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PRINCIPIO 1: OBSERVACION DE LAS LEYES Y LOS PRINCIPIOS DEL FSC

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PRINCIPIO 1: OBSERVACION DE LAS LEYES Y LOS PRINCIPIOS DEL FSC El manejo forestal deberá respetar todas las leyes nacionales, los tratados y acuerdos internacionales de los que el país es signatario, y deberá cumplir con todos los principios y criterios del FSC.

Criterio 1.1 El manejo forestal deberá respetar todas las leyes nacionales y locales, al igual que todos los requisitos administrativos

Indicador 1.1.1 La operación evaluada basa sus operaciones en un Plan General de Manejo Forestal (PGMF) y un Plan Operativo Anual (POA) aprobados por la autoridad competente, y respeta leyes y reglamentos, así como requisitos administrativos de carácter nacional y/o regional vigentes (ver Anexo 1)

Criterio 1.2 Todos los honorarios, regalías, impuestos y otros cargos establecidos legalmente y que sean aplicables deberá ser pagados

Indicador 1.2.1 Se cumple, en el plazo establecido, con los pagos e impuestos propios de la actividad forestal con fines de producción de madera

.

Indicador 1.2.2 En caso de presentarse retrasos en los pagos, existen compromisos o planes de pago aceptados por la autoridad competente.

Criterio 1.3 En los países signatarios, deberán respetarse las disposiciones de todos los acuerdos internacionales como CITES, las Convenciones de la OIT, la Convención Internacional de Maderas Tropicales y la Convención sobre Diversidad Biológica.

Indicador 1.3.1 El titular del manejo forestal respeta los acuerdos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por el Perú, listados en el Anexo 2

Criterio 1.4 Para efectos de certificación, los certificadores y las otras partes involucradas deberán analizar, según cada caso, los conflictos que se presenten entre las leyes y las regulaciones con los Principios y Criterios del FSC.

Indicador 1.4.1 Ante la existencia de un conflicto entre algún principio y/o criterio del FSC y las leyes y normas nacionales y/o de aplicación local, se desarrollan consultas e interpretaciones entre la operación en evaluacion, las entidades de certificación y otras partes involucradas.

Criterio 1.5 Las áreas de manejo forestal deberán ser protegidas de las actividades ilegales de cosecha, asentamientos y otras actividades no autorizadas

Indicador 1.5.1 Se desarrollan actividades que contribuyen en forma eficiente a la prevención y minimización de actividades no autorizadas en el área de manejo, tales como demarcación física de límites, acuerdos con poblaciones locales, etc.

Indicador 1.5.2 Ante la existencia de actividades no autorizadas que escapan al control del

responsable del área de manejo, se realizan las denuncias y gestiones ante las autoridades

correspondientes.

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Criterio 1.6 Los responsables del manejo deberán mostrar un compromiso a largo plazo de adhesión a los Principios y Criterios del FSC

Indicador 1.6.1 El responsable del manejo forestal hace público su compromiso con los principios y criterios del FSC y no está demostradamente involucrado con prácticas contrarias a dichos principios y criterios

Indicador 1.6.2 En caso de que el responsable del manejo forestal tenga bajo su responsabilidad el aprovechamiento en otras áreas de manejo diferentes o se abastezca en forma complementaria de otras zonas con recursos forestales, las actividades deben contemplar como mínimo: a) el cumplimiento de las normas legales; b) Respeto de derechos tradicionales y civiles; c) Respeto de atributos de bosques de alto valor de conservación; d) No presentar evidencia de conversión de bosques naturales a plantaciones u otros usos no forestales; e) No plantar árboles modificados genéticamente.

PRINCIPIO 2: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE TENENCIA Y USO.

La tenencia y los derechos de uso a largo plazo sobre la tierra y los recursos forestales, deberán estar claramente definidos, documentados y legalmente establecidos.

Criterio 2.1 Deberá demostrarse clara evidencia del derecho a largo plazo al uso de la tierra (por ejemplo, título de propiedad de la tierra, derechos consuetudinarios y contratos de arrendamiento).

Indicador 2.1.1 El responsable del manejo forestal acredita la tenencia de la tierra y su derecho de uso a largo plazo por alguno de los siguientes medios: a) título de propiedad; b) documento otorgado por el Estado reconociendo derechos consuetudinarios; c) contrato de concesión; d) autorización o permiso del Estado.

Criterio 2.2 Las comunidades locales con derechos legales o consuetudinarios de tenencia o uso, deberán mantener el control necesario sobre las operaciones forestales para proteger sus derechos o recursos, a menos que deleguen este control con el debido conocimiento y de manera voluntaria a otras agencias.

Indicador 2.2.1 En el caso de que las operaciones forestales sean realizadas en áreas de comunidades locales, existe acuerdo en la comunidad para efectuar un manejo forestal a largo plazo y se asignan responsabilidades de control y monitoreo a algunos de sus miembros

Indicador 2.2.2 En el caso de delegación de las actividades de manejo a terceros, la

aprobación de dicha delegación se ha realizado mediante asamblea comunal y sobre la base

de una adecuada información de sus miembros, y existen acuerdos escritos que señalan

explícitamente la compensación correspondiente, el tipo de operación que realizará la

empresa y los derechos y obligaciones de ambas partes.

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Criterio 2.3 Deberán emplearse mecanismos apropiados para resolver las disputas sobre los reclamos de tenencia y derechos de uso. Las circunstancias y el estado de cualquier disputa pendiente serán considerados explícitamente durante la evaluación de la certificación. Disputas de magnitudes sustanciales que involucren intereses numerosos y significativos, normalmente descalificarán la certificación de una operación.

Indicador 2.3.1 De existir conflictos de tenencia y/o derechos de uso, el responsable del manejo forestal está realizando acciones participativas y concretas para resolverlo.

Indicador 2.3.2 En caso de conflictos que impliquen numerosos intereses, deben identificarse y aplicarse estrategias de solución aceptables para las partes en conflicto, caso contrario descalificarían a la operación para certificación.

PRINCIPIO 3: DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Los derechos legales y consuetudinarios de los pueblos indígenas para poseer, usar y manejar sus tierras, territorios y recursos deberán ser reconocidos y respetados.

Criterio 3.1. Los pueblos indígenas deberán controlar el manejo forestal en sus tierras y territorios, a menos que deleguen este control con el debido conocimiento y de manera voluntaria a otras agencias

.

Indicador 3.1.1 El manejo forestal en tierras de comunidades nativas se planifica y desarrolla sobre la base de una debida información y participación de los miembros de la comunidad

.

Indicador 3.1.2 En el caso de la delegación del aprovechamiento a terceros, existen acuerdos firmados y aprobados en asamblea, donde se verifica que la comunidad nativa ha sido informada y consultada, se precisan los compromisos de las partes y la forma en que se controla su cumplimiento

Criterio 3.2 El manejo forestal no deberá amenazar ni limitar, directa o indirectamente, los recursos y derechos de tenencia de los pueblos indígenas.

