Universidad Autónoma de Madrid Facultad de Filosofía y Letras Departamento de Historia Moderna
LA CASA REAL DE FELIPE III (1598-1621) ORDENANZAS Y ETIQUETAS
Tesis Doctoral realizada por D. Rubén Mayoral López Director: Prof. Dr. José Martínez Millán Enero de 2007
Durante la realización de esta tesis he contraído numerosas deudas de gratitud que difícilmente podré reembolsar. No pretendo con esta manida frase repetir un lugar común, sino tratar de expresar una realidad que, construida poco a poco, tras varios años de trabajo ha dado a luz una enorme montaña de profundas raíces que, lejos de entorpecer mi trabajo como si de una pesada carga se tratase, me ha dado ánimos día tras día para concluirlo.
Debería comenzar por la Universidad Autónoma de Madrid, que me proporcionó durante los dos cursos iniciales del doctorado una Ayuda de Tercer Ciclo.
Los siguientes años disfruté de una beca del Programa de Formación de Personal Investigador de la Comunidad de Madrid, el principal de cuyos frutos fue la realización de esta tesis, además de permitirme de integrarme en el estamento del Personal Docente Investigador en Formación, iniciando de esta manera mi carrera investigadora. Espero que, por el bien de ciencia, este programa siga brindando a doctorandos oportunidades como ésta durante muchos años más. Tampoco puedo olvidar al personal de los archivos y bibliotecas que he consultado durante mi investigación, particularmente los del Archivo General del Palacio Real de Madrid, que durante bastante tiempo se convirtió en mi lugar de trabajo habitual.
Cuando hablé con el profesor José Martínez Millán para que me dirigiese la tesis, apenas podía imaginar que estaba ganando con ello el acceso a un grupo de personas con una gran calidad, no sólo investigadora, sino humana; un prisma en cuyo seno mi trabajo se ha visto enriquecido en virtud a los reflejos que arrojaban cada uno.
Destacaría de entre ellos, por guiarme en mis primeros pasos en el archivo y ayudarme de una manera especial a que la tesis haya tomado su forma definitiva, a los doctores Ignacio J. Ezquerra, José Eloy Hortal, Félix Labrador y Alejandro López. Pero, indudablemente, mis mayores agradecimientos están dirigidos a mi director, el catedrático José Martínez Millán, quien durante estos largos años me ha guiado hasta llegar a buen puerto con toda la habilidad, paciencia y sabiduría que atesora.
No puedo concluir sin mencionar a todos aquéllos que han sufrido mis ausencias, tanto físicas como, a menudo, mentales -perdido como estaba en los vericuetos de los archivos-, y que, pese a ello, seguían prestándome todo el apoyo y calor del que eran capaces: mis amigos y sus llamadas de teléfono; mi abuela Sara, mis padres, Sara y José, y mi hermana Alba, intentando mantenerme “en el siglo”. Y, sobre todo, Mónica, que me ha demostrado que no estoy sólo.
ABREVIATURAS
ACA. Archivo de la Corona de Aragón
AGP. Archivo General de Palacio
Admin. Administrativa
Hca. Histórica
Per. Personal
RC. Real Capilla
Regs. Registros
AGR. Archive General du Royaume (Bruselas)
AGS. Archivo General de Simancas
CC. Cámara de Castilla
CC.GG. Contadurías Generales
CJH. Consejo y Juntas de Hacienda
CMC. Contaduría Mayor de Cuentas
CSR. Casas y Sitios Reales
DC. Diversos Castilla
DGT. Dirección General del Tesoro
E. Estado
EH. Expedientes de Hacienda
EMR. Escribanía Mayor de Rentas
MP. Mercedes y privilegios QC. Quitaciones de Corte
PR. Patronato Real
AHN. Archivo Histórico Nacional
CS. Consejos (suprimidos)
E. Estado
OO.MM. Órdenes Militares
AHPM Archivo Histórico de Protocolos de Madrid
AZ Archivo Zabálburu
BE. Biblioteca del Real Monasterio del Escorial
BNM. Biblioteca Nacional. Madrid
Ms. Manuscrito
BPR. Biblioteca del Palacio Real
IVDJ Instituto Valencia de Don Juan
Ms. Manuscrito
RAH. Real Academia de la Historia
ÍNDICE
ABREVIATURAS
5CAPÍTULO I: EVOLUCIÓN DE LA CASA REAL
23 1- Secciones de las Casas de los reinos que componían la Monarquía
Hispana 26
2- La Casa del archiduque Carlos 31
3- La imposición de la Casa de Borgoña como modo de servicio de los reyes
de la Monarquía Hispana 34
4- La Casa Real de Felipe II 35
5- La Casa de Felipe III. Hacia la formación de la Casa Real de la
Monarquía Hispana. Las ordenanzas de 1623-24 38 - Apéndice: “Reformacion de la cassa real echa en el año de 1624” 41
CAPÍTULO II- LA CAPILLA REAL
47 1- LA CAPILLA, ELEMENTO ESENCIAL DE LA CASA REAL 47
2- ESTRUCTURA DE LA CAPILLA 53
2.1- Capellán y limosnero mayor 53
2.2- Teniente de la limosna 83
2.3- Sumilleres de cortina/oratorio 84
2.4- Maestro de la capilla 88
2.5- Capellanes 91
2.5.1- Puntador o apuntador 122
2.6- Teniente de la capilla 125
2.7- Música (coro e instrumentos) 126
2.8- Mozos 141
2.9- Furrier (o furriel) 149
2.10- Cantorcillos 153
2.11- Apuntador de libros 171
2.12- Oficios menores 172
2.12.1- Hostiero/oblero 172
2.12.2- Bonetero 173
2.12.3- Barrenderos 173
2.12.4- Barbero 173
3- OFICIOS EXCLUSIVOS DE LA CAPILLA CASTELLANA 174
3.1- Predicadores 174
3.2- Capellanes 180
3.2.1- Juez y justicia en la real capilla 181 3.2.2- Receptor/sacristán mayor y la sacristía 186
3.2.3- Cura de palacio y confesores 196
3.2.4- Maestro de ceremonias 200
3.2.5- Secretario y notario 203
CAPÍTULO III- LA CÁMARA Y LOS OFICIOS DE LA CASA
207
1- CASA DE BORGOÑA 214
1.1- Sumiller de corps y camarero mayor 215
1.2- Mayordomo mayor 223
1.3- Mayordomos 236
1.4- Gentileshombres de la boca 245
1.5- Gentileshombres de la casa (también acroyes o acroes) 251
1.6- Barlet servant (o barleservante) 253
1.7- Costilleres 254
1.8- Panatería o panetería 255
1.8.1- Sumiller de la panatería 255
1.8.1.1- Panadero de la boca 271
1.8.1.2- Panadero del común 272
1.8.2- Ujier de la vianda o de sala 274
1.8.3- Ayudas u oficiales de la panatería 276
1.8.4- Mozo de la panatería 278
1.8.5- Frutier 279
1.8.6- Oblier 281
1.9- Cava o “eschançonería” 282
1.9.1- Sumiller de la cava 282
1.9.2- Ayudas de la cava 289
1.9.3- Portero de la cava 290
1.9.4- Mozo de la cava 290
1.10- Cocina 291
1.10.1- Escuyer de cocina o veedor de viandas 291
1.10.2- Cocinero mayor 294
1.10.3- Cocineros o ayudas de cocina 296
1.10.4- Portadores de cocina 299
1.10.5- Mozos de cocina 300
1.10.6- Ganapanes o sotamozos y galopines 301
1.10.7- Portero de cocina 302
1.10.8- Potagier 304
1.10.9- Bussier (o busier) 305
1.10.10- Otros oficios de la cocina 306
1.10.10.1- Pastelero 306
1.10.10.2- Aguador 307
1.10.10.3- Tripero 309
1.9.10.4- Especiero o confitero 309
1.11- Salsería 310
1.11.1- Salsier o sausier 310
1.11.2- Ayudas de la salsería 314
1.11.3- Mozo de la salsería 315
1.12- Guardamanger 316
1.12.1- Comprador 316
1.12.2- Oficiales del guardamanger 319
1.12.3- Mozo del guardamanger 324
1.13- Cerería 325
1.13.1- Cerero 325
1.13.2- Oficiales o ayudas de la cerería 335
1.13.3- Mozo de la cerería 336
