TERCIO DEL NORTE SEA
ASUNTO: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA CANTINA.CAFETERÍA Y MAQUINAS EXPENDEDORAS DEL TERCIO DEL NORTE DE INFANTERIA DE MARINA.
ANEXO,- Lista de artículos y sus precios
1,
OBJETODELCONTRATO.El presente Pliego de Prescripciones técnicas, en adelante PPT, tiene por objeto definir las condiciones técnicas que regirán la explotación de los Servicios de hostelería de la cantina/cafeteria del Tercio del Norte de Infantería de Marina y las máquinas expendedoras,
2.
CONDICIONES GENERALES.2.1.
El
adjudicatario deberá designara una
personaque le
represente (supervisor),con los
debidos conocimientos de la actividad objeto del servic¡o y con poderes para adoptar resoluciones en el momento que sean precisas. Dicho supervisor deberá efectuar una presencialy
efectiva (diaria,o al
menos semanal) en ellugai'de
prestación de lcs servicios, al objeto de dirigiry
supervisar la explbtación del servicioy
enlazarcon la
persona designadapor la
Dependencia parael
seguimientodel
conhato (coordinador). El supervisor tomará las medidas necesarias para que, durante la prestación del servicio, pueda ser, siempre, localizado por el coordinador.2.2. El adjudicatario se hace responsable de la calidad y buen estado de conservación de las instalaciones y los productos suministrados. Manteniendo una especial vigilancia en las fechas de caducidad de dichos artículos. Asimismo, la Unidad podrá sin autorización de la empresa por motivos de seguridad, higiene u
otros acceder a los locales asignados al presente contrato, así como la comprobación periódica de los mismos.
2.3.
El
adjudicatariose obliga a
contratarlos
seguros necesariospara cubrir los
daños materiales o personalesque
pudieran producirsepor
mal funcionamientode las
máquinas que instalase para la explotación del servicio, asi como los derivados del mal estado de los productos suministrados.La instalación y conservac¡ón de la máquinas necesarias para la explotación objeto del contrato, será por cuenta del adjudicatario,
2.4.
ARI\,IADA FUERzA DE PRoTECcIÓN
rl
TERCTO DELNORTE SEA
2.5.
Al
comenzarla
explotacióndel
servicioel
Servicio Económico Administrativodel
Terciodel
Norte levantará, junto conel
adjudicatario actade
inventario (equipamiento, mobiliario, etc,),en el
que se detallará el estado de conservación de los elementos que lo componen.2.6. A requerimiento de la Dependencia, el adjudicatario deberá acreditar en todo momento el cumplimiento de todas sus obligaciones de carácter laboral, social, fiscal y sanitario.
2.7.
El
adjudicatarioserá
responsableen caso de
causas extraordinarias,como
huelgas, despidos, incapacidades laborales, etc., del manten¡miento del servicio.2.8. Las condiciones por las que se rige esta contratación en orden a la calidad, cantidad de los servicios y precios
de
los artículosa
expedir, podrán ser mejorados por los licitadores en todo cuanto suponga beneficio para la Unidad.2.9. La dependencia no se hará responsable directa o subsidiariamente de los daños que puedan derivarse de comportamientos inadecuados a tltulo personal de los usuarios o bien de posibles daños provocados por causa
de fueza
mayoro
ajenasa
ella, no obstantelo
anterior, colaboraráen lo
posible con laempresa adjudicataria en materia de prevención de riesgos
o
esclarecimiento de causas de posibles daños.2.10.
El adjudicatario deberá aportar la cristalería, vajilla, cuberteria y demás menaje necesario para la puesta en funcionamiento de los servicios objeto del presente confato, asi como lodo el material de consumo necesario para el funcionamiento del servicio, y cuanto material fijoo
móvil sea necesar¡o para el buen funcionam¡ento y explotación del servicio, previa autorización de la Dependencia.2.11.
La empresa adjudicataria, como tal entidad mercantil, deberá ejercer una actividad propia y contar con patrimonio, instrumentos, maquinaria y organización estable.2.12.
