M
ESP
ROGRAMA DEV
ERIFICACIÓN YV
IGILANCIAC
ATEGORÍAE
LEMENTOS YN
ORMAS AV
ERIFICARSeptiembre
Vehículos Usados
26 de septiembre
al 25 de octubre
Periódico
Ley
Federal
de
Protección
al
Consumidor y su Reglamento.
NOM-122-SCFI-2010,
Prácticas
comerciales-Elementos normativos para la
comercialización y/o consignación de
vehículos usados
G
UÍA DE LA
V
ERIFICACIÓN DENTRO DEL PROGRAMA DE
V
EHÍCULOS
U
SADOS
2012
En el marco del programa se verificará que los proveedores ajusten sus prácticas comerciales a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y cumplan con los requisitos y especificaciones establecidas por las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables, en los términos siguientes:
C
OMPORTAMIENTOC
OMERCIALElementos a observar
Fundamento
Exhibir precios y tarifas en montos totales a pagar. Art. 7bis y 57 de la LFPC Respetar los precios y tarifas de los bienes,
productos y servicios exhibidos o anunciados al consumidor.
Artículo 7 de la LFPC
En caso de establecer reglas y condiciones en las promociones y ofertas anunciadas, indicar al consumidor en qué consisten
Artículo 48 de la LFPC
Hacer patentes en forma clara y veraz las leyendas que restrinjan el uso del bien o producto, relativas a promociones y ofertas
En el uso de leyendas como “Aplican restricciones”, “Se aplican restricciones”, se deberá señalar claramente que restricciones se aplican.
Artículos 38 de la LFPC
N
ORMASO
FICIALESM
EXICANASV
ERIFICACIÓN DE LANOM-122-SCFI-2005
Elementos a observar
Fundamento
Contar con mecanismos de atención al consumidor, tales como: Número telefónico, fax, correo electrónico o algún otro medio accesible para plantear dudas, aclaraciones, reclamaciones u obtener servicios de orientación.
NOM-122-SCFI-2005 Numeral 3.3
Colocar en el interior del establecimiento, a la vista del público, precios, forma de pago, horario de atención.
NOM-122-SCFI-2005 Numeral 3.4
Entregar al consumidor factura, recibo o comprobante en el que consten los datos específicos de la comercialización y que acredite la propiedad del vehículo usado
NOM-122-SCFI-2005 Numeral 3.6
Entregar al consumidor la documentación necesaria para el libre tránsito del vehículo usado en territorio nacional.
NOM-122-SCFI-2005 Numeral 3.6
Elementos a observar
Fundamento
Informa al consumidor, antes de formalizar lacomercialización del vehículo usado, si éste se ofrece con garantía.
NOM-122-SCFI-2005, Numeral 4.1
En caso de no otorgar garantía, informar por escrito al consumidor, al igual que las consecuencias e implicaciones por no otorgarla, precisando que será el consumidor quien asumirá los costos por reparaciones, suministro de refacciones, mano de obra calificada, entre otros.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 4.1
Proporcionar información y publicidad relativa a la comercialización y/o prestación del servicio de consignación de vehículos usados de forma veraz y comprobable, exenta de textos diálogos, sonidos, imágenes u otras descripciones que induzcan a error o confusión al consumidor por engañosas o abusivas.
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.2
Exhibir a la vista del consumidor los precios y características de los vehículos usados que se ofrecen en venta, especificando al menos la marca y modelo del mismo, así como los costos por la prestación del servicio de consignación y la garantía correspondiente, en caso de que se ofrezca.
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.3 y 4.3.1
Exhibir a la vista del consumidor una leyenda que indique que el proveedor cuenta con las licencias, permisos, avisos o autorizaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades y que el vehículo usado cumple con todas las especificaciones legales y comerciales para poder ser comercializado.
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.3.2
Exhibir a la vista del consumidor las especificaciones técnicas de los vehículos usados que se comercializan
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.3.3
Exhibir a la vista del consumidor el consumo de combustible de los vehículos usados que comercializa.