1.14- Tapicería 336
1.14.1- Tapicero 337
1.14.2- Ayudas de la tapicería 346
1.14.3- Sotayudas de la tapicería 347
1.14.4- Mozo de la tapicería 347
1.14.5- Rejador, retopador o retupidor 348
1.15- Furriera 348
1.15.1- Gentileshombres de cámara 349
1.15.2- Guardajoyas 353
1.15.2.1- Guardajoyas 354
1.15.2.2- Ayudas de la guardajoyas 374
1.15.2.3- Mozo o sotayuda de la guardajoyas 375
1.15.3- Guardarropa 375
1.15.4- Médicos de cámara 393
1.15.5- Maestro de cámara 394
1.15.6- Contralor 405
1.15.7- Grefier 411
1.15.8- Ayudas de la cámara 416
1.15.9- Escribano de la cámara 421
1.15.10- Barbero de corps y su ayuda 427
1.15.11- Médicos de familia 429
1.15.12- Cirujano 435
1.15.13- Otros oficios “médicos” 438
1.15.13.1- Sangrador del rey 439
1.15.13.2- Sangrador del común 439
1.15.13.3- Botica 440
1.15.13.4- Destilador 463
1.15.14- Ujier de cámara 464
1.15.15- Aposentador de palacio 468
1.15.15.1- Ayudas de furriera 482 1.15.15.2- Sotayuda/mozo de retrete 483
1.15.15.3- Mozo de furriera 484
1.15.15.4- Cuentas del aposentador de palacio (furriera) 484
1.15.16- Aposentadores 518
1.15.16.1- Mariscal de logis/aposentador mayor 519 1.15.16.2- Aposentadores de la casa 536
1.15.16.3- Junta de aposentadores 550
1.15.17- Ujier/portero de sala y saleta 568
1.15.18- Oficios de manos de la cámara 569
1.15.18.1- Sastre 571
1.15.18.2- Calcetero 571
1.15.18.3- Zapatero 572
1.15.18.4- Bordador 572
1.15.18.5- Pellejero 573
1.15.18.6- Gorrero 573
1.15.18.7- Corrier 573
1.15.18.8- Lavandera de boca 575
1.15.18.9- Lavandera de corps 576
1.15.18.10- Cerrajero de la cámara 577
1.15.18.11- Costurera 577
1.15.18.12- Colchonera 578
1.15.19- Oficios de manos de la casa 579
1.15.19.1- Barrenderos de cámara 581
1.15.19.2- Entallador 582
1.15.19.3- Relojero 582
1.15.19.4- Cerrajero 582
1.15.19.5- Pintores 583
1.15.19.6- Bastero 583
1.15.19.7- Cervecero 584
1.15.19.8- Especiero 584
1.15.20- Portero de palacio o de la mayson 584
1.16- Otros oficios y proveedores 587
1.16.1- Músicos de cámara 587
1.16.2- Maestro de danzar 588
1.16.3- Enanos y graciosos 589
1.16.4- Proveedores 591
1.16.2.1- Mercaderes 591
1.16.2.2- Proveedor de la fruta 593
1.16.2.3- Proveedor de la nieve 594
1.16.2.4- Partidor de la cocina 596
1.16.2.5- Proveedor de la cera 597
1.16.2.6- Proveedor de velas 598
1.16.2.7- Proveedores de paños y balletas para lutos 599
1.16.2.8- Estereros y esparteros 601
1.16.2.9- Aguadores 601
2- CASA DE CASTILLA 602
2.1- Teniente de mayordomo mayor 602
2.2- Veedor y contador 604
2.3- Despensero mayor 612 2.4- Oficios de manos de la Casa de Castilla 612
2.5- Continos 614
2.6- Porteros de cámara 615
2.7- Porteros de cadena 622
2.8- Escuderos de a pie 624
CAPÍTULO IV- LA CABALLERIZA
627
1- LOS OFICIOS DE LA CABALLERIZA 631
1.1- Caballerizo mayor 631
1.2- Primer caballerizo 636
1.3- Caballerizos 637
1.4- Picadores 638
1.5- Maceros 639
1.6- Reyes de armas 644
1.7- Trompetas y Atabaleros 646
1.8- Oficios de manos 648
1.8.1- Con gajes ordinarios 649
1.8.1.1- Sastre 649
1.8.1.2- Calcetero 652
1.8.1.3- Pintor 652
1.8.1.4- Armeros 652
1.8.2- Oficios de manos de manos que cobraban por los
“pliegos de extraordinario” 654
1.8.2.1- Silleros y Freneros 654
1.8.2.2- Guarnicioneros 654
1.8.2.3- Maestro de hacer coches 655
1.8.2.4- Maestro de guarnecer coches 655
1.8.2.5- Maestro de tiendas 655
1.8.2.6- Dorador 655
1.8.2.7- Gorrero 656
1.8.2.8- Plumajero 656
1.8.2.9- Herradores 657
1.8.2.10- Arcabucero 659
1.8.2.11- Maestro de hacer instrumentos 659
1.8.3- Otros oficios de manos 660
1.8.3.1- Cerrajero 660
1.8.3.2- Cabestrero 660
1.8.3.3- Cordonero 660
1.8.3.4- Espadero 661
1.8.3.5- Zapatero 661
1.8.3.6- Tundidor 661
1.8.3.7- Jaecero 662
1.8.3.8- Carpintero 662
1.8.3.9- Virotero 662
1.8.3.10- Lancero 662
1.9- Furrier de la Caballeriza 663
1.9.1- Ayudas de furrier 664
1.10- Correos 665
1.11- Fiambreros 666
1.12- Lacayos 667
1.13- Ministriles 668
1.13.1.- Tañedores de vihuela 669
1.14- Otros oficios 670
1.14.1- Palafrenero mayor 670
1.14.2- Sobrestante de coches o cochero mayor 671
1.14.3- Guardarnés (o guardanés) 672
1.14.4- Librador 673
1.14.5- Barle (o Varlet) de corps 674
1.14.6- Portero de la caballeriza 674
1.14.7- Aguador 674
1.14.8- Mercader 675
1.14.9- Ballesteros y el que trae el arcabuz 675
1.14.10- Violones 682
1.14.11- Cocheros 682
1.12.12- Litereros 683
1.14.13- Mozos de caballos 684
1.14.14- Guardas de coche 685
1.14.15- Empedrador 685
1.14.16- El que ciuda el arestin 686
1.14.17- Barnizador 686
1.14.18- Maestro de hacer encerados de los coches y literas 686
1.15- Veedor y Contador 686
2- ORGANISMOS ANEXOS A LA CABALLERIZA 691
2.1- Casa de los pajes 691
2.1.1- Ayo de los pajes 693
2.1.2- Capellán de los pajes 695
2.1.3- Cocinero de los pajes 696
2.1.4- Esgrimidor 696
2.1.5- Volteador 696
2.1.6- Danzador 697
2.1.7- Tañedor 697
2.2- Armería 697
2.3- Acemilería 700
3- EVOLUCIÓN DE LA CABALLERIZA. SUS ORDENANZAS 705 3.1- La situación de la caballeriza entre 1608-1609: visitas y
cambio de oficiales 707
3.2- Las instrucciones del veedor y contador Pedro de Arando y
sus denuncias 711
3.3- La reforma de 1612 726
3.4- El uso del carruaje representativo y el cambio del ceremonial
en la caballeriza real 730
CAPÍTULO V- LAS GUARDAS REALES
739
1- MONTEROS DE CÁMARA 740
2- GUARDA DE LOS ARCHEROS 746
2.1- Evolución: la capitanía del marqués de Falces 748
2.2- Estructura 766
2.2.1- Capitán 766
2.2.2- Teniente 769
2.2.3- Archeros 770
2.2.4- Furrier 774
2.2.5- Trompeta 776
2.2.6- Capellán 776
2.2.7- Comisario 777
2.2.8- Mozo 777
2.2.9- Sillero 777
2.2.10- Herrador 777
3- GUARDAS ESPAÑOLAS 778
3.1- Evolución: el control del duque de Lerma 778
3.2- Estructura 791
3.2.1- Oficios comunes a las tres guardas 791
3.2.1.1- Capitán 791
3.2.1.2- Teniente 794
3.2.1.3- Alférez 795
3.2.2- Guarda amarilla 796
3.2.2.1- Sargento 796
3.2.2.2- Capellán 796
3.2.2.3- Cabos de escuadra 797
3.2.2.4- Soldados 797
3.2.2.5- Músicos 801
3.2.3- Guarda vieja 802
3.2.3.1- Sargento 802
3.2.3.2- Cabos de escuadra 802
3.2.3.3- Secretario 802
3.2.3.4- Soldados 803
3.2.3.5- Tambor 803
3.2.4- Guarda a caballo 803
3.2.4.1- Cabos de escuadra 803
3.2.4.2- Soldados 803
3.2.4.3- Trompeta 804
3.2.4.4- Oficios de manos 804
3.2.4.5- Capellán 804
4- GUARDA ALEMANA O TUDESCA 804
4.1- Evolución: los Calderón al frente de la unidad 805
4.2- Estructura 818
4.2.1- Capitán 818
4.2.2- Teniente 821
4.2.3- Alférez 821
4.2.4- Sargento 822
4.2.5- Escribano 822
4.2.6- Capellán 822
4.2.7- Furrier 822
4.2.8- Cabos 823
4.2.9- Alabarderos 823
4.2.10- Músicos 827
4.2.11- Mozo 827
CAPÍTULO VI- LA CAZA
829
1- ESTRUCTURA DE LA CAZA 836
1.1- Caza de Volatería 838
1.1.1- Cazador mayor 841
1.1.2- Teniente de cazador mayor 854
1.1.3- Capellán 854
1.1.4- Cazadores 855
1.1.5- Cazador del búho 857
1.1.6- Catarriberas 857
1.1.7- Guantero 858
1.1.8- Capirotero 859
