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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY DE MORATORIA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PARA LA CANASTA BÁSICA, ALQUILERES Y SERVICIOS PÚBLICOS

DIPUTADO

HARLLAN HOEPELMAN PÁEZ Y VARIOS(AS) DIPUTADOS (AS)

EXPEDIENTE N° 21.444

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud de las partes interesadas, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley

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LEY DE MORATORIA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PARA LA CANASTA BÁSICA, ALQUILERES Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente N° 21.444

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Este proyecto de ley tiene por objetivo facilitar la reactivación económica que tanto necesita Costa Rica. Es necesaria la generación de un ambiente de confianza en los mercados y en los hogares costarricenses para dinamizar la economía.

El comercio es la actividad que emplea a más personas en Costa Rica. Sin embargo, las trabas y amarras regulatorias, a la par de unas muy pesadas cargas sociales, han hecho que en los últimos cinco años se perdieran 82.500 puestos de trabajo, en medio de la incertidumbre económica del país, según la serie histórica de la Encuesta Continua de Empleo, del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

De acuerdo con esta encuesta del INEC, a inicios de 2014 el comercio empleó a 437.700 personas. Cinco años más tarde esa cifra cayó a 355.200 trabajadores, lo que significa una reducción de 18,9% en puestos de trabajo.

Ciertamente hay factores como el alto endeudamiento de los consumidores que contribuyen a estas dificultades que enfrenta el sector comercio, pero no podemos obviar que imponer una carga tributaria más pesada a este debilitado sector también significará un elemento que va a desmotivar la inversión y creará aún más desempleo, conforme haya más comercios que se pasen a la informalidad o cierren definitivamente sus puertas. Es apropiado que el Gobierno propicie un ambiente que facilite el desarrollo de emprendimientos, de negocios, así como la innovación tecnológica para la adaptación de todos los sectores a las demandas mundiales de comercio.

Las repercusiones del cierre de negocios y empresas genera un efecto dominó, pues cada vez que se cierra un local comercial, hay no solo más personas desempleadas, sino que hay dueños de propiedades que no van a recibir alquileres, y menos ingresos a las empresas públicas que proveen electricidad, agua, telefonía, servicios de internet, entre otros.

Esas personas representan familias que dependían de un puesto de trabajo, pero ahora engrosan las estadísticas sobre desempleo, que ha llegado a niveles altísimos, alrededor de un 12%, si se agrega los "desalentados" término técnico que denomina a los que ya no buscan empleo pero que están en edad y

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Ese subgrupo viene creciendo también y agrava el problema real de falta de fuentes laborales. Encima el impuesto al valor agregado (IVA) se ha de aplicar a la canasta básica, con lo cual ahora no solo tenemos un problema económico, sino que las consecuencias de llegar a números tan elevados de desempleo, donde las personas no saben cómo van a solventar sus necesidades básicas del día a día, podría desencadenar todo tipo de problemas sociales y de delincuencia.

Según el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas, el cual señaló con base en el tributo de 1% a la canasta básica, que se elevaría la pobreza de 20,3%

a 20,41%, unos 5.800 hogares más, a los cuales se tendrán que generar políticas públicas de diversa índole para garantizar la satisfacción de sus necesidades básicas y su ascenso social.

El director de la Cámara Costarricense de Comercio, Alonso Elizondo, en declaraciones publicadas por el diario La Nación el pasado 28 de mayo, atribuyó la caída en puestos de trabajo del sector comercio a las altas cargas sociales, a la informalidad y a la incertidumbre económica en el país.

En términos de la implementación de la factura electrónica persisten importantes elementos a mejorar como bien se señala en el artículo de la Revista Summa titulado “Costa Rica: a un año de la implementación de la factura electrónica no se aplica de manera correcta”:

A un año todavía hay gente que no conoce y no sabe cómo opera la factura electrónica, entonces cae en situaciones contrarias a la normativa.

Los que pertenecen al Régimen de Tributación Simplificada aún están confundidos y no saben que, aunque pertenecen a ese sistema y no deben confirmar ni emitir factura electrónica, pero sí deben guardar su facturación electrónica recibida de los proveedores y no pueden decir que no desean la factura electrónica.

