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CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación

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PLIEGOS DE CONDICIONES JURÍDICAS Y ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRA EL ARRENDAMIENTO DE LA NAVE 14-3 DE LA MANZANA 2 DEL VIVERO DE EMPRESAS DEL POLIGONIO INDUSTRIAL EL BLANQUILLO.

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato

El objeto del contrato es el arrendamiento de una Nave industrial propiedad de este Ayuntamiento y calificada como bien patrimonial, ubicada en el Polígono Industrial El Blanquillo, de este Municipio, para destinarla a uso industrial y cuya descripción es la siguiente:

NAVE 14-3:

SUPERFICIE: 115,59 M2

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación

La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento será el concurso, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Para la valoración y determinación de las ofertas, deberá de atenderse a varios criterios conforme a los Anexos II y III de este Pliego

CLAUSULA TERCERA. BENEFICIARIOS

Podrán optar a la presente convocatoria quienes se encuentren en algunos de los siguientes supuestos:

a) Emprendedores de iniciativas empresariales procedentes de programas formativos, como Escuelas Taller, Talleres de Empleo, cursos de FPE, Ciclos Formativos de formación reglada, que se constituyan como empresas en el término municipal.

b) Desempleados en general, promotores de iniciativas empresariales o que habiendo constituido la empresa, no hayan iniciado su actividad (en el término municipal). En el

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caso de haberla iniciado lo deberá haber sido durante el mismo año o el inmediato anterior, en todo caso, tendrán preferencia quienes no hayan iniciado la actividad. c) Empresas ya constituidas cuya sede social se encuentre fuera del Término Municipal de Fuente Obejuna, y que establezcan la misma en nuestra Localidad siempre y cuando con su instalación vengan a cubrir un hueco de mercado no suficientemente atendido o tenga una amplia proyección o posibilidades de creación de empleo.

Empresas ya constituidas cuya sede social se encuentre dentro del Término Municipal de Fuente Obejuna.

CLÁUSULA CUARTA. El Perfil de contratante

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.fuenteovejuna.org..

CLÁUSULA QUINTA. Importe del Arrendamiento

El precio del arrendamiento se fija en cuotas mensuales y serían los siguientes: -Nave –Almacén nº 14.3 de la manzana 2, por un importe de 275,39 Euros de Base Imponible mas 57,83 Euros/año correspondiente a IVA

El canon arrendaticio, será satisfecho por el adjudicatario definitivo mediante ingreso en la Caja Municipal a través de domiciliación bancaria, contra entrega de la correspondiente carta de pago, por mensualidades.

Cualquier tipo de reforma, reparación, instalación o remodelación de las instalaciones necesaria para desarrollar la actividad autorizada, deberá contar, previamente con la expresa autorización municipal. El adjudicatario tendrá derecho a la compensación del valor de las mejoras que sean útiles para el edificio, por importe máximo del valor del contrato estimado contado a partir de la fecha de autorización de las obras y hasta la finalización del mismo. Las obras de mejora autorizadas y compensadas quedarán siempre a beneficio de la nave al finalizar el arrendamiento.

Finalizado el período de vigencia del arrendamiento, el uso y aprovechamiento de las naves, revertirá automáticamente al Ayuntamiento, como propietario de las instalaciones y del inmueble.

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CLÁUSULA SEXTA. Órgano de Contratación

A la vista del importe del contrato, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será la Alcaldesa.

CLÁUSULA SÉPTIMA. Duración del Contrato

El arrendamiento de la nave industrial se realizará durante un período de un año prorrogable anualmente hasta un máximo de 3 años, previa solicitud del interesado CON UN MES DE ANTELACIÓN, que habrá de resolverse por el Órgano de contratación, disponiendo de un plazo de tres meses complementarios a dicho período para formalizar el desalojo y traslado de la empresa a otras instalaciones

CLÁUSULA OCTAVA. Capacidad

Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

CLÁUSULA NOVENA. Acreditación de la Aptitud para Contratar

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.

La capacidad de obrar se acreditará:

a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

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CLÁUSULA DECIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento en horario de atención al público, dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de Contratante.

Las ofertas podrán presentarse, por correo o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Cada interesado no podrá presentar más de una oferta, cuya presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

Las ofertas se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el interesado y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para optar a la contratación del arrendamiento de una Nave del Semillero de Empresas , propiedad del ayuntamiento, ubicada en el Polígono Industrial el Blanquillo, de este Municipio ». La denominación de los sobres es la siguiente:

— Sobre «A»: Documentación Administrativa.

— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación Técnica.

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.

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Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:

SOBRE «A»

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

a) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar.

b) Documentos que acrediten la representación.

— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

c)Declaración de hallarse al corriente de la obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el artº 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

SOBRE «B»

OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A) Oferta económica.

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B) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación conforme al Anexo II, si así se estima .

CLÁUSULA UNDÉCIMA. Criterios de Adjudicación

La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Pliego.