1.1.9- Rederos 861
1.1.10- Otros oficios 862
1.1.11- Halconeros 863
1.1.12- Nombramientos, salarios y mercedes 881
1.2- Caza de Montería 886
1.2.1- Montero mayor 887
1.2.2- Sotamontero 892
1.2.3- Capellán 895
1.2.4- Alguacil de telas 895
1.2.5- Montero de traílla 897
1.2.6- Mozos de ventores 899
1.2.7- Mozos de lebreles 900
1.2.8- Criadores de perros 904
1.2.9- Nombramientos, salarios y mercedes 911 2- LA VIGILANCIA DE LA CAZA REAL. LA JUNTA DE OBRAS Y
BOSQUES 918
2.1- Componentes de la Junta 923
2.1.1- Contador entretenido 928
2.2- Despacho de documentos 928
2.2.1- Realización de las obras 930
2.2.2- Nombramientos 933
2.2.3- Licencias 940
2.2.4- Limosnas y Mercedes 941
2.2.5- Pago de los daños de la caza 945
2.2.6- Pesas 947
2.3- Reuniones 948
2.4- Financiación 948
2.5- Jurisdicción 957
2.6- Evolución de la Junta de Obras y Bosques 966 2.6.1- Consolidación y postergación institucional de la Junta 966 2.6.2- La Junta y el personal de Casa y Corte 983
2.7- Los sitios reales 997
2.7.1- Estabilización y disfrute del Real Sitio de Aranjuez 997 2.7.2- Patrimonio real y patrimonio nobiliario: el duque de Lerma, el conde de Chinchón, el sitio real de Aranjuez y la villa de
Valdemoro 1021
CAPÍTULO VII- EL APOSENTO CORTESANO DURANTE EL REINADO DE FELIPE III
1067
1- Características y evolución del aposento en tiempo de Felipe III 1068 2- El personal del ramo del aposento. Nitidez propia de las áreas
castellana y borgoñona y consolidación de nuevas categorías 1097 3- Disfunciones y soluciones en el manejo del aposento cortesano. La visita
de Diego de Corral y Arellano 1115
4- Formulación de las bases institucionales del aposento cortesano: las
ordenanzas de 1621 1130
APÉNDICES
1145FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA
1169CAPÍTULO I: EVOLUCIÓN DE LA CASA REAL
En las Monarquías dinásticas, la Casa Real no solo constituyó el elemento originario de los que componían la Corte, sino que además daba entidad a la dinastía y legitimidad de dominio sobre el reino1. Desde la Baja Edad Media, cada príncipe estableció su propia casa (su propia forma de servicio) y, aunque todos ellos buscaban la originalidad que diese entidad a su Monarquía, la mayor parte de ellas tuvieron los mismos departamentos y estructuras en las que integraban a las elites del reino en su servicio.
Los cronistas y tratadistas de la época coincidieron en señalar que la Casa Real constituyó el elemento esencial de la corte, lo que frecuentemente ha llevado a que determinados historiadores actuales hayan identificado ambos organismos como sinónimos. Uno de los historiadores que han estudiado este aspecto con más agudeza ha sido David Starkey, quien afirma que la organización de la Casa Real se comprende fácilmente si se tiene en cuenta la distribución geográfica de los palacios2. Estos se componían de dos grandes áreas separadas, que se unían en un gran vestíbulo, en su orígen comedor común pero jerarquizado mediante un estrado. El conjunto del vestíbulo, los oficios domésticos adyacentes, como la cocina, despensa, etc., formaban un área del palacio (Household), bajo el mano del mayordomo mayor. El estrado y el primer piso constituían el área privada del monarca o cámara y formaba el otro cuerpo de la Casa Real, bajo la autoridad el gran chambelán (Chamber). Esta idea de la Casa Real como origen de la Corte y con dos áreas separadas (el servicio doméstico y el gobierno del reino) ha sido repetida en los estudios sobre diferentes Casas Reales (e,
1Sobre la Casa Real como elemento de la Corte, COSTA GOMES, R., The making of a court society:
kings and nobles in late medieval Portugal. Cambridge, 2003, especialmente capítulo 1º; LADERO QUESADA, A. M., “La Casa Real en la Baja Edad Media”. Historia, Instituciones y Documentos, 25 (1998), pp. 327-350; GIVEN-WILSON, C., The Royal Household and the King’s Affinity. Yale, 1986, especialmente “Introducción” y capítulo 1º; PARAVICINI, W., “The Court of the Dukes of Burgundy.
A Model for Europe?” en ASCH, R.G. y BIRKE, A.M (Ed)., Princes, Patronage and the Nobility. The Court at the Beginnings of the Modern Age, New York, 1991, pp. 70-110; MERTES, K., The English Noble Household, 1250-1600. Oxford, 1988.
2STARKEY, D., “Intimacy and innovation: the rise of the Privy Chamber, 1485-1547” en STARKEY, D. et alli., The English Court: from the Wars of the Roses to the Civil War. London-New York, 1987, pp.
71-117.
incluso, señoriales) de las Monarquías europeas3. Así, Given-Wilson, después de hacer suyas las palabras del historiador de principios del siglo XX, L.M. Larson, “The history of the royal household begins with the history of kingship”, se pregunta qué funciones desempeñaron los servidores de la Casa Real y contesta que cuatro: las necesidades domésticas del rey; la casa real servía como centro de gobierno; se gestionaba la administración del reino y finalmente, residía la guardia (tanto para defensa como para ataque) del rey4. Esta división llevó a distribuir las funciones en una serie de departamentos o módulos que fueron comunes a todas ellas (cámara, capilla, caballeriza, caza y guardias)5. Asch y Birke también señalan la unidad que existía entre Casa Real y administración de los territorios durante la Edad Media y la separación que, a partir del siglo XVI, fue experimentándose hasta aparecer clara la casa de la corte6.
Dentro de la literatura histórica germana, que he consultado, la expresión “Casa Real” (con el sentido que nosotros le damos) no encuentra un exacto acomodo. En alemán, Königliches Haus se entiende en el sentido de “dinastía”. La palabra para designar a la “Corte” es Hof y para la “Corte y la Casa Real” o principesca Hofstaat, lo que indica la importancia que le dan a la “Casa Real” como origen y elemento imprescindible para formar la “Corte”. Desde la historiografía portuguesa, Costa Gomes también incide en este sentido y advierte de la importancia que tenían los cargos del gobierno y de la casa como integración de las elites sociales de los reinos dentro de la Monarquía7.
3“Independentemente de qualquer uma destas perspectivas interpretativas, parece consensual que, até ao final do século XVI e da primeira metade do século XVII, a composiçao das casas señoriales revelava objetivos que extravasavam o âmbito do ejercício das tarefas estrictamente domésticas. As necesidades de representaçao do poder político e socias dos chepes de casa obrigavam à visibilidade constante dos seus signos de poder, o que se traduzia pela ritualizaçao de todas as rotinas diárias e pelo extremo cuidado ceremonial nas apariçôes públicas” (SOARES DA CUNHA, M., A Casa de Bragança, 1560- 1640. prácticas senhoriais e redes clientelares. Lisboa, 2000, p. 90. Sobre la coincidencia de modelos, pp. 45 y sss)
4GIVEN-WILSON, C., p. 1.