Mantendrá a los trabajadores que desarrollen los trabajos objeto de este contratodenfo
de su ámbito de poder de organización y dirección, y conservará, respecto de ellos, Ios derechos, obligaciones, riesgos y responsabilldades inherentes a su condición de empleador.3.
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS.La empresa adjudicataria, teniendo presente que los gastos de consumo de la energía eléctrica, agua y recogida de basuras, calefacción, teléfonos internos, desinsectación o desratización, correrá a cargo de la Dependencia, se compromete a la ejecución, por su cuenta y riesgo, de los siguientes servicios:
Avituallamiento de la barra y máquinas expendedoras.
Servicio de consumiciones a los usuarios, tanto en la barra como en las mesas instaladas en los locales correspondientes de la cantina-cafetería.
Cobrar las consumiciones que realicen los usuarios.
a
a
ARMADA FUERZA DE PRorECctóti
TERCIO DEL NORTE SEA
Lavado de cristalería, cubertería, vajilla, mantelería y restanle menaje.
l/antenimiento, limpieza y recogida de las barras, expositores, expendedores de articulos autorizados y
cuantos enseres serán necesarios para su buen funcionamiento, con objeto de conseguir un pelecto estado higiénico-sanitario.
Relirada de todo tipo de residuos
y
basuras que se generen, depositándolas en los contenedores que existen para tal uso.Mantenimiento, reparación, reposición, conservación
y
limpiezade
materialfrjo o móvil que
la dependencia ceda para su uso y aquel que aporte el adjudicatario.lVlantenimiento, conservación y limpieza de las instalaciones, locales y aseos de la cantina-cafetería.
Todos aquellos otros trabajos necesarios para el buen funcionamiento, en orden a ofrecer un esmerado servicio a los usuarios.
Justo antes del cierre, el local se deberá encontrar en perfecto estado de policía y la basura introducida en los contenedores colocados al efecto.
El adjudicatario del Contrato podrá instalar, cuatro (4.-) máquinas expendedoras de alimentos, bebidas caliente
y
frías (no alcohólicas), La autorización del COMTERNOR será necesaria parael
lugar de laDependencia donde podrán instalarse. Quedan excluidas aquellas máquinas que puedan suministrar tabaco o aportar premios en metálico o de azar. Las máquinas que se instalen contarán con todas las autorizaciones que contemple la legislación vigente,
4.
ESPECIFICACIONES SOBRE EL HORARIO DETRABAJO.4.1. El adjudicatario se compromete a mantener el funcionamiento del servicio objeto del presente contrato según los horarios que, a continuación, se establecen:
Días laborables: de 07:00 a 15:00 horas Dias no Iaborables: sin servicio.
4.2. Este horario podrá ser objeto
de
revisióny
modificación por acuerdo entre los representantesde
la Dependencia y el Adjudicatario para adaptarlo a poslbles variaciones de horario de la Dependencia o en función de la demanda de los usuarios.4.3. Previo acuerdo entre Adjudicatario y Dependencia se podrá autorizar la apertura de la cantina-cafetería los dias festivos que se consideren.
5,
ESPECIFICACIONES SOBRECALIDAD DE LOS
PRODUCTOSDE
CONSUMOPARA SU VENTA
AL PÚBLICO POR EL SERVICIO DE CANTINA-CAFETERíA.a a
a a
a
5.1. Todos los articulos que se suministren por la empresa adjudicataria se acogerán a la Legislación Española vlgente en cuanto a normalización, higiene y calidad (R D. 640/2006 y
R.0
3484/2000), Así mismo, dicha Législación seráde
aplicaciónen el
etiquetado (R-D. '132412002y
R.D,1334/1999), transporte (R.D,176t2013) y almacenamiento (R D 706/1986 y
R
D, '168/1985).AR]\,4ADA
FUERzA DE PRoTECCLÓN
TERCIO DEL NORTE SEA
5,2. Los proveedores
de
estos productos deberán disponerde
registro sanitarioy
cumplirel
restode
los requisitos reguladosen la
normativa vigente, responsabilizándoseen todo
momentoa la
empresa adjudicataria de las alteraciones de los productos.5.3. Todas las compras que realice el adjudicatario, bajo ningún concepto se harán en nombre del Tercio del
Norte o en
términos similares,ni de
ningún organismo oficialo del
Estado. Deberánser
hechas en nombre de la Persona Física o Juridica a la que se ha concedido la adjudicación o renovación del contratosin que en
ninguna circunstanciala
Administración,ni sus
representantes, sean subsidiariosde
losimpagos que pudieran existir por la ejecución de este servicio.
