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PRINCIPIO 1: OBSERVACION DE LAS LEYES Y LOS PRINCIPIOS DEL FSC El manejo forestal deberá respetar todas las leyes nacionales, los tratados y acuerdos internacionales de los que el país es signatario, y deberá cumplir con todos los principios y criterios del FSC.
Criterio 1.1 El manejo forestal deberá respetar todas las leyes nacionales y locales, al igual que todos los requisitos administrativos
Indicador 1.1.1 La operación evaluada basa sus operaciones en un Plan General de Manejo Forestal (PGMF) y un Plan Operativo Anual (POA) aprobados por la autoridad competente, y respeta leyes y reglamentos, así como requisitos administrativos de carácter nacional y/o regional vigentes (ver Anexo 1)
Criterio 1.2 Todos los honorarios, regalías, impuestos y otros cargos establecidos legalmente y que sean aplicables deberá ser pagados
Indicador 1.2.1 Se cumple, en el plazo establecido, con los pagos e impuestos propios de la actividad forestal con fines de producción de madera
.Indicador 1.2.2 En caso de presentarse retrasos en los pagos, existen compromisos o planes de pago aceptados por la autoridad competente.
Criterio 1.3 En los países signatarios, deberán respetarse las disposiciones de todos los acuerdos internacionales como CITES, las Convenciones de la OIT, la Convención Internacional de Maderas Tropicales y la Convención sobre Diversidad Biológica.
Indicador 1.3.1 El titular del manejo forestal respeta los acuerdos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por el Perú, listados en el Anexo 2
Criterio 1.4 Para efectos de certificación, los certificadores y las otras partes involucradas deberán analizar, según cada caso, los conflictos que se presenten entre las leyes y las regulaciones con los Principios y Criterios del FSC.
Indicador 1.4.1 Ante la existencia de un conflicto entre algún principio y/o criterio del FSC y las leyes y normas nacionales y/o de aplicación local, se desarrollan consultas e interpretaciones entre la operación en evaluacion, las entidades de certificación y otras partes involucradas.
Criterio 1.5 Las áreas de manejo forestal deberán ser protegidas de las actividades ilegales de cosecha, asentamientos y otras actividades no autorizadas
Indicador 1.5.1 Se desarrollan actividades que contribuyen en forma eficiente a la prevención y minimización de actividades no autorizadas en el área de manejo, tales como demarcación física de límites, acuerdos con poblaciones locales, etc.
Indicador 1.5.2 Ante la existencia de actividades no autorizadas que escapan al control del
responsable del área de manejo, se realizan las denuncias y gestiones ante las autoridades
correspondientes.
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Criterio 1.6 Los responsables del manejo deberán mostrar un compromiso a largo plazo de adhesión a los Principios y Criterios del FSC
Indicador 1.6.1 El responsable del manejo forestal hace público su compromiso con los principios y criterios del FSC y no está demostradamente involucrado con prácticas contrarias a dichos principios y criterios
Indicador 1.6.2 En caso de que el responsable del manejo forestal tenga bajo su responsabilidad el aprovechamiento en otras áreas de manejo diferentes o se abastezca en forma complementaria de otras zonas con recursos forestales, las actividades deben contemplar como mínimo: a) el cumplimiento de las normas legales; b) Respeto de derechos tradicionales y civiles; c) Respeto de atributos de bosques de alto valor de conservación; d) No presentar evidencia de conversión de bosques naturales a plantaciones u otros usos no forestales; e) No plantar árboles modificados genéticamente.
PRINCIPIO 2: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE TENENCIA Y USO.
La tenencia y los derechos de uso a largo plazo sobre la tierra y los recursos forestales, deberán estar claramente definidos, documentados y legalmente establecidos.
Criterio 2.1 Deberá demostrarse clara evidencia del derecho a largo plazo al uso de la tierra (por ejemplo, título de propiedad de la tierra, derechos consuetudinarios y contratos de arrendamiento).
Indicador 2.1.1 El responsable del manejo forestal acredita la tenencia de la tierra y su derecho de uso a largo plazo por alguno de los siguientes medios: a) título de propiedad; b) documento otorgado por el Estado reconociendo derechos consuetudinarios; c) contrato de concesión; d) autorización o permiso del Estado.
Criterio 2.2 Las comunidades locales con derechos legales o consuetudinarios de tenencia o uso, deberán mantener el control necesario sobre las operaciones forestales para proteger sus derechos o recursos, a menos que deleguen este control con el debido conocimiento y de manera voluntaria a otras agencias.
Indicador 2.2.1 En el caso de que las operaciones forestales sean realizadas en áreas de comunidades locales, existe acuerdo en la comunidad para efectuar un manejo forestal a largo plazo y se asignan responsabilidades de control y monitoreo a algunos de sus miembros
Indicador 2.2.2 En el caso de delegación de las actividades de manejo a terceros, la
aprobación de dicha delegación se ha realizado mediante asamblea comunal y sobre la base
de una adecuada información de sus miembros, y existen acuerdos escritos que señalan
explícitamente la compensación correspondiente, el tipo de operación que realizará la
empresa y los derechos y obligaciones de ambas partes.
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Criterio 2.3 Deberán emplearse mecanismos apropiados para resolver las disputas sobre los reclamos de tenencia y derechos de uso. Las circunstancias y el estado de cualquier disputa pendiente serán considerados explícitamente durante la evaluación de la certificación. Disputas de magnitudes sustanciales que involucren intereses numerosos y significativos, normalmente descalificarán la certificación de una operación.
Indicador 2.3.1 De existir conflictos de tenencia y/o derechos de uso, el responsable del manejo forestal está realizando acciones participativas y concretas para resolverlo.
Indicador 2.3.2 En caso de conflictos que impliquen numerosos intereses, deben identificarse y aplicarse estrategias de solución aceptables para las partes en conflicto, caso contrario descalificarían a la operación para certificación.
PRINCIPIO 3: DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
Los derechos legales y consuetudinarios de los pueblos indígenas para poseer, usar y manejar sus tierras, territorios y recursos deberán ser reconocidos y respetados.
Criterio 3.1. Los pueblos indígenas deberán controlar el manejo forestal en sus tierras y territorios, a menos que deleguen este control con el debido conocimiento y de manera voluntaria a otras agencias
.Indicador 3.1.1 El manejo forestal en tierras de comunidades nativas se planifica y desarrolla sobre la base de una debida información y participación de los miembros de la comunidad
.Indicador 3.1.2 En el caso de la delegación del aprovechamiento a terceros, existen acuerdos firmados y aprobados en asamblea, donde se verifica que la comunidad nativa ha sido informada y consultada, se precisan los compromisos de las partes y la forma en que se controla su cumplimiento
Criterio 3.2 El manejo forestal no deberá amenazar ni limitar, directa o indirectamente, los recursos y derechos de tenencia de los pueblos indígenas.
