PLAN DE CONSERVACIÓN Y MANEJO DEL ZAMARRITO DEL
PINCHE ( Eriocnemis isabellae ), ESPECIES Y ECOSISTEMAS
ASOCIADOS EN EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA (COLOMBIA)
ACUERDO DE DONACIÓN CONSERVACIÓN INTERNACIONAL – FUNDACIÓN ECOHABITATS – FONDO DE ALIANZAS PARA ECOSISTEMAS CRÍTICOS (CEPF)
CON EL RESPALDO DE:
ASOCIACIÓN AGROAMBIENTAL SANTA CLARA SERRANÍA DEL PINCHE CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CAUCA
CEPF-PATRIMONIO NATURAL OLIVIER LANGRAND- Director Ejecutivo CEPF MICHELE ZADOR- Directora de Portafolio CEPF FLORENCIA RENEDO- Gerente de Portafolio CEPF IMKE OETTING- FUNDESNAP- Gerente del Equipo Regional de Ejecución (RIT)
MÓNICA ORJUELA VÁSQUEZ- Patrimonio Natural- Equipo Regional de Ejecución (RIT)
FUNDACIÓN ECOHABITATS LILIANA PATRICIA PAZ B- Directora Ejecutiva LUIS ALFONSO ORTEGA F. – Coordinador Áreas Protegidas
ALEXANDER CORTES D. – Ornitólogo JHON ALEXANDER SANCHEZ T. – Botánico FERNANDO FELIPE MUÑOZ. – Experto SIG JUAN NICOLAS DIAGO. – Ornitólogo DAVID FERNANDO ANGULO O. – Ornitólogo ANDREA BORRERO - Ornitóloga
GLORIA MARIA MUÑOZ M. – Auxiliar administrativa y financiera
FERNANDO CUCALON S. – Contador
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CAUCA
YESID GONZALEZ D. – Director General
JULIO CESAR RODRIGUEZ P. – Profesional especializado
GRUPO GECO UNIVERSIDAD DEL CAUCA LUIS GERMÁN GÓMEZ BERNAL- Ornitólogo
ASOCIACIÓN AGROAMBIENTAL SANTA CLARA SERRANÍA EL PINCHE
JESUS ALVEIRO BOLAÑOS L.- Director Ejecutivo Asociación y Coordinador Local Proyecto CEPF NINI JOHANA BOLAÑOS HOYOS. Secretaria- Educación Ambiental
SANDRA GÓMEZ. Vicepresidente.
MARTHA HOYOS. Tesorera
DANIELA BOLAÑOS MARTÍNEZ. – Monitoreo comunitario aves vereda Santa Clara
JAIME HOYOS GÓMEZ. – Monitoreo comunitario aves vereda Las Pilas.
RICHARD BETANCOURT RENGIFO- Presidente JAC Santa Clara. - Coordinador Comité Guardia Ambiental (COGASAP).
NELLY ESNEIDA BOLAÑOS HOYOS -Grupo de Gestión Nuevo Amanecer Santa Clara
MIGUEL ÁNGEL MUÑOZ Coordinador Grupo De Gestión Sueños De Futuro El Naranjal
JHON JAMES TRUJILLO GÓMEZ - monitoreo comunitario aves Corregimiento el Naranjal
VEREDA NUEVO HORIZONTE
FREDY GOMEZ ORTIZ. Presidente JAC vereda Nuevo Horizonte
AUDINO GÓMEZ y ELMER YANIT GONZALEZ.
Monitoreo comunitario aves vereda Nuevo Horizonte
CITESE COMO: PAZ-B, L. P.; ORTEGA, L. A.; ANGULO-ORTIZ, D.
F.; BOLAÑOS, J. A.; CORTES-DIAGO, R. A.; DIAGO, J.N; HOYOS, J.; BOLAÑOS, D.; TRUJILLO, J. J; MUÑOZ, F. F.; SANCHEZ, J. A.
(2018). Plan de Conservación y Manejo del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae) en el departamento del Cauca (Colombia).
Proyecto “Planificación del manejo y recuperación de especies, en la Serranía del Pinche, área clave de biodiversidad para Colombia”.
Acuerdo de Donación Conservación Internacional-Fundación Ecohabitats-Fondo de Alianzas para Ecosistemas Críticos (CEPF).
Agosto 2017- 2018.
FOTOS DE PORTADA: ©Angulo-Ortiz, 2017 . FOTOS DE CAPITULO:
Angulo-Ortiz, 2017 y ©Paz-B, 2018
AGRADECIMIENTOS
El proceso de formulación del Plan de Conservación del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae), es el resultado del esfuerzo técnico y financiero de aliados de la conservación de biodiversidad de importancia global en la Serranía del Pinche (Argelia-Cauca), a quienes extendemos nuestro agradecimiento. Especialmente, a la comunidad de las veredas Santa Clara, El Naranjal, Las Pilas y Nuevo Horizonte, al igual que a la Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía del Pinche por su perseverancia durante más de 30 años en la defensa de la conservación de los páramos y bosques de la Serranía del Pinche, hábitat del Zamarrito del Pinche, fueron ellos, quienes hicieron posible el desarrollo de las expediciones de campo en el 2017 y 2018. A Julio César Rodríguez de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, quien en su trasegar por la institución, ha apoyado las iniciativas comunitarias y fundamentado técnicamente, la posibilidad de declarar, manejar y ampliar áreas como la Reserva Forestal Protectora Regional Serranía del Pinche. A Luis Alfonso Ortega, Alexander Cortes y Liliana Patricia Paz de la Fundación Ecohabitats, cuya gestión persistente, permitió el reporte del Zamarrito del Pinche como nueva especie para la ciencia y ha cautivado a diferentes socios estratégicos que han apoyado, directa o indirectamente, la conservación de la especie y su hábitat, entre ellos, Conservación Internacional y el Fondo de Alianzas para Ecosistemas Críticos (CEPF), bajo la representación de Patrimonio Natural en Colombia, han financiado la formulación del presente documento.
A aliados estratégicos que, con su conocimiento y apoyo decidido, aportaron en la construcción de este plan, especialmente el biólogo Germán Gómez Bernal, del Grupo en Geología, Ecología y Conservación (GECO) de la Universidad del Cauca y el biólogo David Angulo. A todos ellos y a quienes de alguna u otra forma contribuyeron en el desarrollo de este plan de conservación, nuestro agradecimiento por sus valiosos aportes.
INTRODUCCIÓN
El Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae) es un ave endémica de Colombia y restringida a los bosques altoandinos y páramos de la Serranía del Pinche, al sur de la Cordillera Occidental, en el municipio de Argelia (Cauca), que se encuentra en Peligro Crítico de extinción, debido a su pequeña área de distribución (2,9 Km2) y a las amenazas que enfrenta su hábitat, principalmente, la ampliación de la frontera agropecuaria, prácticas productivas insostenibles e incendios forestales provocados por el ser humano.