Los criterios objetivos (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta son los establecidos en el anexo II

CLÁUSULA DUODÉCIMA. Mesa de Contratación

Con el fin de informar las solicitudes presentadas se constituirá la Mesa de Valoración que estará presidida por la Sra. Alcaldesa, o Concejal en el que delegue, e integrada por los siguientes vocales:

- Técnico del Departamento de Desarrollo del Ayuntamiento de Fuente Obejuna.

- Interventor del Ayuntamiento

- Secretaria General del Ayuntamiento.

- Técnico del Departamento de Urbanismo.

- Secretario/a: Un funcionario/a de la Corporación.

La Mesa de Contratación realizará una propuesta de adjudicación razonada tomando como base los criterios de baremación establecidos en el anexo II.

Corresponderá a la Alcaldesa realizar las adjudicaciones objeto de los arrendamientos de la presente convocatoria, pudiendo dejar la convocatoria desierta en todo o en parte si, a juicio de dicho órgano, las solicitudes presentadas no se ajustasen a los fines y condiciones de la misma.

CLÁUSULA DECIMO TERCERA. Apertura de Ofertas

La apertura de las ofertas se efectuará en el plazo máximo de 10 días contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.

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La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, a las 12 horas procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.

Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a 3 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.

Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.

Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Requerimiento de Documentación

A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la mejor.

El órgano de contratación requerirá al licitador que la haya presentado para que, dentro del plazo de 10 días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.

CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Fianza

A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a 6 mensualidades de renta.

CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación del Contrato

Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la documentación.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante.

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CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Obligaciones del Arrendatario

— Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del arrendatario y abonados directamente a las empresas suministradoras.

— El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a los usos permitidos, debiendo solicitar y obtener las licencias que correspondan.

— El arrendatario, previo consentimiento expreso del arrendador, podrá realizar las obras que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble.

— Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.

CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Efectos y Extinción del Contrato

-Serán causas de extinción del contrato las siguientes:

a) El incumplimiento de los deberes establecidos en el Pliego. b) La demora en el pago consecutivo de tres mensualidades.

c) La realización de modificaciones en las instalaciones, sin previo aviso y consentimiento expreso del Ayuntamiento.

Incumplimiento de las condiciones ofertadas en el proyecto de solicitud. d) Cualesquiera otras causas de las previstas en las leyes.

CLÁUSULA DECIMONOVENA. Formalización del Contrato

El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cuando los arrendamientos sean susceptibles de poder inscribirse en el Registro de la Propiedad, deberán formalizarse en escritura pública, para poder ser inscritos. Los gastos generados por ello serán a costa de la parte que haya solicitado la citada formalización, artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de

noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 1280.2 del Código Civil y 2.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946.

Plazo para la instalación de la empresa.

Publicado y comunicado a los interesados el acuerdo adjudicación, se establece un plazo máximo de 3 meses, prorrogables en función de las circunstancias concurrentes, contados a partir del día siguiente a la firma del contrato, para la ubicación de las empresas

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CLÁUSULA VIGÉSIMA. Régimen Jurídico del Contrato

Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; el Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y las Normas de Derecho privado.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.

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NAVE INDUSTRIAL

• N° 14-3, OFERTO LA CANTIDAD DE ______________Euros + IVA

D./Da. ________________________________________________________________ con DNI núm. _________________ , vecino de _____________________________ , y domicilio en C/ ____________________________________________ , actuando en

nombre propio o en representación de la

empresa ______________________________ , provista del CIF núm. ____________________ , y teléfono ______________________

EXPONE:

Que ha tenido conocimiento de la convocatoria para la adjudicación de una nave industrial, en régimen de arrendamiento, ubicada en el Vivero Municipal de Empresas, en el Polígono Industrial "El Blanquillo".

Que estando interesado en el arrendamiento de la opción al principio indicada, adjunta la siguiente documentación:

□ Tarjeta de demanda de empleo del/de los promotor/es, en su caso.

□ Memoria o proyecto empresarial de la actividad a ejercer.

□ Certificado expedido por la entidad promotora acreditativo de la realización de la acción formativa de que se trate, o certificación del Centro donde cursen sus estudios reglados, o título que les acredite haberlos finalizado.

□ Otros documentos: Documentación acreditativa de los criterios de selección de la oferta.

Fuente Obejuna, de de 20

SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE FUENTE OBEJUNA

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ANEXO II:

Criterios de valoración, para la adjudicación en régimen de arrendamiento, de una nave industrial del Vivero de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna, sito en el Polígono Industrial "El Blanquillo".

1. Empresas pertenecientes a sectores emergentes e innovadores y que valorice recursos endógenos, potenciando materias primas locales.

2. Empresas promovidas por mujeres o colectivos socialmente desfavorecidos (minusválidos, jóvenes menores de 25 años o mayores de 45 años desempleados). 3.Número de empleos generados (se considerarán empleos generados por cuenta ajena, los acreditados documentalmente y que vayan a permanecer en la empresa un mínimo de 6 meses). Por cada empleo generado que pertenezca a un colectivo desfavorecido se sumará 0,5 puntos, hasta el límite de 3 empleos.