Indicador 3.2.1 Los impactos adversos del manejo forestal sobre los derechos de tenencia y uso de recursos de las comunidades nativas, incluidos derechos de servidumbre de tránsito, son identificados.
Indicador 3.2.2 Ante la evidencia de impactos adversos del manejo forestal sobre los derechos de tenencia, servidumbres de tránsito y uso de recursos de las comunidades nativas, se toman medidas concretas de prevención o mitigación.
Criterio 3.3 Los lugares de especial significado cultural, ecológico, económico o
religioso para los pueblos indígenas deberán ser claramente identificados
conjuntamente con dichos pueblos, reconocidos y protegidos por los responsables del
manejo forestal
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Indicador 3.3.1 En acuerdo con las comunidades nativas, el responsable del manejo forestal identifica en el plan de manejo y localiza en mapas, los sitios de especial significado cultural, ecológico, económico o religioso para dichas comunidades.
Indicador 3.3.2 Las áreas especiales indicadas en 3.3.1 son protegidas durante las operaciones forestales.
Criterio 3.4 Los pueblos indígenas deben ser recompensados por el empleo de su conocimiento tradicional en cuanto a la utilización de las especies forestales y los sistemas de manejo aplicados en las operaciones forestales. Dicha compensación deberá ser formalmente acordada con el consentimiento de dichos pueblos, con su debido conocimiento y de manera voluntaria antes del comienzo de las operaciones forestales
Indicador 3.4.1 Cuando se usen conocimientos tradicionales de las comunidades nativas en beneficio comercial de cualquier operación evaluada, existe y se implementa un acuerdo aceptable para las partes para compensar a las comunidades nativas por el uso de tal conocimiento, previo al inicio de operaciones.
PRINCIPIO 4: RELACIONES COMUNALES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
El Manejo Forestal deberá mantener o elevar el bienestar social y económico a largo plazo de los trabajadores forestales y de las comunidades locales.
Criterio 4.1 Las comunidades dentro de, o adyacentes a, las áreas de manejo forestal, deberán tener oportunidad de empleo, capacitación, y otros servicios
.Indicador 4.1.1 El responsable del manejo forestal, da preferencia a la contratación de trabajadores provenientes de poblaciones locales, a quienes brinda oportunidades de entrenamiento y capacitación Indicador 4.1.2 El responsable del manejo forestal da preferencia a la compra de bienes y servicios ofrecidos por los pobladores locales.
Indicador 4.1.3 El responsable del manejo forestal, en un nivel apropiado a la escala de sus recursos, ofrece apoyo servicios y programas sociales, identificados preferentemente con participación activa de los pobladores locales
.Criterio 4.2 El manejo forestal deberá cumplir o superar todas las leyes y/o reglamentos aplicables a la salud y la seguridad de los empleados y sus familias
.Indicador 4.2.1 Condiciones de contratación de trabajadores permanentes y temporales (salarios, seguridad social, etc.) no son inferiores a lo considerado en la legislación nacional y los estándares regionales según modalidad de trabajo.
Indicador 4.2.2 El responsable del manejo forestal implementa un reglamento de seguridad
en el trabajo, capacita a los trabajadores en seguridad de las operaciones forestales, los dota
de equipos mínimos para protección en buen estado de funcionamiento (botas, cascos,
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vestimenta, etc.) tanto en el bosque como en las plantas de transformación, de acuerdo a las necesidades y exige su uso.
Indicador 4.2.3 El responsable del Manejo Forestal brinda facilidades en primeros auxilios, de emergencia en el campo y atención médica básica. Para el efecto se cuenta al menos con botiquín de primeros auxilios y medicamentos básicos, y por lo menos una persona capacitada en su uso.
Indicador 4.2.4 Existen medidas para asegurar un alojamiento adecuado, así como salubridad y provisión suficiente de agua y de alimentos
Criterio 4.3 Deberán garantizarse los derechos de los trabajadores para organizarse y voluntariamente negociar con sus gerentes, conforme con las Convenciones 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Indicador 4.3.1 Los trabajadores tienen plena libertad para organizarse y negociar con sus empleadores asuntos laborales y de bienestar, de acuerdo a la ley laboral vigente
.Criterio 4.4 La planificación y la implementación del manejo deberán incorporar los resultados de las evaluaciones del impacto social. Se deberá consultar a las poblaciones y grupos directamente afectados por las operaciones de manejo.
Indicador 4.4.1 El responsable del manejo forestal promueve la participación efectiva de las poblaciones locales en la planificación e implementación de las labores específicas del manejo forestal que les pueda afectar
Indicador 4.4.2 Los resultados principales de las evaluaciones de impacto social se ven reflejados en acciones que promueven los impactos positivos y controlan los negativos.
Criterio 4.5 Deberán emplearse mecanismos apropiados para resolver reclamos y para proporcionar una compensación razonable en caso de pérdidas o daños que afecten los derechos legales o los consuetudinarios, los bienes, los recursos o la vida de las poblaciones locales. Se deberán tomar medidas para evitar tales pérdidas o daños.
Indicador 4.5.1 El responsable del manejo forestal cuenta con políticas y líneas de acción establecidas por escrito para resolver reclamos o conflictos con terceros que resulten afectados
Indicador 4.5.2 En caso de pérdidas o daños que pudieran ocurrir como consecuencia de la aplicación de los planes de manejo forestal se contemplan compensaciones o indemnizaciones razonables aceptables por las poblaciones afectadas.
PRINCIPIO 5: OPTIMIZAR LOS BENEFICIOS DEL BOSQUE
El manejo forestal deberá promover el uso eficiente de los múltiples
productos y servicios del bosque para asegurar la viabilidad económica y
una gama amplia de beneficios ambientales y sociales.
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Criterio 5.1 El manejo forestal deberá orientarse hacia la viabilidad económica, tomando en consideración todos los costos ambientales, sociales y operacionales de la producción, y asegurando las inversiones necesarias para mantener la productividad ecológica del bosque
Indicador 5.1.1 Existe un análisis económico del manejo que muestra la rentabilidad de operaciones en base a flujos de caja y plan de inversiones para cubrir costos ambientales, sociales y operativos.
Criterio 5.2 Tanto el manejo forestal como las actividades de mercadeo deberán promover el uso óptimo y el procesamiento local de la diversidad de productos del bosque
.Indicador 5.2.1 Se desarrollan esfuerzos y actividades específicas para diversificar la producción, especialmente en el caso de las especies maderables menos conocidas y productos forestales no maderables en la venta de la producción del bosque evaluado.
Indicador 5.2.2. Existen planes de agregación de valor al producto, incluyendo la inserción en cadenas productivas y/o la transformación local
Criterio 5.3 El manejo forestal deberá minimizar los desperdicios asociados con las operaciones de aprovechamiento y de transformación "in situ", así como evitar el daño a otros recursos forestales
Indicador 5.3.1 Existe un plan o estrategia para minimizar el desperdicio en las etapas de aprovechamiento y transformación.
