• No se han encontrado resultados

Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación ES La Caldereta (El Hierro)

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación ES La Caldereta (El Hierro)"

Copied!
38
0
0

Texto completo

(1)

Plan de Gestión de la

Zona Especial de

Conservación ES7020026

La Caldereta (El Hierro)

(2)
(3)

P

LANDE

G

ESTIÓNDELA

Z

ONA

E

SPECIALDE

C

ONSERVACIÓN

ES7020026 L

A

C

ALDERETA

(E

L

H

IERRO

)

Índice:

1. ÁMBITOTERRITORIALDELA ZEC... 6

1.1. Límites geográficos... 6

1.2. Relación con otros espacios de la red Natura 2000 y de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos... 7

1.2.1. ZEC ES7020099 Frontera... 7

1.2.2. ZEPA ES0000103 El Hierro... 7

1.2.3. Parque Rural de Frontera (H-4)... 8

1.3. Planeamiento territorial, urbanístico y de ordenación de recursos...9

1.3.1. Plan Insular de Ordenación de El Hierro...10

1.3.2. Planeamiento Urbanístico... 13

1.3.3. Planeamiento del Parque Rural de Frontera (H-4)...14

1.3.4. Reserva de la Biosfera de El Hierro...18

2. INVENTARIO... 18

2.1. Inventario de tipos de hábitat de interés comunitario y especies red Natura 2000...18

2.2. Actualización del inventario... 19

2.3. Datos de los tipos de hábitat de interés comunitario...21

2.3.1. (4050*) Brezales macaronésicos endémicos...22

2.3.1.1. Distribución actual... 22

2.3.1.2. Estructura actual... 23

2.4. Datos de las unidades de vegetación para el resto del espacio...23

2.5. Datos de las especies red Natura 2000...24

2.6. Otras especies de interés... 24

3. VALORACIÓNYESTADODECONSERVACIÓNDETIPOSDEHÁBITATDEINTERÉSCOMUNITARIOYESPECIESRED NATURA 2000... 24

3.1. Valoración de tipos de hábitat de interés comunitario...24

3.1.1. (4050*) Brezales macaronésicos endémicos...24

3.1.1.1. Evolución del área de distribución y de la estructura...24

3.1.1.2. Presiones y amenazas actuales...25

3.2. Valoración de especies red Natura 2000...26

3.3. Aportación de la ZEC ES7020026 La Caldereta a la red Natura 2000 en Canarias...26

4. ESTADODECONSERVACIÓNDETIPOSDEHÁBITATDEINTERÉSCOMUNITARIOYESPECIESRED NATURA 2000...27

4.1. Estado de conservación de tipos de hábitat de interés comunitario...27

4.1.1. (4050) Brezales macaronésicos endémicos...27

4.1.1.1. Cobertura... 27

4.1.1.2. Área ocupada por el tipo de hábitat...27

4.1.1.3. Estructura y funciones específicas...28

(4)

4.1.1.5. Valoración global... 28

5. OBJETIVOSDECONSERVACIÓN... 28

5.1. Objetivos generales... 29

5.2. Objetivos específicos... 29

6. ZONIFICACIÓN... 29

6.1. Zona de conservación prioritaria (zona A)...29

6.2. Zona de transición (zona E)... 29

7. MEDIDASDECONSERVACIÓN... 30

7.1. Criterios de actuación... 30

7.1.1. Zona de conservación prioritaria (zona A)...30

7.1.2. Zona de transición (zona E)... 31

7.2. Actuaciones de conservación... 32

7.2.1. Actuación 1: Señalización de la ZEC...32

7.2.2. Actuación 2: Actualización de la cartografía de los hábitats de interés comunitario presentes en la ZEC... 32

7.2.3. Actuación 3: Seguimiento del estado de conservación de los hábitats naturales presentes en la ZEC ... 32

7.2.4. Actuación 4: Estudio de recuperación de la especies de interés comunitario Morella rivas-martinezii ... 33

7.2.5. Actuación 5: Elaboración de un programa de divulgación de buenas prácticas agrarias compatibles con la preservación de los hábitats y especies objeto de conservación de la ZEC...33

8. SEGUIMIENTOYEVALUACIÓNDELPLANDEGESTIÓN...33

9. EVALUACIÓNECONÓMICAYPRIORIDADES... 34

10. ANEXOCARTOGRÁFICO... 36

10.1. Mapa de hábitats... 37

(5)

Antecedentes

En el año 2000, la Comunidad Autónoma de Canarias presentó a la Comisión Europea la propuesta de lugares de importancia comunitaria (en adelante LIC), que incluía 174 espacios (Acuerdo del Gobierno de Canarias de 28 de marzo de 2000), entre los que se encontraba ES7020026 La Caldereta.

Mediante la Decisión 2002/11/CE1, de 28 de diciembre de 2001, por la que se aprueba la lista de

lugares de importancia comunitaria con respecto a la región biogeográfica macaronésica, en aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la Comisión Europea validó dicha propuesta. Esta lista fue posteriormente actualizada con la incorporación de 3 nuevos lugares en Canarias mediante la Decisión 2008/95/CE2, de 25 de enero de 2008, por la que se aprueba, de

conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, una primera actualización de la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica macaronésica.

En dicha lista se incluye el LIC ES7020026 La Caldereta, con una superficie de18 hectáreas, por contribuir dicho espacio a la conservación de, al menos, un tipo de hábitat y/o especie de interés comunitario incluidos en los anexos I y II de la Directiva 92/43/CEE3.

Por otro lado, mediante el Decreto 174/20094, de 29 de diciembre, por el que se declaran Zonas

Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales, la Comunidad Autónoma de Canarias procedió a la designación de las zonas especiales de

conservación (en adelante ZEC) en Canarias, atendiendo al artículo 4.4. de la Directiva 92/43/CEE

y el artículo 43,3 de la Ley 42/20075, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la

Biodiversidad. En el Anexo I del citado decreto, se incluye la ZEC nº 170_EH ES7020026 La Caldereta, situada en la isla de El Hierro.

Teniendo en cuenta el artículo 6.1 y 6.2 de la Directiva 92/43/CEE y los artículos 46.1 y 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, respecto a las ZEC, la Comunidad Autónoma de Canarias deberá fijar las medidas de conservación necesarias que implicará la elaboración de adecuados planes o instrumentos de gestión y la adopción de apropiadas medidas reglamentarias, administrativas o contractuales que eviten el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies que hayan motivado la designación de dichas áreas.

En aplicación del artículo 42.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, el Ministerio de Medio Ambiente [y Medio Rural y Marino], con la participación de las comunidades autónomas, elaboró

unas Directrices de conservación de la Red Natura 20006, entendiendo éstas como un conjunto de

directrices y recomendaciones puestos a disposición de las Administraciones Públicas competentes para la planificación y gestión de los espacios de la red Natura 2000. El presente plan de gestión se redacta teniendo en cuenta dichas directrices.

1 2002/11/CE: Decisión de la Comisión, de 28 de diciembre de 2001, por la que se aprueba la lista de lugares de importancia comunitaria con respecto a la región biogeográfica macaronésica, en aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo [notificada con el número C(2001) 3998] [DOCE L 5, 09ene2002].

2 2008/95/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de enero de 2008 , por la que se aprueba, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, una primera actualización de la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica macaronésica [notificada con el número C(2008) 286] [DO L 31, 05feb2008].

3 Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres [DO L 206, 22jul1992].

4 Decreto 174/2009, de 29 de diciembre, por el que se declaran Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales [BOC 7, 13ene2010].

5 Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad [BOE 299, 14dic2007].Modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre

6 Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se publican los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en materia de patrimonio natural y biodiversidad [BOE 244, 10oct2011].

(6)

1. Ámbito territorial de la ZEC

La ZEC ES7020026 La Caldereta se localiza en la parte central de la isla de El Hierro, ocupando una superficie de 18,00 ha en el municipio de Frontera.