5.4. Generales
Todos los artículos serán de primera calidad y de marcas conocidas acreditadas.
En cuanto a envasado, etiquetado y rotulación, deberán cumplir con lo establecido en la normaliva sobre etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios envasados y demás legislación vigente.
5.5. Bebidas frias.
Todos los productos deberán cumplir con
la
legislación vigente sobre reglamenlación técnico-sanitaria para la elaboración y venta de bebidas refrescanles,5.6. Bolleria
Todos los productos deberán cumplir con
la
legislación vigente sobre reglamentac¡ón técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de productos de confitería, pastelería, bollería y repostería.5.7. Platos elaborados.
Todos los artículos empleados en la elaboración de raciones, tapas, etc., deberán ser frescos, caso de ser congelados deberán ser de primera calidad, cumpliendo con la legislación vigente sobre la materia.
5.8, Se instalará fuera del local cantina-cafetería, máquinas expendedoras de bebidas calientes, bebidas frías (sin alcohol), snacks, bolleria, sándwiches, etc., para su consumo por
el
personal en generaly
para el personal que se encuentre de Servicio o Guardia Militar los días festivos o vísperas de festivos, sin que el precio sea superior al mismo producto en venta en Ia cantina o en otras máquinas expendedoras ubicadas en el acuartelamiento principal. La responsabilidad del mantenimiento de dichas máquinas expendedorasy la
reposiciónde
los productos de consumo será del Adjudlcatario. No está permitidani
la venta de tabaco ni la instalación de máquinas que lo expendan.ARMADA i'...
FUERzA DE PRoTECCIÓN
TERCIO DEL NORTE SEA
6.
PERSONAL.6.1.
6.2.
6.3.
6.4.
6.5.
El supervisor descrito en el apartado 1, tendrá conocimiento de las funciones y, atribuc¡ones suficientes para adoptar resoluciones
a
requerimiento de la Dependencia, teniendo encomendada la vigilancia del buen funcionamiento de la explotación a su cargo.El
adjudicatario deberá dedicarel
personal necesario para atenderlos
servicios objetodel
presente contrato, dotando cuantitativa y cualitativamente (uno-una como minimo) del personal que se requiera en función de las variaciones en el número de usuarios u otros motivos que sea necesario parael
buen funcionam¡ento del Servicio. Dicho personal estará suflcientemente capacitado según las definiciones y cometidos de puestos de trabajo contenidos en el Convenio Colectivo Laboral que les sea aplicable,EI adjudicatario se obliga
a
comunicara
la Unidad la relación inicial del personal que, por cuenta de aquel destinea
los servicios objeto del contrato. lgualmente comunicará conla
antelac¡ón suficiente todas las variaciones que esta relación pudiera sufrir, reservándose la Unidad el derecho a comprobar que el número de empleados dedicados a los ind¡cados servicios se corresponde con lo establecido con la empresa adjudicataria en su correspondiente proposición, a cuyos efectos la Unidad podrá establecer los medios de control de personal que estime oportunos.El personal del adjudicatario, en ningún momento, podrá considerarse con relación laboral, contractual o de cualquier otra naturaleza respecto Ce la Administración, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de d¡cho extremo, haciendo constar que, al término de la adjudicación, no se producirá traspaso por el hecho de asumir
el
Ministerio de Defensa, o cualquiera de sus Organismos, directamente el servicio, o adjudicarlo a otra empresa.El ad.ludicatario contratará al personal por su cuenta, siendo este en todo caso el empleador del personal, Todas las cargas laborales y sociales relativas al personal empleado en estos servicros serán por cuenta del adjudicatario, el cual se compromete a estar permanentemente al corriente en el pago de las mismas, asi como de las cargas fiscales derivadas de su condición de empresario, incluyendo las relativas a las máqu¡nas expendedoras