5 Me remito a los trabajos del equipo de investigación de mi tutor (MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Ed.)., Instituciones y elites de poder en la Monarquía Hispana durante el siglo XVI. Madrid, 1992; ID. (Dir.)., La Corte de Felipe II. Madrid, 1998; MARTÍNEZ MILLÁN, J. y CARLOS MORALES, C.J. (Dirs.)., Felipe II (1527-1598). LA configuración dela Monarquía Hispana. Salamanca, 1998; MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Dir.)., La Corte de Carlos V. Madrid, 2000 y MARTÍNEZ MILLÁN, J. y FERNÁNDEZ CONTI, S. (Dirs.)., La Monarquúa de Felipe II: la Casa Real. Madrid, 2005 y al estudio que realiza SOARES DA CUNHA, M., A Casa de Bragança 1560-1640, pp. 98 y ss.
6ASCH, R.G. y BIRKE, A.M. (Eds.)., p. 11.
7COSTA GOMES, R., pp. 87-90.
De acuerdo con los tratadistas escolásticos medievales, la comunidad política (Respublica) no la formaban los individuos, sino las casas y las familias, regidas y gobernadas por el poder regulador del monarca que ejercía como una especie de pater familias. El rey constituía, por tanto, la cabeza visible de una comunidad de comunidades (familias) sobre las que ejercía un poder personal como mediador en sus relaciones8. Esta forma de concebir el poder, hacía de la Respública un espacio sumamente flexible dado que el conjunto de poderes se hallaban en una situación de perpetua negociación sobre los límites y extensión de sus vínculos, que estaban condicionados tanto por la competencia o la cooperación para definir sus jurisdicciones respectivas de unos respecto a otros.
Por lo que se refiere a Castilla, Alfonso X el Sabio la definía con toda precisión en la Segunda Partida y Pero López de Ayala venía a identificarla con la Corte. Entre los historiadores actuales, Ladero Quesada percibe una cierta identidad entre Casa Real y Corte durante la Edad Media, si bien, la dedicación de cada uno de los oficios (unos ejercían sus tareas en lo “privado”, otros en la administración) definieron una u otra parcela9. Salazar y Acha realiza una exhaustiva investigación a través de las opiniones dadas por cronistas y por historiadores del derecho, concluyendo que la Casa era una parte de la Corte10. Por su parte, Fernández de Córdova y Miralles confiesa la dificultad que entraña distinguir la Corte de la Casa Real, si bien, no duda en afirmar que esta última constituyó el origen de la Corte11.
A la vista de lo expuesto, no resulta difícil deducir que la Casa Real de la Monarquía hispana fuera fiel reflejo de la evolución que experimentó la Corte y la propia Monarquía y, por consiguiente, más que una Casa hubiera una yuxtaposición de Casas, dada su forma de organización, pues, si algo parece claro es que la Monarquía
8EIXIMENIS, Regiment de la cosa pública. Barcelona, 1927, pp. 39-40.
9LADERO QUESADA, M.A., “Casa y Corte. L’Hotel du roi et la Cour comme institutions économiques au temps des Rois Catholiques (1480-1504)” en AYMARD, M. y ROMANI, M.A. (Coords.)., La Cour comme institution économique. Paris, 1998, p. 43. Para la Monarquía española, véase, DOMINGUEZ CASAS, R., Arte y etiqueta de los Reyes Católicos. Artistas, residencias, jardines y bosques. Madrid 1993.
10SALAZAR Y ACHA, J de., La casa del Rey de Castilla y León en la Edad Media. Madrid, 2000, pp.
42-46. Toma la definición de que dan Las Partidas: “oficiales son dos maneras: los unos que sirven en casa del Rey e los otros de fuera” (p. 45), de donde deduce la separación entre Casa Real y Corte.
11FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA MIRALLES, A., La Corte de Isabel I. Madrid, 2002, pp. 28-29. No distingue con precisión Corte y Casa Real MAYER, E., Historia de las instituciones sociales y políticas de España y Portugal. Madrid, 1925 (edición facsímil 1991), parte II.
hispana optó por la Corte como forma de articulación con el aumento de reinos que experimentó por herencia, agregación o conquista. Semejante forma de configuración política propició una serie de características que no siempre se han tenido en cuenta, a saber: en primer lugar, la agregación y yuxtaposición de reinos llevó consigo la multiplicidad de casas reales, dado que al ser éstas los elementos desde donde se articulaban políticamente los reinos, al conservar su autonomía, tuvieron que mantener también sus respectivas Casas aunque no residiese el rey. En segundo lugar se deduce que, cualquier cambio efectuado en las estructuras de la Monarquía, como sucedió a finales del siglo XVI y en la primera mitad del siglo XVII, ineludiblemente afectó a la organización de las Casas Reales. Finalmente, se debe advertir que los esquemas teóricos políticos, construidos sobre el presupuesto de una racionalización progresiva del poder, como tradicionalmente han venido haciendo los historiadores, no sirven para explicar esta evolución de la Monarquía hispana durante la Edad Moderna y es preciso recurrir a otras teorías e ideologías más ligadas a las doctrinas filosóficas clásicas (Aristóteles) que a revolucionarias teorías políticas12.
1- SECCIONES DE LAS CASAS DE LOS REINOS QUE COMPONÍAN LA MONARQUÍA HISPANA
“Hela repartido en cinco partes, aunque a ninguna he puesto cabeza. La primera es la capilla. La segunda la cámara. La tercera los mayordomos, gentiles hombres y oficiales. La cuarta la caballeriza y la última las
12 Véase, al respecto, BRAZZINI, G., Dall’economia aristotelica all’economia politica. Saggio sul Traité di Montchrétien. Pisa, 1988; BRUNNER, O., Vita nobiliare e cultura europea. Bologna, 1972;
ID., Estructura interna e Occidente. Madrid, 1998. Típica del modelo aristotélico y de su larga reelaboración medieval surgía, durante los siglos XVI y XVII, una visión política como resultado necesario de la tendencia del individuo a una sociabilidad que desde la familia se extendía:
LAMBERTINI, R., “Per una storia dell’oeconomica tra alto e basso Medioevo”. Cheiron, 2 (1985), pp.
46 y ss.; ID., “L’arte del governo della casa. Note sul commento di Bartolomeo da Varignana agli Oeconomica”. Medioevo, 17 (1991), pp. 347-389; HESPANHA, A.M., “Representación dogmática y proyectos de poder” en La gracia del Derecho. Economía de la cultura en la Edad Moderna. Madrid, 1993, pp. 61-87. En esta tradición de pensamiento, la economica indica al padre de familia la norma para la realización de la justicia y de la prudencia en la esfera doméstica: CLAVERO, B., Usura. Del uso económico de la religión en la historia. Madrid, 1984; ID., Antidora. Milán, 1991; ATIENZA HERNÁNDEZ, I., “Pater familias, señor y patrón: oeconomica, clientelismo y patronazgo en el Antiguo Régimen” en PASTOR, R. (Comp.)., Relaciones de poder, de producción y parentesco en la edad Media y Moderna. Madrid. 1990, pp. 435-458; FRIGO, D., “Amministrazione domestica e prudenza oeconomica: alcune riflesioni sul sapere politico d’ancien régime”. Annali di Storia Moderna e Contemporanea, 1 (1995); ID.; Il padre di famiglia. Goberno della casa e goberno civile nella tradizione dell’”economica” tra Cinque e Seicento. Roma, 1984; McINTYRE, A., Dopo la virtù. Saggio di teoria morale. Milano 1988, pp. 225-226.
guardas; y lo que toca al servicio de la mesa va puesto aparte, a la postre”13.
Dicha estructura poco se diferenciaba con la que Felipe el Hermoso trajo a Castilla en 1502, cuando su esposa Juana fue jurada heredera al trono en las Cortes de Toledo14. A pesar de la subjetividad de la división que Sigoney quiere trasmitir, la distribución debió ser bastante general en todas las Casas de las Monarquías europeas de la época, pues cuarenta años antes, Fernández de Oviedo realizaba una descripción de la Casa castellana del príncipe Juan15, hijo de los Reyes Católicos, donde él había servido, que coincide en sus principales líneas con la de Borgoña, si bien, el número de oficiales que la servían era mucho menor:
1. Casa: Mayordomo mayor 2. Cámara: Camarero mayor 3. Capilla: Sacristán mayor
4. Oficiales (pertenecían a la sección “casa”) 5. Caballeriza y caza.
6. Guardia.
Por otro lado, La Casa Real de los monarcas de la Corona de Aragón formaban parte esencial de su Corte como se señala en las Ordinacions de Cort de Pedro IV, dictadas entre 1338 y 1355, en las que también se fijaron los servicios, oficios y orden de la misma, que pervivieron en sus trazos fundamentales hasta el siglo XVII16. En el preámbulo de tales Ordenanzas, el propio rey establecía que la preeminencia sobre toda la Casa, incluyendo la reina, recaía sobre el “mayordomo”. Esto significaba que
13“Relación de la forma de servir que se tenía en la Casa del Emperador don Carlos, nuestro señor, que haya gloria, el año 1545 y se había tenido algunos años antes”. Juan Sigoney (BNM, Ms 1080), trascrito en MARTÍNEZ MILLÁN, J., (Dir), La Corte de Carlos V, Vol. V, p. 179.