Indicador 5.3.2 El personal encargado del aprovechamiento está entrenado y aplica técnicas de aprovechamiento de impacto reducido (tala dirigida, uso de mapas con curvas de nivel para construcción de caminos, reducción de daños a vegetación remanente, corta de tocones acorta distancia del suelo, trozado eficiente, etc.)
Criterio 5.4 El manejo forestal deberá orientarse hacia el fortalecimiento y la diversificación de la economía local, evitando así la dependencia en un solo producto forestal
Indicador 5.4.1 el responsable del manejo forestal promueve la participación de las poblaciones locales o terceros en actividades productivas para el aprovechamiento del bosque que les generen ingresos complementarios.
Indicador 5.4.2 Se identifican opciones y desarrollan esfuerzos para la comercialización diversificada de especies y productos
Criterio 5.5 El manejo forestal deberá reconocer, mantener y, cuando sea necesario, incrementar el valor de los recursos y servicios del bosque tales como las cuencas hidrográficas y los recursos pesqueros.
Indicador 5.5.1 El plan de manejo forestal incorpora información, lineamientos y
actividades para la conservación de los recursos y servicios del bosque.
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Criterio 5.6 La tasa de cosecha de productos forestales no deberá exceder los niveles que puedan ser permanentemente mantenidos
Indicador 5.6.1 Se han determinado parámetros de regulación de la producción, tales como ciclo de corta, crecimiento de las especies aprovechadas, mortandad y regeneración en base a la mejor información disponible, preferentemente del mismo sitio bajo manejo.
Indicador 5.6.2 Se respeta la corta anual permisible y las áreas de corta anual y volúmenes aprovechables según lo estimado en el plan general de manejo y planes operativos anuales aprobados.
PRINCIPIO 6: IMPACTO AMBIENTAL
Todo manejo forestal deberá conservar la diversidad biológica y sus valores asociados, los recursos de agua, los suelos, y los ecosistemas frágiles y únicos, además de los paisajes. Al realizar estos objetivos, las funciones ecológicas y la integridad del bosque podrán ser mantenidas.
Criterio 6.1 Deberá completarse una evaluación del impacto ambiental – de acuerdo a la escala y la intensidad del manejo forestal, así como a la peculiaridad de los recursos afectados – que se deberá incorporar adecuadamente en el sistema de manejo. Dichas valoraciones deberán considerar el paisaje y los impactos causados por los procesos realizados en el lugar. Asimismo, se deberá realizar la evaluación del impacto ambiental antes de realizar operaciones que puedan afectar el lugar del trabajo
Indicador 6.1.1 El plan de manejo forestal identifica los posibles impactos negativos sobre los recursos del bosque y a nivel de paisaje y establece las medidas correctivas que pueda generar la operación forestal.
Criterio 6.2 Deberán existir medidas para proteger las especies raras, amenazadas y en peligro de extinción, al igual que sus hábitats (por ejemplo, zonas de anidamiento o alimentación). Deberán establecerse zonas de protección y conservación, de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal, y según la peculiaridad de los recursos afectados. Deberán controlarse las actividades inapropiadas de la caza, captura y recolección.
Indicador 6.2.1 El plan de manejo forestal incluye una relación de las especies amenazadas oficialmente (listadas en Anexos 3 y 4), así como sus hábitats existentes en el área de manejo forestal. Se toman medidas para su protección.
Indicador 6.2.2 Existe control de la caza dentro del área de manejo, la que se limita a fines de subsistencia por parte de poblaciones locales
Indicador 6.2.3 El plan de manejo identifica áreas de protección para las especies de fauna
en estado de amenaza, las demarca en mapas, y la excluye del aprovechamiento de madera.
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Indicador 6.2.4 No se usa dinamita, barbasco, u otros productos tóxico en la pesca
Indicador 6.2.5 Existen medidas para prevenir incendios dentro del área de manejo y se implementan acciones para controlar uso del fuego en los predios colindantes
Criterio 6.3 Las funciones ecológicas vitales deberán mantenerse intactas, aumentarse o reponerse.
Estas incluyen:
a) La regeneración natural y la sucesión de los bosques.
b) La diversidad genética de las especies y de los ecosistemas.
c) Los ciclos naturales que afectan la productividad del ecosistema forestal.
Indicador 6.3.1 El sistema silvicultural seleccionado debe favorecer la permanencia del número y diversidad de especies así como su regeneración natural.
Indicador 6.3.2 Las especies que han sufrido una fuerte reducción numérica, que son naturalmente raras, o que presentan una estructura poblacional que no asegura su regeneración, son excluidas de la cosecha
.Indicador 6.3.3 Existen medidas para prevenir y reducir el impacto sobre especies forestales claves para la alimentación de la fauna silvestre, tales como ubos (Spondias mombín), ungurahui (Jessenia sp), pama (Pseuldolmedia spp.), aguaje (Mauritia flexuosa), Shihuahuaco (Dypterix sp), entre otros, y árboles huecos en pie, o caídos que pueden ser refugio de diferentes animales.
Criterio 6.4 Las muestras representativas de los ecosistemas existentes en las áreas afectadas deberán protegerse en su estado natural, de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal, y según la peculiaridad de los recursos afectados.
Indicador 6.4.1 Se protegen muestras representativas de los tipos de bosque presentes em El área de manejo (un 10% de la extensión bajo protección puede considerarse como uma meta deseable)
Criterio 6.5 Deberán prepararse e implementarse guías escritas para el control de la erosión, la disminución de los daños al bosque durante la cosecha, la construcción de caminos, todos los otros disturbios mecánicos, y para la protección de los recursos hídricos
Indicador 6.5.1 Se dispone de manuales sobre aprovechamiento de impacto reducido, planificación, construcción y mantenimiento de caminos, puentes y manejo de residuos químicos y desechos, y el personal de campo los conoce y emplea.
- Indicador 6.5.2 La planificación de caminos se realiza en base a mapas de planes
operativos anuales con información topográfica y una escala adecuada de trabajo
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Indicador 6.5.3 Se adoptan medidas apropiadas para evitar la obstrucción de cursos de agua o contaminación a consecuencia de las operaciones forestales de construcción de caminos, puentes, arrastre de árboles, patios de acopio u otras actividades propias de las operaciones forestales.
Indicador 6.5.4 Todos los caminos principales y secundarios en uso son mantenidos apropiadamente, incluyendo la superficie de rodaje y las estructuras de drenaje. No se efectúan operaciones de extracción y transporte cuando hay alta saturación de agua en el suelo.
Criterio 6.6 Los sistemas de manejo deberán promover el desarrollo y la adopción de métodos no químicos para el manejo de las plagas, para no dañar el ambiente. Se deberá también evitar el uso de los pesticidas químicos. Además, se prohibirán los pesticidas clasificados como de Tipos 1A y 1B por la Organización Mundial de la Salud (OMS), los pesticidas de hidrocarburos, y aquellos compuestos de cloro, pesticidas que son persistentes, tóxicos o cuyos derivados se mantienen biológicamente activos y se acumulan en la cadena alimenticia más allá del uso deseado, y cualquier pesticida prohibido por acuerdos internacionales. Si se debe usar químicos, se proporcionará el equipo y la capacitación adecuada para disminuir los riesgos a la salud y al ambiente.