Esta distribución altamente reducida, hace que especies como el Zamarrito del Pinche, sean sensibles a la desaparición, si sus hábitats naturales no son protegidos. Si bien, se ha avanzado con la declaración de la Reserva Forestal Protectora Regional Serranía del Pinche y el proceso de ampliación actualmente en curso, se requiere de herramientas de gestión ambiental, como un plan de conservación de la especie, que oriente el trabajo conjunto a ser desarrollado entre la Corporación Autónoma Regional del Cauca, la comunidad local y organizaciones aliadas, teniendo como objetivo primordial “conservar el hábitat y las poblaciones del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae) en el departamento del Cauca, mediante enfoques y herramientas que propendan por el mantenimiento de poblaciones viables y ecológicamente funcionales, vinculando activamente a los campesinos y comunidades afrodescendientes, como gestores de su conservación”.
Atendiendo a esta necesidad, este plan de conservación, se formuló tomando como referencia los lineamientos planteados en el Protocolo para la formulación de planes de conservación y manejo de especies focales elaborado por Kattan et al. (2005), otros planes de conservación de especies de aves en implementación (Kattan y Valderrama, 2006; Fundación Proaves, 2009; Ayerbe-Quiñonez et al., 2011) y los establecidos por la Corporación Autónoma Regional del Cauca.
De esta manera, el documento se estructuró, iniciando con una síntesis del marco jurídico, político y social que incide en la conservación del Zamarrito del Pinche, sus hábitats y especies asociadas, seguido por la descripción del estado de conocimiento de la biología, ecología y factores incidentes en la conservación, para finalizar con el plan de acción estructurado en cuatro líneas estratégicas: i) conservación y manejo participativo del área de distribución potencial del zamarrito del pinche; ii) Fortalecimiento comunitario para la gestión territorial y educación ambiental, iii) Investigación y monitoreo de poblaciones; iv) Política pública y normativa, las cuales cuentan con sus respectivas indicadores, de tal manera que se pueda realizar el seguimiento en el avance de la implementación del plan.
TABLA DE CONTENIDO
AGRADECIMIENTOS ... 4
INTRODUCCIÓN ... 5
1. MARCO JURÍDICO ... 9
2. MARCO POLÍTICO ... 16
2.1. ÁMBITONACIONAL ... 16
2.2. ÁMBITODEPARTAMENTALYMUNICIPAL ... 19
... 21
3. MARCO SOCIAL Y APROPIACIÓN SOCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE ... 21
3.1. INSTITUCIONESGUBERNAMENTALES ... 22
3.2. ORGANIZACIONESCOMUNITARIAS ... 22
3.3. ORGANIZACIONESNO-GUBERNAMENTALES ... 23
3.4. APROPIACIÓNSOCIAL... 25
4. BIOLOGÍA ... 27
4.1. ESTATUS TAXONÓMICO ... 27
4.2. DESCRIPCIÓN DE LA ESPECIE ... 27
4.3. DISTRIBUCIÓNGEOGRÁFICA... 30
4.4. CARACTERIZACIÓN BIOFÍSICA DE LA DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE: ... 32
4.4.1. Distribución político administrativa... 32
4.4.2. Cobertura vegetal ... 32
4.4.3. Geología ... 36
4.4.4. Clima: ... 36
4.4.5. Relieve: ... 36
4.4.6. Paisajes y suelos ... 40
5. ECOLOGÍA ... 46
5.1. DIETA... 46
5.2. ESTADO POBLACIONAL ... 46
5.3. ESPECIES DE COLIBRÍES CON LAS QUE EL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) COMPARTE HÁBITAT ... 46
5.4. ESPECIES DE AVES ENDÉMICAS, CASI ENDÉMICAS Y DE ESPECIAL INTERÉS DE COLOMBIA CON LAS CUALES COMPARTE HÁBITAT EL ZAMARRITO DEL PINCHE: ... 50
5.5. ESPECIES DE AVES EN ALGUNA CATEGORÍA DE AMENAZA GLOBAL, CON LAS CUALES COMPARTE HÁBITAT EL ZAMARRITO DEL PINCHE... 51
5.6. ESPECIES DE PLANTAS UBICADAS EN ALGUNA CATEGORÍA DE AMENAZA QUE HACEN PARTE DEL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DEL ZAMARRITO DEL PINCHE ... 52
6. ESTADO DE CONSERVACIÓN... 53
6.1.AMENAZAS ... 54
6.2.FORTALEZAS: ... 58
7. PLAN DE ACCIÓN ... 59
7.1. CONSERVACIÓNYMANEJOPARTICIPATIVODELÁREADEDISTRIBUCIÓNPOTENCIALDEL ZAMARRITODELPINCHE,ESPECIESYECOSISTEMASASOCIADOS ... 61
7.2. FORTALECIMIENTOCOMUNITARIOPARALAGESTIÓNTERRITORIALYEDUCACIÓNAMBIENTALA FAVORDELACONSERVACIÓNDELZAMARRITODELPINCHE,LASESPECIESYECOSISTEMASASOCIADOS62 7.3. INVESTIGACIONYMONITOREODEPOBLACIONESDELZAMARRITODELPINCHE ... 62
7.4. POLITICAPÚBLICAYNORMATIVA ... 63
REFERENCIAS ... 73
LISTA DE TABLAS
TABLA 1. IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS ACTORES QUE INTERVIENEN EN LA CONSERVACIÓN. ... 21 TABLA 2. ESPECIES DEL GÉNERO ERIOCNEMIS (TROCHILIDAE) PRESENTES EN COLOMBIA, ESTADO DE
AMENAZA Y DISTRIBUCIÓN... 27 TABLA 3. RASGOS MORFOLÓGICOS DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE), PÁRAMO LA SOLEDAD, CORREGIMIENTO EL NARANJAL (ARGELIA-CAUCA). ... 29 TABLA 4. DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) EN LOS
DEPARTAMENTOS DE CAUCA Y NARIÑO ... 32 TABLA 5. COBERTURA VEGETAL EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE.... 32 TABLA 6. TIPO DE RELIEVE EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE ... 40 TABLA 7. FRANJAS DE VEGETACIÓN, COMUNIDADES Y ESPECIES CARACTERÍSTICAS EN LOS BOSQUES ANDINOS, ALTOANDINOS Y PÁRAMOS DEL CORREGIMIENTO EL NARANJAL (ARGELIA-CAUCA) ... 43 TABLA 8. COMPOSICIÓN VEGETAL PÁRAMO EL MICAY, CORREGIMIENTO SAN JUAN DE LA GUADUA ... 45 TABLA 9. ESPECIES DE COLIBRÍES REPORTADOS QUE COMPARTEN HÁBITAT CON EL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) EN LAS VEREDAS EL NARANJAL Y NUEVO HORIZONTE (ARGELIA- CAUCA) ... 48 TABLA 10. ESPECIES ENDÉMICAS, CASI ENDÉMICAS, DE ESPECIAL INTERÉS Y CON INFORMACIÓN
INSUFICIENTE, QUE COMPARTEN HÁBITAT CON EL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) ... 50 TABLA 11. ESPECIES AMENAZADAS A NIVEL GLOBAL QUE COMPARTEN HÁBITAT CON EL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 51 TABLA 12. ESPECIES DE PLANTAS UBICADAS EN ALGUNA CATEGORÍA DE AMENAZA NACIONAL O GLOBAL CUYA DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA, ES PARTE DEL HÁBITAT DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 52 TABLA 13. PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS
ISABELLAE), SUS ESPECIES Y ECOSISTEMAS ASOCIADOS ... 64 TABLA 14. RELACIÓN DE LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL ZAMARRITO DEL PINCHE CON LAS POLÍTICAS, PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS ... 69 TABLA 15. RELACIÓN DE LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DEL ZAMARRITO DEL PINCHE CON LAS POLÍTICAS, PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS ... 71
LISTA DE MAPAS
MAPA 1. DISTRIBUCIÓN POTENCIAL Y CONFIRMADA DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) ... 31 MAPA 2. ENTES TERRITORIALES EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) ... 33 MAPA 3. COBERTURA DEL SUELO (AÑO 2002) EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 34 MAPA 4. COBERTURA DEL SUELO (AÑO 2017) EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 35 MAPA 5. UNIDADES ESTRATIGRÁFICAS EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE ... 37 MAPA 6. RANGOS DE PRECIPITACIÓN EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 38 MAPA 7. RANGOS DE TEMPERATURA EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE)... 39 MAPA 8. UNIDADES DE SUELO EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE) ... 41 MAPA 9. TÍTULOS, SOLICITUDES MINERAS Y SOLICITUDES DE LEGALIZACIÓN EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN POTENCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE (ERIOCNEMIS ISABELLAE). ... 57
1. MARCO JURÍDICO
La conservación del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae), implica la comprensión de la legislación ambiental colombiana que rige sobre la especie y el territorio incluido en su distribución potencial, motivo por el cual, en este capítulo, se aborda la normatividad de fauna silvestre para asumir los asuntos propios de la especie, al igual que aquella relacionada con páramos, reservas forestales protectoras (al incluir dentro de su distribución la Reserva Forestal Protectora Regional Serranía El Pinche), ordenamiento territorial y el rol de la sociedad civil en la conservación, entre los principales. A continuación, se presenta una recopilación de las principales leyes, decretos y resoluciones considerados relevantes.