14 GACHARD, L.P., Collection des voyages des souverins des Pays-Bas. Bruxelles, 1876, Vol. I, pp.
345-372.
15 FERNÁNDEZ DE OVIEDO, G., Libro de la Cámara del Príncipe Juan. Madrid, 1870 (fue extractado y estudiado en MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Dir), La Corte de Carlos V, Vol. I, p. 46)
16Véase una completa bibliografía sobre el tema, RIVERO RODRÍGUEZ, M., “Las otras Casas Reales:
Aragón y Portugal” en MARTÍNEZ MILLÁN, J. y FERNÁNDEZ CONTI, S. (Dirs)., Vol. I, pp. 802- 804, y un tratamiento de la misma en las páginas 801-810; VALLS TABERNER, F., “Las instituciones y la organización de los países catalanes bajo Pedro el Ceremonioso y sus hijos”. Obras selectas.
Madrid-Barcelona, 1957, Vols. II y III/2, pp. 11-12; CARRERAS CANDI, F., “Ordenanzas para la casa y corte de los reyes de Aragón”. Cultura española, 2 (1906), pp. 327-338.
quedaba bajo su responsabilidad la provisión de la mesa, la cocina, las caballerizas, al mismo tiempo que llevaba las cuentas de la casa con la ayuda de un escribano de ración. Siguiendo el rango conferido a cada uno de los cuatro oficiales mayores, le seguía el “carmalengo”, que tenía fama de ser el oficio más poderoso de los oficiales que servían la cámara. Bajo este oficio estaba consignado el mantenimiento de orden en la casa desde su espacio central, la cámara. Tenía bajo su autoridad a los oficiales del secreto del rey, los que afectaban a su seguridad o a su recreo, como la caza. El tercer lugar en preferencia lo ocupaba el canciller. Dado el carácter técnico y formal de este oficio era necesario que lo ocupase un alto eclesiástico que, además de ligar la autoridad real a la divinidad, conociese latín y dispusiera de cierto conocimiento de leyes para redactar los documentos que se emitían desde este organismo. Por último, la expedición cotidiana de documentos y escribanía se encomendó a otro oficial, el protonotario, que con el tiempo adquirió un rango semejante al de secretario real17.
En total, de acuerdo a lo estipulado en las Ordinacions, la Casa de Aragón podía comprender varios centenares de oficiales y servidores. La compleja administración de los gastos e ingresos necesarios para su mantenimiento quedaba en manos del maestre racional, administrador del patrimonio y rentas reales, gestor de los gastos e ingresos, disponiendo para tal efecto de un nutrido grupo de oficiales agrupados bajo dos asesores principales: el bayle general y el tesorero. La prolija descripción de los oficios mayores o menores, las cortesías, tratamientos y ceremoniales que se observan en las Ordinacions, encierran una clasificación que muestra la articulación jerarquizada del orden a partir de la persona del rey18. La estructura de la Casa de Aragón de Fernando el Católico era la siguiente19:
1. Cancillería: Lloctinents del protonotari.
Escrivans de manament.
Escrivans de registre Segelladors.
Escalfadors de cera.
17RAH., 9/5550, ff. 3r-6v.
18 BOFARULL Y MASCARÓ, P., Ordenamiento de Corte de Pedro IV, año 1384. CODOIN ACA.
Barcelona, 1850, Vol. 5; SCHENA, O., La leggi palatine di pietro IV d’Aragona. Cagliari-Palermo, 1983.
19 Tal estructura es la que presenta VICENS VIVES, J., Historia crítica de Fernando II de Aragón.
Zaragoza, 1962.
Escrivans peticiones.
Peticioners.
Escrivans solicitadors.
Solicitador.
Porters.
Veguers.
Veguer extraordinario.
Correu.
Hoste major de correus.
Secretaris.
2. Consejo: Portero del consejo real de Aragón.
3. Hacienda: Mestre racional.
Lloctinents del mestre racional.
Ajudant del Office de mestred racional.
Ajudant extraordinari del Office de maestre racional.
Escrivans de ració.
Escrivans de l’escrivanía de ració.
Escrivans coasjudant de l’escrivanía de ració.
Notador y contrarelator general del rey en Aragón.
“Coadjudant de mon Office deu a la regia cort”.
4. Ordenanzas : Alguazils.
5. Cargos y servicios
palatinos: Gran senescal de Aragón.
Carmalengs.
Coper major.
Oficial.
Porter de sala.
Porter de cadena.
Reboster de taula.
Caballerizo.
Mestre de fer tendes.
Seller.
Aposentadors de los gentiles hombres Rei d’armes.
Pursavants.
6. Casa militar: Capitán de la continua guardia.
Capitán de la guardia de la reina Germana.
Capitán de la guardia de los alabarderos españoles.
Uxier d’armes.
Ballesters de maza.
Pategs.
Servidors continos.
7. Capilla real: Capellans y predicadors.
Capellans.
Mozo de capilla.
Ministril.
8. Montería: Monter major.
Sota-monter.
Monter de trailla.
Mozo de ventores.
Cazador major.
Lloctinent del cazador major.
Cazadores.
Catarriber.
Criador de sabuesos y lebreles.
Criador de lebreles.
9. Maestros y médicos: Cronistas.
Metges.
Argenter.
Cordoner.
Tundidores.
Mestre major de les obres y edificis de cantería.
Mestre major de obres y edificis de cantería de Navarra.
Guanter.
Frener.
Dorador.
Bombarder.
Mestre de tirador.
Peloteros.
Maestro de hacer jaeces.
10. Gentileshombres.
2- LA CASA DEL ARCHIDUQUE CARLOS
Desde que muriera su padre en 1507, el entorno del joven Carlos fue un hervidero de intrigas y manipulaciones con el fin de influir en su voluntad, dado los grandes y numerosos territorios que, se presagiaba, iba a heredar. En 1507, el emperador Maximiliano decidió constituir un Consejo de regencia bajo el mandato de su hija Margarita (la viuda del príncipe Juan, hijo de los Reyes Católicos), en el que estuvieran representados todos los grupos y facciones de la nobleza. Dicha medida, lejos de disminuir las intrigas, las canalizó mezclándolas con los intereses internacionales de otras Monarquías europeas, a las que los nobles de dicho consejo de regencia se aliaban o se dejaban influir a cambio de los favores que recibían. A pesar de los intentos, en 1512 y 1513, de su tía Margarita por ponerle Casa y colocar en los cargos principales a sus seguidores, el plan no prosperó. El 25 de octubre de 1515 se publicaba en Bruselas la nueva reglamentación del servicio doméstico palaciego del joven Carlos20. Esta estructura de servicio era la misma que trajo cuando desembarcó en la Península dos años después. He aquí su composición21:
20Un estudio de lo que significó la Casa de Borgoña en PARAVICINI, W., “The Court of the Dukes of Burgundy: A model for Europe?”, pp. 73-90. Documentos más antiguos, pero importantes, en Baron de
1. Consejo: Consejeros (16) Secretarios (20) Capellán (1) Porteros (6)
2. Capilla: Capilla mayor (34) Capilla menor (19)
3. Casa y Cámara: Camareros (96) Mayordomos (10)
Gentiles hombres: Pannetieres (41) Coperos (43)
Caballeros trinchantes (37) Caballeros de la caballeriza (40)
Oficios: Varletzs servants (11) Costilliers (29) Pannetería (2)
Guardas de ropa blanca (2) Lleva capas (2)
Oblieres (2) Ujieres (2) Cava (2)
Ayudas de boca (2) Porteros (4)
Cocina (29) 4. Caballeriza (161)
REIFFENBERG., Particularités inédites sur Charles-Quint et sa Cour. Bruxelles, 1833; RIDDER, A.
de., La Cour de Charles-Quint. Bruges, 1889.
