta información le sea requerida sobre los participantes en las operaciones conforme al artículo 125.2, letra d) del Reglamento (UE) 1303/2013 y los Anexos I y II del Reglamento (UE) 1304/2013.
CUARTO: Pago y justificación de la subvención se realizará en dos momentos:
Para proceder al pago de la subvención, se deberá haber acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la presente orden de bases, y haber superado la parte teórica para la obtención del permiso de conducción, mediante certificado emitido por el representante de la autoescuela elegida por el beneficiario.
Justificación final:
Superada la parte práctica del permiso de conducción, se deberá aportar certificado emitido por el representante de la autoescuela sobre dicho extremo, en el plazo que se determine en la convocatoria.
Pago de la subvención.
Una vez resuelta la convocatoria, o cada vez que se dicte una orden de resolución parcial, en su caso, se procederá al pago de las ayudas, tras comprobar que se ha superado la parte teórica y antes de la superación de la parte práctica del permiso de conducción clase B, en un único pago, mediante transferencia bancaria a las cuentas de titularidad de los beneficiarios.
Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
QUINTO.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del recibo de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al del recibo de la misma.
LA SECRETARIA GENERAL (P.D. Orden de15 de febrero de 2018. BORM 01/03/2018).- Documento firmado electrónicamente al margen.-
Firmante:
MORENO REVENTÓS, MARÍA ESPERANZA
04/12/2018 09:27:36