1.1. Límites geográficos

Los límites territoriales de este espacio se corresponden con las coordenadas correspondientes a la descripción geométrica que se recogen en el Anexo II del Decreto 174/20094, de 29 de

diciembre, por el que se declaran Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales y la representación gráfica incluida en el Anexo I de dicho decreto. De forma esquemática, los límites serían los siguientes (las referencias a coordenadas UTM

corresponden al sistema de referencia de coordenadas EPSG: 326287):

Norte: desde un punto (UTM 202466 3072183) en una pista de tierra al sur de Tigaday, sigue por

el borde meridional de la pista con rumbo Este pasando por los puntos UTM 202604 3072243; 202637 3072253; 202667 3072278; 202722 3072293; 202751 3072327; 202803 3072383; 202813 3072389; 202835 3072404; 202861 3072410; 202816 3072437; 202962 3072476; 203022 3072492; 203083 3072495; 203119 3072507; 203162 3072510; 203186 3072501; 203216 3072506; 203260 3072497 y 203335 3072522, hasta una bifurcación con otra pista de tierra (UTM 203360 3072548) por cuyo borde meridional sigue con rumbo Este pasando por los puntos UTM 203415 3072550 y 203451 3072536, hasta un punto en la pista (UTM 203469 3072556).

Este: desde este punto abandona la pista para ascender por un lomo hacia el SE hasta alcanzar

una nueva pista de tierra en un punto (UTM 203498 3072540), y seguir por esta pista unos metros hacia el Sur, hasta abandonarla en un punto (UTM 203502 3072533) para continuar por un lomo con rumbo SE, pasando por el punto de coordenadas UTM 203507 3072531 hasta alcanzar una nueva pista de tierra (UTM 203512 3072519); continúa por el borde occidental de esta pista, con rumbo SE, hasta un recodo de la misma (UTM 203526 3072471).

Sur: desde este punto, sigue hacia el Oeste por el borde septentrional de esta pista de tierra hasta

un punto (UTM 203483 3072466) en que abandona la pista con rumbo Norte, para continuar primero hacia el Oeste y después hacia el Sur, bordeando los muros de las fincas agrícolas a través de los puntos UTM 203487 3072475; 203485 3072477; 203475 3072476; 203424 3072465; 203414 3072499; 203408 3072454; 203393 3072426; 203390 3072423; 203354 3072405; 203341 3072416; 203330 3072422; 203322 3072430; 203313 3072434; 203306 3072424; 203301 3072416; 203291 3072405; 203258 3072402; 203243 3072399; 203231 3072400; 203219 3072404; 203212 3072409; 203215 3072425; 203220 3072429; 203225 3072438; 203222 3072442; 203213 3072450; 203211 3072456; 203193 3072459; 203187 3072462; 203187 3072476; 203181 3072479; 203170 3072483; 203158 3072485; 203136 3072484; 203108 3072478, 203079 3072474; 203036 3072471; 203041 3072451; 203050 3072419 y 203050 3072408, para desde este punto ascender con rumbo Sur por un lomo en el borde oriental de La Caldereta, a través de una vereda, pasando por los puntos UTM 203061 3072402; 203074 3072382, 203086 3072376; 203080 3072355 y 203084 3072339, hasta alcanzar una pista de tierra en un punto (UTM 203087 3072333); siguiendo por el borde suroriental de la misma, en dirección SO, y pasando por los puntos UTM 203089 3072329; 203060 3072293 y 202998 3072271, hasta alcanzar una confluencia con otra pista en un punto (UTM 202981 3072236), para seguir por el borde meridional de dicha pista en dirección primero Oeste, más tarde SO, y finalmente otra vez Oeste, pasando por los puntos UTM 202904 3072224; 202858 3072203; 202847 3072196; 202771 3072095; 202728 3072071; 202674 3072019; 202626 3072000; 202597 3072018 y 202552 3072010; desde este último punto asciende por una loma con rumbo Sur, a

(7)

través de los puntos UTM 202552 3072002; 202549 3072982 y 202555 3072971, para alcanzar la cota 725 en un punto (UTM 202551 3072937), y continuar por la misma con rumbo Oeste hasta un determinado punto (UTM 202444 3072924).

Oeste: desde este último punto, desciende por una ladera con rumbo nordeste pasando por el

punto UTM 202412 3072958, hasta alcanzar una pista de tierra en un punto (UTM 202396 3072984), para continuar por dicha pista en dirección Oeste hasta un punto (UTM 202459 3072009), en que la abandona para seguir con rumbo norte los muros de las fincas agrícolas formando una línea quebrada cuyos vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas UTM 202461 3072030; 202445 3072066 y 202445 3072098, para finalmente alcanzar en una pista el punto inicial.

1.2. Relación con otros espacios de la red Natura 2000 y de la Red

Canaria de Espacios Naturales Protegidos

La ZEC ES7020026 La Caldereta sitúa dentro del Espacio Natural Protegido del Parque Rural de Frontera (H-4); y también se incluye en la ZEPA ES0000103 El Hierro. Además es colindante con la ZEC ES7020099 Frontera.

1.2.1. ZEC ES7020099 Frontera

La ZEC ES7020026, La Caldereta, colinda con la ZEC ES7020099 Frontera, la cual ocupa 8807,4 ha.

Fue declarada por Decreto 174/2009, de 29 de diciembre, del Gobierno de Canarias, por el que se declaran Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales. Su declaración se debe a la presencia de los tipos de hábitat natural de interés comunitario 1250 Acantilados con vegetación de las costas macaronésicas (flora endémica de estas costas); 9360 Bosques de laureles macaronésicos (Laurus,Ocotea); 4050 Brezales secos macaronésicos endémicos; 8320 Campos de lava y excavaciones naturales; 8310 Cuevas no explotadas por el turismo; 5330 Matorrales termomediterráneos y preestépicos; 9550 Pinares macaronésicos (endémicos); 9560 Bosques mediterráneos endémicos de Juniperus sp; además de la especie de interés comunitario (1435) Morella rivas-martinezii, (1536) Bencomia

sphaerocarpa.

Este espacio contiene áreas de gran interés conservacionista, bien por albergar especies en peligro de fauna y flora, como por presentar estructuras geomorfológicas relevantes, o albergar muestras significativas y representativas de los hábitats naturales más característicos

1.2.2.

ZEPA ES0000103 El Hierro

La ZEC ES7020026 La Caldereta está incluida en la ZEPA ES0000103 El Hierro, la cual ocupa 12406 ha.

Respecto a las aves del Anexo I de la Directiva 2009/147/CE del Consejo Europeo relativa a la conservación de las aves silvestres, que han fundamentado la designación del espacio son las siguientes: (A401) Accipiter nisus granti, (A010) Calonectris diomedea, (A387) Bulweria bulwerii, (A193) Sterna hirundo, (A423) Columba junoniae, (A422) Columba bollii, (A094) Pandion

haliaetus, (A388) Puffinus assimilis, (A133) Burhinus oedicnemus, (A014) Hydrobates pelagicus,

(8)

1.2.3. Parque Rural de Frontera (H-4)

La ZEC ES7020026 La Caldereta se encuentra dentro del Parque Rural de Frontera (H-4), espacio que pertenece a la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, con una superficie de 12.488,0 ha.

El Parque Rural de Frontera (H-4) fue declarado Parque Natural de El Hierro por la Ley 12/1987, de 19 de junio, de Declaración de Espacios Naturales de Canarias, y fue reclasificado como Parque Rural por la Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Espacios Naturales de Canarias (BOC nº 157, de 24 de diciembre de 1994), la cual fue posteriormente derogada y sustituida por el TROTENC. En este espacio concurren áreas naturales en buen estado de conservación, con otras de explotación agrícola y ganadera -a veces de tipo comunal, como sucede en La Dehesa. En numerosos puntos del parque pueden detectarse áreas de gran interés conservacionista, bien por albergar especies en peligro de la fauna y la flora (aves como charranes Sterna spp., Aguila pescadora, Pandion haliaetus; plantas como Androcymbium hierrense y la faya herreña - Morella

rivas-martinezii), como por presentar estructuras geomorfológicas relevantes (El Lajial, El Verodal)

o albergar muestras significativas y representativas de los hábitats naturales más característicos (pinares, tabaibales, etc.). El sabinar de La Dehesa es probablemente el mejor en su tipo de todo el archipiélago canario. Ciertas zonas concretas de la costa de La Restinga y La Dehesa ejercen una función vital para determinadas especies amenazadas, al ser áreas de nidificación. En este espacio se localiza asimismo la mayor parte de la masa vegetal arbórea de la isla, con su consiguiente importancia en la recarga del acuífero subterráneo. Desde el punto de vista paisajístico sobresale el semicirco de El Golfo, cuyo sector central y suroriental queda englobado en el parque, aunque resultan igualmente destacabas por su armonía y calidad intrínseca los paisajes de la ladera de El Julan, o los extensos campos y pastizales de la meseta central. Contiene además áreas de yacimientos paleontológicos de interés científico.

