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Año XXV Jueves 31 de mayo de 2007
Boletín Oficial de Canarias Depósito Legal TF-37/1983 Edita/Servicio de Publicaciones Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia
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El texto de este B.O.C. puede ser consultado a través de Internet en la siguiente dirección: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/
I. Disposiciones generales
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Decreto 105/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimien- to Aeromecánico.
Decreto 106/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Medio correspondiente al Título de Técnico en Tratamientos Superficia- les y Térmicos.
Decreto 107/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Forma- tivo de Grado Medio correspondiente al Título de Técnico en Caracterización.
II. Autoridades y Personal
Oposiciones y concursos
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Orden de 15 de mayo de 2007, por la que se convocan para el año 2007, las pruebas pa- ra la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior.
III. Otras Resoluciones
Consejería de Presidencia y Justicia
Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 22 de mayo de 2007, por la que se aprueba y anuncia la exposición de la lista provisional de admitidos y exclui- dos de la convocatoria de Ayudas de Estudio para el personal adscrito a los Órganos de Prestación de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud al que es de apli- cación la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatuta- rio de los Servicios de Salud, así como a los hijos y huérfanos de este personal, cursos 2003/2004 y 2004/2005.
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Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 22 de mayo de 2007, por la que se anuncia la exposición de la lista definitiva de admitidos y excluidos de las ayudas de acción social, del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, ejercicio 2005.
Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 22 de mayo de 2007, por la que se aprueba y anuncia la exposición de la lista provisional de admitidos y excluidos de la convocatoria de Premios de Jubilación para el personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos jubilado durante el año 2006.
Consejería de Economía y Hacienda
Dirección General de Tributos.- Resolución de 21 de mayo de 2007, por la que se esta- blece el período de canje de las existencias del Modelo 620, de autoliquidación del Im- puesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compra- venta de determinados medios de transporte usados.
IV. Anuncios
Anuncios de contratación
Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda
Secretaría General Técnica.- Anuncio de 18 de mayo de 2007, por el que se hace pú- blica la Orden del Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda que convo- ca concurso, procedimiento abierto, para la contratación de las obras de Eje Insular de Fuerteventura. Tramo: La Caldereta-Corralejo. Isla de Fuerteventura.- Clave: 02- FV-275.
Secretaría General Técnica.- Anuncio de 21 de mayo de 2007, por el que se hace público concurso, procedimiento abierto, para la contratación de las obras de Nue- va Carretera de Icod de los Vinos a Santiago del Teide. Tramo: Icod-El Tanque (Te- nerife).
Secretaría General Técnica.- Anuncio de 21 de mayo de 2007, por el que se hace públi- co concurso, procedimiento abierto, para la contratación de las obras TF-5. Tramo: Ave- nida Tres de Mayo-Guajara, 2ªfase (Ofra El Chorrillo).
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Anuncio por el que se hace pública la Orden de 9 de mayo de 2007, que convoca con- curso, procedimiento abierto, para el suministro consistente en el diseño, impresión y distribución de una Agenda Escolar para el curso académico 2007/2008, destinada a los centros de Educación Primaria dependientes de esta Consejería.
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Otros anuncios
Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda
Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 30 de abril de 2007, del Director, relativa a la contestación a la solicitud formulada por Dña. Nieves Lucía Paz Capote, actuando en nombre y representación de D. Francisco Paz Álvarez, por imposible notificación.
Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de mayo de 2007, del Director, que da publicidad a otra de 7 de mayo de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo nº34/06, incoado a Dña. María José Ro- dríguez Moreno, por ignorado paradero.
Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de mayo de 2007, del Director, que da publicidad a otra de 7 de mayo de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo nº40/06, incoado a Dña. Gloria Salazar Ris- co, por ignorado paradero.
Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 9 de mayo de 2007, del Director, sobre notificación a D. José Tomás Santana González de la solicitud formulada por Dña. María Carmen Ortega de Paz, que interesa el cambio de titularidad inter-vivos de la vivienda sita en Manuel de Falla, 54, portal 2, piso 1º, letra A, cuenta nº928/225, Grupo Nueva Paterna, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pú- blica la Resolución de 17 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Francisco Luis Pérez Melián, de la Resolución nº1143, recaída en el expediente de I.U. 1778/06.
Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace públi- ca la Resolución de 21 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña.
Petra Klinkhardt interesada en el expediente nº278/02-U.
Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías
Dirección General de Consumo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 11 de mayo de 2007, sobre notificación de Resoluciones a personas físicas y jurídicas de ignorado domicilio.
Otras Administraciones
Juzgado de Primera Instancia nº8 de Santa Cruz de Tenerife
Edicto de 4 de mayo de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de fa- milia. Divorcio contencioso nº0001485/2005.
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I. Disposiciones generales
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
855 DECRETO 105/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aero- mecánico.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley Or- gánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corres- ponde a las Administraciones educativas competen- tes establecer el currículo de las enseñanzas de formación profesional específica, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 625/1995, de 21 de abril (B.O.E.
de 23 de agosto), establece el Título de Técnico Su- perior en Mantenimiento Aeromecánico y las co- rrespondientes enseñanzas mínimas.
De acuerdo con el artículo 15 del Decreto terri- torial 156/1996, de 20 de junio, por el que se esta- blece la Ordenación General de las Enseñanzas de For- mación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde al Gobierno de Canarias establecer el currículo de los ciclos forma- tivos de Formación Profesional correspondientes a cada título.
El artículo 16 del citado Decreto territorial 156/1996, determina las características fundamentales de la Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias y el marco a partir del cual se establece el presente currículo. En este sentido el currículo del Ciclo Formativo Mantenimiento Aero- mecánico incluye sus objetivos generales; las capa- cidades actitudinales comunes; las orientaciones me- todológicas y didácticas; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los contenidos de los mó- dulos de formación en centro educativo; las capaci- dades terminales, sus criterios de evaluación y los con- tenidos/actividades del módulo de formación en centros de trabajo; la fundamentación curricular del módulo profesional de integración; la distribución en cursos y duraciones mínimas y máximas de los mó- dulos profesionales y la atribución docente de los nue- vos módulos incorporados en el currículo.
