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El recurso del fondo fue operado en cuentas bancarias específicas.

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Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal. Municipio de Macuspana, Tabasco

Municipio de Macuspana, Tabasco (EFSL del Estado)

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-D-27012-02-0688 GF-239

Alcance

Universo Seleccionado: 100,048.5 miles de pesos Muestra Auditada: 41,813.3 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 41.8 %

Resultados

Control interno.

1. Los resultados de la evaluación del control interno del municipio de Macuspana, Tabasco,

arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:

Fortalezas:

La asignación del fondo, los intereses generados y los egresos se identifican plenamente en la contabilidad consolidada de las demás fuentes de recursos; en consecuencia, se identifica la actividad financiera y presupuestal del fondo en los reportes auxiliares, estados financieros y presupuestales.

Cada comunidad decide en asambleas las obras que se requieren con recursos del fondo, y forman Comités Comunitarios que se integran con un presidente, un secretario, un tesorero, un vocal de control y vigilancia, segundo y tercer vocales, cuya función es la de vigilar y darle seguimiento al proceso de ejecución de la obra.

Dentro de la estructura orgánica existe la Coordinación del Ramo 33, cuyas funciones consisten en organizar a las comunidades para las asambleas; levantar las actas correspondientes; elaborar la propuesta del programa anual de obras; someter el programa a la validación de las dependencias normativas, al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal, al Consejo de Desarrollo Municipal y al Ayuntamiento. Ya aprobado el programa, se turna a la Dirección de Obras, Ordenamiento Territorial y Servicios Municipales, que es el área operativa y finalmente dicha Coordinación y la Contraloría Municipal supervisan las obras y acciones que se ejecutan.

El recurso del fondo fue operado en cuentas bancarias específicas.

El plan municipal de desarrollo permite establecer las prioridades de inversión de los recursos asignados al municipio.

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Las obras se ejecutan mediante contrato, lo cual permite aprovechar la experiencia de los contratistas en las áreas en que se invierten los recursos del fondo.

Debilidades

El municipio no ejerció la totalidad de los recursos asignados al fondo debido a un inadecuado proceso de planeación y programación de las obras, no obstante al cierre de la auditoría se ejerció en su totalidad.

Falta de continuidad del personal al pasar de una administración a otra, lo cual repercute en la calidad de la gestión de fondo.

Falta control interno en el desarrollo de los programas municipales de obra pública.

El municipio carece de la mano de obra y equipo necesarios para ejecutar obras por administración directa.

El actual Gobierno Municipal inició funciones en 2010, y los mandos directivos no tienen la experiencia necesaria en el manejo de estos recursos.

El H. Ayuntamiento aprobó el programa anual de inversión del fondo en parcialidades, ya que se fue aprobando en diferentes meses del año.

Los recursos del FISM no fueron evaluados por las instancias técnicas de evaluación federales y locales, con base en los indicadores, para determinar el cumplimiento de sus objetivos, metas y resultados.

El municipio desconoce si hubo acuerdos entre el Gobierno Estatal y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la mejora continua en el cumplimiento de los objetivos. Las instancias de fiscalización federal y local no evaluaron el avance alcanzado en los aspectos de destino de los recursos del FISM en relación con los elementos variables que se utilizan en la fórmula para la distribución de los recursos en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

En razón de lo expuesto, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco considera que el control interno para la gestión del fondo en el municipio es regular, ya que aun cuando existen estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento de algunas actividades, éstos no son suficientes para garantizar el cumplimiento de su objetivo, la observancia de la normativa y la transparencia en la operación del fondo.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco formuló y remitió al Órgano Interno de Control del Gobierno Municipal el pliego de observaciones para su solventación en los términos de Ley.

Se requirió al Órgano Interno de Control del Gobierno Municipal dar seguimiento de esta observación y, en su caso, aplicar las medidas sancionatorias correspondientes, a los

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servidores públicos responsables de estas irregularidades, e informar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de las acciones realizadas.

Véase acción(es): 10-C-27000-02-0688-01-001 Transferencia de recursos.

2. El 30 de enero de 2010, el Gobierno del Estado publicó el acuerdo mediante el cual se da

a conocer a los municipios del estado la fórmula, metodología, distribución y calendarización para la ministración de los recursos correspondientes al FISM para ese ejercicio fiscal, donde se señala que al municipio le asignaron 100,048.5 miles de pesos.

3. La Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado transfirió 100,048.5

miles de pesos del fondo al municipio, sin limitaciones ni restricciones y conforme al calendario de ministraciones.