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.3.3
Exhibir a la vista del consumidor el señalamiento de que los vehículos usados que comercializa cumplen con los lineamientos en materia de control de emisiones de contaminantes; de protección al medio ambiente; de seguridad para los consumidores; de condiciones físico mecánicas y de registro vehicular que autoricen la circulación de los mismos, conforme lo disponen las leyes y demás ordenamientos, tanto locales como federales.
NOM-122-SCFI-2010 Numeral 4.3.3
D
E LOS CONTRATOS DEA
DHESIÓNElementos a observar
Fundamento
Utilizar el contrato de adhesión registrado ante la PROFECO, para formalizar las operaciones
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
Utilizar contrato de adhesión escrito en idioma español y legible a simple vista
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
Utilizar contrato de adhesión que contenga al menos para su comercialización la información siguiente:
Lugar, fecha y hora de celebración del contrato.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
Que el contrato de adhesión que utiliza el establecimiento, contenga al menos:
Nombre o razón social del proveedor, su domicilio y RFC.
Nombre o razón social, domicilio, teléfono y, en su caso, RFC del consumidor.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
C
OMERCIALIZACIÓNElementos a observar
Fundamento
El contrato de adhesión que utiliza el establecimiento, debe contener al menos para la
comercialización la información siguiente: Del vehículo:
No. de Identificación vehicular. Marca. Submarca. Versión o tipo. Modelo. Año. Color.
No. de kilómetros recorridos.
No. de constancia de inscripción al REPUVE. No. de placas de circulación.
Otro dato exigido por las disposiciones legales locales y federales aplicables.
Condiciones generales del vehículo usado en aspectos:
Físico-mecánicos.
Control de emisión de contaminantes, en su caso.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
Elementos a observar
Fundamento
Fecha, lugar y hora para la entrega del vehículousado.
Especificar si se ofrece con garantía o no
La documentación que se le entregará al consumidor El precio total del vehículo usado, con las opciones de pago disponibles, así como lugar y fecha donde deban hacerse los pagos correspondientes.
En caso de suscribir título de crédito, especificar qué tipo de título es, el número de ellos, importe, tasa de interés (fija o variable), metodología del cálculo de intereses ordinario y/o moratorios para el caso de mora en el pago.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
C
ONSIGNACIÓNElementos a observar
Fundamento
El contrato de adhesión que utilice el establecimiento, debe contener al menos la siguiente información, para la prestación del servicio de consignación.
Lugar y fecha de celebración del contra.
Nombre o razón social, domicilio, teléfono y RFC, tanto del proveedor, como del consumidor.
Vigencia del contrato
Lugar y fecha de celebración del contrato
Nombre o razón social, domicilio, teléfono y RFC, tanto del proveedor, como del consumidor.
Vigencia del contrato
Precio, forma y medio de pago del servicio de consignación.
Precio del vehículo usado y sus características específicas:
No. de Identificación vehicular.
Marca. Submarca. Versión o tipo. Modelo. NOM-122-SCFI-2010, Numeral 5.2
Año.
Color.
Kilómetros recorridos.
No. de constancia de inscripción al REPUVE.
No. de placas de circulación.
Otro dato exigido por las disposiciones legales locales y federales aplicables.
Condiciones generales del vehículo usado en aspectos:
Físico-mecánicos.
Control de emisión de contaminantes, en su caso.
La documentación que se le entregará al proveedor y los documentos oficiales que acrediten su legal estancia en el país, y los pagos de impuestos, derechos y aprovechamientos del vehículo usado.
Cláusula por la cual el consumidor del servicio de consignación faculta al proveedor para disponer del vehículo usado, con la finalidad de ofrecerlo y, en su caso, comercializarlo.
