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CLÁUSULAS. El contrato se compone de tres fases:

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Departamento de Industria P la za d e la C on st itu ci ón , 1 – 2 89 43 F ue nl ab ra da ( M ad rid ) w w w .a yt o-fu en la br ad a. es

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA LA ELABORACIÓN, SOLICITUD Y GESTIÓN DEL PROYECTO FUENLABRADA SOSTENIBLE.

CLÁUSULAS

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO. El Ayuntamiento de Fuenlabrada adjudica la licitación de un servicio de “Asistencia Técnica para la Elaboración, Solicitud y Gestión del Proyecto Fuenlabrada Sostenible” mediante procedimiento abierto.

La Comisión de la Unión Europea ha anunciado la próxima convocatoria del programa de subvenciones Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017). Esta convocatoria financia proyectos innovadores que utilicen la naturaleza con el objetivo de tratar retos sociales y promover la urbanización sostenible. Los proyectos deben estar inspirados en la naturaleza y la regeneración y al mismo tiempo generar beneficios medioambientales, sociales, culturales y económicos.

El Ayuntamiento de Fuenlabrada está interesado en la presentación de un proyecto de programa de regeneración urbana a la próxima convocatoria de la Unión Europea en el marco del Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017). Para ello está interesado en contratar un servicio de asistencia técnica para la elaboración, en tres fases, del anteproyecto (fase I); y en su caso el proyecto (fase II); y la asistencia técnica para puesta en marcha, desarrollo y gestión del proyecto “Fuenlabrada sostenible” (Fase III).

El contrato se compone de tres fases:

1. La primera fase consistirá en la elaboración de un anteproyecto de acuerdo con las bases de la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017). 2. Durante la segunda fase elaborará el proyecto se constituirá la red transnacional y

cualquier otra documentación técnica o administrativa de acuerdo con las bases de la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017).

3. En tercera fase se prestará un servicio de asistencia técnica a la puesta en marcha y desarrollo del proyecto aprobado por la Unión Europea.

La ejecución de la segunda y tercera fase está condicionada a la aprobación por la Unión Europea de la resolución favorable aprobando, respectivamente, el anteproyecto y el proyecto presentado y la correspondiente subvención. El contrato se considerará resuelto y no se ejecutarán las fases posteriores cuando la resolución de la Unión Europea sea denegatoria.

2ª.- DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. El servicio de “Asistencia Técnica para la Elaboración, Solicitud y Gestión del Proyecto Fuenlabrada Sostenible”, debe incluir los siguientes aspectos:

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P la za d e la C on st itu ci ón , 1 – 2 89 43 F ue nl ab ra da ( M ad rid ) w w w .a yt o-fu en la br ad a. es FASE I

1. Asistencia Técnica para la elaboración del anteproyecto de acuerdo con las bases de la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración social inclusiva”, incluyendo su traducción al inglés. El anteproyecto debe proponer soluciones innovadoras basadas en la naturaleza para la regeneración urbana inclusiva. Diseño inicial del proyecto adaptando la convocatoria a las demandas y necesidades locales.

2. Elaboración de un perfil de la ciudad y de las principales personas responsables del desarrollo del proyecto resaltando especialmente actividades de investigación e innovación de las propuestas. El perfil incluirá una lista de hasta cinco publicaciones relevantes, y / o productos, servicios (incluyendo conjuntos de datos utilizados ampliamente o software), u otros logros relevantes para el contenido de las propuestas; descripción de las infraestructura, equipamientos, programas, y/o publicaciones relevantes para el contenido de la propuesta

3. Definición de la estructura del proyecto y apoyo al desarrollo de los componentes del proyecto.

4. Búsqueda y selección y diseño del anteproyecto con socios transnacionales. El anteproyecto se elaborará conjuntamente con una ciudad de la Unión Europea que lidere (“front-runner”) junto con Fuenlabrada el proyecto de regeneración urbana y de tres ciudades seguidoras (“follower”), entre ellas una ciudad de la República Popular China.