(9)

1.3. Planeamiento territorial, urbanístico y de ordenación de recursos

Conforme al artículo 9 del TROTENC, el sistema de planeamiento de Canarias que desarrollen la planificación de los recursos naturales, territorial y urbanística se rige en sus determinaciones por los principios de jerarquía y competencia .

De acuerdo con el TROTENC8, los planes insulares de ordenación establecen la regulación de los

recursos naturales y la ordenación estructural del territorio y definen el modelo de organización y utilización del territorio para garantizar su desarrollo sostenible. Estos planes tienen carácter vinculante en los términos establecidos en el TROTENC para los instrumentos de ordenación de los espacios naturales, territoriales de ámbito inferior al insular, así como para los planes de ordenación urbanística.

Las principales determinaciones que establecen los planes insulares de ordenación son, fundamentalmente, la articulación de las distintas políticas y actuaciones con incidencia territorial, la mejor distribución de los usos e implantación de las infraestructuras y la necesaria protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes culturales.

Por su parte, en el artículo 22 del TROTENC se señala que los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos deberán establecer, sobre la totalidad de su ámbito territorial, las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada completa del espacio, con el grado de detalle suficiente para legitimar los actos de ejecución. Podrán además establecer los objetivos a alcanzar.

Los Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos se adoptan en concordancia con la regulación y las determinaciones previstas en las Directrices de Ordenación y en el correspondiente Plan Insular de Ordenación. El TROTENC faculta a los Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos a establecer, sobre la totalidad de su ámbito territorial, una zonificación acorde a las tipologías recogidas en los apartados a) a f) del artículo 22.4.

Asimismo, el artículo 329 del TROTENC establece que los planes generales de ordenación

definirán, en el marco de la utilización racional de los recursos naturales establecido en las directrices de ordenación y en el planeamiento insular, para la totalidad del término municipal, la ordenación urbanística, organizando la gestión de su ejecución. Serán también los encargados de establecer la ordenación estructural y la ordenación pormenorizada del municipio.

Tal como señala el artículo 32.3 del TROTENC, redactado por el número 1 del artículo 9 de Ley 14/2014, 26 diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, publicado en el BOC de 5 de enero de 2015, en lo que respecta al objeto y determinaciones de los planes generales de ordenación, en éstos “la ordenación de los suelos incluidos dentro de un espacio natural protegido se limitará a reproducir con carácter indicativo, cuando exista, la ordenación establecida por el plan o norma del correspondiente espacio natural. En caso de no existir ordenación, se aplicará lo dispuesto en la disposición transitoria quinta, número 4, de este texto refundido”.

8 Los artículos 17 y Ss del TROTENC quedan modificados por la Ley 14/2014, de 26 de diciembre de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales.

(10)

1.3.1. Plan Insular de Ordenación de El Hierro

El Decreto 307/2011, de 27 de octubre, aprueba definitivamente el Plan Insular de Ordenación de El Hierro, publicado en el BOC el 16 de noviembre de 2011. Por Orden de 18 de julio de 2012, la Normativa del Plan Insular se publica en el BOC, el 27 de julio de 2012.

Tal y como determina el PIOH, es un documento complejo, ya que está formado por dos instrumentos de ordenación: el PORN y el Instrumento de Ordenación del Territorio de la Isla de El Hierro.

La propuesta de zonificación, a efectos de la exigencia legal prevista para el Plan Insular de Ordenación del Territorio de El Hierro (PIOH), como documento de Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN), en el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta, es el siguiente:

Uso Moderado / Aptitud Natural (Ba)

Tabla 1: Distribución de la zonificación del plan insular de ordenación en la ZEC

Zonificación plan insular Superficie [ha] Superficie de la ZEC [%]

Ba – Uso Moderado 18,02 100

TOTAL 18,02 100

La propuesta de Ordenación Territorial contemplada en el Plan Insular considera el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta como:

(11)

Área de Regulación Homogénea de Protección Ambiental:

Se trata de espacios de interés ecológico, geomorfológico y/o paisajístico que han sufrido mínimas transformaciones por parte de la acción humana y que interesa su conservación y/o recuperación para el funcionamiento equilibrado de los sistemas naturales de la isla y para el uso sostenible de los recursos naturales de la misma. Las Áreas de Protección Ambiental son consideradas como Zonas A (Reserva Natural) y Ba a efectos PORN.

Cuando estas Áreas coincidan con Espacios Naturales Protegidos, si bien el Plan Insular puede contener la localización y régimen básico de las actividades a desarrollar en el territorio, la concreta regulación de las mismas estará en función de la ordenación que establezcan los Planes y Normas de ENP.

Dentro de esta área se incluyen seis subtipos que habrán de ser tratados de forma diferenciada en el desarrollo de su ordenación por parte de los instrumentos de planeamiento; del mismo modo, los usos generales para cada subtipo deben ser diferentes. Por ello, se especifican para cada una de ellas los criterios básicos para el desarrollo de la ordenación y con la concreción del régimen básico de usos. El subtipo definido para este ámbito es:

ZONA-Ba Masas Forestales Protectoras

1.Son todos los espacios que han sido considerados como forestales (todas las formaciones arboladas sea cual sea su origen) dentro del inventario ambiental y que tienen capacidad para sostener ecosistemas forestales. Se integran además los ámbitos en los que se ha detectado una progresión del arbolado por abandono de otras prácticas económicas y culturales y aquellos espacios que se han considerado adecuados como soporte de nuevas zonas arboladas .

Se prima el valor natural, protector e impulsor de los ciclos ecológicos del bosque frente al valor productivo en términos de economía monetaria y productividad económica.

Se establece para el subtipo de Masas forestales protectoras el siguiente régimen básico de usos. Tendrá carácter de recomendación los previstos como usos secundarios y usos preexistentes:

a) El planeamiento establecerá como uso característico en todos los ámbitos adscritos la conservación natural.

b) Se consideran usos secundarios los de carácter científico ambiental; de educación ambiental; el forestal, esparcimiento en espacios no adaptados; los usos turísticos no alojativos (complementario) en edificación preexistente, este uso es excepcional y deberá tener por objeto el reconocimiento de los valores que definen el ARH, establecer las condiciones suficientes de compatibilidad y sólo es admisible en aquellos supuestos en que el PGO categorice en la ARH el suelo rústico como de protección paisajística o cultural, estando prohibido el uso turístico no alojativo para el resto de categorías de suelo rústico; apicultura; además de la caza (cinegético), que será regulada por la legislación sectorial correspondiente.

c) Se reconocen una serie de usos preexistentes que no pueden tener una nueva implantación territorial. Se encuentran en esta situación, entre otros, todas las infraestructuras viarias, de transporte terrestre y de telecomunicaciones lineales pudiéndose realizar las intervenciones para su mantenimiento, así como aquellas necesarias para la operatividad de los servicios de seguridad y emergencias. Cabe como nueva implantación aquellas infraestructuras que justificadamente se entiendan necesarias

(12)

para el mantenimiento del servicio, seguridad y emergencias. La implantación de infraestructuras energéticas de transporte y almacenaje es compatible con los usos previstos para este subtipo de ARH.

d) Se definen como usos autorizables, los hidrológicos y las infraestructuras energéticas de transporte y almacenaje y las intervenciones de vertidos inertes cuando el objetivo final sea la regeneración paisajística de los conos volcánicos afectados por extracción material. En los usos se debe atender a la legislación sectorial correspondiente y a la legislación ambiental, con especial atención a la evaluación ambiental tanto del plan como del propio proyecto, cuando fuera necesario, y la valoración de los posibles riesgos sobre las personas.

e) Con carácter general, están prohibidas las intervenciones que pudieran suponer alteraciones del relieve original del terreno, de la estructura de los suelos o de las infraestructuras de bancales y elementos de contención, o que disminuyeran la superficie arbolada, salvo por razones de mantenimiento de ésta o de sustitución por especies autóctonas en su área potencial. Asimismo, se prohibirán todos los actos que pudieran implicar la degradación de los ecosistemas naturales o de los valores paisajísticos. En particular, quedan prohibidas las siguientes intervenciones:

• Movimientos de tierra, salvo las de rehabilitación orográfica.

