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DESCRIPCIÓN GENERAL DEL OBJETO DE CONTRATACIÓN.

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“PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS E IMPLEMENTADORAS PARA LA REPOTENCIACIÓN DE LA PLANTA HIDROELÉCTRICA

JORGE MANUEL DENGO, CARRILLOS DE PÒAS, ALAJUELA, MODALIDAD LLAVE EN MANO”

PLIEGO DE CONDICIONES

CAPITULO I DESCRIPCIÓN GENERAL DEL OBJETO DE CONTRATACIÓN.

Este proceso tiene como objetivo la precalificación de empresas constructoras e integradoras interesadas en participar en la Segunda Etapa del presente concurso, que tiene como objeto la “Construcción y Equipamiento de la Repotenciación de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo en Carrillos de Poás, Alajuela bajo la modalidad llave en mano”. Para la segunda etapa únicamente se cursará invitación a las empresas que haya precalificado en la primera etapa de este concurso.

La Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo Obregón (por mucho tiempo llamada Carrillos) se construyó entre los años 1947 y 1951, entrando en operación comercial el 8 de diciembre de ese último año. La planta tiene una potencia de 2.500 kW tomando el agua del río Poás. Desde entonces es administrada por la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. (ESPH S.A.), otrora Junta Administrativa del Servicio Municipal de Heredia (JASEMH).

El Departamento de Generación de la ESPH S.A. por medio de su división de mantenimiento ha detectado que los equipos de generación (válvulas de admisión, turbinas, reguladores de velocidad, generadores, reguladores de voltaje, interruptores, sistema de respaldo en corriente continua, transformador de potencia, sistema control, medición, protección y otros) ya superaron por mucho su vida útil, lo que lleva a ejecutar el proyecto de modernización y repotenciación de la planta debido a su antigüedad y desgaste, así como la imposibilidad de conseguir algunos repuestos críticos del sistema.

El objetivo de este concurso es la contratación tipo “Llave en Mano” de una firma constructora e integradora de proyectos hidroeléctricos para los servicios de Diseño Final en Detalle, Intervención de Obras Civiles (demolición y construcción de obras nuevas), Fabricación de Partes, Transporte, Suministro, Montaje e Instalación del Equipo Electromecánico, otros suministros necesarios para la correcta operación de la planta, Pruebas de Aceptación en Fábrica y en Sitio, Entrenamiento para el Personal de Operación y Mantenimiento y Operación Supervisada de la Planta, todo para aumentar la eficiencia en la generación de energía eléctrica de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo Obregón.

Se estima que con la modernización de los sistemas de generación de la planta se puede alcanzar una potencia de 3.550 kW aproximadamente, con un embalse de 27.000 m3, un caudal de 3 m3/s y una caída bruta de 142 metros. Lo anterior basado en la mejora de las eficiencias de los equipos las cuales en la época de la construcción de la planta contaban con tecnologías ya obsoletas. El Contratista deberá ofertar los servicios de demolición y remoción de equipos actuales, suministro de partes nuevas, montaje, instalación y pruebas de todos los equipos electromecánicos de casa de máquinas, remoción de equipos de subestación elevadora actual y construcción de subestación elevadora a la intemperie (basado en el concepto “water to wire”, incluyendo válvulas y manguitos hasta la conexión de las terminales a la línea de entrega de energía). Además se deben incluir todos los servicios antes mencionados para el cambio de la tubería de presión. Todo lo anterior lo debe hacer tomando en cuenta que no se va a ejecutar ninguna ampliación de obra civil de la casa de máquinas ni del patio de la subestación actual.

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Página 2 de 24 Es de suma importancia para la ESPH S.A. dejar de generar lo menos posible a causa de este proyecto por lo que en las fases previas a la demolición, montaje y puesta en marcha de los equipos no se va a detener la planta optimizando la producción de energía, se estima que el paro de la planta dure no más de 6 meses.

El alcance del proyecto es casa de máquinas, subestación elevadora y tubería de presión excluyendo cualquier obra de mejora en la toma, embalse y antecámara los cuales se harán por parte de la ESPH S.A. aprovechando el paro de la planta mencionado.

CAPITULO II INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES 1. ELEGIBILIDAD DE LOS OFERENTES

1.1 Los oferentes deben demostrar capacidad en proyectos de esta índole dentro o fuera del país con capacidades similares o mayores a la definido en la segunda parte de este proceso de contratación, la oferta deberá ser por la integración completa del proyecto en mención y no se podrán presentar propuestas individuales por cada una de las partes o componentes del proyecto en su totalidad, la ESPH SA evaluará la capacidad de respuesta, diseño, las especificaciones y otros documentos que tengan que usarse para la realización de la obra contemplada en el concurso objeto de este llamado.

2. COSTO ASOCIADO AL CONCURSO

El Oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su Oferta, y la ESPH SA, no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea la modalidad o el resultado del proceso del concurso.

3. ENMIENDA DE LOS DOCUMENTOS DEL CONCURSO

3.1 La ESPH SA podrá, en cualquier momento antes de que venza el plazo de presentación de ofertas y por cualquier causa, por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes interesados, enmendar los documentos de concurso. Éstas serán incorporadas de inmediato al expediente concursal y comunicado mediante correo electrónico. 3.2 La ESPH SA, podrá a su discreción; prorrogar el plazo de la presentación de ofertas conforme a lo establecido en el Reglamento de Compras de la ESPH SA para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas, en cuyo caso, la ESPH SA notificará por medio de correo electrónico a todos los oferentes, acerca de la prórroga de dicho plazo.

4. IDIOMA DE LA OFERTA

4.1 La oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y la ESPH SA, deberá redactarse en el idioma Español, pero la literatura impresa que provea el Oferente podrá estar escrita en otro idioma, a condición de que vaya acompañada de una traducción al idioma español, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta. El oferente cubrirá dicha erogación por su cuenta.

4.2 El Oferente será responsable de toda traducción idioma español, que se presente con su oferta.

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5. DOCUMENTOS COMPRENDIDOS EN LA OFERTA

5.1 Los documentos deberán estar firmados por el representante legal de la empresa y en el caso de consorcios, por un representante legal con poder suficiente para este acto, todo conforme a lo que establece el Reglamento de Compras de la ESPH SA. En la oferta, cada empresa constructora a evaluar proporcionará toda la información requerida según se indique en la primera como en la segunda etapa de esta precalificación.

5.2 La oferta deberá presentarse totalmente numerada incluyendo sus anexos. Todos los documentos deberán ser legibles, escritos a máquina, en forma clara y completa. Los documentos deberán presentarse sin enmiendas, borrones, tachones o entrelineados que hagan dudar de su legitimidad.

5.3 La oferta deberá ser presentada en la hora y fecha indicada, para lo cual prevalecerá la hora del reloj marcador de la unidad de Adquisiciones de la ESPH SA.

5.4 La oferta original deberá ser acompañada de 3 (tres) copias impresas y una copia en medio magnético, incluidos sus respectivos anexos.

5.5 Registro de Proveedores: El Oferente debe registrarse como Proveedor en el Sistema de Control que mantienen la Unidad de Adquisiciones de la ESPH SA, para lo cual deberá completar el registro que se encuentra disponible en el sitio web: www.esph-sa.com

5.6 Todo poder proveniente del extranjero deberá cumplir con los requisitos que establece el artículo 232 del Código de Comercio.

