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INFORMATIVAS 2012 A.E.A.T. D.I.T. S.G. de Aplicaciones. Servicios de Ayuda a la Declaración

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A.E.A.T.

D.I.T.

S.G. de Aplicaciones

INFORMATIVAS 2012

Servicios de Ayuda a la Declaración

Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.2 (21/12/2012)

(2)

ÍNDICE

A.E.A.T. ...1

 

D.I.T. ...1

 

S.G. de Aplicaciones ...1

 

ÍNDICE ...2

 

1

 

INTRODUCCIÓN ...5

 

1.1

 

Modelos de declaración ...5

 

1.2

 

Modos de presentación de las informativas 2012 ...5

 

2

 

CONFECCIÓN DE DECLARACIONES ...7

 

2.1

 

Especificaciones ...7

 

2.2

 

Formas ...7

 

2.3

 

Servicio de Validación y Pruebas (Pruebas de interfaz de envío, firma de declaraciones y validación de datos) ...7

 

3

 

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS ...9

 

4

 

EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS ...12

 

4.1

 

Servicio de Validación y Pruebas ...12

 

4.1.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 12

 

4.1.2

 

Desde la Página de Presentación (entorno de Preproducción) ¡Error! Marcador no definido.

 

4.2

 

Servicio de Presentación Telemática ...13

 

4.2.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 13

 

4.2.1.1

 

Envío de fichero vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas (como texto en claro) ... 14

 

4.2.1.2

 

Envío del fichero vía el servicio TGVI (Transmisión de Grandes Volúmenes de Información) ... 15

 

4.2.1.3

 

Envío de fichero vía el servicio de impresión

(3)

(Predeclaración) ... 15

 

4.2.2

 

Enlace con el formulario ... 16

 

5

 

DUDAS MÁS FRECUENTES ...17

 

6

 

ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS (ENVÍO DE FICHEROS) ...19

 

6.1

 

Integración con el servicio de Presentación Telemática ...19

 

6.1.1

 

Invocación del servicio de Presentación Telemática ... 19

 

6.1.1.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 19

 

6.1.1.1.1

 

Funcionalidades que debe cubrir el software comercial 19

 

6.1.1.1.2

 

Descripción de la firma a partir del fichero que contiene la declaración ... 20

 

6.1.1.1.3

 

Envío firmado al servidor de la AEAT ... 21

 

6.1.1.1.4

 

Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente ... 30

 

6.1.1.1.5

 

Presentación telemática de declaraciones con errores leves 33

 

6.1.1.1.6

 

Comprobación de la presentación de la declaración34

 

6.1.1.1.7

 

Validación y Prueba ... 36

 

6.1.1.2

 

Enlace con el formulario: ... 39

 

6.1.2

 

Juego de caracteres válido ... 39

 

6.1.3

 

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT 39

 

6.2

 

Integración con el servicio de Predeclaración ...40

 

6.2.1

 

Invocación del servicio de Predeclaración ... 40

 

(4)

6.2.1.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 40

 

6.2.1.1.1

 

Envío al servidor de la AEAT ... 40

 

6.2.1.1.2

 

Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente ... 42

 

6.2.1.1.3

 

Validación y Prueba ... 42

 

6.2.1.2

 

Enlace con el formulario ... 43

 

6.3

 

Integración con el servicio de Impresión ...44

 

6.3.1

 

Invocación del servicio de Impresión ... 44

 

6.3.1.1

 

Envío directo al servidor de la AEAT ... 44

 

6.3.1.1.1

 

Envío al servidor de la AEAT ... 44

 

6.3.1.1.2

 

Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente ... 46

 

6.3.1.1.3

 

Pruebas ... 46

 

6.3.1.2

 

Enlace con el formulario ... 47

 

6.4

 

Requisitos comunes a los servicios ...48

 

6.4.1

 

Juego de caracteres válido ... 48

 

6.4.2

 

Recursos mínimos para trabajar con las páginas de la AEAT49

 

6.4.2.1

 

Ordenador. Configuración. ... 49

 

6.4.2.2

 

Impresora ... 49

 

(5)

1 INTRODUCCIÓN

Este documento recopila los distintos servicios de ayuda a la declaración para las declaraciones informativas de 2012, que la Agencia Tributaria pone a disposición de sus colaboradores: empresas de desarrollo (EEDD), entidades colaboradoras (EECC) y gestores administrativos (GGAA). Por tanto, tiene por objeto difundir la oferta de servicios y los detalles necesarios para su utilización.

Los servicios de ayuda se diseñan atendiendo al hecho de que para muchos modelos la mayoría de las declaraciones se presentan por Internet, y en el caso de algunos modelos de forma obligatoria para ciertos contribuyentes y volúmenes.

Antes de describir los servicios de ayuda repasaremos la configuración de los modelos y modos de presentación.

1.1 Modelos de declaración

Este documento recoge la especificación relativa a la interfaz de envío y de firma de los siguientes modelos de informativas del ejercicio 2012: 180, 181, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 294, 295, 296 y 345.

Posteriormente se actualizará para recoger las especificaciones relativas a los modelos 184 (febrero 2013), 189, 299, 347 (febrero 2013) y 349 2013 (febrero 2013).

1.2 Modos de presentación de las informativas 2012

Las declaraciones informativas 2012 deben presentarse por vía telemática, según las siguientes modalidades:

a) Vía telemática por Internet como Presentación “habitual” (con certificado):

incluyendo los envíos que utilizan el mecanismo de Transmisión de Grandes Volúmenes de Información o TGVI. Obligatorio hasta 10.000.000 de registros. Se pueden presentar por esta vía declaraciones con más de 10.000.000 de registros.

b) Vía telemática por Internet como Predeclaración (sin certificado), mediante

el servicio de impresión de la AEAT: sólo aquellas declaraciones con 15 o

(6)

menos registros de detalle de los modelos 180, 188, 190, 193, 198, 296 y 345 (y 184, 347 y 349) ó 100 en el caso del modelo 182, en los casos en que así lo prevea la normativa. Excepto para las entidades que tengan la forma jurídica de SA o SL así como para los sujetos pasivos que se califiquen como grandes empresas (adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas). Para completar la presentación es necesario efectuar posteriormente su confirmación, como se indica más adelante.

c) Vía Soporte directamente legible por ordenador: puede elegirse esta vía para declaraciones que contengan más de 10.000.000 de registros cualquiera que sea la persona o entidad obligada a su presentación, en los casos en los que así lo prevea la normativa.