Indicador 3.2.1 Los impactos adversos del manejo forestal sobre los derechos de tenencia y uso de recursos de las comunidades nativas, incluidos derechos de servidumbre de tránsito, son identificados.

Indicador 3.2.2 Ante la evidencia de impactos adversos del manejo forestal sobre los derechos de tenencia, servidumbres de tránsito y uso de recursos de las comunidades nativas, se toman medidas concretas de prevención o mitigación.

Criterio 3.3 Los lugares de especial significado cultural, ecológico, económico o

religioso para los pueblos indígenas deberán ser claramente identificados

conjuntamente con dichos pueblos, reconocidos y protegidos por los responsables del

manejo forestal

.

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Indicador 3.3.1 En acuerdo con las comunidades nativas, el responsable del manejo forestal identifica en el plan de manejo y localiza en mapas, los sitios de especial significado cultural, ecológico, económico o religioso para dichas comunidades.

Indicador 3.3.2 Las áreas especiales indicadas en 3.3.1 son protegidas durante las operaciones forestales.

Criterio 3.4 Los pueblos indígenas deben ser recompensados por el empleo de su conocimiento tradicional en cuanto a la utilización de las especies forestales y los sistemas de manejo aplicados en las operaciones forestales. Dicha compensación deberá ser formalmente acordada con el consentimiento de dichos pueblos, con su debido conocimiento y de manera voluntaria antes del comienzo de las operaciones forestales

Indicador 3.4.1 Cuando se usen conocimientos tradicionales de las comunidades nativas en beneficio comercial de cualquier operación evaluada, existe y se implementa un acuerdo aceptable para las partes para compensar a las comunidades nativas por el uso de tal conocimiento, previo al inicio de operaciones.

PRINCIPIO 4: RELACIONES COMUNALES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.

El Manejo Forestal deberá mantener o elevar el bienestar social y económico a largo plazo de los trabajadores forestales y de las comunidades locales.

Criterio 4.1 Las comunidades dentro de, o adyacentes a, las áreas de manejo forestal, deberán tener oportunidad de empleo, capacitación, y otros servicios

.

Indicador 4.1.1 El responsable del manejo forestal, da preferencia a la contratación de trabajadores provenientes de poblaciones locales, a quienes brinda oportunidades de entrenamiento y capacitación Indicador 4.1.2 El responsable del manejo forestal da preferencia a la compra de bienes y servicios ofrecidos por los pobladores locales.

Indicador 4.1.3 El responsable del manejo forestal, en un nivel apropiado a la escala de sus recursos, ofrece apoyo servicios y programas sociales, identificados preferentemente con participación activa de los pobladores locales

.

Criterio 4.2 El manejo forestal deberá cumplir o superar todas las leyes y/o reglamentos aplicables a la salud y la seguridad de los empleados y sus familias

.

Indicador 4.2.1 Condiciones de contratación de trabajadores permanentes y temporales (salarios, seguridad social, etc.) no son inferiores a lo considerado en la legislación nacional y los estándares regionales según modalidad de trabajo.

Indicador 4.2.2 El responsable del manejo forestal implementa un reglamento de seguridad

en el trabajo, capacita a los trabajadores en seguridad de las operaciones forestales, los dota

de equipos mínimos para protección en buen estado de funcionamiento (botas, cascos,

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vestimenta, etc.) tanto en el bosque como en las plantas de transformación, de acuerdo a las necesidades y exige su uso.

Indicador 4.2.3 El responsable del Manejo Forestal brinda facilidades en primeros auxilios, de emergencia en el campo y atención médica básica. Para el efecto se cuenta al menos con botiquín de primeros auxilios y medicamentos básicos, y por lo menos una persona capacitada en su uso.

Indicador 4.2.4 Existen medidas para asegurar un alojamiento adecuado, así como salubridad y provisión suficiente de agua y de alimentos

Criterio 4.3 Deberán garantizarse los derechos de los trabajadores para organizarse y voluntariamente negociar con sus gerentes, conforme con las Convenciones 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Indicador 4.3.1 Los trabajadores tienen plena libertad para organizarse y negociar con sus empleadores asuntos laborales y de bienestar, de acuerdo a la ley laboral vigente

.

Criterio 4.4 La planificación y la implementación del manejo deberán incorporar los resultados de las evaluaciones del impacto social. Se deberá consultar a las poblaciones y grupos directamente afectados por las operaciones de manejo.

Indicador 4.4.1 El responsable del manejo forestal promueve la participación efectiva de las poblaciones locales en la planificación e implementación de las labores específicas del manejo forestal que les pueda afectar

Indicador 4.4.2 Los resultados principales de las evaluaciones de impacto social se ven reflejados en acciones que promueven los impactos positivos y controlan los negativos.

Criterio 4.5 Deberán emplearse mecanismos apropiados para resolver reclamos y para proporcionar una compensación razonable en caso de pérdidas o daños que afecten los derechos legales o los consuetudinarios, los bienes, los recursos o la vida de las poblaciones locales. Se deberán tomar medidas para evitar tales pérdidas o daños.

Indicador 4.5.1 El responsable del manejo forestal cuenta con políticas y líneas de acción establecidas por escrito para resolver reclamos o conflictos con terceros que resulten afectados

Indicador 4.5.2 En caso de pérdidas o daños que pudieran ocurrir como consecuencia de la aplicación de los planes de manejo forestal se contemplan compensaciones o indemnizaciones razonables aceptables por las poblaciones afectadas.

PRINCIPIO 5: OPTIMIZAR LOS BENEFICIOS DEL BOSQUE

El manejo forestal deberá promover el uso eficiente de los múltiples

productos y servicios del bosque para asegurar la viabilidad económica y

una gama amplia de beneficios ambientales y sociales.

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Criterio 5.1 El manejo forestal deberá orientarse hacia la viabilidad económica, tomando en consideración todos los costos ambientales, sociales y operacionales de la producción, y asegurando las inversiones necesarias para mantener la productividad ecológica del bosque

Indicador 5.1.1 Existe un análisis económico del manejo que muestra la rentabilidad de operaciones en base a flujos de caja y plan de inversiones para cubrir costos ambientales, sociales y operativos.

Criterio 5.2 Tanto el manejo forestal como las actividades de mercadeo deberán promover el uso óptimo y el procesamiento local de la diversidad de productos del bosque

.

Indicador 5.2.1 Se desarrollan esfuerzos y actividades específicas para diversificar la producción, especialmente en el caso de las especies maderables menos conocidas y productos forestales no maderables en la venta de la producción del bosque evaluado.

Indicador 5.2.2. Existen planes de agregación de valor al producto, incluyendo la inserción en cadenas productivas y/o la transformación local

Criterio 5.3 El manejo forestal deberá minimizar los desperdicios asociados con las operaciones de aprovechamiento y de transformación "in situ", así como evitar el daño a otros recursos forestales

Indicador 5.3.1 Existe un plan o estrategia para minimizar el desperdicio en las etapas de aprovechamiento y transformación.

