• No se han encontrado resultados

BASES PARA REMATE ACTIVIDAD SEMANA DE LA NUEVA CHILENIDAD EN MAIPÚ FIESTAS PATRIAS 2014

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "BASES PARA REMATE ACTIVIDAD SEMANA DE LA NUEVA CHILENIDAD EN MAIPÚ FIESTAS PATRIAS 2014"

Copied!
19
0
0

Texto completo

(1)

BASES PARA REMATE ACTIVIDAD “SEMANA DE LA NUEVA CHILENIDAD EN MAIPÚ” FIESTAS PATRIAS 2014

Las presentes bases, regulan el procedimiento bajo el cual se realizará la asignación de locales y espacios para la semana de la Nueva Chilenidad en Maipú, junto con regular el funcionamiento de estos locales, durante los días: 17, 18,19, 20 y 21 de septiembre del año 2014. Autoriza además la instalación de los stands correspondientes a productos típicos, cocinerías, carros y puestos varios, en el sector de la Piscina Municipal, ubicada en Bailén s/n, con motivo de la celebración de fiestas patrias. Las presentes bases consideran lo siguiente:

1. La I. Municipalidad de Maipú, tendrá a su cargo la administración y por lo tanto, los ingresos por concepto de remates y permisos correspondiente a:

 26 stand de cocinerías

 12 Stand de productos manufacturados y tipo bazar

 15 espacios en total, para carros de: Mote con huesillos

Churros

Cabritas - algodón Maní - dulces

 Habrá una ramada de apoyo a las actividades del municipio.

2. El derecho al uso de pisos para instalar stand y pipas en el interior del predio indicado, se adjudicará en subasta pública al mejor postor, partiendo de un piso mínimo establecido por la I. Municipalidad de Maipú, actuando como Martillero el Tesorero Municipal. El Director de Control hará las veces de veedor del remate, supervisando el fiel cumplimiento del proceso.

(2)

3. Cada razón social u empresa puede optar sólo a la adjudicación de un (1) stand, ya sea de comida rápida, bazar y carros. No se permitirá parentesco entre locatarios, hasta el segundo grado de consanguinidad. Además no podrán participar en el remate y servicio de atención de ningún tipo de Stand funcionarios municipales así como tampoco parientes, hasta el tercer grado de consanguinidad y primer grado de afinidad.

4. Queda prohibida la presencia de vendedores tipo ambulante en el sector delimitado para realizar la actividad (interior del recinto).

 El control del comercio ambulante al interior del recinto será fiscalizado por las direcciones competentes del Municipio con el apoyo de Carabineros si fuese necesario.

5. El remate de los puestos o stand será el día miércoles 27 de agosto del año 2014 en el terreno asignado para esta actividad, ubicado en la calle Bailén s/n (Piscina Municipal). el remate de los puestos señalados anteriormente se realizara a partir de las 10:00 Hrs.

6. Con respecto al remate se deberá considerar quequien se adjudique un espacio, deberá trabajar personalmente los días que contemplen las fiestas, por lo tanto, los derechos adquiridos sobre dicho espacio no son transferibles, quedando prohibido el sub-arriendo del espacio adjudicado.

Asimismo la persona que se adjudique un remate deberá pagar una garantía del 20% del valor rematado (en documento a nombre del Tesorero Municipal). Esta garantía, se perderá automáticamente, si dentro del día de la realización del remate el adjudicado no paga la totalidad del monto rematado y por tanto, el espacio quedará para libre disposición del municipio.

Cabe señalar además, que la persona que no cancele el valor rematado dentro del día, no podrá participar nuevamente de un posterior remate de puestos y espacios.

a) Los espacios no rematados en el día indicado anteriormente, se someterán a un nuevo remate, el cual se realizara el día jueves 28 de agosto de 2014 a las 10:30 Hrs, en el mismo lugar del proceso anterior.