5.7 Los documentos que acrediten que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato en caso de que su oferta sea aceptada, deberán demostrar a satisfacción de la ESPH SA, que el Oferente tiene la capacidad necesaria para ejecutar el Contrato en lo que respecta a los aspectos Legal, Financiero, Técnico, que tiene la experiencia y reúne los requisitos para dicho acto.

6. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN Y GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

Dada la naturaleza del concurso, que se divide en dos partes, de Precalificación de Ofertas y Oferta Económica, se deben rendir las siguientes garantías.

6.1 GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN:

1. En esta primera etapa no se exige garantía de participación.

6.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO PARA LA SEGUNDA ETAPA DE ESTE CONCURSO:

1. Será responsabilidad del Adjudicatario presentar la garantía de cumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firmeza del acto adjudicado, el cual se produce según los plazos estipulados en el Reglamento de Compras de la ESPH SA.

2. En caso de no aportar dicha garantía la Administración iniciará el proceso de re adjudicación conforme a lo establecido en el Reglamento de Compras de la ESPH SA

3. Monto: 5% del monto total adjudicado. (Según el Reglamento de Compras de la ESPH SA). Deberá ser presentada en la misma moneda en que se cotizó.

4. Vigencia: Hasta por dos meses adicionales a la fecha de entrega provisional de la obra a plena satisfacción de la ESPH SA (Reglamento de Compras de la ESPH S.A).

5. Emisión de la Garantía: El adjudicatario emitirá las garantías en el tiempo y plazo que la ESPH SA indique para las garantías solicitadas.

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Página 4 de 24 6. Forma de rendir las garantías: Debe ajustarse a lo estipulado en el Reglamento de Compras

de la ESPH SA

7. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA DE PRECALIFICACIÓN

7.1 Las ofertas de precalificación serán válidas por un plazo mínimo de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Si la oferta no la específica se tendrá como cláusula invariable y se entiende que rige por el plazo mínimo contado a partir de dicho día. Toda oferta con un período de validez menor al requerido, se regulará de conformidad con lo establecido en el Cartel de requerimientos de la Modernización y Repotencialización de la segunda etapa y del Reglamento de Compras de la ESPH SA.

7.2 En circunstancias excepcionales, la ESPH SA, podrá solicitar el consentimiento de los oferentes, para prolongar el período de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas serán por escrito, vía correo electrónico.

8. MODIFICACIÓN Y RETIRO DE LAS OFERTAS

8.1 El Oferente podrá modificar o dejar sin efecto su oferta, después de presentada, a condición de que la ESPH SA, reciba la notificación escrita antes de que venza el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

8.2 Las modificaciones del Oferente serán preparadas, puestas en sobre cerrado en forma inviolable, marcadas y enviadas por el Oferente como se indica en el punto siguiente.

El Oferente notificará cualquier modificación de su oferta enviando para ello un original y el número de copias que se especifique en los Datos de la concurso.

9. APERTURA DE LAS OFERTAS POR LA ESPH SA

9.1 La ESPH SA, abrirá las ofertas y modificaciones, en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir, a la hora, en la fecha y en el lugar especificado en los Datos de la concurso. Los representantes de los oferentes que asistan, firmarán un registro para dejar constancia de su presencia.

9.2 La ESPH SA, preparará un acta de la apertura de las ofertas.

10.ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS

Durante la evaluación de las ofertas la ESPH SA, podrá solicitar al Oferente que aclare la oferta. La solicitud de aclaración y la respuesta, se harán por escrito y no se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación de los elementos sustanciales de la oferta.

11.ANÁLISIS PRELIMINAR DE LAS OFERTAS

La ESPH SA, examinará las ofertas de los oferentes en perfiles, para determinar si están completas, si los documentos han sido debidamente firmados y si, en general, las ofertas están en orden.

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12.EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

12.1 La ESPH SA efectuará una evaluación detallada de las ofertas respecto de las cuales haya determinado previamente que se ajustan sustancialmente a los documentos de concurso, a fin de determinar si los aspectos legales, financieros y técnicos concuerdan o no, a lo estipulado en dichos documentos. Para llegar a esa determinación, la ESPH SA examinará y comparará contra los requisitos mínimos a cumplir, todos los aspectos de las ofertas, sobre la base de la información proporcionada por los oferentes.

12.2 Las Ofertas serán evaluadas a partir de los Requisitos Legales, posteriormente los Requisitos Financieros y finalmente los Requisitos Técnicos.

13.ELEGIBILIDAD DE OFERTAS

La elegibilidad de las ofertas se realizará en tres fases, según el siguiente orden: legal, financiera y técnica. Ninguna oferta será evaluada en una etapa siguiente, si no ha satisfecho los requisitos de la etapa antecedente.

14.REQUISITOS LEGALES PARA LA PRECALIFICACIÓN

El Oferente debe presentar los documentos que se detallan a continuación, para poder cumplir con su elegibilidad legal:

a. Certificación original de la personería jurídica de la empresa participante y para las empresas y filiales nacionales la certificación de la propiedad, naturaleza y distribución del capital social, y la representación de la misma Si fuera más de una, cada empresa deberá presentar la información respectiva.

b. Certificación de la personería jurídica del oferente y de la cédula de identidad del representante legal. En el caso de oferentes extranjeros, aportar el número de identificación de la empresa inscrita en el registro respectivo o documento equivalente que compruebe la existencia de la empresa y para sus representantes legales deberá aportarse la fotocopia del pasaporte. Si fuera más de una, cada empresa deberá presentar la información respectiva. c. Para empresas radicadas en Costa Rica, aportar certificación emitida por el Departamento de

Gestión de Cobros de la CCSS o bien por la sucursal correspondiente, en donde se demuestre estar al día en el pago de las cuotas obrero patronales, según el artículo 85 de la Ley de Protección al Trabajador, que reforma el artículo 74, inciso 3 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Para oferentes extranjeros, aportar declaración jurada que indique que no tienen deudas con la Seguridad Social Costarricense.

d. Declaraciones juradas dispuestas en el Reglamento de Compras:

 Para oferentes radicados en Costa Rica: declaración jurada indicando que se encuentra al día con el pago de todo tipo de impuestos nacionales, según el Reglamento de Compras de la ESPH SA. Para oferentes extranjeros: aportar declaración jurada que indique que no es contribuyente en la República de Costa Rica.

 Si ha sido contribuyente declarar lo solicitado en el inciso anterior.

e. Para oferentes nacionales y extranjeros, se requerirá la declaración jurada, de que no le alcanza ninguna de las prohibiciones previstas en el Reglamento de Compras de la ESPH SA.

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Página 6 de 24 f. Estar al día en el pago de la póliza de Riesgos del Trabajo, lo cual se hará efectivo mediante la certificación que para éste efecto emite el Departamento de Riesgos del Trabajo o cualquiera de las Sedes del INS "(Concordancia Capítulo IV. Requisitos para el Adjudicatario, punto 39.4)"el cual se refiere a la constancia que emite el Departamento de Riesgos del Trabajo, en relación a la póliza.

15.REQUISITOS FINANCIEROS PARA LA PRECALIFICACIÓN

15.1 El Oferente debe presentar originales o copias certificadas por un Notario Público, de los estados financieros debidamente auditados por un Contador Público Autorizado, correspondientes a los tres períodos fiscales 2013, 2014 y 2015.