y
recreativas quese
instalen, las cuales contarán con los correspondientes permisosde
instalación.A
requerimientode la
Dependencia,el
adjudicatario acreditará,en
todo momento, el cumplimiento de todas sus obligaciones de carácler laboral, social y fiscal.El Terclo del Norte no contrae obligación alguna de carácter empresarial con el personal contratado por
el
adjudicatar¡o,el cual
asumirátodas las
obligaciones establecidaspara la
relación empresario- trabajador por la legislación vigente o la que en lo sucesivo se promulgue, aún en los posibles casos de despido o medidas que se adopten como consecuencia directa o indirecta del incumplimiento, rescisión o interpretación de este contrato.Sin perjuicio
de lo
anterior,la
Unidad podrá controlaren
todo momentoal
personal empleado en el desempeñode
los trabajos objeto de contrato,asi
comoel
cumplimientode
horarlos de aquellos, al ob.leto de vigilar el cumplimienio contractual. En especial,el
responsable de la Unidad podrá exigir al adjudicatario la sustitución de cualquier trabajador adscritoa
los servicios que no se comporte con la de'bida conección en sus dependencias, o no se comporte con la d¡l¡genc¡a precisa en la realización del 6.6.AR[,{ADA ''
FUERZA DE PRofECcIÓN
TERCIO DEL NORTE
empresa mantenga una esmerada corrección en el trato con los usuarios de los Servicios
6.7. El adjudicatario será responsable de la correcta y permanente presentación del personal que atiende a los servicios, en cuanto al aseo personal y limpieza en el vestuario, Tendrá un vestuario específico para realizar su trabajo.
6.9.
Será
responsabilidadde la
empresa adjudicatariala
observanciade la
legislación vigente sobre Seguridade
Higieneen el
Trabajo, Ley 31/1995,de
Prevenciónde
riesgos Laborales, así como la dotación de la ropa de trabajo y equipos de protección individual (EPl) necesarios para su actividad,6.10,
El adjudicatario responderá además por los daños que se generen a las instalaciones o personas de la Dependencia y que sean causados bien por sus empleados, bien por sus productos o por los empleadosde las
diferentes empresas suministradorasde
dichos productospara la
cant¡nao las
máqu¡nas expendedoras,6,11.
En ningún caso la Dependencia será responsable de los accidentes que pueda sufrir cualquier empleado de la empresa adjudicataria en el desempeño de sus funciones, así como de las obligaciones que el contrat¡sta contraiga con sus trabajadores, suministradores o lerceras personas en general.7,
CONDICIONES ECONÓMICAS.7.1. Se establecerá al inicio de la ejecución del conkato una lista de precios de todos los productos, La lista
de
precios será expuestade
forma permanenteen
lugar fácilmente visible paralos
usuariosde
lacantina-cafeteria. Estos se considerarán precios finales netos, estando incluidos en ellos los impuestos de toda índole que graven los d¡versos conceptos.
7.2. Para las máquinas expendedoras, en el precio del producto a dispensar estarán incluidos los elementos que se consideren necesarios para su consumo (vasos, palatinas, azúcar, etc,)
7.3. La empresa adjudicataria será Ia única responsable del sistema o sistemas de cobro que establezca en
el
sentidode
queel
cobroen
metálico desu
custodiao la
utilizacióndel
sistemade
vales con los usuarios serán por su cuentay
riesgo. No obstante,el
posible establecimiento de sistemas de cobro distintosal
metálico deberá contarcon la
autorización expresadel
Órganode
Conhatación en documento suficiente,7.4.
