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Adoptada por el Comité de Ministros el 11 de Enero de 1995 en la 525ª reunión de los Delegados de Ministros

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RECOMENDACIÓN (95) 3 DEL COMITÉ DE MINISTROS A LOS ESTADOS

MIEMBROS RELATIVA A LA COORDINACIÓN DE LOS MÉTODOS Y

SISTEMAS DE DOCUMENTACIÓN RESPECTO A LOS MONUMENTOS Y

EDIFICIOS HISTÓRICOS DEL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO

CONSEJO DE EUROPA

Adoptada por el Comité de Ministros el 11 de Enero de 1995 en la 525ª reunión de los Delegados de Ministros

El Comité de Ministros, en virtud del Artículo 15.b del Estatuto del Consejo de Europa,

Considerando que el objetivo del Consejo de Europa es lograr una unión, más estrecha entre sus miembros a fin de facilitar su progreso económico y social;

Habida cuenta del preámbulo del Convenio para la salvaguardia del patrimonio arquitectónico de Europa, firmado en Granada el 30 de Octubre de 1985, que reconoce el carácter insustituible del patrimonio arquitectónico;

Habida cuenta del Artículo 1 del Convenio, donde se estipula que el patrimonio arquitectónico consta de monumentos, conjuntos arquitectónicos y sitios;

Habida cuenta del Artículo 2, que subraya la necesidad de elaborar inventarios o de disponer de una documentación apropiada como requisito previo para una política de conservación;

Habida cuenta del Artículo 17, relativo al intercambio de información sobre las políticas de

conservación, especialmente en lo que concierne a los métodos de inventario y a las posibilidades que las nuevas tecnologías ofrecen para la identificación y el registro del patrimonio;

Señalando el incremento del riesgo que existe sobre el patrimonio arquitectónico y el creciente interés del público por este patrimonio, que se pone de manifiesto en una mayor demanda de información;

Consciente de la diversidad de los métodos de inventario del patrimonio arquitectónico en Europa, que se ha hecho evidente, en primer lugar, por la elaboración de un informe sobre los inventarios del patrimonio artístico, arquitectónico y cultural en los países europeos, comisionado por el Consejo de Europa en 1985 y, en segundo lugar, por los resultados de un trabajo de encuesta relativo a la compilación de inventarios difundido entre los Estados miembros en 1991;

Señalando que el progreso de las técnicas informáticas en el ámbito de la documentación, la diversidad de los sistemas utilizados y el rápido avance de la tecnología, tendrán probablemente como resultado ciertas dificultades de comunicación entre los usuarios de los diferentes sistemas; Reconociendo la necesidad de tomar medidas para alcanzar una coordinación de métodos y sistemas de documentación que favorezcan la comunicación y el intercambio de información entre los países europeos;

Recomienda a los Gobiernos de los Estados miembros que:

1. Continúen la cooperación en lo que se refiere a la exposición de los principios y métodos de compilación, interrogación e intercambio de la información, para mejorar la gestión y el

conocimiento del patrimonio arquitectónico, garantizando la publicación y actualización regular de un inventario detallado de los centros de documentación que enumere sus objetivos, fondos, servicios, sistemas técnicos y medios de acceso a la información, en beneficio de todos los usuarios;

2. Promuevan la adopción, por parte de los centros de documentación arquitectónica, de una "ficha de indización mínima" de los datos relativos a monumentos y edificios históricos del patrimonio arquitectónico, basados en las definiciones expuestas en el apéndice de esta Recomendación. Esta ficha de indización mínima debería facilitar el intercambio de información entre los países y las organizaciones encargadas del conocimiento, conservación y protección de los edificios históricos, así como responder a las necesidades del público en cuanto a la información sobre los

monumentos y edificios históricos;

3. Reconozcan que la adopción de una "ficha de indización mínima" representa un progreso para la explicación de los métodos y las normas técnicas que se requieren para el intercambio de datos informatizados, y aseguren que esa definición sea adoptada de forma prioritaria por los centros de

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documentación de los Estados miembros, dentro del marco de las actividades conjuntas dirigidas por el Consejo de Europa;

4. Velen para que las autoridades responsables continúen considerando la relación e

interdependencia entre las diversas disciplinas que intervienen en el estudio del patrimonio, sus distintos elementos constitutivos y el entorno del mismo, cuando definan los métodos y las normas técnicas necesarias para la documentación del conjunto del patrimonio europeo, en beneficio de las generaciones actuales y futuras.