En el mencionado Real Decreto 625/1995, de 21 de abril, se especifica el perfil profesional del Títu- lo de referencia que incluye como competencia ge- neral:
Realizar el mantenimiento preventivo y correcti- vo de aeronaves de ala fija y ala rotatoria, sus siste- mas, equipos y componentes en el área mecánica (planta de potencia, sistemas mecánicos/hidráuli- cos/neumáticos y célula) abarcando la actividad en
el hangar, línea y taller, participando en la gestión del mismo, todo ello de acuerdo a normativas, y en las condiciones de calidad y seguridad establecidas.
Las unidades de competencia en las que se divi- de la competencia general del Título son:
1. Mantener la planta de potencia de la aeronave, sus sistemas, accesorios y elementos de control.
2. Mantener operativos los sistemas mecáni- cos/hidráulicos/neumáticos de la aeronave, los sub- conjuntos, componentes y elementos que los consti- tuyen y mantener en la línea los sistemas eléctricos y electrónicos.
3. Realizar el mantenimiento de las estructuras y del mobiliario e interiores de la aeronave.
4. Participar en la gestión del mantenimiento, co- laborando y/o controlando partes de su logística, de- cidiendo en ciertos casos sobre las condiciones de aeronavegabilidad de la aeronave.
El currículo establecido en el presente Decreto re- quiere un posterior desarrollo en los proyectos curriculares y las programaciones didácticas elaboradas por el equi- po docente del ciclo formativo que concrete su ade- cuación al entorno.
Al elaborar dichas programaciones desarrollando el presente currículo, también se ha de tomar como referencia la competencia profesional característica del título expresada en el correspondiente perfil, en concordancia con la primera finalidad de la forma- ción profesional que es la de proporcionar al alum- nado la formación necesaria para adquirir dicha com- petencia.
Los módulos profesionales que componen este ciclo formativo constituyen unidades coherentes de formación profesional específica, de carácter teóri- co-práctico o de carácter práctico en el caso del mó- dulo de formación en centros de trabajo, y su tipo- logía es:
Módulo asociado a una unidad de competencia, cuya formación está vinculada a una sola de las uni- dades en las que se divide la competencia general del título. Excepcionalmente los módulos de este tipo po- drán asociarse a unidades o bloques de competencia que complementan el perfil profesional definido a ni- vel estatal, por las especiales necesidades de cuali- ficación y de desarrollo socio-productivo en la Co- munidad Autónoma Canaria.
Módulo de base o transversal, que contiene un con- junto de formación profesional específica, de carác- ter más básico, que complementa la formación pro- fesional de base, asociado a más de una unidad de competencia.
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Módulo de formación y orientación laboral, que obedece a objetivos socio-educativos y está asocia- do a la finalidad de proporcionar al alumnado la for- mación necesaria para comprender la organización y características del sector correspondiente, los me- canismos de inserción profesional, la legislación la- boral básica y los derechos y obligaciones que se de- rivan de las relaciones laborales, y para adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para traba- jar en condiciones de seguridad y prevenir los posi- bles riesgos derivados de las situaciones de trabajo.
Módulo de integración, que es un módulo profe- sional específico del currículo de la Comunidad Ca- naria, cuya principal finalidad es la de integrar los con- tenidos científicos, tecnológicos y organizativos del ciclo formativo, para posibilitar la adquisición por el alumnado de una visión global y coordinada de los procesos productivos y de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del tí- tulo. Además de la finalidad enunciada, este módu- lo se constituye en un instrumento metodológico al- ternativo con los siguientes objetivos:
- Potenciar la capacidad de los alumnos para tra- bajar en equipo.
- Desarrollar su capacidad de autoaprendizaje.
- Reforzar las capacidades actitudinales más di- rectamente vinculadas al perfil profesional del título.
- Favorecer la integración de la teoría y la práctica.
- Vincular la formación en centro educativo con la formación práctica en centros de trabajo.
- Desarrollar la polivalencia que precisan la evo- lución de la competencia y los cambios del entorno profesional.
- Desarrollar la capacidad de adaptación a las dis- ponibilidades y necesidades del entorno socio-productivo.
- Desarrollar la iniciativa y autonomía personales para emprender individual y colectivamente tareas y proyectos de inserción profesional.
- Desarrollar el autoconcepto y la autoestima del alumno para una mejor valoración de sí mismo y de sus capacidades personales y profesionales.
Módulo de formación práctica en centros de tra- bajo, que presenta unas características propias, dife- renciadas de las de otros módulos de formación en centro educativo por sus finalidades específicas, por el ámbito en el cual se desarrolla y por el tipo de ac- tividades de formación, que serán reales e identifi- cadas entre las tareas productivas de los centros de trabajo. Este módulo tiene finalidades destacadas, en- tre otras, las de complementar la adquisición por los
alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro educativo, evaluando los aspectos más relevantes de la misma.
Finalmente, todo planteamiento metodológico en relación con la nueva formación profesional especí- fica debe estar orientado a favorecer en el alumna- do la integración de contenidos científicos, tecnoló- gicos y organizativos, la capacidad de autoaprendizaje y la capacidad para trabajar en equipo.
La metodología didáctica debe adaptarse no sólo a las peculiaridades colectivas del grupo-clase, sino también a las peculiaridades individuales de cada alumno o alumna, todo ello de acuerdo con el prin- cipio de desarrollo de la actividad educativa relati- vo a la formación personalizada.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Edu- cación, Cultura y Deportes, visto el informe del Con- sejo Escolar de Canarias y previa deliberación del Go- bierno en su reunión del día 15 de mayo de 2007,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- El presente Decreto establece, en su anexo, el currículo del Ciclo Formativo de Grado Su- perior correspondiente al Título de Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico, dispuesto en el Real Decreto 625/1995, de 21 de abril, que determi- na a su vez las correspondientes enseñanzas mínimas.
La duración total del ciclo formativo, incluida la formación en centros de trabajo, es de 2.000 horas.
El presente Decreto será de aplicación en el ám- bito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las características geográficas, socio-productivas, laborales y educativas de esta Co- munidad Autónoma.