21 La relación está tomada de FAGEL, R., “Un heredero entre tutores y regentes. Casa y corte de Margarita de Austria y Carlos de Luxemburgo (1506-1516)” en MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Dir)., La Corte de Carlos V, Vol. I, pp. 132-133.
5. Guardia: capitanes de archeros (2) archeros (60)
capellán (1) furrier (1)
TOTAL: 665 oficiales.
Como es fácil de deducir, la mayoría de los oficiales (especialmente aquellos que ocupaban los puestos más cercanos al joven príncipe) eran flamencos. Por eso, cuando, en septiembre de 1517, Carlos llegaba a Castilla, los castellanos que ocupaban los cargos principales del reino y de la Casa Real durante la regencia de su abuelo Fernando el Católico, se apresuraron a ir a su encuentro y a ofrecerse para servirlo, pero él los enviaba a Valladolid, donde se habían de celebrar Cortes en las que sería jurado como heredero de Castilla y se discutirían los problemas.
Efectivamente, en las Cortes de Valladolid de 1518, los procuradores castellanos mostraron su desasosiego ante la imposibilidad de servirle dado que traía estructura su Casa, llena de extranjeros. En la petición quinta, los procuradores reivindicaban e insistían en el carácter castellano que debía tener su servicio, exigiéndole que tomase como ejemplo la Casa de la reina Isabel: “Y que mandase ver las cláusulas del testamento de la reyna donna Isabel, nuestra señora, que aya gloria, que en esto hablan, de las quales hazemos presentación, y en lo que contra esto está hecho, Vuestra Alteza la mande proveer”. No obstante, el deseo de servir y tener acceso directo al rey se manifestó con claridad en la petición séptima: “que en su casa real quepan castellanos y españoles, como cabían en tiempos de sus pasados, y en los oficios della se syrvan dellos, como sus antecesores lo hacían, y en el género de porteros y aposentadores aya de todos, porque algunos dellos entendamos y nos entiendan”.
Se protestaba, por tanto, la postergación de los súbditos castellanos y españoles en el servicio del rey y se solicitó que entrasen algunos procuradores a servir la Casa borgoñona de Carlos I en el estado de los gentiles-hombres. La misma queja se producía en referencia a la guardia personal del rey: “Otrosy, suplicamos a Vuestra Alteza nos haga merced de mandar guardar a los monteros de Espinosa sus privilegios
y libertades cerca de la guarda de su real persona por ser tan antiguo que toca a la lealtad de Espanna”22.
Oídas las reclamaciones, Carlos I dejó entrever que los asuntos de las Casas Reales carecían, en efecto, de concierto y que sería preciso proceder a ajustarlas. Ahora bien, cuando hacía esta observación, solamente se refería a la Casa de Castilla (dividida entre su madre y su difunto abuelo), pues en su mente no había duda de que su servicio y consejeros debían ser a través de la Casa de Borgoña y por personajes borgoñones;
por eso, tras promulgar unas ordenanzas con las que se adecentaba y daba dignidad a la Casa de Castilla que servía a la reina Juana en Todersillas, el propio Carlos añadió a su séquito (como había hecho Fernando el Católico) la otra mitad de la Casa de Castilla a la de Borgoña; no obstante, mientras en tiempos del viejo Rey aragonés, éste servicio y sus oficiales tenían un papel protagonista en la toma de decisiones políticas, con el joven Carlos, los oficiales de la casa castellana eran meros comparsas de los de Borgoña23. Semejante decisión no resultó muy acertada porque los castellanos se vieron desplazados del gobierno central del Reino, observando cómo sus intereses eran administrados por los flamencos, a lo que se unió el fuerte descontento social que existía en Castilla desde los tiempos de la regencia del rey Fernando. La salida precipitada de Carlos I, en 1520, para ser coronado Emperador, produjo un vacío de poder suficiente para que se alzase el reino en los conocidos movimientos de las Comunidades.
3- LA IMPOSICIÓN DE LA CASA DE BORGOÑA COMO MODO DE SERVICIO DE LOS REYES DE LA MONARQUÍA HISPANA
Tras la derrota del movimiento comunero y el regreso de Carlos V a Castilla, comenzaron las especulaciones sobre la reforma de las casas24. En enero de 1523, el flamante Emperador enviaba un memorial al Consejo de Castilla en el que sometía a su consideración las preocupaciones que tenía sobre la materia. A finales del verano de dicho año, las actividades de reforma de la Casa Real de Castilla se hallaban en su final.
No solo se habían aumentado los gastos y gajes de sus servidores, sino que Carlos le
22Cortes de los Antiguos Reinos de León y Castilla., Vol. IV, pp. 262-282.
23El proceso ha sido estudiado con claridad por CARLOS MORALES, C., en MARTÍNEZ MILLÁN, J.
(Dir.)., La Casa de Carlos V, Vol. I, pp. 166-168.
24RAH., C-71, f. 29v.
reconocía el protagonismo político y el servicio de integración que hacía para las elites castellanas asumiendo ciertos módulos dentro de su servicio de manera activa. Para fortalecer estas funciones, Carlos se comprometió a introducir a personajes castellanos en el servicio de la casa de Borgoña, de modo que dicha casa se fue “hispanizando”
paulatinamente durante la estancia en que estuvo en la Península (1523-1529). De esta manera, en las Cortes de Valladolid, celebradas en septiembre de 1523, Carlos V pudo presentar con decoro la reforma que había hecho en la administración central castellana, en general, y de la Casa Real en particular, al mismo tiempo que expresaba cuál iba a ser su filosofía política en adelante:
“A esto vos (los procuradores) respondemos que pues no conviene hacer apartamiento de los miembros que Dios quiso juntar en un cuerpo, entendemos como es razón de servirnos juntamente de todas las naciones de nuestros reinos y señoríos, guardando a cada uno de ellos sus leyes e costumbres; y teniendo estos reinos por cabeza de todos los otros, entendemos preferillos a todos otros, recibiendo en nuestra casa real más número de los naturales dellos que de cualquier otro reino e señorío”25.
La impresión que causó esta reforma de la casa fue recogida por Martín de Salinas26, quien confirmaba los numerosos personajes castellanos que habían sido nombrados para ocupar cargos en la casa de Borgoña. Este proceso fue progresivo a lo largo del reinado mientras se mantenían plenamente organizadas el resto de las casas de los reinos.
4- LA CASA REAL DE FELIPE II
Felipe II, siendo príncipe fue servido al modo castellano; ahora bien, en el verano de 1548, Carlos V (pensando ya en su sucesión) ordenaba que se estableciera la casa de Borgoña al príncipe Felipe, ante el inminente viaje que iba a realizar por Europa para visitar los reinos y territorios que pronto iba a heredar. El encargado de organizar la casa de Borgoña fue el duque de Alba, con la premisa básica de que la casa
25 Cortes de los Antiguos Reinos de León y Castilla, Vol. IV, pp. 366-367. Un borrador de ello se encuentra en AGS., CJH., leg. 7, n. 203, y se puede identificar como hológrafo de Francisco de los Cobos. La evolución de este proceso en MARTÍNEZ MILLÁN, J., “La Corte de Carlos V: la configuración de la casa del Emperador, 1517-1525” en KOHLER, A., (Coord)., Carlos V/Karl V.
Madrid, 2001, pp. 398-408.
26RAH., C-71, ff. 76v-87r.
de Castilla, que hasta entonces venía sirviendo al príncipe, no podía desaparecer; es decir, Carlos V prorrogaba el mismo complicado sistema de servicio que él había heredado y que le había dado tan buen resultado para mantener unidos sus heterogéneos reinos. No obstante, tras un atento análisis se observa que las dos Casas más importantes en los que basó su servicio eran las de Borgoña y la de Castilla y que, dada la gran variedad de funciones que cumplían las distintas secciones de ambas Casas, se produjo una cierta simbiosis en algunos cargos y funciones que estaban repetidos27. Así, en la cámara, se suprimieron los oficios de “camarero mayor” y “escribano”
(propios de la casa de Castilla), cuyos titulares, Antonio de Rojas y Francisco de España, pasaron a la casa de Borgoña como “sumiller de corps” y “grefier”, respectivamente. Otros “mozos”, que hacían sus labores en la “cámara” de Castilla, pasaron a cumplir distintos oficios de la casa de Borgoña que estaban bajo la jurisdicción del “sumiller de corps” y que no existían en el servicio castellano. Los oficios de la mesa (maestresala, reposteros de estrado, trinchantes, etc.) desaparecieron por completo en beneficio de la Casa de Borgoña. También los pajes de la casa de Castilla fueron reemplazados por los de Borgoña, si bien, muchos de ellos se cambiaron de casa. La capilla también experimentó importantes cambios, aunque posteriormente28: el “capellán mayor”, que era el cargo más importante de la capilla en la casa de Castilla, pasó a fundirse con el de “limosnero mayor”, que regía la capilla de la casa de Borgoña; desapareció el oficio de repostero de capilla, mientras que el número de
“cantores” (oficio característico de la casa de Borgoña) aumentó ligeramente29. Los capellanes y predicadores fueron, esencialmente, los de la casa de Castilla30. Finalmente, las guardias se yuxtapusieron y, así, junto a la guardia “española”, apareció la guardia de los “archeros de corps”.