4. Los recursos del fondo no fueron gravados ni afectados en garantía.

Registro e información contable y presupuestaría.

5. El municipio abrió dos cuentas bancarias específicas para el fondo. En una, la Secretaría

de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado depositó las ministraciones por 100,048.5 miles de pesos, y de ésta se trasfirió a la otra utilizada para pagar a los proveedores y prestadores de servicios.

6. El municipio registró los movimientos del fondo en cuentas específicas, y la

documentación original que comprueba la erogación reúne los requisitos fiscales, y fue cancelada con la leyenda “Operado FISM”.

7. El municipio registró, contable, presupuestal y patrimonialmente las operaciones

efectuadas con recursos del fondo, de la muestra de auditoría.

8. El municipio registró en su contabilidad los ingresos de los recursos del fondo

provenientes de la asignación anual e intereses ganados, así como los egresos. Adicionalmente, al cierre de cada mes, los estados financieros y presupuestales se identifican en la contabilidad consolidada y se obtienen los reportes financieros y presupuestales específicos del fondo.

9. El municipio adquirió bienes muebles, los cuales se verificaron físicamente y se tienen

resguardos y firmados por lo usuarios, y operan en condiciones apropiadas. Destino de los recursos.

10. El municipio ejerció 93,476.5 miles de pesos del fondo, al 31 de diciembre de 2010, y

6,572.0 miles de pesos a la fecha de la auditoría (junio de 2011) en obras y acciones que pertenecen a los rubros que contempla la Ley de Coordinación Fiscal, y que beneficiaron a sectores de la población que se encuentra en condiciones de rezago social y pobreza extrema, como se cita a continuación:

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RUBROS DEL GASTO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 (Miles de Pesos)

Rubros Recursos % del total ejercido

Núm. De obras y acciones

Núm. De beneficiarios

Gastos Indirectos 1,384.7 1.5 1 N/A

Desarrollo Institucional 1,529.1 1.6 4 N/A

Electrificación 10,829.1 11.6 21 25,186 Educación 861.8 0.9 2 1,224 Urbanización 20,803.3 22.3 31 60,784 Vivienda 2,314.3 2.5 55 8,587 Salud 545.8 0.6 3 907 Caminos rurales 36,872.0 39.4 49 15,702 Agua Potable 12,106.0 13.0 59 28,310 Drenaje y letrinas 6,230.4 6.7 24 13,685 Total 93,476.5 249 154,385

FUENTE: Información proporcionada por el Municipio de Macuspana, Tabasco.

Transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo.

11. Se constató que el municipio informó al órgano de control y fiscalización local y a la

Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado sobre la cuenta bancaria específica en la que recibieron las ministraciones de los fondos. Sin embargo, no informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Auditoría Superior de la Federación. El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco emitió el Pliego de Cargos a fin de que, en cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, inicie el Procedimiento Administrativo, en su caso, sancione a los servidores públicos que resulten responsables.

Véase acción(es): 10-C-27000-02-0688-01-002

12. Se constató que el municipio reportó oportunamente a la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público la información relacionada con el ejercicio y destino de los recursos del fondo, correspondiente al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres.

13. El municipio hizo del conocimiento de sus habitantes el monto de los recursos recibidos,

las obras y acciones por realizar, el costo de cada una de ellas, su ubicación y metas y beneficiarios, así como los resultados del fondo, al término del ejercicio.

14. El municipio proporcionó a la Secretaría de Desarrollo Social el informe trimestral sobre

el ejercicio y utilización de los recursos del fondo del cuarto trimestre de 2010, pero no envió los correspondientes a los trimestres primero, segundo y tercero del ejercicio mencionado.

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El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación del primero y tercer trimestres donde le informa a la Secretaría de Desarrollo Social, pero no remitió la documentación correspondiente al segundo trimestre de 2010.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco emitió el Pliego de Cargos a fin de que, en cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, inicie el Procedimiento Administrativo y, en su caso, sancione a los servidores públicos que resulten responsables.

Véase acción(es): 10-C-27000-02-0688-01-003

15. El municipio publicó los informes trimestrales del tercero y cuarto trimestres de 2010

enviados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos del fondo, en los órganos locales oficiales de difusión y estuvieron a disposición del público en general por medio de su página de Internet, pero no publicó los informes del primero y segundo trimestres de 2010.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco el reporte de la página del Sistema de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “Formato Único”, y remitió copia de la publicación, con lo cual se atiende lo observado.