Ley 2 de 1959. Establece Zonas Forestales Protectoras y Bosques de Interés General para el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre. Para el caso específico del hábitat del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae), la Reserva Forestal Pacífico cubre la totalidad de su área de distribución potencial, encontrándose en categoría A, conforme a la zonificación adoptada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en la resolución 1926 de 2013. Según esta resolución, dicha categoría, se define como “zonas que garantizan el mantenimiento de los procesos ecológicos básicos necesarios para asegurar la oferta de servicios ecosistémicos, relacionados principalmente con la regulación hídrica y climática, la asimilación de contaminantes del aire y del agua, la formación y
protección del suelo, la protección de paisajes singulares y de patrimonio cultural y el soporte a la diversidad biológica” (artículo 2).
Decreto Ley 2811 de 1974. El Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, de acuerdo a Estrada et al (2016), “considera los recursos naturales como patrimonio común, por lo que el Estado y los particulares, deben participar de su preservación y manejo. A su vez, los define como un bien jurídico protegido por el derecho penal”. Tiene como objetivos: i) lograr la preservación y restauración del ambiente y la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables, según criterios de equidad que aseguran el desarrollo armónico del hombre y de dichos recursos, la disponibilidad permanente de éstos, y la máxima participación social para beneficio de la salud y el bienestar de los presentes y futuros habitantes del territorio nacional; ii) prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables sobre los demás recursos; iii) regular la conducta humana, individual o colectiva y la actividad de la Administración Pública, respecto del ambiente y de los recursos naturales renovables.
De manera específica para fauna silvestre, en su artículo 8 numeral G, se considera como un factor de deterioro del ambiente, la extinción o disminución,
cuantitativa o cualitativa de especies animales o vegetales o de recursos genéticos. Adicionalmente determina que la Administración Pública es la encargada, entre otras cosas del establecimiento y administración de zonas de protección de animales silvestres; el adelantamiento de investigaciones sobre fauna silvestre, para lograr un manejo adecuado del recurso; de velar por la adecuada conservación, fomento y restauración de la fauna silvestre y de ejecutar las prácticas de manejo de la fauna silvestre mediante el desarrollo y la utilización de técnicas de conservación y aprovechamiento. Así mismo, el Código, dedica apartados a la flora silvestre, los bosques y las áreas de reserva forestal.
Decreto Ley 1608 de 1978. Reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, en materia de fauna silvestre y regula entre otros temas la preservación, protección, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre; así como el aprovechamiento de la fauna silvestre y de sus productos y el establecimiento de obligaciones y prohibiciones generales, la organización del control, el régimen de sanciones y el procedimiento para su imposición.
Según Estrada et al (2016) “esta norma concibe al animal como un medio elemental para el desarrollo de fines completamente antrópicos, por lo que no se realiza en él, ningún tipo de alusión a los animales como seres con capacidad para sentir dolor, angustia o cualquier otro tipo de emoción o sensación”.
Ley 17 de 1981. Mediante la cual se aprueba la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), suscrita en Washington en 1973. Es la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la entidad encargada de ejercer la autoridad administrativa de la Convención.
Su objetivo es establecer los mecanismos y responsabilidades en torno a la exportación, reexportación e importación de animales y plantas vivos o muertos, sus partes y derivados, conforme a su estado de amenaza, de tal forma que su comercio no ponga en riesgo la supervivencia de la especie en el medio silvestre. Como herramienta específica para las aves, se cuenta con el “Manual de identificación CITES de aves de Colombia” (Roda et al, 2004).
Ley 84 de 1989. Adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales, con el objeto de: i) prevenir y tratar el dolor y el sufrimiento de los animales; ii) promover la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles higiene, sanidad y condiciones apropiadas de existencia; iii) erradicar y sancionar el maltrato y los actos de crueldad para con los animales; iv) desarrollar programas educativos a través de medios de comunicación del Estado y de los establecimientos de educación oficiales y privados, que promuevan el respeto y el cuidado de los animales; v) desarrollar medidas efectivas para la preservación de la fauna silvestre.
Establece como hecho dañino y acto de crueldad para con los animales, entre otros, la utilización de mallas camufladas para la captura de aves sin fines científicos, zooprofilácticos o veterinarios, requiriendo su uso, previa autorización de la entidad administradora de los recursos naturales. Según Estrada et al (2016) “resulta particularmente valiosa en la medida en que logra desarraigar el desarrollo normativo de la tendencia utilitaria, y aunque mantiene la condición de fauna silvestre como un recurso natural, susceptible de ser aprovechado por el hombre, se incluyen referentes de valoración específica de su importancia ecosistémica, función ecológica y nociones generales de protección contra el sufrimiento y el dolor”.
Constitución Política de 1991. Aborda el tema de la fauna silvestre, desde su condición de recurso natural, elevando a norma constitucional la consideración, manejo y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente (Estrada et al, 2016). En los artículos 8, 79 y 80 se establece que:
- Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla.
- Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir
la reparación de los daños causados.
- El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Declaración de Río 1992. Durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro, se declaran una serie de principios sobre el medio ambiente y el desarrollo, entre los que se destaca que los seres humanos tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, y que, a fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.
Ley 99 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, y se organiza el Sistema Nacional Ambiental-SINA.