Indicador 5.3.2 El personal encargado del aprovechamiento está entrenado y aplica técnicas de aprovechamiento de impacto reducido (tala dirigida, uso de mapas con curvas de nivel para construcción de caminos, reducción de daños a vegetación remanente, corta de tocones acorta distancia del suelo, trozado eficiente, etc.)

Criterio 5.4 El manejo forestal deberá orientarse hacia el fortalecimiento y la diversificación de la economía local, evitando así la dependencia en un solo producto forestal

Indicador 5.4.1 el responsable del manejo forestal promueve la participación de las poblaciones locales o terceros en actividades productivas para el aprovechamiento del bosque que les generen ingresos complementarios.

Indicador 5.4.2 Se identifican opciones y desarrollan esfuerzos para la comercialización diversificada de especies y productos

Criterio 5.5 El manejo forestal deberá reconocer, mantener y, cuando sea necesario, incrementar el valor de los recursos y servicios del bosque tales como las cuencas hidrográficas y los recursos pesqueros.

Indicador 5.5.1 El plan de manejo forestal incorpora información, lineamientos y

actividades para la conservación de los recursos y servicios del bosque.

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Criterio 5.6 La tasa de cosecha de productos forestales no deberá exceder los niveles que puedan ser permanentemente mantenidos

Indicador 5.6.1 Se han determinado parámetros de regulación de la producción, tales como ciclo de corta, crecimiento de las especies aprovechadas, mortandad y regeneración en base a la mejor información disponible, preferentemente del mismo sitio bajo manejo.

Indicador 5.6.2 Se respeta la corta anual permisible y las áreas de corta anual y volúmenes aprovechables según lo estimado en el plan general de manejo y planes operativos anuales aprobados.

PRINCIPIO 6: IMPACTO AMBIENTAL

Todo manejo forestal deberá conservar la diversidad biológica y sus valores asociados, los recursos de agua, los suelos, y los ecosistemas frágiles y únicos, además de los paisajes. Al realizar estos objetivos, las funciones ecológicas y la integridad del bosque podrán ser mantenidas.

Criterio 6.1 Deberá completarse una evaluación del impacto ambiental – de acuerdo a la escala y la intensidad del manejo forestal, así como a la peculiaridad de los recursos afectados – que se deberá incorporar adecuadamente en el sistema de manejo. Dichas valoraciones deberán considerar el paisaje y los impactos causados por los procesos realizados en el lugar. Asimismo, se deberá realizar la evaluación del impacto ambiental antes de realizar operaciones que puedan afectar el lugar del trabajo

Indicador 6.1.1 El plan de manejo forestal identifica los posibles impactos negativos sobre los recursos del bosque y a nivel de paisaje y establece las medidas correctivas que pueda generar la operación forestal.

Criterio 6.2 Deberán existir medidas para proteger las especies raras, amenazadas y en peligro de extinción, al igual que sus hábitats (por ejemplo, zonas de anidamiento o alimentación). Deberán establecerse zonas de protección y conservación, de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal, y según la peculiaridad de los recursos afectados. Deberán controlarse las actividades inapropiadas de la caza, captura y recolección.

Indicador 6.2.1 El plan de manejo forestal incluye una relación de las especies amenazadas oficialmente (listadas en Anexos 3 y 4), así como sus hábitats existentes en el área de manejo forestal. Se toman medidas para su protección.

Indicador 6.2.2 Existe control de la caza dentro del área de manejo, la que se limita a fines de subsistencia por parte de poblaciones locales

Indicador 6.2.3 El plan de manejo identifica áreas de protección para las especies de fauna

en estado de amenaza, las demarca en mapas, y la excluye del aprovechamiento de madera.

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Indicador 6.2.4 No se usa dinamita, barbasco, u otros productos tóxico en la pesca

Indicador 6.2.5 Existen medidas para prevenir incendios dentro del área de manejo y se implementan acciones para controlar uso del fuego en los predios colindantes

Criterio 6.3 Las funciones ecológicas vitales deberán mantenerse intactas, aumentarse o reponerse.

Estas incluyen:

a) La regeneración natural y la sucesión de los bosques.

b) La diversidad genética de las especies y de los ecosistemas.

c) Los ciclos naturales que afectan la productividad del ecosistema forestal.

Indicador 6.3.1 El sistema silvicultural seleccionado debe favorecer la permanencia del número y diversidad de especies así como su regeneración natural.

Indicador 6.3.2 Las especies que han sufrido una fuerte reducción numérica, que son naturalmente raras, o que presentan una estructura poblacional que no asegura su regeneración, son excluidas de la cosecha

.

Indicador 6.3.3 Existen medidas para prevenir y reducir el impacto sobre especies forestales claves para la alimentación de la fauna silvestre, tales como ubos (Spondias mombín), ungurahui (Jessenia sp), pama (Pseuldolmedia spp.), aguaje (Mauritia flexuosa), Shihuahuaco (Dypterix sp), entre otros, y árboles huecos en pie, o caídos que pueden ser refugio de diferentes animales.

Criterio 6.4 Las muestras representativas de los ecosistemas existentes en las áreas afectadas deberán protegerse en su estado natural, de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal, y según la peculiaridad de los recursos afectados.

Indicador 6.4.1 Se protegen muestras representativas de los tipos de bosque presentes em El área de manejo (un 10% de la extensión bajo protección puede considerarse como uma meta deseable)

Criterio 6.5 Deberán prepararse e implementarse guías escritas para el control de la erosión, la disminución de los daños al bosque durante la cosecha, la construcción de caminos, todos los otros disturbios mecánicos, y para la protección de los recursos hídricos

Indicador 6.5.1 Se dispone de manuales sobre aprovechamiento de impacto reducido, planificación, construcción y mantenimiento de caminos, puentes y manejo de residuos químicos y desechos, y el personal de campo los conoce y emplea.

- Indicador 6.5.2 La planificación de caminos se realiza en base a mapas de planes

operativos anuales con información topográfica y una escala adecuada de trabajo

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Indicador 6.5.3 Se adoptan medidas apropiadas para evitar la obstrucción de cursos de agua o contaminación a consecuencia de las operaciones forestales de construcción de caminos, puentes, arrastre de árboles, patios de acopio u otras actividades propias de las operaciones forestales.

Indicador 6.5.4 Todos los caminos principales y secundarios en uso son mantenidos apropiadamente, incluyendo la superficie de rodaje y las estructuras de drenaje. No se efectúan operaciones de extracción y transporte cuando hay alta saturación de agua en el suelo.