Empresas y comerciantes que no invirtieron lo suficiente en proveedores que pudieran atender las operaciones y demandas de su negocio, se les complicó toda su operación.

Hay comercios que no sabían que estaban exentos de entregar factura.

Aunado a lo anterior, según publicación del periódico La Nación para abril del presente año se presentó la última propuesta de reglamento del IVA, aspecto que sobra decir es de muy reciente data y que implica costos y ajustes para todos los contribuyentes. En dicha nota se pone en evidencia la necesidad de múltiples ajustes también para las autoridades como lo son sistemas de la Dirección General de Tributación.

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Es entendible que para los comerciantes, los alquileres, las patentes, los servicios públicos y las cargas sociales hagan que sus negocios no sean rentables, pero encima ahora se viene el impuesto al valor agregado, que está programado para entrar en vigencia el primero de julio de 2019, según la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley No. 9635, publicada en el Alcance número 202 del Diario Oficial La Gaceta del martes 4 de diciembre de 2018. Por ejemplo, un comerciante que pague setecientos mil colones de alquiler, pasaría a pagar setecientos noventa y un mil colones, con el IVA.

Si bien una moratoria solo resuelve estos problemas de manera temporal, se estima que darle un espacio de seis meses al sector comercio le dará la posibilidad de un respiro para tratar de acomodar sus finanzas, y alentará la inversión.

En consideración a lo planteado en la Ley No. 9635 respecto a la amnistía tributaria que beneficio sólo a algunos, en ese espíritu de mejorar la recaudación a futuro pero sin generar mayores efectos negativos en el desarrollo económico nacional, se plantea por parte de los proponentes una moratoria que beneficie principalmente a pequeñas, medianas empresas y a familias. La moratoria refiere a la no vigencia de la Ley No. 9635 de la no aplicación del IVA para lo pertinente a arrendamientos, canasta básica tributaria y el cobro de servicios públicos. Ello, con el fin de mejorar el flujo de caja y de incentivar la inversión.

Por otra parte, debe considerarse que el país está recibiendo $850 millones en préstamos, situación que era desconocida cuando la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Un plazo de moratoria de seis meses le dará también tiempo al Gobierno para que cumpla con sus promesas hechas antes de que se aprobara esa ley, en términos de empleo público y contención del gasto. Es también previsible que el Estado contará con recursos frescos por medio de la emisión de eurobonos, en trámite en la Asamblea Legislativa, y con buen ambiente.

Por todo lo anterior, en aras de motivar la reactivación económica que tanto necesita nuestro país, y de hacer más efectivo el cumplimiento del Gobierno en torno a la contención del gasto público, presentamos a consideración de los señores señoras diputados el presente proyecto de ley para su aprobación.

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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY DE MORATORIA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PARA LA CANASTA BÁSICA, ALQUILERES Y SERVICIOS PÚBLICOS

ARTÍCULO ÚNICO- Se decreta una moratoria de seis meses para la entrada en vigencia del Impuesto al Valor Agregado contemplado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, No. 9635 del 3 de diciembre de 2018, únicamente para lo siguiente:

a) Los arrendamientos de inmuebles destinados a viviendas, así como los garajes y anexos accesorios a las viviendas y el menaje de casa.

b) Los arrendamientos de locales comerciales.

c) El suministro de energía eléctrica residencial.

d) La venta o la entrega de agua residencial.

e) Las ventas, así como las importaciones o internaciones, de los bienes agropecuarios incluidos en la canasta básica, como las transacciones de semovientes vivos, la maquinaria, el equipo, las materias primas, los servicios e insumos necesarios, en toda la cadena de producción, y hasta su puesta a disposición del consumidor final.

f) Las ventas, así como las importaciones o internaciones, de los artículos definidos en la canasta básica, incluyendo la maquinaria, el equipo, los servicios e insumos necesarios para su producción, y hasta su puesta a disposición del consumidor final.

Rige a partir de su publicación.

Harllan Hoepelman Páez Marolin Azofeifa Trejos

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Ignacio Alberto Alpízar Castro Carmen Irene Chan Mora

Ivonne Acuña Cabrera Jonathan Prendas Rodríguez

Nidia Lorena Céspedes Cisneros

Diputadas y diputados

13 de junio de 2019

NOTAS: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

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