(3)

b) Los locales que expendan comidas y bebidas alcohólicas para consumo al interior del recinto, deberán obtener los permisos correspondientes y realizar además de los pagos propios a los valores de Remate, aquellos pagos correspondientes a permisos y derechos municipales, todos los cuales se encuentran estipulados en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales Nº 5670 del 29/11/2010 en el punto 12.5.

c) Los sitios o recintos adjudicados no podrán destinarse a ventas de bebidas alcohólicas tipo botillería (ventas para llevar). Se sancionará con la clausura del local a quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado de Policía Local correspondiente.

d) Queda estrictamente prohibida la modificación estructural de cualquier local; además no se permitirá el uso de música, parlantes, micrófonos y otros equipos similares dentro del Stand asignado. Se sancionará con la clausura del local a quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado de Policía Local correspondiente. Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como Multa Grave

e) El valor de la adjudicación, así como los derechos municipales deberán ser pagados dentro del día en que se realice la subasta, al contado, en dinero efectivo o mediante vale vista, a nombre del Tesorero Municipal de Maipú. Si dentro del día no se hiciera efectivo el pago, el local quedará en las condiciones estipuladas en la letra a) del número 6 de las presentes bases.

f) Los valores mínimos de cada local se encuentran en documento anexo a estas Bases.

7. Las instalaciones de los stands serán de estilo criollo, utilizando para los cierres exteriores totora o madera rústica y terminación de techos en coirón o ramas (asignado por el Municipio).

8. El itinerario y horario de funcionamiento será el siguiente:

15 de septiembre: stands listos e instalados.

17 de Septiembre: apertura oficial al público a las 17 horas.

(4)

21 de septiembre: atención desde las 10:30 hasta las 00:00 horas.

Se autorizará la carga y descarga de mercaderías, diariamente, sólo entre la 07.00 y las 09.00 horas.

9. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos, que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

10. El Municipio queda liberado de toda responsabilidad, así como también no se realizará la devolución por derechos cancelados, si por razones climáticas o de fuerza mayor se viere afectado el funcionamiento de los stands o de las demás instalaciones destinadas a la celebración. Así como también quedará exenta de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que eventualmente pudieren ocasionarse como consecuencia del expendio y consumo de comestibles y bebidas alcohólicas. 11. Respecto de los carros de venta de churros, algodones, cabritas, maní,

completos y mote con huesillos.

a) Si el participante posee patente por este rubro, debe acreditar con certificado de patente al día, mas resolución sanitaria. La postulación será evaluada por lacomisión organizadora de acuerdo a los requerimientos estipulados en los puntos precedentes.

b) Los interesados deberán presentar previo al remate, documentación en sobre cerrado donde se detallen las características del carro (medidas, condiciones de mantenimiento); deberán adjuntar fotografías recientes y copia de la Resolución Sanitaria y sus datos de contacto. La recepción de estos documentos no equivale a la adjudicación de un carro.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.

(5)

será evaluada por el departamento del CEDEP, quienes confirmaran vía teléfono o correo electrónico, la aprobación de los documentos y entregará el mismo día del remate un número para participar en la adjudicación de uno de los carros.

La comisión evaluará: la buena presentación de los carros (imagen), mantenimiento (sin corrosiones a la vista), la presentación de los productos y la Resolución Sanitaria al día.

Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no califiquen en el proceso de evaluación, no podrán participar del remate.

d) Quienes se adjudiquen el espacio para instalación de carros, así como también puestos de cocinerías y bazar, deberán cancelar los derechos municipales respectivos más el valor correspondiente al puesto rematado, en donde se les asignará un lugar dentro del recinto. Se les prohíbe el cambio de lugar destinado por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos, que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como

Multa Grave.

12. Respecto de los stands de comida cabe señalar que:

a) Las cocinerías deben ser rápidas y de calidad (limpieza adecuada, mantención de productos), y proveerán de anticuchos, empanadas, choripán, etc.; asimismo podrán suministrar de acuerdo a los derechos o permisos otorgados de vinos, bebidas y cervezas.

b) Con el fin de no generar competencia entre los locatarios adjudicados para el patio de comidas, se destinará una especialidad para cada stand, según se detalla a continuación, quedando prohibido la venta de alimentos que no corresponda a su adjudicación. Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como

Multa Grave.

(6)

 16 stand de comidas:

Estos stands consideran la venta de: anticuchos, choripán, bebidas, pan amasado, tortillas, empanadas de horno, empanadas de queso y otras frituras, excepto pescado frito. Se podrá considerar además, por cada locatario la venta opcional de platos preparados, que podrán ser los siguientes:

Pernil, Arrollado, Papas cocidas, Pollos, carne, ajiaco.