De acuerdo con el Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Formación Profesio- nal Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización de los ciclos formativos responde a una estructura modular constituida por áreas de co- nocimientos teórico-prácticos y con duración varia- ble en función de las características de cada Título, y con el denominador común del módulo de Forma- ción en Centros de Trabajo.
Artículo 2.- 1. Los objetivos generales del ciclo formativo, que expresan el conjunto de capacidades globales que el alumnado ha de haber adquirido o de- sarrollado a la finalización del ciclo, son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.
2. Las capacidades actitudinales comunes a todo el ciclo formativo son las establecidas en el aparta- do 2 del anexo.
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3. La denominación de los módulos profesiona- les, las capacidades terminales, sus criterios de eva- luación y los contenidos de cada módulo, así como la fundamentación curricular del Módulo Profesio- nal de Integración, son los establecidos en el aparta- do 3 del anexo.
4. Los criterios de evaluación son el referente principal para valorar la adquisición de la competencia profesional por el alumnado.
5. Las orientaciones metodológicas y didácticas del ciclo formativo son las establecidas en el apar- tado 4 del anexo.
6. La ubicación y la duración mínima y máxima de los módulos profesionales están establecidas en el apartado 5 del anexo.
7. La atribución docente de los nuevos módulos profesionales se determina en el apartado 6 del ane- xo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única.- Dentro de los límites establecidos en el artículo 20.1 y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, la Consejería competente en materia de educación po- drá adaptar el currículo a que se refiere el presente Decreto a las exigencias de organización y metodo- logía de la educación de adultos, tanto en la moda- lidad de educación presencial como en la de educa- ción a distancia o en la de oferta parcial de enseñanzas, así como adecuarlo a las características del alumna- do con necesidades especiales.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Consejería competen- te en materia de educación para dictar las disposiciones que sean necesarias en el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Decreto y, en particular, las nor- mas relativas a la evaluación y promoción del alum- nado.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Ofi- cial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2007.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Isaac Cristóbal Godoy Delgado.
A N E X O
1.- OBJETIVOS GENERALES DEL CICLO FORMATIVO.
- Trabajar en equipo, responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, res- petando el trabajo y las ideas de los demás, parti- cipando activamente en la organización y desarro- llo de tareas colectivas, y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten.
- Dominar estrategias de comunicación para transmitir y recibir información correctamente y resolver situaciones conflictivas, tanto en el ámbi- to de las relaciones en el entorno de trabajo como en las relaciones externas, utilizando, en su caso, una lengua extranjera.
- Seleccionar, valorar y utilizar canales y fuen- tes de información y formación relacionadas con el ejercicio de la profesión, desarrollando la capaci- dad de adaptación a diversos puestos de trabajo, a nuevas situaciones laborales y a la evolución de la competencia profesional.
- Poseer una visión global y coordinada de los procesos productivos a los que está vinculada la competencia profesional del título, aprehendien- do su lógica, comprendiendo las dimensiones téc- nica, organizativa, económica y humana de su participación en los mismos, e integrando los co- nocimientos científicos, tecnológicos y organiza- tivos adquiridos.
- Desarrollar la iniciativa, el sentido de la res- ponsabilidad y la identidad y madurez profesio- nales que permitan proponer mejoras en los pro- cedimientos establecidos y soluciones a contingencias no previstas, mejorar la calidad del trabajo y la mo- tivación hacia el perfeccionamiento profesional, utilizando con un amplio grado de autonomía los conocimientos técnicos y el saber hacer necesa- rios.
- Programar, organizar y participar en procesos y actividades realizables por equipos de trabajo, para alcanzar objetivos identificados entre los co- munes del sector correspondiente, teniendo en cuen- ta los aspectos técnicos, organizativos, económicos y humanos, y estableciendo las condiciones de se- guridad y calidad necesarias.
- Aprovechar las características y posibilidades personales y del entorno para emprender y desarrollar, individual o colectivamente, proyectos empresa- riales.
- Analizar, adaptar y, en su caso, generar docu- mentación técnica imprescindible para la informa- ción, orientación y formación del personal colabo- rador dependiente.
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- Interpretar el marco legal, económico, organi- zativo y laboral que regula y condiciona las activi- dades profesionales del subsector de aeronaves, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones en el entorno de trabajo, así como los mecanismos y posibilidades de inser- ción profesional.
- Sensibilizarse respecto de los efectos que las condiciones de trabajo pueden producir sobre la sa- lud personal, colectiva y ambiental, con el fin de me- jorar las condiciones de realización del trabajo, pro- poniendo las medidas de previsión, prevención y protección adecuadas.
- Analizar los sistemas de las aeronaves, con ob- jeto de determinar averías, utilizando técnicas de diag- nosis y tomando las soluciones para la reparación de las mismas.
- Utilizar de forma adecuada los equipos de diag- nosis y control, utilizados para la detección de ave- rías en las aeronaves.
- Interpretar la información técnica asociada tan- to a las aeronaves como a los equipos e instalacio- nes asociadas a los procesos de mantenimiento de las mismas.
- Analizar los procesos de ejecución de mante- nimiento mecánico y de estructuras de las aerona- ves, con la calidad y seguridad previstas en las nor- mas, comprendiendo la interrelación y secuencia lógica de las fases de los trabajos y observando la corres- pondencia entre dichas fases y los materiales, los equipos y medios auxiliares que intervienen en ca- da uno de ellos.
- Realizar el mantenimiento de los sistemas aeromecánicos, operando las herramientas, materiales e instrumentos necesarios, actuando con la calidad requerida y cumpliendo las normas de seguridad e higiene, prevención de riesgos laborales, protec- ción del medio ambiente, eliminación de residuos y por el buen hacer profesional.
2.- CAPACIDADES ACTITUDINALES COMUNES.
- Reconocer la creciente importancia del traba- jo en equipo en el mundo laboral y demostrar ca- pacidad de adaptación e integración en diferentes grupos de trabajo, manteniendo relaciones y co- municaciones fluidas, respetando ideas y solucio- nes aportadas por otros con actitud de cooperación y tolerancia, compartiendo responsabilidades y dan- do y recibiendo instrucciones.
