• No se han encontrado resultados

REGLAMENTO JUEGO PROMOCIONAL

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "REGLAMENTO JUEGO PROMOCIONAL"

Copied!
12
0
0

Texto completo

(1)

“En Amor y Amistad Enamórate de viajar”

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá el juego promocional ““En Amor y Amistad Enamórate de viajar” (en adelante el “Juego”). Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio tanto para los participantes como para sus organizadores.

Se entenderá que todo participante al decidir participar en el Juego, autoriza, conoce y acepta todas las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento y en las normas que los regulan.

La participación en el Juego implica la decisión del participante de obligarse por las reglas establecidas en el presente reglamento, sus documentos modificatorios, aclaratorios y complementarios de ser el acaso, y por las decisiones del Organizador en estricto apego a las normas que regulan el mismo, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados al Juego. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización del Juego, implicará la inmediata exclusión del mismo y la revocación de los premios en el evento en que resulte ser el ganador.

Artículo 1. De los Realizadores: Almacenes Éxito S.A. y Exito Viajes y Turismo S.A.S. son los únicos organizadores del Juego. Como tal, serán los responsables del mismo. Para efectos del reglamento, se podrá denominar indistintamente como “Éxito” o “Viajes Éxito”, respectivamente.

Artículo 2. El objeto del sorteo: Promocionar la compra de los productos y/o servicios especificados en el artículo 3 del presente reglamento, “Productos, Servicios y/o Marcas

participantes”, los cuales son ofrecidos en los Establecimientos de Comercio especificados

en el artículo 4 del presente reglamento, “Establecimientos Participantes”.

Artículo 3. Productos, Servicios y/o Marcas participantes: Participan los siguientes productos, servicios y/o marcas participantes:

PLU Producto, Servicio

y/o Marca

Descripción detallada del Producto, Servicio y/o Marca (tamaño, presentación, entre otros)

Bronzini Toda la marca

Myst Toda la marca

(2)

Gef Ropa interior, Pijamas y calcetines

Leonisa Ropa interior

Lumar Ropa interior

Leo Ropa interior

Cher france Ropa interior

Lili Pink Ropa interior

Intima Secret Ropa Interior

Fila Ropa interior

Maggia Ropa interior

Laura Ropa interior y pijamas

Mcglaren Ropa interior

(3)

Parisien Pijamas

Tall Prendas control y medias

Cachet Ropa interior

Brick Ropa interior

St even Ropa interior y pijamas

Fidelina Ropa interior

Soutien Ropa interior

Habby Ropa interior

Gaviota Ropa interior

Bio oil Tratamientos

Ana María Maquillaje

(4)

Vitane Cuidado capilar

Dove Productos para el cabello y desodorantes para mujer

Koleston Coloración

OGX Productos para el cabello

SP Pro Maquillaje

Protex Jabones tocador

Etnia Maquillaje

Nosotras Cuidado íntimo y jabones

Naturaleza y vida Productos para el cabello

Lubridem Cremas de manos y corporal

Nude Protector solar

(5)

Maybelline Maquillaje

Vitú Crema de manos y corporal

Soft color Coloración

Sedal Productos para el cabello

Pomys Tratamiento capilar

Jolie de vogue Maquillaje

Lavanté Maquillaje, fragancias y tratamientos

Vogue Maquillaje

Nivea Tratamiento facial y cremas

Rexona Desodorantes

Luminance Coloración

(6)

Masglo Maquillaje

Lactovit Crema de manos y corporal

Herbal Essence Productos para el cabello

Sundown Naturals Vitaminas

Vitaminas procaps Vitaminas

Gumivit Vitaminas

Ponds Tratamiento facial

Kotex Productos diarios regulares

Artículo 4. Establecimientos Participantes: Los establecimientos de comercio en los cuales aplica el presente reglamento son: todos los Almacenes Éxito, Éxito Express, exito.com, bronzini.com.

No aplica para Éxito Outlet, compras realizadas a través de Rappi, Seguros Éxito, concesionarios y/o Payless y alianzas con recaudo, Catálogos Digitales, domicilios Éxito ni compras de productos Market Place.