Establece 14 principios generales (Articulo 1) que seguirá la política ambiental colombiana, determinando que la biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible, y que las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial.
Con relación a la sociedad civil, el artículo 10 establece que “la acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado. El Estado apoyará e incentivará la conformación de organismos no gubernamentales para la protección ambiental y podrá delegar en ellos algunas de sus funciones”.
Específicamente en asuntos de fauna, el artículo 5, define las funciones del Ministerio de Medio Ambiente, entre las cuales se resaltan:
- Adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna
silvestres; tomar las previsiones que sean del caso para defender especies en extinción o en peligro de serlo; y expedir los certificados a que se refiere la Convención Internacional de Comercio de Especies de Fauna y Flora Silvestre Amenazadas de Extinción (CITES).
- Regular, conforme a la ley, la obtención, uso, manejo, investigación, importación, exportación, así como la distribución y el comercio de especies y estirpes genéticas de fauna y flora silvestres; regular la importación, exportación y comercio de dicho material genético, establecer los mecanismos y procedimientos de control y vigilancia y disponer lo necesario para reclamar el pago o reconocimiento de los derechos o regalías que se causen a favor de la nación por el uso de material genético.
Ley 160 de 1994. Dedicada al sector agrario, campesino y al acceso a la tierra. Determina que la ocupación y aprovechamiento de las tierras debe estar sujeto a las políticas de conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
Ley 165 de 1994. Por medio de la cual se aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica, cuyo objetivo es la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada (artículo 1). Con respecto a la conservación in situ (artículo 8), establece que:
- Cuando sea necesario, elaborará directrices para la selección, el establecimiento y la ordenación de áreas protegidas o áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica.
- Promoverá la protección de ecosistemas y hábitat naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de especies en entornos naturales.
- Promoverá un desarrollo ambientalmente adecuado y sostenible en zonas adyacentes a áreas protegidas, con miras a aumentar la protección de esas zonas.
- Rehabilitará y restaurará ecosistemas degradados y promoverá la recuperación de especies amenazadas, entre otras cosas mediante la elaboración y la aplicación de planes u otras estrategias de ordenación.
Ley 299 de 1996. Establece que la conservación, la protección, la propagación, la investigación, el conocimiento y el uso sostenible de los recursos de la flora colombiana, son estratégicos para el país y constituyen prioridad dentro de la política ambiental.
Son de interés público y beneficio social y tendrán prelación en la asignación de recursos en los planes y programas de desarrollo y en el presupuesto general de la Nación y en los presupuestos de las entidades territoriales y de las Corporaciones Autónomas Regionales (artículo 1). Regula los jardines botánicos, el sistema nacional de información botánica, vigilancia por exportación e importación de material biológico y declara de interés público los herbarios oficiales.
Decreto 1791 de 1996. Establece el régimen de aprovechamiento forestal y tiene por objeto regular las actividades de la administración pública y de los particulares respecto al uso, manejo, aprovechamiento y conservación de los bosques y la flora silvestre con el fin de lograr un desarrollo sostenible.
Ley 373 de 1997. Determina que las zonas de páramo, bosques de niebla y áreas de influencia de nacimientos acuíferos y de estrellas fluviales, deberán ser adquiridos o protegidos con carácter prioritario por las autoridades ambientales, entidades territoriales y entidades administrativas de la jurisdicción correspondiente, las cuales realizarán los estudios necesarios para establecer su verdadera capacidad de oferta de bienes y servicios ambientales, para iniciar un proceso de recuperación, protección y conservación.
Ley 388 de 1997. Dicta disposiciones respecto a las consideraciones en materia ambiental que se deben
tener en el ordenamiento territorial y los usos del suelo.
Decreto 879 de 1998. Reglamenta las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial.
Dentro de sus disposiciones generales establece que el ordenamiento territorial debe ser acorde con las estrategias de desarrollo económico del municipio y distrito y armónico con el mismo ambiente y sus tradiciones históricas y culturales, y que la conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales deben ser tenidas en cuenta como prioridades del ordenamiento del territorio.
Ley 599 de 2000. Expide el Código Penal, el cual dedica un apartado a los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, iincluyendo disposiciones relacionadas con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, tales como el ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables, la violación de fronteras para la explotación de recursos naturales, el manejo ilícito de microorganismos nocivos, daños en los recursos naturales, caza y pesca ilegal, entre otros.
Ley 611 de 2000. Determina normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática. Al respecto, la Resolución 1317 del 2000 del Ministerio del Medio Ambiente, regula el otorgamiento de la licencia de caza con fines de fomento y el establecimiento de zoocriaderos. De acuerdo a Estrada et al (2016), “a pesar de los avances de la Ley, persisten los vacíos legales, para el aprovechamiento de una gran diversidad de especies promisorias, como las aves”.
Resolución 438 de 2001. Se establece el salvoconducto único para la movilización de especímenes de la diversidad biológica, desde donde se ratifica el concepto de espécimen de la diversidad biológica. Se excluye de este requerimiento, los especímenes que se encuentran amparados por un permiso de estudio de investigación científica.
Resolución 584 de 2002 modificada por la Resolución 572 de 2005. Declara las especies
silvestres que se encuentran amenazadas en el territorio nacional, a partir de una adaptación de los riesgos de conservación establecidos por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
Decreto 309 de 2002. Reglamentó de manera específica la investigación científica sobre diversidad biológica.
Resolución 1218 de 2003. Reglamentó la conformación y funcionamiento del Comité coordinador de Categorización de las Especies Silvestres Amenazadas.
Resolución 1172 de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Estableció el Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Especímenes de Fauna Silvestre en condiciones ex situ.
Decreto 4688 de 2005. Reglamentó la caza comercial, incluyendo las actividades de captura de especímenes de la fauna silvestre, la recolección de los mismos o de sus productos y su comercialización.
Ley 1333 de 2009. Establece el procedimiento sancionatorio ambiental, define, entre otros, los términos de la infracción ambiental, y aspectos de decomiso y aprehensión preventivos de los especímenes de fauna, flora, recursos hidrobiológicos y demás especies silvestres exóticos y el de productos, elementos, medios, equipos, vehículos, materias primas o implementos utilizados para cometer la infracción ambiental o producido como resultado de la misma, Esta norma fue complementada por la Resolución 2064 de 2010, que reglamenta el portal de información sobre fauna silvestre – PIFS-, las condiciones generales y las medidas posteriores a la aprehensión, restitución o decomiso de especímenes de fauna y flora silvestre.
Decreto 2372 de 2010. Reglamenta el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), las categorías de manejo que la conforman, entre ellas, la Reserva Forestal Protectora, orienta sobre los objetivos de conservación y establece las posibilidades de sustracción o no dentro de cada categoría. Define el sistema como la integración
entre las áreas protegidas, los actores sociales e institucionales y las estrategias e instrumentos de gestión que las articulan, que contribuyen como un todo al cumplimiento de los objetivos generales de conservación del país, los cuales buscan asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica;
garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano; garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.