 7 stand de líquidos:

Estos stands consideran la venta de: chicha, terremoto, bebidas, vino, cerveza y solamente vasos de combinados.

Las personas que deseen trabajar en este rubro para el periodo de festividades, deberán presentar una declaración jurada firmada ante notario, la cual señale que no se encuentra afectos al artículo 4° de la Ley de Alcoholes y Certificado de Antecedentes. Quienes no presenten este documento el día del remate, no podrán participar de este proceso.

 3 stand jugos naturales:

Jugos naturales, helados artesanales, frutas confitadas y bañadas.

c) El municipio proporcionará las conexiones de agua potable, así como proporcionará el suministro eléctrico para cada stand, el cual tendrá como máximo consumo 4.000 w., y en lo que se exceda sólo se podrá cubrir mediante gas licuado (cocinillas, fogones y hornos industriales).

d) La implementación de los stands la realizará el municipio, quien proveerá de lavaplatos empotrado con desagüe y llave; además de todos los implementos para mantener el aseo y la higiene del local. Queda estrictamente prohibido el arrojar líquidos calientes fuera de los desagües. Será de responsabilidad de cada locatario la difusión y promoción de sus productos, la cual no podrá sobrepasar los límites establecidos para dicho stand. Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como Multa Grave.

(7)

con mesas y sillas. Esta contará con un mínimo de 60 mesas con cuatro sillas cada una. Cada locatario será responsable de tener un mesón de atención, sólido con cubierta de polietileno blanco lavable.

f) A los asignatarios de cocinerías se les realizará un curso de manipulación de alimentos, acompañada de charla de Seguridad y Evacuación, por parte del municipio, del cual se obtiene un certificado de manipulación de alimentos. Los certificados son personales e intransferibles, por tanto, solo aquellas personas que realicen este curso podrán manipular alimentos durante los días que dure la VII semana de la Chilenidad.

g) En cuanto a la vestimenta, esta debe ser: delantal o pechera blanca, guantes desechables, mascarilla y malla para el cabello. Además se exige un dispensador de jabón desinfectante. El no cumplimiento de esta exigencia sanitaria podrá ser sancionada por el municipio como Multa Grave.

h) Se autorizará la venta de comestibles permitidos por la SEREMI de Salud, en la forma que éste lo indique, debiéndose cumplir además con la normativa vigente sobre manejo de alimentos y condiciones que deben cumplir los manipuladores de los mismos (se adjunta). Para velar que se cumplan a cabalidad dichas normas los locatarios estarán bajo la supervisión de la Dirección de Inspección.

i) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.

j) Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al interior del mismo en forma permanente.

k) Será obligatorio, una vez adjudicado cualquier tipo de stand del rubro de cocinería (cocinerías, jugos naturales y alcohol), la entrega del nombre de fantasía de cada uno de los puestos, para que el Municipio proceda a realizar la grafica correspondiente. La entrega de este nombre se puede realizar el mismo día del remate o a mas tardar en un plazo de 24 horas, directamente en tesorería Municipal(lugar donde se debe realizar el pago) o bien a los correos electrónicos: sjaramillov@maipu.cl , cponce@maipu.cl.

(8)

a) Se podrán vender accesorios, bisutería, marroquinería (billeteras, monederos, etc.), souvenir típicos (tazones, lápices, etc.) Se prohíbe venta de ropa interior.

b) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.

14.- Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al interior del mismo en forma permanente.

15.- Cada adjudicatario es responsable del cumplimiento de las leyes sanitarias, de alcoholes y de los correspondientes a impuestos que la actividad amerita, para lo cual deberá tener a la vista el cumplimiento de dichas normas a nombre de quien se adjudicó el sitio o recinto.

16.- Cada adjudicatario debe cancelar los impuestos por concepto de Derechos Municipales a la I. Municipalidad de Maipú y derechos Servicio Impuestos Internos.