Participación social.

16. En la revisión documental de los expedientes unitarios de la muestra de auditoría, se

observó que las obras ejecutadas con los recursos del fondo se entregaron a la comunidad y se dispone de las actas de entrega-recepción firmadas por los representantes de la comunidad y por el Comité de obra.

Obra pública.

17. Las 29 obras que conformaron la muestra auditada, por 34,580.4 miles de pesos, fueron

realizadas en la modalidad por contrato y con la calidad establecida en el proyecto.

18. En la revisión documental de los proyectos de la muestra de auditoría, se constató que

las adquisiciones de láminas de zinc realizadas con recursos del fondo no se adjudicaron por licitación pública, cuando por su monto debió aplicarse dicho procedimiento.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco emitió el Pliego de Cargos a fin de que, en cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, inicie el Procedimiento Administrativo y, en su caso, sancione a los servidores públicos que resulten responsables.

Véase acción(es): 10-C-27000-02-0688-01-004

19. Se constató que las obras OP072 y OP042 presentaron diversas inconsistencias en el

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El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación aclaratoria y los resolutivos administrativos, consistentes en Apercibimiento Privado a los servidores públicos responsables de las irregularidades observadas, por lo cual el mencionado órgano superior de fiscalización determinó procedente dar por atendida la observación.

20. Con la revisión, se determinó que 15 proyectos (OP046, OP049, OP050, OP054, OP056,

OP060, OP062, OP152, OP153, OP156, OP200, OP219, OP241, OP286, OP291) presentaron diversas inconsistencias en el cumplimiento de contrato.

El H. Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación aclaratoria y los resolutivos administrativos, consistentes en apercibimiento privado a los servidores públicos responsables de las irregularidades observadas, por lo cual el mencionado Órgano superior de Fiscalización determinó dar por atendida la observación.

21. Se determinó que 10 de las 29 obras que conformaron la muestra de auditoría

presentaron diversas irregularidades físicas (OP037, OP042, OP049, OP056, OP144, OP156, OP172, OP213, OP241 y OP286), por un importe de 140.3 miles de pesos, y no cumplieron con las especificaciones de construcción y de calidad.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación requerida, una vez analizada, y después de efectuar la verificación física de las obras, determinó procedente dar por solventada la observación.

22. Con el análisis de precios unitarios, se determinó que tres obras tuvieron

irregularidades en su gasto ejercido, (OP037, OP072 y OP152), al presentar incrementos en su costo total, en relación con los precios de mercado de la construcción.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación en la que aclara los precios de mercado observados, la cual una vez analizada por el citado Órgano Superior de Fiscalización del Estado determinó procedente su solventación.

23. De acuerdo con el análisis comparativo de los precios unitarios, con respecto al

presupuesto base de la obra OP219, se observa un incremento en el costo total presupuestado de los trabajos licitados en relación con los precios de mercado de la construcción vigentes a la fecha de la presentación y apertura de la propuesta por 47.3 miles de pesos.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco el procedimiento administrativo con Apercibimiento Privado a los servidores públicos responsables y remitió la ficha de depósito expedida por el banco Scotiabank y copia de cheque del banco BBVA Bancomer, S.A., por la cantidad de 47.3 miles de pesos, monto que

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ampara el reintegro al fondo por la observación al proyecto. Por lo anterior, este Órgano Superior de Fiscalización del Estado determinó procedente la documentación enviada y con el reintegro de los recursos dio por solventada la observación.

24. De los proyectos que conformaron la muestra de auditoría, el municipio no realizó

obras por administración directa.

25. En los expedientes unitarios de dos proyectos (OP037, OP042), se detectó que en la

bitácora no se encuentra regulada la autorización y revisión de las estimaciones para su pago.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco el procedimiento administrativo consistente en Apercibimiento Privado en contra de los servidores públicos responsables de las observaciones citadas, con lo cual se atiende lo observado.

26. Con la revisión de 28 proyectos (OP037, OP042, OP046, OP049, OP050, OP054, OP056,

OP060, OP062, OP072, OP037, OP127, OP138, OP143, OP144, OP148, OP152, OP153, OP156, OP172, OP176, OP200, OP212, OP213, OP219, OP241, OP286 y OP291), se determinaron faltantes de diversos documentos no integrados en los expedientes unitarios.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que se tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco la documentación requerida, la cual después de ser analizada, este Órgano Superior de Fiscalización del Estado determinó procedente, y dio por solventada la observación.

