LA FUNCIÓN PÚBLICA EN EL DEPORTE ESPAÑOL
Dr. Nicolás de la Plata Caballero Profesor de Derecho del Deporte UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
SUMARIO:
LA DISPERSIÓN NORMATIVA ... 1
TIPO DE PERSONAL PÚBLICO ... 2
Definición... 2
Tipos ... 2
Funcionarios de Carrera... 2
Funcionarios de Empleo ... 2
Personal Laboral... 2
Condición de funcionario ... 2
Adquisición... 2
Pérdida ... 3
FORMALIDADES ... 3
Registros de personal... 3
Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) ... 3
Promoción profesional y los grados personales... 4
SITUACIONES ... 5
Servicio activo ... 5
Servicios especiales ... 5
Excedencia voluntaria: ... 5
Excedencia familiar: ... 5
Excedencia voluntaria incentivada ... 5
Expectativa de Destino ... 5
Excedencia forzosa ... 5
Suspensión ... 6
DERECHOS Y DEBERES ... 6
Derechos ... 6
Deberes ... 6
Movilidad ... 6
INCOMPATIBILIDADES ... 6
Incompatibilidad de una actividad pública ... 6
Excepciones de la incompatibilidad en una actividad pública ... 7
Incompatibilidad de una actividad privada ... 7
Excepciones de la incompatibilidad en una actividad privada ... 7
LA DISPERSIÓN NORMATIVA
y el del ingreso en la carrera funcionarial han sido provistos de sendos Reales Decretos que poco a poco han desarrollado todas las actuaciones en torno a tan delicada materia.
Municipal de Deportes) disponen de una normativa interna, bien como norma jurídica, bien como convenio.
A efectos didácticos, vamos a refundir toda esa amalgama reguladora, refiriéndonos a cada uno de los apartados, significando su trascendencia en el campo deportivo.
TIPO DE PERSONAL PÚBLICO
Definición
Funcionarios son las personas incorporadas a la administración pública por una relación de servicios profesionales retribuidos, sujetos al Derecho administrativo.
Tipos
Funcionarios de Carrera
Integrados en Cuerpos, nombrados legalmente para desempeñar servicios permanentes, figurando en las plantillas de un órgano administrativo, y percibiendo su remuneración con cargo a un presupuesto público.
o o Cuerpos Generales: Técnico, administrativo, auxiliar y subalterno
o o Cuerpos Especiales: ejercidos por actividades peculiares, como en algunos casos puede ser la gestión deportiva.
Funcionarios de Empleo
Denominados interinos, al ocupar una plaza de plantilla en tanto no se provea la misma por uno de carrera, basándose en razones de necesidad o urgencia.
Personal Laboral
Trabajadores al servicio de una administración, contratados bajo las normas laborales generales, sin carácter permanente per se, sino con el carácter que ostente su contrato de trabajo.
Condición de funcionario
Adquisición
Superando las pruebas de selección, los cursos de formación (si los hubiere), y obteniendo el nombramiento por la autoridad, culminando con la toma de posesión en el plazo de un mes.
oposición, o concurso-oposición libre. Dichos procesos deberán salvaguardar la igualdad, el mérito, la capacidad y la publicidad.
La Provisión de puestos de Funcionario se efectuará mediante:
concurso de méritos
por libre designación (determinados y restringidos cargos que aparecen en la Relación de Puestos de Trabajo por la especial naturaleza de la función a cubrir, pudiéndose ser removidos discrecionalmente, por ejemplo Gerentes, Directores de Área, Jefes de Servicios o de Instalaciones de Alto Rendimiento).
Todas estas convocatorias deberán publicarse en los Boletines-Diarios Oficiales, estableciéndose 15 días naturales para presentar solicitudes.
Pérdida
o o por renuncia
o o por la pérdida de la nacionalidad comunitaria o o por sanción
o o por pena
FORMALIDADES
Registros de personal
su propio registro, la Comunidad o la Diputación (por delegación) cooperarán para constituir dicho Registro.
Todos los Registros de las Administraciones Públicas estarán coordinados entre sí.
Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT)
Son el instrumento técnico para ordenar al personal según las necesidades de los servicios (como en un organismo autónomo deportivo), precisándose en las mismas los requisitos para desempeñar cada tarea, según el siguiente esquema:
o o Denominación
o o Características esenciales del puesto o o Requisitos exigidos para su desempeño o o Nivel de complemento de destino
o o Complemento específico (en funcionarios, si lo hay) / Categoría profesional y régimen jurídico aplicable (personal laboral)
En principio todos los puestos de trabajo de las administraciones deben cubrirse por funcionarios, si bien podrán desempeñarse por personal laboral determinados puestos (no permanentes, discontinuos, oficios concretos, mantenimiento y conservación, conocimientos específicos). Como se puede apreciar, en el mundo del deporte es fácil acceder a puestos de personal laboral: gerente, director técnico, monitor, limpieza, seguridad, conserjes..., todos son puestos de trabajo susceptibles de ser cubiertos por laborales.
Toda modificación, creación, o supresión de puesto de trabajo debe aparecer en la RPT, que
será pública. Además, toda provisión de puesto por un funcionario, y la formalización de
nuevos contratos de personal laboral fijo deben venir avalados por la RPT.