17.- Toda situación no descrita en las presentes bases, será resuelta por la Comisión Organizadora, presidida por la Sra. Directora de Administración y Finanzas(S). 18.- Quienes se adjudique un Stand o un espacio para la instalación de carros, tendrán derecho a las credenciales confeccionadas por el Municipio, las cuales dan derecho al pase liberado durante los días en que se realice el evento.

Con la finalidad de mantener un mínimo de personas operando dentro de los stands y espacios asignados, el Municipio hará entrega de las credenciales de acuerdo al siguiente número de personas autorizadas:

.- Cocinerías: 6 personas autorizadas .- Gourmet: 3 personas autorizadas .- Carros: 2 personas autorizadas .- Artesanía y bazar: 2 personas autorizadas.

En las credenciales se indicara el nombre completo y cedula de identidad. Esta credencial es personal e intransferible y debe presentarse junto con la cedula de identidad en cada oportunidad que se ingrese al recinto.

(9)

Servicios que no se encuentran en el proceso de remate

1.- 15 stand de artesanías y 8 stands Gourmet:

1.1.- Artesanía:

a) Deben ser fieles exponentes de productos artesanales del país (ver letra “f” definiciones), quedando prohibido y descartado la venta de productos manufacturados y de tipo bazar.

b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección, documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio especial para vender este tipo de productos.

c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del departamento de CEDEP.

d) La comisión se basará en los siguientes criterios:

d.1 Excelencia: demostrada calidad, expertiz, elevada destreza y conocimiento de la actividad en el uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad, con atención especial a la habilidad y detalles de manufactura (entregar currículo).

d.2 Autenticidad: identidad, origen, expresión cultural, aplicación lograda de los valores estéticos y culturales y de técnicas tradicionales de las artesanías en sus disciplinas.

d.3 Innovación: desarrollo, diseño y producción, en una mezcla eficaz y fructífera de lo tradicional y lo contemporáneo o de la inventiva y el uso creador del material, el diseño y el proceso de producción.

e) De los Requisitos:

a. Currículo con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación. Todos los detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a conocer al público.

(10)

b. Fotografías donde se pueda observar la variedad de piezas y trabajos según corresponda. Y pasos de producción.

c. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los costos de envíos y recepción de las muestras del producto artesanal serán con cargo al postulante.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú. Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.

Definiciones de artesanía y artesano

“La artesanía utilitaria o artística inspirada por la tradición representa una forma valiosísima de expresión cultural, un capital de confianza de uno mismo, especialmente importante para las naciones, que toma sus raíces en las tradiciones históricas que son renovadas por cada generación”. Tiene un resultado individualizado, pero no único, predominando la acción humana por sobre una mecanizada en el cual existe una transformación de un determinado insumo o materia prima natural, para la consecución de un bien tangible con fines utilitarios, simbólicos, decorativos o rituales. De este modo se definen “los productos artesanales como aquellos producidos por artesanos, ya sea totalmente a mano o con ayuda de herramientas manuales e incluso de medios mecánicos, siempre que la contribución manual directa del artesano siga siendo el componente más importante del producto acabado, produciéndose sin limitación por lo que se refiere a la cantidad y utilizando materias primas procedentes de recursos sostenibles”. “La naturaleza especial de los productos artesanales se basa en sus características distintivas, que pueden ser utilitarias, estéticas, artísticas, creativas, vinculadas a la cultura, decorativas, funcionales, tradicionales, simbólicas y significativas religiosa y socialmente”. Artesanos y artesanas “no conservan solo un patrimonio cultural sino que también enriquecen y adaptan esta herencia a las necesidades contemporáneas de las sociedades”.

(11)

y la acción humana predominan por sobre una mecanizada. Elabora con destreza, conocimiento, creatividad y expresión cultural, bienes útiles, simbólicos, rituales o estéticos, con materias primas provenientes de recursos sostenibles y generalmente representativos de un medio cultural”.

g) Resultados: la comisión evaluadora confirmará vía teléfono o correo electrónico, la aprobación de los documentos.

Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no califiquen el proceso de evaluación, no podrán participar en la evaluación.

Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de agosto de 2014.

1.2.- Servicios Gourmet, productos ecológicos y cosmética natural:

a) Este servicio, corresponderá a la elaboración de productos manufacturados como aceites de oliva con especies, delicatessen, jabones, cremas sales, derivados de miel, entre otros de la línea gourmet.