Serán por cuenta del adjudicatario en especial los siguientes gastos:.
Vajilla, cristales y cubertería necesaria para la prestación del servicio de cafeteria..
El equipamiento complementario de hostelería, mobiliario, expositores, etc., que sea necesario paraARI!,4ADA
FUERZA DE PRorEccióN
6.8.
Todas aquellas personas que, por su actividad laboral, tiene contacto directo con los alimentos durantesu
preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio, son consideradas "manipuladores de alimentos", La empresa adjudicataria deberá cumplimentar la normativa en vigor sobre dicha material.TERCIO DELNORTE SEA
el buen funcionamiento del servicio objeto del contrato, siempre que sea previamente autorizado por la Dependencia, así como los gastos que se orig¡nen en su inslalación.
.
Uniformes del personal..
Los surgidos mn ocasión de las inspecciones médico-sanitarias que se realicen en el local..
Las reposiciones y reparaciones ocasionadas por roturas y desperfectos del material propiedad de la Armada utilizado por el adjudicatario.7.5. Serán por cuenta de la Dependencia los gastos que se originen por consumo de agua, energía eléctrica y gas.
rrol
a
21 de m de 2018 rrCCq E DANTE,
d"
0
coM
-Urruti
ARMADA FUERZA DE PROfECC ON
7-\
-..i-i-::-.-/
TERCIO DEL NORTE SEA
ANEXO AL PPT
LISTA DE ARTÍCULOS Y PRECIOS EN LA CAFEÍERíA/CANTINA, MAQUINAS EXPENDEDORAS DEL TERCIO DEL NORTE DE INFANTERíA DE MARINA.
DESCRIPCIóN ARTíCUtO
UNIDAD SUMINISTRO
PRECIO LICITACIÓN
(rvA rNcrurDo)
BEBIDAS CALIENTES CAFÉ SOLO/CORTADO/CON LECH E/MANCHADO
CAFÉ DOBLE SOLO/CORTADO/CON LECHE DESCAFET NADO/CON LECHE/CORTADO Y SOLO
coLA-cAo VASO DE LECHE
MANZANILLA E INFUSIONES TE CON LECHE
CHOCOLATE PEQUEÑO CHOCOLATE GRANDE
0,85 € 1,05 € 0,8s € 1,05 € 0,85 € 0,75 € 0,85 € 1,50 € 1,80 € 25 CL
AGUAS, REFESCOS Y ZUMOS cocA-coLA/cocA-coLA LrGHT/FANTAS/5PRrTE
COCA-COLA/COCA-CO LA LIGHT/FANTAS/SPRITE AQUARIUS/NESTEE O SIMILARES
AQUARIUS/NESTEE O SIMILARES TÓNIcA
AGUA LITRO Y MEDIO AGUA MEDIO LITRO AGUA
U3
MOSTO
zuMos
M ELocoTÓN/PrÑA/uvA/ETC.BATIDOS VARIOS SABORES BIOFRUTAS PASCUAL O SIMILAR
LATAS (33 CL) BOTELLíN (20 CL)
LArAS (33 CL) BOTELLÍN (20 CL)
LATAS (2s CL) 150 CL
50 cL 33 Ct BoTELLíN (2s CL) BOTELLÍN (2s Cr) BR|CK (33 cL) BR|CK (33 CL)