(7)

Bajo ninguna circunstancia podrán participar: i) menores de edad; ii) empleados directivos de Éxito; iii) empleados con injerencia en la realización del Juego según definición de la política interna L-0213; iv) Rappitenderos y Shoppers de Rappi; v) ni las personas contratadas para la ejecución del Juego, tales como modelos, promotores o actores. Todas las personas interesadas en participar deberán poseer un documento de identidad válido y al día, el cual deberá presentarse si es acreedor de alguno de los premios.

Todo participante es responsable de la información suministrada al momento de inscribirse en el programa de lealtad de Puntos Colombia, así como de la actualización de la misma, de manera que cualquier error, omisión, imitación, falta de actualización o falsedad en la información suministrada, implica la exclusión automática del participante aun cuando este haya cumplido con los requisitos para acceder al premio, pues la exactitud de la información suministrada y su actualización, son requisitos necesarios para poder participar en el Juego y, así mismo, para poder ser acreedor del premio.

Toda persona que desee participar en el Juego deberá tener conocimiento de las reglas establecidas en el presente reglamento, y demás documentos y normas que lo complementan, así como de las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se derivan del reclamo y aceptación de un premio en el evento en que resulte ser ganador del Juego.

Artículo 6. Fechas: El Juego se regirá por los siguientes plazos:

Para la emisión de bonos el día de inicio del Juego será el 29 de agosto de 2018 a las

(00:00), y finalizará el 26 de septiembre de 2018 a las (23:59)

Para la redención las fechas validas son del 5 de septiembre hasta el 30 de septiembre Se emitirán bonos hasta lograr la redención de las unidades disponibles. 3.000 bonos disponibles para redimir. Una vez alcanzada dicha redención, se procederá al desmonte de la actividad, incluyendo emisión de bonos y publicidad. es decir, si el cliente hizo la compra el 30 de agosto e ingresa a la página web para redimir el 15 de septiembre y para esta última fecha se han redimido los 3000 bonos, el bono de dicho cliente pierde validez. Artículo 7. Mecánica o manera de participar.

(8)

1. Realizar compras en marcas participantes: obtendrá 1 bono de $50.000 pesos para redimir en tiquetes aéreos a través de Viajes Éxito por cada cincuenta mil pesos colombianos ($50.000) en compras de las marcas participantes, especificadas en el artículo 3 del presente reglamento “Productos y/o Servicios participantes”.

2. Informar su documento de identidad al momento de la compra.

Las compras pueden ser elaboradas a lo largo del plazo establecido para el Evento; es decir, del 29 de agosto del 2018 hasta el 26 de septiembre de 2018, considerando siempre que cada cincuenta mil en compras de las marcas participantes brinda 1 bono por $50.000 pesos. Si en una sola transacción el cliente cumple con esta condición más de una vez, obtendrá más de un bono.

3.000 bonos disponibles para redención. Una vez redimidos los 3.000 bonos el resto de bonos emitidos pierden validez y se detiene el proceso de emisión de bonos incluso sin haber finalizado la vigencia del evento.

No aplica para compras de productos Marketplace, concesionarios y/o Payless, alianzas con recaudo, Domicilios Éxito, Catálogos Digitales, Seguros Éxito ni pagos con tarjeta regalo, tarjeta cambio, bonos de Comfenalco y/o Sodexo.

3. Junto con su tirilla recibirá un voucher

El cliente recibirá un voucher con el número de bonos a redimir y al día siguiente, a partir de las 10:00 a.m, debe ingresar a la página web loquellevasdentro.viajesexito.com para hacer efectiva la redención y los bonos solo serán cargados a la persona que realizó la compra y pasó sus puntos. Los clientes que hayan realizado compras entre el 29 de agosto y 4 de septiembre podrán comenzar a redimir a partir del 5 de septiembre.

Artículo 8. Premios:

La penalización por cualquier tipo de cambio en los términos del viaje o cancelación del mismo deberá ser asumida por el ganador. El organizador no se hará responsable por trámites de visados en la embajada ni de ningún gasto adicional al viaje entregado por Viajes Éxito y Éxito. Los premios no incluyen demás gastos y/o conceptos no especificados en el presente reglamento.

Los bonos no son acumulables para la misma transacción, es decir que un cliente no podrá comprar un tiquete aéreo con dos bonos o más. El bono solo será válido para una compra, una vez realizada ya no tendrá más uso.