Adquisiciones, arrendamientos y servicios.

27. Con la revisión documental de adquisiciones de la muestra realizada con el fondo, se

constató que no se adjudicaron por licitación pública, cuando por su monto debió aplicarse este procedimiento; asimismo, presentaron la documentación desordenada.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco emitió el Pliego de Cargos a fin de que, en cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, inicie el Procedimiento Administrativo y, en su caso, sancione a los servidores públicos que resulten responsables.

Véase acción(es): 10-C-27000-02-0688-01-005

28. Tres proyectos (OP046, OP153 y OP156) presentaron inconsistencia

programático-presupuestal, con retrasos de entre 21 y 30 días calendario en su fecha de inicio con respecto a la programada.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco los resolutivos consistente en Apercibimiento Privado a los servidores públicos responsables de las irregularidades observadas, con lo cual se atiende lo observado.

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29. Doce proyectos (OP046, OP049, OP050, OP056, OP127, OP138, OP153, OP156, OP172,

OP200, OP213 y OP219) presentaron inconsistencias programáticas, al concluirse en un periodo mayor del programado entre 19 y 141 días calendario; los proyectos OP046, OP153, OP219, presentaron entre 19 y 21 días de atraso en su fecha de inicio con respecto a la programada; en el proyecto OP200, la meta programada fue de 16 kms y sólo se alcanzaron 15.25 kms, con lo que se redujo en un 4.7%; sin embargo, el gasto ejercido se incrementó en un 29.0% en relación con lo programado, lo que refleja falta de planeación, presupuestación y control interno.

El Ayuntamiento, dentro del plazo legal que tiene establecido para solventar las observaciones, proporcionó al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco los procedimientos administrativos consistentes en Apercibimiento Privado a los servidores públicos responsables de las irregularidades citadas, con lo cual se atiende lo observado. Impacto ecológico de las obras.

30. Ninguna de las obras de la muestra auditada presentó impacto ambiental desfavorable

en el entorno donde se ubican. Gastos indirectos.

31. El municipio ejerció el 1.5% de los recursos del fondo en gastos indirectos, porcentaje

que no rebasó el límite máximo establecido para este rubro. Programa de desarrollo institucional.

32. El municipio destinó el 1.6% sobre el total asignado al fondo, porcentaje que no rebasó

el límite máximo establecido para este rubro y adquirió equipo de cómputo, scanner, impresora, reguladores, equipos y mobiliario de oficina y vehículos por un importe total de 1,529.1 miles de pesos, del cual se dispuso de un programa convenido con el Gobierno estatal y la SEDESOL.

Impacto de las obras y acciones del FISM.

33. Según el censo de población y vivienda 2010, el municipio tiene 153,132 habitantes y

219 localidades; la inversión del FISM por 90,562.7 miles de pesos se destinó a 159 localidades; de ellas se benefició a 31 comunidades de hasta 100 habitantes (20.5% de la inversión); 53 comunidades de entre 100 a 250 habitantes (30.2%); 42 comunidades de entre 251 a 500 habitantes (25.0%); 20 comunidades de entre 501 a 1000 habitantes (15.3%); 8 comunidades de entre 1001 a 2500 habitantes (5.3%), 3 comunidades con 12,535 habitantes (3.7%); todos ellos representan grupos de población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema.

Al destinar la mayor parte de los recursos propios a cubrir gasto corriente, es el recurso del fondo el que cubre la inversión pública y los servicios básicos como electrificación, agua, alcantarillado y letrinas, por lo que con éste se ha coadyuvado a mejorar las condiciones de bienestar de la población.

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En este ejercicio se realizaron 21 acciones en electrificación que beneficiaron a 25,186 personas; 2 de infraestructura educativa, con 1,224 beneficiarios; 31 de urbanización, con beneficio a 60,784 personas; 55 de vivienda, con 8,587 beneficiarios; 3 de infraestructura de salud que beneficiaron a 907 personas; 49 de caminos rurales, con beneficio a 15,702 habitantes; 59 acciones en agua potable, que beneficiaron a 28,310 personas; 24 de drenaje y letrinas, que beneficiaron a 13,685 habitantes.

Puede concluirse que el FISM tiene un impacto positivo en el aumento de la cobertura de los servicios básicos prioritarios y representa el principal instrumento institucional para el logro de ese objetivo. Su aplicación destaca el aumento de esa cobertura que ha coadyuvado a mejorar las condiciones de bienestar a la población más necesitada del municipio.