A partir de aquí nos referiremos exclusivamente a las declaraciones presentadas

por vía telemática por Internet.

(7)

2 CONFECCIÓN DE DECLARACIONES

2.1 Especificaciones

Las declaraciones informativas 2012 que sean confeccionadas mediante herramientas informáticas deben atender a las especificaciones de validaciones para generar los ficheros correspondientes:

• En http://www.agenciatributaria.es Ayuda > Diseños de registro está publicado el diseño de registro de los distintos modelos de informativas.

• En http://www.aeat.es/padres/eedd se encuentran publicadas las Especificaciones del Servicio de validación de Declaraciones Informativas 2012.

2.2 Formas

Atendiendo a las especificaciones y al diseño de registro existen dos formas de confección de la declaración:

- Software comercial: Las entidades proveedoras de software pueden generar el fichero de la declaración. Para ello, como hemos dicho, la AEAT ha puesto a su disposición en Internet las especificaciones del diseño de registro y el MIPF para algunas validaciones formales en local.

- Programa de Ayuda de la AEAT (sólo para los modelos 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347 y 349).

2.3 Servicio de Validación y Pruebas (Pruebas de interfaz de envío, firma de declaraciones y validación de datos)

Se trata de los mismos servicios descritos en la Presentación Telemática, excepto

los de TGVI, cambiando simplemente el dominio del servidor de las “urls” definidas

como “ACTION” en las tablas A de los servicios de Predeclaración y Presentación

Telemática (apartados 6.1 y 6.2), siendo el resto de la interfaz y firma exactamente

igual a las descritas en los apartados correspondientes.

(8)

La equivalencia de dominios sería:

htpps://www1.agenciatributaria.gob.es/.. -Æ https://www7.aeat.es/..

(ejemplo: https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwbewlinkwb debería ser https://www7.aeat.es/es13/l/ewwbewlinkwb)

htpps://www2.agenciatributaria.gob.es/.. -Æ https://www6.aeat.es/..

(ejemplo: https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/l/zi21zilk0021 debería ser https://www6.aeat.es/es13/l/ zi21zilk0021)

(9)

3 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS

Generado el fichero de la declaración, se presentará con certificado electrónico por Internet para los obligados a la utilización de esta vía y para aquéllos otros que opten por la misma, en la Sede Electrónica de la AEAT.

La presentación de declaraciones por vía telemática por Internet técnicamente se realiza de dos formas:

a) Envío vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas (texto en claro)(con certificado electrónico): Todos los modelos. Es la forma clásica de presentación por vía telemática por Internet. Este servicio valida el contenido de la declaración en el mismo momento de la presentación, y en el caso de detectarse errores, se impide la presentación hasta su subsanación.

b) Envío vía el servicio TGVI (en binario): a partir del ejercicio 2012, todos los modelos. Este servicio en el momento de presentación realiza unas validaciones “ligeras” del contenido de la declaración, realizándose las validaciones completas de modo off-line en las horas posteriores a la presentación. En caso de detectarse errores tras las validaciones completas, el declarante deberá proceder a su corrección usando los servicios que la AEAT pone a su disposición para tal fin. Para más información puede consultarse la última versión del documento de

“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI” publicado en http://www.aeat.es/padres/eedd.

c) Envío vía el servicio de impresión de la AEAT (Predeclaración).(sin certificado electrónico). Para todos los modelos soportados por programas de ayuda (ver 2.2 Formas). Este servicio realiza la validación del contenido de la declaración en el momento de la presentación. Si se detecta algún error se impide la presentación.

El servicio por el que deben presentarse las declaraciones de un determinado

modelo y ejercicio dependerá del número de registros (umbral) de la declaración

a presentar. Si la declaración tiene un número de registros por debajo del

(10)

umbral o igual al umbral, se deberá enviar vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas o Predeclaración. Si la declaración tiene un número de registros por encima del umbral, se deberá enviar vía el servicio TGVI. Los umbrales son distintos para cada modelo, pueden variar en función del ejercicio y también pueden ser modificados a criterio de la AEAT en cualquier momento.

Para conocer con exactitud en un momento dado el umbral para cada modelo y ejercicio deberá hacerse uso de los servicios descritos en el documento de

“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”

publicado en http://www.aeat.es/padres/eedd.

A partir de este momento, salvo que se indique explícitamente, el documento sólo se referirá a las presentaciones vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas o Predeclaración.

• Presentación Telemática “habitual”

Una vez haya sido presentada la declaración, se obtendrá una página de respuesta del servidor con el justificante de presentación en formato PDF validado con un código seguro de verificación. El PDF justificante de presentación contendrá la declaración completa para ficheros con menos de 500 registros tipo 2. En el caso de superar ese límite, el PDF con carácter general mostrará el registro tipo 1 y una diligencia.

Desde la Sede Electrónica de la AEAT, mediante dicho código seguro de verificación se podrán obtener copias electrónicas de la declaración en formato PDF (justificante de presentación), para habilitar su impresión en papel. El fichero presentado puede obtenerse con la opción de “descarga de ficheros” del modelo correspondiente.

• Predeclaración

Si no existe error, la declaración se acepta provisionalmente, a la espera

de su posterior confirmación. Se obtendrá una página de respuesta del

servidor con el justificante de presentación en formato PDF.

(11)

Una vez obtenido el número de justificante de la declaración, la confirmación de la misma podrá efectuarse alternativamente:

1. De forma telemática, sin necesidad de impresión:

¾ Enviando el siguiente mensaje SMS a la Agencia Estatal de Administración Tributaria al número 217223: Ejemplo

MODELO 190 1901234567890 12345678Z

NOTA: El contenido del mensaje SMS corresponde a la palabra MODELO, seguido del código del modelo, del nº de justificante y del NIF, separados por un espacio.

¾ La Agencia Tributaria le devolverá un mensaje SMS, con remitente AEAT, confirmando la presentación efectuada junto con un código seguro de verificación (CSV) de 16 caracteres, que deberá ser conservado como justificante de dicha presentación.