4. Inversión realizada.

5.Empresas, emprendedores, primera adjudicación o no en el Polígono Industrial. CRITERIOS PUNTUACIÓN

Empresas pertenecientes a Sectores emergentes e innovadores y que valorice recursos endógenos potenciando materias primas locales.

Si……….7 puntos No……… 0 puntos Empresas promovidas por mujeres o colectivos socialmente

desfavorecidos (minusválidos, jóvenes menores de 25 años o mayores de 45 años desempleados).

El promotor no

cumple………. 0 puntos 1 promotor cumple algún apartado………..1,5 puntos 2 o más promotores cumple algún apartado……….. 2,5 puntos Número de empleos generados.*

(*) Se considerará empleo por cuenta propia de nueva creación y ajena.

1 Empleo ... . 1 puntos

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Si pertenece a algún colectivo desfavorecido se sumará 0,5 puntos por empleo

creado. 3 Empleos o más ... … 4 puntos

Inversión realizada. Menor de 1.000 €...……0,5 puntos

Entre 1.001 y 5.000€ ... ……… … 1,5 puntos Entre5.001 10.000€………...2,5 puntos

Mas de 10.000 €...3 puntos Empresas ya constituidas instaladas y empresas nuevas Empresas Nuevas ………..…… 4 puntos

Empresas ya constituidas nueva adjudicación en el Polígono Industrial ... 2 puntos

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto que por Resolución de Alcaldía de fecha 7 de Septiembre de 2.016 se aprobó iniciar el expediente para el arrendamiento de una Nave Industrial del Vivero Municipal de Empresas, sita en el Polígono Industrial El Blanquillo, de este municipio.

Visto que se redactó e incorporó al expediente el Pliego de Condiciones que ha de regir el procedimiento y el contrato de arrendamiento de los citados inmuebles, por concurso.

Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación para el arrendamiento de una Nave Industrial del Vivero de Empresas, propiedad de este Ayuntamiento y calificada como bien patrimonial, ubicada en el Polígono Industrial el Blanquillo, de este Municipio, para destinarla a uso industrial.

SEGUNDO. Aprobar el Pliego de Condiciones que ha de regir el procedimiento en los términos que figuran en el expediente.

TERCERO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de contratante anuncio de licitación, para que durante el plazo de 15 días naturales puedan presentar las ofertas que estimen pertinentes.

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Con el ruego de su inserción urgente en el B.O. de la Provincia, adjunto se remite anuncio sobre convocatoria para el Arrendamiento de la Nave 14-3 de la Manzana 2 del Vivero de Empresas del Polígono Industrial El Blanquillo.

Fuente Obejuna 7 de Septiembre de 2.016 LA ALCALDESA

Excma. Diputación Provincial OFICINA DEL B.O.P

CORDOBA A N U N C I O

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 7 de los corrientes, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del concurso, para el Arrendamiento de la Nave 14-3 de la Manzana 2 del Vivero de Empresas del Polígono Industrial El Blanquillo, de este municipio, conforme a los siguientes datos:

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1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Secretaria

2) Domicilio: Pza Lope de Vega s/n

3) Localidad y código postal: Fuente Obejuna. 14290 4) Teléfono 957-584020

5) Telefax: 957-585154

6) Correo electrónico: secretariam@fuenteovejuna.org

7) Dirección de Internet del perfil del contratante:www.fuenteovejuna.org

d) Número de expediente: 124/2016 2. Objeto del Contrato:

El objeto del contrato es el arrendamiento de la nave, que se describe a continuación:

NAVE 14-3:

SUPERFICIE: 115,59 M2 3. Presupuesto base de licitación.

-Nave nº 14.3 de la manzana 2, por un importe de 275,39 Euros de Base Imponible mas 57,83 Euros/año correspondiente a IVA

4. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento. Concurso c) Criterios de adjudicación:

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CRITERIOS PUNTUACIÓN

Empresas pertenecientes a Sectores emergentes e innovadores y que valorice recursos endógenos potenciando materias primas locales.

Si……….7 puntos No……… 0 puntos Empresas promovidas por mujeres o colectivos socialmente

desfavorecidos (minusválidos, jóvenes menores de 25 años o mayores de 45 años desempleados).

El promotor no

cumple………. 0 puntos 1 promotor cumple algún apartado………..1,5 puntos 2 o más promotores cumple algún apartado……….. 2,5 puntos Número de empleos generados.*

(*) Se considerará empleo por cuenta propia de nueva creación y ajena. Si pertenece a algún colectivo desfavorecido se sumará 0,5 puntos por empleo creado.

1 Empleo ... . 1 puntos

2 Empleos...…….2,5 puntos 3 Empleos o más ... … 4 puntos Inversión realizada. Menor de 1.000 €...……0,5 puntos

Entre 1.001 y 5.000€ ... ……… … 1,5 puntos Entre5.001 10.000€………...2,5 puntos

Mas de 10.000 €...3 puntos Empresas ya constituidas instaladas y empresas nuevas Empresas Nuevas ………..…… 4 puntos

Empresas ya constituidas nueva adjudicación en el Polígono Industrial ... 2 puntos

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