Evaluación de los objetivos.

34. El municipio cumplió con las metas y objetivos del fondo, conforme a lo siguiente:

• El programa de inversión del fondo se definió en el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal, órgano integrado por representantes sociales de las diferentes comunidades del municipio de Macuspana, Tabasco.

• Se programó la ejecución de 249 obras para el FISM 2010, se concluyeron 228, quedaron en proceso 17 y 4 no se iniciaron al 31 de diciembre del mismo año, con un ejercicio de 93,476.5 miles de pesos, entre obras y programas de inversión social, lo que representa el 93.4% respecto del monto asignado al fondo, el cual fue de 100,048.5 miles de pesos, con lo que se dio cumplimiento parcial a las metas programadas en el ejercicio.

• El municipio recibió en tiempo y forma los recursos del fondo por 100,048.5 miles de pesos, los cuales generaron rendimientos financieros por 1,326.7 miles de pesos para un total de 101,375.1 miles de pesos.

• De los recursos totales asignados al fondo, el 1.6% se orientó a la cabecera municipal y un 98.4% a las comunidades rurales donde los habitantes se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, ubicadas en los polígonos de pobreza de la Secretaría de Desarrollo Social y en rubros o programas que se contemplan en la Ley de Coordinación Fiscal; las obras ubicadas en la cabecera municipal, se orientaron a combatir el déficit de servicios básicos de su población.

• El municipio difundió entre sus habitantes los recursos recibidos del fondo, las obras y acciones por realizar, su ubicación, metas y beneficiarios, así como los resultados alcanzados, lo cual facilitó apreciar la transparencia en el manejo y la operación del FISM 2010.

• Existe la participación social en las fases operativas y sustantivas del fondo, como se aprecia en la integración del programa de inversión, el seguimiento y vigilancia de su ejecución y en la entrega-recepción de las obras.

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En el ejercicio revisado, el fondo significó el 35.5% del monto correspondiente a los ingresos por concepto de participaciones fiscales y recursos propios del municipio; el 39.2% del importe respecto de las participaciones fiscales; el 377.8% de los ingresos propios municipales, y el 18.7% del presupuesto aprobado del municipio del año en revisión.

Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del fondo, se consideró un conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:

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INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FISM Cuenta Pública 2010

Indicador Valor

I.- EFICACIA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN Y SUS METAS

I.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre. (% ejercido del monto asignado). 93.4% I.2.- Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (junio, 2011) (% ejercido del monto asignado). 100.0% I.3.- Situación operativa de las “obras visitadas” de la muestra de auditoría

a) Obras terminadas, (%) b) Obras en proceso, (%).

c) Obras suspendidas, (%). d) Obras canceladas, (%).

100.0%

I.4.- Situación operativa de las “obras terminadas” de la muestra de auditoría a) Total (%)

b) Operan adecuadamente, (%).

100.0% c) Operan con insuficiencias, (%).

d) No operan, (%).

I.5.- Cumplimiento de las metas establecidas por el municipio en los indicadores de desempeño del cuarto trimestre del Sistema de la SHCP (Sí, No, Parcialmente o No se definieron)

II.-

II.1.- Número de obras y acciones en las que se revisó la relación costo calidad.

EFICIENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS

Proporción de las obras con una relación costo calidad: a) Aceptable (%)

b) Medianamente aceptable (%) c) No aceptable (%)

III.- IMPACTO Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

80.0%

III.1.- Recursos ejercidos en obras y acciones que no beneficiaron directamente a población en rezago social y pobreza extrema (% respecto del monto total ejercido del FISM).

0.0% III.2.- Recursos ejercidos en rubros no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal (% respecto del monto total

ejercido del FISM). 0.0%

III.3.- Satisfacción de los beneficiarios de las obras visitadas (% de las obras en las que los beneficiarios están

satisfechos con las mismas, respecto del total de obras visitadas). 100.0%

IV.- TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS

IV.1.- Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.

Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FISM. (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño).[Bueno= Igual a 100.0%; Regular menor a 100.0% y mayor a 80.0%; y Bajo= Menor a 80.0%)

80% IV.2.- Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo

(Formato Único).

SÍ ¿La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP coincide con los

registros contables del municipio?, Sí o No.

SÍ IV.3. Calidad de la información remitida a la SHCP

¿La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP se registró en forma pormenorizada (obra por obra, acción por acción)?, Sí, No o Incompleto

SÍ IV.4.- Difusión de la información remitida a la SHCP.