¾ De no haberse efectuado correctamente la presentación de la declaración, la Agencia Tributaria enviará un mensaje SMS comunicando dicha circunstancia e indicando el error que se haya producido.

2. En papel, imprimiendo el "ejemplar para la Administración" del PDF obtenido mediante el servicio de impresión de la Agencia Tributaria.

• Firmar y presentar el ejemplar para la Administración en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

• - Firmar y presentar el ejemplar para la Administración en cualquier oficina de su entidad colaboradora cuando la declaración se presente

conjuntamente:

• - con el modelo de la declaración-documento de ingreso que tenga asociado, correspondiente al último periodo del año inmediato anterior, siempre que ésta última declaración resulte a ingresar y el ingreso se efectúe en la misma entidad o,

• - con el modelo de la última autoliquidación periódica con resultado a

devolver.

(12)

4 EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS

Las sucesivas especificaciones de estos servicios se publicarán en la página Web de las empresas de desarrollo firmantes del acuerdo con la Agencia (https://www.aeat.es/padres/eedd).

Todos estos servicios, para su uso directo sin integración con el software comercial, estarán disponibles en la Sede Electrónica de la AEAT.

A continuación se hace una primera aproximación a dichas especificaciones para que, desde el software comercial, se pueda realizar la integración con cada uno de ellos. Los detalles pueden consultarse en el apartado 6.

4.1 Servicio de Validación y Pruebas

Mediante este servicio se verifica la secuencia de envío y que la firma es correcta, analizando además tanto el contenido fiscal como el contenido formal de la declaración.

Existen dos formas de invocarlo:

4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y se necesita firmar CON CERTIFICADO electrónico de usuario.

El servicio procede a realizar las validaciones indicadas de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página de aceptación (sin código seguro de verificación). En el servicio de Predeclaración, dentro de este entorno de preproducción de exteriores, se ha eliminado el control que impide a los NIF que comienzan con A y B utilizar este servicio. Igualmente, se ha eliminado el control sobre el número de registros (15 en general, 100 para el modelo 182).

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el

método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que

forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden

determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación

(13)

urlencoded.

4.2 Servicio de Presentación Telemática

Existen dos formas de presentar telemáticamente por Internet el fichero que contiene la declaración:

4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT

El envío directo puede realizarse utilizando dos mecanismos:

• Vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas.

• Vía el servicio TGVI.

• Vía el servicio de impresión (Predeclaración)

El servicio por el que deben presentarse las declaraciones de un determinado modelo y ejercicio dependerá del número de registros (umbral) de la declaración a presentar. Los umbrales son distintos para cada modelo, pueden variar en función del ejercicio y también pueden ser modificados a criterio de la AEAT en cualquier momento.

Las declaraciones serán enviadas vía los diferentes servicios, dependiendo de varias características, de acuerdo a la siguiente tabla:

Persona o entidad declarante

N.º total de registros (incluido

el registro del declarante) Forma de presentación

- Grandes Empresas (1) - Sociedades anónimas - Sociedades de

responsabilidad limitada

Hasta umbral TGVI * Presentación Telemática "habitual"

Desde umbral TGVI Hasta 10.000.000 registros

* Presentación Telemática "habitual"

* TGVI

(14)

Más de 10.000.000 registros

* Presentación Telemática "habitual"

* TGVI

* Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R ó DVD+R)

Restantes declarantes

Hasta 16 registros (2) * Presentación Telemática "habitual"

* Predeclaración Desde 16 registros (2)

Hasta umbral TGVI * Presentación Telemática "habitual"

Desde umbral TGVI Hasta 10.000.000

* Presentación Telemática "habitual"

* TGVI

Más de 10.000.000 registros

* Presentación Telemática "habitual"

* TGVI

* Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R ó DVD+R)

(1) Personas o entidades adscritas a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas dependientes del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT.

(2) 101 (en vez de 16) registros en el caso del modelo 182

Para conocer con exactitud en un momento dado el umbral para cada modelo y ejercicio deberá hacerse uso de los servicios descritos en el documento de

“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”

publicado en http://www.aeat.es/padres/eedd.

4.2.1.1 Envío de fichero vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas (como texto en claro)

Para declaraciones con un máximo de 30000 registros si éstos son de 500 posiciones y un máximo de 50000 registros si éstos son de 250 posiciones. Si se superan estos límites, la presentación telemática deberá realizarse por el servicio TGVI (ver apartado 4.2.1.2).

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y se necesita

(15)

firmar CON CERTIFICADO electrónico.

Este servicio procede a la validación on-line del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página html de respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF embebido y el código seguro de verificación. A su vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.

4.2.1.2 Envío del fichero vía el servicio TGVI (Transmisión de Grandes Volúmenes de Información)

Está disponible para todos los modelos anuales del ejercicio 2012.

Sólo se permite la presentación de declaraciones con más de un determinado número de registros (umbral), que es distinto en función del modelo y ejercicio.

Este servicio en el momento de presentación realiza unas validaciones “ligeras”

del contenido de la declaración, realizándose las validaciones completas de modo off-line en las horas posteriores a la presentación. En caso de detectarse errores tras las validaciones completas, el declarante deberá proceder a su corrección usando los servicios que la AEAT pone a su disposición para tal fin.

Para utilizar este mecanismo deberán seguirse las especificaciones publicadas en la última versión del documento “Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”. En este documento hay más información sobre los modelos para los que está disponible este tipo de transmisión y el límite de registros (umbral).

4.2.1.3 Envío de fichero vía el servicio de impresión (Predeclaración)

Para declaraciones con un máximo de 16 registros. Si se superan estos límites, la

presentación telemática deberá realizarse por el servicio de Presentación telemática

(16)

“habitual” o por el servicio TGVI.

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y no requiere CON CERTIFICADO electrónico.

Este servicio procede a la validación on-line del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página html de respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF embebido. Este servicio no tiene versión para presentación de declaraciones por lotes. Si no se han producido errores, la declaración permanece en el sistema a la espera de confirmación por cualquiera de las vías ya descritas.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.

