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COMPRAS/CONTRATACION
Subtipo Exp.: SERVICIOS - UN CRITERIO - ABIERTO
Exp. nº: 000126/2015-1030-20
Interesado: BIENESTAR SOCIAL
Asunto: SERVICIO DE INTEGRACIÓN SOCIO-LABORAL DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA, DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE INTEGRACIÓN SOCIO-LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MUNICIPIO DE MOLINA DE SEGURA, DESDE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.
CLAUSULA 1ª. DEFINICION Y OBJETO 1.1 MARCO NORMATIVO
La Constitución Española de 1978, destacamos dos principios fundamentales básicos, como son el carácter de “estado social” (art 1.1) y el de igualdad, no sólo formal (art. 14) sino real y efectiva (art. 9.2).
Sobre dichos principios hay que asentar otro más que inspira la política social de nuestro ordenamiento jurídico, en su artículo 49 del Título I “de los derechos y deberes fundamentales” establece que “los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos”.
El art. 35 señala “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho de trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a la remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de sus familias”, y tendencia al pleno empleo (art. 40.1)
En la XXIX Asamblea Mundial e la Salud, celebrada en Mayo del 1.976, se adoptó la Resolución 29.35, mediante la cual se aprueba la publicación de la “Clasificación Internacional de la Organización Mundial de la Salud”.
La Ley de Integración Social de Minusválidos (LISMI). 1982. en sus artículos recoge los derechos de los disminuidos para su total integración social. Desde la perspectiva de hoy resulta de interés la orientación que establece el artículo 37 referente a que será finalidad primordial de la política de los trabajadores con discapacidad su integración en el sistema ordinario de trabajo o en su defecto, su incorporación al sistema productivo de trabajo mediante la fórmula de especial trabajo “protegido”.
La Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia, desarrolla una serie de principios básicos que deben estar presentes y orientar cualquier actividad e iniciativa, tanto en el área de Servicios Sociales Generales como los Especializados (Familia e Infancia, Minusválidos, etc.).
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1. 2 OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de contrato del Servicio de Integración Socio- Laboral de personas con discapacidad en el municipio de Molina de Segura, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.
1.3 DEFINICION DEL PROGRAMA DE INSERCION SOCIO-LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE MOLINA DE SEGURA
Es un programa que facilita el acceso al mercado de trabajo a las personas con discapacidad, a través de acciones centradas en la adquisición de hábitos, capacitación profesional, orientación y acompañamiento en el empleo, así como la mejora en la inserción socio-laboral, encaminada a la contratación de trabajadores con discapacidad en régimen especial (con contrato en empleo protegido) y en régimen formativo (prácticas pre-laborales), y la colaboración para el impulso de contratos para la formación (contratación en régimen ordinario), según las condiciones especificadas permitiendo paralelamente la creación de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
1.4 OBJETIVOS Objetivo general:
Desarrollar un programa de intervención individualizada en el entorno sociolaboral, aplicando el Empleo con Apoyo para facilitar el acceso al mercado laboral de las personas con discapacidad, realizando la formación para la adquisición y desarrollo de las habilidades sociolaborales necesarias para la inserción.
Objetivos específicos:
1) Favorecer a las personas con discapacidad el acceso a un trabajo remunerado, posibilidad de establecer relaciones, participar en la comunidad, desarrollar habilidades, adquirir autosuficiencia económica, ejercitar la capacidad de escoger y afianzar su respeto y dignidad.
2) Potenciar la intervención familiar como parte del proceso de integración.
3) Promover la sensibilización en las organizaciones sociales para una mejora en el acceso en el mercado laboral de las personas con discapacidad.
CLAUSULA 2ª. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2.1 BENEFICIARIOS DEL SERVICIO
Personas empadronadas en el municipio de Molina de Segura con una discapacidad reconocida por el órgano competente de igual y/o superior al 33%, con edades comprendidas entre 16 y 65 años.
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2.2 SERVICIOS A DESARROLLAR
Transporte asistido para personas con problemas de movilidad y servicios relacionados con la Oficina Municipal de Atención al Discapacitado de Molina de Segura.
Formación socio-laboral en prácticas y talleres de “Jardinería y Viveros” y “Ordenanza y Auxiliar de Oficina”.
2.3 UBICACIÓN DEL SERVICIO
Concejalía de Bienestar Social, sito en Avenida de Madrid 68 de Molina de Segura.
Dependencias Municipales y otros servicios del Ayuntamiento de Molina de Segura.
