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FONDO DE INVESTIGACION PESQUERA

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FONDO DE INVESTIGACION PESQUERA

B A S E S E S P E C I A L E S

P R O Y E C T O FIP N° 2004-15

“MONITOREO BIOLÓGICO-PESQUERO DEL RECURSO ERIZO EN LA XII REGIÓN, FASE II”

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FONDO DE INVESTIGACION PESQUERA

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TERMINOS BASICOS DE REFERENCIA

1. PROYECTO: Monitoreo Biológico-pesquero del recurso erizo en la XII Región, Fase II. 2. ANTECEDENTES

Desde el inicio de su fase de crecimiento en 1993, la pesquería del recurso erizo ha alcanzado un nivel de desarrollo que la posiciona actualmente como la principal pesquería artesanal de la XII Región. Los desembarques anuales han fluctuado entre 9,6 mil t en 1993 y 30 mil t en 1998, en torno a un promedio de 21,5 mil [t/año] entre 1993 y el 2002.

Por su parte, la actividad extractiva se ha desplazado geográficamente desde áreas cercanas a Punta Arenas, en los primeros años, cubriendo posteriormente todas las áreas de pesca al sur del Estrecho de Magallanes, para extenderse luego hacia zonas de pesca al norte del Estrecho, llegando a prospectar finalmente una gran parte de las áreas de distribución de este recurso en la XII Región.

Sin embargo, las grandes distancias entre las áreas de pesca del recurso y los puntos de desembarque de la pesquería principalmente localizados en Punta Arenas y Puerto Natales incentivaron el desarrollo de una modalidad de pesca organizada denominada “faena” consistente en la operación de embarcaciones extractivas con residencia permanente en las áreas de pesca durante la temporada extractiva anual, que son coordinadas y aprovisionadas por embarcaciones mayores (lanchas) que cumplen funciones de compra de materia prima a las cuadrillas extractivas, así como también, de transporte de las capturas a los puertos de desembarque.

Esta modalidad de operación ha generado variados inconvenientes, tanto desde la perspectiva del control de las medidas de ordenamiento vigentes (control de acceso, individualización de los pescadores, autorización de los agentes para operar en la pesquería, tamaño de los ejemplares capturados, etc.), así como también, para el monitoreo de la actividad extractiva (i. e., esfuerzo, capturas, y muestreo biológico de los atributos del recurso capturado, entre los principales), información esencial para el manejo apropiado del recurso.

Por otra parte, los escasos antecedentes técnicos disponibles sobre el erizo en Magallanes, sugieren que existe alta variabilidad geográfica en el reclutamiento y el crecimiento del recurso, en tanto que se carece de información acerca de muchas de las variables biológico-pesqueras que permitirían tener un mejor conocimiento del estado del recurso y realizar un aprovechamiento más eficiente de la biomasa del mismo. En este sentido, el patrón espacial de explotación del recurso en esta región evidencia una constante

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búsqueda de nuevas zonas de pesca y el abandono de otras que han soportado intensa explotación durante los últimos años, que han llevado a la flota extractiva a realizar sus operaciones en áreas mucho más expuestas al Océano Pacífico y a propagarse cada vez más hacia sectores situados en el extremo norte de Magallanes.

En consecuencia, la gran dinámica que presenta esta pesquería amerita el diseño de medidas de ordenamiento y conservación basadas en información realista, actualizada y confiable, a fin de permitir asegurar un desarrollo armónico y sustentable de la misma, evitando al mismo tiempo eventuales impactos socioeconómico negativos derivados del agotamiento del recurso por ausencia de regulación de las actividades pesqueras.

La elaboración de medidas de manejo informadas requieren necesariamente la realización de acciones a dos niveles: 1) el perfeccionamiento del sistema de seguimiento y monitoreo de las actividades extractivas en esta pesquería, orientadas a contar con información veraz y de calidad suficiente para sustentar análisis más precisos sobre la condición del recurso, que permitan la adopción de medidas de manejo acertadas, y 2) la adopción de acuerdos sustentables entre todas las instancias involucradas en el manejo de la pesquería.