• Sobre la red viaria y de accesos, salvo las de conservación y mejora de los elementos existentes y, en el caso de los senderos y pistas, las de ampliación comprendidas en planes competentes para el desarrollo de la ordenación. Se podrán recoger en dichos planes senderos o pistas de nuevo trazado con carácter excepcional y debidamente justificado.

Tabla 2: Distribución de la limitación de Usos del plan insular de ordenación en la ZEC ES7020026

Zonificación plan insular Superficie [ha] Superficie de la ZEC [%]

Zona Ba Masas Forestales Protectoras 18,02 100

(13)

1.3.2. Planeamiento Urbanístico

El ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta se localiza dentro del municipio de La Frontera. El municipio de La Frontera tiene como instrumento de planificación urbanística en vigor el PGO de La Frontera, el cual se encuentra adaptado plenamente al TRLOTENC, habiéndose aprobado definitivamente por acuerdo de la COTMAC el 4 de febrero de 2003, siendo publicado en el BOC nº 43 de 4 de marzo de 2003.

El PGO clasifica y categoriza el suelo que ocupa la ZEC ES7020026 La Caldereta como suelo rústico de protección natural

Tabla 3: Distribución de la clasificación y categorización del suelo del plan general de ordenación en la ZEC ES7020026 La Caldereta

Municipio PGO Clasificación y categorización del suelo Superficie [ha] Superficie de la ZEC [%]

La Frontera PGO 2003 Suelo rústico de protección

natural 18,02 100

TOTAL 18,02 100

(14)

1.3.3. Planeamiento del Parque Rural de Frontera (H-4)

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Rural de Frontera fue aprobado definitivamente por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión de 3 de abril de 2006 y publicado dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias el 6 de junio de 2006.

Los Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos se adoptan en concordancia con la regulación y las determinaciones previstas en las Directrices de Ordenación y en el correspondiente Plan Insular de Ordenación. El artículo 22.4 del TROTENC faculta a los planes y normas de los Espacios Naturales Protegidos a establecer, sobre la totalidad de su ámbito territorial, una zonificación acorde a las tipologías recogidas en los apartados a) a f) del mismo. Las determinaciones de los planes y normas de los Espacios Naturales Protegidos tienen carácter obligatorio y ejecutivo para la administración y para los particulares desde el momento en que entran en vigor. Regulan de forma vinculante el aprovechamiento de los recursos naturales del Espacios en lo que se refiere a su conservación y protección. Asimismo pueden establecer normas directivas y criterios de tipo orientativo, señalando los objetivos a alcanzar.

Los fundamentos de protección definidos en el documento normativo del PRUG del Parque Rural de Frontera son los siguientes:

1. El papel en la protección de los suelos y la recarga del acuífero que ejercen las masas forestales radicadas en las cumbres y medianías del Parque.

Ilustración 4: Clasificación y categorización del suelo en el ámbito de la ZEC ES7020026 según los instrumento de planeamiento urbanístico

(15)

2. El carácter representativo de sistemas y hábitats naturales del archipiélago como la laurisilva de las cumbres del Parque, tabaibales de las zonas bajas, el sabinar húmedo de La Dehesa, el sabinar xérico de El Julan y los hábitats rupícolas y costeros.

3. El excelente estado de conservación de hábitats amenazados como el del monteverde o los sabinares.

4. El importante número de especies animales y vegetales sensibles, y la elevada biodiversidad de amplios sectores del Parque, con un alto contenido de elementos endémicos o especies que, en virtud de convenios internacionales o disposiciones específicas, requieren una protección especial.

5. La existencia de zonas de importancia vital para determinadas fases de la biología de las especies animales, tales como áreas de nidificación de la paloma turqué, águila pescadora y de distintas aves costeras y los hábitats de un gran número de invertebrados.

6. La presencia de endemismos canarios cuya mayoría de efectivos poblacionales se encuentran en el Parque, como ocurre con los vertebrados Columba bollii, Columba

junionae, Parus caeruleus ombriosus, Fringilla coelebs ombriosa, Gallotia caesaris; las

fanerógamas Argyranthemum adauctum erythrocarpon, A. hierrense, Sonchus pitardii,

Silene sabinosae, Aeonium valverdense, Morella rivas-martinezii y numerosas especies de

invertebrados.

7. La presencia de estructuras geomorfológicas (El Golfo, El Lajial, islas bajas, etc.) y formaciones singulares o representativas de la geología insular (erupción de Lomo Negro, Arco de La Tosca, cavidades volcánicas, entre otros), en buen estado de conservación. 8. La existencia de paisajes naturales de gran belleza, dominados por una orografía con

grandes plataformas lávicas con presencia de malpaíses y lajiales, costas abruptas de grandes acantilados y paisajes rurales donde la actividad humana se ha integrado en equilibrio con la naturaleza, creando un patrimonio arqueológico, etnográfico y cultural de gran valor.

9. La presencia de elementos paisajísticos de notoria singularidad, como las laderas de El Julan, los volcanes de Orchilla, el risco de Bascos, La Dehesa, etc.

10. La existencia de yacimientos arqueológicos de destacado interés, como el tagoror y los letreros en El Julan.

Con objeto de armonizar los usos en el espacio con los fines de protección y de conservación que se persiguen, se establece una zonificación mediante la cual se delimitan zonas de diferentes destinos y con diferente admisibilidad de usos, dentro del área protegida, en razón al mayor o menor nivel de protección según su fragilidad, que requieran los recursos existentes o su capacidad para soportar ciertos usos. Dentro del ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta nos encontramos con la siguiente zonificación:

Zona de Uso Moderado (ZUM): Constituidas por aquellas superficies que permitan la

compatibilidad de su conservación con actividades educativo-ambientales y recreativas. En estos lugares no se permitirá la construcción de nuevas pistas ni carreteras o la modificación substancial de la morfología de estas áreas, pero sí el mantenimiento de las actividades tradicionales. Sus límites se detallan en la cartografía de zonificación adjunta. Con 9.572,43 ha ocupa un elevado porcentaje de la superficie del Parque (79,03%) configurando una superficie continua que incluye

(16)

zonas entre las que cabe citar las siguientes: Hoya de El Verodal, Laderas de El Golfo, Cumbre de Los Reyes, El Pinar-La Restinga, Dehesa baja, Laderas de El Julan y Bahía de Los Reyes.