2.4 PLAZAS PREVISTAS PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO
2 Responsables de Taller a jornada completa GRUPO III-2 – CONTRATO DE OBRA O SERVICIO CON AGRUPACIONES PROFESIONALES
2 Ordenanzas a 15 horas semanales – CONTRATO DE OBRA O SERVICIO CON AGRUPACIONES PROFESIONALES
3 Plazas de personal auxiliar para labores propias del servicio (a tiempo parcial, doce horas semanales durante un mínimo de ocho meses).
2 Conductores a jornada completa y 1 conductor a veinticinco horas semanales – CONTRATO DE OBRA O SERVICIO CON AGRUPACIONES PROFESIONALES La empresa adjudicataria promoverá la participación de los beneficiarios con discapacidad del servicio de integración laboral contratado en cualesquiera otros programas y servicios prestados por la adjudicataria que puedan proporcionar a los participantes una oportunidad real de acceso al empleo ordinario o a un puesto de trabajo en un centro especial de empleo ya sea durante la ejecución del servicio o a la finalización del mismo.
Aunque el puesto de trabajo sea diferente al que el beneficiario ocupa en el Ayuntamiento de Molina, siempre que sea valorada la idoneidad del candidato al puesto de trabajo por la Comisión de Seguimiento, los beneficiarios no podrán rechazar la oferta de formación y/o empleo sin ser penalizados con su exclusión de próximos procesos de selección para cubrir los puestos reservados a personas con discapacidad en virtud de este contrato de servicio.
Para favorecer que los beneficiarios de este servicio de integración laboral que oferta el Ayuntamiento de Molina a sus ciudadanos con discapacidad accedan a otras experiencias laborales o formativas que puedan surgir mientras está en vigor el contrato de obra o servicio definido en el pliego de prescripciones técnicas, la empresa adjudicataria se compromete a aceptar las bajas voluntarias de los trabajadores contratados si el motivo alegado es el tránsito
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a un puesto de trabajo en empresa ordinaria o a un centro especial de empleo, para puesto similar o diferente a los reservados en este contrato por el Ayuntamiento de Molina.
La vacante dejada por la baja voluntaria será cubierta por un tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses por trabajadores en régimen eventual para favorecer el retorno de los trabajadores que han solicitado la baja voluntaria para acudir a otro puesto de trabajo por el tiempo restante hasta la finalización del contrato entre la adjudicataria y el Ayuntamiento de Molina en el caso de que la experiencia de cambio de puesto de trabajo no haya resultado positiva.
La relación entre los trabajadores que la empresa adjudicatario disponga para la realización de las tareas propias del servicio y el Ayuntamiento de Molina de Segura no supondrá más compromisos que los estipulados en el contrato para el servicio de Integración Laboral y, en ningún caso, derivarán obligaciones propias de la relación laboral. El personal que la empresa adjudicataria asigne no podrá desarrollar las tareas propias del personal del Ayuntamiento de Molina de Segura que impliquen ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos.
2.5 MATERIALES NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO Los materiales mínimos previstos para el desarrollo del servicio son:
- Materiales de Taller de Jardinería: 2.500€ - Materiales de Taller de Ordenanza: 2.500€
2.6 PROCESO DE FORMACION SOCIOLABORAL PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.
Incluye tres módulos de formación en dependencias municipales y un módulo de prospección en la empresa ordinaria.
Cada módulo desarrolla unos objetivos específicos e individuales en función del proceso de formación o el puesto laboral con una evaluación continua.
1.- Talleres de Inserción Socio-Laboral.
2.- Prácticas con apoyo en dependencias municipales. 3.- Contrato laboral en dependencia municipal.
4.- Prospección: Tránsito al Empleo Ordinario.
2.7 FUNCIONES DEL PERSONAL TECNICO MINIMO QUE APORTARA EL
ADJUDICATARIO. Responsable de Taller
• Preparación, desarrollo, seguimiento y evolución periódica del programa de inserción socio-laboral.
• Entrenamiento en el ámbito de trabajo, tanto en las habilidades colaterales como en las tareas propias del puesto.
• Apoyo y orientación al usuario en los problemas de conducta que pueden surgir en el propio puesto y que interfieran en el rendimiento de su trabajo.
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• Colaboración en la adaptación laboral preparando a sus compañeros de trabajo en el conocimiento de la persona en proceso de inserción laboral y de sus características, para facilitar el desarrollo de las relaciones interpersonales.