4.2.2 Enlace con el formulario

Será necesario incorporar en el software comercial una llamada a cierta URL de la AEAT, existiendo dos posibilidades:

- Llamada sin parámetro: abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al servidor de la AEAT.

- Llamada indicando la ruta del fichero de datos a importar: abrirá una página Web de la AEAT en la que se muestre el contenido del fichero y permita remitirlo al servidor de la AEAT.

La AEAT, de forma interna y completamente transparente para el software

comercial, redirigirá el fichero al servicio habitual de Presentaciones Telemáticas o al

servicio TGVI según corresponda en función del número de registros del fichero y el

valor del umbral para el modelo y ejercicio de que se trate.

(17)

5 DUDAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Dónde se acude ante dudas o incidencias informáticas ?

Para cualquier duda que pueda surgir, tanto las entidades financieras como los profesionales tributarios pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención Telefónica dependiente del Departamento de Informática (teléfono 901200347 y [email protected])

2. Horario de transmisiones ¿se podrán realizar todos lo días? ¿existe límite de horario?

Las transmisiones se pueden realizar todos los días a cualquier hora, pero es aconsejable hacerlo en días hábiles de 08:00 a 20:00 para reducir el impacto de las posibles incidencias.

Si es posible, se recomienda utilizar la franja horaria de 14:00h a 16:00h, especialmente en el último día de plazo de presentación, puesto que se ha detectado que son horas valle en cuanto al número de presentaciones. De esta forma, se mejorarán los tiempos de respuesta.

3. ¿Por Internet pueden enviarse ficheros multideclaración como se hacía por EDITRAN?

Por internet (vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas o vía TGVI) no existen ficheros multideclaración como existían en EDITRAN; es decir, cada declaración (un modelo de un declarante de un ejercicio/periodo) es un fichero diferente que se presenta de forma independiente.

4. ¿Qué es el “umbral” y qué implicaciones tiene para el software comercial?

El “umbral” es un límite fijado por modelo y ejercicio que determina qué declaraciones pueden o deben enviarse vía el servicio TGVI y cuáles vía el servicio

“habitual” de Presentaciones Telemáticas.

Para un modelo/ejercicio dado, el presentador puede tener declaraciones con un

número de registros por encima y por debajo del umbral. La aplicación debe

(18)

discriminarlas y:

a) las que estén por encima del umbral enviarlas vía TGVI.

b) las que son iguales o están por debajo del umbral enviarlas vía el servicio habitual de Presentaciones Telemáticas.

También se podrán enviar vía el servicio “habitual” de Presentaciones telemáticas declaraciones por encima del umbral siempre que no se supere el siguiente número de registros: 50.000 si los registros son de 250 posiciones, 30.000 si los registros son de 500 posiciones.

5. Si en ejercicios anteriores el software comercial realizaba el envío de las declaraciones exclusivamente vía el servicio “habitual” de presentaciones telemáticas, ¿debe modificarse dicho software comercial para tener en consideración el umbral?

No hace falta si las declaraciones a presentar no superan el siguiente número de

registros: 50.000 si los registros son de 250 posiciones, 30.000 si los registros son

de 500 posiciones.

(19)

6 ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS (ENVÍO DE FICHEROS)

En este apartado se recogen las especificaciones para el envío de ficheros de declaración (como texto en claro). Para el envío a través del servicio TGVI debe consultarse el documento “Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”.

6.1 Integración con el servicio de Presentación Telemática

6.1.1 Invocación del servicio de Presentación Telemática

Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de la declaración que se desee presentar

1

.

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:

6.1.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

NOTA: El origen de la firma deberá ser construido por el aplicativo cliente.

6.1.1.1.1 Funcionalidades que debe cubrir el software comercial 1. Debe disponer de un servicio de captura del fichero a transmitir.

2. Debe seleccionar determinados campos de la declaración para mostrarlos al contribuyente con objeto de:

• Obtener la autorización para su transmisión a la A.E.A.T.

3. Debe generar una firma electrónica con el certificado de usuario o certificado de usuario del colaborador social según se especifica en el apartado 6.1.1.1.2.

4. Debe enviar el fichero plano, datos de firma y la firma electrónica según se especifica en el apartado 6.1.1.1.3.

1 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido

(20)

5. Debe devolver al contribuyente los datos en formato html como resultado de la aceptación o no de la declaración según se especifica en el apartado

6.1.1.1.4.

6. También es deseable que gestione los errores leves de tipo censal que pueden manifestarse en la presentación de la declaración según se especifica en el apartado 6.1.1.1.5

A continuación se describe cómo debe implementarse esta funcionalidad.

6.1.1.1.2 Descripción de la firma a partir del fichero que contiene la declaración El fichero de declaración informativa generado por el Programa de Ayuda de la AEAT u otro software comercial, contendrá un registro tipo 1, que empieza por 1, y cero (en declaraciones negativas), uno o varios registros tipo 2, que empiezan por 2. Pero nunca debe contener registros que empiecen por 0.

En el registro tipo 1 se localiza el NIF del declarante (posiciones 9 al 17) que se deberá contrastar con los datos del usuario, mostrarle los datos de la firma, pedir al usuario la firma o acreditación de la banca electrónica (en el caso de EEFF) y contrastarla para poder continuar con el envío.

El origen de firma será el “registro tipo 1” de la declaración, según el Diseño de Registro publicado para cada modelo. El origen de firma debe utilizar el juego de caracteres ISO-8859-1 y respetar lo indicado en el apartado 6.4.1.

El software comercial firmará el origen de firma, del que previamente se eliminarán los caracteres de tipo CRLF. La firma generada deberá estar en formato CAdES-EPES en modo explícito o dettached (no se incluye los datos firmados en la propia firma), tal y como se especifica en el documento “Nueva firma CAdES- EPES: especificaciones para firmas CAdES en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT” que se publica en el Portal de Empresas de Desarrollo

(http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrollador

es.html) en el menú Documentación> Especificaciones > General. El CAdES se

generará en formato BASE64.

(21)

6.1.1.1.3 Envío firmado al servidor de la AEAT

Se enviará a la URL de la A.E.A.T. que se indica a continuación (distinta según el modelo, ver tabla A), mediante el método POST un formulario web que contendrá, entre otros, los datos origen de la firma codificados en BASE64, junto con la firma generada.