APÉNDICE DE LA RECOMENDACIÓN (95)3 FICHA DE INDIZACIÓN MÍNIMA - DEFINICIONES

A continuación se presentan las definiciones de los epígrafes propuestos para la "ficha de indización mínima". Los epígrafes del 1 al 4 son de carácter obligatorio:

1. Nombres y referencias del edificio; 2. Localización;

3. Función y categoría arquitectónica; 4. Datación.

Los otros epígrafes, del 5 al 9, son opcionales y variarán de acuerdo con el tipo de registro considerado y con los objetivos que persiga cada organismo o institución.

1. Nombres y referencias del edificio. 1. 1. Nombre del edificio:

Campo de texto libre que recoge el nombre por el que se conoce al edificio. No está planteado como un término recuperable y debe ser utilizado conjuntamente con los campos por los que se puede buscar: Localización (2.1), Dirección (2.2) Tipo de función (3.1).

(Alfanumérico, Texto Libre, Entrada Múltiple, Opcional); 1.2. Número único de referencia:

El número o combinación de caracteres que identifica unívocamente a cada edificio registrado por la organización.

(Alfanumérico, Único, Obligatorio); 1.3. Fecha de compilación:

Fecha de compilación de la "ficha de indización mínima”. Esta fecha puede ser modificada cada vez que se actualice la ficha.

(Alfanumérico, Único, Obligatorio); 1.4. Organismo autor del registro:

Nombre de la organización autora del registro. Esta información es útil para conocer la procedencia del registro cuando se produzca el intercambio de datos entre los distintos organismos creadores de registros.

(Alfanumérico, Único, Obligatorio);

1.5. Referencias cruzadas a registros de edificios relacionados:

Esto permite establecer referencias cruzadas a registros relacionados, permitiendo, por ejemplo, la relación del registro de un edificio con su registro complejo más amplio.

(Alfanumérico, Entrada múltiple, Opcional); 1.5.1. Tipo de relación:

Este campo indica el tipo de relación entre registros relacionados, como por ejemplo una relación jerárquica de tipo registro general-registro específico que asocie un conjunto arquitectónico (por ejemplo: monasterio) con un edificio particular (por ejemplo: iglesia).

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

1.6. Referencias cruzadas a registros de las instalaciones y el mobiliario: Esto permite establecer referencias cruzadas entre registros de vidrieras, frescos, decoración escultórica, etc. que tienen relación con el edificio.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

1.7. Referencia cruzada a la documentación: Esto permite establecer referencias cruzadas entre la documentación asociada y los registros indizados y se puede separar de la siguiente manera: 1.7.1. Número de referencia a la documentación fotográfica:

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

1.7.2. Número de referencia a la documentación gráfica: (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

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(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 1.7.4. Número de referencia bibliográfica: (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

1.8. Referencias cruzadas a registros arqueológicos: Relacionar, por ejemplo, registros de excavaciones arqueológicas con aquellas estructuras permanentes sobre el mismo sitio. (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

1.9. Referencias cruzadas a registros medioambientales: Para hacer posible la asociación de los registros de los edificios con otros registros que pueden especificar la protección medioambiental del sitio o de la localidad.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 2. Localización.

Se puede utilizar una combinación de los campos que se definen a continuación para localizar el edificio.

2.1. Localización administrativa; 2.1.1. Estado:

(Alfanumérico, Único, Obligatorio); 2.1.2. Unidad geopolítica:

Utilizada para registrar las subdivisiones geográficas o políticas de los Estados miembros. (Alfanumérico, Único, Opcional);

2.1.3. División administrativa del Estado: En función de la estructura administrativa de cada Estado miembro, se necesitarán o no entradas repetibles para este campo.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

2.1.4. Subdivisión administrativa: Según la estructura administrativa de cada Estado miembro pueden necesitarse más o menos subdivisiones administrativas.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 2.2. Dirección;

2.2.1. Dirección Postal:

Úsese este campo si el nombre difiere del apartado 1.1. (Alfanumérico, Único, Opcional);

2.2.2. Número de la calle/carretera:

(Alfanumérico, Único, Opcional); 2.2.3. Nombre de la calle/carretera: (Alfanumérico, Único, Opcional); 2.2.4. Localidad:

Utilizado para unidades no administrativas conocidas comúnmente como aldeas o municipios. (Alfanumérico, Único, Opcional);