Indicador 6.6.1 En la eventualidad del uso de métodos químicos se descartan los productos químicos prohibidos por la OMS y pesticidas químicos prohibidos por el FSC, se prefiere aquellos con escaso efecto residual, cuya aplicación se realiza cuidando las normas de seguridad y con personal entrenado.
Indicador 6.6.2 En caso del uso de químicos, el personal responsable conoce y aplica las Guías de FSC para el uso de pesticidas químicos.
Criterio 6.7 Químicos, contenedores, desperdicios inorgánicos, líquidos y sólidos, incluyendo combustibles, lubricantes y detergentes, deberán ser desechados de una manera ambientalmente apropiada en lugares fuera del sitio de trabajo.
Indicador 6.7.1 Existen procedimientos para la manipulación, tratamiento, descarte, destino final o incineración de residuos
Indicador 6.7.2 Los residuos de combustibles y lubricantes, de productos químicos líquidos y sólidos, se desechan apropiadamente fuera del sitio de trabajo.
Criterio 6.8 Se deberá documentar, disminuir, monitorear y controlar estrictamente el uso de agentes de control biológico, de acuerdo con las leyes nacionales y los protocolos científicos aceptados internacionalmente. Se prohibirá el uso de los organismos genéticamente modificados.
Indicador 6.8.1 No se usan organismos genéticamente modificados (OGM)
Indicador 6.8.2 El uso de agentes de control biológico deberá ser documentado, disminuido, monitoreado y estrictamente controlado.
Criterio 6.9 El uso de las especies exóticas deberá ser controlado cuidadosamente y monitoreado rigurosamente para evitar impactos ecológicos adversos.
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Indicador 6.9.1 Se documenta, el manejo adecuado de las especies exóticas utilizadas y se detallan los procedimientos de control y monitoreo.
Indicador 6.9.2 El uso de especies exóticas cuenta con la aprobación del Ministerio de Agricultura de acuerdo con la legislación forestal vigente.
Criterio 6.10 No deberá ocurrir la conversión de bosques a plantaciones u otros usos no forestales a la tierra, excepto en circunstancias tales que la conversión:
a. Implica una porción muy limitada de la unidad de manejo forestal; y b. No ocurre dentro de áreas de Bosques con Alto Valor de Conservación; y
c. Permitirá obtener beneficios claros, substanciales, adicionales, seguros y de largo plazo para toda la unidad de manejo forestal.
Indicador 6.10.1 El plan de manejo forestal contiene información detallada de las áreas de bosque que serán convertidas a otros usos, tales como pequeñas parcelas para producción de alimentos destinados al personal, vivienda para los trabajadores u otros usos distintos del uso forestal.
Indicador 6.10.2 Una vez abandonadas las áreas con cambio de uso, serán sometidas a prácticas de restauración
PRINCIPIO 7: PLAN DE MANEJO Y SU IMPLEMENTACIÓN
Un plan de manejo - de acuerdo a la escala y la intensidad de las operaciones propuestas - deberá ser escrito, implementado y actualizado. En el mismo se deberán establecer claramente los objetivos del manejo y los medios para lograr estos objetivos.
Criterio 7.1 El plan de manejo y los documentos sustentatorios deberán proporcionar:
a) Los objetivos del manejo.
b) La descripción de los recursos del bosque que serán manejados, las limitaciones ambientales, el estado de la propiedad y el uso de la tierra, las condiciones socioeconómicas, y un perfil de las áreas adyacentes.
c) La descripción del sistema silvicultural y/o otro sistema de manejo, basado en la ecología del bosque y en la información obtenida a través de los inventarios forestales.
d) La justificación de la tasa de la cosecha anual y de la selección de especies.
e) Las medidas para el monitoreo del crecimiento y la dinámica del bosque.
f) Las medidas ambientales preventivas basadas en las evaluaciones ambientales.
g) Los planes para la identificación y la protección de las especies raras, amenazadas o en peligro de extinción.
h) Los mapas que describan la base de los recursos forestales, incluyendo las áreas protegidas, las actividades de manejo planeadas y la titulación de la tierra.
i) La descripción y justificación de las técnicas de cosecha y del equipo a ser usado. Se respetará la confidencialidad de esta información
Indicador 7.1.1 El plan de manejo y documentos complementarios deben proporcionar información acerca de:
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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] a) Objetivos del manejo
b) Descripción de los recursos forestales que se manejaran, limitaciones ambientales, tenencia de las tierras, condiciones socioeconómicas y un perfil de las tierras colindantes.
c) Mapas con la descripción de tipos de bosques, cursos de agua, división administrativa, áreas de protección, caminos, patios de acopio.
d) Duración y revisión del plan e) Ordenamiento del área de manejo
f) Determinación del potencial productivo mediante inventarios
g) Sistema silvicultural con justificación de ciclos de corta, diámetros mínimos de corta, volumen de corta anual permisible, especies a proteger, especies a aprovechar, sobre la base de información del bosque bajo manejo.
h) Especificaciones sobre sistemas de aprovechamiento.
i) Sistema de monitoreo de crecimiento, dinámica, regeneración y del bosque.
j) Medidas para la identificación y protección de especies raras, amenazadas y en peligro.
k) Evaluacion de impacto ambiental y medidas de mitigación.
l) Participación de poblaciones locales m) Programa de inversiones
n) planes complementarios en caso de aprovechamiento de productos no maderables, basados en inventarios del recurso.
Indicador 7.1.2 Existe un responsable técnico de la implementación del plan de manejo
Criterio 7.2 El Plan de Manejo deberá ser revisado periódicamente para incorporar los resultados del monitoreo y la nueva información científica y técnica, para responder a los cambios en las circunstancias ambientales, sociales y económicas.
Indicador 7.2.1 El plan de manejo es revisado periódicamente (mínimo cada 5 años) para incorporar los resultados del monitoreo, la nueva información científica o técnica, así como los cambios en el contexto ambiental, social y económico.
Criterio 7.3 Los trabajadores forestales deberán recibir una capacitación y supervisión adecuada para asegurar la implementación correcta del plan de manejo.
Indicador 7.3.1 Existe evidencias de capacitación formal e informal de los trabajadores responsables de las actividades de manejo.
Indicador 7.3.2 Se cuenta con procedimientos de supervisión para asegurar el desempeño de los trabajadores forestales en la implementación del plan de manejo.