A los efectos de la diferente regulación de uso, el Suelo Rústico del ámbito territorial del Parque Rural de Frontera en este ámbito corresponde a la siguiente categoría de suelo:

Suelo Rústico de Protección Paisajística (SRPP) Constituido por zonas de excepcionales

valores paisajísticos desde el punto de vista natural, estético o cultural. Incluye tanto sectores escasamente transformado por actividades humanas, como otros intensamente intervenidos a lo largo del tiempo, cuyo resultado es un paisaje de componente tradicional muy valioso. En ambos casos, estas zonas son susceptibles de recuperación y mejora de los valores que contienen. Su destino es la conservación del valor paisajístico, natural o antropizado, y de las características fisiográficas de los terrenos. En esta categoría no se permitirán otros usos que los compatibles con la finalidad de protección y los ligados a la conservación y disfrute público de sus valores. Los límites de estas zonas se detallan en la cartografía de categorización adjuntas. Incluye las siguientes áreas:

a) Ladera de El Golfo: se extiende por las laderas de El Golfo, por debajo de la carretera dorsal, entre las zonas agrícolas de Sabinosa y Frontera, y limitando inferiormente con el borde del Parque. Se caracteriza por ser una zona de elevada pendiente ocupada por un matorral termófilo que alberga restos de un sabinar húmedo y algunas higueras dispersas.

b) Dehesa Baja: se localiza en la parte más occidental de la isla, en las laderas que van desde la Hoya del Verodal hasta la carretera de acceso al faro de Orchilla, excluyendo los acantilados costeros de El Verodal. Se trata de una zona de pendiente acusada donde la vegetación

(17)

muy laxo.

c) Pinar-Lajial-Hoya de los Roques: sus límites se corresponden en líneas generales con la banda de pinar que se extiende en dirección este-oeste desde La Dehesa hasta el límite oriental del Parque. En su interior se encuentran las mejores representaciones de pinar canario, continuando hacia la parte sureste del Parque, incluyendo todo el entorno del núcleo de La Restinga, caracterizada por campos de lavas recientes (malpaíses), con una cobertura de vegetación escasa, reducida sobre todo a líquenes y especies vasculares primocolonizadoras. Dentro de esta zona, además se incluyen las proximidades de la zona agrícola de Taibique, en Hoya de los Roques, configurada por antiguos terrenos de cultivo, hoy abandonados y convertidos en pastizales, entre los cuales aparecen, de forma dispersa, algunas higueras.

Tabla 4: Distribución de la superficie (ha) de la ZEC en función de la zonificación, clasificación y categorización del suelo por el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural de La Frontera

Urbano Urbanizable Rústico

Total SUC SUNC SUS SUNS SRPN SRPP SRPC SRPE SRPL SRPA SRPF SRPH SRPM SRPI SRAR SRAA SRPT ZE ZUR ZUM 18,0 18,0 ZUT ZUG ZUE Total 18,0 18,0

Figura 6: Clasificación y categorización de la ZEC ES7020026 La Caldereta según PRUG Parque Rural Frontera

(18)

En consonancia con la zonificación, la categorización y clasificación recogida, el Título III del documento normativo del PRUG del Parque Rural de Frontera establece un régimen de usos, en donde se relacionan los usos prohibidos, permitidos y autorizables, tal y como establece el artículo 22 del TRLOTENC.

El PRUG del Parque Rural de Frontera contribuye de forma significativa a la consecución de los objetivos de conservación de la ZEC ES7020026 La Caldereta y, además, sirven de base para el desarrollo de los criterios de actuación recogidos en el apartado 7.1. del presente plan.

1.3.4. Reserva de la Biosfera de El Hierro

El 22 de enero de 2000, La UNESCO declara Reserva de la Biosfera la isla de El Hierro, en aras a conservar un patrimonio natural, cultural y paisajístico de carácter singular.

La isla de El Hierro alberga paisajes naturales de gran belleza y una amplia representación de ecosistemas cuyos valores han sido objeto de protección.

La figura de Reserva de la Biosfera contribuye a mantener el territorio donde existen ecosistemas representativos de una región y en los que se dan las condiciones que permitan un desarrollo económico sostenido y un uso del territorio compatible con la conservación de los recursos naturales.

2. Inventario

Bajo este epígrafe se recoge y analiza la información referida a los valores que conducen a la protección de la ZEC ES7020026 La Caldereta.

Al inicio, en el apartado 2.1., se parte de la información contenida en dos fuentes básicas: 1) el

formulario normalizado de datos (en adelante FND10) de Natura 2000 para la designación del LIC

ES7020026 La Caldereta y el Decreto 174/20094. Debe señalarse que el FND, vinculado a la base

de datos de los espacios Natura 2000, constituye el soporte por el cual se transmite a la Comisión Europea la información correspondiente a cada uno de los espacios que se integran en la red Natura 2000 y es el referente en el cual se plasma la información fundamental de cada espacio de dicha red.

Seguidamente se procede a la actualización de dicha información, que se presenta en el apartado 2.2.. Posteriormente, en los subapartados del apartado 2.3., se justifica esa actualización y se recopila la información procedente de fuentes más recientes, analizando la información que sustenta la actualización del FND11.

2.1. Inventario de tipos de hábitat de interés comunitario y especies

red Natura 2000

En los apartados “3.1 Tipos de hábitats presentes en el lugar y evaluación del lugar en función de éstos” y “3.2 Especies a las que se aplica el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación del lugar en función de éstas”, el FND de Natura 2000 correspondiente a la designación del LIC ES7020026 La Caldereta, respectivamente, presenta los tipos de hábitats naturales y las especies por los que se incluye en la red. Asimismo, el Anexo I del Decreto 174/2009 fundamenta la declaración como zona especial

10 Deben considerarse la Decisión de la Comisión 97/266/CE, de 18 de diciembre de 1996, relativa a un formulario de información sobre un espacio propuesto para su inclusión en la red Natura 2000 [DOCE L 107, 24abr1997] y la Decisión de ejecución de la Comisión 2011/484/UE, de 11 de julio de 2011 relativa a un formulario de información sobre un espacio Natura 2000 [DOUE L 198,

(19)

de conservación (ZEC) de (nº 170_EH) ES7020026 La Caldereta en la presencia de los valores

(hábitats naturales y hábitats de especies) de interés comunitario.

Conforme a ambas fuentes, se recopila la información referida a hábitats naturales en la Tabla 5.

Tabla 5: Hábitats naturales citados en la ZEC ES7020026 La Caldereta

Código Denominación del hábitat natural Observaciones

4050* Brezales macaronésicos endémicos Prioritario

Igualmente se procede para las especies, quedando detallada la información correspondiente en la Tabla 6.

Tabla 6: Especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE citadas en la ZEC ES7020026 La Caldereta Código Especies del anexo II (Directiva 92/43/CEE) Observaciones

1435* Morella rivas-martinezii Prioritaria

2.2. Actualización del inventario

Con motivo de la redacción del presente plan de gestión se procede a la actualización de la información correspondiente a los hábitats presentes en la ZEC ES7020026 La Caldereta.

La consulta de información temática más actualizada y precisa, como el Mapa de Vegetación de

Canarias12, el Mapa Geológico de Canarias13, y el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias14

y el uso de técnicas de teledetección mediante ortofotos15, conjuntamente con la visita al lugar,

concurren en la necesidad de la actualización de la información recogida en el FND.

No obstante, todas las fuentes de información antes citadas, confirman la presencia de un único hábitat en el ámbito de estudio.

La información actualizada se recoge en la Tabla 7 para el caso de los hábitats naturales.

Tabla 7: Tipos de hábitats naturales actualizados para la ZEC ES7020026 La Caldereta Código Denominación del hábitat natural Observaciones

4050* Brezales macaronésicos endémicos Prioritario

Sin embargo, no se puede decir lo mismo de la existencia de Morella rivas-martinezii como la única especie de interés comunitario en la ZEC. Tras la visita al lugar y comprobar las coordenadas UTM de la localización exacta del único ejemplar de esta especie en el ámbito de

estudio, y cotejarlo con toda la información disponible16 acerca de su ubicación, se constata que el

12 Del Arco Aguilar, M. J. (director) & al. 2006. Mapa de Vegetación de Canarias. GRAFCAN. Santa Cruz de Tenerife: Mapa temático desarrollado por el Departamento de Biología Vegetal (UDI Botánica) de la Universidad de La Laguna sobre vegetación actual y potencial de Canarias a través de un Contrato de Investigación denominado “Cartografía de la vegetación canaria”. La elaboración del mapa está basada en un Mapa Topográfico a escala 1:20 000, ortofotos a escala 1:5 000 y trabajos de campo. Información adicional (autores, fechas y bases de datos) descargable en http://tiendavirtual.grafcan.es/index.jsf.

13 El Mapa Geológico Digital Continuo de Canarias se realizó mediante un convenio entre el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y GRAFCAN en el año 2003. Para su elaboración se utilizó como información base el Mapa Geológico Nacional (MAGNA). El mapa está compuesto por las siguientes capas: diques, estructuras, fracturas, contactos, puntos y litologías. Información adicional (notas generales y bases de datos) descargable en http://tiendavirtual.grafcan.es/index.jsf.