Criterio 6.6 Los sistemas de manejo deberán promover el desarrollo y la adopción de métodos no químicos para el manejo de las plagas, para no dañar el ambiente. Se deberá también evitar el uso de los pesticidas químicos. Además, se prohibirán los pesticidas clasificados como de Tipos 1A y 1B por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los pesticidas de hidrocarburos, y aquellos compuestos de cloro, pesticidas que son persistentes, tóxicos o cuyos derivados se mantienen biológicamente activos y se acumulan en la cadena alimenticia más allá del uso deseado, y cualquier pesticida prohibido por acuerdos internacionales. Si se debe usar químicos, se proporcionará el equipo y la capacitación adecuada para disminuir los riesgos a la salud y al ambiente.

Indicador 6.6.1 En la eventualidad del uso de métodos químicos se descartan los productos químicos prohibidos por la OMS y pesticidas químicos prohibidos por el FSC, se prefiere aquellos con escaso efecto residual, cuya aplicación se realiza cuidando las normas de seguridad y con personal entrenado.

Indicador 6.6.2 En caso del uso de químicos, el personal responsable conoce y aplica las Guías de FSC para el uso de pesticidas químicos.

Criterio 6.7 Químicos, contenedores, desperdicios inorgánicos, líquidos y sólidos, incluyendo combustibles, lubricantes y detergentes, deberán ser desechados de una manera ambientalmente apropiada en lugares fuera del sitio de trabajo.

Indicador 6.7.1 Existen procedimientos para la manipulación, tratamiento, descarte, destino final o incineración de residuos

Indicador 6.7.2 Los residuos de combustibles y lubricantes, de productos químicos líquidos y sólidos, se desechan apropiadamente fuera del sitio de trabajo.

Criterio 6.8 Se deberá documentar, disminuir, monitorear y controlar estrictamente el uso de agentes de control biológico, de acuerdo con las leyes nacionales y los protocolos científicos aceptados internacionalmente. Se prohibirá el uso de los organismos genéticamente modificados.

Indicador 6.8.1 No se usan organismos genéticamente modificados (OGM)

Indicador 6.8.2 El uso de agentes de control biológico deberá ser documentado, disminuido, monitoreado y estrictamente controlado.

Criterio 6.9 El uso de las especies exóticas deberá ser controlado cuidadosamente y monitoreado rigurosamente para evitar impactos ecológicos adversos.

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Indicador 6.9.1 Se documenta, el manejo adecuado de las especies exóticas utilizadas y se detallan los procedimientos de control y monitoreo.

Indicador 6.9.2 El uso de especies exóticas cuenta con la aprobación del Ministerio de Agricultura de acuerdo con la legislación forestal vigente.

Criterio 6.10 No deberá ocurrir la conversión de bosques a plantaciones u otros usos no forestales a la tierra, excepto en circunstancias tales que la conversión:

a. Implica una porción muy limitada de la unidad de manejo forestal; y b. No ocurre dentro de áreas de Bosques con Alto Valor de Conservación; y

c. Permitirá obtener beneficios claros, substanciales, adicionales, seguros y de largo plazo para toda la unidad de manejo forestal.

Indicador 6.10.1 El plan de manejo forestal contiene información detallada de las áreas de bosque que serán convertidas a otros usos, tales como pequeñas parcelas para producción de alimentos destinados al personal, vivienda para los trabajadores u otros usos distintos del uso forestal.

Indicador 6.10.2 Una vez abandonadas las áreas con cambio de uso, serán sometidas a prácticas de restauración

PRINCIPIO 7: PLAN DE MANEJO Y SU IMPLEMENTACIÓN

Un plan de manejo - de acuerdo a la escala y la intensidad de las operaciones propuestas - deberá ser escrito, implementado y actualizado. En el mismo se deberán establecer claramente los objetivos del manejo y los medios para lograr estos objetivos.

Criterio 7.1 El plan de manejo y los documentos sustentatorios deberán proporcionar:

a) Los objetivos del manejo.

b) La descripción de los recursos del bosque que serán manejados, las limitaciones ambientales, el estado de la propiedad y el uso de la tierra, las condiciones socioeconómicas, y un perfil de las áreas adyacentes.

c) La descripción del sistema silvicultural y/o otro sistema de manejo, basado en la ecología del bosque y en la información obtenida a través de los inventarios forestales.

d) La justificación de la tasa de la cosecha anual y de la selección de especies.

e) Las medidas para el monitoreo del crecimiento y la dinámica del bosque.

f) Las medidas ambientales preventivas basadas en las evaluaciones ambientales.

g) Los planes para la identificación y la protección de las especies raras, amenazadas o en peligro de extinción.

h) Los mapas que describan la base de los recursos forestales, incluyendo las áreas protegidas, las actividades de manejo planeadas y la titulación de la tierra.

i) La descripción y justificación de las técnicas de cosecha y del equipo a ser usado. Se respetará la confidencialidad de esta información

Indicador 7.1.1 El plan de manejo y documentos complementarios deben proporcionar información acerca de:

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] a) Objetivos del manejo

b) Descripción de los recursos forestales que se manejaran, limitaciones ambientales, tenencia de las tierras, condiciones socioeconómicas y un perfil de las tierras colindantes.

c) Mapas con la descripción de tipos de bosques, cursos de agua, división administrativa, áreas de protección, caminos, patios de acopio.

d) Duración y revisión del plan e) Ordenamiento del área de manejo

f) Determinación del potencial productivo mediante inventarios

g) Sistema silvicultural con justificación de ciclos de corta, diámetros mínimos de corta, volumen de corta anual permisible, especies a proteger, especies a aprovechar, sobre la base de información del bosque bajo manejo.

h) Especificaciones sobre sistemas de aprovechamiento.

i) Sistema de monitoreo de crecimiento, dinámica, regeneración y del bosque.

j) Medidas para la identificación y protección de especies raras, amenazadas y en peligro.

k) Evaluacion de impacto ambiental y medidas de mitigación.

l) Participación de poblaciones locales m) Programa de inversiones

n) planes complementarios en caso de aprovechamiento de productos no maderables, basados en inventarios del recurso.

Indicador 7.1.2 Existe un responsable técnico de la implementación del plan de manejo

Criterio 7.2 El Plan de Manejo deberá ser revisado periódicamente para incorporar los resultados del monitoreo y la nueva información científica y técnica, para responder a los cambios en las circunstancias ambientales, sociales y económicas.

Indicador 7.2.1 El plan de manejo es revisado periódicamente (mínimo cada 5 años) para incorporar los resultados del monitoreo, la nueva información científica o técnica, así como los cambios en el contexto ambiental, social y económico.

Criterio 7.3 Los trabajadores forestales deberán recibir una capacitación y supervisión adecuada para asegurar la implementación correcta del plan de manejo.

Indicador 7.3.1 Existe evidencias de capacitación formal e informal de los trabajadores responsables de las actividades de manejo.

Indicador 7.3.2 Se cuenta con procedimientos de supervisión para asegurar el desempeño de los trabajadores forestales en la implementación del plan de manejo.