Para alcanzar el primero objetivo, se ha considerado necesario complementar los actuales sistemas de obtención de información de la pesquería fundamentalmente basados en la toma de información en los puntos de desembarque del recurso mediante la instauración de un sistema de muestreo que considere el levantamiento de información directamente de las principales zonas de pesca actuales, a fin de obtener información sobre el esfuerzo pesquero que realmente se aplica en la pesquería (necesarios también para la regularización del Registro Pesquero Artesanal en Magallanes) y montar un mejor sistema de control del desembarque. Asimismo, se requiere conocer con mayor precisión la cuantía y características del recurso capturado en las actuales zonas de pesca, para los análisis biológico-pesqueros.

En consideración a estas necesidades identificadas en conjunto por la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Zonal de la XII Región, y la conveniencia de continuar y/o complementar el desarrollo de la fase I asociada al proyecto, el Consejo de Investigación Pesquera ha considerado pertinente incluir el presente proyecto en el programa de investigación pesquera correspondiente al año 2004.

3. OBJETIVO GENERAL

Aplicar un sistema de monitoreo biológico-pesquero geográficamente orientado al levantamiento de información de las actividades extractivas del recurso erizo en la XII Región.

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3 4. OBJETIVOS ESPECIFICOS

4.1 Aplicar el sistema de monitoreo y su respectivo plan de muestreo geográficamente orientado (desarrollado en el marco de la ejecución del proyecto FIP N° 2003-16) para el seguimiento in situ de las operaciones extractivas sobre el recurso erizo y sus principales variables asociadas.

4.2 Implementar el sistema de monitoreo y generar la información biológico-pesquera definida en la fase I del proyecto, en las principales áreas de pesca actuales detectadas en la XII Región.

4.3 Diseñar, poblar y validar una base de datos espacialmente explícita, conteniendo toda la información obtenida del monitoreo, coordinable con las provenientes del programa de seguimiento de pesquerías bentónicas.

4.4 Caracterizar geográficamente la actividad extractiva y las capturas del recurso realizadas durante el período de estudio en la XII Región.

5. METODOLOGIA

5.1 El proponente deberá desarrollar en su propuesta técnica, de acuerdo con lo consignado en el punto 5.1, letra (d) de las Bases Administrativas de los concursos FIP lo siguiente: (i) descripción detallada de la o las metodología que se utilizará para dar cumplimiento al objetivo general y objetivos específicos en términos fundados; (ii) un programa de actividades detallado; (iii) composición y organización del equipo de trabajo; (iv) cronograma mensual de la asignación de horas hombres (HH) de cada participante del equipo de trabajo; y (v) experiencia del equipo de trabajo y del proponente en líneas de investigación relacionadas con el tema del proyecto.

Además, el proponente deberá en la propuesta económica dar cumplimiento a lo consignado en el punto 5.2 (letra d) de las Bases Administrativas precitadas. De la misma forma el proponente deberá considerar en su proposición de plan de pago una última cuota equivalente al 20% del monto total propuesto para ejecutar el proyecto, a ser cancelada una vez aprobado el informe final del proyecto.

Además, el proponente deberá en la propuesta económica dar cumplimiento a lo consignado en el punto 5.2 (letra d) de las Bases Administrativas precitadas. De la misma forma el proponente deberá considerar en su proposición de plan de pago una última cuota equivalente al 20% del monto total propuesto para ejecutar el proyecto, a ser cancelada una vez aprobado el informe final del proyecto.

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El proponente no podrá incluir dentro de su propuesta económica inversiones en activos fijos. Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo podrá autorizar en forma extraordinaria la incorporación de inversiones cuando ellas sean indispensables para la ejecución del proyecto y el equipo o tecnología no se encuentre disponible en Chile y/o no pueda ser arrendado, en cuyo caso pasarán a ser propiedad del Estado de Chile.