14 Gobierno de Canarias. Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias. http://www.biodiversidadcanarias.es. 2015.

15 Imágenes obtenidas a partir de vuelos fotogramétricos a escala 1:25 000 o 1:30 000, o GSD de 35 cm, ortorrectificadas usando orientaciones directas de los vuelos y aerotriangulación y corregidas cromáticamente mediante procesos semiautomáticos. La OrtoExpress cubre la totalidad del territorio canario. Información técnica: resolución de 40-50 cm/píxel y error planimétrico inferior a 1,5 m (RMS < 1,5 m). Descargable en http://tiendavirtual.grafcan.es/index.jsf.

(20)

único ejemplar presente en el espacio natural ha desaparecido. Este hecho se debe a una actuación humana. En el lugar donde se ubicaba el único ejemplar de faya herreña de la ZEC ES7020026 La Caldereta, se ha construido una rampa de acceso a una propiedad particular. Probablemente, los responsables de este hecho desconocían la especie vegetal de la que se trataba y de su importancia. Por tanto, en este documento no se procederá a su valoración, dado que actualmente dicha especie ya no se encuentra presente en esta ZEC. No obstante, se propondrán en el apartado de actuaciones la exploración para confirmar la inexistencia de otros individuos en el espacio y la elaboración de un proyecto de reintroducción.

Figura 7: Rampa de hormigón construida en el lugar de la anterior ubicación del único ejemplar de faya herreña (M. rivas-martinezii), conocido en la ZEC ES7020026 La Caldereta

(21)

2.3. Datos de los tipos de hábitat de interés comunitario

Los hábitats de interés comunitario dentro de la ZEC ES7020026 La Caldereta ocupan una superficie de 8,24 ha, lo que supone el 45,77% de la totalidad del ámbito.

Para la descripción de los hábitats y de las unidades de vegetación que a continuación se detallan se ha tomado como referencia el Mapa de Vegetación de Canarias12, el Mapa Geológico de

Canarias13 y la guía técnica Natura 2000 en la Macaronesia17.

17 Vera Galván, M. A., C. Samarín, G. Delgado & G. Viera. 2010. Natura 2000 en la Macaronesia. Azores, Madeira, Salvajes y Canarias. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Gobierno de Canarias. 567 pp.

Figura 8: Rampa de acceso a propiedad particular construida en el lugar de la anterior ubicación de la faya herreña (M. rivas-martinezii) en la ZEC ES7020026 La Caldereta

(22)

2.3.1. (4050*) Brezales macaronésicos endémicos

Asociación arbustiva originada fundamentalmente por la destrucción antrópica de los bosques del monteverde, presente en todas las Canarias occidentales. Posee fisionomía de brezal o fayal-brezal, de cobertura variable según el grado de antropización, que constituye una etapa serial en la degradación del fayal de altitud (Pericallido-Myricetum fayae), del monteverde húmedo

(Lauro-Perseetum indicae) y de las cotas superiores del monteverde seco (Visneo-Arbutetum canariensis).

2.3.1.1. Distribución actual

El hábitat 4050* forma comunidades que se distribuyen por las vertientes septentrionales de las islas centrales y occidentales de las Islas Canarias (Gran Canaria, Tenerife, La Gomera, La Palma y el Hierro).

Entre las especies dominantes hay que destacar: Erica arborea (brezo), Hypericum grandifolium (malfurada), Ilex canariensis (acebiño) y Morella faya (faya). Es el matorral de sustitución que domina en la actualidad en el territorio potencial del monteverde de la isla de El Hierro, donde se

observa la existencia de la subasociación típica: subas. ericetosum arboreae18.

En el ámbito de la ZEC de La Caldereta, los brezales secos macaronésicos endémicos, se distribuyen formando un cordón casi continuo a lo largo de todo el Espacio Natural.

El hábitat 4050* supone un 45,77% de la superficie total de la ZEC, con una extensión de 8,24 ha.

18 Del Arco Aguilar, M. J. (director) & al. 2006. Mapa de Vegetación de Canarias. GRAFCAN. Santa Cruz de Tenerife: Mapa temático desarrollado por el Departamento de Biología Vegetal (UDI Botánica) de la Universidad de La Laguna sobre vegetación actual y potencial de Canarias a través de un Contrato de Investigación denominado “Cartografía de la vegetación canaria”. La elaboración

(23)

2.3.1.2. Estructura actual

En la ZEC La Caldereta, las especies características del cortejo de especies del hábitat 4050*son:

Erica arborea (brezo), Hypericum grandifolium (malfurada), Ilex canariensis (acebiño) y Morella faya

(faya). Es el matorral de sustitución el que domina en la actualidad en el territorio potencial del monteverde de las islas. También, hay que destacar la presencia de sabinas dispersas a lo largo de la franja descrita como del dominio potencial del sabinar. Esto es una constante que se repite en la isla de El Hierro19 y, también sucede, en el ámbito objeto de estudio.

2.4. Datos de las unidades de vegetación para el resto del espacio

Además de las comunidades que integran los hábitats naturales de interés comunitario, en el ámbito de la ZEC se observa la presencia de otras unidades de vegetación. Estas unidades de vegetación constituyen el 54,23% de la superficie total de ES7020026 La Caldereta. La superficie se reparte entre cultivos de viñas, cereales, leguminosas y frutales, entre otros. Las diferentes comunidades presentes en la ZEC se muestran en la Tabla 8.

Tabla 8: Unidades de vegetación para el resto de la ZEC ES7020026 La Caldereta

Comunidades vegetales Nombre común Superficie [ha] Superficie [%/ZEC]

Cultivos - 9,76 54,23

19 Del Arco Aguilar, M. J. (director) & al. 2006. Mapa de Vegetación de Canarias. GRAFCAN. Santa Cruz de Tenerife: Mapa temático desarrollado por el Departamento de Biología Vegetal (UDI Botánica) de la Universidad de La Laguna sobre vegetación actual y potencial de Canarias a través de un Contrato de Investigación denominado “Cartografía de la vegetación canaria”. La elaboración del mapa está basada en un Mapa Topográfico a escala 1:20 000, ortofotos a escala 1:5 000 y trabajos de campo. Información adicional (autores, fechas y bases de datos) descargable en http://tiendavirtual.grafcan.es/index.jsf.

(24)

2.5. Datos de las especies red Natura 2000

En el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta no se ha detectado la presencia de especies que figuren en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE, como ya se ha comentado en la actualización del inventario.

2.6. Otras especies de interés

En el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta no se ha detectado la presencia de especies

incluidasen el Catálogo Canario de Especies Protegidas (Ley 4/2010) en las categorías E o V.

3. Valoración y estado de conservación de tipos de hábitat de

interés comunitario y especies red Natura 2000

3.1. Valoración de tipos de hábitat de interés comunitario

3.1.1. (4050*) Brezales macaronésicos endémicos

El hábitat (4050*) Brezales macaronésicos endémicos se encuentra representado dentro de la ZEC ES7020026 La Caldereta por la asociación Myrico fayae-Ericetum arboreae, cuya distribución ocupa un total de 8,24 ha, lo que supone el 45,77% de la superficie total de la ZEC.

En el ámbito de Canarias, el hábitat (4050*) Brezales macaronésicos endémicos ocupa una superficie de 31.016,24 ha, de las cuales 17.464,53 ha se encuentran dentro de zonas especiales de conservación, lo que equivale a un 56,31%. Si nos centramos en la isla de El Hierro, este hábitat se encuentra distribuido en una superficie total de 1.556,53 ha, situándose el 100,00% de la misma dentro de ZEC.