Criterio 7.4 Los productores forestales deberán tener un resumen de los elementos principales del plan de manejo, incluyendo aquellos listados en el Criterio 7.1. Se respetará la confidencialidad de esta información

Indicador 7.4.1 Existe disponible para los certificadores un resumen del plan de manejo conteniendo la información indicada en el criterio 7.1

PRINCIPIO 8: MONITOREO Y EVALUACIÓN

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Deberán evaluarse - de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal - la condición del bosque, el rendimiento de los productos forestales, la cadena de custodia, y la actividad del manejo y sus impactos sociales y ambientales.

Criterio 8.1 La frecuencia y la intensidad del monitoreo deberán ser determinadas de acuerdo a la escala y a la intensidad de las operaciones del manejo forestal, y según la relativa complejidad y la fragilidad del ambiente afectado. Los procedimientos de monitoreo deberán ser consistentes y replicables a lo largo del tiempo, para permitir la comparación de resultados y la evaluación de los cambios.

Indicador 8.1.1 Reportes y formatos de monitoreo indican suficiente consistencia para comparación de resultados y evaluacion de cambios.

Indicador 8.1.2 La frecuencia e intensidad de monitoreo es consistente con la complejidad de la operación evaluada con fines de certificación.

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Criterio 8.2 El manejo forestal deberá incluir la investigación y la recolección de datos necesarios para monitorear por lo menos los siguientes indicadores:

a) El rendimiento de todos los productos forestales cosechados.

b) La tasa de crecimiento, regeneración y condición del bosque.

c) La composición y los cambios observados en la flora y la fauna.

d) Los impactos ambientales y sociales de la cosecha y otras operaciones.

e) Los costos, la productividad y la eficiencia del manejo forestal

Indicador 8.2.1 Se lleva un registro de rendimientos y costos de todos los productos forestales cosechados, así como los costos de producción de las operaciones forestales.

Indicador 8.2.2 Se han implementado y monitorean parcelas de evaluación permanente entre otras formas de evaluación, para medir tasa de crecimiento, respuestas de la regeneración y condición del bosque en las áreas aprovechadas

Indicador 8.2.3. Se llevan registros periódicos de observación de especies de flora y fauna indicadoras de la salud del ecosistema

Indicador 8.2.4 Se monitorea el impacto del aprovechamiento y otras operaciones en el área bajo manejo sobre la calidad de vida de los trabajadores, poblaciones aledañas, suelo y agua.

Indicador 8.2.5 Existe un sistema de monitoreo de los atributos de bosque de alto valor de conservación, en caso se haya identificado dentro del bosque bajo manejo.

Criterio 8.3 La documentación necesaria deberá ser proporcionada por el productor forestal, a los que monitorean, o a las organizaciones certificadoras, para que puedan seguir cada producto forestal desde su origen. Este es un proceso conocido como “la cadena de custodia”

Indicador 8.3.1 El responsable del manejo forestal cuenta con un sistema de registro y control documentado de la producción forestal, que permite la identificación desde el árbol aprovechable hasta su comercialización, para identificar el origen y el destino de las especies aprovechadas.

Indicador 8.3.2 Los productos forestales certificados están claramente identificados con etiquetas o marcas, almacenamiento separado y documentos de venta adjuntos durante todas las fases de procesamiento y la distribución física, para evitar su mezcla con productos no certificados

Criterio 8.4 Los resultados del monitoreo deberán ser incorporados en la implementación y en la revisión del plan de manejo.

Indicador 8.4.1 Existe un plan de manejo actualizado al que se han incorporado los resultados del monitoreo

Criterio 8.5 Los productores forestales deberán tener un resumen disponible al público de los resultados de los indicadores de monitoreo, incluyendo aquellos listados en el criterio 8.2. Se respetará la información confidencial

Indicador 8.5.1 Existe un documento público, que resume los resultados del monitoreo

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PRINCIPIO 9: MANTENIMIENTO DE BOSQUES CON ALTO VALOR DE CONSERVACIÓN Las actividades de manejo en bosques con alto valor de conservación mantendrán o incrementarán los atributos que definen a dichos bosques. Las decisiones referentes a los bosques con alto valor de conservación deberán tomarse siempre dentro del contexto de un enfoque precautorio.

Criterio 9.1 Se completará una evaluación apropiada a la escala y la intensidad del manejo forestal, para determinar la presencia de atributos consistentes con la de los bosques con alto valor de conservación.

Criterio 9.2 La parte consultiva del proceso de certificación debe enfatizar los atributos de conservación que se hayan identificado, así como las opciones que correspondan a su mantenimiento.

Criterio 9.3 El plan de manejo deberá de incluir y poner en práctica las medidas específicas que aseguren el mantenimiento y/o incremento de los atributos de conservación aplicables, consistentes con el enfoque precautorio. Estas medidas se incluirán específicamente en el resumen del plan de manejo accesible al público.

Criterio 9.4 Se realizará un monitoreo anual para evaluar la efectividad de las medidas usadas para mantener o incrementar los atributos de conservación aplicables.

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ANEXO 1 Listado de Legislación Nacional relacionada al Manejo Forestal y la Conservación de Recursos Naturales

Normativa Ambiental:

 Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente

 D.L. 1013 Aprueba la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Ambiente

 D.S 044-98-PCM Reglamento nacional para la aprobación de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles

 Ley 26410 Ley de consejo nacional del ambiente

 R.P 025-99 Declaran inicio de actividades conducentes a la aplicación del programa anual para la aprobación de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles Normativa Forestal:

 D.S 010-99-AG Aprueba el plan Director de las Áreas Naturales Protegidas

 Ley 26821 Ley Orgánica para el Aprovechamiento sostenible

 de los Recursos Naturales

 Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas

 Ley 26839 Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica

 D.L 1090 Aprueba la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Aprobado el 27 de Junio del 2008

 Decreto Supremo Nº 002-2009AG aprueba Reglamento de la Ley Forestal aprobada por Decreto Legislativo 1090

Normativa Agraria:

 D.S 018-92-AG Reglamento de zoocriaderos y cotos de caza

 D.S 013-99-AG Prohíbe la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000

 Ley 27037 Ley de promoción de inversión en la amazonia Normativa referente a comunidades nativas:

 D.S 003-79-AA Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva

 Ley 26505 Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas

 D.L 22175 Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva

Normativa Laboral:

 D.S N 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo

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ANEXO 2. Listado de Acuerdos y Convenios Internacionales Suscritos por el Perú aplicables al estándar del Consejo de Manejo Forestal (FSC)

 Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo

 Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR)

 Protocolo de Montreal

 Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático

 Convenio sobre la Diversidad Biológica

 Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, conocida como Convención de Bonn

 Protocolo de Kyoto

 Convenio de la Organización Internacional de Maderas Tropicales

 Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación,

 Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES)

 Tratado de Cooperación Amazónica

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ANEXO 3. Listado de Especies de Fauna Amenazadas (De acuerdo al D.S. Nº 034-2004-AG del 22-09-2004)