5. Búsqueda de socios públicos y privados locales y nacionales (entre 12 y 20 socios). 6. Apoyo al proceso de participación ciudadana para la definición y elaboración del

proyecto.

7. Asistencia técnica y asesoramiento a las ciudades de la red (“front-runner” y

“follower”) en la preparación de la propuesta.

8. Elaboración de un plan para la explotación y difusión de los resultados.

9. Redacción de la propuesta a la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017): recogida de la información administrativa de cada socio; apoyo en el proceso de validación de la información; Definición de los mecanismos de gestión del proyecto, gestión del conocimiento; formación, marketing, mercado, elaboración de un sistema de indicadores; explotación de resultados de la financiación, aspectos ambientales y sociales. Integración de la información y presentación a la Unión Europea.

FASE II

10. Asistencia Técnica para la Elaboración del proyecto de acuerdo con las bases de la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017) incluyendo su traducción al inglés, en colaboración con la ciudad europea que colídere el proyecto y las tres ciudades seguidoras.

11. Preparación de documentación para reuniones y presentaciones con representantes de la Comisión Europea y evaluadores.

12. Redacción de anexo técnico en base a la propuesta recogiendo todas las modificaciones indicadas por los evaluadores y la Comisión Europea.

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P la za d e la C on st itu ci ón , 1 – 2 89 43 F ue nl ab ra da ( M ad rid ) w w w .a yt o-fu en la br ad a. es FASE III

16. Asistencia técnica para la puesta en marcha, implementación y desarrollo del proyecto aprobado, en su caso, por la Unión Europea.

17. Establecimiento de la Oficina Técnica de apoyo. 18. Asistencia técnica para el inicio de las actividades.

19. Elaboración y desarrollo de Manual de Gestión del proyecto.

20. Coordinación y dirección del trabajo con socios transnacionales y nacionales del proyecto., incluida la coordinación con las ciudades “front-runner” y “followers”.

21. Puesta en marcha del plan para la explotación y difusión de los resultados.

22. Seguimiento del proyecto y gestión de la documentación técnica, económica y administrativa.

23. Preparación de la documentación para la justificación económica, administrativa y técnica del proyecto.

Y todas aquellas otras cuestiones que sean requeridas por la Unión Europea en la convocatoria Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017).

3ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO: se establece en su conjunto en cuarenta y cuatro(44) meses divididos en tres fases: la primera con plazo máximo de dos (2) meses se dedicará a la elaboración del anteproyecto; la segunda, que únicamente comenzará en caso de haber sido aprobado el anteproyecto por el organismo competente de la Unión Europea, tendrá una duración máxima de seis (6) meses plazo en el que se elaborará el proyecto definitivo; y la tercera, comenzará en caso de haber sido aprobado el proyecto por la Unión Europea consistirá en la asistencia técnica para la puesta en marcha, implementación y gestión del proyecto tiene una duración máxima de treinta y seis meses (36) con posibilidad de una prórroga de veinticuatro meses adicional.

El contrato tendrá una duración de cuarenta y cuatro meses con posibilidad de una prorroga adicional de 24 meses. El contrato se compone de tres fases. La primera de ellas tendrá una duración de dos meses (2) y finalizará el 7 de marzo de 2017 fecha de finalización del plazo de presentación de anteproyectos y solicitudes de subvención al programa Horizonte 2020 “Ciudades Innovadoras basadas en la Naturaleza para la Regeneración Social Inclusiva” (H2020-SCC-02-2016-2017). La segunda fase únicamente se iniciará tras obtener resolución favorable de la Unión Europea aprobando el anteproyecto presentado. La segunda fase tendrá una duración de seis meses (6) y concluirá el 5 de septiembre de 2017 fecha en que finalizará el plazo de presentación de los proyectos definitivos preseleccionados. El inicio de la tercera y última fase está condicionado a la resolución de concesión de la subvención solicitada por parte del órgano competente de la Unión Europea. Esta última fase comenzará a la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda y tendrá una duración de treinta y seis (36) meses con posibilidad de una prórroga de veinticuatro meses (24) adicionales.