Tabla 9: Superficie del hábitat (4050*) Brezales macaronésicos endémicos de la ZEC ES7020026 La Caldereta en relación con las zonas especiales de conservación de El Hierro y del archipiélago canario

Superficie del hábitat [ha]

Superficie del hábitat en la ZEC ES7020026 La Caldereta con respecto a la misma, a la red Natura 2000 en la isla y al archipiélago

[%]

ZEC ES7020026 La Caldereta 8,24 45,77 [%/ZEC]

ZEC isla de El Hierro 1556,53 0,53 [%/ZEC isla]

Totalidad de la isla (dentro y fuera de ZEC) 1556,53 0,53 [%/hábitat isla]

ZEC archipiélago canario 17464,53 0,05 [%/ZEC canarias]

Totalidad del archipiélago (dentro y fuera de ZEC) 31016,24 0,03 [%/hábitat canarias]

3.1.1.1. Evolución del área de distribución y de la estructura

De acuerdo con los datos recogidos en el formulario normalizado de datos de la red Natura 2000 para la designación del LIC ZEC ES7020026 La Caldereta, el hábitat (4050*) Brezales macaronésicos endémicos presenta una representatividad buena (B), una superficie relativa entre 2-0% (C) y un estado de conservación bueno (B). La valoración global del hábitat se considera como buena (B).

(25)

La fotografía aérea anterior a la designación del LIC, correspondiente al año 1994 (OrtoExpress 199420, GRAFCAN), y su comparación con la situación actual (OrtoExpress enero 201521,

GRAFCAN) pone de manifiesto que no se han producido cambios en el hábitat a lo largo del período comprendido entre ambas fotografías, al menos en lo que se refiere a su superficie de distribución del mismo. Los cambios de densidad y composición de las comunidades son difíciles de determinar a partir de imágenes aéreas pero no existen indicios que apunten a que tales cambios hayan ocurrido, al menos de forma significativa.

3.1.1.2. Presiones y amenazas actuales

Atendiendo a la lista de presiones y amenazas reseñadas en el portal de referencia de Natura

2000, en el marco de la Decisión de Ejecución de la Comisión de 11 de julio de 200122, en la Tabla

10 se catalogan los usos y las amenazas detectados para el hábitat (4050*) Brezales macaronésicos endémicos en la ZEC.

Tabla 10: Presiones y amenazas del tipo de hábitat natural

Código Descripción Observaciones Importancia

A Agricultura

A01 Cultivos Media

D Corredores de transporte y servicios

D01.01 Sendas, pistas, carriles para bicicletas incluye caminos forestales sin asfaltar Baja 20 Infraestructura de datos espaciales de Canarias. OrtoExpress Año 1994. Disponible en

http://idecan1.grafcan.es/ServicioWMS/Historico/Ortofotos/OrtoExpress_1994 ?

21 Infraestructura de datos espaciales de Canarias. OrtoExpress Año 2015. Disponible en

http://idecan1.grafcan.es/ServicioWMS/OrtoExpress?

22 Decisión de ejecución de la Comisión, 2011/484/UE, de 11 de julio de 2011 relativa a un formulario de información sobre un espacio Natura 2000 [DOUE L 198, 30jul2011].

Figura 11: Comparativa del hábitat 4050* (en color naranja y verde) de la ZEC ES7020026 La Caldereta donde se localiza dicho hábitat entre 1994 (imagen izquierda) y 2015 (imagen derecha)

(26)

Código Descripción Observaciones Importancia

D01.02 Carreteras y autopistas Todas las carreteras pavimentadas/asfaltadas Baja

E Urbanización, desarrollo residencial y comercial

E01 Zonas urbanas, asentamientos humanos Baja

G Intrusiones humanas y perturbaciones

G05.01 Pisoteo, uso excesivo Baja

3.2. Valoración de especies red Natura 2000

En el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta no hay constancia de presencia de especies recogidas en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE, salvo la recientemente desaparecida

Morella rivas-martinezii, que no se valora dada su inexistencia actual en el ámbito de la ZEC.

3.3. Aportación de la ZEC ES7020026 La Caldereta a la red Natura 2000

en Canarias

Cada una de las diferentes islas canarias presenta un territorio insular específico cuyo relieve y clima posibilitan la gran variedad de hábitats presentes en el archipiélago, caracterizados por su importancia, singularidad, fragmentación y especial fragilidad. Fruto de esta particularidad geográfica se han designado numerosas zonas especiales de conservación en cada una de las islas con el fin de que, en conjunto, comprendan una representación significativa de cada uno de los diferentes hábitats de interés comunitario.

En este sentido, la ZEC ES7020026 La Caldereta contribuye al conjunto de la red Natura 2000 de Canarias albergando manifestaciones del hábitat 4050, de interés prioritario.

El hábitat 4050*, Brezales macaronésicos endémicos, es el único presente en la zona objeto de estudio, ocupando un total de 8,24 ha, lo que supone el 45,77% de la superficie total de la ZEC. La formación que se encuentra en la presente ZEC, es la Myrico fayae-Ericetum arboreae, asociación arbustiva originada fundamentalmente por la destrucción antrópica de los bosques del monteverde, presente en todas las Canarias occidentales. Posee fisionomía de brezal o fayal-brezal, de cobertura variable según el grado de antropización, que constituye una etapa serial en la degradación del fayal de altitud (Pericallido-Myricetum fayae), del monteverde húmedo

(Lauro-Perseetum indicae) y de las cotas superiores del monteverde seco (Visneo-Arbutetum canariensis).

Entre las especies dominantes hay que destacar: Erica arborea (brezo), Hypericum grandifolium (malfurada), Ilex canariensis (acebiño) y Myrica faya (faya). Es el matorral de sustitución que domina en la actualidad en el territorio potencial del monteverde, donde se considera la existencia

de la subasociación típica: subas. ericetosum arboreae23.

23 Del Arco Aguilar, M. J. (director) & al. 2006. Mapa de Vegetación de Canarias. GRAFCAN. Santa Cruz de Tenerife: Mapa temático desarrollado por el Departamento de Biología Vegetal (UDI Botánica) de la Universidad de La Laguna sobre vegetación actual y potencial de Canarias a través de un Contrato de Investigación denominado “Cartografía de la vegetación canaria”. La elaboración

(27)

4. Estado de conservación de tipos de hábitat de interés

comunitario y especies red Natura 2000

4.1. Estado de conservación de tipos de hábitat de interés comunitario

Para la valoración del estado de conservación de los hábitats de interés comunitario en la ZEC ES7020026 La Caldereta, se han tomado como referencia los factores empleados para el seguimiento de la red Natura 2000 de acuerdo con el portal de referencia para informar bajo el

artículo 17 de la directiva hábitats24. En concreto, se han considerado la cobertura del hábitat, el

área ocupada por el tipo de hábitat específico presente, su estructura y funciones, así como, la evolución previsible. En los dos primeros casos se han establecido los correspondientes valores favorables de referencia. La valoración global del estado de conservación del hábitat se ha estimado considerando los valores parciales obtenidos para cada parámetro.

4.1.1. (4050) Brezales macaronésicos endémicos

4.1.1.1. Cobertura

De acuerdo con los datos recogidos en el presente plan de gestión (apartado 3.1.1.), la cobertura del hábitat (4050) Brezales macaronésicos endémicos abarca el 45,77% de la superficie de la ZEC. En el formulario normalizado de datos de la red Natura 2000 para la designación del LIC ES7020026 La Caldereta, se estima una cobertura del 2%, de lo que se deduciría que desde entonces se habría producido un incremento considerable en la cobertura (hasta 22 veces su valor inicial). Sin embargo, existen imprecisiones en la cartografía de hábitats empleada en el pasado para cumplimentar el formulario normalizado de datos, por lo que no puede considerarse la cobertura reflejada en él como el valor favorable de referencia.

No obstante, del análisis pormenorizado de las fotografías aéreas tomadas en 2012 y en 1994, antes de la propuesta de designación de lugar de importancia comunitaria (1996) y atendiendo a los datos que figuran en el Mapa de Vegetación de Canarias referentes a la presencia de éste hábitat en el ámbito de la ZEC ES7020026 La Caldereta, se deduce que no se habrían producido cambios significativos en la extensión del hábitat a lo largo de este tiempo. Por otro lado, a partir de estas imágenes no pueden deducirse las variaciones ocurridas en la composición vegetal y en la densidad de las formaciones pero, en todo caso, no existen indicios que apunten a que se haya producido un incremento considerable de la cobertura del hábitat. Por ello, en lo que se refiere a la cobertura, el estado del hábitat se considera FAVORABLE.