- Aceptar la necesidad del autoaprendizaje cons- tante y de la formación continua como instrumen-
tos que facilitan la adaptación a las innovaciones tec- nológicas y organizativas, la conservación del em- pleo y la reinserción profesional.
- Valorar positivamente la conveniencia de ele- gir los itinerarios formativos y profesionalizadores que mejor se adapten a las circunstancias persona- les, asumiendo el autoempleo como posibilidad fac- tible de inserción profesional.
- Mostrar interés por adquirir una visión global y coordinada de los procesos productivos a los que está vinculada la competencia profesional del títu- lo.
- Valorar el trabajo riguroso y bien hecho, al pla- nificar, organizar y desarrollar las actividades pro- pias, demostrando iniciativa, creatividad y sentido de la responsabilidad, manteniendo el interés durante todo el proceso, y sintiendo satisfacción personal por los resultados conseguidos.
- Reconocer la importancia de establecer una eficaz comunicación en el marco de las relaciones laborales y profesionales para el logro de objetivos personales y corporativos.
- Valorar la necesaria participación personal en la aplicación de la gestión y control de la calidad como factor que facilita el logro de mejores resul- tados y una mayor satisfacción de consumidores o usuarios.
- Evaluar el desarrollo de la actuación personal y colectiva, identificando aciertos y errores y ar- gumentando y proponiendo soluciones alternativas para mejorar procesos y resultados.
- Asumir el compromiso de mantener y cuidar las instalaciones y los equipos, y sacar el máximo provecho a los medios materiales utilizados en los procesos, evitando costes y desgastes innecesa- rios.
- Valorar y respetar la normativa de seguridad e higiene y de protección del medio ambiente en el trabajo.
- Sensibilizarse ante los problemas de accesibi- lidad e integración que afectan a las personas que padecen algún tipo de minusvalía, como posibles pro- fesionales o consumidores y usuarios en relación con el sector de aeronaves, actuando de forma solida- ria y aportando soluciones prácticas.
- Mostrar satisfacción por la precisión, exactitud, orden y limpieza con que se desarrollan individual y colectivamente las actividades.
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4.- ORIENTACIONES METODOLÓGICAS Y DIDÁC- TICAS.
La metodología didáctica que programe y apli- que el profesorado en el marco del proyecto curri- cular de centro, de la programación didáctica del ciclo formativo y de la programación de aula de su actividad docente estará orientada a promover en los alumnos y las alumnas:
- Su participación en los procesos de enseñan- za y aprendizaje, de forma que mediante una me- todología activa se desarrolle su capacidad de autonomía y responsabilidad personales, de creciente importancia en el mundo profesional.
Con este enfoque metodológico activo se debe evitar, por parte del profesorado, la presentación de soluciones únicas y exclusivas a los problemas o situaciones planteados, que restan al alumnado la posibilidad del descubrimiento propio. Por el con- trario, se debe fomentar que los alumnos y las alumnas participen en la propuesta de actividades que se programen para trabajar los distintos con- tenidos, que deben ser desarrollados, a ser posible, desde lo concreto a lo abstracto. De esta forma se contribuye a que, cuando se integren profesional- mente, sepan intervenir activamente en procesos de decisión compartida de forma creativa y positiva, desarrollando un espíritu crítico constructivo y aportando soluciones alternativas.
Al ser el alumnado quien construye su propio aprendizaje, el profesor o la profesora actuará co- mo guía y mediador para facilitar la construcción de capacidades nuevas sobre la base de las ya ad- quiridas. En todo caso, la misión del profesorado, además de orientarse fundamentalmente a facili- tar la adquisición de una serie de conocimientos, habilidades cognitivas, destrezas manuales y ac- titudes relativas a la competencia profesional a la que está vinculado el presente currículo, también debe contribuir a que el alumnado descubra su ca- pacidad potencial en relación con las ocupaciones implicadas en el perfil profesional correspon- diente, reforzando y motivando la adquisición de nuevos hábitos de trabajo.
- La adquisición de una visión global y coor- dinada de los procesos productivos a los que es- tá vinculada la competencia profesional del títu- lo, por medio de la necesaria integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizati- vos.
- El desarrollo de la capacidad para aprender por sí mismos, de modo que adquieran una identidad y madurez profesionales motivadoras de futuros apren- dizajes y adaptaciones al cambio de las cualifica- ciones.
- El desarrollo de la capacidad para trabajar en equi- po, por medio de actividades de aprendizaje realiza- das en grupo, de forma que cuando en el ámbito pro- fesional se integren en equipos de trabajo puedan mantener relaciones fluidas con sus miembros, co- laborando en la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, parti- cipando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas, cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud to- lerante hacia las ideas de los compañeros, y respe- tando las normas y métodos establecidos.
En relación con la forma de organizar el apren- dizaje significativo de los contenidos que se pro- gramen a partir del currículo establecido en este De- creto, el profesorado deberá tener en cuenta las siguientes orientaciones generales:
- La estructuración de los contenidos en blo- ques, tal como se presenta en este currículo, no tie- ne por qué considerarse única e inflexible, ni en mo- do alguno interpretarse como una sucesión ordenada de unidades didácticas o de trabajo.
El profesorado deberá desarrollar y organizar ta- les unidades conforme a los criterios que, a su jui- cio, permitan una mejor adquisición de la compe- tencia profesional. Para ello habrá de tener presente que las actividades productivas requieren de la ac- ción, es decir, del dominio de unos modos opera- tivos, del “saber hacer”. Por esta razón, los apren- dizajes en la formación profesional específica deben articularse fundamentalmente en torno a los pro- cedimientos que tomen como referencia los procesos y métodos de producción a los que remiten las realizaciones y el dominio profesional expresados en las unidades de competencia del perfil corres- pondiente.
Además del “saber hacer”, tiene una importan- cia cada vez más creciente en el mundo producti- vo el dominio del “saber estar”; es decir, de las ac- titudes. A partir de las capacidades y contenidos actitudinales del currículo, el profesorado hará el correspondiente desarrollo curricular tomando tam- bién como referencia las capacidades profesiona- les del perfil.