Promoción profesional y los grados personales
Los puestos de trabajo se clasifican en 30 niveles:
Cuerpos/ Escalas Titulación de Ingreso Nivel mínimo Nivel máximo
Grupo A (Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto) 20 30
Grupo B (Ing./Arq. Técnico, Diplomado, FP superior) 16 26
Grupo C (Bachiller, FP grado medio) 11 22
Grupo D (Graduado Escolar, FP I) 9 18
Por su parte cada funcionario poseerá un grado personal equivalente a alguno de aquellos niveles. Dicho grado se adquiere por el desempeño de uno o varios puestos de trabajo de nivel correspondiente durante 2 años seguidos o 3 con interrupción.
Ahora bien; si un funcionario obtiene un puesto de trabajo superior en dos niveles al correspondiente a su grado, consolidará cada dos años de servicio continuado el grado superior en dos niveles al que poseyese previamente.
SITUACIONES
Servicio activo
Al ocupar su plaza en la plantilla y Cuerpo correspondiente, del que sea titular; otras situaciones especiales (comisión de servicio, en libre designación).
Servicios especiales
Misiones en el extranjero, políticos, órganos constitucionales
Excedencia voluntaria:
o o En servicio activo en otro Cuerpo, u organismos/entidades del sector público
o o Por interés particular: una vez que se haya trabajo 5 años, pidiendo la excedencia por un mínimo de 2 años
o o Por agrupación familiar, entre 2-15 años, cuyo cónyuge (funcionario o laboral) resida en otro municipio
Excedencia familiar:
o o máximo 3 años para atender a cada hijo; o o máximo 1 año para atender a un familiar
Excedencia voluntaria incentivada
5 años en esa situación, cobrando una mensualidad por año de trabajo (hasta un máximo de 12)
Expectativa de Destino
Reciben casi todo el salario (menos el 50% del Complemento Específico), pudiendo estar hasta 1 año mientras se les coloca en un nuevo puesto en su provincia, que deberá ser aceptado, amén de formarse en cursos.
Excedencia forzosa
o o Corresponde a quienes pasen del año de la Expectativa Destino, o no cumplan las obligaciones previstas para los mismos.
o o Deberán aceptar cualquier puesto de trabajo público en su Cuerpo, aunque sea en otra provincia. Si no, pasarían a la excedencia voluntaria.
Suspensión
Provisional (cobrando el 75% del sueldo y todo el complemento familiar)
Firme (sin derechos como tal funcionario)
DERECHOS Y DEBERES
Derechos
o o Permisos parecidos a un trabajador privado o o Seguridad Social
Deberes
o o Residencia en el lugar donde trabajan, pero con flexibilidad si es factible o o Cumplir la jornada de trabajo
o o Acatar las órdenes jerárquicas o o Tratar esmeradamente al público
o o Responsables de su propia gestión o inactividad o o Régimen disciplinario
o o Jubilación forzosa (65 años)
Movilidad
misma rama del deporte, puesto que un profesor de educación física en secundaria puede pasar a Gerente del Servicio de Deportes de una Comunidad, por poner una muestra.
Los funcionarios locales podrán cubrir puestos de cualquier entidad local, así como desempeñar las tareas de la Administración estatal o autonómica relacionadas con dichos entes locales.
INCOMPATIBILIDADES
Incompatibilidad de una actividad pública
Las incompatibilidades afectan a cualquier tipo de personal de una administración pública, sus organismos autónomos, sus empresas públicas o de capital público mayoritario, las Universidades públicas y la Seguridad Social, Ejército, o cualquier persona que sea retribuida mediante arancel (notario, por ejemplo).
Este personal público no podrá compatibilizar sus actividades con un segundo puesto público (salvo excepciones).
Excepciones de la incompatibilidad en una actividad pública
o o Personal sanitario y docente, en situaciones concretas, a tiempo parcial o de investigación (si ha sido un encargo por concurso público o es necesaria especial cualificación).
o o A cualquiera, para ser profesor universitario asociado a tiempo parcial; con lo que un gestor deportivo puede ser profesor de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte a tiempo parcial.
Los ingresos totales por ambas actividades no podrán superar unos topes máximos, según el Grado del funcionario o nivel equivalente del laboral.
La autorización de incompatibilidad pública corresponderá al Ministerio de la Presidencia (Estado), Consejería correspondiente (Comunidades Autónomas) o al Pleno de la Corporación Local, todo ello previo informe de los técnicos correspondientes.
Incompatibilidad de una actividad privada
en una empresa privada asesorando eventos deportivos? Yo creo que sí, pero nunca con su propia administración.
Excepciones de la incompatibilidad en una actividad privada
o o Actividades particulares realizadas para sí mismo.
o o Cualquier actividad no relacionada directamente, salvando el régimen de incompatibilidad especial de determinados puestos (CSD o Ministerio Hacienda, y deporte profesional, responsables políticos, judicatura, etc.)
o o Para ello se requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad, a dictar en el plazo de dos meses por los mismos responsables anteriormente enumerados.
o o Administración del patrimonio personal
o o Dirección de seminarios o cursos, participación en conferencias (con un máximo de 75 horas/año)
o o Tribunales calificadores o pruebas o o Producción literaria, científica o técnica