15.2 Requisitos que debe cumplir la Información Financiera:

a. El Oferente deberá presentar los siguientes estados financieros básicos: I. Balance General.

II. Balance de Ganancias y Pérdidas o de Resultados. III. Estado de cambios en el Patrimonio.

IV. Estado de cambios en la posición financiera en base a efectivo.

b. Deben incluir, además, todas las notas correspondientes a los Estados Financieros.

c. Las empresas que participan formando un consorcio, deberán presentar los Estados Financieros de una sola empresa a evaluar; es decir, los resultados que ha tenido esa empresa en los períodos a evaluar. Para efectos de evaluación se considerarán las empresas que obtengan un 70% mínimo en el puntaje en la elegibilidad financiera.

d. Los Estados financieros deben venir debidamente auditados por un Contador Público Autorizado o Despacho de Contadores Públicos Autorizados, presentados en original o en copias certificadas.

e. La entidad auditora deberá dejar establecido en su dictamen el alcance del examen de los Estados Financieros. A tal efecto, indicará que su examen se llevó a cabo de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. En el caso de que el (los) dictamen (es) de los Estados Financieros contenga (n) salvedades que se consideren relevantes para el respectivo análisis, la ESPH SA, podrá solicitar las aclaraciones o ajustes que se requieran.

f. Los Estados Financieros a presentar serán los correspondientes a los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

g. Los Estados Financieros deberán presentarse de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y por lo tanto, deben incluir toda aquella información necesaria para una adecuada interpretación, usando terminología aceptada que pueda expresar mejor el significado y carácter de dicha información.

h. El análisis financiero de los consorcios será realizado con los mismos lineamientos establecidos para empresas individuales, por lo que una sola empresa será analizada con el

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Página 7 de 24 fin de determinar su capacidad financiera. El Consorcio será quién defina la empresa que presentará a Precalificar.

i. El dictamen y los Estados Financieros deberán consignar la firma autorizada y tener estampado el sello blanco de la Entidad Auditora, así como el respectivo timbre y la Póliza de Fidelidad .

j. Cuando se trate de empresas extranjeras, los estados financieros deberán presentarse dictaminados por un Auditor Externo Independiente o firma de Contadores Públicos, debidamente autorizados para ejercer esa profesión de su país.

k. Cuando se trate de empresas con domicilio en el exterior, tanto los estados financieros como el dictamen de estos, así como cualquier otra documentación exigida en este cartel, deberán venir con la firma autenticada por el Cónsul de Costa Rica en el país donde está domiciliada la empresa y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica, o en su lugar certificadas por un notario público costarricense debidamente autorizado. El requisito de la consularización o autenticación notarial será exigible a aquellas empresas que resulten ser precalificadas en la primera etapa de este proceso. Este requisito se deberá cumplir 30 días hábiles posteriores a la firmeza del acto de precalificación.

l. Toda la información de los estados financieros debe presentarse en idioma español. Cuando los documentos fueron originalmente redactados en otro idioma, deberán ser traducidos al español por el Oferente, bajo su entera responsabilidad.

m. Las ofertas cuya información financiera, una vez revisada y concedido el plazo prudencial para subsanar deficiencias y que persista el incumplimiento en alguna de ellas, serán consideradas como inelegibles.

n. Cuando se trate de copias certificadas de los Estados Financieros, el Notario Certificador deberá hacer constar que tuvo a su vista el sello blanco respectivo, la firma y el nombre del profesional que emite la opinión sobre los Estados Financieros.

o. No se aceptarán los Estados Financieros que la empresa presente y que no correspondan a los tres años requeridos.

p. La ESPH SA, se reserva el derecho de verificar toda la información financiera presentada por el Oferente, utilizando los mecanismos que considere oportunos. Si se comprueba que la información presentada, parcial o total, es falsa, la oferta será descalificada, sin responsabilidad alguna para la ESPH SA y la empresa se hará acreedora de las sanciones que prevé la normativa vigente.

15.3 Metodología para la Evaluación Financiera:

a. Con base en los Estados Financieros presentados por los Oferentes y que hayan cumplido con todos los requisitos, la ESPH SA efectuará la evaluación financiera y determinará como elegibles (en el aspecto financiero) a las ofertas que alcancen el 70 por ciento o más del total de 10 puntos posibles, de 4 razones con un peso total de 70 puntos y 5 tendencias con un peso total de 30 puntos.

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Página 8 de 24 b. La metodología es la siguiente: Se realizará un análisis y evaluación de la situación financiera

de cada Oferente, de acuerdo con el sistema de puntuación que se explica más adelante. c. La evaluación se divide en dos etapas: La primera consiste básicamente en el análisis de una

serie de razones típicas de cualquier análisis financiero y la segunda en el análisis de las tendencias operacionales correspondientes a los Estados Financieros de los años que se solicitan.

15.4 Análisis de las Razones Financieras: Los Oferentes serán evaluados utilizando el siguiente procedimiento:

a. Para el Análisis de la Razones financieras, se evaluará el año 2013, 2014 y 2015 se realizará el cálculo de las razones financieras que se detallan:

RAZONES FINANCIERAS A EVALUAR PARA LA EMPRESA: INDICES DE LIQUIDEZ

1. Razón circulante

MEDIDAS DE ENDEUDAMIENTO

2. Razón endeudamiento

INDICES DE ACTIVIDAD

3. Ventas a Capital de Trabajo

MEDIDAS DE RENTABILIDAD

4. Margen de Utilidad

b. Para cada razón se ha establecido un valor de 17.50 puntos.

c. Así mismo para cada razón se ha determinado un índice deseable por lo que los puntos que obtenga el oferente, serán el resultado de la aplicación de la fórmula que se establece para cada razón financiera, según el valor deseable de cada índice, definidos en los incisos del a) al d), que se indican más adelante.

d. Los puntos otorgados en cada razón se sumarán, para obtener la puntuación total de cada uno de los años que se analizaron. Esta puntuación se distribuye conforme a la siguiente relación de 50% para las razones del año 2015, 30% para las razones del año 2014 y 20% para las razones del 2013.

A continuación se define cada razón y la asignación de puntos según el valor deseable de cada índice.

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Página 9 de 24 Razón circulante = 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑖𝑟𝑐𝑢𝑙𝑎𝑛𝑡𝑒

𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑖𝑟𝑐𝑢𝑙𝑎𝑛𝑡𝑒

Puntuación: Diecisiete punto cinco (17.50) puntos a los Oferentes que tengan un cociente igual o mayor que 1.1. Si el cociente es menor que 1.1, se le aplicarán los puntos por proporción simple conforme a la siguiente formula:

Puntuación: (𝐶𝑋 1.1) ∗ (15.50 ∗ 𝐴) A = 50% (último año ) 2015 A = 30% (penúltimo año) 2014 A = 20% (antepenúltimo año) 2013 CX= Razón Corriente. b. RAZON DE ENDEUDAMIENTO Razón de Endeudamiento = 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙

Puntuación: Diecisiete punto cinco (17.50) puntos a los Oferentes que tengan un cociente igual o menor que 0.95. Si el cociente es mayor que 0.95, se le aplicará la puntuación por proporción simple así: Puntuación: (0.95 𝐶𝑋) ∗ (17.5 ∗ 𝐴) A = 50% (último año) 2015 A = 30% (penúltimo año) 2014 A = 20% (antepenúltimo año) 2013 Cx = Razón Corriente.

c. VENTAS A CAPITAL DE TRABAJO

Ventas a Capital de Trabajo = 𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠

𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑡𝑟𝑎𝑏𝑎𝑗𝑜 . Donde:

Capital de trabajo = Activo circulante-pasivo circulante

Puntuación: Diecisiete punto cinco (17.50) puntos a los Oferentes que tengan un cociente igual o mayor que 2. Si el cociente es menor que 2 se le aplicará la puntuación por proporción así: Puntaje: (𝐶𝑋 2) ∗ (17.50 ∗ 𝐴) A = 50% (último año) 2015 A = 30% (penúltimo año) 2014 A = 20% (antepenúltimo año) 2013 Cx = Razón Corriente.