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Esta forma de organizar los contenidos educa- tivos, además de posibilitar el desarrollo de las ca- pacidades involucradas en los propios procedi- mientos y actitudes, y de hacer de las actividades materia de aprendizaje directo, metodológica- mente supone una estrategia para aprender y com- prender significativamente el resto de conteni- dos: hechos, conceptos, principios, normas, reglas, descripción de técnicas y procedimientos, termi- nología, etc.
- Para que el aprendizaje sea eficaz, debe es- tablecerse también una secuencia precisa entre todos los contenidos que se incluyen en el perío- do de enseñanza-aprendizaje del módulo profesional correspondiente. Esta secuencia y organización de los contenidos deberán tener como referencia básica las capacidades terminales de cada módu- lo profesional. De esta forma, no se deben programar y trabajar contenidos y, por lo tanto, actividades de enseñanza y aprendizaje que no se correspon- dan con capacidades que se deriven del perfil pro- fesional, de las capacidades terminales y de sus criterios de evaluación del currículo prescriptivo o, en última instancia, de las capacidades identi- ficadas por los propios centros docentes por adap- tación a los requerimientos profesionales de su en- torno.
Antes de establecer esta secuencia de conteni- dos y definir las distintas unidades didácticas o de trabajo del módulo profesional correspondiente, es conveniente que el profesorado identifique y enuncie primero un gran contenido organizador, que en los módulos asociados a una unidad de com- petencia casi siempre sería de carácter procedi- mental y globalizador, que sirva de eje integrador del proceso de enseñanza-aprendizaje, a partir del cual se confeccione la secuencia y estructura de los contenidos más específicos y de las distintas acti- vidades. Una buena referencia para enunciar este contenido organizador de carácter procedimental y globalizador lo constituye el propio enunciado de la unidad de competencia.
De esta forma, los contenidos se trabajarían se- gún vayan siendo demandados por las actividades programadas en el marco del gran contenido orga- nizador, construyéndose nuevas capacidades a par- tir de los conocimientos, habilidades cognitivas, des- trezas manuales y actitudes previamente adquiridos por el alumnado dentro o fuera del aula. Los pro- cedimientos se convertirían así en los contenidos organizadores del proceso de enseñanza-aprendi- zaje, mientras que los conocimientos más teóricos y las actitudes adquirirían la categoría de conteni-
dos soporte, que también tendrían que ser trabaja- dos en conexión con los procedimientos. En todo caso habría que hacer las adaptaciones oportunas para aquellos alumnos o alumnas que presenten necesidades educativas especiales.
Una planificación eficaz de las actividades del proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación, en cuanto a su selección, organización y secuencia en el marco de cada unidad didáctica o de trabajo, constituye un aspecto fundamental del desarrollo curricular para la correcta aplicación de la progra- mación de la acción docente en el aula. Puesto que el objetivo fundamental de esta acción docente es facilitarle el aprendizaje al alumnado de modo que alcance las distintas capacidades involucradas en el currículo y en el perfil profesional al que está aso- ciado, la elección del tipo de actividad estará de acuer- do con:
• Las capacidades que debe construir el alum- nado y los contenidos que de ellas se derivan.
• Las capacidades conceptuales, procedimenta- les y actitudinales previas detectadas en el alum- nado, relacionadas con las capacidades del currículo.
En relación con ello, para adecuar la programación de aula de la actividad docente resulta muy con- veniente, al comenzar el curso escolar, identificar las capacidades de formación general, de formación profesional de base y, en su caso, de formación profesional específica, especialmente vinculadas al currículo, que el grupo-clase en general y cada alumno o alumna en particular haya podido ad- quirir en etapas, ciclos o enseñanzas anteriores e, incluso, a través de experiencias profesionales pre- vias.
• Los recursos con los que cuenta el centro y las entidades colaboradoras del entorno.
• El tiempo disponible.
Las actividades de enseñanza y aprendizaje, en el ámbito de la formación profesional específica, podrían clasificarse en tres grandes grupos, según el momento de utilización, los recursos requeridos y su finalidad:
1. Actividades iniciales, que podrían ser de eva- luación inicial, introducción, descubrimiento, orien- tación o adquisición de habilidades cognitivas y des- trezas básicas.
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2. Actividades de adiestramiento, desarrollo, análisis o estudio, destinadas a desarrollar habili- dades cognitivas y destrezas más complejas.
3. Actividades de aplicación, generalización, re- sumen y culminación, destinadas a aplicar, medir, evaluar o situar lo aprendido en una estructura más amplia, y a adquirir capacidades que sean transfe- ribles a otras situaciones, lo más próximas a situa- ciones de trabajo reales.
- La teoría y la práctica, como elementos inse- parables del lenguaje tecnológico y del proceso de enseñanza-aprendizaje, están integradas en los ele- mentos del currículo prescriptivo de cada módulo profesional, y también deben integrarse en el de- sarrollo curricular que realice el profesorado y en el proceso educativo adoptado en el aula.
A estos efectos, la teoría y la práctica deben constituir un continuum que facilite la realización de las actividades que lleve a cabo el alumnado. Ca- da unidad didáctica, unidad de trabajo o período de permanencia en el aula puede comenzar por uno u otro aspecto, el que se estime más conveniente por el profesorado, y el paso del uno al otro se dará en cualquier momento del proceso, el que se juzgue más oportuno.
- Para promover la adquisición, por parte del alumnado, de la aludida visión global y coordinada de los procesos productivos a los que está vincu- lada la competencia profesional del título, no só- lo es necesario que se programen actividades de enseñanza y aprendizaje que supongan la inte- gración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos en el ámbito de cada módulo pro- fesional en particular, sino que resulta indispen- sable la necesaria programación de actividades de carácter interdisciplinar para todos los módu- los del ciclo formativo por parte del equipo edu- cativo del mismo, sin perjuicio de la posible uti- lización a estos efectos del módulo profesional transversal de “Integración”.
- Con el fin de fomentar la relación con el en- torno productivo y aproximarse mejor a contex- tos reales de trabajo, una actividad complemen- taria de especial importancia para la formación profesional específica es la visita técnica, que permite un acercamiento a la realidad profesional a la que está vinculada la competencia profesio- nal del título.