Entre los objetivos de conservación orientados específicamente a la fauna, se encuentran:
- Preservar las poblaciones y los hábitats necesarios para la sobrevivencia de las especies o conjuntos de especies silvestres que presentan condiciones particulares de especial interés para la conservación de la biodiversidad, con énfasis en aquellas de distribución restringida.
- Conservar áreas que contengan manifestaciones de especies silvestres, agua, gea, o combinaciones de éstas, que se constituyen en espacios únicos, raros o de atractivo escénico especial, debido a su significación científica, emblemática o que conlleven significados tradicionales especiales para las culturas del país.
Define las Reservas Forestales Protectoras como “el espacio geográfico en el que los ecosistemas de bosque mantienen su función, aunque su estructura y composición haya sido modificada y los valores naturales asociados se ponen al alcance de la población humana para destinarlos a su preservación, uso sostenible, restauración, conocimiento y disfrute”. Si el área es de orden regional, se denomina Reserva Forestal Protectora Regional.
Ley 1453 de 2011. Reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad”. Modificó el artículo 328 de la Ley 599 de 2000 del Código Penal colombiano, aumentado la
pena de prisión a ciento ocho (108) meses y multas hasta de 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para quien en incumplimiento de la normatividad existente se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticas de la biodiversidad colombiana. Además, consagró un aumento de la pena de una tercera parte a la mitad, cuando las especies estén categorizadas como amenazadas, en riesgo de extinción o de carácter migratorio, raras o endémicas del territorio colombiano (Estrada et al, 2016).
Ley 1774 de 2016 “Por medio de la cual se modifica el código civil, la Ley 4 de 1989, el código penal, el código de procedimiento y se dictan otras disposiciones”. De acuerdo a Estrada et al (2016)
“reconoce a los animales como seres capaces de sentir y ya no como cosas por lo que tipifica como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial. La ley adiciona el artículo 339, al Código Penal colombiano (ley 599 de 2000), en el que se establece que quien por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Además de modificar el artículo 46 de la ley 84”.
Decreto 1076 de 2015. Expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, como decreto compilatorio de normas reglamentarias preexistentes. En sus capítulos 2 y 3 establece todas las regulaciones relacionadas con fauna silvestre y designa los puertos marítimos, fluviales y aeropuertos autorizados para el comercio internacional de especímenes de fauna silvestre y puertos transitorios. En el capítulo 8 regula la
investigación científica, en el titulo 2, la gestión ambiental, específicamente en el capítulo 1 lo relacionado con las áreas de manejo especial, entre los principales.
Resolución 1912 de 2017. Por la cual el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establece el listado de las especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana continental y marino costera que se encuentran en el territorio nacional.
Normatividad relacionada con paramos:
Resolución 769 de 2002. Dicta disposiciones para contribuir a la protección, conservación y sostenibilidad de los páramos. Determina que las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible y los grandes centros urbanos deben elaborar el estudio sobre el estado actual de los páramos de su jurisdicción. Adicionalmente, enuncia que las autoridades ambientales deben elaborar e implementar planes de manejo ambiental para los páramos, con la participación de las comunidades tradicionalmente asentadas en estos ecosistemas.
Resolución 839 de 2003. Establece los términos de referencia para la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos y del Plan de Manejo Ambiental de los Páramos.
Ley 1753 de 2015. Determina la protección y delimitación de los páramos, regulando en su artículo 173 que “las áreas delimitadas como páramos no se podrán adelantar actividades agropecuarias ni de exploración o explotación de recursos naturales no renovables, ni construcción de refinerías de hidrocarburos y determina la concurrencia entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el IAvH en la delimitación, al igual que la generación de términos de referencia para realizar los estudios técnicos por parte de las CARs”.
Ley 1930 de 2018. Dicta disposiciones para la gestión integral de los páramos en Colombia, teniendo como objeto establecer los páramos como ecosistemas estratégicos y fijar directrices que propendan por su integralidad, preservación, restauración, uso sostenible y generación de
conocimiento. Incluye actividades prohibidas como la exploración y explotación minera y de hidrocarburos, las quemas, uso de maquinaria pesada, expansiones urbanas y suburbanas, disposición de residuos sólidos y/o peligrosos, introducción de organismos genéticamente modificados, fumigación y aspersión de químicos, la degradación de la cobertura vegetal nativa y demás usos incompatibles. Determina la necesidad de hacer planes de manejo ambiental de los páramos por parte de las CARS a partir de los lineamientos de Minambiente. Establece que el IGAC, la Agencia Nacional de Tierras (ANT), la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) y demás autoridades competentes, deberán realizar un proceso de saneamiento predial en los páramos dentro de los próximos 5 años (artículo 8), entre las principales regulaciones.
Resolución 886 de 2018. Adopta los lineamientos para la zonificación y régimen de usos en las áreas de páramos delimitados y establece las directrices para diseñar, capacitar y poner en marcha programas de sustitución y reconversión de las actividades agropecuarias, entre los principales.
Resolución 1503 de 2018. Delimita el área de páramo Cerro Plateado con un área aproximada de17.070 ha en los municipios de Argelia, Balboa, Guapi, Patía, Timbiquí y El Tambo (Cauca) y El Charco y Leiva (Nariño). Establece que la Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) y CORPONARIÑO cuentan con un plazo de tres años para zonificar y determinar el régimen de usos de las áreas de páramo delimitadas. Se mantienen las prohibiciones establecidas en la Ley 1930 de 2018, regula los programas de sustitución de las actividades de pequeños mineros que cuenten con títulos minero y autorización ambiental, entre otros.
Vereda Santa Clara (Argelia-Cauca) © Ortega-Fernández, 2018
2. MARCO POLÍTICO
Este apartado relaciona las políticas, planes o estrategias, de incidencia en el departamento del Cauca, relacionadas con la conservación del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae), resaltando que si bien, las áreas de trabajo de las políticas ambientales están regidas por límites político administrativos, la distribución de las especies no se ciñe a ellos (Kattan et al., 2005).
2.1. ÁMBITO NACIONAL
Política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos (PNGIBSE). Su objetivo es promover la gestión integral para la conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos, de manera que se mantenga y mejore la resiliencia de los sistemas socioecológicos, a escalas nacional, regional y local, considerando escenarios de cambio y a través de la acción conjunta, coordinada y concertada del Estado, el sector productivo y la sociedad civil. Para lograr este objetivo se proponen los siguientes seis ejes temáticos:
- Biodiversidad, conservación y cuidado de la naturaleza: relacionado con las acciones de conservación in situ y ex situ, tanto en áreas silvestres (protegidas o no) y paisajes transformados continentales, marinos, costeros e insulares, de manera que se mantengan poblaciones viables de flora y fauna. Como líneas estratégicas: “promover y fortalecer las
actividades de recuperación, protección y conservación in situ y ex situ de especies silvestres amenazadas de extinción”.
- Biodiversidad, gobernanza y creación de valor público: pretende fortalecer la relación entre el Estado y los ciudadanos (urbanos y rurales), para gestionar integralmente la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos desde la participación y la corresponsabilidad en las acciones de conservación. Como líneas estratégicas: “fortalecimiento de los mecanismos y oportunidades de participación social en la toma de decisiones en el nivel local, para incrementar la capacidad adaptativa institucional en el manejo territorial”.