A) Especies de Fauna Silvestre en Peligro Critico MAMÍFEROS

Nombre Científico Nombre común

Chinchilla brevicaudata Chinchilla

Melanomys zunigae Ratón arrozalero de Zúñiga

Platalina genovensium Murciélago longirostro peruano

Tapirus pinchaque Pinchaque

Tomopeas ravus Murciélago

AVES

Nombre Científico Nombre común

Cinclodes aricomae Churrete real

Cinclodes palliatus Churrete de pecho blanco

Crax globulosa Paujil carunculado

Neochen jubata Ganso del Orinoco

Nothoprocta kalinowskii Perdiz de Kalinowski

Pelecanoides garnotii Potoyunco

Penelope albipennis Pava aliblanca

Podiceps taczanowskii Zambullidor de Junín

Pterodroma p. phaeopygia Petrel de Galápagos

Pterocnemia pennata Suri

Taphrolesbia griseiventris Picaflor de cometa ventrigris

Thalassarche eremita Albatros de Chattam REPTILES

Nombre Científico Nombre común

Crocodylus acutus Cocodrilo de Tumbes

Dermochelys coriacea Tortuga dorso de cuero

Peltocephalus dumerilianus Guacamayo charapa

Phyllodactylus sentosus Saltojo

ANFIBIOS

Nombre Científico Nombre común

Batrachophrynus macrostomus Rana de Junín

Epipedobates planipaleae Rana

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] B) Especies de Fauna Silvestre en Peligro MAMÍFEROS

Nombre Científico Nombre común

Alouatta palliata Coto negro

Aotus miconax Mono nocturno

Arctocephalus australis Lobo fino

Ateles belzebuth Maquisapa vientre blanco

Dinomys branickii Pacarana

Lama guanicoe Guanaco

Lontra felina Nutria marina

Mormopterus phrudus Murciélago

Oreailurus jacobita Gato andino

Oreonax flavicauda Mono choro cola amarilla

Pteronura brasiliensis Lobo de río

Pudu mephistophiles Pudú

Saguinus labiatus Pichico de barriga anaranjada

Sturnira nana Murciélago frugívoro enano

Thomasomys pyrrhonotus Ratón montaraz de vientre rojizo

Thomasomys rosalinda Ratón montaraz rosalinda

Tremarctos ornatus Oso de anteojos

Trichechus inunguis Manatí

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] AVES

Nombre Científico Nombre común

Agriornis andicola Arriero coliblanca

Ajaia ajaja Espátula rosada

Anairetes alpinus Torito pechicenizo

Atlapetes melanopsis Matorralero de anteojos

Aulacorhynchus huallagae Tucancito semiamarillo

Brotogeris pyrrhopterus Perico macareño

Eulidia yarrellii Colibrí de Tacna

Grallaricula ochraceifrons Tororoi frentiocrácea

Herpsilochmus parkeri Hormiguerito garganticeniza

Laterallus tuerosi Gallinetita de Junín

Leptasthenura xenothorax Tijeral cejiblanco

Leucopternis occidentalis Gavilán dorsigris

Loddigesia mirabilis Colibrí maravilloso

Mycteria americana Manchaco

Octhoeca piurae Pitajo de Piura

Pachyramphus spodiurus Cabezón pizarroso

Pauxi unicornis Paujil unicornio

Pelecanus thagus Pelícano peruano

Penelope barbata Pava barbada

Phalacrocorax bouganvilli Guanay

Phalacrocorax gaimardi Chuita

Phytotoma raimondii Cortarrama peruana

Poospiza alticola Dominiquí de cola plana

Poospiza rubecula Dominiquí pechirrufo

Rollandia microptera Zambullidor del Titicaca

Spheniscus humboldti Pingüino de Humboldt

Sula granti Piquero de Nazca

Sula variegata Piquero peruano

Synallaxis courseni Coliespina de Apurímac

Synallaxis tithys Coliespina cabecinegra

Synallaxis zimmeri Coliespina ventrirrojiza

Terenura sharpei Hormiguerito lomiamarillo

Thripophaga berlepschi Rabiblando bermejo

Vultur gryphus Cóndor andino

Xenoglaux loweryi Lechucita bigotona

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] REPTILES

Nombre Científico Nombre común

Boa constrictor ortonii Boa de costa

Bothrops roedingeri Sancarranca

Caretta caretta Tortuga boba

Chelonia mydas agassizzii Tortuga verde

Dicrodon holmbergi Cañan

Eretmochelys imbricata Tortuga carey

Geochelone carbonaria Motelo, supay motelo

Lepidochelys olivacea Tortuga golfina

Paleosuchus palpebrosus Trueno lagarto, dirin dirin

Podocnemis expanda Charapa ANFIBIOS

Nombre Científico Nombre común

Atelopus peruensis Sapo

Batrachophrynus brachydactylus Rana

Bufo corinetes Sapo

Cochranella saxiscandens Rana

Cryptophyllobates azureiventris Rana

Dendrobates mysteriosus Rana misteriosa

Eleutherodactylus cosnipatae Ranita

Telmatobius breviceps Rana

C) Especies de Fauna Silvestre en Situación Vulnerable MAMÍFEROS

Nombre Científico Nombre común

Agouti taczanowskii Paca de Taczanowski

Amorphochilus schnablii Murciélago

Ateles chamek Maquisapa

Blastocerus dichotomus Ciervo de los pantanos

Cacajao calvus Huapo colorado

Callicebus oenanthe Tocón

Callicebus torquatus Tocón de collar

Callimico goeldii Pichico de Goeldi

Chaetophractus nationi Armadillo de Nation

Chibchanomys trichotis Rata chibcha de oreja peluda

Cryptotis peruviensis Musaraña colicorta peruana

Dasypus pilosus Armadillo peludo

Eptesicus innoxius Murciélago

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Hippocamelus antisensis Taruca

Lagothrix cana Mono choro

Lagothrix lagotricha Mono choro común

Lonchophylla hesperia Murciélago longirostro norperuano

Mazama chunyi Tanka taruka

Mazama rufina Venado

Monodelphis osgoodi Colicorto marsupial de Osgood

Myrmecophaga tridactyla Oso hormiguero

Neusticomys peruviensis Rata acuática peruana

Otaria byronia Lobo chusco

Oxymycterus hiska Ratón hocicudo

Priodontes maximus Armadillo gigante

Rhipidomys ochrogaster Rata

Sciurus pyrrhinus Ardilla rojiza

Sciurus sanborni Ardilla de Sanborn

Tapirus terrestris Sachavaca

Thomasomys apeco Ratón de Apeco

Thomasomys gracilis Ratón montaraz delicado

Thomasomys incanus Ratón montaraz incaico

Thomasomys kalinowskii Ratón montaraz de Kalinowski

Thomasomys macrotis Ratón montaraz

Thomasomys onkiro Ratón montaraz

Thomasomys pretor Ratón montaraz

Thomasomys taczanowskii Ratón montaraz de Taczanowski

AVES

Nombre Científico Nombre común

Acestrura bombus Colibrí abejorro

Aglaeactis aliciae Colibrí de Alicia

Ara chloroptera Guacamayo rojo y verde

Ara coulonii Guacamayo verde de cabeza

celeste

Ara macao Guacamayo rojo

Ara militaris Guacamayo verde

Asthenes huancavelicae Canastero colipálida

Attila torridus Atila ocráceo

Buthraupis aureodorsalis Tangara de montaña lomo dorado

Buthraupis wetmorei Tangara de montaña enmascarada

Carduelis siemiradzkii Jilguero azafranado

Columba oenops Paloma peruana

Conirostrum tamarugense Mielerito de los tamarugales

Coryphaspiza melanotis Pinzón enmascarado

Crypturellus casiquiare Perdiz

Crypturellus duidae Perdiz de varillar

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Forpus xanthops Perico pachaloro