A estos efectos, las visitas técnicas deben es- tar conectadas con las actividades de enseñanza y aprendizaje desarrolladas en el centro educati- vo, pudiendo ser en ocasiones la antesala de una propuesta de trabajo concreto, o bien el refuerzo de un conjunto coherente de tareas realizadas en el aula.
En cualquiera de los casos, estas visitas técni- cas deben tener objetivos concretos y programa- dos, y se han de organizar de forma que no im- pliquen excesiva ruptura con el proceso general de enseñanza y aprendizaje del ciclo formativo en cuestión.
- El perfil profesional al que está asociado el presente currículo implica el desarrollo de traba- jos de ejecución, con capacidad de realización de acciones de contenido politécnico y/o polifun- cional, de forma autónoma o subordinada, utili- zando instrumentos y técnicas que le son inherentes, de acuerdo con directrices y métodos establecidos.
Por ello, resulta muy conveniente que se desarrollen actividades de aprendizaje que simulen ambien- tes productivos reales en los que el profesorado o, en su caso, el alumnado de ciclos superiores afi- nes asuman funciones de organización y coordi- nación, supervisando y controlando resultados in- termedios y finales.
El perfil profesional al que está asociado el presente currículo implica responsabilidades de pla- nificación a su nivel, organización, programación, coordinación, dirección e integración de personal, y/o control, por lo que la metodología didáctica que programe y aplique el profesorado deberá fa- vorecer en el alumnado la construcción de capa- cidades que sirvan de soporte a dichas responsa- bilidades.
A estos efectos, y siempre que sea posible, es muy conveniente desarrollar actividades de apren- dizaje que supongan la simulación del ejercicio de las citadas responsabilidades, actividades que se pueden desarrollar en el marco del propio grupo- clase, o en el contexto de actividades de carácter interdisciplinar con grupos de alumnos de programas de garantía social o de ciclos de grado medio, de cuyo perfil profesional asociado se derive algún tipo de dependencia funcional y técnica en rela- ción con las competencias profesionales involu- cradas en el ciclo correspondiente.
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856 DECRETO 106/2007, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al Título de Técnico en Tratamientos Superficiales y Tér- micos.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley Or- gánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corres- ponde a las Administraciones educativas competen- tes establecer el currículo de las enseñanzas de formación profesional específica, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 2.420/1994, de 16 de diciembre, establece el Título de Técnico en Tratamientos Su- perficiales y Térmicos y las correspondientes ense- ñanzas mínimas.
De acuerdo con el artículo 15 del Decreto terri- torial 156/1996, de 20 de junio, por el que se esta- blece la Ordenación General de las Enseñanzas de For- mación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde al Gobierno de Canarias establecer el currículo de los ciclos forma- tivos de Formación Profesional correspondientes a cada título.
El artículo 16 del citado Decreto Territorial 156/1996, determina las características fundamenta- les de la Formación Profesional Específica en la Co- munidad Autónoma de Canarias y el marco a partir del cual se establece el presente currículo. En este sen- tido el currículo del Ciclo Formativo Tratamientos Superficiales y Térmicos incluye sus objetivos generales;
las capacidades actitudinales comunes; las orienta- ciones metodológicas y didácticas; las capacidades terminales, sus criterios de evaluación y los conte- nidos de los módulos de formación en centro educativo;
las capacidades terminales, sus criterios de evalua- ción y los contenidos/actividades del módulo de for- mación en centros de trabajo; la fundamentación cu- rricular del módulo profesional de integración; y la distribución en cursos y duraciones mínimas y má- ximas de los módulos profesionales.
En el mencionado Real Decreto 2.420/1994, de 16 de diciembre, se especifica el perfil profesional del Título de referencia que incluye como competencia general:
Realizar las distintas operaciones en los procesos de tratamientos térmicos y superficiales, controlan- do los productos obtenidos, así como el funcionamiento, puesta en marcha y parada de los equipos e instala- ciones, responsabilizándose del mantenimiento de primer nivel de los equipos e instalaciones, obte- niendo la producción en las condiciones de calidad, seguridad y plazos requeridos.
Las unidades de competencia en las que se divi- de la competencia general del Título son:
1. Preparar y realizar tratamientos superficiales en productos metálicos, plásticos y materiales com- puestos.
2. Preparar y realizar tratamientos térmicos en productos metálicos.
3. Preparar y programar equipos e instalaciones de procesos automáticos de tratamientos.
4. Comprobar las características del producto.
5. Realizar la administración, gestión y comer- cialización en una pequeña empresa o taller.
El currículo establecido en el presente Decreto re- quiere un posterior desarrollo en los proyectos curriculares y las programaciones didácticas elaboradas por el equi- po docente del ciclo formativo que concrete su ade- cuación al entorno.
Al elaborar dichas programaciones desarrollando el presente currículo, también se ha de tomar como referencia la competencia profesional característica del título expresada en el correspondiente perfil, en concordancia con la primera finalidad de la forma- ción profesional que es la de proporcionar al alum- nado la formación necesaria para adquirir dicha com- petencia.
Los módulos profesionales que componen este ciclo formativo constituyen unidades coherentes de formación profesional específica, de carácter teóri- co-práctico o de carácter práctico en el caso del mó- dulo de formación en centros de trabajo, y su tipo- logía es:
Módulo asociado a una unidad de competencia, cuya formación está vinculada a una sola de las uni- dades en las que se divide la competencia general del título. Excepcionalmente los módulos de este tipo po- drán asociarse a unidades o bloques de competencia que complementan el perfil profesional definido a ni- vel estatal, por las especiales necesidades de cuali- ficación y de desarrollo socioproductivo en la Comunidad Autónoma Canaria.
Módulo de base o transversal, que contiene un con- junto de formación profesional específica, de carác- ter más básico, que complementa la formación pro- fesional de base, asociado a más de una unidad de competencia.
Módulo de formación y orientación laboral, que obedece a objetivos socio-educativos y está asociado a la finalidad de proporcionar al alumnado la for- mación necesaria para comprender la organización y características del sector correspondiente, los me- canismos de inserción profesional, la legislación laboral básica y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, y para adquirir
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los conocimientos y habilidades necesarios para trabajar en condiciones de seguridad y prevenir los posibles riesgos derivados de las situaciones de tra- bajo.