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d. MARGEN DE UTILIDAD

Margen de Utilidad = 𝑈𝑡𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑁𝑒𝑡𝑎 𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠

Puntuación: Diecisiete punto cinco (17.50) puntos a los Oferentes que tengan un cociente igual o mayor que 0.01. Si el cociente es menor que 0.01, se le aplicará la puntuación por proporción: Puntuación: (𝐶𝑋 0.01) ∗ (17.50 ∗ 𝐴) A = 50% (último año) 2015 A = 30% (penúltimo año) 2014 A = 20% (antepenúltimo año) 2013 Cx = Razón Corriente. 15.5 Análisis de Tendencias

a. Las cuentas objeto de evaluación en este análisis de tendencias son las siguientes: 1. Pasivo a Corto Plazo

2. Pasivo Total 3. Ingresos Totales 4. Capital de Trabajo 5. Utilidad Bruta

b. Para la evaluación de las tendencias, se otorgarán 6,00 puntos a cada tendencia, que se realizará en dos fases según se describe a continuación.

I. La primera fase tiene una ponderación de 45% de los 6,00 puntos y comprende el análisis de tendencias del año 2015 con respecto al 2014, utilizando el siguiente criterio:

Pasivo Circulante Si la tendencia es menor a un 10% se le otorgan la totalidad de los puntos. Pasivo Total Si la tendencia es menor a un 10% se le otorgan la totalidad de los puntos. Ingresos Totales Si la tendencia es mayor a un 10% se le otorgan la totalidad de los puntos. Capital de Trabajo Si la tendencia es mayor a un 10% se le otorgan la totalidad de los puntos. Utilidad Bruta Si la tendencia es mayor a un 10% se le otorgan la totalidad de los puntos.

II. La segunda fase consiste en evaluar la tendencia del 2014 con respecto al 2013, siguiendo el mismo procedimiento señalado en la primera fase, pero con una ponderación de 55 % de los 6,00 puntos.

III. El resultado de estas dos fases será la puntuación total que se le asigna al Oferente en el análisis de las tendencias operacionales. Si las tendencias calculadas como se indica encima, no indican mejorías; no se otorga ningún punto, quedan solo los puntos asignados en el análisis de las razones.

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15.6 Sumatoria de Puntaje

La fase siguiente consiste en totalizar los puntos que se asignen a cada Oferente, tanto los puntos que se asignaron en el análisis de las razones, como los obtenidos en el análisis de las tendencias, con lo cual se determina si califica o no financieramente.

16. CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD TÉCNICA EMPRESA OFERENTE

16.1 Los requisitos de elegibilidad técnica se han subdividido en: a) Empresa Oferente

b) Equipo de Dirección Técnica del Proyecto c) Equipo Técnico Residente

16.2 Mediante la presentación de estos requisitos técnicos, las empresas que resulten precalificadas se comprometen a aportar como mínimo el mismo personal o un equipo con las condiciones equivalentes o superiores al solicitado en el cartel de la segunda etapa de "Precalificación".

16.3 Si por alguna razón, el Adjudicatario requiere sustituir alguno de los profesionales o al maestro de obras propuesto, o a los ingenieros establecidos debe solicitar previamente la respectiva autorización a la ESPH SA, con la debida antelación a su requerimiento. No puede reasignar ningún miembro del equipo de trabajo hasta tanto no haya gestionado y logrado la aprobación respectiva.

16.4 La ESPH SA podrá solicitar la remoción de cualquier profesional, maestro de obras, capataz, operario o empleado del futuro adjudicatario de la obra, si a su juicio, hubiere malestar o impedimentos para llevar a cabo el proyecto a cabalidad, o que la construcción y los equipos pudiera quedar deficiente por causa de su incompetencia o problemas causados a los empleados del adjudicatario. En tales casos, el adjudicatario está obligado a acatar dicha solicitud sin responsabilidad laboral o de otra índole para la ESPH SA.

16.5 Para efectos de establecer la elegibilidad técnica, se considerará la información contenida en el Cartel de la segunda etapa.

La información contenida en los documentos solicitados, debe ser declarada bajo gravedad de juramento y sus firmas autenticadas.

16.6 Para la etapa de elegibilidad técnica de la experiencia de la empresa y de los profesionales, sólo serán consideradas las obras de construcción, remodelación y montaje de plantas hidroeléctricas construidas en fecha posterior a la inscripción ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), y para extranjeros se considerarán las obras que hayan sido realizadas y aceptadas de conformidad con la legislación vigente de cada país, según la indicación que se efectúe en la declaración jurada de la experiencia en construcción, rendida ante un profesional en leyes con fe pública de su país.

16.7 Serán acreditados aquellos proyectos construidos bajo la misma razón social con la cual participan las empresas. Se considerarán únicamente los proyectos concluidos a satisfacción. No se acreditarán obras parciales ni obras exteriores.

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Página 12 de 24 16.8 Los proyectos para acreditarse a los profesionales deberán ser del área de especialidad sobre la cual se estarían haciendo responsables en el caso de ser adjudicados. Únicamente se contabilizarán los proyectos que hayan sido concluidos a satisfacción antes de la apertura de ofertas de este concurso.

16.9 La experiencia de todos los profesionales propuestos deberá ser en construcción, de proyectos concluidos a satisfacción.

16.10 La ESPH SA, se reserva el derecho de verificar la información aportada. En caso de proponer dentro del equipo a varios profesionales del mismo campo de especialidad, se deberá indicar cuál de ellos será el responsable del área. Únicamente los responsables de área serán sujetos al análisis de elegibilidad técnica.

16.11 Los profesionales propuestos en el Equipo de la Dirección Técnica no podrán ser los mismos propuestos como parte del Equipo Técnico Residente.

16.12 En caso de proponer un Ingeniero Electromecánico en Equipo de Dirección Técnica o en el Equipo de Residentes éste podrá ser responsable de un área, ya sea la eléctrica o la mecánica, no ambas.

16.13 Para los propósitos del cartel, se aceptan propuestas u ofertas de obras de construcción de plantas de generación en elementos de integración completa.

16.14 Se aceptarán aquellos proyectos concluidos a satisfacción, que estén compuestos por una capacidad total de la planta igual o mayor de la capacidad instalada de 3.5 MW.