- Biodiversidad, desarrollo económico, competitividad y calidad de vida: referido a la incorporación de la biodiversidad y el suministro de servicios ecosistémicos en la planificación y toma de decisiones sectoriales.
- Biodiversidad, gestión del conocimiento, tecnología e información: busca promover, fortalecer y coordinar la generación, recuperación, articulación y divulgación de información, conocimiento y desarrollos tecnológicos, provenientes de diferentes sistemas de conocimiento.
- Biodiversidad, gestión del riesgo y suministro de servicios ecosistémicos: comprende las acciones necesarias para enfrentar las amenazas relacionadas con el cambio ambiental siguiendo el enfoque de mitigación y adaptación basada en ecosistemas.
- Biodiversidad, corresponsabilidad y compromisos globales: hace referencia a las acciones que el país debe desarrollar para fortalecer su posicionamiento internacional como país megadiverso proveedor de servicios ecosistémicos de importancia global, al tiempo que adelanta acciones nacionales para contribuir con la lucha mundial contra los retos climático-ecológicos (cambio ambiental) que amenazan la estabilidad planetaria.
Política de Bosques. Declarada en el Documento CONPES 2834, tiene como objetivo general lograr el uso sostenible de los bosques, con el fin de conservarlos, consolidar la incorporación del sector forestal en la economía nacional y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
Cuenta con cuatro estrategias:
-
Modernizar el Sistema de Administración de los Bosques: comprende un régimen de propiedad de los bosques, la zonificación y ordenamiento ambiental las áreas boscosas, el estatuto único de bosques y flora silvestre y otros instrumentos para el aprovechamiento sostenible, y el desarrollo y fortalecimiento de la capacidad institucional.-
Conservar, recuperar y usar los bosques naturales: busca definir áreas de bosques en dominio público, reducir y controlar la deforestación, promover la reforestación y forestación el uso sostenible del bosque, y la protección de los bosques naturales, ésta última, una estrategia para la conservación de las reservas forestales protectoras.-
Fortalecer los instrumentos de apoyo: la investigación, educación y la participación ciudadana: contempla el desarrollo de investigaciones en bosques naturales, la organización de un sistema de información yestadísticas forestales, y el fomento de la educación y capacitación sobre conservación y desarrollo sostenible, garantizar la participación ciudadana en la formulación de programas y proyectos que los afectan.
-
Consolidar la posición internacional en materia de bosques: revisando los compromisos y priorizando los mecanismos financieros, legales, tecnológicos y de cooperación que apoyan el desarrollo de la política de bosques. Plan Nacional para la Conservación de Especies Migratorias. Define, establece y promueve acciones de protección, investigación, valoración, uso y manejo de las poblaciones de especies migratorias, sus hábitats y rutas en Colombia, a través de un trabajo coordinado entre instituciones gubernamentales, la sociedad civil y mecanismos de colaboración internacional. Estructurado a través de seis ejes de acción:
- Conservación, manejo y uso sostenible - Generación de información
- Política y normativa - Alcance y participación - Manejo de información - Cooperación y financiación
Este Plan se incluye entre los elementos de política a ser tenidos en cuenta en el Plan de Conservación del Zamarrito del Pinche, dado que, dentro del área de su distribución potencial, se encuentran ocho especies migratorias: Elanoides forficatus (Accipitridae), Patagioenas fasciata y Patagioenas subvinacea (Columbidae), Colibri thalassinus y Thalurania colombica (Trochilidae), Riparia e Hirundo rustica (Hirundinidae), Catharus ustulatus (Turdidae).
Política para la Gestión Ambiental de la Fauna Silvestre en Colombia. Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el uso y aprovechamiento sostenible de la fauna silvestre como estrategia de conservación de la biodiversidad y alternativa socioeconómica para el desarrollo del país, garantizando la permanencia y funcionalidad de las poblaciones naturales y de los ecosistemas de los cuales hacen parte (Zambrano, 1998), esta política planea las líneas de acción estratégicas que permitirán a corto, mediano y largo plazo reorientar y
ajustar la gestión ambiental para la conservación, investigación, valoración, uso, y manejo de la fauna silvestre acuática y terrestre, a la realidad social y económica actual del país. Para conseguirlo considera cuatro (4) líneas de acción (Mayr- Maldonado, 1999):
-
Uso sostenible del recurso. Incluye como acciones: fomentar el uso sostenible y disminuir el uso no sostenible.-
Recuperación y manejo de poblaciones silvestres.Entre sus acciones se encuentran: Integrar criterios en los procesos de zonificación y ordenamiento ambiental del territorio que establece la conservación de las especies de fauna como un instrumento determinante en el manejo de hábitats y recuperar y manejar las poblaciones amenazadas, definiendo la necesidad de establecer un plan estratégico para la Recuperación de la Fauna Colombiana Amenazada.
-
Fortalecimiento de los instrumentos de apoyo.Como acciones se determinan:
- Consolidar el conocimiento sobre la fauna silvestre que permita la toma de decisiones, valoración del recurso y fortalecimiento de la capacidad de negociación del país.
- Educar, informar, sensibilizar y concientizar.
- Impulsar la adopción de instrumentos económicos para el fomento y sostenibilidad de proyectos de conservación.
- Modernización de la gestión. Como acciones se encuentra garantizar la participación ciudadana como factor decisivo para garantizar la protección, la gestión y el uso sostenible de la fauna silvestre.
Programa para el Manejo Sostenible y Restauración de Ecosistemas de la Alta Montaña Colombiana. Tiene como objetivo orientar a nivel nacional, regional y local la gestión ambiental en
ecosistemas de páramo y adelantar acciones para su manejo sostenible y restauración, mediante la generación de conocimiento y socialización de información de su estructura y función, la restauración ecológica, la consolidación de sus potencialidades hídricas, la planificación ambiental del territorio, el uso sostenible de los recursos naturales presentes, el desarrollo de acuerdos, tratados, la cooperación técnica nacional e internacional, y la participación directa y permanente de las comunidades asociadas a estos ecosistemas, considerándolos espacios de vida. Su cumplimiento se prevé a partir de la ejecución de los siguientes cuatro subprogramas:
-
Generación de conocimiento y socialización de información de la ecología, la diversidad biológica y el contexto sociocultural de los ecosistemas de páramo.-
Planificación ambiental del territorio como factor básico para avanzar hacia el manejo ecosistémico sostenible.-
Restauración ecológica en ecosistemas de páramo.-
Identificación, evaluación e implementación de alternativas de manejo y uso sostenible en ecosistemas de páramo. Estrategia Nacional para la Conservación de las Aves. El objetivo central es mejorar la conservación de las aves en Colombia a través de su estudio, protección y manejo de hábitats. Se desarrolla en cuatro objetivos:
-
Desarrollar un sistema de información para el estudio y seguimiento de las aves: incluye bancos de datos, aumento de investigaciones en biología de las aves y conocimiento de usos, identificación de áreas clave para la conservación.-
Establecer un programa de educación ambiental para incrementar la conciencia ciudadana.-
Conservar la avifauna a través de la protección y manejo in situ y ex situ: incrementar la efectividad de las áreas protegidas, identificación y rehabilitación de áreas clave y establecimiento de programas de conservación y manejo ex situ.-
Fortalecer la capacidad institucional para desarrollar la estrategia: calificación de personal profesional y técnico, definición de estatus de protección legal para las especies de aves amenazadas.2.2. ÁMBITO DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL
Plan de Gestión Ambiental Regional del Cauca – PGAR. Según el Decreto 1200 de 2004, es el instrumento de planificación estratégico de largo plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales para el área de su jurisdicción, que permite orientar su gestión e integrar las acciones de todos los actores regionales con el fin de que el proceso de desarrollo avance hacia la sostenibilidad de las regiones. El actual PGAR de la Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC), con vigencia 2013 – 2023, busca la articulación intersectorial, interinstitucional y civil para la conservación y protección del patrimonio natural, el desarrollo de una cultura ambiental y el bienestar y la calidad de vida de la población. Contempla ocho líneas estratégicas:
- Gestión de los ecosistemas estratégicos, la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.