Módulo de integración, que es un módulo profe- sional específico del currículo de la Comunidad Ca- naria, cuya principal finalidad es la de integrar los con- tenidos científicos, tecnológicos y organizativos del ciclo formativo, para posibilitar la adquisición por el alumnado de una visión global y coordinada de los procesos productivos y de creación de servicios a los que está vinculada la competencia profesional del tí- tulo. Además de la finalidad enunciada, este módu- lo se constituye en un instrumento metodológico al- ternativo con los siguientes objetivos:
- Potenciar la capacidad de los alumnos para tra- bajar en equipo.
- Desarrollar su capacidad de autoaprendizaje.
- Reforzar las capacidades actitudinales más di- rectamente vinculadas al perfil profesional del título.
- Favorecer la integración de la teoría y la práctica.
- Vincular la formación en centro educativo con la formación práctica en centros de trabajo.
- Desarrollar la polivalencia que precisan la evo- lución de la competencia y los cambios del entorno profesional.
- Desarrollar la capacidad de adaptación a las dis- ponibilidades y necesidades del entorno socioproductivo.
- Desarrollar la iniciativa y autonomía personales para emprender individual y colectivamente tareas y proyectos de inserción profesional.
- Desarrollar el autoconcepto y la autoestima del alumno para una mejor valoración de sí mismo y de sus capacidades personales y profesionales.
Módulo de formación práctica en centros de tra- bajo, que presenta unas características propias, dife- renciadas de las de otros módulos de formación en centro educativo por sus finalidades específicas, por el ámbito en el cual se desarrolla y por el tipo de ac- tividades de formación, que serán reales e identifi- cadas entre las tareas productivas de los centros de trabajo. Este módulo tiene finalidades destacadas, en- tre otras, las de complementar la adquisición por los alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro educativo, evaluando los aspectos más relevantes de la misma.
Finalmente, todo planteamiento metodológico en relación con la nueva formación profesional especí- fica debe estar orientado a favorecer en el alumna-
do la integración de contenidos científicos, tecnoló- gicos y organizativos, la capacidad de autoaprendi- zaje y la capacidad para trabajar en equipo.
La metodología didáctica debe adaptarse no sólo a las peculiaridades colectivas del grupo-clase, sino también a las peculiaridades individuales de cada alumno o alumna, todo ello de acuerdo con el prin- cipio de desarrollo de la actividad educativa relati- vo a la formación personalizada.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Edu- cación, Cultura y Deportes, visto el informe del Con- sejo Escolar de Canarias y previa deliberación del Go- bierno en su reunión del día 15 de mayo de 2007,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- El presente Decreto establece, en su anexo, el currículo del Ciclo Formativo de Grado Me- dio correspondiente al Título de Técnico en Tratamientos Superficiales y Térmicos, dispuesto en el Real De- creto 2.420/1994, de 16 de diciembre, que determi- na a su vez las correspondientes enseñanzas mínimas.
La duración total del ciclo formativo, incluida la formación en centros de trabajo, es de 1.400 horas.
El presente Decreto será de aplicación en el ám- bito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta las características geográficas, socioproductivas, laborales y educativas de esta Co- munidad Autónoma.
De acuerdo con el Decreto territorial 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación Ge- neral de las Enseñanzas de Formación Profesional Es- pecífica en la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización de los ciclos formativos responde a una estructura modular constituida por áreas de conoci- mientos teórico-prácticos y con duración variable en función de las características de cada Título, y con el denominador común del módulo de Formación en Centros de Trabajo.
Artículo 2.- 1. Los objetivos generales del Ciclo Formativo, que expresan el conjunto de capacidades globales que el alumnado ha de haber adquirido o de- sarrollado a la finalización del ciclo, son los que se establecen en el apartado 1 del anexo de este Decreto.
2. Las capacidades actitudinales comunes a todo el ciclo formativo son las establecidas en el aparta- do 2 del anexo.
3. La denominación de los módulos profesiona- les, las capacidades terminales, sus criterios de eva- luación y los contenidos de cada módulo, así como la fundamentación curricular del Módulo Profesio- nal de Integración, son los establecidos en el aparta- do 3 del anexo.
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4. Los criterios de evaluación son el referente principal para valorar la adquisición de la competencia profesional por el alumnado.
5. Las orientaciones metodológicas y didácticas del ciclo formativo son las establecidas en el apar- tado 4 del anexo.
6. La ubicación y la duración mínima y máxima de los módulos profesionales están establecidas en el apartado 5 del anexo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única.- Dentro de los límites establecidos en el artículo 20.1 y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Territorial 156/1996, de 20 de junio, la Consejería competente en materia de educación po- drá adaptar el currículo a que se refiere el presente Decreto a las exigencias de organización y metodo- logía de la educación de adultos, tanto en la moda- lidad de educación presencial como en la de educa- ción a distancia o en la de oferta parcial de enseñanzas, así como adecuarlo a las características del alumna- do con necesidades especiales.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Consejería competen- te en materia de educación para dictar las disposiciones que sean necesarias en el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Decreto y, en particular, las nor- mas relativas a la evaluación y promoción del alum- nado.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Ofi- cial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2007.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, Isaac Cristóbal Godoy Delgado.
A N E X O
1.- OBJETIVOS GENERALES DEL CICLO FORMATIVO.
- Trabajar en equipo, colaborando en la consecu- ción de los objetivos asignados, respetando el traba- jo y las ideas de los demás, participando activamen- te en la organización y desarrollo de tareas colectivas, y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten.
- Establecer una eficaz comunicación verbal, es- crita y gestual para transmitir y recibir una correcta información y resolver situaciones conflictivas, tan- to en el ámbito de las relaciones en el entorno de tra- bajo como en las relaciones externas.
- Seleccionar y utilizar canales y fuentes de in- formación y formación relacionados con el ejercicio de la profesión, desarrollando la capacidad de adap- tación a diversos puestos de trabajo, a nuevas situa- ciones laborales y a la evolución de la competencia profesional.