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo

&, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como urlencoded, ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que la que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

HID=Constante según el modelo. (ver tabla A)

SOP=Vacío o Código de entidad de la EE.FF. Nota: Este código es el que se utiliza en las estadísticas, por lo que es importante que sea correcto.

NAV=Vacío.

NDC=NIF del declarante. (posiciones 9 al 17 del registro tipo 1)

NAP=Apellidos y nombre o Razón Social del retenedor. (posiciones 18 al 57 del registro tipo 1)

NOM=Apellidos y nombre de la persona de contacto. (posiciones 68 al 107 del registro tipo 1)

TEL=Teléfono. (posiciones 59 al 67 del registro tipo 1)

JUS=Número de Justificante.(posiciones 108 al 120 del registro

(22)

tipo 1)

EJF=Ejercicio Fiscal. (posiciones 5 al 8 del registro tipo 1)

COM=X o vacío. Declaración complementaria. (posición 121 del registro tipo 1)

SUS=X o vacío. Declaración sustitutiva. (posición 122 del registro tipo 1)

JUA= Número de Justificante anterior en sustitutivas, o vacío.

(posiciones 123 al 135 del registro tipo 1)

P01 ... P07=Campos de partidas según el modelo (ver tabla B).

Aclaración: Irán tantas parejas variable=valor como partidas corresponden a la declaración informativa, empezando por P01 hasta la PXX que corresponda a ese modelo de declaración.

TXT=Datos origen de la firma codificados en Base-64. (registro tipo 1)

FIR=Firma en el formato definido.

CRL= Vacío, Reservado AEAT

CMN= Vacío, Reservado AEAT (Camino de lectura del fichero).

LOT=0 (valor constante).

IDI=ES (valor constante).

LEV=000000000000, valor constante.

F01=Fichero completo de la declaración informativa leído en el equipo del cliente, y generado por el programa de Ayuda de la AEAT o software comercial, eliminados los saltos de línea.

PUN=00000000 (valor constante).

FIN= Vacío, F, indicador de fin de datos.

(23)

Excepto para el modelo 184 que seguirá la siguiente interfaz:

HID=Constante según el modelo. (ver tabla A)

SOP=Vacío o código de la Entidad Colaboradora (código bancario).

NAV=Vacío.

NDC=NIF del declarante. (posiciones 9 al 17 del registro tipo 1)

NRZ=Apellidos y nombre o Razón Social del retenedor. (posiciones 18 al 57 del registro tipo 1)

NPC=Apellidos y nombre de la persona de contacto. (posiciones 68 al 107 del registro tipo 1)

TEL=Teléfono. (posiciones 59 al 67 del registro tipo 1)

JUS=Número de Justificante.(posiciones 108 al 120 del registro tipo 1)

EJF=Ejercicio Fiscal. (posiciones 5 al 8 del registro tipo 1)

COM=X o vacío. Declaración complementaria. (posición 121 del registro tipo 1)

SUS=X o vacío. Declaración sustitutiva. (posición 122 del registro tipo 1)

JUA= Número de Justificante anterior en sustitutivas, o vacío.

(posiciones 123 al 135 del registro tipo 1)

EAE= Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en España. (posición 145 del registro tipo 1. Si el contenido es 0, se envía vacía. Si es distinto de 0 se envía ‘X’.

(24)

EAX= Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero. (posición 147 del registro tipo 1. Si el contenido es 0, se envía vacía. Si es distinto de 0 se envía ‘X’.

TIS= Tributación en régimen del impuesto sobre sociedades. (posición 156 del registro tipo 1)

P01 .. PNN=Campos de partidas según el modelo (ver tabla B).

TXT=Datos origen de la firma codificados en Base-64. (registro tipo 1)

FIR=Firma en el formato admitido.

CRL=Vacío.

CMN= Vacío, Reservado AEAT (Camino de lectura del fichero).

LOT=0 (valor constante).

IDI=ES (valor constante).

LEV=000000000000, valor constante.

F01=Fichero completo de la declaración informativa leído en el equipo del cliente, y generado por el programa de Ayuda de la AEAT o software comercial, eliminados los saltos de línea.

PUN=00000000 (valor constante).

FIN= Vacío, F, indicador de fin de datos.

(25)

En la siguiente tabla A se recogen la variable HID y el “action” del formulario al que se envía el fichero según la correspondiente declaración informativa 2012, que NO se encontrarán operativos hasta las 0:00 horas del día 2 de Enero de 2013:

TABLA A

MODELO ACTION HID

180 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwbewlinkwb INF2180A

181 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwcewlinkwc INF2181A 182 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwdewlinkwd INF2182A

184 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewweewlinkwe INF2184A 187 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwfewlinkwf INF2187A

188 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwgewlinkwg INF2188A 189 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwhewlinkwh INF2189A 190 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwoewlinkwo INF2190A

193 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwpewlinkwp INF2193A 198 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwqewlinkwq INF2198A

294 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwrewlinkwr INF2294A 295 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwsewlinkws INF2295A

296 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwtewlinkwt INF2296A 299 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwuewlinkwu INF2299A

345 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwjewlinkwj INF2345A 347 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewwkewlinkwk INF2347A

Atención: Se puede invocar al servidor https://www1.agenciatributaria.gob.es/

(solicita certificado electrónico) o https://www2.agenciatributaria.gob.es/ (sin certificado)

(26)

En la siguiente tabla B se recogen las partidas P01 a PXX que corresponde a cada una de las declaraciones informativas, que se deben insertar en el formulario que se envía entre las variables JUA y TXT:

TABLA B

MODELO Variables

180 P01=Número total de perceptores relacionados(posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Base de las retenciones e ingresos a cuenta(posiciones 145 al 160 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta(posiciones 161 al 175 del registro tipo 1)

181 P01=Número total de registros declarados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe total del capital amortizado (posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

P03=Importe total de los intereses abonados en el ejercicio (posiciones 160 al 174 del registro tipo 1)

P04=Importe total de los gastos derivados (posiciones 175 al 189 del registro tipo 1)

P05=Importe total de los saldos pendientes (posiciones 190 al 203 del registro tipo 1)