El servicio Gourmet, es un tipo de tienda especializada en el que se sirven alimentos que por sus características son especiales. Bien sea por ser exóticos, raros o de elevada calidad en su ejecución.

b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección, documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio especial para vender este tipo de productos.

c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del departamento de CEDEP.

d) La comisión se basará en los siguientes criterios:

a. Excelencia: calidad en los productos, expertiz y conocimiento de la actividad en el uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad.

(12)

a. Currículo con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación. Todos los detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a conocer al público.

b. Fotografías donde se pueda observar la variedad de alimentos y productos manufacturados.

c. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los costos de envíos y recepción de las muestras del producto Gourmet, serán con cargo al postulante.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP, Alberto Llona # 1889, frente a Plaza de Maipú Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día lunes 25 de agosto de 2014 hasta las 12:00 horas.

.- Quienes sean seleccionados con un espacio, de gourmet o artesanía, deberán cancelar los derechos municipales respectivos así como también cancelar el arriendo por estar presente en esta actividad. El valor del arriendo corresponde a $ 150.000 para Gourmet y $ 120.000 para artesanía (de una sola vez por lo que dure las actividades). Se les prohíbe el cambio de lugar destinado por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos, que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. .- El servicio de suministro eléctrico será proporcionado por el Municipio

.- Se prohíbe el uso de hervidores eléctricos, hornos eléctricos, hornos microondas y calefactores eléctricos.

(13)

14.-Sobre las multas:

El incumplimiento a lo estipulado en las presentes bases, será infraccionado de acuerdo al siguiente cuadro:

15.-Costos correspondientes a permisos y derechos municipales.

TIPO DE PUESTO ART. 24 ACT. COMERCIAL ALCOHOL CARTÓN DE ALCOHOLES COCINERÍAS Y ALCOHOL 1 UTM (MÁXIMO

POR 3 DÍAS) 1 UTM x DÍA 0,05 UTM

CARROS 0,043 UTM x DÍA

ARTESANÍA 0,043 UTM x DÍA

MANUFACTURAS Y

BAZAR 0,043 UTM x DÍA

MULTA COSTO

LEVE DE 0,5 A 1 UTM

GRAVE DE 1,5 A 2,5 UTM

(14)

CARACTERÍSTICAS Y VALORES DE ESPACIOS A REMATAR AÑO 2014

M$ MÍNIMO REMATE

M$ 1 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

2 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

3 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

4 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

5 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

6 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

7 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

8 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

9 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

10 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

11 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

12 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

13 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

14 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

15 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

16 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 Cocinería

Número Medidas Infraestructura Frente x Fondo (aprox.) Superficie (aprox.) RUBRO

(15)

M$ MÍNIMO REMATE M$ Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Cocinería Alcohol Jugos nat Jugos nat. Jugos nat. Bazar Bazar Bazar 30 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 Bazar Bazar Bazar Bazar Bazar 35 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 Bazar 36 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 Bazar 34 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 32 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 33 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 29 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300

31 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 27 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 28 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 25 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 26 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 23 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 24 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 900 21 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800

22 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 19 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 20 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 17 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 18 3 x 6 18 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 1.800 Número Medidas Infraestructura Frente x Fondo (aprox.) Superficie (aprox.) RUBRO

(16)

ROSALBA GONZÁLEZ MORALES

DIRECTORA (S) DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS M$ MÍNIMO REMATE

M$

37 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 Bazar

38 2 X 4 8 m2 Piso de pasto cubierto con toldo de

género y separador de madera 300 Bazar

39 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z. niños

40 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z. niños

41 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 240 Carros Mote con huesillo 42 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 240 Carros Mote con

huesillo 43 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 44 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 45 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 46 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 47 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 48 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 49 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 50 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 51 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 52 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central 53 2 x 2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 120 Carros Zona central

RUBRO Número Medidas Infraestructura Frente x Fondo (aprox.) Superficie (aprox.)

(17)

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

INSTRUCTIVO PARA LA INSTALACIÓN DE STANDS

1.- SANEAMIENTO AMBIENTAL:

• Se deberán instalar en sitios autorizados por los municipios, en terrenos que dispongan de Servicios Higiénicos y agua potable para los usuarios. Queda prohibido el uso de pozos negros y similares.