¿El municipio difundió en su página de internet, en el órgano local oficial de difusión y, en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño), Sí, No o Parcialmente

P IV.5.- ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes del municipio, al inicio del ejercicio, el monto de los recursos

recibidos, las obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo?, Sí o No.

SÍ IV.6.- ¿Se hizo del conocimiento de los habitantes del municipio, al término del ejercicio los resultados

alcanzados?, Sí o No.

V.- PARTICIPACIÓN SOCIAL

V.1.- Porcentaje de obras y acciones de la muestra de auditoría que disponen de solicitud de la comunidad (%) 100.0%

VI.- EVALUACIÓN DEL FONDO

VI.1.- ¿El municipio realizó la evaluación sobre el FISM prevista por la ley?, Sí o No. NO

VII.- FINANZAS MUNICIPALES

VII.1.- Importancia del fondo respecto de los Recursos Propios [Impuestos, derechos, productos y aprovechamientos] más las Participaciones Fiscales Federales (%).

35.5% VII.2.- Proporción de la inversión del fondo en obra pública y acciones sociales, respecto de la inversión total del

municipio en obra pública y acciones sociales (%).

51.7% FUENTE: Expedientes de obras y acciones del FISM, resultados de la auditoría e información proporcionada por el

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35. Los recursos del FISM no fueron evaluados por instancias técnicas federales y locales,

con base en indicadores para determinar el cumplimiento de sus objetivos, metas y resultados; asimismo, no se informó si hubo acuerdos entre el Gobierno del Estado con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la mejora continua en el cumplimiento de los objetivos del FISM; tampoco se evaluó el avance alcanzado en los aspectos de destino de los recursos del FISM en relación con los elementos variables que se utilizan en la fórmula para la distribución de los mismos en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

Acciones

Con la revisión practicada, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tabasco determinó 5 resultado(s) con observación; al respecto, esa entidad fiscalizadora, en el ámbito de sus atribuciones, realizará el seguimiento de lo observado para atender las recomendaciones que en ese sentido emitió la Auditoría Superior de la Federación, cuyas claves se enlistan a continuación:

10-C-27000-02-0688-01-001 10-C-27000-02-0688-01-002 10-C-27000-02-0688-01-003 10-C-27000-02-0688-01-004 10-C-27000-02-0688-01-005 Recuperaciones Operadas

En el transcurso de la revisión se recuperaron recursos por 187.6 miles de pesos, con motivo de la intervención de la ASF.

Consecuencias Sociales

El municipio dejó de ejercer el 6.6% de los recursos asignados, e invirtió el 22.3% en pavimentaciones y obras similares, en lugar de atender las necesidades de la población en los servicios básicos de agua, drenaje y electrificación, en los cuales hay serios déficits en el municipio; todo ello en detrimento de los beneficios esperados del FISM.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 15 observación(es), de la(s) cual(es) 10 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 5 restante(s) generó(aron): 5 Recomendación(es).

Dictamen: con salvedad

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecido; y se aplicaron procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el municipio de Macuspana, Tabasco, cumplió

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con las disposiciones normativas, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y que se refiere principalmente a 47.3 miles de pesos por costos de obra superiores a los que rigen en el mercado, y 140.3 miles de pesos por 10 obras que presentaron irregularidades físicas.

Apéndices

Áreas Revisadas

La Dirección de Finanzas, la Dirección de Programación, la Dirección de Obras, Ordenamiento Territorial y Servicios Municipales, la Coordinación del Ramo General 33, la Dirección de Contraloría, Desarrollo y Administración del municipio de Macuspana, Tabasco. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley de Coordinación Fiscal: artículo 33, fracciones I y IV.

2. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, artículo 29, fracción VI.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios del Estado de Tabasco, artículo 48, fracción III.

Lineamientos Normativos de Operación para la Administración y Ejercicio del Fondo, punto 3.6 Comprobación de gastos.

Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, artículo 232.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios del Estado de Tabasco, artículos 21 y 23.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

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Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Legislatura Local y que les dio a conocer esa entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado. El H. ayuntamiento de Macuspana, Tabasco, expreso que el grupo de auditoría se condujo respetuosamente, mostró disposición y conocimiento con el personal auditado, aplico los métodos de auditoría informando las fechas de inicio y término de los trabajos, se realizaron los requerimientos de la información oportunamente y reuniones de trabajo, lo que genero resultados para mejorar las operaciones revisadas.

Referencias

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