Criterio 7.4 Los productores forestales deberán tener un resumen de los elementos principales del plan de manejo, incluyendo aquellos listados en el Criterio 7.1. Se respetará la confidencialidad de esta información
Indicador 7.4.1 Existe disponible para los certificadores un resumen del plan de manejo conteniendo la información indicada en el criterio 7.1
PRINCIPIO 8: MONITOREO Y EVALUACIÓN
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Deberán evaluarse - de acuerdo a la escala y a la intensidad del manejo forestal - la condición del bosque, el rendimiento de los productos forestales, la cadena de custodia, y la actividad del manejo y sus impactos sociales y ambientales.
Criterio 8.1 La frecuencia y la intensidad del monitoreo deberán ser determinadas de acuerdo a la escala y a la intensidad de las operaciones del manejo forestal, y según la relativa complejidad y la fragilidad del ambiente afectado. Los procedimientos de monitoreo deberán ser consistentes y replicables a lo largo del tiempo, para permitir la comparación de resultados y la evaluación de los cambios.
Indicador 8.1.1 Reportes y formatos de monitoreo indican suficiente consistencia para comparación de resultados y evaluacion de cambios.
Indicador 8.1.2 La frecuencia e intensidad de monitoreo es consistente con la complejidad de la operación evaluada con fines de certificación.
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Criterio 8.2 El manejo forestal deberá incluir la investigación y la recolección de datos necesarios para monitorear por lo menos los siguientes indicadores:
a) El rendimiento de todos los productos forestales cosechados.
b) La tasa de crecimiento, regeneración y condición del bosque.
c) La composición y los cambios observados en la flora y la fauna.
d) Los impactos ambientales y sociales de la cosecha y otras operaciones.
e) Los costos, la productividad y la eficiencia del manejo forestal
Indicador 8.2.1 Se lleva un registro de rendimientos y costos de todos los productos forestales cosechados, así como los costos de producción de las operaciones forestales.
Indicador 8.2.2 Se han implementado y monitorean parcelas de evaluación permanente entre otras formas de evaluación, para medir tasa de crecimiento, respuestas de la regeneración y condición del bosque en las áreas aprovechadas
Indicador 8.2.3. Se llevan registros periódicos de observación de especies de flora y fauna indicadoras de la salud del ecosistema
Indicador 8.2.4 Se monitorea el impacto del aprovechamiento y otras operaciones en el área bajo manejo sobre la calidad de vida de los trabajadores, poblaciones aledañas, suelo y agua.
Indicador 8.2.5 Existe un sistema de monitoreo de los atributos de bosque de alto valor de conservación, en caso se haya identificado dentro del bosque bajo manejo.
Criterio 8.3 La documentación necesaria deberá ser proporcionada por el productor forestal, a los que monitorean, o a las organizaciones certificadoras, para que puedan seguir cada producto forestal desde su origen. Este es un proceso conocido como “la cadena de custodia”
Indicador 8.3.1 El responsable del manejo forestal cuenta con un sistema de registro y control documentado de la producción forestal, que permite la identificación desde el árbol aprovechable hasta su comercialización, para identificar el origen y el destino de las especies aprovechadas.
Indicador 8.3.2 Los productos forestales certificados están claramente identificados con etiquetas o marcas, almacenamiento separado y documentos de venta adjuntos durante todas las fases de procesamiento y la distribución física, para evitar su mezcla con productos no certificados
Criterio 8.4 Los resultados del monitoreo deberán ser incorporados en la implementación y en la revisión del plan de manejo.
Indicador 8.4.1 Existe un plan de manejo actualizado al que se han incorporado los resultados del monitoreo
Criterio 8.5 Los productores forestales deberán tener un resumen disponible al público de los resultados de los indicadores de monitoreo, incluyendo aquellos listados en el criterio 8.2. Se respetará la información confidencial
Indicador 8.5.1 Existe un documento público, que resume los resultados del monitoreo
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PRINCIPIO 9: MANTENIMIENTO DE BOSQUES CON ALTO VALOR DE CONSERVACIÓN Las actividades de manejo en bosques con alto valor de conservación mantendrán o incrementarán los atributos que definen a dichos bosques. Las decisiones referentes a los bosques con alto valor de conservación deberán tomarse siempre dentro del contexto de un enfoque precautorio.
Criterio 9.1 Se completará una evaluación apropiada a la escala y la intensidad del manejo forestal, para determinar la presencia de atributos consistentes con la de los bosques con alto valor de conservación.
Criterio 9.2 La parte consultiva del proceso de certificación debe enfatizar los atributos de conservación que se hayan identificado, así como las opciones que correspondan a su mantenimiento.
Criterio 9.3 El plan de manejo deberá de incluir y poner en práctica las medidas específicas que aseguren el mantenimiento y/o incremento de los atributos de conservación aplicables, consistentes con el enfoque precautorio. Estas medidas se incluirán específicamente en el resumen del plan de manejo accesible al público.
Criterio 9.4 Se realizará un monitoreo anual para evaluar la efectividad de las medidas usadas para mantener o incrementar los atributos de conservación aplicables.