• Propuesta de horario más adecuado para la incorporación progresiva de la persona en proceso de inserción laboral hasta conseguir, si fuera posible, la plena incorporación al régimen ordinario del centro de trabajo.
• Implantación de métodos de trabajo que sirvan a la persona en proceso de inserción laboral como guía en el desarrollo de sus funciones.
• Coordinación con profesionales propios del sistema de servicios sociales y otros externos al sistema.
• Intervención familiar para planificar los objetivos a conseguir y orientar sobre la metodología del proceso de inserción sociolaboral.
Conductor
• Realizar los viajes de los programas de la Concejalía de Bienestar Social. • Cumplir el registro diario de viajes.
• Atender las solicitudes de transporte que le sean expresadas por su responsable inmediato o por quien éste delegue.
• Mantener el vehículo a su cargo en perfecto estado de aseo, presentación, funcionamiento y conservación.
• Mantener en regla todos los requisitos y documentos requeridos para el tránsito del vehículo.
• Informar oportunamente al responsable inmediato de todo tipo de daños presentados en el vehículo, colisión o accidente que se presente en el cumplimiento de sus funciones. • Solicitar oportunamente los combustibles y lubricantes necesarios.
• Cumplir estrictamente con las normas de seguridad y prevención de accidentes y demás normas de tránsito.
• Cuidar el vehículo mientras permanece estacionado.
• Guardar absoluta reserva sobre los temas comentados, o que no sean de su incumbencia, dentro del vehículo.
• Dejar el vehículo cuando termine su jornada laboral en el lugar asignado.
• Desempeñar las demás funciones propias de su cargo que le asigne su responsable inmediato.
Personal Auxiliar
• Realización de tareas en empresas de servicios, adaptadas al perfil del alumnado del Programa municipal de personas con discapacidad, con el objeto de fomentar el desarrollo de aptitudes propias del ámbito laboral.
Ordenanza
• Información, atención y recepción del personal visitante.
• Control de acceso, identificación, recepción, distribución y entrega de paquetería, documentación y correspondencia.
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• Realización de recados oficiales fuera o dentro del centro de trabajo. • Entregas y/o avisos.
• Atender llamadas telefónicas. • Apoyo administrativo y archivo.
• Realización de fotocopias, encuadernaciones y escaneado de documentos. 2.8 PRESUPUESTO
El Presupuesto total, incluido el IVA que en su caso corresponda, queda cifrado en la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000,00 euros).
2.9 COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Se creara una comisión de seguimiento constituida por personal responsable de la Concejalía de Bienestar Social de Molina de Segura.
Estará formada por:
- Técnicos del Programa de Inserción Socio-Laboral - Dos Técnicos de la empresa adjudicataria.
Se deja abierta la posibilidad de ampliar en un momento dado la composición de la Comisión. Las principales funciones asignadas a la Comisión son:
- Revisión de objetivos y actividades mensuales. - Realizar las previsiones oportunas.
- Resolver las cuestiones técnicas que puedan surgir en el desarrollo de la actividad. - Elaborar propuestas de modificación del contrato.
- Solventar las discrepancias que puedan surgir en la interpretación del contrato, sin perjuicio de la competencia atribuida el órgano de contratación.
En estas sesiones, la Entidad adjudicataria facilitará los informes de actividad, seguimiento y cualquier otra documentación que le sea requerida de forma expresa.
Para ello se establecerá reuniones de seguimiento de carácter trimestral. No obstante, también se podrá reunir a petición de cualquiera de las dos partes, con carácter extraordinario.
o La Concejalía de Bienestar Social tendrá como función principal gestionar, supervisar y subsanar el proceso de desarrollo del programa de formación socio-laboral para personas con discapacidad.
o La dirección del Centro de Servicios Sociales, confirmará la materialización y calidad de los servicios prestados y en todo momento podrá requerir del concesionario la información sobre la marcha general del Servicio que estime necesaria, promoviendo para tal fin las reuniones convenientes.
o Las disfunciones que puedan presentarse, se intentará solventarlas de mutuo acuerdo, entre el Centro de Servicios Sociales y el representante de la empresa designado por el adjudicatario.
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La entidad adjudicataria deberá disponer de un sistema de evaluación que se aplicará como mínimo una vez al año, al final del mismo se presentará una memoria explicativa de los servicios realizados.
Molina de Segura, a 2 de octubre de 2015 El Director de Servicios Sociales
Fdo. Juan José Ortega González