182 P01=Número total de registros de declarados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe y/o valoración de los donativos, aportaciones o disposiciones(posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

184 P01=Número total de perceptores relacionados(posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe neto de la cifra de negocios(posiciones 157 al 171 del registro tipo 1)

(27)

187 P01= Número total de operaciones relacionadas(posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02= Importe total de las adquisiciones(posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

P03= Importe total de las enajenaciones(posiciones 160 al 174 del registro tipo 1)

P04= Importe total de las retenciones(posiciones 175 al 189 del registro tipo 1)

188 P01=Número total de perceptores relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Base de las retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 160 al 174 del registro tipo 1)

189 P01=Número total de declarados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=valoración (posiciones 145 al 167 del registro tipo 1)

190 P01=Número total de perceptores relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe total de las percepciones relacionadas(posiciones 145 al 160 del registro tipo 1)

P03=Importe total de las retenciones e ingresos a cuenta relacionados

(posiciones 161 al 175 del registro tipo 1)

193 P01=Número total de perceptores relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Base de las retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 160 al 174 del registro tipo 1)

(28)

P04=Retenciones e ingresos a cuenta ingresados (posiciones 175 al 189 del registro tipo 1)

P07=Importe de gastos(posiciones 220 al 234 del registro tipo 1)

198 P01= Número total de declarados relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe total de las operaciones relacionadas (posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)

P03=Importe rendimientos (posiciones 163 al 180 del registro tipo 1)

P04=Importe compensaciones(posiciones 181 al 197 del registro tipo 1)

294 P01= Número total de registros (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02= Importe de los beneficios (posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)

P03= Importe de las adquisiciones (posiciones 177 al 194 del registro tipo 1)

295 P01= Número total de clientes (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02= Valor de adquisición (posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)

P03= Valor liquidativo (posiciones 163 al 180 del registro tipo 1)

296 P01=Número total de perceptores (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Base de las retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 160 al 174 del registro tipo 1)

P04=Retenciones e ingresos a cuenta ingresados (posiciones 175 al

(29)

189 del registro tipo 1)

299 P01=Número total de registros de donantes (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe de los donativos dinerarios(posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 163 al 180 del registro tipo 1)

345 P01=Número total de declarados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Importe total de las aportaciones, contribuciones o cantidades abonadas (posiciones 145 al 159 del registro tipo 1)

347 P01=Número total de perceptores relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)

P02=Base de las retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 145 al 160 del registro tipo 1)

P03=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 161 al 169 del registro tipo 1)

P04=Retenciones e ingresos a cuenta (posiciones 170 al 184 del registro tipo 1)

Los datos origen de la firma y la firma se han de enviar como Base-64 y sin que contengan caracteres de tipo CRLF.

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en los envíos:

• Contenido de la variable F01=:

1. Pasar la cadena de datos del fichero completo de la declaración a ISO-8859-1

2

.

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

(30)

3. Transformar el resultado a URLEncoded.

• Contenido de la variable TXT=:

1. Obtener el origen de firma, que es el registro tipo 1 según el Diseño de Registro.

2. Pasar el origen de firma a ISO-8859-1

3

. 3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Transformar el resultado a Base64.

5. Transformar el resultado a URLEncoded.

• Contenido de la variable FIR=:

1. Obtener el origen de firma, que es el registro tipo 1 según el Diseño de Registro.

2. Pasar el origen de firma a ISO-8859-1

4

. 3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Generar la firma en el formato admitido y codificar a Base64.

5. Transformar el resultado a URLEncoded.

6.1.1.1.4 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

La AEAT genera, de forma predeterminada para cualquier petición de presentación de declaraciones con certificado electrónico, una respuesta en formato HTML con la copia electrónica de la presentación realizada, en formato PDF, embebida dentro de la página. A efectos de la AEAT el justificante de la presentación no es la página HTML devuelta sino el PDF que se encuentra embebido en la misma.

Para los casos de aceptación de la declaración el título de la página de respuesta correcta comienza por el Código Seguro de Verificación (16 primeros caracteres). El título de la página de rechazo tiene el texto “ERROR”.

La página correcta siempre contendrá el código seguro de verificación (variable

3 Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.

4 Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.

(31)

CEL de Javascript) y la página de respuesta de error nunca lo contendrá. El código seguro de verificación, junto con la fecha y hora (variables Javascript FEC y HOR) y el Nº de entrada de Registro (variable Javascript REG), indican que la declaración se ha aceptado y grabado en el servidor de la AEAT.

Las variables javascript disponibles son:

var CEL=”&CEL; ”; //Código seguro de verificación de la presentación var FEC=”&FEC;”; //Fecha de presentación

var HOR=”&HOR;”; //Hora de presentación

var REG=”®”; //Número de entrada de Registro var NIP=”&NIP; ”; //NIF Presentador.

var APP=”&APP;”;//Apellidos y nombre, razón social o denominación del presentador.

var CAP=”∩”; // En calidad de, del Presentador var NDC=”&NDC;”; //NIF Declarante.

var NAP=”≉”; //Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante.

var MOD=”&MOD;”; // Modelo var EJF=”&EJF;”; //Ejercicio Fiscal var PER=”&PER;”; //Periodo

var JUS=”&JUS;”; // Número de Justificante.

var IDI=”&IDI;”; // Idioma de la presentación.

Var VIA=”&VIA;”; //Vía de presentación

Adicionalmente, se podrán localizar los mismos datos en pseudoxml con los siguientes etiquetados:

<CEL>&amp;CEL;</CEL>

<FEC>&amp;FEC;</FEC>

<HOR>&amp;HOR;</HOR>

<REG>&amp;REG;</REG>

<NIP>&amp;NIP;</NIP>

<APP>&amp;APP;</APP>

<CAP>&amp;CAP;</CAP>

<NDC>&amp;NDC;</NDC>

(32)

<NAP>&amp;NAP;</NAP>

<MOD>&amp;MOD;</MOD>

<EJF>&amp;EJF;</EJF>

<PER>&amp;PER;</PER>

<JUS>&amp;JUS;</JUS>

<IDI>&amp;IDI;</IDI>

<VIA>&amp;VIA;</VIA>

En caso de error, la página de respuesta nunca contendrá la variable JavaScript CEL= y se podrán identificar las causas del error en las variables JavaScript Err[0]=

a Err[99]= . El número máximo de errores que se mostrará será de 100.