1,10 € 1,00 € 1,10 € 1,00 € 1,15 € 1,00 € 0,8s € 0,65 € 1,10 € 1,25 € 1,00 € 1,20 € CERVEZAS Y VINOS
CERVEZA CAÑA CERVEZA 1906
CERVEZA ESTRELLA GALICIA CERVEZA ESTRELLA GALICIA OTRA CERVEZA NACIONAL CERVEZA IMPORTACIóN VINO ALBARIÑO
VINO RIBEIRO VINO RIOJA COSEÑA V¡NO RIOJA CRIANZA
33 CL 33 CL 33 CL 25 CL 33 CL 33 CL 20 cL 20 cL 20 cL 20 cL
1,15 € 1,65 € 7,25 € 1,10 € L,25 € L,40 € 1,85 € 7,25 € L,20 € 1,65 €
AR[¡ADA FUERZA DE PROTECCIÓN
SANDWICHES Y BOCADILLOS BOCADILLOS QUESO/SALCH ICHÓN/CHORIZO/TORTI LLA ESPAÑOLA BOCADILLO DE TORTILLA ESPAÑOLA
BOCADILLO JAMÓN SERRANO
BOCAD¡LLO LOMO Y QUESO/BACON Y QUESO
HAMBURGUESA COMPLETA (QUESO, LECHUGA, TOMATE Y CEBOLLA) CON KETCHUP Y MOSTAZA
HAMBURGUESA CON QUESO (KETCHUP Y MOSTAZA) PERRITO CALIENTE (KETCHUP Y MOSTAZA)
SANDWICH MIXTO (JAMóN Y QUESO)/VEGETAL
SANDWICH VEGETAL (QUESO, LECHUGA, TOMATE, CEBOLLA, ESPARRAGOS, ZANAHORIA Y HUEVO COCIDO)
SANDWICH COMPLETO (M IXTO/LECH UGA/TOMATE Y HUEVO FRrTO)
KETCHUP/MOSTAZA
2,50 € 1,60 € z,oo € 2,00 € 2,20 €
2,45 € 2,L5 € 7,75 € 1,90 €
2,40 € 0,L5 €
HELADOS HELADO SANDWICH
HELADO GALLETA SORBETE
HELADO BARQUILLO
HELADO SANDWICH CHOCOLATE HELADO CON PALILLO
BOMBÓN
coNo
7,40 € 1,30 € 1,35 € r.,50 € t,70 € L,20 €
1,,20 € 1,30 € BOTLERíA Y PASTELERíA
CAÑA CREMA/DONUTS O SIMILAR CAÑA/DONUTS CHOCOLATE
CROISSANT/NAPOLITANAS/H ERRADU RAS O SIMILAR VALENCIANAS/MAG DALENAS
DONUTS AZUCAR (PACK 2) DONUTS CHOCOLATE (PACK 2) PALMERA DE CHOCOLATE O SIMILAR
TOSTADA PAN MOLDE O BARRA (MERMELADA- MANTEQUILLA/ACEITE DE OLIVA)
UNIDAD
U N IDAD UNIDAD PACK 2 UNIDADES PACK 2 UNIDADES PACK 2 UNIDADES
UNIDAD
0,85 € 0,8s € 0,85 € 0,80 € 1,00 € 1,00 € 0,90 €
UNIDAD 0,90 €
TERCIO DEL NORTE SEA
VINO RIOJA RESERVA VINO RIVERA DEL DUERO
CACAHUETES
ALM EN DRAS/AVELLANAS COCTEL FRUTOS SECOS
20 cL 20 cL
2,O0 € 2,00 €
0,80 € 1,00 € 0,80 €
AR[,IAOA FUERZA DE PROTECCION
50 GR 50 GR BOLSA UNIDAD
U N IDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD
FRUTOS SECOS Y VARIOS
TERCIO DEL NORTE SEA
MAIZ PEQUEÑO PIPAS
PATATAS FRITAS Y SIMILARES CARAMELOS O SIMILAR CHICLES O SIMILAR CORTEZAS
CONGUITOS
KIT-KAT BARRA/TWIX/CRU NCH/LION Y SIMILARES
BOLSA BO LSA BOLSA
PQ PQ 50 GR BO LSA UNIDAD
0,s0 € 1,00 € 0,8s € 0,90 € 0,85 € 0,50 € 0,70 € 0,85 €
ARt\4ADA
FUERZA DE PRO]'ECCIÓN