La redención debe realizarse entre el 5 de septiembre y 30 de septiembre de 2018 para viajar entre el 6 de septiembre de 2018 y 31 de marzo de 2019.

(9)

Aplica para tiquetes RT y OW, las tarifas no son reembolsables.

(10)

No incluye trámites de visa, éstos los debe gestionar el cliente de manera independiente, ni cualquier comida, evento y/o actividad fuera del itinerario del programa; gastos imprevistos del hotel (por ejemplo, teléfono, mini-bar, lavandería, servicio de habitaciones), daños a la propiedad del hotel o cualquier otro gasto incurrido en el hotel; seguro de cualquier tipo, incluido el seguro de salud; impuestos aplicables; visa de viaje y otros gastos relacionados con viajar que no estén incluidos específicamente. Por ningún motivo los tiquetes serán canjeados por bonos o dinero en efectivo.

El itinerario del vuelo establecido no podrá ser modificado por ningún motivo. Los clientes se deben acoger al itinerario de vuelos disponibles en el momento de la redención.

Artículo 10. Reclamo de premios:

El área de Desarrollo Comercial de Marca Éxito comunicará al ganador mediante tirilla, correo electrónico y mensaje de texto que es merecedor del premio.

Si un premio fuese rechazado, por las razones que sean, será propiedad de Éxito, quien lo sorteará nuevamente procurando que quede siempre en poder de alguno de los clientes participantes en el Evento.

Artículo 11. Descalificación: Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad a este Juego, se descubre que el ganador incumple con este reglamento, Éxito podrá descalificarlo y negarse a entregarle el premio. Si éste ya fue entregado, podrá exigir su devolución por las vías de Ley.

Artículo 12. Responsabilidad, Condiciones y Restricciones: Las personas que decidan participar en el Juego, por el sólo hecho de participar, están sujetos a las obligaciones, condiciones y restricciones que se indican a continuación:

a. La responsabilidad de Éxito y Viajes Éxito culmina con la entrega del Premio. b. Habrá total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de

identificación del participante, de otro modo el premio no será entregado

c. El ganador releva de toda responsabilidad a Éxito y Viajes Éxito de cualquier daño que se pudiese ocasionar, sobre las personas o las cosas, derivado del uso del Premio.

d. No se admite cambio del Premio por dinero, valores o cualquier otro bien o servicio. e. Si el ganador no acepta el Premio o las condiciones establecidas para su entrega

y/o recibo, el Premio se considera renunciado y extinguido en relación al ganador y no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. f. El derecho del Premio no es transferible, negociable, ni puede ser comerciado o

canjeado por dinero en efectivo.

g. El Premio es entregado únicamente a la persona que resulte ganadora.

(11)

i. No participan los puestos de pagos correspondientes a concesionarios, ni compras canceladas total o parcialmente con notas de cambio.

j. No aplica para Éxito Outlet, Viajes Éxito, Seguros Éxito, Catálogos digitales ni compras en productos Market Place y Domicilios Éxito.

k. Cualquier diferencia, reclamación, discusión, imprevisto y/o controversia que se presente en relación al Juego, cuya solución no se encuentre prevista en el presente reglamento, será resuelta por Éxito en estricto apego a las leyes de la República. l. No aplica para compras de tarjeta regalo a través de los canales de comercio

electrónico.

m. Los bonos no son acumulables para la misma transacción

Artículo 13. Aplicabilidad del Reglamento: La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los participantes del Juego sin excepción alguna.

Artículo 14. Derechos de imagen: Por el solo hecho de participar en el Juego, todo participante que resulte ganador acepta y autoriza que su nombre e imagen sea utilizada en cualquier medio o material publicitario que Éxito desee implementar con fines promocionales, durante la vigencia del Evento o una vez finalizado el mismo, sin que ello implique la obligación de remunerarlo o compensarlo. Asimismo, renuncia a cualquier reclamo por derechos de imagen.

Artículo 15. Suspensión: En caso de presentarse situaciones de fuerza mayor, caso fortuito, hechos de terceros, fraude o intento de fraude en perjuicio de Exito o de los participantes del mismo, entre otras situaciones que puedan afectar la realización del Juego y que impliquen la necesidad de modificar o suspender de forma temporal o permanente el mismo, Exito comunicará a los participantes la adopción de las medidas adoptadas previa autorización por parte de la autoridad administrativa respectiva que autorizó la realización del Juego.