El proponente además de cumplir con las Bases Administrativas, deberá según lo dispuesto en la Ley N° 19.886 presentar sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.chilecompras.cl.

5.2 Para dar cumplimiento al objetivo general y a los objetivos específicos, el proponente deberá considerar lo siguiente:

a) Evaluar la propuesta de un enfoque para montar un sistema de monitoreo de la pesquería geográficamente orientado y costo-efectivo, con su diseño y plan de muestreo in situ respectivo, de acuerdo a los objetivos de este estudio, desde una perspectiva espacial y temporal.

b) Explicitar la estrategia a emplear para la identificación y selección de las áreas geográficas donde se realizará la investigación de campo (criterios y fundamentos), orientado a evaluar la eventual recuperación de zonas explotadas en los inicios de la pesquería (1993-1996) así como también la situación de las principales áreas que hoy sustentan la explotación.

c) Identificar y fundamentar la selección de las variables biológico pesqueras a estudiar en zonas de pesca, explicitando la metodología de análisis y caracterización geográfica de éstas. Sin perjuicio de lo anterior, el proponente necesariamente deberá incluir dentro de las variables a estudiar, el peso real del recurso extraído (captura en peso), para efectos de relacionarlo con el desembarque efectivo. En este último punto cobra relevancia precisar pérdidas por concepto de transporte entre zona de pesca y zona de extracción.

d) El proponente deberá considerar una estrategia de validación cruzada e independiente de datos, basada en una plataforma de observación con embarcaciones independientes de la flota extractiva, expresamente contratadas para fines de esta investigación.

e) El énfasis de este estudio se focaliza hacia el levantamiento geográficamente orientado del esfuerzo pesquero efectivo (en términos del número y las características de los buzos, ayudantes, patrones y sus embarcaciones, régimen de operación, etc.) y los efectos de su actividad (distribución geográfica de las capturas, capturas por buzo, composición de tallas de las capturas, rendimientos de pesca por área de pesca, etc.), todo lo cual implica establecer

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un marco normativo apropiado que lo permita (i. e, pesca de investigación). f) Paralelamente, debe considerarse la estructuración y poblado de una base de

datos geográficamente orientada con la información levantada por el estudio, compatible en lo posible con las actualmente generadas por el Programa de Seguimiento de las Principales Pesquerías Bentónicas que opera el IFOP. g) Todo lo anterior debe conducir a contar con un sistema de información

integrado (monitoreo geográfico y seguimiento) que le permita a la ejecutora realizar los análisis requeridos por la administración pesquera, tales como un catastro de todos los agentes y operadores efectivos de la pesquería y una caracterización de los resultados de su actividad en las actuales áreas de operación sobre una base geográfica explicita.

h) El enfoque del estudio debe considerar la actual situación de ordenamiento y regulación de la pesquería en la XII Región, y orientarse a apoyar las acciones de manejo que desarrollará la Administración Pesquera paralelamente, por lo cual es fundamental que tanto en el diseño como su implementación, la ejecutora deberá coordinarse con las distintas instituciones público pesqueras y organizaciones de usuarios, para un mejor desempeño y logro de los objetivos de este estudio.

5.3 El proyecto tendrá una duración total de seis (6) meses y se deberá iniciar en el segundo semestre del año 2004, a partir de la fecha de término de tramitación del decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que apruebe el contrato de investigación entre el Consejo de Investigación Pesquera y el consultor adjudicatario de la licitación.

5.4 El consultor deberá realizar un taller de difusión y discusión de resultados, considerando la participación de los principales estamentos públicos y privados, involucrados en la administración y explotación del recurso. El taller se deberá efectuar antes de la entrega del preinforme final.

5.5 El proponente deberá entregar al Consejo de Investigación Pesquera los siguientes informes, los cuales deberán presentar un formato acorde a lo señalado en el punto 15.4 de las Bases Administrativas del FIP:

a) Un informe de avance, a entregar al término del 3° mes de iniciado el proyecto, consignando el grado de puesta en marcha de los sistemas y del plan de monitoreo, así como todos los resultados parciales alcanzados a la fecha de entrega de este informe.

b) Un pre-informe final, a entregar al término del 5° mes de iniciado el proyecto, con las bases de datos, los análisis y sus respectivos resultados

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contenidos en los Términos Básicos de Referencia.