- Gestión integral del recurso hídrico.
- Gestión del riesgo y cambio climático.
- Gestión ambiental urbana, regional y sectorial.
- Protección y vigilancia de los recursos naturales y del ambiente.
- Gestión ambiental en los territorios indígenas y de las comunidades negras.
- Cultura ambiental y participación ciudadana.
- Fortalecimiento de capacidades institucionales.
Plan de Desarrollo del Departamento del Cauca (2016-2019): Está constituido por cuatro ejes estratégicos:
- Territorio de paz y para el buen vivir.
- Generación de condiciones para la riqueza colectiva.
- Cauca, cuidador de agua.
- Fortalecimiento de lo público, el buen gobierno y la participación.
El tercer eje tiene como objetivo promover la protección de los ecosistemas y especies prioritarias para la conservación de la biodiversidad, que garantice la permanencia y uso sostenible del agua como un bien público a través de la gestión ante la comunidad, instancias públicas y privadas con competencia e injerencia en el manejo de políticas ambientales. Plantea los siguientes programas:
-
Instrumentos de planificación participativa del desarrollo rural: su objetivo es desarrollar herramientas y propiciar espacios de coordinación sectorial e interinstitucional para la planificación del sector agropecuario.-
Gestión integral de la biodiversidad, de los servicios ecosistémicos y áreas protegidas:busca ejecutar los procedimientos de administración, propios del cumplimiento de la misión institucional para la recuperación, conservación y protección de los suelos, los ecosistemas y la flora y fauna asociada.
-
Planificación y ordenamiento ambiental regional: tiene como finalidad promover el ordenamiento ambiental, la planificación del uso y manejo de las cuencas hidrográficas, de los ecosistemas, los recursos naturales.-
Gestión del recurso hídrico: su propósito es contribuir al mejoramiento y la recuperación de la cantidad y calidad del recurso hídrico.-
Gestión del riesgo de desastres y adaptación y mitigación al cambio climático: plantea el objetivo de ejecutar las estrategias de asesoría y asistencia, asociadas a la incorporación de los componentes de gestión del riesgo, adaptación y cambio climático en los planes de ordenamiento territorial de los municipios (POT) y de prevención, mitigación y contingencia de desastres naturales. Plan de Desarrollo del Municipio de Argelia (2016- 2019): El Plan de Desarrollo “Liderazgo diferente para Argelia”, tiene como visión: “el municipio de Argelia Cauca, en el 2026 será una administración líder en organización, gestión administrativa y de la producción; a partir de la participación ciudadana y un gobierno con enfoque relacional será promotora de su propio modelo de desarrollo para servir con calidad a todos los habitantes de su territorio”. Tiene como ejes estratégicos el desarrollo social con equidad; el desarrollo local, innovación y competitividad; la adaptación al cambio climático; el desarrollo institucional. En lo relacionado con la adaptación el cambio climático tiene como programas:
-
Conservación, protección, restauración, recuperación y aprovechamiento de recursos naturales y del medio ambiente, enfatizando en las zonas de interés estratégico ambiental e hídrico (cuencas y microcuencas).-
Capacitación en mantenimiento y conservación del medio ambiente.-
Fondo para compra de predios de bosques y áreas productoras de agua.-
Plan de Ordenación y manejo de la cuenca alta del río Micay.-
Construir un vivero municipal para fomentar la restauración de suelos con especies endémicas del municipio.-
Elaborar, desarrollar y ejecutar un plan municipal de gestión y adopción al cambio climático. Plan de Ordenación y Manejo Parte Alta de la Subcuenca Hidrográfica del Rio San Juan de Micay. Tiene como objetivo ordenar el territorio de manera concertada con los actores sociales y generar la infraestructura técnica, social y económica que permita la erradicación definitiva de los cultivos de uso ilícito y el mejoramiento de los conflictos socios ambientales a través de la implementación de políticas, planes, programas y proyectos en el marco de la sostenibilidad ecológica, social y económica (Alcaldía de Argelia y CRC, 2011). Se desarrolla a través de cinco programas y 14 subprogramas:
-
Tierras-
Fortalecimiento organizacional-
Proyección agropecuaria para el desarrollo socioeconómico incluyente-
Saneamiento básico-
Conservación y restauración ecológicaCuenca Alta del Rio San Juan de Micay (Argelia-Cauca) © Ortega-Fernández, 2018
3. MARCO SOCIAL Y APROPIACIÓN SOCIAL DEL ZAMARRITO DEL PINCHE
La conservación del Zamarrito del Pinche (Eriocnemis isabellae), especies y ecosistemas asociados, requiere de la articulación de actores comunitarios, gubernamentales y no gubernamentales, quienes, en el marco de sus competencias, optimicen los recursos económicos y las acciones en el territorio. Siguiendo la metodología de prospectiva estratégica, se presenta a continuación, el análisis de actores (MACTOR), descritos según el nivel territorial de injerencia, para luego presentar el análisis de
relaciones en torno a la implementación del plan de conservación y avances en la apropiación social del Zamarrito del Pinche en el territorio.
En total, los actores identificados fueron 15, de los cuales seis (6) corresponden a entidades gubernamentales, seis (6) a organizaciones comunitarias y tres (3) organizaciones no gubernamentales, con niveles de incidencia desde la vereda hasta la nación (Tabla 1).
Tabla 1. Identificación y clasificación de los actores que intervienen en la conservación.
CATEGORÍA ACTOR NIVEL DE ACTUACIÓN
Instituciones gubernamentales
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) Nacional
Instituto Alexander von Humboldt Nacional
Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) Departamental
Universidad del Cauca Departamental
Alcaldía Municipal de Argelia Municipal
Instituciones Educativas Municipal
Organizaciones comunitarias
Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía El Pinche Municipal Juntas de Acción Comunal de las veredas locales Veredal Asociación Campesina de Trabajadores de Argelia (ASCAMTA) Municipal Asociación de Juntas de Acción Comunal (ASOCOMUNAL) Municipal Asociación de Productores de Argelia (ASOPROA) Municipal
Grupos comunitarios ambientales Veredal
Organizaciones No gubernamentales
Fundación Ecohabitats Nacional
Organizaciones de Cooperación Internacional Internacional
Fundación Proaves Nacional
Fuente: este documento
3.1. INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES Corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible dirigir el Sistema Nacional Ambiental - SINA-, organizado de conformidad con la Ley 99 de 1993, para asegurar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos respectivos, garantizando el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particulares en relación con el ambiente y el patrimonio natural de la Nación.