Galbula pastazae Jacamar pechicobrizo

Hapalopsittaca pyrrhops Loro carirrojo

Harpia harpyja Águila arpía

Heliangelus regalis Ángel del sol azul

Hemispingus rufosuperciliaris Hemispingo cejirrufa

Hylocryptus erythrocephalus Rascahojas capuchirrufo

Incaspiza ortizi Pájaro del inca aligris

Jabiru mycteria Jabiru

Larosterna inca Zarcillo

Lathrotriccus griseipectus Mosquerito pechigris

Leptosittaca branickii Loro de mejillas doradas

Lipaugus uropygialis Silbador alicimitarra

Mitu salvini Paujil vientre blanco

Myrmeciza griseiceps Hormiguero cabecigris

Neopelma chrysocephalum Saltarín corona de oro

Netta erythropthalma Pato cabeza castaña

Notharchus ordii Buco

Nothoprocta taczanowskii Perdiz de Taczanowski

Nyctibius leucopterus Ayamama patablanca

Oceanodroma markhami Golondrina de tempestad oscura

Onychorhynchus occidentalis Atrapamoscas occidental

Ortalis erythroptera Chachalaca cabecirrufa

Percnostola arenarum Hormiguero

Phacellodomus dorsalis Espinero dorsicastaño

Phoebastria irrorata Albatros de Galápagos

Phoenicoparrus andinus Parihuana andina

Phoenicoparrus jamesi Parihuana de James

Picumnus steindachneri Carpinterito pechijaspeado

Pithys castanea Hormiguero

Progne murphyi Golondrina peruana

Siptornopsis hypochondriacus Colaespina grande

Sterna hirundinacea Gaviotín sudamericano

Sterna lorata Gaviotín peruano

Synallaxis maranonica Colaespina del Marañón

Syndactyla ruficollis Tico tico cuellirrufo

Tangara meyerdeschauenseei Tangara gorriverde

Theristicus melanopis Bandurria

Tinamus osgoodi Perdiz negra

Touit stictoptera Periquito alipunteado

Wetmorethraupis sterrhopteron Tangara gargantinaranja

Xenospingus concolor Fringilo apizarrado

Xipholena punicea Cotinga purpúrea

Zaratornis stresemanni Cotinga cachetiblanco

Zimmerius villarejoi Moscarete de Mishana

(23)

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] REPTILES

Nombre Científico Nombre común

Batrachemys heliostemma Ashnacharapa

Bothrops andianus Jergón

Bothrops barnetti Macanche

Bothrops pictus Jergón de costa

Ctenoblepharis adspersa Lagartija

Dicrodon heterolepis Lagartija de cabeza colorada

Melanosuchus niger Caiman negro

Podocnemis unifilis Taricaya

Polychrus femoralis Camaleoncito verde

ANFIBIOS

Nombre Científico Nombre común

Atelopus pachydermus Sapo

Atelopus tricolor Sapo

Centrolene euhytrix Rana

Centrolene hesperium Rana

Ceratophrys stolzmanni Rana cornuda

Gastrotheca ochoai Rana marsupial

Phrynopus simonsii Rana

Telmatobius arequipensis Rana de Arequipa

Telmatobius culeus Rana del Titicaca

(24)

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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] D) Especies de Fauna Silvestre casi Amenazadas

MAMÍFEROS

Nombre Científico Nombre común

Alouatta seniculus Mono coto

Lagothrix poeppigii Mono choro

Panthera onca Jaguar

Puma concolor Puma

Vicugna vicugna Vicuña

AVES

Nombre Científico Nombre común

Aburria aburri Pava negra

Accipiter collaris Gavilán de collar

Amazona festiva Loro de lomo rojo

Andigena hypoglauca Tucaneta

Aratinga erythrogenys Loro de frente roja

Asthenes urubambensis Canastero

Atlapetes rufigenis Chacchara

Atlapetes terborghi Chacchara de Terborgh

Cacicus koepckeae Páucar de Koepcke

Campephilus guayaquilensis Carpintero

Campylopterus villavicensio Picaflor de Villavicensio

Campylorhamphus pucherani Trepador

Capito wallacei Barbudo franjiescarlata

Conothraupis speculifera Tangara blanco y negro

Crypturellus transfasciatus Perdiz pata colorada

Cypseloides rothschildi Vencejo

Deroptyus accipitrinus Loro cacique

Falco deiroleucus Halcón de pecho naranja

Falco peregrinus Halcón peregrino

Formicarius rufifrons Hormiguero

Fulica gigantea Gallareta gigante

Fulica rufifrons Gallareta de frente roja

Gallinago imperialis Becasina imperial

Grallaria blackei Hormiguero

Grallaria eludens Hormiguero

Grallaricula peruviana Tororori peruano

Heliodoxa gularis Colibrí

Hemitriccus cinnamomeipectus Atrapamoscas

Hemitriccus minimus Atrapamoscas

Hemitriccus rufigularis Atrapamoscas

Henicorhina leucoptera Cucarachero

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Herpsilochmus gentryi Hormiguero de Gentry