- Poseer una visión global y coordinada de los pro- cesos productivos, a los que está vinculada la com- petencia profesional del título, aprehendiendo su ló- gica e integrando los conocimientos científicos, tecnológicos y organizativos adquiridos.
- Actuar con iniciativa y sentido de la responsa- bilidad, utilizando los conocimientos técnicos y el sa- ber hacer necesarios, desarrollando una identidad y madurez profesionales que permitan aportar mejoras al trabajo, la valoración del trabajo riguroso y bien hecho y la motivación hacia el perfeccionamiento pro- fesional.
- Ejecutar un conjunto de acciones de contenido politécnico y/o polifuncional, de forma autónoma o subordinada, vinculadas a los procesos y técnicas relativos a la profesión correspondiente, siguiendo los procedimientos y métodos establecidos, diagnosticando las causas de incidencias y anomalías, y actuando con eficacia ante ellas.
- Aprovechar las características y posibilidades per- sonales y del entorno para emprender y desarrollar, individual o colectivamente, proyectos empresaria- les.
- Aplicar técnicas de administración, gestión y comercialización para una pequeña empresa, identi- ficando los canales de información para su creación y desarrollo, y las obligaciones legales que afectan a la actividad empresarial en Canarias.
- Interpretar el marco legal, económico, organizativo y laboral que regula y condiciona las actividades profesionales del sector de fabricación mecánica, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones en el entorno de trabajo, así como los mecanismos y posibilidades de inserción profesional.
- Sensibilizarse respecto a los efectos que las con- diciones de trabajo pueden producir sobre la salud per- sonal, colectiva y ambiental, con el fin de mejorar las condiciones de realización del trabajo, utilizando las medidas de previsión, prevención y protección ade- cuadas.
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- Organizar y participar en procesos y actividades realizables por equipos de trabajo, para alcanzar ob- jetivos identificados entre los comunes del sector correspondiente, teniendo en cuenta los aspectos téc- nicos, organizativos, económicos y humanos, y es- tableciendo las condiciones de seguridad y calidad necesarias.
- Seleccionar e interpretar la información técnica relacionada con la profesión, analizando y valoran- do su contenido y utilizando la terminología y sim- bología adecuadas, como soporte para la optimiza- ción de su trabajo y como elemento de actualización técnica.
- Planificar el conjunto de actividades necesarias para realizar su trabajo con iniciativa y responsabi- lidad, identificando y seleccionando la información y medios técnicos necesarios con el fin de obtener un producto ajustado a normas y parámetros previs- tos con el máximo aprovechamiento de los recursos.
- Analizar y/o realizar los tratamientos térmicos y superficiales, aplicando la relación y secuencia ló- gica de fases y operaciones, interpretando y/o adop- tando criterios de seguridad, calidad y economía.
- Analizar las propiedades y características más re- levantes de los materiales, productos y herramientas de tratamientos, sus aplicaciones y criterios de utili- zación, con el fin de realizar correctamente el pro- ceso.
- Analizar y ejecutar los trabajos de tratamientos térmicos y superficiales con autonomía y destreza, preparando, programando y operando los equipos e instalaciones con precisión, y controlando el proce- so, con el fin de obtener el producto con las caracte- rísticas de calidad y producción requeridas.
- Realizar y valorar las verificaciones y ensayos de control de calidad, relacionando las característi- cas de los materiales o del producto objeto del ensa- yo, con la calidad establecida en las normas; repre- sentando y evaluando los resultados obtenidos.
- Resolver los problemas planteados en el proce- so de tratamientos térmicos y superficiales, diag- nosticando las causas de incidencias o anomalías y actuando en consecuencia, con el fin de dar respuesta a las contingencias del proceso.
2.- CAPACIDADES ACTITUDINALES COMUNES.
- Reconocer la creciente importancia del trabajo en equipo en el mundo laboral y demostrar capaci- dad de adaptación e integración en diferentes grupos de trabajo, manteniendo relaciones y comunicacio- nes fluidas, respetando ideas y soluciones aportadas por otros con actitud de cooperación y tolerancia, com-
partiendo responsabilidades y dando y recibiendo instrucciones.
- Aceptar la necesidad del autoaprendizaje cons- tante y de la formación continua como instrumentos que facilitan la adaptación a las innovaciones tecno- lógicas y organizativas, la conservación del empleo y la reinserción profesional.
- Valorar la conveniencia de elegir los itinerarios formativos y profesionalizadores que mejor se adap- ten a las circunstancias personales, asumiendo el autoempleo como posibilidad factible de inserción pro- fesional.
- Mostrar interés por adquirir una visión global y coordinada de los procesos productivos a los que es- tá vinculada la competencia profesional del título.
- Valorar el trabajo riguroso y bien hecho, al pla- nificar, organizar y desarrollar las actividades propias, demostrando iniciativa, creatividad y sentido de la res- ponsabilidad, manteniendo el interés durante todo el proceso, y sintiendo satisfacción personal por los re- sultados conseguidos.
- Reconocer la importancia de establecer una efi- caz comunicación en el marco de las relaciones la- borales y profesionales para el logro de objetivos personales y corporativos.
- Valorar la necesaria participación personal en la aplicación de la gestión y control de la calidad co- mo factor que facilita el logro de mejores resultados y una mayor satisfacción de consumidores o usua- rios.
- Evaluar el desarrollo de la actuación personal y colectiva, identificando aciertos y errores y argu- mentando y proponiendo soluciones alternativas pa- ra mejorar procesos y resultados.
- Asumir el compromiso de mantener y cuidar las instalaciones y los equipos, y sacar el máximo pro- vecho a los medios materiales utilizados en los pro- cesos, evitando costes y desgastes innecesarios.
- Valorar y respetar la normativa de seguridad e higiene y de protección del medio ambiente en el tra- bajo.
- Sensibilizarse ante los problemas de accesibili- dad e integración que afectan a las personas que pa- decen algún tipo de minusvalía, como posibles pro- fesionales o consumidores y usuarios en relación con el sector de fabricación mecánica, actuando de forma solidaria y aportando soluciones prácticas.
- Mostrar satisfacción por la precisión, exactitud, orden y limpieza con que se desarrollan individual y colectivamente las actividades.
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