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4ª. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN se compone de dos elementos una cantidad fija correspondiente a las fases I y II y un porcentaje sobre el total de la subvención concedida, en su caso por la Unión Europea:

1. La cantidad fija asciende a la cantidad de ochenta y siete mil ciento veinte euros (87.120,00 €), de los cuales setenta y dos mil euros (72.000,00 €) corresponden a la base imponible y quince mil ciento veinte euros (15.120,00 €) al 21% de IVA, así como cualquier otro impuesto o gasto que pudiera gravarlo. El presupuesto base de licitación fijo se distribuirá en dos fases: La primera fase tendrá un presupuesto de catorce mil quinientos veinte euros (14.520,00 €) de los cuales doce mil euros (12.000,00 €) corresponde a la base imponible y dos mil quinientos veinte euros (2.520,00 €) al 21% de IVA. La segunda fase comenzará tras la notificación de la resolución favorable de preselección del proyecto por la Unión Europea y tendrá un presupuesto total de setenta y dos mil seiscientos euros (72.600,00 €) de los cuales sesenta mil euros (60.000,00 €) corresponden a la base imponible y doce mil seiscientos (12.600,00 €) al 21% de IVA.

2. El porcentaje sobre la subvención total concedida, en su caso, por la Unión Europea en el marco de la Convocatoria Horizonte 2020 se establece en siete puntos y medio porcentuales (7,5%) calculado sobre el importe de la subvención concedida, IVA incluido. Esta tercera y última fase está igualmente condicionada a la resolución de concesión de la subvención solicitada por parte del órgano competente de la Unión Europea.

Ambos precios podrán ser mejorados a la baja por los licitadores.

De acuerdo con la información publicada por la Unión Europea (http://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/opportunities/h2020/topics/4081-scc-02-2016-2017.html) se estima que el importe de la subvención puede ascender a seis millones de euros. Considerando la hipótesis anterior el importe total del contrato ascendería a quinientos treinta y siete mil ciento veinte euros (537.120,00 €) de los cuales cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos euros y ochenta y tres céntimos euros (443.900,83 €) corresponden a la base y noventa y tres mil doscientos diecinueve euros y diecisiete céntimos euros (93.219,17 €) al importe del impuesto sobre el valor añadido. El precio se ha establecido a partir de precios de mercado para la elaboración, presentación y gestión de proyectos financiados por la Unión Europea de similares características.

La adjudicación se efectúa con cargo a la partida presupuestaria 201.4/459/22706 “Estudios

y Trabajos Técnicos. Proyectos Europeos”

5ª COORDINACIÓN DE LOS TRABAJOS. Se creará una comisión de coordinación formada por tres personas en representación del Ayuntamiento de Fuenlabrada y tres miembros del equipo técnico redactor del Estudio Socio Territorial de Fuenlabrada, encargada de efectuar el seguimiento y control de los trabajo.

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contar con una experiencia mínima de cinco años en actividades vinculadas a los estudios socioterritoriales (sociología, geografía, economía, derecho, o similar), la regeneración y rehabilitación urbana, el urbanismo, el medio ambiente, la eficiencia y el ahorro energético, o la gestión, implantación y desarrollo de proyectos financiados por la Unión Europea. El director/a dispondrá de una experiencia mínima de diez (10) años en los mismos ámbitos. 7ª.- PROPIEDAD DEL TRABAJO Y UTILIZACIÓN DE LOS RESULTADOS. Todos los documentos elaborados por el adjudicatario, resultado del presente proceso de contratación, será propiedad del Ayuntamiento de Fuenlabrada quien podrá reproducirlos, publicarlos total o parcialmente de la forma que estime oportunos sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario alegando derechos de autor.

Fuenlabrada, a 22 de julio de 2016.

Fdo: Andrés de las Alas-Pumariño Sela.

Director General de Urbanismo, Infraestructuras, Industria y Patrimonio.

Referencias

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