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ANEXO 1 Listado de Legislación Nacional relacionada al Manejo Forestal y la Conservación de Recursos Naturales
Normativa Ambiental:
Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente
D.L. 1013 Aprueba la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Ambiente
D.S 044-98-PCM Reglamento nacional para la aprobación de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles
Ley 26410 Ley de consejo nacional del ambiente
R.P 025-99 Declaran inicio de actividades conducentes a la aplicación del programa anual para la aprobación de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles Normativa Forestal:
D.S 010-99-AG Aprueba el plan Director de las Áreas Naturales Protegidas
Ley 26821 Ley Orgánica para el Aprovechamiento sostenible
de los Recursos Naturales
Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas
Ley 26839 Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica
D.L 1090 Aprueba la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Aprobado el 27 de Junio del 2008
Decreto Supremo Nº 002-2009AG aprueba Reglamento de la Ley Forestal aprobada por Decreto Legislativo 1090
Normativa Agraria:
D.S 018-92-AG Reglamento de zoocriaderos y cotos de caza
D.S 013-99-AG Prohíbe la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000
Ley 27037 Ley de promoción de inversión en la amazonia Normativa referente a comunidades nativas:
D.S 003-79-AA Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva
Ley 26505 Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas
D.L 22175 Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva
Normativa Laboral:
D.S N 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
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ANEXO 2. Listado de Acuerdos y Convenios Internacionales Suscritos por el Perú aplicables al estándar del Consejo de Manejo Forestal (FSC)
Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo
Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR)
Protocolo de Montreal
Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático
Convenio sobre la Diversidad Biológica
Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, conocida como Convención de Bonn
Protocolo de Kyoto
Convenio de la Organización Internacional de Maderas Tropicales
Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación,
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES)
Tratado de Cooperación Amazónica
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ANEXO 3. Listado de Especies de Fauna Amenazadas (De acuerdo al D.S. Nº 034-2004-AG del 22-09-2004)
A) Especies de Fauna Silvestre en Peligro Critico MAMÍFEROS
Nombre Científico Nombre común
Chinchilla brevicaudata Chinchilla
Melanomys zunigae Ratón arrozalero de Zúñiga
Platalina genovensium Murciélago longirostro peruano
Tapirus pinchaque Pinchaque
Tomopeas ravus Murciélago
AVES
Nombre Científico Nombre común
Cinclodes aricomae Churrete real
Cinclodes palliatus Churrete de pecho blanco
Crax globulosa Paujil carunculado
Neochen jubata Ganso del Orinoco
Nothoprocta kalinowskii Perdiz de Kalinowski
Pelecanoides garnotii Potoyunco
Penelope albipennis Pava aliblanca
Podiceps taczanowskii Zambullidor de Junín
Pterodroma p. phaeopygia Petrel de Galápagos
Pterocnemia pennata Suri
Taphrolesbia griseiventris Picaflor de cometa ventrigris
Thalassarche eremita Albatros de Chattam REPTILES
Nombre Científico Nombre común
Crocodylus acutus Cocodrilo de Tumbes
Dermochelys coriacea Tortuga dorso de cuero
Peltocephalus dumerilianus Guacamayo charapa
Phyllodactylus sentosus Saltojo
ANFIBIOS
Nombre Científico Nombre común
Batrachophrynus macrostomus Rana de Junín
Epipedobates planipaleae Rana
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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] B) Especies de Fauna Silvestre en Peligro MAMÍFEROS
Nombre Científico Nombre común
Alouatta palliata Coto negro
Aotus miconax Mono nocturno
Arctocephalus australis Lobo fino
Ateles belzebuth Maquisapa vientre blanco
Dinomys branickii Pacarana
Lama guanicoe Guanaco
Lontra felina Nutria marina
Mormopterus phrudus Murciélago
Oreailurus jacobita Gato andino
Oreonax flavicauda Mono choro cola amarilla
Pteronura brasiliensis Lobo de río
Pudu mephistophiles Pudú
Saguinus labiatus Pichico de barriga anaranjada
Sturnira nana Murciélago frugívoro enano
Thomasomys pyrrhonotus Ratón montaraz de vientre rojizo
Thomasomys rosalinda Ratón montaraz rosalinda
Tremarctos ornatus Oso de anteojos
Trichechus inunguis Manatí
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Nombre Científico Nombre común
Agriornis andicola Arriero coliblanca
Ajaia ajaja Espátula rosada
Anairetes alpinus Torito pechicenizo
Atlapetes melanopsis Matorralero de anteojos
Aulacorhynchus huallagae Tucancito semiamarillo
Brotogeris pyrrhopterus Perico macareño
Eulidia yarrellii Colibrí de Tacna
Grallaricula ochraceifrons Tororoi frentiocrácea
Herpsilochmus parkeri Hormiguerito garganticeniza
Laterallus tuerosi Gallinetita de Junín
Leptasthenura xenothorax Tijeral cejiblanco
Leucopternis occidentalis Gavilán dorsigris
Loddigesia mirabilis Colibrí maravilloso
Mycteria americana Manchaco
Octhoeca piurae Pitajo de Piura
Pachyramphus spodiurus Cabezón pizarroso
Pauxi unicornis Paujil unicornio
Pelecanus thagus Pelícano peruano
Penelope barbata Pava barbada
Phalacrocorax bouganvilli Guanay
Phalacrocorax gaimardi Chuita
Phytotoma raimondii Cortarrama peruana
Poospiza alticola Dominiquí de cola plana
Poospiza rubecula Dominiquí pechirrufo
Rollandia microptera Zambullidor del Titicaca
Spheniscus humboldti Pingüino de Humboldt
Sula granti Piquero de Nazca
Sula variegata Piquero peruano
Synallaxis courseni Coliespina de Apurímac
Synallaxis tithys Coliespina cabecinegra
Synallaxis zimmeri Coliespina ventrirrojiza
Terenura sharpei Hormiguerito lomiamarillo
Thripophaga berlepschi Rabiblando bermejo
Vultur gryphus Cóndor andino
Xenoglaux loweryi Lechucita bigotona
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Nombre Científico Nombre común
Boa constrictor ortonii Boa de costa
Bothrops roedingeri Sancarranca
Caretta caretta Tortuga boba
Chelonia mydas agassizzii Tortuga verde
Dicrodon holmbergi Cañan
Eretmochelys imbricata Tortuga carey
Geochelone carbonaria Motelo, supay motelo