ARTICULO 16. Protección de datos personales. Autorizo a ALMACENES ÉXITO S.A. y ÉXITO VIAJES Y TURISMO S.A.S. para que trate mis datos personales suministrados en el presente evento con los siguientes fines:

 Cumplir las obligaciones derivadas de las relaciones contractuales que llegare a establecer conmigo; otorgarme garantía sobre productos adquiridos cuando ello proceda; e informarme sobre condiciones comerciales y servicios postventa, entre otras acciones derivadas del negocio que celebremos.

(12)

 Contactarme a través de diversos canales físicos y electrónicos, como pueden ser volantes, contacto telefónico, mensajes de texto, correo electrónico, o cualquier otro por mi autorizado, para invitarme a participar del programa de lealtad; comunicarme promociones y publicidad sobre productos, bienes y servicios, así como enviarme obsequios por campañas publicitarias, e invitaciones a eventos de interés relacionados.

 Entregarlos a sus empresas filiales, subsidiarias, sociedades en las cuales tenga directa o indirectamente participación accionaria, a sus aliados estratégicos y socios de negocio, así como al Grupo Casino, para las finalidades aquí mencionadas, en relación con su vínculo comercial con ALMACENES ÉXITO S.A.

 Entregarlos a terceros encargados de alguno de los tratamientos aquí mencionados, en Colombia o en el exterior.

 Entregarlos a la compañía administradora de su programa de lealtad, PUNTOS COLOMBIA S.A.S., para que además esta me invite a participar en la totalidad de beneficios que ofrecerá su ecosistema de puntos y aliados.

 Consultarlos en bases de datos con vocación pública para la gestión de riesgos.  Enviar los datos a los sistemas de distribución aéreo que llegaren a utilizarse para el

procesamiento completo de la reserva. Estos últimos serán responsables del tratamiento de los datos para toda la gestión transaccional y de facturación de la reserva.

En relación con los datos biométricos que ALMACENES ÉXITO S.A. y/o ÉXITO VIAJES Y TURISMO S.A.S. te llegare a solicitar, tales como la huella dactilar, fotografías, entre otros, te recordamos el carácter facultativo de la respuesta a las solicitudes que te hagamos en relación con tales datos.

Consulta nuestra política de protección de datos personales en www.grupoexito.com.co y/o www.viajesexito.com y ten presente que entre los canales para el ejercicio de tus derechos de habeas data a consultar, actualizar, corregir, rectificar, suprimir tus datos o revocar tu autorización, tenemos a tu disposición el correo electrónico proteccion.datos@grupo-exito.com

Artículo 17. Publicación: Este reglamento estará publicado en servicio al cliente de los Establecimientos Participantes para disposición de todas las personas que deseen participar en el Juego.

Referencias

Documento similar

a) Recibir en igualdad de condiciones todos los servicios que ofrece el COBACH. b) Obtener desde el inicio del semestre información sobre los propósitos, temas, formas

Participantes: 4 mil 730 profesionales de la salud, representantes de establecimientos residenciales, de los Sistemas DIF Municipales, de COMCA e instituciones del Gobierno

para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 227 en lo referente al requisito de constitución de una garantía cuando se abone un anticipo de la ayuda. A fin de dar a

Cuando en periodos sucesivos de noventa días y con el objeto de eludir las previsiones contenidas en este artículo, la empresa realice extinciones de contratos al amparo

Los establecimientos referidos en el presente artículo deberán regirse por las exigencias señaladas en el Capítulo 14 del Título 4 de la O.G.U.C. teniendo presente lo establecido en

13 El candidato que encabezaba la terna remitida por el gobernador de Orihuela –en marzo de 1593– para la provisión del primer titular de la Abogacía fiscal alicantina,

El alumno que haya cursado parte de sus estudios en otra institución podrá obtener la Mención Honorífica, si demuestra tener un promedio igual o superior a 90 en

En el caso de un alumno que tenga estatus académico de condicional, de acuerdo a lo definido en el Capítulo VIII del presente reglamento, deberá inscribir una materia menos de