Es responsable de la administración, realinderamiento y sustracción de las Reservas Forestales de Ley Segunda de 1959, que, para este caso, corresponde a la Zona de Reserva Forestal del Pacifico.
El Instituto Alexander von Humboldt por su parte, creado igualmente por la Ley 99 de 1993, se encarga de la investigación científica y aplicada de los recursos bióticos y de los hidrobiológicos en el territorio continental de la Nación, y de apoyar con asesoría técnica y transferencia de tecnología a las Corporaciones Autónomas Regionales, los Departamentos, los Distritos, los Municipios y demás entidades encargadas de la gestión del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
La Corporación Autónoma Regional del Cauca es una institución autónoma de carácter pública creada por la Ley 99 de 1993. Es la autoridad ambiental regional y se encarga de promover y propiciar el desarrollo sostenible a través de la administración de los recursos naturales renovables y el ambiente, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Es por competencia, la entidad responsable de la administración de la Reserva Forestal Protectora Regional (RFPR) Serranía del Pinche y de la formulación, adopción e implementación de los planes de conservación de especies.
La Universidad del Cauca, es una institución de educación superior pública, autónoma, del orden nacional, se define como un proyecto cultural que tiene un compromiso vital y permanente con el desarrollo social. Genera y socializa la ciencia, la técnica, la tecnología, el arte y la cultura en la docencia, la
investigación y la proyección social. Cuenta con grupos de investigación sobre biodiversidad, encargados de generar procesos de caracterización de la biodiversidad y realizar colecciones biológicas. El Grupo de Geología, Ecología y Conservación (GECO) ha participado en procesos de caracterización en la Serranía del Pinche.
La Alcaldía Municipal de Argelia, es el ente territorial competente para la administración y ordenamiento ambiental de su territorio. Le corresponde prestar los servicios públicos que determina la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes. Con aval del Concejo municipal le corresponde regular el uso del suelo, incluyendo las áreas de conservación.
Corresponde a las Instituciones Educativas, adelantar los procesos de educación formal básica y media conforme a los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional. De acuerdo a la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1743 de 1994, uno de los fines de la educación es formar al educando en la protección, preservación y aprovechamiento de los recursos naturales y mejoramiento de las condiciones humanas e incluir los proyectos ambientales escolares (PRAE) en el proyecto educativo institucional.
Las instituciones educativas existentes en el área de distribución potencial del Zamarrito del Pinche, se ubican en los corregimientos de: Santa Clara, El Naranjal, San Juan de La Guadua, El Plateado y El Diviso. En total, son 14 sedes educativas agrupadas en 4 instituciones educativas: Institución Técnica Miguel Zapata, Centro Educativo La Leona, Centro Educativo San Juan de La Guadua e Institución Educativa El Diviso, las cuales son de carácter público.
De estas 14 sedes educativas, 10 atienden población de primaria (hasta 5 grado) y 2 atienden población de primaria y bachillerato (hasta 11 grado).
3.2. ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
Las dinámicas de la organización y la participación social de las comunidades asentadas en la zona de influencia del hábitat del Zamarrito del Pinche cumplen
un papel fundamental en su conservación. La Serranía del Pinche cuenta con comunidades organizadas en juntas de acción comunal y asociaciones que, entre sus actividades, incluyen aspectos relacionados con la conservación y el desarrollo sostenible.
Es el caso de la Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía El Pinche, una organización campesina de base, que busca mejorar la calidad de vida de sus asociados, a través de la producción sostenible rentable y amigable con la naturaleza; promoción de mercados justos y la conservación de la biodiversidad.
Ha sido la organización impulsora de los procesos de conservación y educación ambiental en la Serranía del Pinche y participa con la CRC, en la administración de la Reserva Forestal Protectora Regional Serranía del Pinche.
Las Juntas de Acción Comunal, son organizaciones de carácter cívico, social y comunitario de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integradas voluntariamente por los residentes de las veredas, que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa. Específicamente las JAC de las veredas Santa Clara, Lomitas, El Naranjal, Las Pilas, Nuevo Horizonte, La Guadua y Las Vegas, han gestionado autónomamente, la definición de áreas de conservación en sus veredas y regulaciones de uso.
La Asociación Campesina de Trabajadores de Argelia (ASCAMTA), es una organización campesina de base, que busca mejorar calidad de vida de los habitantes del municipio y propender por un desarrollo social, ambiental y económico que beneficie a sus asociados. En articulación con la Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía del Pinche, durante el año 2018, ha promovido la identificación y establecimiento de áreas de protección en las veredas de la Serranía del Pinche, bajo financiación de un proyecto GEF de Pequeñas Donaciones.
La Asociación de Juntas de Acción Comunal (ASOCOMUNAL), es una agremiación de las Juntas de Acción Comunal, que busca incidir en el ámbito municipal, mediante la gestión e implementación de programas de desarrollo social e interés comunitario
de la población campesina del municipio de Argelia.
La Asociación de Productores de Argelia (ASOPROA), es una organización campesina legalmente constituida en el año 2000, cuya misión es
“generar un desarrollo integral capaz de fortalecer nuestra economía y nuestra vida social de base, esto a través de un trabajo solidario que tiene en cuenta nuestros principios y saberes culturales enfocados en el conocimiento de las prácticas agrícolas en relación armónica con el medio ambiente”. Realiza actividades de sensibilización ambiental y promoción de sistemas productivos sostenibles.
Grupos comunitarios ambientales: existen seis grupos de jóvenes y adultos campesinos, denominados: “Sueños de Futuro Corregimiento El Naranjal”, “Amigos del Planeta vereda Las Pilas”,
“Nuevo Amanecer y Comité de Guardia Ambiental Reserva Santa Clara Serranía El Pinche Corregimiento Santa Clara Nuevo Futuro”, grupo en proceso de formación de la vereda Lomitas”, “Jóvenes ambientalistas del Micay Corregimiento El Plateado y San Juan del Micay Tambo”, quienes trabajan en articulación con la Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía El Pinche.
3.3. ORGANIZACIONES NO-GUBERNAMENTALES Existen organizaciones no gubernamentales que se han vinculado a los esfuerzos de conservación del ambiente en la Serranía del Pinche a través de procesos de investigación, aportes a la planificación territorial y fortalecimiento de capacidades a grupos comunitarios locales.
La Fundación Ecohabitats, constituida desde el año 2005, es una organización no gubernamental, que desarrolla procesos de investigación científica, educación ambiental no formal, planificación y manejo de áreas protegidas y procesos de adaptación a variabilidad y cambio climático. Ha estado vinculada activamente con la Asociación Agroambiental Santa Clara Serranía El Pinche, la Corporación Autónoma Regional del Cauca, la Alcaldía Municipal de Argelia y cooperantes internacionales en pro de la conservación de la biodiversidad de la Serranía El Pinche. Participó en la creación de la RFPR Serranía del Pinche y actualmente, con contrapartida del Fondo de Alianzas