En conclusión, la Casa de Borgoña, que se le imponía al heredero y que seguiría siendo el servicio ordinario de la dinastía, quedó encargada en exclusiva del servicio
27 El proceso ha sido estudiado con detenimiento por FERNÁNDEZ CONTI, S., “La proyección del príncipe Felipe. Viajes y regencias en la corte hispana” en MARTÍNEZ MILLÁN, J. (Dir)., La Corte de Carlos V, Vol. II, pp. 209-225.
28Sobre la adaptación de las diferentes capillas (Borgoña, Castilla y Aragón) véase GÉRARD, V., “Los sitios de devoción en el alcázar de Madrid: capilla y oratorios”. Archivo Español del Arte, 223 (1983), pp. 278-279.
29ANGLÉS, H., La música en la corte de Carlos V. Barcelona, 1984, pp. 102 y ss.
30 Al respecto, PIZARRO LLORENTE, H., “La capilla real” en MARTÍNEZ MILLÁN, J., y FERNÁNDEZ CONTI, S. (Dirs)., Vol. I.
directo del príncipe en áreas tan significativas como la caballeriza, la mesa y el acompañamiento y asistencia privada, en tanto que los oficios de la Casa de Castilla que permanecieron (tales como los aposentadores) lo fueron de menor rango y no desempeñaban sus servicios de manera directa a la persona real31. De este modo, en el proceso de reorganización del servicio del príncipe para dar entrada a la etiqueta borgoñona, la casa de Castilla experimentó un profundo retroceso, pues, de 240 servidores que la componían, pasaron a menos de un centenar32. Sorprendentemente, esta vez, no hubo reacciones adversas importantes entre las elites castellanas ante tan drástico cambio, ello se debió, en mi opinión, a que gran parte de los oficiales empleados en la nueva casa de Borgoña procedían de Castilla y, en mucha menor medida, de Aragón. La nueva casa les ofrecía unas posibilidades más amplias de conseguir sus aspiraciones sociales y políticas, toda vez que el joven príncipe se disponía a gobernar y para ello necesitaba un círculo de consejeros.
La estructura de las casas durante el reinado de Felipe II no apenas varió, tan sólo en el número de oficiales dado los viajes que realizó sobre todo cuando heredó el trono; no obstante, durante los últimos quince años de su reinado, las ordenanzas de la casa, así como las etiquetas cortesanas, iniciaron una transformación bajo la dirección de un grupo de poder, que se puede denominar “castellano”, en consonancia con la creación político-institucional de la Monarquía hispana33. Esta remodelación castellana, que estaba experimentando la Monarquía durante la segunda mitad del reinado de Felipe II, llevó a los procuradores de las Cortes de 1579 a solicitar que se impusiera como única o, al menos principal el servicio de la casa de Castilla, alegando que “estos reynos de la corona de Castilla son los principales y los que sirven en todas las ocasiones que se ofrecen”34.
31RODRÍGUEZ-SALGADO, M.J., “Honour and profit in the Court of Philip II of Spain” en AYMARD, M. y ROMANI, M. (Dirs)., pp. 69-73.
32Véase al respecto, AGS., CSR., leg. 64, n. 843.
33Este proceso fue estudiado en MARTÍNEZ MILLÁN, J. y CARLOS MORALES, C.J. (Dirs)., pp. 225- 248; FERNÁNDEZ CONTI, S. y CARLOS MORALES, C.J., “Estructura y sostenimiento del servicio palatino-doméstico” en MARTÍNEZ MILLÁN, J. y FERNÁNDEZ CONTI, S. (Dirs)., Vol. I, pp. 53-78.
34Actas de las Cortes de Castilla, Vol. VI, p. 816.
5- LA CASA DE FELIPE III. HACIA LA FORMACIÓN DE LA CASA REAL DE LA MONARQUÍA HISPANA. LAS ORDENANZAS DE 1623-24
A la muerte de Felipe II, se había construido la Monarquía hispana con entidad propia, pero, contradictoriamente, no existía un modelo de Casa específico que la identificase como tal. La subida al trono de Felipe III puso de manifiesto las contradicciones, que habían estado latentes en el reinado anterior, en relación a hacer coincidir la “dinastía”, y, por ende, la etiqueta específica de su “casa”, con unos reinos ajenos a ella. Por una parte, la dinastía que poseía los reinos que formaban la “nueva”
Monarquía procedía de unos territorios lejanos y su servicio (Casa de Borgoña) era ajeno a todos ellos; por otra parte, los territorios de donde procedía tal estructura de servicio (Flandes, de donde vinieron Felipe el Hermoso y Carlos V) se habían segregado de la Monarquía al concedérselos a Isabel Clara Eugenia y a su esposo el archiduque Alberto. ¿Qué justificación tenía seguir manteniendo la puridad de unas ordenanzas que definían un estilo de servicio de un reino que no pertenecía a la Monarquía? Las Cortes de 1598 se lo manifestaron con toda claridad al flamante monarca, Felipe III:
“Muy notorio es a todo el mundo la grandeza y antigüedad de la casa real de Castilla, y aunque por razón de haberse juntado con la serenísima casa de Austria por el casamiento de la Serenísima Reyna Doña Juana, con el señor don Felipe, conde de Flandes, se introduxo en la casa real la forma con los nombres y oficios y servicio al uso de la casa de Borgoña, el Reyno, por el año pasado de setenta y nueve, suplicó a la Majestad del Rey Don Felipe, nuestro señor, que esté en gloria, fuese servido de restituir el servicio de su casa real al uso, oficio y nombres de la antigua de Castilla, y por entonces dejó de proveerse.
Agora que por las causas justas que movieron a su Majestad con el casamiento de la Serenísima Infanta Doma Isabel Clara Eugenia con el Serenísimo Archiduque Alberto, han vuelto a salir los Estados de Flandes de la corona de Castilla, sin embargo, de que haya quedado en ella el directo dominio dellos, parece que lo que entonces se suplicaba por conveniencia, se ha reducido agora a necesidad. Atento a lo cual, suplicamos a Vuestra Majestad se sirva de considerar que es justo, que, pues, este Reyno lleva las cargas de tantas obligaciones y a la corona dél ha sido Nuestro Señor servido de acrecentar tan gran Monarquía, se le restituya su antiguo nombre de la casa real de Castilla, y que al uso della se pongan los oficios y nombres dellos, no siendo, como no parece conveniente, que siendo esta provincia la cabeza desta Monarquía, se
gobierno la casa della por nombre y títulos que no son suyos, sino agenos”35
Los coetáneos fueron conscientes de este problema y trataron de solucionarlo de manera rápida. Helen Nader señala con acierto que durante el reinado de Felipe III se comenzó a hablar despectivamente del servicio borgoñón tratándolo de bárbaro y extranjero; concretamente cita al cronista fray Prudencio de Sandoval, quien, al describir el establecimiento de la casa de Borgoña para el príncipe Felipe (en 1548), se limitó a decir lacónicamente: “Y asimismo, trajo cómo don Fernando Álvarez de Toledo, duque de Alba, mayordomo mayor del Emperador y su capitán general, venía por su mandado a dar orden en el viaje del príncipe y poner el gobierno de su casa al uso de la de Borgoña”36, sin mencionar ni describir nada más. No obstante, su desprecio por el estilo borgoñón lo demostraba con gran claridad poco más adelante cuando afirmaba: “Puso casa al príncipe a la borgoñona, desautorizando la castellana, que por sola su antigüedad se debía guardar y más no teniendo nada de Borgoña los Reyes de Castilla”37. La misma “xenofobia” hacia lo borgoñón se percibe en el cronista Luis Cabrera de Córdoba, coetáneo de Felipe III, quien, por toda noticia, se limitaba a constatar el mismo hecho: “Fue a Valladolid, y formó la usanza de Borgoña su Casa, contra el deseo y esperanza de Castilla”38.