Se deberá poner a disposición del Consejo de Investigación Pesquera las bases de datos de la información generada, desarrollada y recopilada en el proyecto, en CD-ROM y lenguaje compatible con el sistema operativo Windows 98, segunda edición o superior.

El nombre del archivo deberá tener un máximo de 8 caracteres y deberá ser alfanumérico, dentro del archivo cada columna deberá ser identificada con un nombre de campo, el cual deberá tener una extensión máxima de 10 caracteres, no conteniendo espacios.

No deberá existir ningún texto explicativo dentro de archivo de datos mismo. Deberá entregarse un archivo de índice, el cual deberá contener una descripción de todos y cada uno de los archivos de datos que conforman el proyecto. Este archivo deberá tener formato DBF y estará formado por cuatro campos (Campo 1= COD_PROYEC; Campo 2= RUTA; Campo 3= ARCH; Campo 4= DESCRIPCIO), el cual será usado por el sistema para conectar los archivos de datos e información y asociarlos al proyecto. Este requerimiento será evaluado junto con el pre-informe final.

c) Un informe final, a entregar al término del plazo de ejecución del proyecto, habida consideración de todas las observaciones realizadas al pre-informe final, adjuntando todos los archivos, bases de datos, programas y sus respectivos códigos, informes parciales y el final, así como la restante información o resultados generados por el estudio, debidamente digitalizadas y en CD-ROM.

5.6 El proponente deberá comprometer la obtención de material fotográfico y/o audiovisual que de cuenta de las principales actividades del proyecto, éste deberá estar indicado en la propuesta técnica, describiendo el contenido del material para (los) informe(s) de avance y/o el pre-informe final, para fines de difusión que el Consejo del FIP determine. Este material podrá ser entregado en medios magnéticos, negativo o impreso.

6. RESULTADOS

El proponente deberá incluir los siguientes resultados tanto en el pre-informe final como en el informe final.

6.1 Aplicación del Sistema de Monitoreo Geográfico de la pesquería de erizo de la XII región (SMG-erizo XII), con su respectivo plan de muestreo de las variables identificadas por el estudio.

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6.2 Una base de datos del SMG-erizo XII región, conteniendo toda la información levantada durante el período de ejecución del estudio, los códigos del programa y su respectiva documentación.

6.3 Una caracterización global de la pesquería de erizo de la XII región, referida a los siguientes aspectos relevantes:

a) Dimensionamiento y caracterización del esfuerzo pesquero, incluyendo nóminas completas de las embarcaciones extractivas, de transporte, así como de los tripulantes y buzos que efectivamente participan en la pesquería.

b) Mapa geográfico identificando las áreas de pesca y sus principales variables (esfuerzo, captura, rendimientos).

c) Captura en peso por zona de pesca, desembarque efectivo por puerto y estimación de la pérdida en peso por transporte desde la zona de pesca al centro de desembarque respectivo.

d) Análisis de las variables biológico-pesqueras por zona de pesca.

e) Análisis de los indicadores de situación del recurso en base a la nueva información generada y su integración con la información actualmente disponible.

6.4 Análisis y recomendaciones de posteriores acciones de monitoreo y regulación de la pesquería.

6.5 Conclusiones y recomendaciones emanadas del taller de difusión.

El proponente deberá tanto en el pre-informe final como en el informe final describir la metodología utilizada en el proyecto, proporcionar el resumen ejecutivo del proyecto, el que no deberá exceder de cinco páginas. Los textos, tablas y figuras de los informes deberán ser entregados en software compatible con Microsoft Office y almacenados en CD-ROM. Todos los documentos que se entreguen (programas, códigos, archivos, etc.) deberán estar debidamente documentados (estructura y contenido).

Referencias

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