Lepidochelys olivacea Tortuga golfina
Paleosuchus palpebrosus Trueno lagarto, dirin dirin
Podocnemis expanda Charapa ANFIBIOS
Nombre Científico Nombre común
Atelopus peruensis Sapo
Batrachophrynus brachydactylus Rana
Bufo corinetes Sapo
Cochranella saxiscandens Rana
Cryptophyllobates azureiventris Rana
Dendrobates mysteriosus Rana misteriosa
Eleutherodactylus cosnipatae Ranita
Telmatobius breviceps Rana
C) Especies de Fauna Silvestre en Situación Vulnerable MAMÍFEROS
Nombre Científico Nombre común
Agouti taczanowskii Paca de Taczanowski
Amorphochilus schnablii Murciélago
Ateles chamek Maquisapa
Blastocerus dichotomus Ciervo de los pantanos
Cacajao calvus Huapo colorado
Callicebus oenanthe Tocón
Callicebus torquatus Tocón de collar
Callimico goeldii Pichico de Goeldi
Chaetophractus nationi Armadillo de Nation
Chibchanomys trichotis Rata chibcha de oreja peluda
Cryptotis peruviensis Musaraña colicorta peruana
Dasypus pilosus Armadillo peludo
Eptesicus innoxius Murciélago
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Hippocamelus antisensis Taruca
Lagothrix cana Mono choro
Lagothrix lagotricha Mono choro común
Lonchophylla hesperia Murciélago longirostro norperuano
Mazama chunyi Tanka taruka
Mazama rufina Venado
Monodelphis osgoodi Colicorto marsupial de Osgood
Myrmecophaga tridactyla Oso hormiguero
Neusticomys peruviensis Rata acuática peruana
Otaria byronia Lobo chusco
Oxymycterus hiska Ratón hocicudo
Priodontes maximus Armadillo gigante
Rhipidomys ochrogaster Rata
Sciurus pyrrhinus Ardilla rojiza
Sciurus sanborni Ardilla de Sanborn
Tapirus terrestris Sachavaca
Thomasomys apeco Ratón de Apeco
Thomasomys gracilis Ratón montaraz delicado
Thomasomys incanus Ratón montaraz incaico
Thomasomys kalinowskii Ratón montaraz de Kalinowski
Thomasomys macrotis Ratón montaraz
Thomasomys onkiro Ratón montaraz
Thomasomys pretor Ratón montaraz
Thomasomys taczanowskii Ratón montaraz de Taczanowski
AVES
Nombre Científico Nombre común
Acestrura bombus Colibrí abejorro
Aglaeactis aliciae Colibrí de Alicia
Ara chloroptera Guacamayo rojo y verde
Ara coulonii Guacamayo verde de cabeza
celeste
Ara macao Guacamayo rojo
Ara militaris Guacamayo verde
Asthenes huancavelicae Canastero colipálida
Attila torridus Atila ocráceo
Buthraupis aureodorsalis Tangara de montaña lomo dorado
Buthraupis wetmorei Tangara de montaña enmascarada
Carduelis siemiradzkii Jilguero azafranado
Columba oenops Paloma peruana
Conirostrum tamarugense Mielerito de los tamarugales
Coryphaspiza melanotis Pinzón enmascarado
Crypturellus casiquiare Perdiz
Crypturellus duidae Perdiz de varillar
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Forpus xanthops Perico pachaloro
Galbula pastazae Jacamar pechicobrizo
Hapalopsittaca pyrrhops Loro carirrojo
Harpia harpyja Águila arpía
Heliangelus regalis Ángel del sol azul
Hemispingus rufosuperciliaris Hemispingo cejirrufa
Hylocryptus erythrocephalus Rascahojas capuchirrufo
Incaspiza ortizi Pájaro del inca aligris
Jabiru mycteria Jabiru
Larosterna inca Zarcillo
Lathrotriccus griseipectus Mosquerito pechigris
Leptosittaca branickii Loro de mejillas doradas
Lipaugus uropygialis Silbador alicimitarra
Mitu salvini Paujil vientre blanco
Myrmeciza griseiceps Hormiguero cabecigris
Neopelma chrysocephalum Saltarín corona de oro
Netta erythropthalma Pato cabeza castaña
Notharchus ordii Buco
Nothoprocta taczanowskii Perdiz de Taczanowski
Nyctibius leucopterus Ayamama patablanca
Oceanodroma markhami Golondrina de tempestad oscura
Onychorhynchus occidentalis Atrapamoscas occidental
Ortalis erythroptera Chachalaca cabecirrufa
Percnostola arenarum Hormiguero
Phacellodomus dorsalis Espinero dorsicastaño
Phoebastria irrorata Albatros de Galápagos
Phoenicoparrus andinus Parihuana andina
Phoenicoparrus jamesi Parihuana de James
Picumnus steindachneri Carpinterito pechijaspeado
Pithys castanea Hormiguero
Progne murphyi Golondrina peruana
Siptornopsis hypochondriacus Colaespina grande
Sterna hirundinacea Gaviotín sudamericano
Sterna lorata Gaviotín peruano
Synallaxis maranonica Colaespina del Marañón
Syndactyla ruficollis Tico tico cuellirrufo
Tangara meyerdeschauenseei Tangara gorriverde
Theristicus melanopis Bandurria
Tinamus osgoodi Perdiz negra
Touit stictoptera Periquito alipunteado
Wetmorethraupis sterrhopteron Tangara gargantinaranja
Xenospingus concolor Fringilo apizarrado
Xipholena punicea Cotinga purpúrea
Zaratornis stresemanni Cotinga cachetiblanco
Zimmerius villarejoi Moscarete de Mishana
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Nombre Científico Nombre común
Batrachemys heliostemma Ashnacharapa
Bothrops andianus Jergón
Bothrops barnetti Macanche
Bothrops pictus Jergón de costa
Ctenoblepharis adspersa Lagartija
Dicrodon heterolepis Lagartija de cabeza colorada
Melanosuchus niger Caiman negro
Podocnemis unifilis Taricaya
Polychrus femoralis Camaleoncito verde
ANFIBIOS
Nombre Científico Nombre común
Atelopus pachydermus Sapo
Atelopus tricolor Sapo
Centrolene euhytrix Rana
Centrolene hesperium Rana
Ceratophrys stolzmanni Rana cornuda
Gastrotheca ochoai Rana marsupial
Phrynopus simonsii Rana
Telmatobius arequipensis Rana de Arequipa
Telmatobius culeus Rana del Titicaca
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Telf: (511) 628- 2603 [email protected] D) Especies de Fauna Silvestre casi Amenazadas
MAMÍFEROS
Nombre Científico Nombre común
Alouatta seniculus Mono coto
Lagothrix poeppigii Mono choro
Panthera onca Jaguar
Puma concolor Puma
Vicugna vicugna Vicuña
AVES
Nombre Científico Nombre común
Aburria aburri Pava negra
Accipiter collaris Gavilán de collar
Amazona festiva Loro de lomo rojo
Andigena hypoglauca Tucaneta
Aratinga erythrogenys Loro de frente roja
Asthenes urubambensis Canastero
Atlapetes rufigenis Chacchara
Atlapetes terborghi Chacchara de Terborgh
Cacicus koepckeae Páucar de Koepcke
Campephilus guayaquilensis Carpintero
Campylopterus villavicensio Picaflor de Villavicensio
Campylorhamphus pucherani Trepador
Capito wallacei Barbudo franjiescarlata
Conothraupis speculifera Tangara blanco y negro
Crypturellus transfasciatus Perdiz pata colorada
Cypseloides rothschildi Vencejo
Deroptyus accipitrinus Loro cacique
Falco deiroleucus Halcón de pecho naranja
Falco peregrinus Halcón peregrino
Formicarius rufifrons Hormiguero