16.15 El Oferente debe presentar declaración jurada de las obras propuestas para ser tomadas en cuenta. Esta declaración jurada deberá incluir como mínimo: Nombre del proyecto, naturaleza, localización, potencia instalada en MW, valor aproximado, nombre y número de teléfono del propietario, así como las fechas de inicio y conclusión del trabajo. Incluir el nombre y número de registro del profesional responsable del proyecto de generación hidroeléctrica. 16.16 El equipo asignado por parte del oferente para la Dirección Técnica de la obra lo deben integrar los siguientes Profesionales: un Líder de Proyecto (Ingeniero Civil, en Construcción o Arquitecto), un Arquitecto, un Ingeniero Civil o en Construcción, un Ingeniero Mecánico, un Ingeniero Eléctrico con experiencia en sistemas de Potencia, un Ingeniero Eléctrico con experiencia en sistemas de Turbo-generador y sistemas de control y operación y un Ingeniero encargado de Equipamiento (Ingeniero en Electromecánico, o Electrónico). Solo se permite un profesional por puesto. No se permite duplicidad.

Para el Equipo Técnico Residente, el Oferente deberá adjuntar la Carta de Compromiso indicando que en la etapa de Ejecución del Proyecto, cada uno de los profesionales asignados, cumplirá con los requisitos solicitados.

16.17 Los profesionales se evaluarán independientemente en cada disciplina según los requisitos que más adelante se indican.

16.18 Como documento probatorio debe aportarse, para cada Profesional, la respectiva constancia o certificación emitida por CFIA, la cual no debe tener más de un mes de emitida teniendo como referencia la fecha de apertura de ofertas y estar vigente a esa fecha, así como

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Página 13 de 24 contener todos los datos pertinentes (número de registro, especialidad, fecha de incorporación, si se encuentra al día con las obligaciones ante el CFIA, etc.). Para profesionales extranjeros aportar la documentación avalada en el país de origen.

16.19 Para los casos en que la obra haya sido bajo un subcontrato, como documento probatorio deberá presentarse la carta emitida por el Contratista Principal de la obra.

16.20 También debe aportar el currículum vitae de los Profesionales propuestos, así como del Maestro de Obras y técnicos especializados a fines.

16.21 En caso de resultar falsa la información se descalifica la oferta sin perjuicio de accionar los mecanismos sancionatorios que establece la normativa vigente.

16.22 Cada Profesional del Equipo asignado por el oferente de la Dirección Técnica para el Proyecto debe permanecer en la obra al menos 24 horas semanales en la etapa del montaje. Dentro del tiempo requerido en obra y en el ensamblaje, debe garantizarse al menos cuatro visitas conjuntas por semana con la inspección y/o los representantes de la ESPH SA.

17. REQUISITOS TÉCNICOS PARA LA PRECALIFICACION DE LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS E INTEGRADORAS

17.1 Se considerarán ofertas elegibles desde el punto de vista técnico, las que cumplan con los requisitos enunciados en el Inciso anterior y los que a continuación se indican.

1. Currículo Empresarial.

2. Certificación original de Registro de la(s) Empresa(s) ante el CFIA como empresa constructora, para las empresas nacionales. En el caso de oferentes extranjeros deberán rendir una declaración jurada en escritura pública o su equivalente en el país, de los años de ejercer la práctica de construcción, la cual se hará ante un profesional en leyes con fe pública de su país. O bien certificación emitida por el homólogo de su país al CFIA que también debe seguir el trámite consular anteriormente descrito.

3. Equipo de Dirección Técnica propuesto.

4. Currículo de los miembros del Equipo de Dirección Técnica del Proyecto.

5. Certificación original de incorporación ante el CFIA, de cada uno de los profesionales que integran el Equipo Técnico propuesto.

6. Carta de Compromiso de los profesionales.

7. Carta de Compromiso indicando que en la etapa de Ejecución del Proyecto, cada uno de los profesionales asignados para el Equipo Residente, cumplirá con los requisitos.

8. Carta de Compromiso indicando que en la etapa de Ejecución del Proyecto, se cumplirá con todos los requisitos establecidos para el Componente de Equipamiento en relación a las Empresas, los Profesionales de equipamiento y las especificaciones técnicas de los equipos. 17.2 Todos los documentos serán declarados bajo juramento, y las firmas que lo declaran autenticadas por un Notario Público o profesional en leyes con fe pública para oferentes extranjeros.

17.3 Las empresas participantes, para alcanzar la elegibilidad técnica deberán cumplir con los requisitos mínimos que se establecen para garantizar su capacidad y experiencia.

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18.REQUISITOS DE EXPERIENCIA DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA ELEGIBILIDAD TECNICA – EMPRESA CONSTRUCTORA

a. Empresa constructora con 20 años de experiencia, le corresponde presentar documentos que lo verifiquen.

b. Para una empresa nacional y radicada en Costa Rica: la Certificación de experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para CFIA una empresa extranjera: la experiencia rige a partir de o ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción, por lo tanto deben presentar una declaración jurada en escritura pública rendida ante un profesional en leyes con fe pública en su país, o bien certificación emitida por el homólogo de su país al CFIA.

c. Proyectos constructivos (aplica para oferentes nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW.

19.EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO:

19.1. Líder de Proyecto Requisitos

a. Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero en Construcción con 5 años de experiencia, le corresponde presentar documentos.

b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: la Certificación experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción, por lo tanto deben presentar una declaración jurada en escritura pública rendida ante un profesional en leyes con fe pública en su país, o bien certificación emitida por el homólogo de su país al CFIA.

c. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros). Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW.

d. Emitidos por el propietario de los proyectos 19.2 Director Técnico Área Civil

Requisitos

a. Ingeniero civil o Ingeniero en construcción con 5 años de experiencia, le corresponde presentar documentos que lo avalan.

b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: Certificación la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción, por lo tanto deben presentar una declaración jurada en escritura pública rendida ante un profesional en leyes con fe pública en su país, o bien certificación emitida por el homólogo de su país al CFIA.

c. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW. Emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Civil o de Construcción.

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Página 15 de 24 19.3 Director Técnico Área Eléctrica: (Potencia)

Requisitos

a. Ingeniero eléctrico en construcción con 5 años de experiencia, le corresponde presentar: b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: Certificación de la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional.

c. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW. Aportar documentos probatorios de esa experiencia emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Eléctrico en sistemas de Potencia.

19.4 Director Técnico Área Eléctrica: (Voz y Datos) Requisitos

a. Ingeniero eléctrico en construcción con 5 años de experiencia, le corresponde presentar documentos que lo avalen.

b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: Certificación la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción.

c. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW.

d. Aportar documentos probatorios de esa experiencia Documentos emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Eléctrico en sistemas de Voz y Datos.

19.5 Director Técnico Área Mecánica Requisitos

a. Ingeniero mecánico en construcción con 5 años de experiencia, le corresponde presentar: b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: Certificación de la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción.

c. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW. d. Aportar documentos probatorios de esa experiencia Documentos emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Mecánico.

19.6 Director Técnico Área Equipamiento Requisitos

a. Ingeniero en Electromecánico, o Electrónico con 5 años de experiencia, le corresponde presentar:

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Página 16 de 24 b. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA.

c. Para profesional extranjero: la experiencia rige Certificación a partir de ejercer legalmente la práctica profesional CFIA en la construcción. Se hace la excepción para los ingenieros en electromecánica inscritos ante el CFIA, cuya experiencia anterior a su inscripción al CFIA es aceptada.

d. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Experiencia mínima de 5 años en el suministro, instalación y puesta en marcha de equipos de generación eléctrica.