Cláusula en la que el proveedor se hace responsable por las posibles descomposturas, daños o pérdidas parciales o totales, mientras se encuentre en su resguardo
D
E LASG
ARANTÍASElementos a observar
Fundamento
Las garantías que se ofrezcan al consumidor, deben estar escritas en idioma español y con términos comprensibles y legibles.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 6.1 y 6.2 Establecer en la garantía el procedimiento y
ubicación de los lugares para que el consumidor solicite su cumplimiento, así como el horario y teléfonos de atención.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 6.3
Establecer claramente en la garantía su alcance, vigencia, duración, cobertura y condiciones.
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 6.4
Establecer en la garantía que el proveedor será responsable por las descomposturas, daños o pérdidas parciales o totales, imputables a él, que sufran los vehículos usados mientras se encuentren bajo su responsabilidad para llevar a cabo el cumplimiento de la garantía otorgada
NOM-122-SCFI-2010, Numeral 6.5
I
NFORMACIÓN
I
MPORTANTE
-
NOM-122-SCFI-2010
P
RÁCTICAS COMERCIALES
-
ELEMENTOS NORMATIVOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN
Y
/
O CONSIGNACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS
.
Establece los elementos normativos que los proveedores deben cumplir en la comercialización y/o la prestación de servicios de consignación de vehículos usados dentro de la República Mexicana, a fin de que los consumidores cuenten con la información suficiente para tomar la decisión que más convenga a sus intereses. Es de observancia general y obligatoria para todas las personas físicas o morales que comercialicen y/o proporcionen servicios de consignación de vehículos usados.
No aplica a las personas físicas y morales que comercialicen vehículos usados que no necesiten obtener autorizaciones o permisos de autoridad alguna (placas y tarjetas de circulación, entre otros) por no estar destinados al tránsito por vías públicas en términos de los ordenamientos de tránsito y vialidad aplicables
PUNTOS A DESTACAR:
1.- Se debe exhibir a la vista del consumidor, al menos el precio y las características del vehículo en venta, los costos por la prestación del servicio de consignación, si éste es el caso. Deberán colocar en el interior del establecimiento el horario de atención, los precios y las formas de pago, así como una leyenda que indique que el proveedor cuenta con las licencias, permisos, avisos o autorizaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades, y que el vehículo usado cumplen con todas las especificaciones legales para poder ser comercializado.
2.- Se debe informarpor escrito, antes de formalizar la comercialización del vehículo usado, si se ofrece o no garantía. En caso de no otorgarla, deberá quedar claro que es el consumidor quien asumirá los costos por reparaciones, suministro de refacciones, mano de obra calificada, entre otros.
3.- Los contratos de adhesión que utilicen los proveedores deben estar escritos en idioma español y ser legibles a simple vista, asimismo, deben estar registrados ante la PROFECO y contener, al menos, el lugar, fecha y hora de celebración del contrato; el nombre o razón social, domicilio, teléfono y RFC tanto del proveedor como del consumidor; especificar las características del vehículo usado ( número de identificación vehicular, marca, submarca, versión o tipo, modelo, año, color, kilómetros recorridos, número de placas de circulación y condiciones generales [aspectos físicos-mecánicos y de dispositivos de seguridad]), así como acreditar documentalmente la legalidad y propiedad del vehículo en venta.
3a.- Deberán especificar la vigencia del contrato, así como el precio, forma y medio de pago del servicio de consignación y las penas convencionales a las que se hacen acreedoras las partes por incumplimiento de contrato de adhesión y el procedimiento para hacerlas efectivas.
4.- Las garantías que en su caso ofrezca el proveedor deben expedirse por escrito de manera clara y precisa, con el sello y firma al momento de la entrega del vehículo y deberán estar escritas en idioma español, en términos comprensibles y legibles, sin perjuicio de que además se exprese en otro idioma; se debe establecer el procedimiento y ubicación de los lugares para que el consumidor solicite su cumplimiento, así como el horario y teléfonos de atención.
4a.- Resulta muy importante especificar claramente el alcance y vigencia (fecha de inicio y conclusión) de la garantía, duración, cobertura (las partes del vehículo usado que cuentan con la misma) y condiciones.