Así, el hábitat (4050) Brezales macaronésicos endémicos tendría una cobertura del 45,77% de la superficie de la ZEC. Dicho valor se establece como valor favorable de referencia para el parámetro de cobertura en esta ZEC.

4.1.1.2. Área ocupada por el tipo de hábitat

En lo que respecta al área cubierta por el referido tipo de hábitat en el seno de la ZEC ES7020026 La Caldereta y teniendo en cuenta el Mapa de Vegetación de Canarias, la superficie ocupada por el hábitat (4050) Brezales macaronésicos endémicos en la ZEC es de 8,24 ha. Atendiendo al análisis de las fotografías aéreas y a la evolución mostrada por la vegetación este parámetro se valora como FAVORABLE.

24 Portal de referencia para informar bajo el artículo 17 de la directiva hábitats. Notas explicatorias y guía para el período 2007-2012 (original en inglés: Assessment and reporting under Article 17 of the Habitats Directive. Explanatory Notes & Guidelines for the period 2007-2012. Final version.July2011). Disponible en http://bd.eionet.europa.eu/activities/Reporting/Article_17/reference_portal.

(28)

4.1.1.3. Estructura y funciones específicas

El hábitat de interés comunitario (4050) Brezales macaronésicos endémicos en el ámbito de esta

ZEC se corresponde con la subasociación típica del Hierro: subas. ericetosum arboreae25. Entre

las especies dominantes hay que destacar: Erica arborea (brezo), Hypericum grandifolium (malfurada), Ilex canariensis (acebiño) y Morella faya (faya). Es el matorral de sustitución que domina en la actualidad en el territorio potencial del monteverde de la Isla. No hay datos que permitan evaluar de forma precisa los cambios ocurridos en la estructura vertical de la vegetación y en su composición desde que fuera propuesta esta ZEC como lugar de importancia comunitaria, pero vista la fisionomía actual de las formaciones, y la inaccesibilidad de los escarpes en los que se desarrolla es de suponer que su estructura y por extensión su funcionalidad se han mantenido estables. Considerando esta situación y el análisis de las fotografías aéreas y la evolución mostrada por el hábitat este parámetro se valora como FAVORABLE.

4.1.1.4. Evolución previsible

Considerando los valores favorables de referencia referidos a la cobertura, al área ocupada y a la calidad del hábitat expuestos en los apartados anteriores y teniendo en cuenta que no existen amenazas relevantes ni son previsibles impactos negativos significativos, de continuar las condiciones actuales, la evolución previsible del hábitat es FAVORABLE, y su mantenimiento a largo plazo está asegurado.

4.1.1.5. Valoración global

Visto el análisis de los diferentes parámetros anteriores se concluye que la valoración global del hábitat de interés comunitario (4050) Brezales macaronésicos endémicos en la ZEC es FAVORABLE.

En la Tabla 11 se muestra la valoración del tipo de hábitat en función de los parámetros analizados previamente:

Tabla 11: Valoración global del tipo de hábitat Criterio Valor de

referencia Valoración Valoración global

Cobertura 45,77% Favorable 45,77%

FAVORABLE

Área ocupada por el tipo de hábitat 8,24 ha Favorable 8,24 ha

Estructura y funciones específicas Favorable +

Evolución previsible Favorable +

5. Objetivos de conservación

El presente plan tiene como finalidad el mantenimiento o restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales de interés comunitario y de las poblaciones de especies de interés comunitario presentes en la ZEC ES7020026 La Caldereta, teniendo en cuenta los usos y los aprovechamientos actuales, las exigencias económicas, sociales y culturales que pudieran existir, y evitando las transformaciones que puedan suponer la pérdida o alteración de los valores que fundamentan su designación.

25 Del Arco Aguilar, M. J. (director) & al. 2006. Mapa de Vegetación de Canarias. GRAFCAN. Santa Cruz de Tenerife: Mapa temático desarrollado por el Departamento de Biología Vegetal (UDI Botánica) de la Universidad de La Laguna sobre vegetación actual y potencial de Canarias a través de un Contrato de Investigación denominado “Cartografía de la vegetación canaria”. La elaboración

(29)

En consonancia con la definición de objetivo de conservación de un lugar, recogida en el artículo 3.25 de la Ley 42/2007, y considerando la evaluación del estado de conservación realizada en los apartados anteriores, se han definido los parámetros que deben alcanzarse para considerar que los elementos a proteger presentan un estado de conservación favorable.

5.1. Objetivos generales

En general, para la ZEC ES7020026 La Caldereta se consideran los siguientes objetivos: a) mantener el estado actual de conservación favorable de los hábitats naturales presentes, manteniendo la calidad de las condiciones de naturalidad actuales; b) recuperar y mejorar los hábitats y poblaciones de las especies que motivaron la designación del LIC ES7020026 La Caldereta.

5.2. Objetivos específicos

En concreto, para la ZEC ES7020026 La Caldereta, se definen los siguientes objetivos de conservación:

Objetivo de conservación 1: Mantener el estado actual de conservación favorable en lo que

respecta a su distribución y funciones ecológicas del hábitat natural (4050*) Brezales macaronésicos endémicos, con una superficie en óptimo estado de, al menos, 8,24 ha (45,77% de la ZEC).

Objetivo de conservación 2: Exploración de la ZEC para localizar ejemplares de Morella rivas-martinezii y elaboración de un proyecto de recuperación de la especie en el ámbito del

espacio.

6. Zonificación

Teniendo en cuenta las características físicas de la ZEC ES7020026 La Caldereta, así como la distribución y estado de conservación de los hábitats de interés comunitario en la misma, se han definido las siguientes zonas para la gestión del espacio:

6.1. Zona de conservación prioritaria (zona A)

Esta zona está constituida por las áreas que poseen un alto valor para la conservación dado que albergan hábitats naturales de interés comunitario que presentan un estado favorable de conservación y hábitats que albergan núcleos de población de las especies del Anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

El objetivo principal al que se destina es la protección, conservación y gestión de los recursos naturales, admitiendo un cierto uso público y el mantenimiento de las actividades existentes en la actualidad que no fueran incompatibles con la conservación de los valores naturales del espacio. En la ZEC ES7020026 La Caldereta esta zona está constituida por el único hábitat de interés comunitario presente en el espacio, el 4050* Brezales macaronésicos endémicos.

Este área tiene una superficie de 8,24 ha, lo que corresponde al 45,77% de la totalidad de la ZEC.

6.2. Zona de transición (zona E)

Esta zona está constituida por los ámbitos dentro de la ZEC que albergan usos y actividades que han supuesto un alto grado de transformación del entorno y de sus características naturales, y que no presentan las condiciones necesarias para albergar ni hábitats ni especies de interés

(30)

comunitario. Se incluirían en estas zonas algunas áreas dedicadas a la agricultura, ganadería intensiva, entidades de población, etc.

En este caso, las medidas de conservación para esta zona deberán tener en cuenta las actividades existentes, estableciendo, en su caso, las condiciones necesarias en que deberán llevarse a cabo las mismas para evitar posibles repercusiones negativas en el estado de conservación de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en el espacio.

En la ZEC ES7020026 La Caldereta esta zona está constituida por todas aquellas dedicadas a los cultivos y núcleos urbanos y caseríos, principalmente, donde la transformación antrópica es evidente. Este área tiene una superficie de 9,76 ha, lo que corresponde al 54,23% de la totalidad de la ZEC.

7. Medidas de conservación

7.1. Criterios de actuación

7.1.1. Zona de conservación prioritaria (zona A)

En la zona de conservación prioritaria (zona A), como complemento a la normativa aplicable vigente (plan insular, plan general y planeamiento del espacio natural protegido), se establecen los siguientes criterios de actuación:

Para la conservación de hábitats naturales y especies de interés comunitario

– Se priorizarán las actividades de protección, conservación y mejora de los valores naturales del área, de manera que quede incluida cualquier actividad de restauración y

Referencias

Documento similar

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

No había pasado un día desde mi solemne entrada cuando, para que el recuerdo me sirviera de advertencia, alguien se encargó de decirme que sobre aquellas losas habían rodado