El resultado de esta actitud fue que, durante el reinado de Felipe III, se desató una fiebre por reglamentar las ordenanzas y etiquetas de los oficios, prácticas y ceremonias de la Casa Real hispana en un afán de dotar a la Monarquía con una casa propia. Cuando se analiza detenidamente todo el proceso, se observa que, tan abundante legislación, más que cambiar la estructura de la casa e inventar un estilo específico de la Monarquía hispana, se limitaba a reglamentar meticulosamente las obligaciones de
35Actas de las Cortes de Castilla, XVI, pp. 639-640. Citado por GÓMEZ-CENTURIÓN JIMÉNEZ, C.,
“La herencia de Borgoña: el ceremonial real y las casas reales en la España de los Austrias (1548-1700)”
en Las Sociedad Ibéricas y el mar a finales del siglo XVI. La Corte, centro e imagen del poder. Madrid, 1998, p. 15, de donde lo copio.
36SANDOVAL, P. de., Historia de la vida y hechos del Emperador Carlos V. Madrid, 1956 (BAE, vol.
82), p. 318.
37 Ib., p. 337.
38CABRERA DE CÓRDOBA, L., Historia de Felipe II, rey de España. Salamanca, 1998 (edición de MARTÍNEZ MILLÁN, J. y CARLOS MORALES, C.J.), Vol. I, p. 15.
cada uno de los oficios sin modificar sustancialmente el estilo borgoñón39. El intento no finalizó durante el reinado, dada la temprana muerte de Felipe III, sino que concluyó en 1647 con la promulgación de las Ordenanzas de Felipe IV por todos conocidas40; no obstante, antes de llegar a estas definitivas, hubo otras Ordenanzas generales (1623-24) en orden a precisar estas reformas y que nos indican en el ambiente en que se hicieron:
“El empeño en que hallé las rentas de mis reinos cuando entré en ellos i las grandes ocasiones de gasto que se han ofrecido después acá con haber sido necesario crecer mis armadas por los muchos enemigos que andan en la mar y acudir a Ytalia y Alemania y otras partes precisas y la falta de hacienda que hay para tantas cosas a obligado a poner todos los medios posibles para tenerla y siendo uno de ellos la reformación de los gastos que no fueren precisos para poderlo disponer mejor he tenido por conveniente empezar por mi casa y así he resuelto que se reforme en ella lo siguiente”41.
No obstante, a la hora de reformar, se advertía que “los criados de la casa de Castilla no se pueden consumir por ser necesarios Volatería, monteros de monte, médicos que sigue la Corte y han de residir, aposentadores para lo mismo y tienen menos gajes que los de Borgoña, escuderos de a pie porteros de cámara que sirven en palacio, en los consejos y chancillerías y otros criados que no los a habido por la casa de Borgoña y habiéndoseles de dar gajes no se excusa la costa”. La razón se explicaba en el punto primero de dichas ordenanzas:
39 Quien mejor ha comprendido la evolución de las Casas reales en la Monarquía hispana ha sido ROBLEDO ESTAIRE, L., “La música en la corte madrileña de los Austrias. Antecedentes: las casas reales hasta 1556”. Revista de musicología, 10 (1987), cuadro V. Además, en dicho cuadro, señala que en 1618 desapareció la Casa de Aragón, que venían juntas desde Fernando el Católico.
40 Existen multitud de copias. Véanse, AGP., Hca., cajas 50 y 55. BNM., Ms. 907. Las comentó RODRÍGUEZ VILLA, A., Etiquetas de la Casa de Austria. Madrid, 1913. También las utilizó, VÁLGOMA Y DÍAZ VARELA, D., Norma y ceremonias de las reinas de la Casa de Austria. Madrid, 1958. Publicadas en MARTÍNEZ MILLÁN, J. y FERNÁNDEZ CONTI, S. (Dirs)., La Monarquía hispana de Felipe II: La Casa del Rey. Madrid, 2005, Vol. II, pp. 835-999. TREWINNARD, R.G., The Household of the Spanish Monarchy Structure, Cost and Personnel 1606-1665. (Tesis doctoral) University of Walles (Cardiff), 1991, pp. 23-24 y 31-32.
41BNM, Ms. 18716/43: “Reformación de la Casa Real hecha en el año de 1624”, Madrid, 7 de febrero de 1624. Al duque del Infantado. Certifica Luis de Mendoza, secretario del rey y gentilhombre de su casa que entre los papeles de al mayordomía mayor del duque del Infantado, su señor, hay uno de la reformación que su majestad mandó poner de la real casa que concuerda con el de arriba. Madrid, 9 de agosto de 1628. 29 artículos de reformación (sin fecha). Sobre los platos (gente que se da de comer), etc.
“Que las cassas de Aragón y de Castilla se reformen y que de aquí adelante no se provea en ninguno y los que ay se consuma como fueren vacando y el que en la casa de Borgoña tuviere exercicio no goce de mas gajes que los de ella”. 9. Que ningún criado de su majestad tenga gajes ni salarios ni aprovechamientos estando ausente. Los que sirven en las ausencias actualmente que por comodidad o voluntad suya hicieren que pasen de 2 meses no se les hayan de librar ni puedan llevar nada de lo susodicho. 11. Que nadie goce de doble salario, aunque tenga doble plaza, si no es con merced especial.
“1. Las casas de Castilla y Aragón son el fundamento de la grandeza de los reales de España y con sus haciendas, sangre y vidas y fidelidad conservan y sustentan los otros estados que se han juntado a ellas. No hay palabras ni cabeza en corazón alguno que se trate pierdan su nombre y es claro si lo entendiesen los reinos harían notable sentimiento semejante disfavor, pues es más justo prevalezca el nombre de las casas de Castilla y Aragón que reducirlo todo a casa extranjera. Hasta ahora los progenitores de su majestad han conservado criados con el nombre de aquellas casas, los naturales de ambos reinos quieren tener mercedes y gajes en ellos con servir a su rey natural como lo tienen los otros estados”.
2. El número de criados pende de la voluntad de su majestad que siempre es honrar y hacer merced a sus vasallos conforme a la calidad de cada uno para servirse de ellos”42.
APÉNDICE: “REFORMACION DE LA CASSA REAL ECHA EN EL AÑO DE 1624”43
“El empeño en qualle las rentas de mis Reynos quando entre en ellos i las grandes ocasiones de gasto que se an ofreçido despues aca con averse acavado tal tregua de flandes y aver sido neçessario crecer mis armadas por los muchos enemigos que andan en la mar y acudir a Ytalia y Alemania y otras partes preçisas y la falta de hazienda que ai para tantas cossas a obligado a poner todos los medios posibles para tenerlas y siendo uno dellos la reformaçion de los gastos que no fueren preçissos para poderlo disponer mexor he tenido por conveniente enpeçar por mi Cassa y asi he resuelto que se reforme en ellas lo siguiente.
Con Vuestra Persona no se ha de haçer novedad ninguna pero queda asentado que los que os suçedieran en el oficios de Mayordomo Mayor no avian de tener mas de un quinto de merçedes de salario y los emolumentos que oi goçais.
Quede aqui adelante no aia mas de quatro maiordomos y que de los que ai oi nombrados queden los quatro mas antiguos con sus gaxes y emolumentos y los demas por aver ya començado a servir lo continuen, pero ha de ser sin sueldo con solo la cassa de aposento y escusese el plato de manjar blanco unos dias y otros de arroz y las veinte libras de nieve que se dan a los mayordomos que no lo han de llevar ni los que tienen salarios ni los otros ni tampoco se ha de dar a otro ningun ofiçial de los que ahora lo llevan.
Los gentiles hombres de mi boca an de ser çincuenta y se an de ir consumiendo los que bacaren hasta quedar en este numero y estando ausentes en ninguna manera an de llevar salario aunque sea con liçencia.
Que aia cuarenta gentiles hombres de la Cassa y no mas y si ahora huviere mayor numero se bayan consumiendo hasta quedar en esto.
Ha de haver dos barlets servants y no mas.
Que no se añadan costilleres y estas plaças an de quedar reservadas para los que salieren de paxes.
Que aia veinte i quatro paxes que es el numero que ha havido estos dias.
Que la panateria aya un xefe dos ayudantes y un moço como solia en tiempo de mi aguelo y lleven las mismas raciones en la calidad y cantidad que solian entonçes escusandose
42Copia de la consulta que el duque del Infantado, mayordomo mayor, hizo a su majestad en 26 sept.
1623, sobre la reformación en 17 octubre 1622 (AGP., Admin., 928)
43BNM., Ms. 18716/43 (Micro 9462)