Variables javascript con la descripción de las causas del error:

Err[0]=“&amp;E00;“; Err[1]=“&amp;E01;“;

Err[98]=“&amp;E98;“; Err[99]=“&amp;E99;“;

Así mismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml:

<E00>&amp;E00;</E00><E01>&amp;E01;</E01>

<E98>&amp;E98;</E08><E99>&amp;E99;</E99>

No es posible anular declaraciones ya grabadas.

En el caso de producirse algún error de comunicaciones durante la transmisión de la declaración a la AEAT, se podrá recuperar la página de aceptación o de error efectuando de nuevo la transmisión de la declaración. Si no hubiese sido recepcionada anteriormente en la AEAT, se obtendrá la página de respuesta correcta o error correspondiente. En el caso de ya haber sido grabada y aceptada en la AEAT se tratará como una consulta mostrándose la hoja de aceptación de la declaración en el momento anterior (que contendrá el texto YA REALIZADA).

Las páginas de respuesta correcta se han modificado para cumplir con la normativa relacionada con la Ley 11/2007. En el documento “Nuevo justificante de presentación telemática: servicios de ayuda a la presentación de las declaraciones”

publicado en:

(33)

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrollador

es.html o

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.colaboradores/Colaboradores/Colaboradores.h tml donde se pueden consultarse los detalles.

6.1.1.1.5 Presentación telemática de declaraciones con errores leves

Los errores de validación de los ficheros de declaración se clasifican en dos tipos:

• Errores graves: impiden la presentación de la declaración. Deben ser obligatoriamente subsanados.

• Errores leves: no impiden la presentación de la declaración, aunque se recomienda su subsanación, puesto que reporta beneficios al contribuyente (por ejemplo, agilización de las devoluciones en los modelos que corresponda).

Al presentar por primera vez una declaración que contenga errores leves, se obtendrá una página de error con las características indicadas en el apartado anterior. La página de errores leves se distinguirá de la página de errores habitual por las siguientes características:

• Literal de identificación en el título de la página <title>Error - Pagina de errores leves</title>. Este literal de identificación no será traducido a idiomas.

• Presencia de la variable PEL, que siempre tomará el valor “1”.

No obstante, se puede realizar un segundo intento de presentación de dicha declaración, simplemente modificando el valor de la variable LEV, que en este caso deberá ser LEV=100000000000. La declaración se aceptará en el caso de que sólo se detecten errores leves (no se aceptará si en este segundo envío se detecta algún error grave).

Por lo demás, las características del envío y de la respuesta son las mismas que

las indicadas en los apartados 6.1.1.1.3 y 6.1.1.1.4.

(34)

6.1.1.1.6 Comprobación de la presentación de la declaración

comprobar que la de

probación en la AEAT:

ante el método POST un formulario que co

El software comercial puede proporcionar la posibilidad de

claración ha sido admitida por la AEAT, para lo cual puede utilizar dos alternativas:

A. Com

Se enviará a la URL medi

ntendrá los datos necesarios para identificar la declaración presentada.

Desde el servidor de la AEAT únicamente se muestran previa autenticación de certificado electrónico del titular o presentador.

El “action” del formulario desde el que se envían los datos para la comprobación de la presentación de las declaraciones informativas será:

MODELOS ACTION

180, 181,182, 184,187,188,189, 190, 193, 198, 294, 295, 296, 299, 345, 347

https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ewxaewlin kxa

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fue

s a co

se desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo &, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicado ntinuación:

HID= Constante según el modelo. (ver tabla D)

NIF=NIF del declarante.

EJF=2012 (constante, identifica el ejercicio consultado).

PER=Vacío

(35)

CEL= Vacío

EXP=Vacío

NIU=Vacío

IDI= ES (Constante)

VIA=Vacío

FIN=Vacío, (indicador de fin de datos).

TABLA D

MODELO HID

180 COINX180 181 COINX181

182 COINX182 184 COINX184

187 COINX187 188 COINX188

189 COINX189 190 COINX190 193 COINX193

198 COINX198 294 COINX294

295 COINX295

(36)

296 COINX296

299 COINX299 345 COINX345

347 COINX347

La respuesta del servidor consistirá gina html de respuesta de selección múltiple (incluso en el caso de que sólo haya una declaración para

de la respuesta correcta.

sus sistemas la respuesta correcta devuelta por la AEAT en su

contribuyente cada vez que éste se lo solicite.

6.1.1.1

en una pá

el NIF indicado) con las declaraciones/Códigos Seguros de Verificación para el NIF indicado.

B. Almacenamiento

El software comercial podrá almacenar en

día, la cual podrá mostrar al

.7 Validación y Prueba

Se ha habilitado un entorno de Pruebas para Externos para la realización de pruebas de presentaciones telemáticas de lo

la realización de pruebas vía TGVI debe consultarse el documento

“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT

mada a los servicios en el entorno de Pruebas para Externos s

la conexión SLL es distinta a la de los certificados del entorno de Producción.

s modelos de informativas del ejercicio 2012 (presentaciones vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas y vía TGVI). Este entorno se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.

Para

por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”. En este apartado se comentan las características de las pruebas vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas.

Las URLs o “action” de lla

on las mismas que las especificadas en el apartado 6.1.1.1.3 pero

sustituyendo el dominio “www1.agenciatributaria.gob.es” por “www7.aeat.es” y el

dominio “www2.agenciatributaria.gob.es” por “www6.aeat.es”. La autoridad de

certificación de los certificados del servidor de la AEAT en este entorno utilizados en

(37)

Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.

NIF” y

“A

clarante (posiciones 9 a 17 del Diseño de

ampo NIF del declarante

2. campo Apellidos y nombre, denominación o razón social del

l NIF utilizado.

ro es enviado con éxito y se quiere

deberá:

de Registro).

En el entorno de Pruebas para Externos no está habilitada la presentación en nombre de terceros, por lo que las declaraciones a presentar durante las pruebas deberán consignar en el registro tipo 1como datos del declarante el mismo “

pellidos y nombre, denominación o razón social” del certificado electrónico con el que se esté realizando la presentación.