Fulica gigantea Gallareta gigante
Fulica rufifrons Gallareta de frente roja
Gallinago imperialis Becasina imperial
Grallaria blackei Hormiguero
Grallaria eludens Hormiguero
Grallaricula peruviana Tororori peruano
Heliodoxa gularis Colibrí
Hemitriccus cinnamomeipectus Atrapamoscas
Hemitriccus minimus Atrapamoscas
Hemitriccus rufigularis Atrapamoscas
Henicorhina leucoptera Cucarachero
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Herpsilochmus gentryi Hormiguero de Gentry
Incaspiza watkinsi Pájaro del inca de Watkins
Laterallus jamaicensis Gallinetita negra
Leptasthenura yanacensis Tijeral
Leucopternis plumbea Gavilán plomizo
Melanopareia maranonica Pájaro del Marañón
Metallura odomae Colibrí de neblina
Mitu tuberosa Paujil
Morphnus guianensis Águila monera
Myiophobus lintoni Mosqueta
Myrmoborus melanurus Hormiguero
Nannopsittaca dachillae Perico
Oreomanes fraseri Pájaro de los queñuales
Otus marshalli Lechuza de bosques nublados
Phaethornis koepckeae Picaflor de Koepcke
Phlegornis mitchellii Chorlito cordillerano
Phlogophilus harterti Colibrí
Phlogophilus hemileucurus Colibrí
Phoenicopterus chilensis Marihuana
Pipile cumanensis Pava
Pipreola chlorolepidota Cotinga
Podiceps occipitalis Zambullidor blanquillo
Pteroglossus beauharnaesii Tucán encrespado
Ramphastos ambiguus Tucán Dios te de pico negro
Ramphastos toco Tucán toco
Saltator cinctus Pepitero
Simoxenops ucayalae Pajarito pico curvo
Synalaxis cherriei Coliespina
Tachycineta stolzmanii Golondrina de Tumbes
Tangara phillipsi Tangara
Tinamotis pentlandii Francolina
Tumbezia salvini Tiránido de Tumbes
Xenerpestes singularis Colagris ecuatorial REPTILES
Nombre Científico Nombre común
Callopistes flavipunctatus Iguana marrón
Microlophus tigris Lagartija
Paleosuchus trigonatus Lagarto enano, dirin dirin ANFIBIOS
Nombre Científico Nombre común
Altigius alios Rana
Bufo spinulosus Sapo
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Centrolene azulae Rana
Cochranella ocellata Rana
Colostethus elachyhistus Rana
Dendrobates fantasticus Rana
Dendrobates reticulatus Rana rojita
Epipedobates bassleri Rana
Epipedobates cainarachi Rana
Epipedobates parvulus Rana
Epipedobates petersi Rana
Epipedobates ruvibentris Rana
Epipedobates simulans Rana
Epipedobates smaragdinus Rana
Epipedobates tricolor Rana
Epipedobates zaparo Rana
Gastrotheca excubitor Rana marsupial
Telmatobius brevirostris Rana
Telmatobius mayoloi Rana
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ANEXO 4. Clasificación oficial de Especies Amenazadas de Flora Silvestre De acuerdo al D.S. Nº 043-2006-AG, publicado el 13 de julio del 2006
A) Especies de Flora Silvestre en Peligro Critico (CR)
FAMILIA ESPECIE NOMBRE COMUN
ACANTHACEAE Aphelandra cuscoensis Wasshausen ACANTHACEAE Aphelandra formosa (Huntoldt & Bonpland) Ness
ACANTHACEAE Aphelandra wurdackii Wassh
ACANTHACEAE Tetramerium sagasteguianum T.F. Daniel
AMARYLLIDACEAE Pucara leucantha Ravenna
AMARYLLIDACEAE Rauhia decora Ravenna
AMARYLLIDACEAE Rauhia multiflora (Kunth) Ravenna
AMARYLLIDACEAE Rauhia staminosa Ravenna
ANACARDIACEAE Haplorhus peruviana Engl. ccasi.rrollemacho ANACARDIACEAE Loxopterygium huasango Spruce ex Engl. hualtaco, huasango
APIACEAE Domeykoa amplexicaulis (H.WoI) Mathias &
Constance
ARALIACEAE Aralia soratensis Marchal q'ello phati ARECACEAE Ceroxylon parvifrons (Engel) H.Wendl
ARECACEAE Ceroxylon weberbaueri Burret
ASTERACEAE Ambrosia dentata (Cabrera) Dilbn
ASTERACEAE Ambrosia pannosa Payne
ASTERACEAE Arnaldoa macbrideana Ferreyra
ASTERACEAE Arnaldoa weberbaueri (Muschl.) Ferreyra
ASTERACEAE Ascidiogine wurdackii Cuatrec.
ASTERACEAE Ascidiogyne sanchezvegae Cabrera
ASTERACEAE Bishopanthus soliceps H.Rob.
ASTERACEAE Caxamarca sanchezii M.O.Dillon & Sagast.
ASTERACEAE Chersodoma arequipensis (Cuatrec) Cuatrec.
ASTERACEAE Chucoa ilicifolia Cabrera
ASTERACEAE Dasyphyllum brevispinum Sagast. & Dillon ASTERACEAE Dyssodia lopez-mirandae Cabrera ASTERACEAE Ferreyrella cuatrecasasii R.M. King & H.Rob ASTERACEAE Ferreyrella peruviana S.F Blake ASTERACEAE Fulcaldea laurifolia (Humb. & Bonpl.) Poir. Ex
Less.
ASTERACEAE Gynoxys dilloniana Sagast. & DilIon ASTERACEAE Helogyne hutchisonii R.M King & H.Rob ASTERACEAE Mikania filicifolia B. Robinson ASTERACEAE Onoseris chrysactinioides Sagast. i Dillon ASTERACEAE Pentacalia nunezii H.Rob & Cuatrec.
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ASTERACEAE Senecio calcicola Meyen & Walp
ASTERACEAE Senecio chachaniensis Cuatrec.
ASTERACEAE Senecio mollendoensis Cabrera
ASTERACEAE Senecio okopanus Cabrera
ASTERACEAE Senecio smithianus Cabrera
ASTERACEAE Senecio yurensis Rusbi
ASTERACEAE Smallanthus glabratus (DC) H. Rob
ASTERACEAE Bishopanthus soliceps H. Rob
BATIDACEAE Batis maritima L.
BUDDLEJACEAE Buddleja bullata Kunth qolle
BUDDLEJACEAE Buddleja coriacea Remy quichihuayta, kishuar, qolle, safran
BUDDLEJACEAE Buddleja incana R. & P. Kishuar.colle
BUDDLEJACEAE Buddleja longifolia H.B. K Kishuar
BUDDLEJACEAE Buddleja montana Britton kishuar
BURSERACEAE Bursera graveolens (Kunth) Triana & Planch. palo santo, huamtor
CAPPARACEAE Capparis eucalyptifolia Haught
CAPPARACEAE Capparis scabrida Kunth sapote
CARICACEAE Carica candicans Gray mito
CARICACEAE Carica quercifolia (A.St.Hil) Hieron calasacha
CARICACEAE Carica stipulata V.M. Badillo
CUNONIACEAE Weinmannia piurensis O. Schmidt
EPHEDRACEAE Ephedra breana Philippi pinco-pinco
EPHEDRACEAE Ephedra rupestris Benth. pinco-pinco
EUPHORBIACEAE Euphorbia apurimacensis Croizat
FABACEAE Myroxylon peruiferum L.f balsamo
FABACEAE Otholobium mexicanum (L.f) J.W Grimes FABACEAE Otholobium munyensis (J . F Macbride) J.W
Grimes
FABACEAE Weberbauerella brongniartioides Ulbich FABACEAE Weberbauerella raimondiana Ferreyra
GENTIANACEAE Gentianella alborosea (Gilg) Fabris hercampuri LYTHRACEAE Lourtella resinosa Graham Bass & Tobe
LYTHRACEAE Poensia acuminata Lafoensia
MALVACEAE Abutilon piurense Ulbrich
MALVACEAE Gossypium raimondii Ulbrich algodon silvestre
MALVACEAE Nototriche artemisioides Hill
MALVACEAE Nototriche longituba Burtt & Hill
MALVACEAE Nototrihe lopezii Krapovickas
MALVACEAE Nototriche staftordiae Burtt & Hill
MALVACEAE Palaua inconspicua I.M. Johnst.
MALVACEAE Tetrasida chachapoyensis (Baker) Fryxell &
Fuertes
MALVACEAE Telrasida serrulata Fryxell & Fuertes