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW. d. Aportar documentos probatorios de esa experiencia Documentos emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Instalador de Equipamiento de Equipos de Generación Hidroeléctrica.

20.EXPERIENCIA DEL EQUIPO RESIDENTE DEL PROYECTO:

20.1 Carta de Compromiso indicando que en la etapa de Ejecución del Proyecto, cada uno de los profesionales asignados para el Equipo Residente, cumplirá con los requisitos, indicados a continuación.

20.2 Ingeniero Civil o en Construcción con 5 años de experiencia

a. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción, por lo tanto deben presentar una declaración jurada en escritura pública rendida ante un profesional en leyes con fe pública en su país, o bien certificación emitida por el homólogo de su país al CFIA. Para los rangos asignados en los proyectos realizados.

b. Aportar documentos probatorios de esa experiencia emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Civil o de Construcción.

20.3 Ingeniero Eléctrico con 5 años de experiencia.

a. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción.

b. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW.

c. Aportar documentos probatorios de esa experiencia emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Eléctrico.

20.4 Ingeniero Mecánico con 5 años de experiencia

a. Para profesional nacional y radicado en Costa Rica: la experiencia rige a partir de la inscripción en el CFIA. Para profesional extranjero: la experiencia rige a partir de ejercer legalmente la práctica profesional en la construcción.

b. Proyectos constructivos (aplica para profesionales nacionales, radicados en Costa Rica y extranjeros):

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Página 17 de 24 Por el mínimo dos proyectos en Costa Rica con capacidad total igual o superior a 3-5 MW. c. Aportar documentos probatorios de esa experiencia emitidos por el propietario de las obras en que fungió como Ingeniero Mecánico.

21.ACUERDO Y NOTIFICACIÓN DE LA PRECALIFICACIÓN

21.1 Finalizado el procedimiento de precalificación de las ofertas, la Administración emitirá un “Acuerdo de Precalificación” en el que se indicará cuales empresas cumplieron los requisitos establecidos y quedarán precalificadas.

21.2 Serán admisibles únicamente las ofertas que se ajusten a los requisitos técnicos y jurídicos del presente pliego de condiciones y que logren obtener al menos el 70% del puntaje destinado a la valoración financiera. Resultarán precalificadas para la segunda Etapa las tres ofertas con mayor obtención de puntaje financiero. En caso de empate en el tercer puesto será criterio de desempate la empresa que garantice mayor número de proyectos realizados.

21.3 Este acuerdo de precalificación, una vez firme, no se podrá variar en la etapa siguiente del concurso.

21.4 La ESPH SA notificará al (los) tres primeros oferente(s) preseleccionados, por medio del correo electrónico.

22.PLAZO PARA DICTAR EL ACUERDO DE PRECALIFICACIÓN

El Acuerdo de Precalificación será emitido en un plazo de 20 días hábiles contados a partir del inicio de esta primera etapa. No obstante, la ESPH SA, posee el derecho de prorrogar este plazo, en caso de requerirse, de lo cual dará aviso escrito a las partes vía correo electrónico.

23. CONDICIONES GENERALES FORMALES PARA EL OFERENTE:

23.1 El Oferente debe cumplir con lo que corresponda, según el Reglamento de Compras de la ESPH SA

23.2 El Oferente podrá concurrir por sí mismo o a través de un representante de casas extranjeras, en cuyo caso, deberá hacer indicación expresa de tal circunstancia en la propuesta. 23.3 Las propuestas que provengan de empresas extranjeras, deberán incorporar una declaración de someterse a la jurisdicción y tribunales nacionales para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato, con renuncia a su jurisdicción.

24. REQUISITOS FORMALES PARA EL OFERENTE:

24.1 Oferta: A partir del cartel, el Oferente, debe describir de forma completa, las características del objeto, bien o servicio que cotiza, así como indicar -en su oferta- que posee capacidad financiera, especificaciones técnicas y experiencia, para satisfacer el objeto contratado.

(18)

Página 18 de 24 24.2 Lugar de notificaciones: El Oferente debe indicar un correo electrónico para recibir notificaciones. En caso de omisión se entenderá y tomará como válido el medio que conste en la oferta.

24.3 Cédula: El Oferente debe indicar en su oferta su número de cédula jurídica o personal, según sea el caso y adjuntar fotocopia de la misma.

24.4 El Oferente debe indicar en su oferta el número de cuenta cliente e indicar la moneda a la cual corresponde (dólares, euros o colones).

CAPITULO III CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO.

25. MARCO LEGAL

Rigen para este concurso las siguientes disposiciones del ordenamiento jurídico y de los Tribunales de la República de Costa Rica:

Leyes y Reglamentos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. Leyes y reglamentos vigentes en los campos de la Ingeniería, Arquitectura y Construcción. Ley 7789 de la ESPH SA

Ley Reguladora de la ARESEP.

26.MODALIDAD DEL CONCURSO:

26.1 De acuerdo con el Reglamento de Compras de la ESPH S.A, este único concurso se encuentra dividido en dos etapas:

a. Etapa de Precalificación.

b. Etapa de evaluación de ofertas o la oferta y adjudicación del concurso de especificaciones técnicas. La ESPH SA, se reserva el derecho de escoger la oferta que le brinde mejores opciones en la implementación del proyecto y que le garantice las mejores condiciones técnicas, económicas y tiempo para su implementación además de escoger.

26.2 Para la ejecución del proyecto objeto de esta contratación se requiere un oferente que esté en plena capacidad de construir, desarrollar, implementar, unificar la funcionabilidad y equipar La Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo, por una repotenciación de acuerdo al Cartel Técnico, ya sea, que se oferte independientemente, o se oferte en consorcio, para que se pueda asumir la ejecución de una contratación por la totalidad de los componentes.

26.3 Se aceptarán ofertas en conjunto siempre y cuando se cumplan con el proceso de precalificación, una vez cumplido esto se procederá a su valoración en la segunda etapa.

26.4 La administración se reserva el derecho de adjudicar total, parcial, o declarar desierta la segunda etapa.

26.5 La adjudicación de la segunda fase (Etapa de evaluación de ofertas y adjudicación del concurso) recaerá en un único oferente precalificado. Será necesario recibir por lo menos 1 (Unidad) ofertada, para que el concurso no se declare desierto.

(19)

Página 19 de 24 26.6 Se aclara desde ya, que para la segunda fase de este concurso, se requiere una ejecución de un contrato bajo la modalidad de “Llave en Mano”, por lo que las ofertas que se presenten a la segunda fase del concurso deben ser por la totalidad de ambos componentes de la contratación (construcción, repotenciación y equipamiento de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo). Un proyecto “Llave en mano” es en el que se desarrolla integralmente la construcción así como el suministro, instalación, funcionamiento, garantía del equipo y mantenimiento preventivo y correctivo durante el periodo de garantía, todo recibido conforme por la ESPH SA y listo para su normal operación.

De esta manera, un contratista construye y pone en funcionamiento una obra determinada a cambio de un precio global o suma alzada.

26.7 El Diseño de la repotenciación de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo es parte de las obligaciones del adjudicatario, dado que este insumo se debe entregar As Built como parte del Cartel de Concurso en la Segunda Etapa.

26.8 El adjudicatario tiene la responsabilidad global por la revisión y adecuación de los Planos Constructivos y la propuesta de aumento a los requerimientos de la Normativa vigente y al Equipamiento por él ofrecido, así como por la ejecución y puesta en marcha de la operación de la obra.