• Cada fonda y stand deberá poseer agua potable en depósitos que cuenten con llave basal, de fácil limpieza y en cantidad suficiente para el lavado de equipos y utensilios.

• Las aguas servidas se deberán eliminar convenientemente a través del alcantarillado público si existe o en pozos absorbentes.

• Cada fonda o stand deberá contar receptáculos plásticos o metálicos con tapa para una adecuada disposición transitoria de basuras.

2.- DE LOS MANIPULADORES:

Los manipuladores de alimentos estarán sujetos a las siguientes disposiciones. • No deberán presentar enfermedades cutáneas, digestivas ni respiratorias.

• Mantener un aseo personal acorde con la función, en especial de las manos, las cuales deberán estar sin anillos ni pulseras. Las uñas deben estar cortas y sin barniz además no podrá recibir dinero.

• Deberá utilizar uniforme de trabajo, es decir delantal y gorro o cofia de tonos claros en perfectas condiciones de conservación y limpieza.

• Lavarse las manos prolijamente con agua y jabón, antes de manipular los alimentos y después de:

(18)

- Ocupar el Servicio higiénico --Tomar recipientes con basura - Hacer el aseo del local

- Pelar frutas y verduras

- Hacer cualquier función que eventualmente pueda contaminar las manos.

3.- DE LOS ALIMENTOS:

• Los alimentos que se utilicen en la elaboración y/o expendio deberán provenir de fábricas autorizadas por la Autoridad Sanitaria competente. Los propietarios o encargados demostrarán procedencia con guías, facturas o boletas.

• Los alimentos perecibles deberán permanecer refrigerados.

• La manipulación de los alimentos deberá realizarse sobre superficies sanitariamente adecuadas (lisas, sólidas, no absorbentes, no corrosivas y fáciles de limpiar e higienizar).

• Todos los utensilios e implementos tales como platos, tenedores, vasos, etc., deberán almacenarse en buenas condiciones de higiene y protegidos de la polución del medio ambiente.

• Sólo se permitirá expender:

- PUESTO O STAND:

> Anticuchos, carnes asadas, sándwich de queso y salame envasados y provenientes de fábricas autorizadas, empanadas provenientes de fábricas autorizadas y bebidas y confites.

- RAMADAS, FONDAS O ACTIVIDADES TEMPORALES:

(19)

acondicionada para manipular alimentos y podrá expender: anticuchos, choripán, asado, sándwich de queso y salame, empanadas provenientes de fábricas autorizadas, papas cocidas, ensaladas cocidas, ensaladas de tomate, pepino y cebolla crudas, confites y bebidas.

• Se prohíbe el expendio de platos preparados con hortalizas crudas que crecen bajo o a ras de suelo, como repollo, apio, achicoria, zanahoria, lechuga, etc. • Se prohíbe el expendio de platos preparados a base de pescados y mariscos crudos.

• Todos los alimentos deben estar cubiertos para que se resguarden de insectos, polvo, saliva y sustancias extrañas.

• No se permite el expendio de alimentos preparados de un día para otro.

• Se prohíbe la elaboración y expendio de mayonesa y salsas caseras, como así también platos preparados a base de ellas.

La fiscalización y control de las disposiciones anteriores, así como las pertinentes al Código Sanitario y sus reglamentos, estarán a cargo de funcionarios de la Seremi de Salud Región Metropolitana, quienes procederán al decomiso de los alimentos prohibidos, alterados, contaminados o sospechosos, y se incoará el correspondiente sumario sanitario o se procederá a la clausura inmediata del establecimiento, de acuerdo a la gravedad de la infracción.

Referencias

Documento similar

If certification of devices under the MDR has not been finalised before expiry of the Directive’s certificate, and where the device does not present an unacceptable risk to health

In addition to the requirements set out in Chapter VII MDR, also other MDR requirements should apply to ‘legacy devices’, provided that those requirements

The notified body that issued the AIMDD or MDD certificate may confirm in writing (after having reviewed manufacturer’s description of the (proposed) change) that the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)