Para las pruebas en este entorno, las empresas deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones relativas al registro tipo 1 del fichero a presentar:

1. Poner en el campo NIF del de

Registro) el NIF con el que hacen las pruebas, que deberá coincidir con el NIF del titular del certificado electrónico utilizado

5

.

El NIF del declarante podrá ser una persona física y/o jurídica, en función del modelo.

Este NIF también deberá tenerse en cuenta en el c de los registros tipo 2.

Poner en el

declarante (posiciones 18 a 57 del Diseño de Registro) los valores que correspondan acordes a

3. Cumplimentar el campo Número identificativo de la declaración (posiciones 108 a 120 del Diseño de Registro).

Para evitar rechazos por duplicados, si el fiche

realizar un nuevo envío del mismo (mismo modelo, ejercicio, periodo y NIF), se

4. Presentar la nueva declaración como sustitutiva:

a. Poner una “S” en el campo Decl. sustitutiva (posición 122 del Diseño

5 Deberá utilizarse un certificado electrónico de los admitidos por la

(38)

b. En el campo Número identificativo de la declaración anterior

icativo de la declaración presentada con anterioridad.

La declaración presentada con anterioridad será:

riores sustitutivas:

c. o el campo Número identificativo de la declaración

Re prueba d

El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Externos es

Las empresas deberán prestar especial atención a no utilizar las URLs de Pruebas para Externos cuando pongan su

(posiciones 123 a 135 del Diseño de Registro) indicar el valor del Número identif

i. Si se está presentando la primera sustitutiva: la declaración inicial.

ii. Si se está presentando la segunda o poste

la declaración sustitutiva inmediatamente anterior.

Modificar de nuev

(posiciones 108 a 120 del Diseño de Registro) para indicar otro valor distinto.

cuerde que si una presentación se realiza con éxito, en los sucesivos envíos de ebe presentar declaraciones sustitutivas.

idéntico al del entorno de Producción (salvo que en el PDF justificante de presentación aparecerá una marca de agua).

s aplicaciones a disposición de sus usuarios finales para realizar envíos reales.

Para los envíos reales las URLs deberán ser las del entorno de Producción. La

AEAT no se hace responsable de los problemas derivados de un mal uso de las

URLs por parte de las empresas.

(39)

6.1.1.2 Enlace con el formulario:

a invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en la L

siguiente URL:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/h/servurli.html?WEB=INTERNET&PR G=XXX&EJE=2012&URL=PIR&EXT=?FIC=<path_al_fichero_a_presentar>

Donde XXX es el código del modelo de informativa (valores posibles: 180,

181

, 18

l fic

la

bajar con las páginas HTML de la AEAT 2, 184,

187

, 188,

189

, 190, 193, 198,

294, 295,

296,

299,

345, 347 o 349) y donde la variable ‘FIC’ de la URL contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, a

hero que se desea presentar telemáticamente. Esta variable es opcional, si no se utiliza, se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a presentar telemáticamente.

El servicio de Presentación Telemática procederá a la firma electrónica de la declaración utilizando el certificado electrónico, y realizará la petición correspondiente a los programas HOST de la AEAT, que validarán la declaración y

firma y devolverán al contribuyente una respuesta con el resultado de la presentación según lo descrito en el apartado 6.1.1.1.4

6.1.2 Juego de caracteres válido

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los servicios.

6.1.3 Recursos mínimos para tra

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los servicios.

(40)

6.2 Integración con el servicio de Predeclaración

6.2.1 Invocación del servicio de Predeclaración

Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de la declaración que se desee enviar

6

.

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:

6.2.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

6.2.1.1.1 Envío al servidor de la AEAT

Al servicio se le pasará por el método POST del protocolo http una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario.Se debe respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.

La URL de llamada directa al servicio es:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/l/zi21zilk0021 (proxy)

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR

HID= ver Tabla X columna HID

MOD= XXX (ver Tabla X columna MODELO)

EJF= Ejercicio fiscal

6 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido indicado en el apartado 6.4.

(41)

IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES)

LEV=000000000000

F01= Fichero plano completo de la declaración informativa

CMN= Vacío, Reservado AEAT (Camino de lectura del fichero).

PRG= ver Tabla X columna PRG FIN= Vacío, indicador de fin de datos.

TABLA X

MODELO HID PRG

180 INB2180A EWLINKXD

182 INB2182A EWLINKXD

184 INB2184A EWLINKXD

188 INB2188A EWLINKXD

190 INB2190A EWLINKXD

193 INB2193A EWLINKXD

198 INB2198A EWLINKXD

296 INB2296A EWLINKXD

345 INB2345A EWLINKXD

347 INB2347A EWLINKXD

(42)

6.2.1.1.2 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

El fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT y si es correcto se almacenará provisionalmente en las bases de datos de la AEAT. La respuesta correcta será un documento en formato PDF con el contenido de la declaración, que puede ser impreso, almacenado y utilizado para la confirmación de la declaración. En caso de error, la respuesta será una página HTML con la relación de errores.

Variables javascript con la descripción de las causas del error:

Err[0]='&amp;E00;'; Err[1]='&amp;E01;';

Err[98]='&amp;E98;'; Err[99]='&amp;E99;';

Así mismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml:

<E00>&amp;E00;</E00><E01>&amp;E01;</E01>

<E98>&amp;E98;</E08><E99>&amp;E99;</E99

6.2.1.1.3 Validación y Prueba

Se ha habilitado un entorno de Pruebas para Externos para la realización de pruebas de predeclaración de los modelos de informativas del ejercicio 2012. Este entorno se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.

Las URLs o “action” de llamada a los servicios en el entorno de Pruebas para Externos son las mismas que las especificadas en el apartado 6.2.1.1.1 pero sustituyendo el dominio “www2.agenciatributaria.gob.es” por “www6.aeat.es”.

Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que cu

os es idé

alquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.

El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Extern

ntico al del entorno de Producción (salvo que en el PDF justificante de

presentación aparecerá una marca de agua). Las empresas deberán prestar

especial atención a no utilizar las URLs de Pruebas para Externos cuando pongan

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