Incaspiza watkinsi Pájaro del inca de Watkins

Laterallus jamaicensis Gallinetita negra

Leptasthenura yanacensis Tijeral

Leucopternis plumbea Gavilán plomizo

Melanopareia maranonica Pájaro del Marañón

Metallura odomae Colibrí de neblina

Mitu tuberosa Paujil

Morphnus guianensis Águila monera

Myiophobus lintoni Mosqueta

Myrmoborus melanurus Hormiguero

Nannopsittaca dachillae Perico

Oreomanes fraseri Pájaro de los queñuales

Otus marshalli Lechuza de bosques nublados

Phaethornis koepckeae Picaflor de Koepcke

Phlegornis mitchellii Chorlito cordillerano

Phlogophilus harterti Colibrí

Phlogophilus hemileucurus Colibrí

Phoenicopterus chilensis Marihuana

Pipile cumanensis Pava

Pipreola chlorolepidota Cotinga

Podiceps occipitalis Zambullidor blanquillo

Pteroglossus beauharnaesii Tucán encrespado

Ramphastos ambiguus Tucán Dios te de pico negro

Ramphastos toco Tucán toco

Saltator cinctus Pepitero

Simoxenops ucayalae Pajarito pico curvo

Synalaxis cherriei Coliespina

Tachycineta stolzmanii Golondrina de Tumbes

Tangara phillipsi Tangara

Tinamotis pentlandii Francolina

Tumbezia salvini Tiránido de Tumbes

Xenerpestes singularis Colagris ecuatorial REPTILES

Nombre Científico Nombre común

Callopistes flavipunctatus Iguana marrón

Microlophus tigris Lagartija

Paleosuchus trigonatus Lagarto enano, dirin dirin ANFIBIOS

Nombre Científico Nombre común

Altigius alios Rana

Bufo spinulosus Sapo

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Centrolene azulae Rana

Cochranella ocellata Rana

Colostethus elachyhistus Rana

Dendrobates fantasticus Rana

Dendrobates reticulatus Rana rojita

Epipedobates bassleri Rana

Epipedobates cainarachi Rana

Epipedobates parvulus Rana

Epipedobates petersi Rana

Epipedobates ruvibentris Rana

Epipedobates simulans Rana

Epipedobates smaragdinus Rana

Epipedobates tricolor Rana

Epipedobates zaparo Rana

Gastrotheca excubitor Rana marsupial

Telmatobius brevirostris Rana

Telmatobius mayoloi Rana

(27)

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ANEXO 4. Clasificación oficial de Especies Amenazadas de Flora Silvestre De acuerdo al D.S. Nº 043-2006-AG, publicado el 13 de julio del 2006

A) Especies de Flora Silvestre en Peligro Critico (CR)

FAMILIA ESPECIE NOMBRE COMUN

ACANTHACEAE Aphelandra cuscoensis Wasshausen ACANTHACEAE Aphelandra formosa (Huntoldt & Bonpland) Ness

ACANTHACEAE Aphelandra wurdackii Wassh

ACANTHACEAE Tetramerium sagasteguianum T.F. Daniel

AMARYLLIDACEAE Pucara leucantha Ravenna

AMARYLLIDACEAE Rauhia decora Ravenna

AMARYLLIDACEAE Rauhia multiflora (Kunth) Ravenna

AMARYLLIDACEAE Rauhia staminosa Ravenna

ANACARDIACEAE Haplorhus peruviana Engl. ccasi.rrollemacho ANACARDIACEAE Loxopterygium huasango Spruce ex Engl. hualtaco, huasango

APIACEAE Domeykoa amplexicaulis (H.WoI) Mathias &

Constance

ARALIACEAE Aralia soratensis Marchal q'ello phati ARECACEAE Ceroxylon parvifrons (Engel) H.Wendl

ARECACEAE Ceroxylon weberbaueri Burret

ASTERACEAE Ambrosia dentata (Cabrera) Dilbn

ASTERACEAE Ambrosia pannosa Payne

ASTERACEAE Arnaldoa macbrideana Ferreyra

ASTERACEAE Arnaldoa weberbaueri (Muschl.) Ferreyra

ASTERACEAE Ascidiogine wurdackii Cuatrec.

ASTERACEAE Ascidiogyne sanchezvegae Cabrera

ASTERACEAE Bishopanthus soliceps H.Rob.

ASTERACEAE Caxamarca sanchezii M.O.Dillon & Sagast.

ASTERACEAE Chersodoma arequipensis (Cuatrec) Cuatrec.

ASTERACEAE Chucoa ilicifolia Cabrera

ASTERACEAE Dasyphyllum brevispinum Sagast. & Dillon ASTERACEAE Dyssodia lopez-mirandae Cabrera ASTERACEAE Ferreyrella cuatrecasasii R.M. King & H.Rob ASTERACEAE Ferreyrella peruviana S.F Blake ASTERACEAE Fulcaldea laurifolia (Humb. & Bonpl.) Poir. Ex

Less.

ASTERACEAE Gynoxys dilloniana Sagast. & DilIon ASTERACEAE Helogyne hutchisonii R.M King & H.Rob ASTERACEAE Mikania filicifolia B. Robinson ASTERACEAE Onoseris chrysactinioides Sagast. i Dillon ASTERACEAE Pentacalia nunezii H.Rob & Cuatrec.

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ASTERACEAE Senecio calcicola Meyen & Walp

ASTERACEAE Senecio chachaniensis Cuatrec.

ASTERACEAE Senecio mollendoensis Cabrera

ASTERACEAE Senecio okopanus Cabrera

ASTERACEAE Senecio smithianus Cabrera

ASTERACEAE Senecio yurensis Rusbi

ASTERACEAE Smallanthus glabratus (DC) H. Rob

ASTERACEAE Bishopanthus soliceps H. Rob

BATIDACEAE Batis maritima L.

BUDDLEJACEAE Buddleja bullata Kunth qolle

BUDDLEJACEAE Buddleja coriacea Remy quichihuayta, kishuar, qolle, safran

BUDDLEJACEAE Buddleja incana R. & P. Kishuar.colle

BUDDLEJACEAE Buddleja longifolia H.B. K Kishuar

BUDDLEJACEAE Buddleja montana Britton kishuar

BURSERACEAE Bursera graveolens (Kunth) Triana & Planch. palo santo, huamtor

CAPPARACEAE Capparis eucalyptifolia Haught

CAPPARACEAE Capparis scabrida Kunth sapote

CARICACEAE Carica candicans Gray mito

CARICACEAE Carica quercifolia (A.St.Hil) Hieron calasacha

CARICACEAE Carica stipulata V.M. Badillo

CUNONIACEAE Weinmannia piurensis O. Schmidt

EPHEDRACEAE Ephedra breana Philippi pinco-pinco

EPHEDRACEAE Ephedra rupestris Benth. pinco-pinco

EUPHORBIACEAE Euphorbia apurimacensis Croizat

FABACEAE Myroxylon peruiferum L.f balsamo

FABACEAE Otholobium mexicanum (L.f) J.W Grimes FABACEAE Otholobium munyensis (J . F Macbride) J.W

Grimes

FABACEAE Weberbauerella brongniartioides Ulbich FABACEAE Weberbauerella raimondiana Ferreyra

GENTIANACEAE Gentianella alborosea (Gilg) Fabris hercampuri LYTHRACEAE Lourtella resinosa Graham Bass & Tobe

LYTHRACEAE Poensia acuminata Lafoensia

MALVACEAE Abutilon piurense Ulbrich

MALVACEAE Gossypium raimondii Ulbrich algodon silvestre

MALVACEAE Nototriche artemisioides Hill

MALVACEAE Nototriche longituba Burtt & Hill

MALVACEAE Nototrihe lopezii Krapovickas

MALVACEAE Nototriche staftordiae Burtt & Hill

MALVACEAE Palaua inconspicua I.M. Johnst.

MALVACEAE Tetrasida chachapoyensis (Baker) Fryxell &

Fuertes

MALVACEAE Telrasida serrulata Fryxell & Fuertes

Referencias

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