26.9 El Adjudicatario tiene la responsabilidad total sobre la ejecución de la obra, en caso de contar con discrepancia con los planos iniciales, deberá someterlo a conocimiento de la ESPH SA, para su aprobación.

26.10 En la primera etapa, se convoca a presentar atestados a las empresas Constructoras interesadas en participar en este concurso de precalificación, con el fin de seleccionar de previo a los eventuales oferentes que puedan participar en la segunda etapa.

26.11 Una vez precalificadas las empresas, quedando en firme el acuerdo de precalificación y cuando la Administración lo convoque se iniciará la segunda etapa de este concurso, en que las empresas precalificadas podrán presentar su oferta.

26.12 Únicamente las empresas que resulten precalificadas en esta primera etapa podrán presentarse como oferentes en la segunda etapa.

26.13 En la segunda etapa los oferentes precalificados podrán conocer los listados detallados de las necesidades que requiere la repotenciación de la planta tanto en componente de equipamiento, elementos constructivos y especificaciones técnicas, detalles que se entregarán en el Cartel de la segunda etapa.

26.14 El presente cartel expone lo requerido para la primera etapa de "Precalificación", el cartel correspondiente a la segunda etapa se suministrará oportunamente a las empresas precalificadas.

27. REQUERIMIENTOS DE LA CONTRATACIÓN

(20)

Página 20 de 24 27.1 Requerimientos de Construcción:

a. Comprende la revisión y adecuación del Diseño a los requerimientos de la Normativa vigente y al Equipamiento propuesto por el Equipador del Contratista, la realización de todos los trabajos de obra civil, arquitectura, obra exterior, demolición, ampliación, muros de contención, obras de mitigación, instalaciones hidráulicas y sanitarias, instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, de sistemas turbo-generadores, instalaciones de voz y datos, e instalaciones especiales. Todo lo anterior de acuerdo con los diseños propuestos por el oferente, especificaciones técnicas y demás documentación desarrollada durante la etapa de diseño. De igual manera se debe incluir el suministro, instalación, pruebas y puesta en operación del equipo propio del Proyecto de Modernización y Repotenciación de cada uno de los componentes incluidos dentro de esta precalificación.

También deberá incluir el suministro, instalación, pruebas y puesta en operación del equipo de cómputo (software, servidores, computadoras portátiles, computadoras de escritorio, etc.). b. Asimismo, y considerando que la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo cuenta con una serie de elementos que se deben coordinar plenamente y que está en funcionamiento, deberán considerarse incluidas todas las Obras requeridas para la desconexión, reubicación, y reconexión de los Sistemas Electromecánicos Existentes que pudiesen resultar afectados por el Proceso de Construcción y su ubicación para el procesamiento según el Cartel de la segunda etapa.

27.2 Componente de Equipamiento:

a. Se refiere al suministro, instalación, pruebas, puesta en operación y capacitación del equipo y mobiliario de Generación Eléctrica y administrativo, así como el mantenimiento preventivo y correctivo durante el periodo de garantía de éstos.

b. El Equipamiento de la Modernización y Repotenciación incluye el equipo electromecánico, el equipo y mobiliario administrativo, acorde a los requerimientos del Cartel de la Segunda Etapa de la Concurso. Deberá incluir el suministro, la instalación, la capacitación al personal que la ESPH SA, designe y todos los materiales, personal y equipos requeridos para realizar las pruebas de funcionamiento del equipo y su integridad completa.

c. El suministro del equipamiento durante la ejecución del contrato, deberá ser asumido por empresas vendedoras de equipo radicadas en el país o que cuenten con representante debidamente acreditado en Costa Rica.

d. Los oferentes precalificados, una vez producida la adjudicación en la segunda etapa, establecerán un vínculo contractual. En ese vínculo dichas empresas se comprometen a suministrar los equipos, instalarlos, impartir los cursos de operación y mantenimiento respectivos, efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo durante el período de garantía de funcionamiento.

e. Las empresas equipadoras deberán haber vendido en el país equipos iguales o similares en los últimos tres años a los contenidos en los grupos que representen.

f. Las empresas deberán disponer de servicio técnico especializado para brindar servicios de instalación, capacitación y mantenimiento a equipos iguales o muy similares a los contenidos en el grupo respectivo.

g. Las empresas deben tener como mínimo, 5 años de experiencia en equipamiento de sistemas de generación hidroeléctrica.

(21)

Página 21 de 24 h. Asignar al menos cuatro ingenieros de diferentes disciplinas con experiencia comprobable en el manejo y administración de proyectos de equipamiento de una Central Hidroeléctrica.

28.PARTICIPACIÓN EN CONSORCIO

28.1 Se podrán presentar ofertas en consorcio.

28.2 Para ello deberán presentar el original o copia certificada del acuerdo consorcial, en el que se indique el compromiso de las partes componentes a participar solidariamente en este concurso. En el acuerdo consorcial se deberá indicar claramente todas las empresas que conforman el consorcio. También se debe indicar cual empresa asumirá el liderazgo y coordinación entre las partes. Todos los integrantes del consorcio, serán responsables solidariamente de la oferta que se realice y de la ejecución del Contrato.

28.3 Uno de los integrantes responsables de la ejecución de un componente fundamental del Contrato será designado como representante, y esta designación deberá acreditarse por medio de un poder firmado por las partes autorizadas legalmente para ello, el cual deberá ser presentado junto con la oferta.

28.4 El representante estará autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para los integrantes del consorcio y la ejecución total del Contrato, estará exclusivamente a cargo del representante o conforme lo indique el acuerdo consorcial.

28.5 Al menos una de las empresas consorciadas deberán cumplir con todos los requisitos de elegibilidad legal.

28.6 En los requisitos de elegibilidad financiera, al menos una empresa Constructora, deberá cumplir con todos los extremos de éste apartado.

28.7 En la elegibilidad técnica, al menos una de las empresas constructoras, en el caso de las que conforman un consorcio, deberá de cumplir con respecto a los requisitos mínimos que se exigen conforme a éste cartel.

28.8 La utilización de esta figura no obliga a la creación de una nueva personería jurídica para efectos de presentación de los atestados y la posterior oferta. En todo caso los integrantes del consorcio responderán solidariamente por todas las obligaciones derivadas de la presentación de la oferta, y de la eventual adjudicación y ejecución del contrato.

28.9 Las ofertas en Consorcio con participación extranjera deberán cumplir con lo establecido en el numeral de participación extranjera a continuación de este Cartel.

29.PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS EXTRANJERAS

29.1 Las empresas extranjeras que participen deberán acatar equivalentemente las mismas disposiciones establecidas para empresas nacionales.

(22)

Página 22 de 24 29.2 Las empresas o profesionales extranjeros que no estén inscritos en los colegios o asociaciones profesionales, en caso de ser adjudicados en la segunda etapa, deberán de ponerse a derecho con la Legislación Costarricense para ejercer su actividad en el país.

29.3 Como requisito esencial todos los coordinadores de las áreas respectivas deben hablar el idioma español.

30.PARTICIPACIÓN DE OFERENTES INDEPENDIENTES

De conformidad con lo establecido, los oferentes independientes están autorizados para subcontratar hasta en un 35% del monto adjudicado. La subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta que se presente a la etapa de precalificación, se deben aportar: la propuesta de porcentaje que requiere subcontratar, el listado de empresas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta y se aportará una certificación de los títulos del capital social y de los representantes legales de aquellas, así como la declaración jurada y la certificación.