2.2.5. Pueblo/ciudad:

Úsese este campo si el nombre difiere de la división administrativa del Estado. (Alfanumérico, Único, Opcional);

2.2.6. Código Postal:

(Alfanumérico, Único, Opcional);

2.3. Referencias cartográficas: Estos campos son utilizados para registrar las coordenadas cartesianas y espaciales bidimensionales requeridas para la localización del edificio respecto al sistema cartográfico utilizado por los Estados miembros;

2.3.1. Coordenadas X:

(Numérico, Entrada Múltiple, Opcional); 2.3.2. Coordenadas Y:

(Numérico, Entrada Múltiple, Opcional);

2.3.3. Sistema de referencia espacial utilizado: (por ejemplo. UTM, Lambert, GPS, Ordenance Survey).

(Alfanumérico, Único, Opcional);

2.4. Referencia catastral / Unidad territorial:

Este campo permite establecer referencias cruzadas con las parcelas catastrales o unidades territoriales afectadas.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 3. Función y categoría arquitectónica.

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3.1. Tipo de función del edificio:

Precisa el tipo de edificio definido por su función. Este campo puede ser repetible para acomodar los cambios de función a lo largo de un periodo de tiempo determinado. Es deseable que exista un vocabulario controlado (tesauro);

3. 1. 1. Fecha: La fecha de la función mencionada en el punto 3.1. (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

3.2. Categoría del edificio:

Categoría funcional general a la que el tipo de edificio pertenece, por ejemplo agrícola (categoría); granero (tipo). Es deseable que exista un vocabulario controlado (tesauro). (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Obligatorio).

4. Datación.

Esta sección permite establecer la fecha exacta cuando ésta sea conocida, o bien fechas o periodos aproximados cuando sea imprecisa. (Al menos un campo es obligatorio)

4.1. Periodo:

Es deseable que exista vocabulario controlado (tesauro). Ejemplo: Paleolítico. (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

4.2. Siglo:

Ejemplo: siglo XVII.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 4.3. Intervalo de fecha;

4.3.1. Entre 4.3.2. Y

Ejemplo: entre 1640 y 1660

(Numérico, Entrada Múltiple, Opcional); 4.4. Fecha absoluta:

Ejemplo: 1652.

(Numérico, Entrada Múltiple, Opcional).

5. Personas y organismos asociados a la historia del edificio.

Esta sección permite la identificación de personas y organismos relacionados tanto con la

construcción del edificio, por ejemplo arquitectos, como con su función, por ejemplo los propietarios originales. Los campos pueden ser repetibles para tener en cuenta a personas y organismos asociados con los edificios a lo largo de un periodo de tiempo. Se puede tener información detallada en archivos biográficos relacionados.

5.1. Personas u organismos:

Apellido, nombre o nombre del organismo. Ejemplo: Webb, John.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 5.2. Función en la historia del edificio:

La función de la persona u organismo con respecto al edificio, por ejemplo, su construcción, restauración, modificación, demolición, etc.

Ejemplo: arquitecto. 5.2. 1. Fecha:

Fecha de la función de la persona o del organismo en la historia del edificio. Ejemplo: 1652.

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 6. Técnicas y materiales de construcción. 6.1. Principales materiales y técnicas estructurales:

Este campo debería ser utilizado para los materiales de los muros exteriores, excluyendo otras divisiones, como los tabiques. Es deseable la existencia de un vocabulario controlado (tesauro). (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional);

6.2. Materiales de cobertura:

Hace referencia al material principal del techado. Es deseable la existencia de un vocabulario controlado (tesauro).

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 7. Estado de conservación.

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Este campo puede ser repetible con el objetivo de distinguir entre la integridad del edificio (demolido, en ruinas, remodelado, restaurado) y su estado (bueno, excelente, pobre o malo). Es deseable la existencia de un vocabulario controlado (tesauro).

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 8. Protección/estatus jurídico.

Esta sección permite indicar si el edificio está protegido y, en su caso, el tipo de protección y la fecha en la que fue concedida dicha protección:

8.1. Tipo de protección:

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 8.2. Grado de protección:

(Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional); 8.3. Fecha en la que fue concedida la protección: (Alfanumérico, Entrada Múltiple, Opcional). 9. Notas.

9.1. Resumen histórico:

Este campo opcional permite elaborar un breve resumen del desarrollo histórico del edificio. Es particularmente útil si la información de las anteriores secciones 3, 4 y 5 no puede ser identificada con precisión.

Referencias

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