31. ALCANCE DEL TRABAJO:

31.1 Realizar todas las obras constructivas, a saber, estructurales y electromecánicas, para lograr la obra concebida en los planos definidos por los oferentes y de acuerdo con las condiciones generales, especificaciones técnicas y demás documentos que se describen en este cartel, tanto en ésta etapa como en la segunda etapa.

31.2 Igualmente el suplir, instalar, puesta en marcha y garantía de equipamiento electromecánico para la Modernización y Repotenciación de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo, así como aportar las respectivas garantías de los equipos, adiestramiento en su uso y proveer el mantenimiento preventivo y correctivo durante el período de garantía, de dos años o la garantía mayor a este plazo que establezca la ficha técnica.

31.3 Todas las obras deben cumplir con la legislación vigente en la construcción y equipamiento de una Central Hidroeléctrica, especialmente con lo referente al Código Sísmico, Código de Seguridad Humana, y toda la normativa específica aplicable a este tipo de proyectos.

32.RECEPCIÓN DE LA OBRA

33.1 Se llevarán a cabo dos tipos de recepción: una provisional y una definitiva de la obra. 33.2 Dada la naturaleza y complejidad de este proyecto, entiéndase que los procesos de recepción son actividades que llevarán dos meses en su ejecución.

32.3 Recepción Provisional: Acto en el cual la ESPH SA efectúa una revisión conjunta con la Inspección y el Adjudicatario, con el objetivo de verificar la correcta ejecución de los trabajos objeto de la concurso.

a. Para efectuar la recepción provisional de la obra, el Adjudicatario dará aviso oficial a la ESPH SA y a la Inspección dentro de 8 días naturales antes de la fecha establecida en el cronograma, para la terminación de la ejecución del proyecto. En caso de ampliaciones de plazo, debidamente autorizadas por la ESPH SA, éstas deberán estar contenidas en el último cronograma actualizado y aprobado.

(23)

Página 23 de 24 b. La recepción será oficialmente documentada por medio de un Acta de Recibo Provisional, la

cual cumplirá con los requisitos que se señalen.

c. En caso de que al realizarse el acto de recepción se encuentren defectos de construcción por trabajos mal ejecutados por el Adjudicatario, se dejará constancia de los trabajos defectuosos en el Acta de Recibo Provisional. Se le concederá al Adjudicatario, un plazo determinado de acuerdo a la magnitud de los trabajos a realizar, a fin de que los mismos sean subsanados a entera satisfacción de la ESPH SA y la Inspección. En todo caso, dicho plazo no podrá exceder un mes.

d. En caso de identificar obras inconclusas o con defectos constructivos persistentes, se desaprobará la Recepción de la Obra y aplicará la multa por atrasos en la ejecución. Asimismo, se prevendrá al Adjudicatario sobre la situación, a fin de que se implementen en forma inmediata las acciones correctivas.

e. Una vez prevenido el Adjudicatario sobre la situación, y en caso de renuencia del mismo a realizar los trabajos de reparación (8 días naturales después de la prevención), la ESPH SA podrá ejecutar en forma unilateral los trabajos requeridos y su costo será descontado de la Garantía de Cumplimiento.

f. Como respaldo de lo anterior la ESPH S.A. se reservará el derecho de ejecutar la garantía de cumplimiento, durante los dos meses posteriores a la recepción preliminar de la obra, en el caso de que el Adjudicatario no se haga responsable por los defectos y vicios ocultos encontrados durante este período.

33.4 Recepción Definitiva: Finiquitada la obra a entera satisfacción de la ESPH SA y de la Inspección, se programará la Recepción Definitiva, la cual se efectuará mediante visita de inspección, levantándose el acta correspondiente, consignando la fecha, hora y participantes, dicho documento deberá ser firmado por los representantes de la ESPH SA, la Inspección y el Adjudicatario.

a. El Adjudicatario estará obligado a mantener la limpieza y la seguridad necesaria de las instalaciones por él construidas hasta la Recepción Definitiva.

b. El Adjudicatario, suministrará a la Inspección los planos constructivos completos actualizados en papel original y medio magnético con versión de diseño, conteniendo la totalidad de las variaciones realizadas(as built).

CAPITULO IV

REQUISITOS PARA EL ADJUDICATARIO

33. CONDICIONES GENERALES PARA LA SEGUNDA ETAPA DEL CONCURSO

En el concurso específico se definirán los términos y condiciones que deben cumplirse, los cuales se tramitarán conforme a la siguiente metodología:

34.1 Cuando la ESPH SA, requiera realizar la obra, mediante el Departamento de Adquisiciones convocará a las empresas precalificadas, para que retiren el pliego de condiciones específico. Las

(24)

Página 24 de 24 empresas deberán retirar en Proveeduría el pliego de condiciones de los requerimientos, siguiente a la comunicación respectiva por parte de la ESPH SA

34.2 Queda entendido que la ESPH SA, no tendrá vinculación laboral con el adjudicatario ni con su personal, por lo tanto todos los derechos provenientes de las relaciones laborales le corresponderán exclusivamente al adjudicatario.

34.3 El oferente precalificado nacional o extranjero deberá aportar en su oferta, manifestación escrita que en caso de resultar adjudicatario velará para que en el proyecto se consideren todas las normas de orden público, así como todas las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Salud, la Municipalidad, la Ley 7600 y las relativas al impacto ambiental y sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. La construcción y equipamiento de la Modernización y Repotenciación de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo debe hacerse acorde con las disposiciones, reglamentos y leyes que norman las materias, tanto nacionales como municipales, las cuales el potencial adjudicatario declara conocer.

34.4 Póliza de Riesgos del Trabajo: Es deber de todo patrono presentar durante el periodo de formalización, una constancia emitida por el Departamento de Riesgos del Trabajo o Sede del INS, de las condiciones y estado de la póliza de riesgos del trabajo en la que se indique la vigencia, el estado, tarifa, monto asegurado, prima, y que se valide que la actividad económica para la cual fue suscrita corresponde a la actividad económica para la cual está siendo adjudicada.

Para este fin, el Departamento de Riesgos del Trabajo o Sede, emitirá un documento en que se señalen, entre otros, los datos que se indican:

● Número de contrato o concurso

● Nombre del servicio a contratar o bien a comprar ● Monto de la adjudicación

● Periodo de la contratación ● Nombre del Adjudicatario

● Número de Cédula del Adjudicatario

El Departamento de Riesgos del Trabajo podrá revisar las condiciones del seguro durante toda la vigencia de la contratación para comprobar el aseguramiento.

39.5 Cumplimiento de las Normas de Salud Ocupacional: Es deber del adjudicatario, disponer de todas las normas, procedimientos y organización preventiva, de acuerdo con el título IV del Código de Trabajo, su Reglamento y demás normativa sobre Seguridad y Salud en el Trabajo; con el fin de garantizar que se aplican las medidas de prevención y protección requeridas en un proyecto de la magnitud de la Modernización y Repotenciación de la Planta Hidroeléctrica Jorge Manuel Dengo, para minimizar los accidentes y enfermedades del trabajo.

Atentamente,

Referencias

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